Obra social deberá cubrir fertilización asistida para matrimonio igualitario

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Fueron las palabras de Natalia Acosta, abogada del matrimonio igualitario que consiguió mediante un fallo sin precedente que la obra social se haga cargo del tratamiento de fertilización asistida al que no querían acceder.

En el año 2013 se dictó una ley nacional para todas las obras sociales que incluye el tratamiento de fertilización asistida en el programa médico obligatorio y, según la abogada, “hasta el momento no había ningún caso en que se hubieran negado a cumplir con esto”. En este caso, el matrimonió se presentó en el estudio “con el deseo de poder formar una familia y se encontraron con el obstáculo de la obra social. Iniciaron los pasos procesales correspondientes, y ante la negativa tuvimos que recurrir al procedimiento de amparo”.

No trascendió de qué obra social se trata ya que es un fallo de primera instancia, en caso de que haya una apelación “esperamos que la Cámara confirme el fallo pero sí sienta jurisprudencia en primera instancia”. Acosta aseguró que el fallo habla de “la inclusión, la evolución de la sociedad, el hecho de la mujer de poder disponer de su cuerpo y elegir cómo formar una familia”.

Los argumentos de la obra social para negar la cobertura del tratamiento se refieren a “que es una obra social chica, cuestiones económicas, cuestiones en relación al ámbito familiar, que la cónyuge tiene otra obra social. Cuestiones que no hacían que fuera un impedimento […]. Entonces, si la ley no establece limitaciones la obra social tampoco tiene por que hacerlo”, explicó la abogada.