La cloaca del Poder Judicial
Casación revocó uno de los últimos fallos del suspendido camarista Néstor Luis Montezanti y volvió a procesar a un intendente y un comisario pampeano por el delito de trata. La medida, firmada también por Pablo Candisano Mera, había sido repudiada por distintas agrupaciones de mujeres y políticas por servirse de argumentos medievales tales como: “Las prostitutas representan en el mundo el papel de las sentinas en los barcos o de las cloacas en los palacios: si se suprimiesen sería tanta la hediondez que nadie la soportaría”.
Si bien no forma parte del dictamen del Consejo de la Magistratura, la resolución prostituyente fue mencionada por varios testigos que la semana pasada declararon ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados que juzga a Montezanti por su pasado como Personal Civil de Inteligencia del terrorismo de Estado, sus vínculos con la Triple A bahiense y los malos tratos y decisiones arbitrarias y despóticas contra estudiantes y trabajadorxs. Los días 1 y 2 de febrero el juez declarará en el jury y se escucharán los alegatos del proceso de remoción.
Compartimos aquí la nota de PlanB Noticias sobre el procesamiento del intendente de Lonquimay, Luis Rogers, y el excomisario Carlos Alanis por el delito de trata de mujeres para explotación sexual.
Procesaron otra vez al intendente de Lonquimay
Nuevamente Luis Rogers y el excomisario Carlos Alanis quedaron procesados por el delito de trata de mujeres para explotación sexual. La Sala 4 de la Cámara Federal de Casación Penal revirtió el fallo de la Cámara de Apelaciones de Bahía Blanca que había anulado los procesamientos de ambos.
El intendente de Lonquimay Luis Rogers y el excomisario Carlos Alanis quedaron otra vez procesados por el delito de trata de mujeres para explotación sexual. La Sala 4 de la Cámara Federal de Casación Penal revirtió el fallo de la Cámara de Apelaciones de Bahía Blanca que había anulado los procesamientos de ambos.
La Sala 4 está integrada por los jueces Mariano Borinsky, Juan Carlos Geminiani y Gustavo Hornos.
El tribunal pulverizó el fallo de la Cámara bahiense con duros conceptos: por ejemplo no dieron “razones suficientes del procedimiento intelectual seguido por los jueces para adoptar su decisión (la anulación de los procesamientos)”.
También tuvieron en cuenta como “indicios” de delito los dichos públicos de Rogers en defensa del cabaré. Consideraron que los hechos estaban probados y que el Estado argentino tiene un compromiso con tratados internacional de lucha contra la trata de personas, según se consigna en el Diario de La Pampa.
El fallo de juez Gustavo Hornos dice que “por otro lado y en cuanto al agravio relativo a la arbitrariedad del pronunciamiento dictado para revocar el procesamiento de Carlos Adrián Alanis y Luis Rogers, conviene recordar que el Estado Argentino mediante la sanción de la ley nº 26.364 de abril de 2008, dio cumplimiento al Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente de Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (aprobada por la República Argentina mediante la Ley nº 25.632, en el año 2002)”.
Dice que “esos compromisos internacionales institucionalmente asumidos y la decisión política de prevenir, perseguir y sancionar este tipo de delito así como brindar la máxima asistencia a sus víctimas, deberán ser necesariamente contemplados por una visión realista y contextualizada del acontecer social, circunscripta a cada caso concreto, , pero que lejos de descartar la posible connivencia con autoridades y funcionarios de las áreas políticas o de seguridad, advierta que esa complicidad se presenta usual y eventualmente necesaria para la realización de las múltiples y complejas conductas que deben ser llevadas a cabo simultáneamente para la realización de este tipo de gravísimos delitos”.
Además piden que “debe profundizarse la investigación de los hechos investigados cuando se encuentren denunciados hechos de corrupción, que habrían facilitado o permitido la comisión del delito de trata de personas”.
Consideraron la fundamentación de los magistrados de la Cámara Federal de Bahía Blanca para revocar el procesamiento dispuesto respecto de Carlos Adrián Alanis y Luis Rogers cmo “arbitraria y carente fundamentación”. Acusaron a los jueces Pablo Candisano Mera y Néstor Luis Montezanti de “formular diversas afirmaciones de carácter dogmático, sin analizar los elementos probatorios reunidos hasta el momento en autos ni profundizar en la valoraciones de los mismos, tarea que resultaba imprescindible a fin de dotar de la debida motivación al cambio de temperamento adoptado”.
El fallo dice que los jueces bahiense omitieron “considerar los distintos elementos probatorios reunidos en la causa”.
“Ello es así por cuanto en autos no se encuentra controvertido que en el local ”Good Night“, de propiedad de Carlos Fernández, habilitado como Salones de Baile, funcionaba una whiskería, en la que se encontraban siendo explotadas varias mujeres mayores de edad”, dice la Sala 4.
“De las denuncias que dieron origen a las presentes actuaciones, y en particular la efectuada por G.L.A., se desprende la posible existencia de una relación de connivencia entre las autoridades y funcionarios públicos, con el dueño del local ”Good Night“”, agrega.
“Particularmente y tal como lo mencionara anteriormente, el intendente de la localidad de Lonquimay, manifestó públicamente una defensa hacia la existencia del local ”Good Night“ y el posible veto que ejercería en caso de que una ordenanza municipal dictada por el Concejo Deliberante, prohibiera su funcionamiento”, dice el juez Hornos.
“Sobre el punto, manifestó el magistrado de la primera instancia, que se encuentra acreditada prima facie una relación de connivencia entre el dueño del local donde las mujeres eran sometidas a la explotación sexual y las autoridades policiales y el intendente de la localidad de Lonquimay. En este sentido, tuvo en cuenta la firma de libretas sanitarias por parte de Luis Rogers de las que resulta que las mujeres se hallaban exentas de enfermedades contagiosas, en efecto que no tenían enfermedades sexuales para el trabajo que realizarían en el local ”Good Night“”, enfatiza.
“Asimismo, y con respecto al jefe de policía Carlos Adrián Alanis, resaltó que en su calidad de comisario, firmó actas de exposición en las que dejó constancia que las mujeres que trabajaban en aquel local ”Good Night“, dejando a consignación sus prendas por tener una ”deuda“ con el dueño del local y que allí trabajaban con plena voluntad”, menciona sobre la instrucción.
“Consideró, además, el contenido de las actas de exposición y rúbrica de ellas por el subcomisario de la que se desprende que L.V.D. y M.M.L. trabajaban en la Whiskería ”Good Night“ y que tenían ”deudas“ con el dueño del local, de 432,05 y 499,95, respectivamente, en concepto de ”gastos, tales como análisis, libreta sanitaria, comida y mercadería razón por la que dejaban en consignación ”sus pertenencias“”, precisó.
El fiscal General de Bahía Blanca, Alejandro Cantaro, y el titular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), Marcelo Colombo, presentaron un recurso de queja ante la Cámara Federal de Casación Penal para que revierta el fallo de la Cámara Federal bahiense, que el 14 de noviembre pasado revocó los procesamientos a un intendente de Lonquimay (La Pampa), Luis Rogers, y del subcomisario Carlos Alanis, acusados como cómplices de una red que explotaba sexualmente a mujeres en un local nocturno de aquella localidad.
Cantaro y Colombo debieron presentar el recurso de queja ante el máximo tribunal penal del país luego de que la Cámara Federal de Bahía Blanca les rechazara el 12 de diciembre el recurso de casación contra la revocación de los procesamientos de los dos funcionarios que había dictado el propio tribunal de alzada.