Absuelven a Polisur y denuncian “sistemático y burdo accionar dilatorio” de OPDS

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El juez correccional José Luis Ares absolvió del pago de 150 mil pesos a la empresa PBB Polisur por prescripción de una causa por haber emitido humos negros durante casi veinte minutos el 20 de abril de 2011 en la planta LHC I dedicada a la fabricación de polietileno en Ingeniero White. En su fallo el magistrado insistió en la necesidad de modificar las leyes en cuestión y denunció como “sospechoso el sistemático y burdo accionar dilatorio de los funcionarios del OPDS”.

Por ello, dio intervención al Ministerio Público Fiscal ante la posible comisión de delitos de acción pública, tales como abuso de autoridad, omisión o retardo de actos del oficio, violación de los deberes de funcionario público, entre otros, por parte de integrantes de dicho organismo ambiental provincial que en Bahía Blanca tiene sede en la mismísima Unión Industrial.

“Algo está fallando en la sistemática normativa y/o en su interpretación, en cuanto a la proporcionalidad y razonabilidad, cuando la acción contravencional por cruzar un semáforo en rojo o contaminar con la combustión de un automóvil, tiene un plazo de prescripción de cinco años y la acción por contaminar el ambiente a través de una planta industrial prescribe al año, dada una interpretación analógica (que no comparto), por existir un vacío legal”, escribió Ares.

El magistrado sostuvo que “existió una incomprensible e injustificable demora en la tramitación del proceso, en un largo y tortuoso camino hasta” sus manos: “la resolución sancionatoria, que como se dijo fuera dictada el 9/05/12, recién se notificó a la empresa imputada el 22/11/13, es decir un año y medio después. El recurso de apelación fue interpuesto el 2/12/13 y recién fue concedido el  9/12/14, es decir un año después. Y el ingreso a este juzgado, previo registro y sorteo por parte de la Cámara Penal departamental, se produjo un año después, el 9/12/15”.

Ares afirmó que “es esta cuestión de la calidad de vida de mis convecinos y los riesgos implicados en la actividad industrial en esta ciudad, que posee un enorme complejo petroquímico, la que genera preocupación por la cancelación de toda posibilidad de sancionar a las empresas que de algún modo contaminen el ambiente”.

“Es que sin perjuicio de que resulte difícil establecer el grado de motivación en la norma por parte de las empresas, y el efecto preventivo de la amenaza de sanciones pecuniarias, que generalmente resultan exiguas, cuando no insignificantes, en relación al poderío económico de las mismas, lo cierto es que con un plazo de prescripción de un año siempre la acción contravencional se va a extinguir sin poderse ejecutar las multas aplicadas, si es que se aplican, por cuanto las enormes, incomprensibles e injustificadas demoras en la tramitación de estos procesos por parte del OPDS, en casos que, en su mayoría no presentan complejidad y se resuelven con las actas y el descargo, hacen que muy probablemente lleguen a los juzgados correccionales ya operada la prescripción (como en el presente caso), o bien ello ocurra al recurrir la empresa a las instancias superiores (Cámara y Suprema Corte)”, falló.

La resolución firmada a principios de marzo fue enviada no solo a las autoridades de la Fiscalía General platense, a cargo de Héctor Ernesto Vogliolo, sino también a las autoridades políticas locales y provinciales en la figura del ministro de Gobierno bonaerense, Federico Salvai, el intendente Héctor Gay y el presidente del Concejo Deliberante, Nicolás Vitalini.