Sobreseyeron a Vicente Massot
El juez Walter López Da Silva consideró que no está probada la participación del ex propietario de La Nueva Provincia en los asesinatos de los obreros gráficos Heinrich y Loyola ni en las acciones psicológicas de encubrimiento de los secuestros y fusilamientos de 35 personas.
“La Nueva Provincia (el grupo) hizo otra cosa que periodismo“, habían planteado los fiscales Miguel Palazzani y José Nebbia al pedir el procesamiento de Massot en 2014, tras dos demoradas indagatorias: “La Nueva Provincia fue el guion del terrorismo de Estado y del genocidio perpetrado en Bahía Blanca y la región”. Por ello lo acusaron como coautor de instigación al genocidio en el marco de una asociación ilícita.
Para Da Silva, “el apoyo irrestricto del diario a las acciones llevadas a cabo contra la subversión, se refieren a acciones legales y no se advierten en los editoriales transcriptos por la Fiscalía Federal, ninguna frase que aliente la ejecución de prisioneros, la tortura o la desaparición de personas”.
Agrega que “se procura ligar al encartado en esta grave categoría de delitos, cuando no existe evidencia precisa y seria que permita sostener que el empresario, un civil extraño a la fuerza armadas estatales y con tan sólo 23 años al momento de los hechos, tuviera la posibilidad de influir o determinar de alguna manera a quienes cometieron de propia mano los actos de torturas o desapariciones y menos aún que su designio haya sido participar de ilícitos que por su gravedad afectan a la humanidad en su conjunto”.
La Fiscalía había apelado la falta de mérito dictada por el abogado Claudio Pontet y ratificada por la Cámara Federal, demanda que fue denegada y motivó la queja ante Casación. Dicha instancia la declaró inadmisible y terminó con un recurso extraordinario rechazado por la Corte Suprema.
Meses atrás, el Ministerio Público presentó la prueba nueva que ahora descartó el juez federal, quien avaló a su vez el pedido de sobreseimiento de la defensa de Massot. La Fiscalía ya trabaja en la apelación que presentará el próximo lunes.
El primer punto que analizó Da Silva en su resolución es la conformación de una asociación ilícita entre las autoridades de La Nueva Provincia y de las fuerzas armadas y la participación en ella del hijo mayor de Diana Julio.
Citó el fallo de la Cámara Federal que victimizó al clan Massot en cuanto que “la acción psicológica” habría “exacerbado” “sus miedos” originados en “circunstancias objetivas que daban una buena base para creerse blanco de la subversión”. “Por ello es que no puede considerarse acreditado que el diario y/o sus directivos tuvieran un conocimiento previo y certero respecto de la realidad de la lucha contra la subversión”.
La Fiscalía afirmó que lejos estaba LNP de aquella situación dado que “Vicente Gonzalo Massot no era blanco del plan estatal de acción psicológica, sino que conocía abiertamente su existencia y finalidad (el aniquilamiento de opositores políticos) y realizaba aportes para su exitoso cumplimiento, los cuales eran voluntarios, consientes, libres y bajo plena consustanciación”.
Los fiscales aportaron documentos en los cuales el jefe del servicio de inteligencia chileno en Argentina, Enrique Arancibia Clavel, escribió que entre sus «contactos establecidos» “Gonzalo Massot, subdirector de la revista CABILDO… nacionalista de derecha y dueño del diario, televisión y radio de Bahía Blanca, me pidió material informativo sobre el armamentismo peruano para hacer una campaña en los medios que el controla sobre la penetración soviética en América Latina. También con Gonzalo me une una antigua amistad”.
El espía reconocía allí su sintonía con “CABILDO, revista mensual, nacionalista de derecha, antiperonista, normalmente tiene artículos sobre geopolítica en que atacan a Chile por problemas limítrofes, en el aspecto ideológico son defensores de la Junta. Mi relación con su equipo de redacción son muy buenas y mantengo una reunión semanal con ellos”.
En su indagatoria, el empresario dijo que su rol como secretario de redacción de Cabildo, El Fortín y Restauración, revistas de ultraderecha editadas en la década del 70, era parte de su “trabajo no remunerado” y de su militancia política en el “nacionalismo católico”.
El juez advierte que la DINA planificó “la realización de acciones psicológicas de envergadura, como la Operación Colombo en 1975 o una similar que se emprendió contra dirigentes del Partido Comunista en 1977, coordinada con Argentina, pero también campañas de propaganda del régimen, por medio de contactos con medios de prensa casi siempre de extracción ideológica de derecha, que diseminaban información que emanaba de la propia DINA”.
“No se advierten razones para que quien aparece sindicado como ‘jefe de información clandestino chileno’ incumpliera con la instrucción expresa de mantener sus actividades de forma encubierta, ni la sola enunciación como ‘contacto’ puede asimilarse per se a la de ‘colaborador’, sino más bien, la referencia que se hace de Massot como ‘dueño del diario, televisión y radio de Bahía Blanca’ luciría útil para denotar a sus superiores el provecho de operar a través de aquellos. Tal la acepción de la palabra, que conforme la RAE es la relación o trato que se establece entre dos o más personas o entidades”.
Otro aspecto de la acusación fiscal fue que la actividad de inteligencia desarrollada por el diario bahiense incluía la desinformación sobre supuestos enfrentamientos que en realidad ocultaban los secuestros, fusilamientos y desapariciones de 35 personas. Esto incluía “la legitimación o justificación de los hechos, la estigmatización del ‘subversivo’, la omisión u ocultamiento de las circunstancias fácticas reales y el incentivo a las denuncias de aquellas conductas consideradas subversivas por parte de los ciudadanos”.
Para Da Silva “el apoyo irrestricto del diario a las acciones llevadas a cabo contra la subversión, se refiere a acciones legales y no se advierten en los editoriales transcriptos por la Fiscalía Federal, ninguna frase que aliente la ejecución de prisioneros, la tortura o la desaparición de personas”. Agrega que “quienes elegían la lectura de este diario, lo hacían mayoritariamente con pleno conocimiento de lo que encontrarían ahí” y que los Massot publicaban su “pensamiento político”, el cual comprendía “una convicción ideológica enmarcable en el escueto margen de libertad de prensa vigente en la época y que no lo convierte per se en partícipe o instigador de delitos”.
Finalmente, el fallo aborda la intervención de Massot en los secuestros y homicidios de Heinrich y Loyola, dirigentes gremiales que encabezaban un fuerte conflicto con LNP por mejoras en las condiciones laborales.
Un acta empresarial del 28 de septiembre de 1975 muestra que el apoderado del diario, Jorge Bermúdez, le manifiesta al notario que «todo trato con el personal se canalizará por intermedio del señor Vicente Massot, según lo resuelto por la Dirección».
Sin embargo, Da Silva insiste en que Massot desconocía el plan criminal genocida y en que era “un civil extraño a la fuerza armadas estatales y con tan sólo 23 años” no tenía “la posibilidad de influir o determinar de alguna manera a quienes cometieron de propia mano los actos de torturas o desapariciones”.
Los argumentos de la Cámara Federal
Da Silva se apoya en diversos pasajes de su resolución en el fallo de la Cámara Federal que dictó la falta de mérito del empresario en febrero de 2016, el cual sostenía que la Fiscalía basaba su acusación en “el gran poder que ostentaba el diario La Nueva Provincia, lo que sin perjuicio de ser innegable desde el aspecto empresarial, extienden a la par del poder militar, diseñando operaciones de acción psicológica y ejecutándolas, dando por sentado que el diario y/o sus directivos tenían un conocimiento previo y certero del plan criminal sistemático elaborado por las autoridades militares que dieron inicio en marzo de 1976 al gobierno de facto”.
Los camaristas habían concluido que dicho argumento “no ha sido acreditado, pues pese a que la línea editorial alentara y proclamara la necesidad de aniquilar la subversión de la que legítimamente podían sentirse blanco, ello no era más que el mensaje oficial e incluso era hasta legal –conforme los cánones de aquella época- pues el verbo «aniquilar» aparecía en el texto de la normativa por entonces vigente y tampoco se acreditó ‘el conocimiento previo de que los peligros de la subversión no eran tales, que la lucha en su contra era una farsa montada para eliminar opositores y que los enfrentamientos que comunicaban las autoridades establecidas eran meras puestas en escena'”.
Excusaba a Massot respecto a su responsabilidad en el multimedios en que “ello obedeció principalmente al carácter familiar de la empresa y los consecuentes beneficios otorgados por la directora a sus hijos, poniéndolos en cargos de jerarquía” pues se encontraba la mayor parte del año 1976 en la Capital Federal, donde tenía su residencia habitual”.
Y en cuanto a su participación en los asesinatos de Enrique Heinrich y Miguel Ángel Loyola, lo excluía “sobre la base de su residencia y de que su vinculación con el conflicto gremial es del año anterior y accidental, sumado a que al momento de los hechos había cesado”.