Trata: revocaron absoluciones en la causa Iglesias

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La Cámara de Casación Penal ordenó dictar un nuevo fallo en el juicio por facilitación de la prostitución y trata de mujeres que se realizó contra el ex presidente del Club Huracán, Víctor Hugo Iglesias, el prefecto Eduardo Horacio Gutt y el administrador del bar Broadway Alfredo García.

En octubre de 2018 el Tribunal Oral había absuelto a Iglesias y a Gutt y condenado a cuatro años y seis meses de prisión a García. También se revocó el rechazo al decomiso de los bares “Broadway” y  “Kaos” y su restitución a Iglesias.

Ayer, la Sala IV de Casación afirmó que la sentencia de los jueces Luis Salas, Marcos Aguerrido y Oscar Albrieu fue “arbitraria” por haber valorado la prueba de manera “fragmentada y aislada”.

El fiscal Santiago Roldán había apelado el fallo por no haberse incorporado por lectura las declaraciones de seis mujeres rescatadas en diversos operativos, quienes no pudieron ser ubicadas para presentarlas en el debate oral.

El juez Gustavo Hornos sostuvo que el tribunal “restringió arbitrariamente la producción de prueba” y que ante el compromiso del Estado de proteger a las víctimas bastaría con una sola declaración.

Además, cuestionó que no hayan sido tenidas en cuenta escuchas telefónicas que probaban los vínculos entre los imputados y la participación de Iglesias y Gutt en los delitos del condenado García. Las defensas plantearon que las grabaciones demostraban que eran “clientes” del proxeneta.

Hornos advirtió que el tribunal no explicó “por qué la omisión de Gutt de denunciar la actividad de facilitación de la prostitución de la cual asertivamente tuvo conocimiento o, incluso, la conducta de comunicarse con el autor del delito para brindarle información sobre procedimientos que lo involucraran, no son acciones que objetivamente aporten al delito de García”.

En cuanto a Iglesias, el juez de Casación mencionó que el tribunal probó que en el Bar Broadway no había “comercio sexual” aunque estaba ubicado en una zona donde sí lo había.

El fiscal aportó “copiosa prueba de cargo que no fue ponderada por el Tribunal” para demostrar que en el local “funcionaría como un espacio de encuentro entre las presuntas víctimas de la promoción de la prostitución que García coordinaba”, tal como confirmó la sentencia revisada.

De la prueba descartada por los jueces en Bahía Blanca, Hornos rescató: la que ubica a Iglesias como responsable del local alquilado a García y conversaciones entre los imputados en las cuales “surge sin duda que hablan de mujeres para hacer ‘shows’ aparentemente en el bar Broadway y del monto que requerían para tal actividad”; “refieren a clientes y a hacer ‘pases'”; “se refieren a presuntos clientes y que necesitan mujeres para ofrecerles”.

Para el magistrado, tampoco se tuvo en cuenta una escucha entre Iglesias y un tal Toto  en la cual le ofrecía el local “La playa” para poner un prostíbulo, el cual finalmente fue utilizado por García para montar el Broadway. “Yo ando con ganas de abrir algo acá porque tengo muchas mujeres desparramadas viste”, decía Toto.

A su vez, destaca Casación que el tribunal probó que Iglesias administraba sociedades de su familia y varios prostíbulos y tenía contactos policiales como el comisario Marcelo De la Rosa. Además, no valoró el testimonio de la asistente social de la Fiscalía que entrevistó a las víctimas y dio cuenta de su situación de vulnerabilidad.

Hornos concluyó que Salas, Aguerrido y Albrieu absolvieron “con una visión fragmentada del acervo probatorio y con argumentos que no se correspondían con las premisas acreditadas ni con las constancias recopiladas durante el debate oral”.

Por otra parte, respecto a la absolución de Iglesias por el delito de trata, la defensa sostuvo -y el tribunal aceptó- que el imputado no había sido indagado ni procesado por el caso de la víctima L.R.P..

Sin embargo, el juez de Casación demuestra que “este hecho le fue imputado a Iglesias en todas las ocasiones y que incluso esta cuestión fue motivo particular de tratamiento por la Cámara Federal”. Repite: “No hay una mirada global de toda la prueba sino una ponderación fragmentada y aislada”.

El voto de Hornos contó con la adhesión de los otros dos integrantes de la Sala IV, Mariano Borinsky y Javier Carbajo.