Estatales también podrán participar del año nuevo originario
La provincia de Buenos Aires instituyó “el Año Nuevo de los Pueblos Originarios el día correspondiente al solsticio de invierno para el hemisferio sur”.
El decreto 672, fechado el 13 de junio y publicado hoy en el Boletín Oficial, establece que estarán justificadas las inasistencias motivadas por la celebración “de todos los individuos que se desempeñen en el ámbito del Poder Ejecutivo Provincial, que se auto reconozcan indígenas en base al derecho humano a la libre determinación, independientemente de que formen o no parte de una comunidad indígena organizada y/o registrada, devengándose su remuneración y gozando de los demás derechos emergentes de la relación laboral como si hubieren prestado servicio”.
También serán justificadas las inasistencias “de los alumnos y docentes miembros de pueblos originarios, en todos los niveles y modalidades educativas de la provincia de Buenos Aires, requiriéndose para el caso de los alumnos la manifestación escrita de sus responsables”.
La norma deroga el Decreto 865/06 que establecía el Año Nuevo de los Pueblos Originarios el día 21 de junio y cubría las inasistencias solamente en el ámbito educativo.