Contaminación en la ría: ping pong de competencias
La Cámara Federal rechazó la apelación de la Fiscalía y la querella sobre la declaración de incompetencia de la jueza Gabriela Marrón en la causa por contaminación del estuario bahiense. “Corresponde a la justicia local continuar con el trámite de las actuaciones, sin perjuicio de lo que surja de la investigación ulterior, por lo que propicio y voto rechazar los recursos de apelación”, dijo Pablo Candisano Mera con la adhesión posterior del ex espía Néstor Luis Montezanti.
“El tema de la competencia es una cuestión netamente formal que en algún momento se tiene que dilucidar, acá el gran problema que tenemos con las cuestiones ambientales y que ya ha pasado en otras causas en Bahía Blanca y a lo largo del país, es que hay una gran discusión entre provincia y Nación sobre quién tiene que tomar el caso”, dijo a FM De la Calle Lucas Beier, abogado de la Asociación de Pescadores Artesanales de la Ría.
La Cámara se remonta a un fallo de la Corte Suprema en el cual resolvió que “la persecución penal de los delitos reglados por la ley de residuos peligrosos es de competencia provincial y sólo excepcionalmente corresponde la intervención de los tribunales federales en supuestos de conflictos con efectos más allá de una sola jurisdicción”.
“Se confunden porque tanto la jueza Marrón como los jueces de Cámara toman como argumento de su declaración de incompetencia una causa civil que también estoy tramitando yo, que está en el juzgado provincial -donde la Corte ha dicho que tiene que ir- pero los argumentos son totalmente distintos, el objeto de la investigación y las leyes por las cuales se rige la competencia también son distintas”, explicó Beier.
Los magistrados agregan que “el argumento que pretenden hacer valer, respecto a que el daño excede las fronteras locales, no está probado” dado que “la presencia de contaminación en especies migrantes no es suficiente para sostener que el daño se propague más allá del ámbito provincial”.
“El delito penal lo que tipifica es el peligro a la salud generada por la contaminación, no es la contaminación en sí lo que está tipificando. Entonces lo que tiene que ser interjurisdiccional no es la contaminación sino el peligro en la salud. Por eso puse que un pez que nace y vive los primeros meses de su vida en el estuario de Bahía Blanca se alimenta con camarones, con todo el plancton que existe que ya está demostrado que está contaminado. Existe una bioacumulación en ese pez y en la etapa de adultez migra a otras provincias como Río Negro o Chubut. Y en esas provincias ese pez es consumido. O sea que el peligro para la salud no es solamente para el habitante de Bahía Blanca que va con su caña al muelle y pesca, sino que ese pez puede ser pescado en Río Negro”, afirmó.
Beier comentó que en este tipo de causas la aceptación de la competencia suele ser negativa: “Ninguno de los dos las quiere tomar, entonces genera una demora, pero es relativa porque ya la Corte ha dicho que mientras tanto exista esta contienda -que puede terminar en la Corte- el expediente tiene que seguir tramitando”.
“Estamos en una especie de ping pong donde uno se la pasa a otro y nunca se resuelve”, graficó el querellante y agregó que “los perjudicados somos nosotros que en estas idas y vueltas en las causas cada fiscal tiene una interpretación, una forma de trabajar, no es productivo que esto pase de mano en mano, de un juez a otro, de un fiscal a otro”.
Foto: Pablo Petracci.