Esta semana los fiscales José Nebbia y Miguel Ángel Palazzani comenzaron a desarrollar su alegato en el juicio contra represores que actuaron en jurisdicción de la Base Naval Puerto Belgrano de la Armada Argentina durante el terrorismo de Estado.
Afirmaron que este tercer juicio de lesa humanidad realizado en Bahía Blanca, develó “la existencia y funcionamiento de los centros clandestinos, los fusilamientos, los secuestros, las desapariciones y toda la mecánica del horror del terrorismo de Estado” y concluyó que el plan criminal “indudablemente” no hubiese podido llevarse a cabo “sin las complicidades civiles, de los empresarios, de la justicia y de la Iglesia”.
Durante las primeras dos audiencias de las cuatro otorgadas a la exposición fiscal, los funcionarios describieron la estructura orgánica de la fuerza y las normativas que demuestran la planificación al detalle del genocidio y relataron algunos de los hechos que se les imputan a 23 integrantes de la Armada, el Ejército, la Prefectura y el Servicio Penitenciario y la Policía bonaerenses.
El juicio se reanudará el lunes 24 y el martes 25 de agosto a las 9 en Colón 80. Luego deberán alegar las querellas y las defensas los días 1, 2, 22 y 23 de septiembre.
Continuidad y profundización
El fiscal José Nebbia abrió el alegato destacando los 39 años de impunidad que se comenzaron a saldar en el “largo camino” iniciado el 8 de julio de 2014. Fueron 65 audiencias en las cuales declararon más de 150 testigos, quienes -junto a la prueba documental- iluminaron “una porción de la historia que permanecía oculta porque no es sino hasta este juicio que se tiene una clara conciencia de las características y dimensiones de lo que sucedió en la región de Bahía Blanca, Punta Alta y alrededores”.
“Ya mucho se ha dicho sobre las características y condiciones políticas, sociales, culturales que existían entonces y que fueron aquel contexto histórico en el cual se enmarcó el genocidio sufrido por el pueblo argentino. Genocidio perpetrado a manos de quienes se creyeron aquel cuento de ser los salvadores de la patria y no fueron más que la mano de obra barata y descartable del momento, de aquellos que poseían, y algunos aún poseen, el poder real”, afirmó.
A la revisión sobre el accionar del Ejército, el Servicio Penitenciario y la Policía Federal que permitieron los dos primeros juicios, el debate en curso suma los prontuarios represivos de la Armada Argentina, la Prefectura y la Policía Bonaerense.
“Este variopinto de fuerzas implicadas, de imputados que integraron esas distintas fuerzas armadas y de seguridad, da cuenta justamente de esa articulación y del accionar conjunto que existió en esta jurisdicción. Las sentencias recaídas en la Causa 982 y 1067 hablan del contexto en el cual se cometieron estos crímenes, hablan de un contexto de genocidio que entendemos a esta altura del proceso de Memoria, Verdad y Justicia son hechos notorios”, sostuvo Nebbia.
Sin embargo, la Fiscalía se detuvo sobre algunos “hitos” que se repiten en cada juicio: la participación del diario La Nueva Provincia de la familia Massot y de la Iglesia Católica a través de sus capellanes militares.
Celia Jinkis, Madres de Plaza de Mayo.
La constante presencia del clan Massot
“El rol de ese multimedio ha sido tan cardinal, como ustedes mismos lo han señalado en aquella histórica primera sentencia, que es imposible silenciarlo. Hemos escuchado a lo largo de este juicio, de las audiencias de debate, cómo víctimas y familiares hicieron constante referencia al papel desplegado por el clan Massot en la región y las implicancias de aquella comprobada campaña de desinformación y propaganda negra”, dijo el fiscal al tribunal.
Subrayó además que aquella sentencia de septiembre de 2012 permitió que uno de los responsables, el único vivo, Vicente Gonzalo Massot “debió sentarse en el banquillo de los acusados por primera vez frente a un juez a dar explicaciones al Estado democrático de derecho”.
El representante del Ministerio Público prometió exponer durante el alegato la relación de la empresa con los crímenes cometidos en la región: “Tenemos que recordar que aquí se están juzgando los secuestros, las torturas y los asesinatos de dos obreros gráficos de La Nueva Provincia, me refiero a Enrique Heinrich y Miguel Ángel Loyola. Secuestros, torturas y asesinatos que fueron consecuencia directa de la férrea defensa que ambos obreros gráficos llevaron adelante respecto de los derechos como trabajadores”.
“Es que como dijera un nefasto personaje de la zona, hay empresas que prefieren matar a sus empleados antes que indemnizarlos. Todos aquí sabemos a quién pertenece la cita y todos sabemos a qué empresa se estaba refiriendo”, manifestó en alusión a los dichos del general Adel Vilas.
Nebbia sostuvo que los juicios visibilizaron los dispositivos de exterminio de la Zona de Defensa 5 -“la existencia y funcionamiento de los centros clandestinos, los fusilamientos, los secuestros, las desapariciones y toda la mecánica del horror del terrorismo de Estado”- y concluyó que el plan criminal “indudablemente” no hubiese podido llevarse a cabo “sin las complicidades civiles, de los empresarios, de la justicia y de la Iglesia”.
El prefecto Martínez Loydi prefirió los cuentos de Fontanarrosa durante la audiencia.
En el nombre de dios
En cuanto al rol de los capellanes militares, el fiscal mencionó el reglamento de acción psicológica RC 5-1 del Ejército y se detuvo en las normativas de la propia Marina. “En el anexo F al Placintara 75, el anexo de personal, al señalar el mantenimiento de la moral de la propia tropa se señala: ‘Se fortalecerá la convicción del personal sobre la justicia de la causa nacional que se defiende, para lo cual se prestará preferentemente atención dentro de los servicios al religioso’”.
Adolfo Scilingo, antes de ser condenado a 1084 años de prisión en España, reconoció el “apoyo espiritual” de los capellanes para con los marinos que “no soportaban torturar o arrojar personas vivas desde un avión, método sugerido por la propia Iglesia”.
Durante los años 1976 y 1977 el jefe de servicios religiosos del Comando Naval fue el capellán Carlos Luis Wagenfuhrer. Surge de su legajo que tenía grado de capitán de fragata y como tal era calificado por su desempeño dentro de la fuerza. Nebbia destacó que el sacerdote “debiendo actuar por orden superior fuera de las instituciones en parroquias conflictivas como San Pablo y Cristo Rey de la ciudad de Punta Alta, encarriló a los fieles dentro de la correcta posición teológica y social de la Iglesia”.
“Esto está firmado por Bolino que era el jefe del Estado Mayor de ese Comando Naval y por su comandante Jorge Anaya. Incluso este capellán en su legajo tiene actuaciones por una afectación cardíaca, coronaria, que fue considerada por la justicia militar como producto de afecciones al servicio en esa intervención en esas parroquias de Punta Alta. Los curas que allí actuaban, en esas dos parroquias conflictivas, San Pablo y Cristo Rey, como así también algunos de los feligreses no escaparon a la persecución del estado terrorista”, aseveró.
Armados contra el pueblo
Finalmente, el Ministerio Público repasó durante los primeros minutos de su alegato el contraste entre la Armada Argentina nacida “a la luz de la llama de la independencia y de la revolución de 1810, luchando contra los marinos realistas y repeliendo invasores de potencias extranjeras” y la que bombardeó a su propio pueblo en 1955 o torturó y desapareció en la oscuridad del terrorismo de Estado, inscribiendo a sus responsables en “los anaqueles reservados a aquellos pequeños, oscuros y tristes personajes”.
Dicho contrapunto incluyó la resistencia al imperio de Brasil y bloqueo anglofrancés bajo las órdenes de Guillermo Brown, “un irlandés nacionalizado que se llenó de gloria peleando por la patria” a diferencia de los imputados que “se escondían detrás de las capuchas para, en una mesa de tortura, picanear a hombres y mujeres inermes, atados y desnudos a merced de esos valientes oficiales de la Armada Argentina. Esa fue su hazaña, esa fue su proeza dentro de la Marina. Secuestrar, robar, violar, asesinar y desaparecer”.
“De esos marinos estamos hablando aquí. De esa Marina que, como ustedes señalaban en la sentencia citada, fue la responsable de la masacre producida la mañana del 16 de junio de 1955 cuando desde sus propios aviones bombardearon y ametrallaron una Plaza de Mayo repleta de civiles. Algunos de esos aviones salieron desde aquí, desde la Base Aeronaval Comandante Espora, aquí fueron artillados y pintados con la conocida consigna Cristo Vence.
“Esa masacre que fue perpetrada sobre la emblemática Plaza de Mayo, repleta de civiles en ese momento, había hombres, mujeres, niños que aguardaban por un desfile aéreo, otros chicos que iban al colegio de la zona. El resultado de tan valiente acción de guerra fueron 335 civiles muertos y los hospitales colapsados por más de 700 heridos. Ese acto contra el propio pueblo, valga la paradoja, fue el bautismo de fuego de la aviación naval de la Armada Argentina. Al decir de un historiador: Buenos Aires se estrenaba como la primera capital de Sudamérica en ser bombardeada desde el aire por sus propias fuerzas armadas”, relató Nebbia.
Fuente: www.juiciobahiablanca.wordpress.com