Reforma penal juvenil: ¿cómo se implementará en Bahía Blanca?
Pedro Roberto Morán, juez del Fuero Penal Juvenil de Bahía Blanca, analizó en diálogo con FM De la Calle la puesta en marcha del nuevo régimen penal juvenil. La ley amplía desde los 14 años el universo de jóvenes y delitos alcanzados por el sistema, pero su aplicación efectiva está condicionada principalmente por la falta de personal especializado, infraestructura y dispositivos para el cumplimiento de las medidas.
La nueva normativa modifica de manera sustancial el régimen anterior al bajar a 14 años la edad de punibilidad y eliminar la denominada parcial punibilidad que regía para determinados delitos cometidos por jóvenes de entre 16 y 18 años.
Sin embargo, Morán remarcó que esto no implica automáticamente una mayor utilización de la prisión. Para penas de hasta tres años, la ley obliga a aplicar medidas no privativas de libertad y, para casos de mayor gravedad, establece distintas alternativas antes de llegar al alojamiento en un centro cerrado.
El principal problema aparece al momento de hacer funcionar esas alternativas.
En Bahía Blanca, el Centro de Referencia encargado del seguimiento de jóvenes que cumplen medidas judiciales cuenta con cuatro personas para atender a unos 70 u 80 jóvenes de una amplia región.
A esto se suma la falta de plazas de alojamiento: el centro de recepción local tiene actualmente cuatro lugares y, según explicó el juez, se encuentra ocupado por jóvenes del Gran Buenos Aires que cumplen prisión preventiva. Los jóvenes de esta jurisdicción deben ser trasladados a centros de Azul, Mar del Plata o La Plata. “Las decisiones judiciales pueden ser muy bonitas, pero si no hay gente capacitada que las cumpla son de difícil implementación”, planteó Morán.
La distancia y la falta de dispositivos también generan una situación desigual respecto del sistema de adultos. Mientras una persona adulta puede cumplir una prisión preventiva en Bahía Blanca, los jóvenes pueden terminar alojados en Azul o Mar del Plata.
Otro punto de discusión es el alcance de las medidas tutelares.
La nueva ley permite al juez disponer medidas protectorias para salvaguardar la integridad física, mental y social de niños y adolescentes. Morán advirtió que esta posibilidad puede ampliar la intervención judicial más allá de lo estrictamente penal y dejar zonas abiertas a distintas interpretaciones. El riesgo, planteó, es volver a mezclar el sistema de responsabilidad penal con el de protección de derechos: “No podemos, bajo la excusa de un riesgo social, imponer una sanción penal”.
Morán coincidió con el diagnóstico de la jueza Marta Elba Pascual -quien frenó la aplicación de la ley en su distrito- sobre las dificultades materiales para implementar la reforma, aunque evitó pronunciarse sobre la decisión judicial de suspenderla.
Para el magistrado, la ley puede incorporar herramientas orientadas a la resocialización y compatibles con estándares internacionales, pero esas disposiciones requieren recursos concretos.
La nueva figura del supervisor, por ejemplo, podría acompañar a los jóvenes en territorio, pero “es una figura muy especial, muy interesante, si hubiera recursos y hubiera fondos para que efectivamente funcione”.
La discusión, finalmente, excede la capacidad del Poder Judicial. Morán sostuvo que una vez cometido el delito la justicia puede intervenir para intentar reducir sus consecuencias, pero no puede reemplazar las políticas de prevención vinculadas con educación, salud, trabajo, contención y consumos problemáticos.
“No vamos a suplantar la ausencia del Estado previo a que el joven llegó a la comisión de un delito grave”, afirmó. Por eso, el desafío para la puesta en marcha del nuevo régimen no está solamente en aplicar una ley que amplía la punibilidad, sino en garantizar que existan los recursos y dispositivos necesarios para cumplir las medidas que esa misma normativa establece.






