Energía: Juez Arias suspende aumento tarifario
El juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de La Plata, a cargo del Dr. Luis Federico Arias, comunicó el dictado de una medida cautelar mediante la cual se suspende el aumento de tarifas de energía eléctrica en la Provincia de Buenos Aires (EDELAP, EDES SA, EDEA SA y EDEN SA), en virtud de no haberse celebrado la correspondiente audiencia pública con anterioridad a su aprobación.
El Colectivo de Acción en la Subalternidad (CIAJ) promovió una acción autosatisfactiva contra el Ministerio de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires y las empresas EDELAP (Empresa Distribuidora de Energía La Plata S.A.), EDES S.A. ( Empresa Distribuidora de Energía Sur S.A.), EDEA S.A. (Empresa Distribuidora de Energía Atlántica S.A.) y EDEN S.A. (Empresa Distribuidora de Energía Norte S.A.), solicitando como medida cautelar se suspenda la aplicación de los nuevos cuadros tarifarios para la distribución del servicio público de energía, autorizados mediante Resolución N° 22 del Ministerio de Infraestructura y Servicios públicos de la Provincia.
En virtud de ello, “solicita se ordene a las empresas demandadas a abstenerse de aplicar la nueva tarifa a los usuarios del servicio público, efectuar una nueva liquidación y emitir nuevas facturas o, para el caso en que la nueva facturación no fuera emitida antes de los sucesivos y periódicos vencimientos, que la empresa admita el pago del servicio según el cuadro tarifario vigente con anterioridad al incremento establecido, sin que ello implique la alteración o interrupción del servicio”.
El fundamento de lo requerido reside en que “la resolución del Ministerio de Infraestructura Provincial, vulnera el principio de participación ciudadana en los términos del art. 42 de la CN, es decir, se traduce en una manifiesta lesión a derechos de incidencia colectiva de carácter individual homogéneo, al cercenar la posibilidad de que los individuos que conforman la sociedad se expresen e interpongan impugnaciones previas al aumento tarifario del servicio público, el cual resulta superior al 100%, por lo que los usuarios se ven forzados a pagar en forma desproporcionada una tarifa de la que no han tenido, como ciudadanos consumidores, posibilidad de ser escuchados, conduciendo a un perjuicio económico desproporcionado e injustificado para todos los ciudadanos de la Provincia”.
Arias resolvió “hacer lugar a la medida cautelar” y ordenó “a las citadas empresas a que, de modo inmediato a la notificación de la presente, efectúen la liquidación correspondiente y emitan nuevas facturas con sujeción a lo dispuesto en el presente despacho cautelar”.