Escuelita VII: la Fiscalía pidió condenas para 15 genocidas

En el debate se juzgan los crímenes de lesa humanidad contra veinte víctimas en Neuquén. En varios casos fueron trasladadas a Bahía Blanca. Los delitos “constituyen prácticas genocidas contra una parte del pueblo argentino”.

El auxiliar fiscal José Nebbia culminó este miércoles el alegato que se extendió durante cuatro audiencias. Solicitó al Tribunal Oral Federal Nº1 de Neuquén condenas de prisión perpetua para diez acusados y de 8 a 25 años de prisión para otros cinco acusados.

Para trece de los acusados, pidió que se los condene por haber ejercido violencia sexual, tanto por abuso simple como por las violaciones denunciadas por tres sobrevivientes. “La violencia sexual fue un arma más del plan criminal, como los secuestros, torturas y la desaparición. Hay un deber legal de poner fin a estos crímenes, los abusos fueron parte de la concreción del plan criminal de la dictadura, la violencia contra la mujer fue sistemática y parte del plan de guerra”, dijo el fiscal.

Nebbia, quien intervino en el alegato junto a sus colegas Gabriela Schumacher y David Maestre, integrantes de la Unidad de Derechos Humanos de Neuquén, pidió también la inmediata detención de los acusados Gerónimo Huircain, Desiderio Penchulef, Miguel Ángel Cancrini y Juan José Capella, y que se revoquen las prisiones domiciliarias de los demás.

Por otra parte, solicitó que se exprese en la sentencia “que estos delitos se cometieron en el marco de un genocidio perpetrado en Argentina y que constituyen prácticas genocidas contra una parte del pueblo argentino”.

Nebbia sostuvo: “Esto no es derecho penal del enemigo, ni es derecho de vencedores y vencidos; acá lo que buscamos es la verdad y la justicia”. Remarcó que “hay otra razón que impone el castigo a estos delitos, que es el insoslayable derecho de los ofendidos por estos crímenes a que el Estado cese con la revictimización que impone el no castigo”. Y agregó que “el no castigo fue revictimizar continuamente a sobrevivientes y familiares”.

En el juicio, que comenzó el 9 de diciembre del año pasado, se juzga el accionar de los imputados, por los hechos cometidos entre el 9 y el 15 de junio de 1976, en las localidades de Neuquén capital, Cutral Có y Zapala (Neuquén) y en Cinco Saltos (Rio Negro), cuando cumplían funciones tanto en las policías provinciales de Neuquén y Río Negro como en la Policía Federal y en el V Cuerpo del Ejército.

Pedido de penas

Para los integrantes del Comando del V Cuerpo del Ejército, Osvaldo Bernardino Páez –ex jefe de la División Educación del Departamento de Operaciones- y Walter Bartolomé Tejada -ex jefe de la División Interior del Departamento II Inteligencia- se solicitó la pena de prisión perpetua.

A Páez lo acusó en carácter de partícipe necesario y Tejada como coautor penalmente responsable de los delitos de asociación ilícita conformada para la comisión de hechos ilícitos indeterminados constitutivos de lesa humanidad; de privación ilegal de la libertad agravada y aplicación de tormentos en veinte casos; homicidio con alevosía en ocho oportunidades; y abuso sexual con acceso carnal en tres oportunidades y abuso sexual simple en dos.

El auxiliar fiscal también pidió la imposición de la pena máxima para el ex jefe de inteligencia del Comando de la Sexta Brigada de Neuquén, Oscar Lorenzo Reinhold, por considerarlo coautor de la privación ilegal de la libertad agravada y por la aplicación de tormentos a quince víctimas; privación ilegal de la libertad doblemente agravada por el empleo de violencia y su duración mayor a un mes en tres hechos; homicidio con alevosía en ocho oportunidades; y como partícipe necesario de los delitos de abuso sexual simple en dos hechos y de abuso sexual con acceso carnal en tres.

El representante del MPF también requirió la pena de prisión perpetua para los oficiales del Destacamento de Inteligencia 182 del Ejército con sede en Neuquén, Sergio San Martín, Jorge Di Pasquale, Jorge Molina Ezcurra, Norberto Eduardo Condal, Carlos Alberto Taffarel y Jorge Horacio Granada.

A Granada y a Taffarel los acusó como partícipes necesarios y a Condal como coautor de los delitos de asociación ilícita conformada para la comisión de hechos ilícitos indeterminados constitutivos de lesa humanidad; de privación ilegal de la libertad agravada y aplicación de tormentos en veinte casos; de homicidio con alevosía en ocho oportunidades; y por el delito de abuso sexual en cinco casos (tres con acceso carnal y dos simples).

A San Martin, Di Pasquale y Ezcurra la fiscalía los consideró partícipes necesarios de los delitos de privación ilegal de la libertad agravada y por aplicación de tormentos de 15 víctimas; de la privación ilegal de la libertad doblemente agravada por el empleo de violencia y su duración mayor a un mes en tres hechos; de homicidio con alevosía en ocho oportunidades; y por cinco hechos de abuso sexual (tres con acceso carnal y dos simples).

La fiscalía también solicitó prisión perpetua para Raúl Antonio Guglielminetti, personal civil del mismo destacamento, por considerarlo partícipe necesario del delito de privación ilegal de la libertad agravada y aplicación de tormentos en cinco casos; privación ilegal de la libertad doblemente agravada por el empleo de violencia y su duración mayor a un mes en un hecho; por los homicidios calificados en alevosía en tres hechos; y por el abuso sexual con acceso carnal en un hecho.

Para el piloto aviador del Ejército Juan José Capella la fiscalía solicitó la pena de 25 años de prisión por ser penalmente responsable como partícipe necesario de los delitos de privación ilegal de la libertad doblemente agravada por el empleo de violencia y su prolongación en el tiempo en cinco casos; por privación ilegal de la libertad agravada y por aplicación de tormentos en quince oportunidades; y por el abuso sexual cometido en cinco casos (tres con acceso carnal y dos simples).

La fiscalía también solicitó la imposición de 25 años de prisión para el entonces subcomisario de la Delegación Neuquén de la Policía Federal, Jorge Alberto Soza, por considerarlo partícipe necesario de los delitos de privación ilegal de la libertad doblemente agravada por el empleo de violencia en cinco hechos; privación ilegal de la libertad doblemente agravada por el empleo de violencia y su duración mayor a un mes en un hecho; aplicación de tormentos en seis oportunidades; y abuso sexual con acceso carnal en un hecho.

En tanto, para el comisario principal en la Unidad 25º de Cinco Saltos, Desiderio Penchulef, la fiscalía pidió la condena a 10 años de prisión por considerarlo partícipe necesario del delito de privación ilegal de la libertad agravada y por la aplicación de tormentos en un caso; y por la privación ilegal de la libertad agravada por el empleo de violencia y su duración mayor a un mes en otro.

Para el oficial de la Delegación Neuquén de la Policía Federal Miguel Ángel Cancrini, la fiscalía solicitó la imposición de 9 años de prisión como partícipe necesario de privación ilegal de la libertad agravada y aplicación de tormentos en perjuicio de una víctima.

Finalmente, la fiscalía pidió 8 años de prisión para el entonces oficial ayudante de la Unidad 24 de Cipolletti, Gerónimo Enerio Huircain, por considerarlo partícipe necesario del delito de privación ilegal de la libertad agravada y por la aplicación de tormentos en perjuicio de una víctima.

Fuente: Fiscales.gob.ar y Shirley Herreros (Diario Rio Negro).

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