Oficial: Facundo murió por “asfixia por sumersión”

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El EAAF determinó que Facundo Castro murió por “asfixia por sumersión (ahogamiento)”, aunque el informe final de la autopsia advierte que “el avanzado estado de esqueletización del cadáver limitó las posibilidades de conocer el modo de la muerte, no pudiendo la ciencia forense determinar con rigor científico si se trató de uno u otro modo de muerte violenta: suicida, homicida o accidental”.

COMUNICADO DEL JUZGADO FEDERAL N°2

El Equipo Argentino de Antropología Forense (EAAF) presentó el informe integrado de los estudios de la autopsia realizada el 25 de agosto en el marco de la causa que investiga este juzgado Federal nº2 de Bahía Blanca a cargo de la doctora María Gabriela Marrón. Los principales resultados científicos son que:

• Los restos analizados, hallados el día 15 de agosto de 2020 en la zona del canal denominado “Cola de Ballena”, en las inmediaciones del área conocida como “Villarino Viejo”, provincia de Buenos Aires, pertenecen a Facundo José Astudillo Castro de acuerdo al proceso de identificación que combinó el análisis antropológico forense, médico forense, odontológico forense y genético forense.

• Los resultados del estudio biológico llevado a cabo en médula ósea determinaron la presencia de un número significativamente alto de restos de diatomeas (algas microscópicas), coincidentes con las de las muestras ambientales de agua y sedimentos tomadas en el lugar del hallazgo.

• Dichos resultados permiten aseverar, con el rigor científico necesario, que la muerte de Facundo José Astudillo Castro se produjo por asfixia por sumersión (ahogamiento). La sumersión (mecanismo asfíctico) es la causa de muerte por obstrucción de la vía aérea por el ingreso de líquidos durante el proceso de respiración bajo el agua, generando el ahogamiento (asfixia mecánica).

• El fenómeno “Pink Teeth” (diente rosado o coloración rosada por transparencia del esmalte) observado en las piezas dentales anteriores del maxilar inferior, debe ser considerado orientador pero inespecífico para establecer causa de muerte.

• Respecto al signo del diente rosado con relación a la causa de la muerte, descrito por la odontología forense en casi 200 años de investigación, los distintos autores han concluido que su presencia en forma aislada debe ser considerado orientador pero inespecífico para establecer causa de muerte, ya que puede hallarse en patologías infecciosas (fiebre tifoidea), en alteraciones de la hemoglobina (porfirias congénitas), en alteraciones químicas con cambios bruscos de presión (accidentes aéreos), como fenómeno postmortem en cuerpos hallados en ambientes fríos y húmedos, o en muertes violentas por asfixias mecánicas o químicas (ahogamiento, estrangulación, intoxicación por monóxido de carbono). Sin embargo, asociado a la presencia de diatomeas en médula ósea, complementa la condición de una asfixia por sumersión.

• El hecho de que la identificación de los géneros y especies de diatomeas halladas en la médula sean coincidentes con las recuperadas en muestras de agua y de sedimentos recogidos en el lugar del hallazgo de los restos es altamente indicativo de que se trata del medio en el cual se produjo la muerte.

• Se trató de una muerte violenta, por no ser natural. El avanzado estado de esqueletización del cadáver limitó las posibilidades de conocer el modo de la muerte, no pudiendo la ciencia forense determinar con rigor científico si se trató de uno u otro modo de muerte violenta: suicida, homicida o accidental.

• Los restos óseos estudiados no presentaban lesiones vitales, de origen traumático, ni otras antemortem (previas a la muerte).

• En las diferentes piezas óseas observadas, y mediante el estudio de imágenes radiográficas, no se evidenciaron estructuras de densidad metálica, similares a elementos que puedan corresponderse con aquellos que producen injurias o lesiones (como por ejemplo proyectiles de arma de fuego, segmentos de arma blanca, entre otros).

• No se observaron cambios de coloración, u otros signos, en los huesos bajo estudio compatibles con el uso de sustancias ácidas, alcalinas o por exposición a una fuente emisora de calor.

• No se observaron signos de participación de terceras personas sobre los restos estudiados.

• Todas las lesiones y pérdida de algunas piezas dentales que presentaban los restos estudiados son postmortem (posteriores a la muerte), producto de depredadores y exposición medioambiental.

• El tipo, intensidad y tamaño de las modificaciones identificadas en los diferentes restos óseos analizados indican la acción de carnívoros de la familia de los cánidos de pequeño tamaño. De acuerdo a la fauna presente en el área, el zorro pampeano o gris constituye el principal agente que afectó al cuerpo.

• El patrón de ausencia de algunas partes del cuerpo de pequeño tamaño y de destrucción parcial de algunas partes de los elementos presentes es el esperado para la acción del zorro pampeano.

• La desarticulación y desplazamiento de ambos miembros superiores (uno de ellos hallado a 73,9 metros del cuerpo) y del miembro inferior derecho fue producida por este mismo cánido.

• Las marcas y fracturas producidas por carnívoros se produjeron con posterioridad a la muerte siendo, en consecuencia, no vitales. Presentan un patrón compatible con un acceso inicial a un cuerpo con presencia de órganos y tejidos blandos.

• Los hallazgos relacionados con la preservación y dispersión de los restos humanos son consistentes con procesos tafonómicos provocados por agentes medioambientales y bióticos (fauna) de la zona donde fueron encontrados.

• El cuerpo hallado en este ambiente habría estado sujeto -además de a la acción de animales carnívoros- a la fluctuación de agua por las mareas, la presencia de invertebrados (cangrejos) y aves, entre otros. Esta dinámica posiblemente generó el movimiento del cuerpo y la pérdida de las prendas de vestir.

• El intervalo postmortem estimado, es decir el tiempo mínimo transcurrido entre la muerte y el hallazgo, sería no menor a 30 días determinados por tafonomía (acción del ambiente) y entomología (micro fauna asociada a los restos); siendo el tiempo máximo estimado del período transcurrido desde la muerte mayor, pero no pudiendo determinarse científicamente.

• Del estudio forense no surgen elementos que permitan suponer que los restos humanos hayan estado en otro ambiente distinto al del hallazgo durante el intervalo postmortem consignado.

Todo lo descrito se encuentra fundamentado en los hallazgos, análisis y estudios complementarios realizados en los restos óseos de quien en vida fuera Facundo José Astudillo Castro por los peritos que participaron de la autopsia y firmaron el Informe integrado recibido por el juzgado: Dr. Luis Fondebrider (Antropólogo Forense, Director ejecutivo del EAAF), Lic. Analía Simonetto (Antropóloga Forense, Coordinadora del Laboratorio de Antropología Forense del EAAF), Dra. Mercedes Salado Puerto (Bióloga y Antropóloga Forense, Coordinadora de Identificación del EAAF), Dr. Luis Alberto Bosio (Médico Forense del EAAF); los peritos del Cuerpo Médico Forense (CMF) Dr. Roberto Cohen (Médico Forense, CMF), Dr. Alejandro Rullan Corna (Médico Forense, CMF), Dra. Marta Maldonado (Odontóloga Forense, CMF), Dr. Jorge Pereyra (Radiólogo Forense, CMF), Lic. Mariana Selva (Antropóloga Forense, CMF); y los especialistas propuestos por el EAAF, Dra. Nora Irene Maidana (Laboratorio de Diatomeas Continentales del CONICET), Dr. Néstor Centeno (Entomología Forense de la Universidad de Quilmes), los especialistas en tafonomía, Dra. María Amelia Gutiérrez (Ciencias Naturales de la Universidad del Centro de la Provincia de Buenos Aires, UNICEN), Dra. María Clara Álvarez (Arqueóloga, UNICEN) y el Dr. Cristian Ariel Kaufmann (Ciencias Naturales, UNICEN); y la perito de parte Dra. Virginia Creimer, consultora en Medicina Legal.

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