Héctor Osvaldo González
La víctima era militante peronista.
El 19 de abril de 1977, alrededor de las 3 de la madrugada, GONZÁLEZ y su esposa, Delia Beatriz GIORGETTI, se encontraban durmiendo en su casa, en Irigoyen 540 de esta ciudad, cuando irrumpieron varias personas vestidas de civil, a cara descubierta y armadas, que obligaron al matrimonio a poner sus caras contra la pared y los encapucharon.
La pareja fue obligada a subir en un camión que inició un recorrido hasta el CCDT “Baterías”, en donde fueron sometidos a una sesión de interrogatorio y tortura, que incluyó el uso de picana eléctrica.
Los objetos personales que portaban al momento del secuestro fueron sustraídos por los captores.
Luego de dos o tres días, el matrimonio fue trasladado al CCDT “La Escuelita” de Bahía Blanca, en donde permanecieron encerrados –en un primer momento– en una casilla rodante ubicada en las inmediaciones de la construcción.
Un día más tarde, GIORGETTI fue abandonada en cercanías de Grumbein a las 23.30 horas.
El cautiverio de GONZALEZ se extendió por alrededor de cien días. En la primera etapa, fue llevado prácticamente todos los días a una sala de interrogatorios y torturado con picana eléctrica. En una segunda instancia, permaneció encerrado en una habitación de la construcción principal del centro clandestino, atado a una cama y con los ojos vendados. También fue sometido a simulacros de fusilamiento con disparos de armas de fuego a corta distancia.
El 26 de julio de 1977, GONZÁLEZ fue trasladado a la Unidad Penal N° 4 de esta ciudad. El 22 de agosto del mismo año, fue destinado, junto a otros presos, a la Unidad Penal de Rawson y, en septiembre de 1979, a la Unidad Penal 9 de La Plata.
Finalmente, por medio del Decreto N° 385/82 de fecha 23 de agosto 1982, se dejó sin efecto su arresto, permaneciendo casi un año bajo régimen de libertad vigilada, dispuesta por medio del Decreto N° 1703 del 22 de octubre de 1981.