

Religión y democracia: cuarta edición del encuentro sobre creencias religiosas
Este martes comienza un nuevo Encuentro de la Red de Estudios Sociales Contemporáneos sobre Creencias Religiosidades y Movilidades en Patagonia en el octavo piso del Departamento de Humanidades.
“Estudiamos temas religiosos en su vinculación con la sociedad y la política”, dijo a FM De la Calle la historiadora Virginia Dominella.
Habrá mesas de diálogo y presentación de libros. Hoy a las 15 se podrá participar de la actividad titulada “Religión y política en contextos autoritarios y democráticos”, mientras que el miércoles a las 9:30 tendrá lugar el debate “Pensar las prácticas religiosas desde el espacio, las movilidades y los territorios”. Más tarde, en el segundo día, a las 14:30 está programada la mesa “Estudios de minorías y diversidades religiosas”.
“El encuentro replica una serie de jornadas que venimos haciendo un grupo de investigadoras e investigadoras de la Patagonia, de Argentina y de Chile” , explicó.
El grupo está compuesto en su mayoría por historiadores e historiadoras.
“En septiembre de 2017 nos reunimos en Bariloche para intentar empezar a trabajar juntos en lo que tiene que ver con la investigación, con la formación de investigadores jóvenes”.
Acerca de la finalidad del evento convocado en el marco de los 40 años de democracia, agregó que “la idea es pensar en lo religioso centrado más en el catolicismo, en la Iglesia Católica, en la transición democrática en los fines de la dictadura e incluso en las décadas más recientes”.
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“Siempre hay que apostar a la esperanza, sobre todo a los jóvenes, transmitirles que la vida es maravillosa. Esto me conmueve un poco porque lo asocié directamente con la frase que dijo mi padre el día antes de morir: ‘Qué bella que es la vida, qué hermosa que es la vida’. Eso me lo llevo grabado también. Uno debe aferrarse a la vida“, dijo años atrás Hugo Omar Cañón en los estudios de la FM De la Calle.
El militante y ex fiscal general de Bahía Blanca murió este domingo en el Partido de Olavarría, tras un choque de autos en el que también fallecieron su nieto Santiago y otras dos personas. Desde el Colectivo de FM De la Calle realizamos el programa especial que aquí compartimos como homenaje y agradecimiento por su vida.
La Comisión Provincial por la Memoria informó que despedirá a quien fuera uno de sus fundadores este martes, entre las 8 y las 16, en la sede del organismo (calle 54 nº 487, e/ 4 y 5, ciudad de La Plata). “Esta casa que se convirtió en un símbolo de la memoria y la defensa de los derechos humanos, es el lugar que elegimos para esta triste y dolorosa despedida, recordando su compromiso, sus convicciones y su lucha que nos seguirán guiando”.
La escritora y profesora Alicia Partnoy recordó ayer su primer contacto con Cañón y el comienzo de las investigaciones sobre los crímenes del V Cuerpo de Ejército. “Me impresionó su profesionalismo y su valentía porque en aquel momento todavía la gente tenía mucho miedo”, aseguró desde Estados Unidos la sobreviviente de La Escuelita.
“A nivel humano era una persona extraordinaria, tuvimos una conexión extraña en un momento, lo que yo llamo marxismo mágico. Esta iniciativa de incluir el libro La Escuelita como evidencia en los juicios, allá por los Juicios por la Verdad en el año 99, fue algo visionario. Yo pensé que estaba loco realmente. Nunca me voy a olvidar la mirada de los jueces cuando él pidió incorporar un relato de La Escuelita como evidencia, me acuerdo que dijeron ‘bueno, si es relevante’ y él dijo: ‘es relevante'”.
El camarista mandato cumplido, Luis Alberto Cotter, advirtió que “desde que me enteré de este trágico suceso estuve pensando qué palabras se podrían utilizar para que realmente representen lo que uno está viviendo ante la pérdida de un hombre como Cañón. No las he encontrado”. “Cañón era un hombre de convicciones arraigadas, cuando él ubicaba el camino que consideraba que era el correcto era difícil separarlo del mismo”.
“Recuerdo que en la oportunidad de la iniciación de los juicios de los comandantes, los jefes supremos de la dictadura sangrienta que sufrió el país, la mayoría del Poder Judicial, por conveniencia, por cobardía, o por afinidad tal vez con los dictadores, pensaban que ahí había que terminar la cuestión si no la democracia iba a caer o se iba a debilitar o no se iba a poder gobernar. Cañón sostenía en esa época contra todos que, al contrario, se fortalecía la democracia si se castigaba hasta el último de los autores de estas atrocidades. Era la única manera en que no se iban a volver a repetir estos episodios”, manifestó sobre “el único fiscal, repito, el único fiscal federal de todo el país que planteó la inconstitucionalidad de la Ley de Obediencia Debida”.
El Premio Nobel de la Paz Adolfo Pérez Esquivel destacó en diálogo con FM De la Calle que “fue un compañero, un hermano apreciado en todo el trabajo que veníamos realizando juntos y con su personalidad tiene una pérdida muy grande no solo la Comisión Provincial por la Memoria, (también) Bahía Blanca, que era su lugar de residencia y actividad como fiscal durante 23 años. Un hombre que tuvo posiciones muy claras de los juicios y los crímenes de lesa humanidad buscando la Verdad, la Justicia, la represión del daño hecho y que nunca más vuelva a ocurrir”.
Pérez Esquivel compartió la copresidencia de la CPM con Cañón desde su fundación y por casi 15 años. “Siempre fue un hombre que aportó desde su experiencia jurídica fundamentalmente pero también su gran compañerismo y aportes que hizo en el trabajo que la Comisión hace en cárceles y comisarías, los crímenes de lesa humanidad, él siempre estaba atento a todo eso como a Jóvenes y Memoria, que en el último encuentro que tuvimos en Chapadmalal en noviembre participaron 12 mil jóvenes”.
“Nos cuesta pensar que Hugo Cañón no está. Casi creo que mejor pensemos que fue un compañero que se fue antes y nos queda un legado enorme, un legado inmenso”, dijo el dirigente de CTA Bahía Blanca y Suteba, Enrique Gandolfo, y agregó que “es cierto que la Historia se construye entre muchos, pero hay veces que algunos hombres juegan un rol determinante, creo que no se puede hablar de la historia de los derechos humanos y del juicio y castigo a los culpables en Bahía Blanca sin mencionar el rol principalísimo que ha jugado Cañón”.
Para cumplir un rol de esa magnitud “los hombres necesitan algo de sapiencia, algo de tozudez y también algo de locura, de locura de la buena, de esa locura que hace que uno pueda seguir andando cuando parecería que toda la situación empuja para atrás”.
Finalmente, el secretario general de la Federación Judicial Argentina, Víctor Mendibil, comentó la militancia sindical de Cañón al rememorar cómo “se sumó a la organización del gremio y trabajó intensamente, con una decisión, con un compromiso, con una pasión, con una intransigencia, con una capacidad de organización que acompañó los pasos fundantes de la Asociación Judicial Bonaerense”.
“En la huelga del año 71, cuando el onganiato reprimió una lucha por reivindicaciones muy puntuales que estábamos llevando los judiciales de la provincia, la primera gran huelga, se deja cesante a tres secretarios que en aquel momento acompañaron la lucha. Y en esa situación es que Hugo redobla su compromiso en la vida gremial, es más, con otros compañeros lleva adelante una huelga de hambre una cantidad de días en la sede de nuestro gremio en calle 13 frente a Tribunales, 13 y 48, y posteriormente la lucha continúa y a consecuencia de esa perseverancia, de esa capacidad de indignarse todos los días contra la desigualdad, contra el autoritarismo o contra la violación de los principios y normas constitucionales hizo que esa pelea” diera frutos durante el gobierno de Cámpora.
“En la vida no hay que tener metas para aferrarse a lograr o llegar a un destino determinado. Creo que como dice Machado el camino se hace al andar y el objetivo está en andar y correr detrás de la utopía también. Qué sentido tendría llegar a la estación y terminar la carrera. Lo importante es el andar, el hacer cosas, el brindarse y tratar de resolver. Y si no puedo hacerlo o me veo agobiado o es tal la imposibilidad me dedicaré a otra actividad. (…) Siempre buscando resolver algo y ayudar a los demás. En el fondo uno trata de ayudar a los demás pero también se ayuda a sí mismo porque uno se salva a sí mismo en la medida que actúa desde acá. Si uno actúa desde el odio, desde la venganza, desde el rencor, se autodestruye. Eso es indudable”.
Hugo Cañón tras conocerse su candidatura a diputado provincial por Nuevo Encuentro.
Programa Pensemos Juntos la Vida (IEMA), FM De la Calle, 2009.
(Por Helen Turpaud Barnes) El resultado de las últimas elecciones conlleva múltiples aspectos que ya a poco de haber asumido el nuevo gobierno se han vuelto totalmente evidentes (además de que eran esperables): medidas económicas que afianzan la brecha entre la clase trabajadora y quienes más poder adquisitivo tienen, represión en las calles, el planteo de una descarada dependencia de organismos financieros internacionales, etc.
Estas características benefician ampliamente a sectores de poder, y responden a presiones y lobbies propios de quienes tienen injerencia en las decisiones de los gobiernos. Pero la arremetida represiva que toma el gobierno de Mauricio Macri responde no solo a intereses materiales, sino a las ansias generadas a partir de ciertas representaciones sociales sobre el lugar que deben ocupar los sujetos. Buena parte del electorado de Macri, y también sus propios/as candidatos/as manifestaban su disconformidad con que ciertos sectores accedieran a beneficios sociales: la atención médica y la educación gratuitas, la provisión de insumos para atender la salud reproductiva y sexual de inmigrantes o personas pobres, etc., son vistas como una desmesura que ha de “corregirse” con medidas económicas de austeridad (para quienes ya sabemos); los subsidios y la AUH es “mantener vagos/as” que deberían estar trabajando; el reconocimiento de derechos fundamentales para las personas trans o para las personas lesbianas y gays generarían “confusión” en la sensibilidad de la población, sobre todo para la juventud y la niñez a quien todavía hay gente que dice que es “difícil” explicarle la mera existencia de sujetos de sexualidades disidentes (como si la legitimidad de estas existencias dependiera de la posibilidad didáctica de ser “explicada a los niños y niñas” y no de un derecho humano básico). Más allá de que se puede plantear que hay buena cantidad de políticas que los gobiernos kirchneristas no llevaron adelante (como las deudas en materia de legalización del aborto, como impedir que se aprobara algo como la Ley Antiterrorista, etc.), una buena cantidad de la población y los medios de comunicación de derecha percibían que muchos sujetos estaban ocupando un lugar “indebido” y excesivo en la sociedad: inmigrantes, trabajadores/as, jóvenes, empleadas/os domésticas/os, personas trans, mujeres, etc.
En esta coyuntura, no faltaron quienes impugnaban el lugar de la presidenta Cristina Fernández con comentarios machistas y acusaciones que no se harían para con un mandatario varón. A lo largo de estos años se ha escuchado que la presidenta era tachada de “demasiado vehemente”, “autoritaria”, “de gestos muy duros para una mujer”, etc. Más allá de las críticas a las políticas del kirchnerismo, había una acendrada aversión a la propia figura de la presidenta Fernández. Y podríamos condensar esta crítica en la nota “Cristina, lejos de los atributos femeninos”, aparecida el día 14 de diciembre de 2015 en Perfil y firmada por Mariana Arias. Según esta nota, que recoge muchas opiniones bastante comunes en la sociedad argentina actual, Fernández habría carecido de la “sensibilidad” y del “amor” que aparentemente sería propio de las mujeres, y esto habría redundado en políticas erradas con cierta parte de la población. Fernández, dice Arias, tendría que haber echado mano de características más “femeninas” (de las cuales carecería la presidenta) para poder dar lugar a muchos reclamos de la sociedad. Es decir, las “fallas” de las políticas de Fernández responderían a una “deficiencia” personal propia de su “condición de mujer”, y, en este caso, más aún, a una falla doble: por ser mujer y por NO ser mujer a la vez.
No mejor papel que las críticas machistas opositoras hicieron algunas de las figuras que pretendieron “defender” la figura de Fernández. El lunes 1° de octubre de 2012 en Infobae, el filósofo José Pablo Feinmann intentó hacer una lectura de las razones por las cuales algunas personas en la sociedad “odiaban” a la presidenta. Curiosamente, la crítica de Feinmann se centraba en el supuesto “odio” de otras mujeres hacia la primera mandataria, y no de los hombres. Según el mentado pensador, las mujeres que odiaban a la presidenta lo hacían por “envidia”, porque no podían ser como ella, no eran tan “inteligentes” ni tan “lindas”. Contraponía su embelesamiento por la belleza de Fernández (comparable para él a la de Marilyn Monroe) a la supuesta “masculinidad” de Angela Merkel. Incluso señaló que Fernández tenía la posibilidad de aparecer como figura de una tapa erótica en una revista, pero otras mujeres no (ni las opositoras ni Merkel), porque –explica didáctico y simplista Feinmann-, “hay mujeres que no son mujeres, son políticas”. Es decir, al menos según la filosofía machista vernácula, mujeres y política tienen una distancia que hay que saber respetar so pena de perder la condición de “deseable” (huelga decir que aquí hay una gran confusión entre ser “deseable” y “linda” y ser objeto de tapas de revista degradantes y agresivas). Feinmann prefiere una mujer “deseable” que una mujer “política”. Nada dice el filósofo del probable escozor de una sociedad machista donde las masculinidades hegemónicas se ven amenazadas y resentidas por la figura de una mujer con poder.
En ambos casos, tanto el de Arias como el de Feinmann, la lectura sobre la figura de una mujer en el poder no puede desprenderse de sus consideraciones sobre el género de quien están haciendo objeto de su análisis. No vemos el mismo tipo de análisis hecho sobre los hombres en el poder. En definitiva, tanto para parte de la oposición al kirchnerismo como para cierto sector que era su oficialismo, la feminidad de una mandataria se hace objeto de disputa, material en discusión, condición negativa y positiva a la vez. Todo este análisis al cual vemos sometidas a las mujeres constituye un modo más de opresión no para un sujeto en particular (en el caso de la ex presidenta) sino en tanto reproducción de estereotipos que las mujeres y sujetos feminizados deben atravesar al hacer suyos reclamos de espacio y poder en la sociedad.
Durante su última semana a cargo del Juzgado Federal N°1 de Bahía Blanca, el juez Alejo Ramos Padilla ordenó a las autoridades del Servicio Penitenciario Bonaerense que “permitan sin restricciones el acceso de los representantes del Ministerio Público Fiscal Federal en las unidades carcelarias”. Para esto, hizo lugar al amparo presentado por el fiscal general y titular de la Procuraduría de Violencia Institucional (Procuvin), Miguel Ángel Palazzani, y el fiscal federal José Alberto Nebbia, luego de que no les permitieran acceder a la Unidad Carcelaria N°4, que forma parte del Complejo Penitenciario Sur.
En su presentación ante la justicia, los fiscales habían indicado que el 2 de septiembre, el fiscal coordinador del distrito Bahía Blanca, Alejandro Cantaro, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 20, inciso c, de la Ley Orgánica del Ministerio Público Fiscal (N°27148), “dispuso la inspección de la Unidad Carcelaria N°4 del SPB, asignando a tres funcionarios del Ministerio Público Fiscal para su efectivización, la que fue prevista para el día 3 del mismo mes”.
Sin embargo, “al presentarse los autorizados en dicha unidad y hacer entrega del oficio del fiscal general al director de la Unidad, Prefecto Mayor Carlos Brunetti, se hizo presente el jefe del Complejo Penitenciario Zona Sur, prefecto mayor Hugo Gauna, quien hizo saber a los representantes del Ministerio Público que impediría su ingreso al predio por carecer de competencia funcional para ello, negándose a suscribir el acta labrada en función de sus manifestaciones”.
En su resolución, Ramos Padilla precisó que “el artículo 20 inciso c) de la ley 27148 impone el deber del fiscal de distrito de concurrir periódicamente a las cárceles y otros lugares de detención para tomar conocimiento y controlar la situación de las personas allí alojadas, promover o aconsejar medidas tendientes a la corrección del sistema penitenciario y dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 18 de la Constitución Nacional y los instrumentos internacionales de derechos humanos”.
Luego, destacó que “la ley no crea ninguna distinción entre establecimientos carcelarios provinciales y nacionales al establecer el deber de visitarlos periódicamente. Es sabido que los jueces no pueden crear distinciones no creadas por ley, y que la interpretación de las normas sobre derechos humanos fundamentales debe ser siempre la más amplia y favorable a la vigencia de tales derechos”.
Asimismo, el juez federal señaló que la “Procuración Penitenciaria está dentro del ámbito del Poder Legislativo de la Nación (artículo 1º ley 25875) por lo que su organización y funciones ninguna relación tiene con las atribuidas al Ministerio Público Fiscal, órgano independiente con autonomía funcional conforme al artículo 120 de la Constitución Nacional y leyes dictadas a su respecto (por caso la ya citada ley 27148)”.
En ese contexto, concluyó que, “tal como lo sostienen los amparistas, atento a lo previsto en los instrumentos internacionales con jerarquía constitucional y jurisprudencia citada, los derechos humanos en lugares de detención deben ser especialmente protegidos atento a la vulnerabilidad de las personas sometidas a encierro, a lo que cabe agregar que cualquier violación a esos derechos en lugares de encierro en el territorio nacional acarreará la responsabilidad del Estado Nacional”.
Por otra parte, en cuanto a las excepciones de falta de legitimación activa y falta de personería que habían interpuesto los representantes del Servicio Penitenciario bonaerense, Ramos Padilla aclaró que, “en primer lugar […] las consideraciones sobre la falta de acuerdo del Senado y carácter de funcionario ad hoc sólo caben con respecto al Dr. Nebbia, mas no al Dr. Palazzani titular de la Procuraduría de Violencia Institucional. A lo que cabe agregar, en cuanto a los fiscales ad hoc, que el régimen de designaciones y subrogancias es legal, tal como lo ha resuelto pacíficamente la jurisprudencia y recientemente el 11 de noviembre del corriente la Cámara Federal”.
Además, especificó que, “siendo que la conducta que se denuncia como lesiva de derechos constitucionales afectaría la actuación atribuida por ley al Ministerio Público Fiscal de la Nación, es obvio que los representantes del mismo tienen legitimación para ejercer la acción tendiente a obtener tutela judicial al respecto”.
Desde las redes de medios comunitarios, cooperativos y populares, y de carreras de comunicación rechazamos el nuevo avasallamiento institucional, político y legal perpetrado hoy por el gobierno, a partir del anuncio de otro Decreto de Necesidad y Urgencia, que terminaría de barrer en los hechos con la Ley más debatida, de mayor consenso y participación popular desde el regreso de la democracia.
La medida se justificó en un curioso concepto formulado por el Jefe de Gabinete Marcos Peña: “la desconcentración o no, no puede ser el objetivo, sino la pluralidad”.
Nos vemos en la necesidad de reafirmar una vez más lo obvio: la concentración de la palabra en pocas manos es el mayor obstáculo para la pluralidad de voces, y que sin desconcentración en la propiedad de los medios no es posible la democracia.
Las redes abajo firmantes, junto a innumerables organizaciones sociales, académicas, sindicales, profesionales y los más renombrados especialistas en Derecho de la Comunicación, fuimos activos constructores y partícipes de la ley vigente, concebida como una herramienta indispensable para una comunicación más democrática y plural, así como hemos sido permanentes custodios y demandantes de su aplicación total y efectiva, sistemáticamente saboteada por maniobras judiciales que pretendieron –y lograron- evitar justamente eso que hoy se pretende relativizar en el discurso pero evidentemente es prioritario para los impulsores de este nuevo DNU: la desconcentración de la propiedad de los medios en pocas manos. Todo el proceso de debate y sanción de esta norma fue impulsado y acompañado por un amplio abanico de sectores que excedió largamente al gobierno saliente, incluyendo a expresiones que estaban en su oposición, por lo que repudiamos que se nos insulte y trate como a simples peones de una “guerra entre el gobierno y Clarín” como excusa para anularla por decreto y a contramano de derechos y tratados internacionales.
Nos preguntamos de qué manera es posible resguardar la vigencia y aplicación de las leyes actuales mientras se debate una nueva, como prometieron los ministros, cuando en la práctica siguen anulando sus competencias y disolviendo las instituciones por ellas creadas a través de decretos.
Rechazamos las definiciones del ministro Aguad orientadas a que “el mercado” sea el único árbitro de la actividad de los medios, porque la historia nos enseña de sobra que impera la ley del más fuerte detrás de las invocaciones a la “libre competencia”, y porque desconocen toda la legislación con rango constitucional que define el acceso a la comunicación e información como derecho humano, y no como mercancía.
Rechazamos la eliminación de nuestros representantes en el Directorio del organismo y otros espacios, que nos permitían algún grado de injerencia y representación en el diseño de las políticas comunicacionales.
Convocamos a los legisladores nacionales para intervengan y soliciten una reunión urgente con el presidente y una convocatoria a Sesiones Extraordinarias del Congreso en defensa de las instituciones y el funcionamiento democrático, para frenar este nuevo atropello que pretende acallar y limitar las voces y posibilidades del pueblo y sus organizaciones para expresarse por sus propios medios.
Red de Carreras de Comunicación Social y Periodismo de la República Argentina (REDCOM) – Foro Argentino de Radios Comunitarias (FARCO) – Asociación Mundial de Radios Comunitarias (AMARC) – Red de cooperativas de comunicación (Red Colmena) – Asociación de Revistas Culturales Independientes (ARECIA) – Federación Asociativa de Diarios y Comunicadores Cooperativos de la República Argentina (FADICCRA) – Confederación Nacional de Cooperativas de Trabajo (CNCT) – RED PAC (Productoras Audiovisuales Comunitarias) – Barricada TV – Pares TV – Urbana TV
El juez en lo contencioso administrativo de La Plata, Luis Arias, dictó hoy una medida precautelar mediante la cual ordenó al Ejecutivo nacional que “se abstenga de suprimir o afectar derechos adquiridos y/u otorgar nuevos derechos vinculados al ejercicio de la competencia y funcionamiento de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca)”.
Arias tomó la decisión judicial tras recibir hoy un planteo del delegado de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (Afsca) de la Región La Plata, Guillermo Luis Guerín, en la que se solicitaba la “nulidad absoluta” del Decreto N°236/15, que resolvió la intervención de la autoridad de aplicación de la Ley de Servicios de Comunicación Audiovisual.
En este sentido, Arias dictó una medida precautelar en la que ordenó “la prohibición de innovar y de alterar, modificar, eliminar o suprimir las funciones y la existencia de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual mediante todo acto o reglamento que implique una modificación a cualquiera de las previsiones contenidas en la Ley 26.522”.
Al mismo tiempo, el magistrado declaró “la incompetencia de la justicia provincial para dirimir la contienda de autos” y remitió las actuaciones “al juzgado federal competente para su intervención”.
Arias dijo que la resolución “afecta todas las medidas que se tomen del 29 de diciembre en adelante (fecha de la presentación del pedido de nulidad)” y señaló que la acción se realizó “en favor del derecho colectivo a la información y la libertad de expresión”, al tiempo que explicó que “es una medida preventiva para que no haya nuevo actos que agraven la situación”.
En el fallo, el magistrado sostuvo que si bien la materia es competencia de la justicia federal, actúa en las facultades que le otorga “el sistema de control constitucional difuso por el cual todos los jueces están llamados a defender la vigencia irrestricta de la Constitución nacional frente a los embates por parte de las autoridades públicas que detentan el poder político”.
“Estas razones fundamentan la posibilidad de los jueces de disponer medidas cautelares aún en causas ajenas a su competencia jurisdiccional, potestad que se encuentra prevista en los ordenamientos procesales, tanto de la Nación como de la provincia de Buenos Aires”, graficó.
Por ello, resolvió que “en ejercicio de la competencia transitoria en materia cautelar se dispone –con carácter precautelar- la prohibición de innovar ordenando al Poder Ejecutivo Nacional se abstenga de suprimir o afectar derechos adquiridos y/u otorgar nuevos derechos vinculados al ejercicio de la competencia y funcionamiento de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual”.
Arias explicó que la medida rige a partir del 29 de diciembre “por lo que además deja sin efecto todas las medidas adoptadas por la Intervención de la Entidad y/o el Poder Ejecutivo Nacional a partir de esa fecha”.
La medida precautelar fue dictada en el mismo día que el poder Ejecutivo, a través del jefe de Gabinete Marcos Peña, anunció la creación del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), que absorberá las funciones de la Afsca y de la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
El jefe de Gabinete de Ministros, Marcos Peña, junto al ministro de Comunicaciones, Oscar Aguad, y el interventor de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual (AFSCA), Miguel de Godoy, anunció la eliminación de este organismo y de la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (AFTIC) a través de un decreto de necesidad y urgencia (DNU). Asimismo anunció la propuesta de un debate en el Congreso para una nueva ley que regule la comunicación.
Luego de una introducción en donde habló de una “guerra contra los periodistas” llevada a cabo por decisión de la ex presidenta Cristina Fernández, destacó que la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual Nº 26.522 fue motivada por una “visión cerrada de la democracia, una visión autoritaria que planteaba que aquel que no se disciplinaba era alguien que debía ser combatido, marginado, perseguido por el Estado”. Agregó además, que es una “ley vieja, concebida en una visión de la comunicación del siglo XX”.
Posteriormente, habló de la AFSCA, refiriéndose al organismo como una herramienta kirchnerista para imponer su pensamiento y controlar a los medios, a la vez que lo criticó porque “la mayoría de los objetivos de la ley no fueron llevados adelante”. Consideró también que la ley de telecomunicaciones (regulada por la AFTIC) tiene un espíritu controlador.
Retomando los tres objetivos que el Gobierno nacional viene planteando en su discurso, hizo referencia al de la “unión de los argentinos” para enmarcar el anuncio del DNU que saldrá en el Boletín Oficial el día 31 de diciembre de 2015.
“Hoy estamos firmando un DNU que tiene tres líneas principales: creación del Ente Nacional de Comunicaciones (Enacom), presidido por Miguel de Godoy, que absorberá al AFSCA y el AFTIC, que desaparecen a partir de mañana”, afirmó. El segundo punto del decreto, según el funcionario, será que “se van a sacar los cepos a la industria para la necesidad de inversiones”. Por último, anunció la creación de una comisión bicameral del Congreso “con el mandato de discutir una nueva ley de comunicaciones que integre las dos leyes: la ley de medios y la ley de telecomunicaciones”.
Cuando el funcionario fue consultado sobre los objetivos de la nueva ley que pretenden proponer, haciéndose referencia al espíritu desconcentrador de la ley 26.522, respondió: “La desconcentración no tiene que ser el interés central; el objetivo tiene que ser la pluralidad, la competencia, la libertad, la apertura, y al mismo tiempo la inversión y la mejora de servicios. Es una visión distinta. El discurso de la desconcentración era un eufemismo para un disciplinamiento”.
Agregó además que “hay que sacarle dramatismo y tensión a esta cuestión de la comunicación. No es tan determinante al final del día si el medio de comunicación altera o no altera la realidad. La realidad es la realidad”.
Finalmente, le consultaron si tendría en cuenta medidas concretas respecto de los medios más chicos, a lo que aseguró que eso “es parte de la política del Estado, es parte de la ley de medios, ya lo hemos hecho en la Ciudad”.
Con respecto a este punto, el ministro Aguad aseguró: “Vamos a ayudar a los medios más chicos, a los que tienen dificultad para expresarse. También para conectarlos a Internet. Los recursos de la AFTIC, en alguna medida, van a ser utilizados para eso. Queremos que todas las voces se puedan escuchar y que todos los ciudadanos tengan el derecho a escuchar las voces que se quieren pronunciar”.
Para cerrar, resaltaron la importancia de las redes sociales y de las nuevas maneras de comunicar, y anunciaron que habrá dos años para la convergencia, “para que todos los actores puedan hacer todo, y romper con los compartimentos estancos”.
Fuente: Notas.org
La Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, por mayoría, hizo lugar al recurso de apelación interpuesto por el fiscal federal José Nebbia y revocó la resolución de primera instancia que denegaba el llamado a indagatoria al ex juez provincial Francisco Bentivegna, imputado por crímenes de lesa humanidad.
En su momento, los fiscales a cargo de la Unidad de Asistencia para causas por Violaciones a los Derechos Humanos durante el Terrorismo de Estado, Nebbia y Miguel Palazzani, habían imputado penalmente a Bentivegna, “en su actuación como juez provincial a cargo del Juzgado en lo Penal Nº2 del Departamento Judicial de Bahía Blanca, una omisión de actuación funcional (incumplimiento del deber de investigar, de proteger a la víctima y de reprimir a los responsables); y la actividad lesiva a la que aquellos comportamientos estaban conectados (secuestros, torturas, violencia sexual, ultimaciones, desapariciones, etc.).
Allí, señalaron que “garantizando indebidamente una no interferencia y evitación por parte de la justicia–… [el encartado] permiti[ó] la continuidad … [del] curso del plan delictivo (secuestro, torturas, abusos sexuales, ultimación), y … asegur[ó] la impunidad de los demás responsables”.
Tras la imputación, solicitaron que el acusado sea llamado a prestar declaración indagatoria. Sin embargo, la jueza federal de primera instancia se negó al pedido, “con base en que la evidencia aportada si bien permitía afirmar objetivamente la omisión del encartado de investigar los hechos denunciados (incumplimiento a sus deberes de funcionario público) era insuficiente para vincular dicho accionar con los comportamientos constitutivos de crímenes de lesa humanidad endilgados”, se detalla en la resolución de la Cámara.
Sin embargo, en el voto del magistrado de la Cámara Federal Jorge Ferro, al que adhirió la mayoría del tribunal, se señaló que “la declaración indagatoria es la primigenia oportunidad que tiene el imputado para que se lo escuche en el proceso, deviniendo, en esta inteligencia, la realización del acto que la dispone esencial para el desarrollo del proceso respecto de determinada persona, aunque el compareciente llegado el caso se niegue a declarar. En tal sentido, constituye el primer acto de defensa, voluntaria y personal en orden a las imputaciones que se le dirigen”.
Luego, precisó que “la calidad de imputado se adquiere desde el momento en que una persona es sindicada como autor o partícipe de un delito, momento a partir del cual se ponen en movimiento las garantías constitucionales”. Por esto, el juez Ferro destacó que, “una vez cumplido con el acto procesal de defensa material [en referencia a la declaración indagatoria], el juzgador tendrá la oportunidad de valorar la prueba obrante en contra del imputado […] y podrá adoptar una decisión de mérito sobre su situación procesal, o declarar la falta de mérito para procesar o sobreseer al encartado”.
Asimismo, especificó que el llamado a indagatoria, en primer término, “si bien es un acto privativo del juez –salvo las contadas excepciones que establece la norma procedimental–, en resguardo de la división tripartita del proceso penal, no podría oponerse a la petición de escuchar en indagatoria al sindicado, máxime cuando la instrucción se encuentra en cabeza del acusador público”. En segundo término, indicó que cuando el código procesal penal señala “motivo bastante” para llamar a indagatoria, “es sabido que no se requiere semiplena prueba, sino que constituye un presupuesto subjetivo del juzgador como para sospechar que una persona ha participado en la comisión de un delito, lo que no implica darle a la norma un alcance mayor ni asimilarla a las exigencias o motivos –elementos suficientes que prevé el artículo 306 para dictar el procesamiento del imputado”.
A continuación, aclaró que lo anterior “significa que existen elementos de juicio para valorar que él habría participado, de alguna manera, en el delito que se le enrostra hasta el momento y asimismo esa indagatoria, como medio de defensa que es, sirve para posibilitar su descargo material y al mismo tiempo, escuchar al indagado con la ventaja que está amparado con todas las garantías legales establecidas para esa declaración y además para investigar con los datos que pueda aportar”.
“Todo ello -concluyó el magistrado de la Cámara Federal- debe ser conjugado, al menos en el presente caso, sin perder de vista la particularidad de los delitos investigados –lesa humanidad– y que la investigación se encuentra a cargo” del Ministerio Público Fiscal.
Fuente: fiscales.gob.ar
(Por Alfredo Grande) Vicente Zito Lema reivindica el derecho al delirio. Hago propio ese derecho. Una de las marcas del delirio es crear sus propias palabras. Jerganofasia recibe esa habilidad desde la óptica de la psiquiatría. Neologismo sea quizá una denominación más piadosa. Inventar palabras suele tener un efecto chistoso y el chiste tiene la estructura de un delirio. Si uno tiene la prudencia de aclarar que “es un chiste” puede decir casi cualquier cosa con casi cualquier consecuencia.
Yo inventé la palabra “ternurador”. El envés del “torturador”. La tortura y la ternura las pienso como los extremos límite de una cultura represora y una cultura no represora. La tortura es una máquina pensada, y a veces sentida, para hacer sufrir. Implementa la crueldad, que es la planificación sistemática del sufrimiento. La violencia está relacionada con la autoconservación de la vida desde el nacimiento. La palabra “violencia” tiene muy mala prensa, especialmente para los que sostienen la crueldad. La violencia es la partera de la historia, como señalara Marx. La crueldad es el aborto de la historia. Masacres, exterminios, asesinatos, todos planificados, y todos camuflados para que siempre parezca un accidente.
“La inmortalidad no es
un privilegio de los dioses.
Es un derecho de los luchadores.”
(Aforismo implicado A. G.)
Si la violencia sostiene la autoconservación de la vida, la crueldad garantiza la autoconservación de las jerarquías. Y su consecuencia: perpetuar privilegios. Muy tempranamente, cuando la sociedad se organizó con castas dominantes y clases dominadas, la crueldad fue necesaria para prolongar esa injusta división política y social. El terror, como lo enseñara León Rozitchner, es el organizador de las subjetividades sometidas. Terror con y sin nombre. Y agrego yo, los amores que matan hacen su letal aporte para la continuidad del terror con otro nombre. Esos amores matan porque en la cultura represora se adoctrina para amar y honrar a los verdugos. Nada de esto es natural. Pero sí podemos llamarla naturaleza cultural o segunda naturaleza. En la cultura represora el mal dura más de 100 años porque a los 99 el conteo empieza nuevamente.
Con cinismo, decretan que siempre que llovió paró. Pero volvió a llover y las inundaciones no son catástrofes naturales. Son masacres líquidas de personas, historias, memorias, recuerdos y de vidas y sueños construidos en generaciones. La crueldad recibe muchos nombres y todos bendecidos por la mortal moral de los torturados. Costo social del ajuste, honrar la deuda, impuestos al consumo, mínimo no vital y casi siempre inmóvil, no distribución de la riqueza pero permanente distribución de la pobreza.
Los verdugos ya no usan capucha. Los encapuchados son las víctimas. Por varios ensuciados de cerebro, que algunos se empeñan en denominar “lavado”. Y sabemos que aquello que los populismos / progresismos no resuelven del todo, las derechas lo terminan de empeorar del todo. Por eso la tortura es la constante de ajuste de la cultura represora. El antídoto más poderoso es la ternura, como antídoto para las víctimas y no como anestésico para los victimarios. Ternurando a las y los compañerxs, a los pobres de la tierra como cantara José Martí, a los que no tienen voz, ni tienen miradas alegres, ni suaves caricias. Ternurando fue la fiesta del 23 de diciembre en la Fundación Pelota de Trapo.
Varias decenas de niñas y niños, familias enteras, asistentes de la Casa del Niño y del Hogar, recibieron de los ternuradores caricias y abrazos en la forma de sonrisas, regalos, música, fuegos artificiales, comida nada artificial sino artesanal. Y para recibirnos, el entrañable Carlitos abrazando al Pibe, en una casita de juguete para grandes y chicos. La ternura en envase grande nos acarició toda la noche mientras disfrutábamos de la Agenda 2016 de Pelota de Trapo, diseñada por la Agencia de Noticias y que imprimió Manchita.
“La grieta es la forma encubridora y falsa
de ocultar la lucha de clases”
(Aforismo implicado A.G.)
No podremos vencer con ternura, si no luchamos con ternura. El sectarismo, el mesianismo, el iluminismo, el despotismo ilustrado y muchas veces poco ilustrado, son máquinas para torturar militantes en las propias organizaciones que luchan contra la cultura represora. La dimensión industrial de la política, eso que algunos llaman Estado, no permite que la ternura se asome. El “tierno” es blandito, débil, romántico, inmaduro, medio bobeta, infantil, poco viril, incluso afeminado. Los rambo que supimos conseguir cultivan la yerba mala de la tortura sistemática. Psíquica, social y corporal. Obviamente, los torturadores tienen rótulo para todo. Tortura psíquica: depresión, ataques de pánico, fobias. Tortura social: vínculos perversos, sociopatías extendidas, cordialidad en extinción, indiferencia absoluta. Tortura corporal: enfermedades autoinmunes, muerte súbita, corazones de trapo, cáncer fulminante, adicciones. Los torturadores nunca aceptarán que se dedican a torturar. Muchos lo denominan gestión.
Los ternuradores son los herbívoros en el Parque Jurásico. Pero colectivamente pueden enfrentar a cualquier predador. De eso se trata. De sostener colectivos de ternuradores porque es la única garantía no solamente de que otro mundo es posible, sino de algo aún más importante. Que ese otro mundo posible será un mundo deseable, donde sabremos endurecernos con el enemigo, pero no volveremos a perder la ternura con el compañero. Nunca Más. Y el Morla y el Che se abrazarán con ternura.
La Municipalidad infraccionó a la empresa Profertil por emisión de olores molestos y por no dar aviso del escape ocurrido el sábado 26 en su planta de urea. El evento fue advertido a las 18:20 por el detector de Amoníaco ubicado en el club náutico. Defensa Civil activó el Plan de Respuesta a Emergencias Tecnológicas Nivel 1.
Según informó el Comité Técnico Ejecutivo, la presencia de dicho gas en el aire fue “en bajas concentraciones” aunque motivó la evacuación de quienes se encontraban en la pileta del Club Comercial. “La guardia del CTE se comunicó con la empresa Profertil la cual informó que estaban parando la planta de amoníaco”, aseguró el ingeniero César Pérez.
El titular del organismo de control agregó en un comunicado que “un guardia del CTE recorrió el sector del club náutico donde detectó la presencia de amoníaco en bajas concentraciones utilizando un medidor portátil por un corto período de tiempo” y que “la empresa informó que el problema se debió a una pérdida en un instrumento de planta y que la situación está controlada”.
La noche del sábado el municipio comunicó la infracción, la parada de la planta de urea de Profertil y que las mediciones que arrojaba el sistema de monitoreo constante eran “normales”.
El hecho repercutió este lunes en el Concejo Deliberante, donde la edila Paola Ariente (FpV) presentó una minuta de comunicación “considerando la preocupación que el mismo generó en las comunidades aledañas”. En la misma, se indaga sobre cuál es la conclusión respecto del escape, ante las manifestaciones fehacientes de muchos vecinos sobre la existencia de “olores extraños” que podrían denotar la existencia del algún escape de sustancias químicas, y si se pudo constatar esta situación a través del equipamiento tecnológico instalado para tal fin.
Asimismo, y ante la información que desde el Municipio se resolvió aplicar una sanción a la empresa por emisión de olores molestos y por el no aviso del evento mencionado, se requieren precisiones sobre si se podría aportar una fundamentación técnica sobre los datos que motivaron tal actuación, e informar el monto de dicha sanción y a qué se destinará dicho monto.
También se consulta sobre cuáles son los motivos que llevaron a decidir el desalojo de instalaciones deportivas cercanas a la planta siniestrada, y las acciones previstas desde el Municipio para evitar que incidentes similares puedan reiterarse.
(Por Marco Teruggi) Fue real. La espera, el trayecto, la entrada a la casa, verla ahí, en la cocina, la espalda de mi padre abrazándola, los segundos hasta encontrar su mirada, agarrarla entre los brazos, apretar, dejar de pensar, vivir. Fue real. Observarla sin hacer otra cosa, sin necesidad de decir nada, viendo cada lágrima, cada alegría. Quedarme cerca. Solamente eso. Como si con su presencia partiera todo el fuego del tiempo.
Por unas horas estuvimos junto a Clara Anahí.
Luego vinieron las preguntas. Las dudas. La palabra que no dice lo que debe. Los juzgados, lo que se sabe: papeles, exámenes, datos cruzados, negaciones. El vacío. El comunicado, deshacerse de los abrazos, las fotos, la felicidad, todo lo construido en su mirada que ya no fue nuestra sino ajena, por certeza, por necesidad.
Dejamos de ser la familia entera, el almuerzo del día siguiente a punto de ser hecho, la vida en Clara, la verdad en Clara, nosotros mismos en Clara. El tiempo volvió a ser tiempo, con sus cenizas siempre en la boca, en los silencios quemados. Sobrevivientes todos, como el país.
Volvimos al punto de inicio. El ataque, resistencia y caídos del 24 de noviembre de 1976, el botín de guerra, la muerte en la puerta de cada casa. 39 años de búsqueda. En su centro una mujer: Chicha Mariani. Fundadora de Abuelas de Plaza de Mayo, del camino de reconstrucción de la identidad de un pueblo. Volvimos a la imagen del bebé en el cochecito, en la cama junto a Diana, en los brazos de su abuela Kewpie, esas fotos que nos habitan como campanadas cada día.
Todo se movió. Un error. Nada cambió en lo que debe ser hecho: encontrarla.
Otra certeza fue nuevamente confirmada: la época de la soledad quedó atrás. Miles y miles de mensajes, correos, imágenes compartidas, llamados, abrazos, voces de Argentina, del mundo. Gracias a una lucha colectiva que enfrentó lo que muchos no pudieron. Señalada por quienes nunca intentaron, se dedicaron a juzgar desde la tranquilidad de las sillas. Como siempre en la historia.
Siguen ahora las pistas. Las personas que se han acercado y continuarán haciéndolo pensando ser ella. La verdad de los resultados científicos. La construcción del país que revierta el proyecto impuesto por las clases dominantes con el genocidio. Que le quite poder a quienes lo concentraron a través de la matanza programada. Que juzgue y encierre a todos los responsables directos, indirectos, los que saben dónde están nuestros más de 300 hermanos, primos, sobrinos, nietos que faltan.
Quedan también los cuerpos. Todo lo sentido, llorado, esas horas en que por primera vez en 39 años el tiempo fue libre de su fuego. El respiro. Porque fue real. Tan real como saber luego que no, así no. Que Clara Anahí sigue en alguna parte, sin saber su nombre, su Kewpie, su Chicha, nosotros, todos. Devolverle su identidad será la posibilidad de ser más libres.
La encontraremos o nos encontrará. No hay duda.
Juan Martín Ramos Padilla, colaborador de la Fundación Clara Anahí, confirmó que el Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) descartó el vínculo entre María Isabel “Chicha” Chorobik de Mariani, una de las fundadoras de Abuelas de Plaza de Mayo, y la joven que ayer se presentó ante ella con un informe privado con el que aseguraba ser Clara Anahí, la nieta apropiada por la dictadura cuando tenía apenas tres meses de vida (foto). Padilla aclaró que la muchacha sabía del resultado del BNDG desde junio. Mañana al mediodía habrá una conferencia de prensa.
Por su parte, el fiscal general Pablo Parenti, a cargo de la Unidad Especializada en casos de Apropiación de niños y niñas, emitió un comunicado en el que ratifica que dos análisis del Banco Nacional de Datos Genéticos desmienten la información.
“Este jueves 24 de diciembre de 2015 se difundió una noticia que daba cuenta del hallazgo de Clara Anahí, nieta de María Isabel “Chicha” Chorobik de Mariani. El anuncio se basaba en un informe efectuado por un laboratorio privado que supuestamente establecía un vínculo biológico entre Chicha Mariani y la joven que se presentó como su nieta.
Hoy, 25 de diciembre, Chicha Mariani se presentó ante el Juzgado Federal nº 3 de La Plata, a cargo del juez Ernesto Kreplak, y ante el fiscal de la Unidad que interviene frente a crímenes del terrorismo de Estado en esa jurisdicción, Hernán Schapiro, y acompañó el estudio que le fue acercado ayer y que supuestamente acreditaba el vínculo con la persona que alegaba ser su nieta.
Asimismo, declaró la Directora Ejecutiva de la Comisión por el Derecho a la Identidad (CONADI), Claudia Carlotto, quien presentó dos estudios del Banco Nacional de Datos Genéticos (BNDG) respecto de esta misma joven, ambos con resultados negativos respecto de todas las familias cuya información genética obra en el BNDG, incluyendo las del grupo familiar de Chicha Mariani.
El primer estudio fue realizado a principios de este año y su informe negativo fue firmado por la anterior directora del BNDG, María Belén Rodriguez Cardozo. El segundo estudio fue elaborado hoy por la actual directora, Mariana Herrera Piñero, teniendo en cuenta la repercusión pública del caso. Ambos informes son concluyentes en cuanto a que no hay correspondencia entre el perfil genético de esta joven con el grupo familiar de Chicha Mariani ni con el resto de familias que aún buscan niños apropiados.
Chicha Mariani fue informada de estos estudios en la sede del juzgado. De esta manera, queda claro que la información difundida ayer era errónea, situación que pudo aclararse por la presentación efectuada por la propia Chicha Mariani ante el juez y el fiscal y por la actividad realizada tanto por el BNDG, como por la CONADI.
Cabe reiterar la importancia de seguir los pasos que establece la ley para la identificación de personas mediante el análisis de ADN. En este sentido, el BNDG es el único organo habilitado legalmente para establecer la identidad en estos casos, porque es la única institución que posee las muestras de las familias que buscan niños y niñas y que cuenta con procedimientos técnicos homologados internacionalmente.
La búsqueda de Clara Anahí y de todos los niños apropiados continúa. Es una búsqueda colectiva y también una política de Estado que debe ser profundizada cada día. Así lo haremos desde el Ministerio Público Fiscal”.
Una de las fundadoras de Abuelas de Plaza de Mayo, Chicha Mariani, logró encontrar a su nieta, apropiada por la dictadura cuando tenía apenas tres meses de vida. “Tras un riguroso mecanismo de determinación del vínculo biológico ha quedado establecida la probabilidad de vínculo en el 99,9 por ciento”, informó la Fundación Anahí. Es la nieta número 120 que recupera su identidad.
Casación revocó uno de los últimos fallos del suspendido camarista Néstor Luis Montezanti y volvió a procesar a un intendente y un comisario pampeano por el delito de trata. La medida, firmada también por Pablo Candisano Mera, había sido repudiada por distintas agrupaciones de mujeres y políticas por servirse de argumentos medievales tales como: “Las prostitutas representan en el mundo el papel de las sentinas en los barcos o de las cloacas en los palacios: si se suprimiesen sería tanta la hediondez que nadie la soportaría”.
Si bien no forma parte del dictamen del Consejo de la Magistratura, la resolución prostituyente fue mencionada por varios testigos que la semana pasada declararon ante el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados que juzga a Montezanti por su pasado como Personal Civil de Inteligencia del terrorismo de Estado, sus vínculos con la Triple A bahiense y los malos tratos y decisiones arbitrarias y despóticas contra estudiantes y trabajadorxs. Los días 1 y 2 de febrero el juez declarará en el jury y se escucharán los alegatos del proceso de remoción.
Compartimos aquí la nota de PlanB Noticias sobre el procesamiento del intendente de Lonquimay, Luis Rogers, y el excomisario Carlos Alanis por el delito de trata de mujeres para explotación sexual.
Procesaron otra vez al intendente de Lonquimay
Nuevamente Luis Rogers y el excomisario Carlos Alanis quedaron procesados por el delito de trata de mujeres para explotación sexual. La Sala 4 de la Cámara Federal de Casación Penal revirtió el fallo de la Cámara de Apelaciones de Bahía Blanca que había anulado los procesamientos de ambos.
El intendente de Lonquimay Luis Rogers y el excomisario Carlos Alanis quedaron otra vez procesados por el delito de trata de mujeres para explotación sexual. La Sala 4 de la Cámara Federal de Casación Penal revirtió el fallo de la Cámara de Apelaciones de Bahía Blanca que había anulado los procesamientos de ambos.
La Sala 4 está integrada por los jueces Mariano Borinsky, Juan Carlos Geminiani y Gustavo Hornos.
El tribunal pulverizó el fallo de la Cámara bahiense con duros conceptos: por ejemplo no dieron “razones suficientes del procedimiento intelectual seguido por los jueces para adoptar su decisión (la anulación de los procesamientos)”.
También tuvieron en cuenta como “indicios” de delito los dichos públicos de Rogers en defensa del cabaré. Consideraron que los hechos estaban probados y que el Estado argentino tiene un compromiso con tratados internacional de lucha contra la trata de personas, según se consigna en el Diario de La Pampa.
El fallo de juez Gustavo Hornos dice que “por otro lado y en cuanto al agravio relativo a la arbitrariedad del pronunciamiento dictado para revocar el procesamiento de Carlos Adrián Alanis y Luis Rogers, conviene recordar que el Estado Argentino mediante la sanción de la ley nº 26.364 de abril de 2008, dio cumplimiento al Protocolo para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, Especialmente de Mujeres y Niños, que complementa la Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (aprobada por la República Argentina mediante la Ley nº 25.632, en el año 2002)”.
Dice que “esos compromisos internacionales institucionalmente asumidos y la decisión política de prevenir, perseguir y sancionar este tipo de delito así como brindar la máxima asistencia a sus víctimas, deberán ser necesariamente contemplados por una visión realista y contextualizada del acontecer social, circunscripta a cada caso concreto, , pero que lejos de descartar la posible connivencia con autoridades y funcionarios de las áreas políticas o de seguridad, advierta que esa complicidad se presenta usual y eventualmente necesaria para la realización de las múltiples y complejas conductas que deben ser llevadas a cabo simultáneamente para la realización de este tipo de gravísimos delitos”.
Además piden que “debe profundizarse la investigación de los hechos investigados cuando se encuentren denunciados hechos de corrupción, que habrían facilitado o permitido la comisión del delito de trata de personas”.
Consideraron la fundamentación de los magistrados de la Cámara Federal de Bahía Blanca para revocar el procesamiento dispuesto respecto de Carlos Adrián Alanis y Luis Rogers cmo “arbitraria y carente fundamentación”. Acusaron a los jueces Pablo Candisano Mera y Néstor Luis Montezanti de “formular diversas afirmaciones de carácter dogmático, sin analizar los elementos probatorios reunidos hasta el momento en autos ni profundizar en la valoraciones de los mismos, tarea que resultaba imprescindible a fin de dotar de la debida motivación al cambio de temperamento adoptado”.
El fallo dice que los jueces bahiense omitieron “considerar los distintos elementos probatorios reunidos en la causa”.
“Ello es así por cuanto en autos no se encuentra controvertido que en el local ”Good Night“, de propiedad de Carlos Fernández, habilitado como Salones de Baile, funcionaba una whiskería, en la que se encontraban siendo explotadas varias mujeres mayores de edad”, dice la Sala 4.
“De las denuncias que dieron origen a las presentes actuaciones, y en particular la efectuada por G.L.A., se desprende la posible existencia de una relación de connivencia entre las autoridades y funcionarios públicos, con el dueño del local ”Good Night“”, agrega.
“Particularmente y tal como lo mencionara anteriormente, el intendente de la localidad de Lonquimay, manifestó públicamente una defensa hacia la existencia del local ”Good Night“ y el posible veto que ejercería en caso de que una ordenanza municipal dictada por el Concejo Deliberante, prohibiera su funcionamiento”, dice el juez Hornos.
“Sobre el punto, manifestó el magistrado de la primera instancia, que se encuentra acreditada prima facie una relación de connivencia entre el dueño del local donde las mujeres eran sometidas a la explotación sexual y las autoridades policiales y el intendente de la localidad de Lonquimay. En este sentido, tuvo en cuenta la firma de libretas sanitarias por parte de Luis Rogers de las que resulta que las mujeres se hallaban exentas de enfermedades contagiosas, en efecto que no tenían enfermedades sexuales para el trabajo que realizarían en el local ”Good Night“”, enfatiza.
“Asimismo, y con respecto al jefe de policía Carlos Adrián Alanis, resaltó que en su calidad de comisario, firmó actas de exposición en las que dejó constancia que las mujeres que trabajaban en aquel local ”Good Night“, dejando a consignación sus prendas por tener una ”deuda“ con el dueño del local y que allí trabajaban con plena voluntad”, menciona sobre la instrucción.
“Consideró, además, el contenido de las actas de exposición y rúbrica de ellas por el subcomisario de la que se desprende que L.V.D. y M.M.L. trabajaban en la Whiskería ”Good Night“ y que tenían ”deudas“ con el dueño del local, de 432,05 y 499,95, respectivamente, en concepto de ”gastos, tales como análisis, libreta sanitaria, comida y mercadería razón por la que dejaban en consignación ”sus pertenencias“”, precisó.
El fiscal General de Bahía Blanca, Alejandro Cantaro, y el titular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), Marcelo Colombo, presentaron un recurso de queja ante la Cámara Federal de Casación Penal para que revierta el fallo de la Cámara Federal bahiense, que el 14 de noviembre pasado revocó los procesamientos a un intendente de Lonquimay (La Pampa), Luis Rogers, y del subcomisario Carlos Alanis, acusados como cómplices de una red que explotaba sexualmente a mujeres en un local nocturno de aquella localidad.
Cantaro y Colombo debieron presentar el recurso de queja ante el máximo tribunal penal del país luego de que la Cámara Federal de Bahía Blanca les rechazara el 12 de diciembre el recurso de casación contra la revocación de los procesamientos de los dos funcionarios que había dictado el propio tribunal de alzada.
(Por Martín Becerra*) El gobierno de Mauricio Macri anunció hoy la intervención, por Decreto 236/2015, de las autoridades regulatorias de las leyes audiovisual y de telecomunicaciones, AFSCA (Autoridad Federal de Servicios de Comunicación Audiovisual) y AFTIC (Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y la Comunicación), por 180 días.
La intervención completa algunos cambios realizados el segundo día de su gestión: el DNU (Decreto de Necesidad y Urgencia) 13 subordinaba el funcionamiento de AFSCA y AFTIC al Ministerio de Comunicaciones y el Decreto 12 creó el Sistema de Medios y Contenidos Públicos por encima de Radio y Televisión Argentina SE (sobre esto verhttps://martinbecerra.wordpress.com/2015/12/12/nuevo-ministerio-de-comunicaciones/). Además, en el mismo Boletín Oficial hoy se detallaron funciones y competencias del Sistema de Medios del Estado, que comprende a Canal 7 y Radio Nacional (juntas conforman RTA), RAE, Telam, Tecnópolis, CCK, Bacua y la participación argentina en Telesur.
En el interín, el gobierno había dispuesto que la titularidad de las acciones de ARSat y Correos la ejerciera el Ministerio de Comunicaciones (Resolución Ministerial 1) y designó nuevas autoridades en ARSat.
El ministro de Comunicaciones Oscar Aguad, un férreo opositor a la ley audiovisual desde su discusión legislativa en 2009, hoy desmiembra su órgano regulador. El interventor en AFSCA es Alejandro Garzón. En AFTIC el interventor es Mario Frigerio.
Si bien las leyes audiovisual y de telecomunicaciones siguen vigentes en el resto de su articulado, se afecta la médula de las mismas. El ministro Aguad dijo que “la ley de medios (sic.) no se toca, por ahora”.
AFSCA y AFTIC, organismos “descentralizados y autárquicos”, contaban con sendos directorios colegiados (con representantes del Poder Ejecutivo, del Legislativo y de consejos federales) presididos por Martín Sabbatella y Norberto Berner. Sabbatella tenía mandato hasta diciembre de 2017 y Berner, hasta 2019.
Los considerandos del Decreto 236 afirman que AFSCA incumplió los objetivos de revisión periódica de la ley audiovisual para adecuarla a cambios tecnológicos (art. 47) y que AFTIC incumplió los objetivos de garantizar acceso a las TIC.
Otro considerando del decreto sostiene que “importantes decisiones” de AFSCA y AFTIC “implicarían” abiertos incumplimientos de las leyes vigentes, por ejemplo en relación a la normalización del uso del espectro o desigualdad en el trato de operadores y anomalías en decisiones de asignación de frecuencias a licenciatarios audiovisuales y de telecomunicaciones.
El decreto ordena revisar la actualización de la ley audiovisual prevista en el artículo 47 de la norma, relevar todos los casos judiciales y administrativos, formular un informe de coordinación entre AFSCA y AFTIC, evaluar compras y contrataciones, presupuesto, procedimientos y controles que realizan los organismos.
La historia, el presente y el futuro de la ley audiovisual están condenados a la judicialización. La intervención de hoy es un nuevo hito en la materia, esta vez con las autoridades depuestas como litigantes en busca de una cautelar que suspenda la intervención (de hecho, por la tarde Sabbatella presentó un amparo solicitando una medida cautelar, cuyo texto está acá:http://afsca.gob.ar/wp-content/uploads/2015/12/Amparo.pdf).
Se cumple así otro anuncio que el gobierno anticipa por vía oficiosa a través de los medios con mayor audiencia. Ya habrá tiempo para reflexionar sobre el cambio en la modalidad de comunicación política (que no equivale a política de comunicación) del nuevo gobierno. De hecho, informalmente, dirigentes de Cambiemos hablaban del “ucase” de la intervención a AFSCA y AFTIC (en la Rusia Imperial el ucase era la proclamación de una ley u ordenanza por parte del zar o del máximo líder religioso).
Análisis de la medida:
La intervención modifica por vía de decreto dos leyes votadas por el Congreso, con amplio apoyo legislativo y -en el caso de la ley audiovisual- sostén de la sociedad civil organizada y resistencia de algunos grandes conglomerados multimedios y de un sector de la sociedad civil que, sin tener experticia en el tema, asimiló la ley a su aplicación (sobre la que se comentará más adelante).
De hecho, la modificación de la ley por vía de decreto no sólo es cuestionada desde el kirchnerismo. Una organización como FOPEA (Foro de Periodismo Argentino), criticada sistemáticamente por el kirchnerismo, consideró que“ningún cambio a la ley, aprobada por el Congreso Nacional y cuya constitucionalidad fue ratificada por la Corte Suprema de Justicia”, debería ser efectuado vía decreto. Organizaciones más afines al anterior gobierno están movilizándose contra la intervención y, es de suponer, acompañarán con reclamos judiciales a sus autoridades hoy destituidas.
El decreto de intervención no avanzó, como se había anunciado oficiosamente a través de la prensa, con la derogación de artículos clave de la ley audiovisual referentes a topes a la concentración de licencias y transferencia de las mismas. Esos artículos son el núcleo que motivó la causa judicial iniciada por el grupo Clarín en la que falló la Corte Suprema de Justicia en 2013, cuando declaró plenamente constitucional la ley audiovisual (sobre ese fallo ver https://martinbecerra.wordpress.com/2013/10/30/sobre-el-fallo-de-la-corte-suprema-ley-audiovisual-de-octubre-2013/) contra los intereses del multimedios.
Colaboradores del presidente Macri, con estos decretos, dicen buscar “reparar” daños que –interpretan- causaron leyes carentes de legitimidad. Esa valoración le ahorra al actual gobierno el trámite legislativo (no cuenta con mayoría en ninguna de las dos Cámaras del Congreso) pero sienta un precedente, pues sus sucesores podrán hacer exactamente lo mismo con las medidas que tome Macri ahora y en el futuro, perjudicando la lógica de la “política de Estado” en temas estratégicos, contaminando el carácter faccioso a las decisiones presidenciales (lo que no está reñido con la legitimidad electoral, como se ha visto en muchas de las iniciativas de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner) y obturando la posibilidad de realización de políticas públicas estables que era lo que el actual gobierno, cuando era oposición, prometía. Así, pues, quienes ayer reclamaban institucionalidad justifican ahora la excepción y quienes justificaban excepciones, hoy reclaman institucionalidad.
Paradójicamente, la decisión anunciada por Aguad invoca la legitimidad y el consenso pero se realiza en ausencia de diálogo previo con fuerzas políticas y sociales (que no sean sólo los actores empresariales más grandes) y desemboca en una intervención parecida a la vendetta.
Asimismo, si la crítica a Sabbatella como presidente de AFSCA radica en su incapacidad para conducir políticas que no sean sólo representativas de su sector político, dada su confesa subordinación a la expresidenta Fernández de Kirchner, la respuesta del macrismo redobla la dependencia, ya no sólo política por vía del DNU 13/2015 (el ministro Aguad fue obviamente designado por el presidente), sino también de diseño institucional (los interventores responden al Ministro, éste al Presidente). Dentro de Cambiemos hubo tensiones por la forma de decidir esta intervención.
Huelga recordar que defender la vía de la legalidad y los objetivos inclusivos de la ley audiovisual no supone avalar su implementación ni apoyar la gestión de sus funcionarios. El kirchnerismo fue irrespetuoso con la ley que había impulsado. La incumplió y contravino sus objetivos más legítimos. En cuanto a los organismos de aplicación, el kirchnerismo respetó la formalidad institucional de su integración aunque afectó sus reglas de juego, otorgándole de hecho a la presidencia (designada por el Poder Ejecutivo) mayores facultades de las previstas en la ley. Un balance con datos concretos cuando la ley cumplió seis años acá:https://martinbecerra.wordpress.com/2015/10/09/recalculando-seis-anos-de-la-ley-audiovisual/
La ley audiovisual (mal llamada ley de medios, ya que no regula ni medios gráficos ni Internet) fue elogiada por su concepción del derecho social a la libertad de expresión por las máximas autoridades mundiales y continentales en la materia. En la insistente repetición de la “convergencia” por parte del ministro Aguad se anuncia el relevo del paradigma normativo del derecho social a la libertad de expresión por el de desafíos tecnológicos que, así enunciados, por ahora son abstractos. Mientras que el paradigma de la libertad de expresión como derecho social comprende obligaciones del Estado de garantizar acceso y desconcentración, como bien subrayó la Corte Suprema cuando validó la constitucionalidad de la ley audiovisual, el paradigma de la convergencia tecnológica en abstracto conduce –si no hay políticas expresas en otro sentido- a confiar en la regulación del mercado, toda vez que la economía gobierna la innovación tecnológica a nivel global (esto puede no ser una buena noticia para los grupos de comunicación “nacionales”).
Ahora bien, si la ley audiovisual “nació vieja”, como suele decirse, y su texto es obsoleto e impracticable y si no fue razonablemente adecuada al frenesí de la revolución tecnológica, ¿cuál es entonces la prioridad del nuevo gobierno para modificarla vía decreto y no a través de un debate que respaldara una nueva ley con consensos robustos?
La excusa para objetar las leyes vigentes es su presunta obsolescencia fruto de los avances tecnológicos. Si se toma este argumento como válido, entonces ninguna ley será satisfactoria, toda vez que el vértigo de la convergencia digital avanza a un ritmo incompatible con los acuerdos políticos y legislativos necesarios para adoptar regulaciones. Pero, más allá de esa excusa, lo que motiva la objeción a las leyes que regulan los sectores audiovisual y de telecomunicaciones es la percepción que tienen los principales operadores de las limitaciones presentes en la normativa para la expansión de sus negocios en épocas de convergencia de servicios y productos. En este sentido, el cambio de etapa representa desde una perspectiva estructural el desplazamiento de los conflictos, y no su anulación.
Ejemplo de ello es la mención de anomalías por parte del decreto de intervención, que anticipa una tormenta en la asignación de porciones de espectro radioeléctrico (recurso público administrado por el Estado). Los considerandos citan, por caso, la política instrumentada en la distribución de espectro para tv digital (TDT), toda vez que objetan el criterio adoptado por AFSCA para asignar licencias (importa recordar que muchas esas licencias ya están otorgadas, es decir, hay nuevos licenciatarios con derechos adquiridos, así como instituciones estatales (universidades nacionales) con autorizaciones igualmente concretadas) mediante el sistema de compartir canales de frecuencia entre dos operadores (con señales diferentes dentro de la banda asignada al canal compartido). Otro ejemplo es la última licitación de espectro para servicios de LTE/4G en telefonía móvil, que pese al objetivo de agregar competencia en el hiperconcentrado mercado de telecomunicaciones, repartió frecuencias entre los operadores actuales y, más tarde, vía ley de soberanía satelital (noviembre de 2015, tan cerca y ya tan lejos), bloqueó futuras licitaciones.
La noción de “actualización tecnológica” esconde bajo una consigna de fácil digestión la quita de obstáculos legales para los principales grupos empresariales. Pero los obstáculos no sólo son legales, sino que hay barreras económicas como los abusos de posición dominante que muchos competidores del grupo Clarín en televisión de pago le atribuyen al multimedios y que el grupo Clarín le atribuye a Telefónica en telecomunicaciones. Por eso, regular la concentración en el sector de medios y tecnologías de la información es una obligación del Estado, así como es obligatorio instrumentar políticas de acceso para sectores de la sociedad que, si fuera por la ley del mercado, jamás podrían concretar el derecho humano a “recibir, investigar y difundir, por cualquier medio de expresión” información y cultura.
La masa que lleva a pendular las políticas audiovisuales con lógica de vendetta está sujeta del hilo de las tensiones y coincidencias de los principales actores del sector: Telefónica, el grupo Clarín y el Estado. Más allá de que la escena tenga otra iluminación y nuevos intérpretes, es fundamental comprender esas tensiones y acuerdos para interpretar las oscilaciones de ese péndulo y enmarcar lo que viene, sobre todo en los próximos 180 días de intervención presidencial en los órganos reguladores. Acá un análisis al respecto: https://martinbecerra.wordpress.com/2015/12/21/telefonica-y-clarin-renuevan-la-agenda-de-tensiones/
Es falso que la mal llamada ley de medios haya sido recién ahora, con el macrismo, manoseada. Es falso pretender que hasta ahora la ley regía pulcra e inmaculada: con la ley de telecomunicaciones de 2014 (Argentina Digital) el kirchnerismo ya había modificado la ley audiovisual de 2009 pensando en el triple play y la convergencia y allanando el camino de las telefónicas para participar del mercado audiovisual, pero con exigencias y obstáculos regulatorios para algunos operadores dominantes. Es decir que la ley audiovisual ya fue modificada por otra ley por el propio gobierno que la impulsó (de hecho, hay contradicciones entre ambas leyes, como se analiza acá: https://martinbecerra.wordpress.com/2015/05/08/debate-sobre-la-ley-argentina-digital/).
Al cabo de los 180 días, según los objetivos del decreto, el gobierno contará con un informe detallado del funcionamiento de los órganos reguladores audiovisual y de telecomunicaciones, así como sobre el cumplimiento de algunos ejes del cumplimiento de ambas leyes (el decreto sólo enfatiza algunos aspectos). En ese lapso, el Ministerio formularía un proyecto de ley (¿o decreto?) que reemplace las normas que están vigentes “por ahora”.
El ministro Aguad dijo que el futuro marco regulatorio será compatible con los de la región. No hay en Sudamérica una ley “convergente” y la más reciente, de Uruguay, imita la ley argentina. La única ley “convergente” en América Latina es la mexicana, que no estuvo ni está exenta de fuertes controversias.
Así como el kirchnerismo despertó un súbito interés por la política de medios de intelectuales que nunca habían reflexionado sobre el tema y ello condujo a simplificaciones extravagantes sobre el rol de los medios, resucitaron la superada teoría de la manipulación mediática y condujeron un fierrerismo comunicacional (idea tomada de Eduardo Blaustein) torpe y sobreactuado, ahora hay intelectuales macristas que desempolvan el mito de la libre empresa como equivalencia del derecho a la libertad de expresión. Con ello, contradicen más de 70 años de doctrina internacional en la materia, se esfuerzan por disimular la institucionalidad mediática como condicionante en la formación de opiniones, percepciones y tendencias de la opinión pública y fetichizan la convergencia como atajo para superar el “intervencionismo estatal” (para lo cual precisan que el Estado intervenga) mediante políticas más laissez-faire.
En resumen: todos quienes hoy discuten en Argentina sobre la intervención de AFSCA y AFTIC decretada por el presidente Macri saben, en el fondo, que el problema no es la convergencia ni una ley para el siglo XXI, sino los niveles variables de (in)satisfacción de los principales grupos de comunicación con la regulación estatal y, en el estamento político, una dirigencia que en este tema se ubicó siempre en las antípodas del kirchnerismo y que ahora usa el poder estatal para desandar parte del camino recorrido por el anterior gobierno y cita algunas medidas específicas como casus belli de injusticias a indemnizar o a vengar.
La intervención abre una nueva etapa de las políticas de medios y telecomunicaciones. Es un inicio que recrea el viejo método de subordinar institucionalmente al regulador al Presidente de la República (como el antiguo COMFER, la Secretaría de Comunicaciones o la intervenida Comisión Nacional de Comunicaciones) y que contraviene los estándares regulatorios vigentes hasta el momento en el país y que otros países del mundo, sobre todo los citados como ejemplo de regulaciones democráticas, cultivan desde hace décadas.
PD: gracias por las discusiones e ideas a Guillermo Mastrini, Gustavo Fontanals, Santiago Marino, Gustavo Arballo y a tantos compañeros y colegas con quienes compartimos el interés en estas yerbas.
* Martín Alfredo Becerra es investigador y profesor universitario argentino, doctor en Ciencias de la Información por la Universidad Autónoma de Barcelona e investigador independiente en el CONICET
Mediante un decreto, anunciado en conferencia de prensa por el Ministro de Comunicaciones Oscar Aguad, el gobierno nacional intervino por 180 días la Autoridad Federal de Servicio de Comunicación Audiovisiual (AFSCA) y la Autoridad Federal de Tecnologías de la Información y la Comunicación (AFTIC).
Mediante un decreto simple (que hasta el momento no fue difundido) el poder Ejecutivo intervino ambos organismos destituyendo a sus titulares. De esta forma Agustín Garzón reemplazará a Martín Sabbatella en AFSCA y Mario Frigerio hará lo propio con Norberto Berner en AFTIC.
Según informó el ministro Aguad la decisión se dio por la “rebeldía de las autoridades” de estos entes ante el nuevo esquema ministerial propuesto por el decreto 13/2015 que pone bajo la órbita del Ministerio de Comunicaciones ambos organismos.
“La razón de la intervención es que ambos organismos y sus autoridades no responden a la nueva estructura orgánica de la Ley de Ministerios”, apuntó el funcionario. No obstante, ante las preguntas de los periodistas aseguró que “la ley de medios no se toca, por ahora”.
Independientemente de las palabras del ministro, la ley 26.522 (conocida como “Ley de Medios”) ha sido violentada mediante este decreto ya que, según establece su artículo 14 “el presidente y los directores durarán en sus cargos cuatro (4) años y podrán ser reelegidos por un período. La conformación del directorio se efectuará dentro de los dos (2) años anteriores a la finalización del mandato del titular del Poder Ejecutivo nacional, debiendo existir dos (2) años de diferencia entre el inicio del mandato de los directores y del Poder Ejecutivo nacional”.
“Martín Sabbatella se ha mostrado en todo el tiempo como un militante político y ése no es el espíritu que debe tener. Ha utilizado la Ley de Medios para atacar a unos y privilegiar a otros. Ése no es el espíritu de este Gobierno”, añadió el ministro de Comunicaciones.
Previo a la conferencia de prensa la sede de la AFSCA, ubicada en la calle Suipacha, amaneció vallada y rodeada de efectivos policiales que impedían el ingreso de las autoridades.
Por su parte Sabbatella informó que realizará una presentación ante la Justicia. “Vamos a hacer las presentaciones legales que correspondan. Pedir amparos, cautelares, presentaciones judiciales, veremos, convocaremos a los diputados. Iremos con la ley y la Constitución en la mano”, aseguró.
“Si no les gusta la ley de medios, tienen que ir al parlamento y modificarla”, agregó el dirigente de Nuevo Encuentro.
Fuente: notas.org.ar
Hoy se escucharán los alegatos del proceso de remoción contra el suspendido presidente de la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca, Néstor Luis Montezanti, denunciado por el Consejo de la Magistratura por mal desempeño en sus funciones. Según informó ayer la secretaría del Jurado de Enjuiciamiento, la audiencia fue convocada 8:30 para escuchar al ex fiscal Hugo Cañón, al imputado y a los representantes de la acusación y la defensa.
Más de treinta personas brindaron testimonio la semana pasada ante el tribunal para referirse a los vínculos del magistrado con la Triple A bahiense, su pertenencia al Destacamento de Inteligencia 181 como personal civil durante la dictadura, su militancia en favor de la pena de muerte y la persecución y maltratos hacía el alumnado en la Universidad del Sur y a trabajadores y trabajadoras judiciales.
Una de las imputaciones que podrá detallar este martes Cañón comenzó a ser expuesta, entre otrxs, por el funcionario de la Fiscalía General Dino Berdini, quien dijo a FM De la Calle que la acusación “ha sido demostrada en el sentido que no hay objeción hacia la prueba, simplemente ahora pasará a ser una decisión política en manos del jury exclusivamente”.
La audiencia es pública y se realizará en el tercer piso del Consejo de la Magistratura, Libertad 731 de Capital Federal. La Liga Argentina por los Derechos del Hombre e HIJOS Capital llamaron a acompañar el encuentro.
Dino Berdini recordó en diálogo con el programa En Eso Estamos que la Fiscalía comparte con la Cámara Federal la sede de Mitre 60, “estamos en un espacio acotado en la parte de atrás del edificio grande de la Cámara y a raíz de ciertas actuaciones a cargo de la presidencia de Montezanti vimos aún más achicado nuestro lugar, nuestro espacio de movimiento. Fueron desde resoluciones nimias como restricción a circular por pasillos, no utilización de la cocina -eso implicó quedarnos sin agua y sin gas para calentar agua-, restricciones en el modo de utilizar la biblioteca, teníamos que estar sometidos a anotar los libros previamente y nos asignaban un espacio exclusivo para la lectura del cual no nos podíamos mover, hasta cuestiones graves como el desalojo de nuestro archivo”.
“Teníamos un archivo, un lugar ya asignado hace muchísimos años, y por una decisión unilateral nos dijeron ‘tienen 24 horas para desalojarlo’. Necesitábamos un nuevo espacio y se pidió mayor tiempo, como no cumplimos las 24 horas, de facto, nos dejaron todo a la intemperie. Más que un inconveniente desde lo funcional era una cuestión grave institucional porque ya es meter mano en cosas de otro”, agregó.
Luego comenzaron persecuciones para “expulsar” a la Fiscalía del inmueble. “El Ministerio Público a partir del ’94 con la reforma constitucional dejó de pertenecer al Poder Judicial y esa fue la separación, podríamos ponerlo en términos de matrimonio, pero nunca se hizo la división de bienes, ‘esto es tuyo y esto es mío’. Eso nunca se hizo y no lo tiene que hacer ni la Cámara ni la Fiscalía, lo hace la Corte Suprema o el Consejo de la Magistratura y el Ministerio Público a través de la Procuración. ¿Pasaron veinte años? Es verdad, pero no somos nosotros los que decidimos de acá ni tampoco tenemos que ser las víctimas de esta pelea”.
En ese contexto, el clima laboral y las relaciones entre trabajadorxs de los dos organismos fueron empeorando al ritmo del avance de Montezanti. “Había hasta gente con miedo de venir a hablar con nosotros porque éramos las personas con las que no se podía hablar”.
Respecto a la posible vinculación del accionar del camarista suspendido con el reinicio de las causas de lesa humanidad, Berdini aseguró que “sobre todo en la gestión del dr. Cañón las causas estaban en sus comienzos, este tipo de persecuciones por delitos de lesa humanidad, y esto iba formando lo que después fue la Unidad por Violación de Derechos Humanos que funciona en calle Sarmiento. Seguramente el dr. Cañón el día de mañana cuando tenga que prestar declaración se explayará en estos motivos, pero concretamente este tipo de actuaciones se vieron reflejadas en ese contexto”.
El testigo mencionó además la “persecución directa” sufrida por la secretaria general de la Regional III de la Unión de Empleados de Justicia de la Nación, Graciela Diez Paz y la delegada Sandra Martínez Borda, quien fue trasladada compulsivamente por Montezanti.
“La expulsó del lugar natural de trabajo diciendo que era inconveniente para trabajar allí cuando era y sigue siendo una empleada excelente y simplemente porque era molesto que estuviese una representante gremial en el edificio de la Cámara, era una manera de adoctrinar a todas las personas, si me meto con los representantes gremiales puedo hacer cualquier cosa. Eso es lo que ha llevado a presentaciones judiciales y una gran oposición del gremio y denuncias del secretario general de la Unión, que es Julio Piumato, ante el Consejo de la Magistratura que son estas denuncias que hoy terminan en jury”, afirmó.
Por último, advirtió que “un jury es un juicio político, uno no tiene que verlo en términos de justicia judicial -pongámoslo en esos términos- de saber si es culpable o inocente. Aquí se han ventilado conductas de diverso tipo, persecuciones en la universidad, en lo que es la justicia, la desclasificación de los archivos que determinaron que fue Personal Civil de Inteligencia y esa suma de elementos el jury tendrá que determinar si cumplen la imputación o no y si merece seguir en su cargo, pero la realidad ha sido demostrada en el sentido que no hay objeción hacia la prueba, simplemente ahora pasará a ser una decisión política en manos del jury exclusivamente”.