Presentan puntos para democratizar y federalizar la pauta oficial

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Redes de la comunicación y espacios sindicales impulsan el debate por un proyecto de ley que garantice la democratización y federalización de la pauta publicitaria oficial.

Frente al Congreso, presentaron un documento que pretende ser el origen de una norma que permita cumplir con un criterio de equidad y transparencia para fortalecer el entramado de medios comunitarios y alternativos.

“No es un reclamo sectorial de quienes gestionamos medios, está compartido e impulsado por compañeros trabajadores y trabajadoras de medios comunitarios, públicos y privados que comparten una mirada de lo que debe ser un modelo de comunicación democrático y federal y por otros sectores que entendemos que una comunicación democrática es necesaria para lo que querrámos encarar”, dijo a FM De la Calle Pablo Antonini, presidente del Foro Argentino de Radios Comunitarias (FARCO).

Las organizaciones convocantes están trabajando en un relevamiento que, hasta el momento, “incluye 190 medios de un universo mucho más grande. Da cuenta de puestos de trabajo reales y potenciales porque en muchos casos son roles voluntarios, militantes o con alguna asignación mínima, así y todo, estamos hablando de 8 millones de usuarios y usuarias únicos, de presencia en muchas ciudades y conglomerados del país”.

“Según datos de la propia Secretaría de Medios el 76% de la pauta se queda en Ciudad de Buenos Aires y AMBA en manos de medios que se autodenominan nacionales y con una lógica que anda por las inmediaciones del obelisco. Los medios comunitarios, estamos en menos del 2% de ese total, teniendo vigente una ley que dice que deberíamos ocupar el 33% del espectro”, destacó Antonini.

Los ejes que se abordan son, en primer lugar, “partir de una concepción de cómo entender la pauta. Debe ser por fuera de la venta de un servicio y no es el cuantitativo el término para usar. Proponemos pisos en cuotas federales de distribución, garantizar que haya una base de 33% para medios comunitarios y techos para grandes grupos económicos”.

“Otro elemento son los criterios: no puede ser el único el de audiencia. Se proponen criterios con la producción de contenidos locales, no puede cobrar más un medio que es un 80% de repetidora que un medio que se esfuerza en generar la producción local, en generar puestos de trabajo, respetar acuerdos salariales, tener paridad de género”.

La iniciativa busca, además, “la eliminación de intermediarios, agencias, bolseros, sectores que se especializan en el lobby y en quedarse con una pauta mayor que la que le toca al medio”, señaló.

Antonini comentó que en la presentación “tuvimos presencia de cerca de 10 legisladores y legisladoras, eso nos motiva a pensar que podemos avanzar. Sabemos que no es fácil, que toca intereses, nos parece importante plasmarlo en una ley y plantearlo como una política pública”.

12 puntos para democratizar la pauta

1. Entendemos por “Publicidad Oficial” a toda comunicación, información, anuncio o campaña comunicacional que realice cualquier organismo o empresa con participación mayoritaria del Estado Nacional en forma paga en cualquier tipo de medio de comunicación.

2. Los objetivos de la Publicidad Oficial son garantizar el principio republicano de publicidad de los actos de gobierno y el derecho a la información pública, promover el ejercicio de derechos y obligaciones ciudadanas y promover la participación ciudadana, los Derechos Humanos, la diversidad de culturas locales y regionales, la cultura nacional y los valores democráticos. Por tanto, la Publicidad Oficial, será distribuida en forma transparente, justa y equitativa, entre los diferentes medios garantizando la libertad de expresión, el derecho a la información y el pluralismo informativo.

3. Por lo antes expuesto señalamos que la distribución de Publicidad Oficial no puede regirse por criterios de mercado. No se trata de vender un producto o servicio a clientes o consumidores. La publicidad comercial tiene un objetivo muy concreto: promover el consumo de un bien o servicio. Sus mensajes se dirigen a un consumidor al que se trata de convencer. La lógica es comercial y se buscan beneficios puramente mercantiles. En el caso de la Publicidad Oficial la perspectiva es distinta: el Estado no se dirige a un consumidor, sino a un ciudadano. El gobierno no vende un producto o un servicio, busca informar y educar a ciudadanos. En otras palabras: La comunicación gubernamental en las sociedades democráticas se funda en el derecho de los ciudadanos a ser informados y en el deber del Gobierno de informar, transparentar su acción y rendir cuentas.

4. De igual forma entendemos que la Publicidad Oficial no debe promocionar directa o indirectamente la gestión personal de funcionarios, ni de ningún partido político.

5. El órgano de aplicación de la Ley debería ser la Agencia Estatal TELAM S.E. (como establecía la Ley de creación de la Agencia) y por tanto que toda la publicidad de los diversos organismos y empresas del Estado, se realice a través de la Agencia estatal TELAM. Dicha Agencia debería mantener un Registro Único y público de proveedores de publicidad en el que se inscriban los medios que aspiran a recibir publicidad. En ese Registro estarán incluidos los titulares de medios. Sólo podría ser rechazada la inscripción o eliminado del Registro el medio que falseara datos en su inscripción, incumpliera obligaciones fiscales o la legislación laboral en forma reiterada.

6. La Publicidad Oficial debe ser contratada directamente y solamente a los titulares de cada uno de los medios. Esto resulta indispensable para evitar la duplicación o multiplicación de facturación de un medio a través de distintas figuras jurídicas, “productoras” o agencias de publicidad.

7. A fin de promover y garantizar la pluralidad de medios de comunicación proponemos que la Ley establezca que un medio o los medios de un mismo grupo económico podrán recibir un máximo de 3% del monto total de la publicidad oficial.

8. En igual sentido y a fin de asegurar la distribución equitativa de publicidad en los medios de todo el territorio nacional con un criterio federal proponemos que la Ley establezca cupos por provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires siguiendo los mismos criterios con los que se asigna la coparticipación federal de impuestos.

9. Con igual criterio proponemos que la ley establezca un cupo de no menos del 33 % de la Publicidad Oficial a ser adjudicada a medios de titularidad de entidades sin fines de lucro.

10. Para hacer posible la transparencia y el control ciudadano sobre las contrataciones de publicidad de organismos del Estado entendemos necesario que la Ley establezca la obligación de publicar en un sitio público en internet todos los contratos publicitarios, indicando medio, empresa titular del medio, tipo de anuncio (espacio, cantidad de menciones y tiempo de emisión según sea el caso) y monto de la contratación.

11. Compartimos la idea de crear un Consejo Federal asesor en materia de publicidad y de invitar a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires a legislar en el mismo sentido.

12. Finalmente establecer como criterio excluyente para el otorgamiento de pauta publicitaria estatal que el medio privado comercial que la perciba cumpla con las normativas convencionales y los salarios acordados en paritaria con los sindicatos de actividad, en consonancia con el Art. Nº 64 de la Ley 12.908 (Estatuto del Periodista Profesional).