Abusos en el deporte: fue condenado Néstor “Piri” Pinta
El Tribunal Oral Criminal Nº3 condenó a 4 años y medio de prisión al destacado deportista de Patagones al entender que fue “cooperador penalmente responsable del delito de abuso sexual gravemente ultrajante” cometido por su padre contra dos ex alumnas de su escuela de canotaje.
El veredicto consideró como agravantes la extensión del daño causado, la prolongación en el tiempo y la relación de asimetría entre el imputado y las víctimas.
La acusación estuvo a cargo de la abogada Fernanda Petersen, quien representó a Victoria Carrión y a otra de sus compañeras, y pidió en su alegato una condena de 15 años de prisión. La defensa, a cargo de Maximiliano De Mira, había requerido la absolución y la nulidad del juicio.
Para ello se basaba en la decisión tomada en instancias anteriores por la fiscal Marina Lara -avalada luego por el juez Guillermo Mércuri- de sobreseer a Pinta. Valoraron entonces que no existían “elementos suficientes” para imputarle complicidad con los crímenes sexuales cometidos por su padre, quien se suicidó luego de la difusión de la primera denuncia.
La jueza Daniela Castaño destacó que se probó que Néstor Aldo Pinta, profesor a cargo del cuidado de las dos víctimas, quienes eran alumnas de la escuela Municipal de Canotaje de Patagones, “cooperó en la perpetración de los hechos de abuso sexual cometidos por su padre, Aldo Pinta” en perjuicio de ambas, “posibilitando el accionar de este último, pese a encontrarse en condiciones de impedirlo”, no velando por el cuidado de las menores, omitiendo los deberes que tenía derivados de ser el profesor encargado de su guarda, permitiendo que en reiteradas oportunidades ingresaran a la habitación de su padre en cuyo interior ocurrían “los supuestos masajes, que en realidad eran perversos tocamientos”.
La magistrada agregó que las menores salían de la habitación en estado notorio de shock, angustia, vergüenza, en silencio y con la mirada baja. “Estado de la joven que era observado sistemáticamente por el imputado, mientras se encontraba sentado en el comedor de su casa. Todo esto se desarrollaba a sabiendas a del carácter abusivo de los hechos, conducta que posibilitó la reiteración de los abusos sexuales”.
“Fue una constante en los relatos, que el entrenador jamás entró al recinto para ver si estaba todo bien, ni se interiorizó por el estado de las niñas, no preguntó nada, ni siquiera si la práctica las había distendido, seguía contando sus vivencias, sin que nada le llamara la atención. Para Néstor Pinta esto era normal y adecuado”, sostiene el fallo.
En su defensa, Pinta intentó desacreditar a una de las denunciantes al plantear que todo fue armado por su familia porque, en su rol de director de Deportes municipal durante la gestión de José Luis Zara, le había cerrado muchas puertas.
“No descarto que la participación activa de la familia en la escuela municipal de canotaje pudo haber generado rispideces entre estos y el entrenador -entendió Castaño-. Pero ello de modo alguno habilita a pensar que en el afán de perjudicar al director de deportes, Victoria en connivencia con sus padres, involucraran a Pinta en una denuncia de abuso sexual. Es descabellado”.
Por otra parte, el juicio evidenció que la propia pareja de Pinta “le había advertido obre las ‘incomodidades’ a las que era sometida por su propio suegro mientras le realizaba los masajes. Dijo la mujer que Néstor ‘no la escuchó o no me entendió, porque no hizo nada”. Es improbable que Néstor Pinta no tomara noción de lo que le estaba haciendo saber (…), pero optó por no responder, o hacer que no escuchaba. Y (…) se lo comentó cuando aún eran pareja y convivían en esa misma casa, no se lo advirtió luego de la denuncia, como quiso instalar el imputado cuando declaró, pues a la fecha de la denuncia ya no eran pareja”.
Néstor Pinta seguirá en libertad hasta que el fallo sea analizado por instancias superiores.
Las víctimas llegaron a esta instancia acompañadas por organizaciones feministas de Viedma, Bahía Blanca y la zona.
Victoria Carrión volvió al rio.