Contaminación en la ría: “El Colegio de Abogados no quiere que hable más de la causa”

, , , , ,

Mientras la investigación por contaminación del estuario contra las empresas del Polo Petroquímico, el Consorcio del Puerto y ABSA avanza lentamente, las intimidaciones y cuestionamientos contra los denunciantes suman nuevas modalidades. Primero fueron las amenazas a pescadores artesanales y los atentados contra el estudio y la vivienda de su representante legal, Lucas Beier, y ahora el Colegio de Abogados pasó de solidarizarse con él a tramitar un proceso en su contra por violación a las normas éticas de la profesión en sus “reiteradas exposiciones mediáticas”.

La medida fue resuelta por el Consejo Directivo compuesto, entre otros, por el vocal Diego Ariel Blázquez y el secretario Martín Otaño Manterola, apoderados de Profertil y TGS respectivamente. Para Beier, se trata de “una acción sinérgica con los hechos mafiosos que han atentado contra mi vivienda particular procurando mi silencio, lo cual repudio y aborrezco rotundamente”.

“Tal vez estoy paranoico y no es más que una simple casualidad que pese a que hablo con la prensa de este conflicto ambiental desde el año 2009, justo 15 días después del atentado a mi casa, y cuando en el marco de la misma tanto un fiscal como un juez tomaron medidas importantes contra las empresas, esta Comisión Directiva intente acallarme. Tal vez es solo paranoia mía desconfiar que los abogados de Profertil y TGS tengan algún interés en que no hable más con la prensa sobre la cuestión ambiental del estuario y hayan utilizado el órgano directivo del CABB para sancionarme por ello”, dijo en su descargo.

Según manifestó el letrado a FM De la Calle “las empresas no necesitan que los abogados salgan a hablar porque directamente pagan las pautas publicitarias y hacen difusión. Si a mí me prohíben hablar, ¿cómo informo a la sociedad los avances que va teniendo la causa?”. Cuatro notas de diarios digitales y cinco entrevistas del programa de nuestra emisora “En eso estamos” son toda la prueba en su contra. “La denuncia es imprecisa, dado que si consideran que he realizado alguna de las conductas prohibidas, debieron haberlo indicado expresamente con total claridad y no haber realizado un simple ‘copia y pega'”.

Lo que no prohíbe el juez de la causa lo hace el Colegio de Abogados. Cabe destacar que la conducción institucional que hoy reprocha a Beier, como en su momento a otros abogados, la violación de “las normas de ética profesional” por “publicitar” las causas en las que intervienen, es la misma que supo y sabe contener y cobijar a imputados por crímenes de lesa humanidad como los secretarios judiciales Hugo Sierra y Gloria Girotti o el ex juez Néstor Luis Montezanti.

Beier afirmó ante las autoridades del Colegio que “este conflicto entre pescadores y empresas multinacionales es el paradigma de la desigualdad de recursos. Pero esa desigualdad, puede compensarse con el acceso a una justicia objetiva y neutral y la utilización de la difusión a través de la prensa de los avances y sucesos relevantes del proceso. Todos estos recursos son legítimos y no solo pueden, sino que deben ser utilizados por los operadores del conflicto, de no hacerlo, existiría una mala praxis”.

“No me escapa que las empresas contra las que me encuentro litigando desean que esta causa no sea pública, a raíz que he dado a conocer informes medio-ambientales que perjudican gravemente la imagen social de las empresas, y principalmente porque un fiscal ha considerado que se encuentra probado que el estuario está contaminado, lo que lo motivó a pedir el cese de los vertidos industriales, y un juez ha dictado una medida cautelar contra ABSA, por entender que existe un gran aporte de contaminantes por medio de los desechos cloacales”, agregó.

¿En qué está la causa?

Si la causa debe desarrollarse en el fuero federal o en la justicia provincial es un debate que aún no fue saldado en la Cámara de Casación. Mientras tanto, la investigación sigue en manos del fiscal Alejandro Cantaro y el Juzgado Federal 2 -a cargo de la jueza Gabriela Marrón, quien se declaró incompetente y viajó de licencia a Cuba por dos años-.

Hoy venció la medida cautelar que ordenaba a ABSA presentar un Plan Director que contemple las obras necesarias para realizar el tratamiento adecuado de los líquidos cloacales que se vuelcan en el estuario. “La provincia no denunció ningún avance más allá de los anuncios, (…) el juez puede aplicar una sanción diaria por el retraso o instar a una nueva audiencia para que ABSA dé explicaciones”, dijo Beier.

En tanto, para el primer semestre de 2017 se espera una pericia “muy complicada” para evaluar la contaminación en la ría. Las empresas del Polo pretenden que sea realizada por el Instituto Argentino de Oceanografía dependiente del CONICET y los pescadores prefieren que sea una universidad nacional. “No queremos que lo haga el IADO porque lo hacen hace veinte años y si pese a esos informes no han denunciado… Ellos encuentran metales pesados tanto en los peces, como en el agua, como en los sedimentos y han tenido una actitud pasiva”.

empresas polo cartel

¿De qué lo acusan?

La Comisión Directiva del Colegio de Abogados le reprocha a Beier la supuesta infracción de la siguiente normativa:

  • Segundo párrafo del artículo 18 de las Normas de Ética Profesional: “No debe publicar ni inducir a que se hagan públicas noticias o comentarios vinculados a los asuntos en que intervenga, a la manera de conducirlos, la importancia de los intereses comprometidos y cualquier ponderación de sí mismo. Debe abstenerse de publicar escritos judiciales o las discusiones mantenidas con relación a los mismos asuntos”.
  • Artículo 58 inciso 6 de la ley 5177 que obliga guardar secreto profesional respecto de los hechos que ha conocido con motivo del asunto que se le hubiere encomendado o consultado, con las salvedades establecidas por la Ley.
  • Artículo 60 inc. 7 de la ley 5.177: “Publicar avisos o realizar propaganda, por cualquier medio de difusión que pueda inducir a engaño a los clientes u ofrecer servicios contrarios o violatorios de las leyes. La publicidad profesional se habrá de limitar a su nombre, dirección del estudio, títulos científicos, horario de atención al público, fuero, materia o asuntos a los que especialmente se dedique.”