Megacausa Zona 5: la querella pidió ampliar las imputaciones

La presentación avanzó en considerar a hijos e hijas de personas detenidas y secuestradas como víctimas directas del terrorismo de Estado. Además, acusó a los represores por 8 casos de delitos sexuales en cautiverio, “por primera vez se van a incluir cuatro denuncias de hombres, dos de ellos pertenecientes a disidencias sexuales”.

Se trata de la imputación que realizó la querella de H.I.J.O.S y la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación a cargo de la dra. Mónica Fernández Avello. La próxima audiencia será el jueves desde la 9.

En el caso de las infancias se trata de 33 hijos e hijas de víctimas de la represión ilegal quienes declararon en los juicios locales.

“Existió en esta causa un gran número de niños, niñas, adolescentes que vivieron situaciones extremas, fueron víctimas de secuestro, pasaron por centros clandestinos, fueron abandonados en la vía pública o en sus casas y sufrieron las violencias de operativos y secuestros. Sin embargo, no fueron llamados declarar como víctimas directas sino vinculados a sus padres o madres secuestradas”, argumentó Avello.

La querellante contó que las víctimas son “niños y niñas que presenciaron los secuestros de sus padres, otros que fueron secuestrados junto a sus padres y luego entregados a sus familiares, algunos tuvieron la casa tomada con los militares adentro durante días. Resulta innegable que durante un tiempo fueron privados de su libertad o fueron abandonados, resultando víctimas. En el derecho a la verdad resulta preciso reconocer el lugar que ocuparon de víctimas, afirmar lo contrario sería desconocerlos como sujetos de derechos”.

“Son numerosos los casos de personas que con 15, 16 o 17 años fueron privados de su libertad y llevados a centros clandestinos. Nadie duda que fueron víctimas. Me pregunto: ¿dónde ponemos el límite? ¿Por qué alguien de 16 años puede ser víctima de privación ilegal de la libertad y uno de 1 año no? Resulta indiscutible que estos niños sufrieron un daño”, explicó Avello.

Agregó que “ser trasladados, presenciar el secuestro de sus padres, los gritos, los golpes, son hechos que quedan en algún lugar de la memoria, más aun cuando ocurren en la infancia y, más aún, cuando fueron abandonados o dejados solos en la calle o en su casa”.

La abogada explicó que en la sentencia Bayón en 2012 se condenó al ex comisario de la Policía Federal de Viedma, Vicente Forchetti, por el abandono de Sebastián y Guadalupe Meilán, que tenían 15 y 4 meses de edad respectivamente y fueron abandonados en un auto después del secuestro de sus padres.

“Los dejaron solos en la madrugada con el auto en marcha luego del secuestro de sus padres. Los niños estuvieron abandonados por lo menos unas 2 horas, de no ser por la casual forma de encontrarlos hubieran pasado la noche encerrados”, dijo Avello.

Por otro lado, en relación a la imputación vinculada con los crímenes sexuales en cautiverio dijo que “no hay duda de que la violencia sexual hacia las mujeres y hombres en centros clandestinos, cárceles, tiene un carácter rutinario y extendido. Todas las víctimas refieren manoseos, amenazas de violación, burlas y humillación de contenido sexual, desnudez forzada, violación con acceso carnal, violaciones grupales, violaciones con objetos, servidumbre, mutilación, acoso sexual, exhibicionismo, golpes y descargas eléctricas en los genitales”.

“Estos crímenes estuvieron invisibilizados por los tratamientos de las causas donde se confundían con torturas, pero en los últimos años se produjeron avances y condenas por estos delitos específicos en su mayoría a las mujeres detenidas. Militares, marinos, prefectos gendarmes y policías tomaban los cuerpos como botín de guerra”, enfatizó la abogada.

En la Megacausa Zona 5 solo se aceptaron dos imputaciones por delitos sexuales. La abogada amplió la acusación y se refirió a ocho casos de abusos en lugares de detención “después de casi doce años de iniciado el primer juicio por primera vez se van a incluir cuatro denuncias de hombres, dos de ellos pertenecientes a disidencias sexuales”.

“¿Qué otra razón que no sea la intención de perseguir a los culpables llevaría a una víctima de delitos sexuales a exponerse ante la justicia? La lógica, la historia y las palabras de las víctimas nos dan la respuesta”, remarcó la querellante.

Por último, agregó que “aunque no podemos afirmar que haya existido una orden expresa de violar o abusar, sí se puede decir que hubo orden expresa de aniquilar. Tampoco existió una orden expresa de robar, saquear o apropiarse de niños y niñas y cambiarles la identidad pero la historia nos indica que esos delitos se cometieron, tal como hemos escuchado en los testimonios de las víctimas”.

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