Info útil: nuevas excepciones y asistencia de emergencia al trabajo y la producción

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A partir de la extensión del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio hasta el 26 de abril incluido se habilitaron nuevas excepciones:

1️⃣ Circulación de las personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista, para realizar breves salidas en la cercanía de su residencia, con un acompañante. Deben presentar sus respectivos DNI y el Certificado Único de Discapacidad o la prescripción médica donde se indique el diagnóstico y la necesidad de salidas, la cual podrá ser confeccionada en forma digital. Las salidas a la vía pública se realizarán respetando el cronograma establecido según la terminación de su DNI.

➖ Los días lunes, miércoles y viernes, aquellas personas con discapacidad, cuyo último número de documento sea 1, 2, 3, 4 y 5.

➖ Los días martes, jueves y sábados, aquellas personas con discapacidad, cuyo último número de documento sea 6, 7, 8, 9 y 0.

2️⃣ Prestaciones profesionales a domicilio destinadas a personas con discapacidad y aquellas comprendidas en el colectivo de trastorno del espectro autista. Los profesionales deberán portar copia del DNI de la persona bajo tratamiento y del CUD, o la prescripción médica correspondiente con los requisitos previstos en el inciso anterior.

3️⃣ Actividad bancaria con atención al público, exclusivamente con sistema de turnos. El Banco Central establecerá los términos y condiciones en los cuales se realizará la actividad bancaria, pudiendo ampliar o restringir días y horarios de atención, servicios a ser prestados y grupos exclusivos o prioritarios de personas a ser atendidas, así como todo otro aspecto necesario para dar cumplimiento a las instrucciones y recomendaciones de la autoridad sanitaria.

4️⃣ Talleres para mantenimiento y reparación de automotores, motocicletas y bicicletas, exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.

5️⃣ Venta de repuestos, partes y piezas para automotores, motocicletas y bicicletas únicamente bajo la modalidad de servicio puerta a puerta. En ningún caso podrán realizar atención al público.

6️⃣ Fabricación de neumáticos; venta y reparación de los mismos exclusivamente para transporte público, vehículos de las fuerzas de seguridad y fuerzas armadas, vehículos afectados a las prestaciones de salud o al personal con autorización para circular, conforme la normativa vigente.

7️⃣ Venta de artículos de librería e insumos informáticos, exclusivamente bajo la modalidad de entrega a domicilio. En ningún caso se podrá realizar atención al público.

8️⃣ Las empresas de electrodomésticos solo por esta semana pueden abrir sus comercios para el pago de cuotas de ventas previamente establecidas y no para nuevas ventas.

✔️ Los desplazamientos de las personas alcanzadas deben limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios exceptuados.

✔️ En todos los casos se deberán observar las recomendaciones e instrucciones de la autoridad sanitaria con el fin de evitar el contagio, incorporando protocolos sanitarios, organización por turnos para la prestación de servicios, adecuación de los modos de trabajo y de traslado a tal efecto.

✔️ Los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de los trabajadores.

CORONAVIRUS ⚠️ Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción: últimos días de inscripción.

✔️ El 15 de abril vencerá el plazo de inscripción para adherirse al programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción, propuesto por gobierno nacional en el marco de esta emergencia sanitaria.

✔️ La propuesta está destinada a empresas del sector turístico, clubes y federaciones deportivas para acceder a la prórroga del pago de las cargas sociales (aportes y contribuciones) del mes de marzo.

✔️ Los interesados deberán completar una serie de pasos en www.afip.gob.ar para verificar si la actividad principal de cada institución forma parte de este beneficio.

✔️ Para cualquier información adicional: el Gobierno Nacional dispone el mail [email protected] y desde la Municipalidad de Bahía Blanca [email protected]