Protocolo para organizar la represión
La ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, presentó al Consejo de Seguridad Interior los alcances del “protocolo de actuación de las fuerzas de seguridad del Estado en manifestaciones públicas”. “No vamos a tolerar la extorsión”, advirtió la funcionaria tras su aprobación.
La iniciativa considera manifestaciones públicas a las “concentraciones pacíficas de personas, que se expresan con un fin o motivo en común, las que podrán ser programadas o espontáneas, y que se desarrolla por un período limitado de tiempo”.
En el caso de las programadas, las autoridades de seguridad jurisdiccionales deberán tomar “contacto con los líderes de la manifestación, a fin de que se encauce la misma en el marco del presente Protocolo y las leyes vigentes” y coordinar la protesta “de acuerdo a las características para establecer su recorrido, tiempo de duración y realización, dando aviso a la justicia”.
El protocolo establece que las fuerzas de seguridad “deben garantizar la libre circulación de personas y bienes –sea en calles, avenidas, autopistas, rutas nacionales, corredores de transporte público y de los principales accesos y avenidas centrales de los ejidos urbanos y rurales”, enumera como ejemplo aunque deja a “criterio” de los uniformados “la táctica a utilizar” sugiriéndoles “atención preferencial” hacia niñxs, adolescentes, mujeres embarazadas, adultxs mayores y personas con discapacidad.
El procedimiento propuesto por el macrismo comenzará con el aviso a las autoridades políticas por parte de las fuerzas de seguridad y el establecimiento de “un espacio de negociación para que cese el corte”, seguido por el aviso judicial.
Más allá del resultado de la “negociación”, se escucharán las “frases cortas y claras” del jefe del operativo de seguridad “a través de altoparlantes, megáfonos o a viva voz” ordenando a lxs manifestantes “desistir de cortar las vías de circulación de tránsito”, “retirarse” y “ubicarse en zona determinada para ejercer sus derechos constitucionales”. “El personal de las fuerzas de seguridad no deberá reaccionar ante provocaciones verbales o gestuales de algunos manifestantes”.
Si la protesta persiste, se habilitará la criminalización mediante el art. 194 del Código Penal que promete de tres meses a dos años de prisión a quien “sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicaciones, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas”.
“Si los manifestantes no cumplieren con la orden recibida, se les solicitará que depongan el corte bajo apercibimiento de proceder conforme lo establecido para los casos de los delitos cometidos en flagrancia, según lo dispuesto en los Códigos de procedimiento Penal de cada jurisdicción, poniendo en conocimiento del Magistrado competente, y se procederá a intervenir y disolver la manifestación”, amenaza el protocolo.
Tras el acuerdo o la represión, las autoridades políticas de la jurisdicción designarán personal para “establecer una instancia de negociación con el líder o representante del grupo de manifestantes, a los fines de canalizar sus reclamos a las áreas que correspondan”.
Quienes “inciten a la violencia” o “porten elementos contundentes y/o armas de cualquier tipo, o utilicen fuego, combustibles, elementos explosivos o inflamables, agentes químicos, pirotecnia, o cualquier otro artículo que pudiere dañar la integridad de las personas”, bienes o “el medioambiente”, serán “identificados” y “aislados”.
Si existiesen daños durante la manifestación, se detendrá a sus autores y se accionará civilmente en su contra, así como la de “la entidad con personería jurídica o gremial a la que pertenezca, sus representantes legales o administradores de hecho y/o contra quien corresponda”.
A contramano de lo actuado en sus dos meses de gestión, durante los cuales hubo balas y golpes tanto para trabajadorxs despedidos como para niñxs murgueros, el gobierno sostiene que “el uso de la fuerza” y de “armas no letales” debe limitarse siempre al mínimo posible”, inspirados en los principios de “legalidad”, “oportunidad”, “último recurso frente a una resistencia o amenaza” y “gradualidad”. En tanto, la prensa será ubicada en una zona determinada “donde se garantice la protección de su integridad física y no interfiera con el procedimiento”. Ya de filmar y fotografiar a lxs militantes deberán encargarse los uniformados, que para eso tienen experiencia.