Condenaron a ex concejala por usar pasajes del Penna

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Gabriela Bustos Arnst fue condenada por falsificación de documento público y fraude a la administración pública y uso de instrumento público falsificado y fraude a la administración pública en un juicio refrendado por el juez José Luis Ares. La pena fue de dos años de prisión en suspenso, 15 mil pesos de multa, inhabilitación especial perpetua para ejercer cargos públicos y 200 horas de trabajo comunitario. Fue absuelta por uso de documento público adulterado, delito por el cual serán investigados su padre, su madre y su hermana.

Se trata de la utilización de pasajes del Ministerio de Salud ortorgados al Hospital Penna para presentar ante la empresa Transportes Plaza S.A.C. entre los días 11 de enero y 1 de diciembre de 2011. Para ello, se falsificó la firma al director César Comezaña.

“Con dicho accionar y ardid desplegado, se provocó fraude engañando a la Administración Pública, quien, como consecuencia de ello, resultó perjudicada patrimonialmente por el pago efectuado de los pasajes emitidos a personas no autorizadas”, dijo el juez Ares.

El fiscal Gustavo Zorzano, el defensor particular Gustavo Giorgiani y la propia Bustos Arnst, acordaron el juicio abreviado. El Ministerio Público calificó el ilícito como fraude en perjuicio de la administración pública, falsificación y uso de documentos públicos adulterados y solicitó la imposición de la pena de tres años de prisión de ejecución condicional con la obligación de cumplir con las siguientes reglas de conducta por el plazo de tres años: fijar residencia, someterse al control del Patronato de Liberados y realizar trabajos no remunerados en favor del estado o de institución de bien público, fuera de los horarios habituales de trabajo, durante el tiempo que dure la ejecución de las reglas de conducta establecidas, hasta alcanzar la cantidad de trescientas horas (a razón de cien horas por año), multa de veinte mil ($20.000) e inhabilitación especial perpetua para desempeñar cargos públicos. La defensa prestó conformidad a la calificación y pena junto a su asistida”.

El juez correccional absolvió a la imputada respecto a varios hechos por no haber sido probados y en otros supuestos aplicó el criterio unánime en la doctrina y la jurisprudencia de que no corresponde condenar por el uso del documento falsificado al autor o autora de la falsificación (el uso queda absorbido por la falsificación). Por ello, redujo la pena pactada por las partes y ordenó investigar a familiares de Bustos.