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Femicidio de Micaela: perpetua para Luna

Argentina, Bahia Blanca, Derechos Humanos, Feminismo, Géneros, Judiciales, Noticias, Política

“Micaela, volá alto. Mamá te desató”, dijo Mónica Cid luego de escuchar la condena a prisión perpetua para Jonathan Luna. El imputado fue encontrado autor penalmente responsable “por homicidio triplemente calificado por haberse cometido sobre una mujer mediando violencia de género, por alevosía y para ocultar otros delitos y por no haber logrado el fin e intención que guiaba su conducta de cometer un delito contra la integridad sexual en concurso real con los delitos de acoso sexual tecnológico y robo”.

Se probó que “Luna comenzó a hablar con Micaela a través de Facebook, usando una cuenta falsa, la Rochi de River, con la clara intención de abusar la integridad sexual de la menor”.

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Este modus operandi era utilizado por Luna con cientos de chicas menores de edad y haciendo uso de múltiples cuentas de facebook -tanto de hombre como de mujer-. En el crimen de Micaela “aprovechó la vulnerabilidad de su situación luego de haber discutido con su familia, para ofrecerle –haciéndose pasar por la Rochi de River- alojarla en su domicilio, [supuestamente] ubicado en Villa Rosas”, continuó la lectura.

Estamos frente a un masculino aprovechándose de la situación de indefensión en la que había colocado a la menor, así como su superioridad física. Luna intentó completar su objetivo, pero “ante el rechazo de la menor, ante la imposibilidad de concretar su deseo sexual, […] y para evitar que Micaela lo denuncie e identifique, agredió físicamente a la víctima, teniendo en cuenta su condición de género y edad”.

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También quedó establecido que Luna había utilizado el mismo modus operandi, contactar a chicas menores de edad mediante el chat de Facebook, en más de una ocasión, según varias menores que dieron su testimonio la semana pasada; más un caso que salió a la luz este martes (pero que no formó parte del juicio).

La jueza María Elena Baquedano dijo en la sentencia: “Sin duda estamos ante un homicidio triplemente calificado por haberse cometido sobre una mujer, mediando violencia de género con alevosía y para ocultar otros delitos; y por no haber logrado el fin e intención que guiaba su conducta de cometer un delito contra la integridad sexual, en conjunto con el delito de acoso sexual tecnológico (grooming) y robo”.

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Para el tribunal “Luna se ha aprovechado de una situación de indefensión de la víctima, caminando hasta una zona descampada. […] Generó así las circunstancias necesarias para asegurarse la ejecución del hecho, disminuyendo las posibilidades de defensa de la menor, colocándola en una situación de inferioridad y descartando riesgos para sí”.

“Además, se valió de la sorpresa de su acción a traición por aprovechamiento de la confianza que en él se había depositado. […] La edad, las características físicas de la víctima, la confianza que se había depositado a partir de la información falsa que él había dado, fueron el conjunto de elementos que establecieron esa situación de inferioridad de Micaela Ortega”.

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“Está probado que Luna mató para tratar de ocultar otros delitos: acoso sexual tecnológico y robo.

“Estamos ante un femicidio, como señaló el fiscal en los casos Mangieri y Recalde: no se requiere un vínculo preexistente, relación laboral o vínculo de algún otro tipo para que pueda existir violencia de género”, afirmó el tribunal en contraposición al alegato de la defensa.

Respecto a la violencia de género, una de las juezas dijo que “lo esencial es que la violencia sea motivada en el género, en ese rol que el autor le asigna a su víctima: mujer dominada e inferior; cosa; que se debe hacer lo que el pretenda; no puede decidir libremente sobre su libertad sexual; no importa su consentimiento o no para la práctica de un acto sexual; debe estar a su servicio”.

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“El imputado usó todo un marco de mentiras para posicionarse en una situación de superioridad estratégica al generar que la víctima se alejara de su círculo familiar”. Luna quiso demostrar su “condición de hombre dominante, un claro acto de discriminación hacia la mujer, como no lo logró, ejecutó su acción letal”.

Se estableció que a Micaela la mataron “por no haberse sometido”, “se ha mostrado rebelde ante él”. Sobre Luna al momento de dejar la escena del crimen, las juezas y el juez dijeron que “previo a retirarse parece que quiso dejar un macabro mensaje, el atar sus pies y sus manos como reafirmando que la mujer no puede hacer ni andar si él no lo permite”.

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“Está claro el rol que se le asignaba a Luna dentro de la sociedad y el rol que le asignaba a las mujeres”. Esto quedó evidenciado la semana pasada cuando varixs vecinxs del barrio y amigas de Eliana Espinoza –ex pareja de Luna–, aseguraron que el imputado no trabajaba y se la pasaba acostado con el teléfono en la mano.

Mónica Cid, luego de abrazarse con Claudio –padre de Micaela– y su abogada Fernanda Petersen, tomó el micrófono y dijo: “Micaela, volá alto, mamá te desató”. El público dentro y fuera de la sala cantaba: “Mica querida, Mica querida, tu madre la leona encerró a tu femicida”.

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19 octubre, 2017/por FM De la Calle
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