“El derrame de la Barrick Gold cuenta como delito ambiental”
Antonio Gustavo Gómez, Fiscal General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Tucumán, fue entrevistado por FM De la Calle para analizar las causas legales que pesan sobre la canadiense Barrick Gold. Entre el 13 y el 14 de septiembre pasados, en la mina Veladero, ubicada en el departamento Iglesia, la empresa provocó un derrame de 1 millón de litros de cianuro.
Hace más de diez años que La Barrick Gold practica la minería a cielo abierto en la provincia de San Juan y ya acumula tres denuncias penales por los daños que ocasiona en el ambienta natural y en la vida de lxs lugareñxs.
La empresa tiene tres causas penales en su contra. La primera la inició el fiscal de Estado de la Provincia en representación del gobernador ante al Juzgado Provincial del Jáchal por un artículo del Código Penal que es la contaminación dolosa del agua. La segunda, la inició un grupo de sanjuaninxs que se presentan como querellantes en el Juzgado Nacional de San Juan y pertenecen a una ONG que se llama ‘Ciudadanos independientes’ y la tercera, fue en Capital Federal, promovido por la Asociación de Abogados Ambientalistas de la República Argentina. Sin embargo, “las dos últimas se hicieron con la ley 24.051 que condenó al empresario Julián Rooney del caso Minera La Alumbrera. Pero la primera, la del Juez de Jáchal, es sospechosa. La investigación está dirigida a algún empleado o gerente de medio pelo, a algún perejil”, aclaró Gómez.
“Hay que aplicar la ley 24.051, en la cual el artículo 57 dice claramente que el responsable es el directorio de la empresa. También se aplica a funcionarios públicos de alto nivel”, agregó.
“Permite condenas por negligencia. La diferencia entre delito doloso y el delito por negligencia o culposo es que éste último implica el incumplimiento de un reglamento, la inoperancia, la falta de arte en el oficio, lo que no significa que el Directorio no sea responsable. Pueden ser imputado los funcionarios públicos”.
Si se efectiviza esta ley, además, se obligaría a la Barrick a pagar indemnizaciones a lxs vecinxs y trabajadorxs por los daños ocasionados, tanto por este último derrame como por casos anteriores. La Minera no podría seguir funcionando hasta que no se termine la investigación y la acción penal.
Esta empresa practica la minería a cielo abierto generando graves consecuencias ambientales y de salud en lxs habitantes del lugar porque, luego de las explosiones que activa, los metales quedan desparramados por el suelo, el aire y el agua.
En simultáneo, el juez Gómez sigue de cerca las investigaciones por los delitos ambientales de la minera La Alumbrera de Catamarca. Se reanudó la actividad en la mina porque “el Fiscal Federal tendría que haber solicitado la suspensión hasta la finalización de la causa y no lo hizo”, aseguró Gómez.
“Están avanzando las 4 causas penales de La Alumbrera, más otra causa penal de contrabando y evasión tributaria de contenido económico, que involucra a autoridades mineras, de la provincia de Catamarca y de la Universidad Nacional de Tucumán que se benefician económicamente con la explotación minera. Los propios jueces no las hacen avanzar. Se han presentado muchas quejas en la Corte Suprema y se han hecho muchas pericias que muestran elementos de contaminación, pero el poder político y económico también están haciendo su juego”.
Las organizaciones sociales denuncian daños irreversibles como estos y sostienen que ponen en cuestión las promesas de progreso que enuncia la megaminería y los beneficios reales de esta actividad extractiva en el suelo que produce, ya que prioriza su vinculación con los puertos de exportación.
Para mayor información sobre la labor de Gómez en el área del derecho ambiental, hacé click en este enlace: http://www.fiscalgomez.com.ar/