La Asamblea Permanente por los Derechos Humanos denunció penalmente a las autoridades del Ministerio de Seguridad por “la existencia de un plan criminal ejecutado contra las comunidades mapuches, conflicto que desde diciembre del año 2015 tuvo un salto cualitativo de violencia y muerte”.

“Es la creación de un plan de hostigamiento como si fuera un enemigo interno, son las riendas a la represión de una manera organizada, modificando normas de convivencia pacífica de las reglas de seguridad que están sujetas a supervisión de carácter internacional por respeto a la vida. Todo esto se dejó de lado para tratar de ser un brazo armado de algunos intereses económicos de grandes poseedores extranjeros de territorios nacionales, del despojo de la tierra, y hacer añicos lo que la Constitución manda que es el respeto por los pueblos originarios”, comentó Ernesto Moreau.

El referente de la APDH dijo a FM De la Calle que “se ha destruido el tríptico que cuando cayera la dictadura se estableciera en el gobierno de Alfonsín que eran las leyes de Inteligencia, la de Seguridad Interior y la de Defensa a la Democracia. Esto está hecho añicos por el Ministerio de Seguridad”.

La cartera de Bullrich actúa amparada en la reforma del Código Procesal, vinculada con la utilización de la flagrancia para resolver “cualquier situación que resulte conflictiva en términos políticos y en este caso demográfico”.

“En este camino, el asesinato de miembros de la comunidad utilizando el poder represivo, armas de fuego y tiros por la espalda, es un ensañamiento sobre estos pueblos, haciéndolos pasar como si tuvieran la idea de constituir una república autónoma dentro de Argentina y haciéndolos pasar por subversivos. Cosa que no es verdad, estos pueblos lo que persiguen es que se cumpla la Constitución”, comentó Moreau.

El fiscal auxiliar Pablo Fermento informó a FM De la Calle que de casi un centenar de imputados en las causas Ejército, Armada y Triple A: 27 están en libertad, 52 cumplen prisión domiciliaria, nueve tienen sus procesos suspendidos, dos están prófugos y solo siete están en la cárcel.

Este fin de semana habitantes de Villa Elisa repudiaron la presencia en su localidad del represor Eduardo Carlos Videla, quien debe ser juzgado en un próximo juicio por crímenes de lesa humanidad en nuestra ciudad.

Videla fue imputado por la Fiscalía en 2013 por su participación en medio centenar de secuestros y torturas ocurridos cuando comandaba una de las secciones “antisubversivas” del Batallón de Comunicaciones 181. Durante 1976 intervino en cuatro operativos en Bahía Blanca, Villarino, Tres Arroyos y Huanguelén.

Su causa fue elevada a juicio en febrero de 2017 y el represor fue liberado en el mismo mes de este año. “Es una medida que se viene aplicando en general a todos los imputados que están con preventiva, con excepción de aquellos sobre los cuales pesa alguna condena”, explicó Fermento.

Detalló que en las causas Ejército y Triple A la Fiscalía tiene 64 represores acusados: 23 están en libertad, 30 tienen prisión domiciliaria y 7 están en una unidad penitenciaria.

“Tenemos dos prófugos que son Carlos Alberto Arroyo y Miguel Ángel García Moreno y el proceso suspendido de Carlos Alberto Martínez en función de una incapacidad sobreviniente”, dijo.

En Armada, actualmente con un tramo en etapa de alegatos, son 34 los imputados de los cuales ninguno está en la cárcel: 22 están detenidos en sus casas, cuatro fueron excarcelados y ocho tienen el proceso suspendido.

El Tribunal Oral está en condiciones de definir el inicio de dos debates: “No sabemos cuál se va a hacer primero”, aseguró Fermento.

El próximo tramo de Ejército “va a ser el juicio más grande que se haya realizado en la ciudad, tiene más de 40 imputados de los cuales 13 van a ser juzgados por primera vez, hay 200 casos de víctimas que nunca pasaron por juicio, con un universo de más de 400 testigos. Va a llevar un trecho largo. La otra es la causa Triple A con cinco imputados, de los cuales solo uno está en la cárcel que es (Raúl Roberto) Aceituno, los demás están excarcelados”.

Por último, el fiscal auxiliar mencionó que “a fines de mayo la Cámara de Casación Penal dictó una sentencia por la cual confirmó los ceses de la prisión preventiva de una gran cantidad de imputados de la causa Ejército con el argumento de que al no estar fijada la fecha de juicio no hay expectativa clara de hasta cuándo iban a estar detenidos”.

La medida fue recurrida ante la Corte Suprema por la Fiscalía y acompañada con una presentación en la cual exigió al Tribunal Oral que llame a juicio: “No hay pasos procesales previos al debate, estamos en condiciones de que se realicen, las dilaciones tienen que ver con cuestiones organizativas del Poder Judicial, con la integración de los tribunales y la provisión de medios”.

(Por Mauro Llaneza) Empresas del polo industrial presentaron informes en la causa que investiga la contaminación del estuario. Son estudios de investigadores locales que aprueban el tratamiento que se realiza a los vertidos y minimizan los aportes de las compañías en comparación con efluentes naturales o cloacales.

Los organismos científicos bahienses brindan servicios a las multinacionales del puerto y así financian parte de sus proyectos. Por ello, pescadores artesanales solicitaron que el juez Agustín López Coppola ordene a profesionales ajenos a nuestro medio una profunda pericia sobre peces, agua y sedimentos de la ría.

La respuesta se conoció en septiembre de 2018. Tres expertos de la Facultad de Agronomía de la UBA recomendaron a la justicia que prohíba inmediatamente la captura y consumo de especies del estuario y, en un corto o mediano plazo, “prohíba que se continúe arrojando al estuario cadmio, cromo, plomo y cobre”.

En febrero las demandadas requirieron aportar la prueba complementaria que aquí se reseña. Próximamente comenzarán los alegatos.

El perito contratado por PBB Polisur, Jorge Marcovecchio, dijo que “no hay posibilidades físicas” de que la descarga de la firma “modifique las condiciones físico-químicas del estuario receptor”.

El investigador del Instituto Argentino de Oceanografía (CONICET/UNS) manifestó que PBB descarga en el Canal Colector compartido con otras empresas del polo y que el volumen en que lo hacen “es significativamente menor” que el del estuario.

Apuntó que sí modifican dichas condiciones físico químicas las descargas “provenientes de aportes cloacales y superficiales, estos últimos del río Sauce Chico, Arroyo Napostá Grande, Saladillo de García y Dulce que componen el arroyo Maldonado”.

Toda la información sobre #ContaminaciónenlaRía

 

Consultado sobre el posible impacto ambiental de los dragados en los organismos vivos, Marcovecchio se excusó de responder porque “para el caso del Estuario de Bahía Blanca no se dispone de información oficial y pública sobre las formas y secuencias que se siguen para la realización” de los mismos.

Concluyó que “la mayoría de los metales tienden a estar retenidos en los sedimentos” y que “la posibilidad de estar en formas químicas asimilables por los organismos (biodisponibles) es pequeña”. En base a esto y al “muy bajo” consumo de peces no existe “riesgo significativo para la población humana”.

Marcovecchio también fue contratado por Pampa Energía. Dijo que “existe un impacto potencial nulo” sobre la zona adyacente a la descarga de la Refinería Eliçabe. Sostuvo que los compuestos de la planta tardarían 4641 años -“como mínimo”- para llegar a la ría a través de las aguas subterráneas.

Preguntado por la empresa sobre el impacto del basurero Belisario Roldán, ubicado a pocos metros del estuario, Marcovecchio citó un estudio del CTE (2012) en el cual se advierte que “tanto los sedimentos como los lixiviados estudiados no contienen concentraciones críticas ni que superen los valores admitidos como adecuados en la legislación vigente”.

Reconoció que varias investigaciones prueban la presencia de “concentraciones de metales pesados, hidrocarburos y otros compuestos orgánicos persistentes en sedimentos y agua” y también “en ejemplares de peces del estuario”. Sin embargo, afirmó que “no es posible determinar la condición de ‘ambiente contaminado’ solo por la presencia de la/s sustancia/s potencialmente tóxica/s en el sistema”.

El consultor ambiental Enrique Otaola, contratado por Unipar Indupa, dijo que el “autocontrol” de la empresa mide sus vertidos cuatro veces por mes: “De 84 meses -7 años- y de todos los parámetros estudiados se detectó un solo analito, Fe (NdR: Hierro), que ha superado, en alguna oportunidad, el valor de ley”.

El ingeniero sostuvo que las tres plantas (cloro-soda, cloruro de vinilo y policloruro de vinilo) no utilizan “directamente en sus procesos de producción” hidrocarburos, fenoles, hierro, cromo, zinc, cadmio ni plomo.

Otaola, ex ingeniero de procesos de Induclor, afirmó además que la empresa cuenta con sistemas de tratamiento diseñados específicamente para reducir o eliminar los compuestos considerados “contaminantes” según la legislación y que su efectividad está demostrada por resultados que “están por debajo de los de la ley”.

Mega contrató los servicios de Plapiqui. El equipo técnico dirigido por la dra. Verónica Bucalá concluyó que su planta de tratamiento de efluentes es “adecuada” y que la calidad de sus vertidos es “aceptable” de acuerdo a la normativa provincial. Se subrayó que la planta aporta el 0,12% del total de vertidos al estuario.

El estudio señala “algunas variaciones de efluentes” en el colector cloacal que, según los descargos de Mega, ocurrieron por un “desempeño ineficiente durante la dosificación de hipoclorito de sodio en la etapa de cloración”; por el aumento de personal durante una parada de planta -“si bien había baños químicos, había mayor cantidad de turnos en el comedor y se incrementaron las actividades de la cocina”-; y por un lavado eventual de membranas en una de las plantas.

Cargill contrató al director del Instituto de Química del Sur, Marcelo Pereyra, quien afirmó que la cerealera cumplió en el “93% de los casos” con los valores de DQO y DBO en sus vertidos a la descarga cloacal, según “valores monitoreados de acuerdo al Plan de Monitoreo Ambiental aprobado por el OPDS”.  DQO es un parámetro que mide la materia orgánica total de un efluente y DBO refiere a la materia biodegradable.

Pereyra indicó que “el vuelco del efluente final del establecimiento descarga en el conducto que anteriormente al 2011 utilizaba la Planta de Tratamiento de Líquidos Cloacales de Ing. White de ABSA” y que “no está vertiendo su efluente final sobre aguas cloacales”.

El perito subrayó la presencia de metales pesados en cercanías a las descargas de ABSA y mencionó que el aumento del tránsito de embarcaciones de porte en la ría y el uso de pinturas especiales para el carenado de los buques, pueden estar afectando la zona interior del estuario.

Preguntado por la causa de la merma del recurso ictícola, propuso dos hipótesis planteadas en diversos estudios: a) la potencial disminución del alimento de los peces por los continuos dragados y el vertido de desechos urbanos e industriales en las aguas del estuario y b) el aumento de la presión sobre el recurso por el mal manejo que se está haciendo fuera del estuario.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación avaló la ley de preservación de los glaciares al rechazar el pedido de inconstitucionalidad realizado por Barrick Gold y Minera Argentina Gold.

Jonathan Valdivieso, abogado de la Asociación por la Justicia Ambiental, señaló en  FM De la Calle que “esta ley no es definitiva: cuestionaron dos cosas principales, uno que tiene que ver con el procedimiento de las leyes y, por otra parte, la provincia de San Juan demandó que la Nación estaba interfiriendo en las competencias provinciales. La Barrick dice que iba a perjudicar los derechos de industria lícita. La Corte analizó la cuestión formal y dijo que la Ley de Glaciares fue aprobada en el Congreso como dice la Constitución”.

La justicia dijo que la minera Barrick Gold “acudió tempranamente y que no había un riesgo inmediato de que, por ejemplo, se puedan suspender estos proyectos cerca de glaciares. Este debate lo pateó para futuros litigios. Uno esperaba que se hubieran saldado estos debates para proteger glaciares”.

“La Corte estableció criterios generales. Dijo que se iba a considerar que están en juego derechos de alta jerarquía como el derecho al agua y que tiene que analizarse que no solamente se están discutiendo los derechos de las empresas sino que se debaten los derechos de toda la sociedad. Bajo esos parámetros y, analizando la importancia del agua, se deberían someter las futuras discusiones judiciales”.

El abogado informó que no hay proyectos suspendidos por la Ley de Glaciares: “Sí hay informes producidos por la Secretaría de Medio Ambiente, existirían 44 proyectos que deberían ser suspendidos inmediatamente, sobre todo los emprendimientos de la mina del Veladero y Pascua Lama en San Juan que son de la Barrick Gold”.

“La Barrick en años anteriores, cuando tuvo que presentar estudios de impacto de evaluación ambiental, había reconocido que la explotación iba a estar sobre el glaciar, porque no se imaginaban que años deputes iba a salir esta ley. El Estado demoró siete años para hacer un inventario que debería hacerse en meses”, finalizó Valdivieso.

Durante la semana pasada y esta se llevaron adelante audiencias en el marco del caso Ángel Almada. Esta semana continúan las audiencias indagatorias. En la actualidad, el Dr. Romero Jardín está llevando adelante la investigación.

El abogado Leandro Aparicio recordó a FM De la Calle que “en un principio a Ángel se lo declaró como posible suicida. Un comisario y algunos oficiales -que hoy están imputados- armaron las declaraciones, apretaron a distintos testigos, muchos de ellos menores de edad, para que digan que el chico se había suicidado. El ex delegado municipal (Marcelo Acosta) y su esposa fueron hasta la escuela a pedir la fotocopia del DNI para hacer los trámites para el entierro el mismo día que había fallecido. También llevaba de aquí para allá a los testigos, manejaba la investigación como si él fuese la persona encargada de hacerlo“.

Inicialmente, hubo un pedido expreso de que las testimoniales se tomaran en sede judicial y sin embargo se siguieron tomando en la DDI.

Aparicio tomó la causa unos meses después. Pidió testimonios de personas que “refutaban lo que supuestamente habían dicho, otras que aportaron testimonio a la causa. Producto de otras circunstancias como el hallazgo de otro celular que no era de Ángel en la casa de un señor que se llama (Horacio) Pagotto se abre otra vía y se entienden otras circunstancias que en otro momento no se entendieron”.

Las audiencias que se produjeron esta semana son de causas derivadas de la principal. Se trata de las imputaciones “al comisario de ese entonces, (Emir) Mansilla, a tres o cuatro policías más, a Pagotto, a Ferreiro que es la testigo que dice que Ángel le cambia el celular por dos cervezas y otras circunstancias de declaraciones falsa”.

Cabe destacar que “se hicieron pericias, por parte de Gendarmería, que acreditaron que no fue un suicidio”.

Además, Aparicio señaló que Almada “fue asesinado a doscientos metros donde se encontró el cargamento de cocaína más grande de la historia de Argentina que es una circunstancia que tampoco podemos soslayar así como la complicidad entre los policías y el ex delegado”.

“Fue muy burda la manipulación de la prueba. Específicamente las testimoniales. Es muy claro establecer la desidia en aportar elementos a la causa. Hay una voluntad muy clara de no investigar. Las cámaras que aportan mucho estaban en el DDI y no en la fiscalía, por ejemplo. Hace tres años que está secuestrado el celular del chico. Recién ahora por insistencia van a arreglarlo para poder peritarlo. Cuando quieren sí son rápidos. Acá hay otra cuestión que no la puedo llegar a dilucidar del todo”.

Según el letrado, el devenir de la investigación evidencia “muchas contradicciones, muchas mentiras muy claras”.

La designación como jueza de Faltas de la ex secretaria municipal de Políticas Sociales, Soledad Monardez, deberá esperar al menos una semana más. Si bien el proyecto integraba el orden del día de la sesión del Concejo Deliberante, el oficialismo no reunión los votos para su aprobación y dejó el expediente en comisión.

El edil del PJ Cumplir, Gustavo Mandará, adelantó su voto negativo porque “nos parece que la forma en la que se planteó es errónea. Creo que a ella misma le convendría presentarse ante otro mecanismo para que quien ocupe ese cargo sea quien más capacitado está y no la única postulante”.

“Tratándose de quien se trata deberíamos buscar otros mecanismos de transparencia. Es alguien que debería estar por encima de cualquier intensión partidaria, pasaría a tener un cargo en el que se podría jubilar, una persona que hasta hace poco fue parte del gobierno municipal”.

“¿Monardez es mejor que quién? ¿En comparación con quién? En otros casos ha habido una especie de concurso de antecedentes. (La concejala Gabriela) Schieda dijo que Gay evaluaba la posibilidad de mandar una terna, ¿qué fue lo que cambió de la terna a la oferta única? Si en algún momento estuvo la posibilidad, ¿por qué no se hizo?”, finalizó.

El Equipo de Antropología Forense peritará los restos de Johana Ramallo, joven desaparecida en 2017 en La Plata.  Su familia denuncia que  fue captada por una red de trata.

Marta Ramallo, la madre de la víctima, dijo a FM De la Calle que “el mes pasado fui citada por el juez Adolfo Ziulu quien me informó que los restos encontrados en agosto del 2018 pertenecen a mi hija y hoy, a casi un mes de esa noticia, no logramos tener imputados en la causa ni nos entregaron partes del cuerpo. A Johana la descuartizaron y la tiraron por partes”.

“El cuerpo de Johana está hablando, espero que lo diga todo, que la justicia meta en cana a todos los culpables, a los que me la desparecieron y a todos los que estén involucrados en esto”.

“Conseguimos que la causa sea investigada sobre una línea de trata de personas, de prostitución. Logramos que el fuero federal agarre la causa y así se mantuvo la búsqueda con pocos rastrillajes, con pocos allanamientos. Nosotros llevamos una búsqueda paralela, leíamos la causa y veíamos que no había progreso, íbamos a investigar por nuestra cuenta y llevábamos la información al juzgado luchando contra el poder judicial patriarcal”.

Marta destacó que la familia plantea la hipótesis de la red de trata de personas “por la forma en la que desapareció, por la zona en la que fue vista por última vez, por quienes estaban involucrados, por las amenazas que sufrió mi familia. Hubo una marcha que movilizó a La Plata y a la madrugada tirotearon mi casa con una escopeta. Lo único que sé es que fue el hermano de un cana. Recibí amenazas telefónicas que deje de hablar de la prostitución, de los narcos. Así los 22 meses desde su desaparición”.

“Se levantó el secreto de sumario y las novedades son las mismas que me comunicaron ese 30 de abril. Me sacaron a mi hija de la peor manera”, concluyó.

El secretario de la Federación Judicial Bonaerense, Hugo Blasco pasó por los estudios de FM De la Calle e hizo un análisis del proyecto de Justicia 2020 desde la perspectiva de las y los trabajadores judiciales.

“Este proyecto de justicia esta estructurado en 7 ejes, reforma penal, civil, laboral, tema informático, apertura y acceso a la justicia, comunicación en los actos que se producen en tribunales ¿Quién no quiere una justicia ágil y diligente? El problema está en qué se entiende por esto. En todo caso ése es el título para cazar giles. Ahí aparece la intención de lograr que los jueces tengan uniformidad de criterios jurídicos” lo que “es anticonstitucional porque no puedo obligar a nadie a que piense igual que otro. Obligar a jueces del mismo fuero a que tengan la misma interpretación por lo menos parece arbitrario”.

El dirigente argumentó que “se hace mucho hincapié en los sistemas informáticos, como si la informatización del sistema judicial garantizara justicia. Son dos cosas distintas. La informática es una herramienta técnica: no piensa por nosotros, no es lo que dice ser en este proyecto”.

“En ningún tramo se habla de la calidad de justicia como tampoco se habló en la década del 90, eran lo mismo,  Garavano también anduvo por ahí. Fue funcionario del Ministerio de Justicia desde Duhalde hasta Béliz”.

Blasco señaló además que el modelo de Justicia 2020 busca garantizar el “disciplinamiento social” a “gobiernos reaccionarios, oligárquicos”.

¿Cuales son las políticas a las que habría que apuntar para cambiar el modelo de justicia?

“La justicia está hecha por hombres y mujeres. Lo primero que hay que garantizar es que esos hombres y mujeres sean los adecuados, personas íntegras, con conocimiento suficiente y con compromiso social. Un juez no puede fallar positivamente si no tiene un sentido social”.

Por otro lado, consideró necesario “plantear mecanismos abiertos de designación de jueces” ya que “en el método de elección de jueces, una vez que aprobaron el examen, empieza el periplo de la gestión personal y política y ligada a lo corporativo”.

El próximo martes los abogados de Emanuel Ginóbili avanzarán con la querella contra miembros del Lof Paicil Antreao por el delito de usurpación del territorio que, ancestralmente, pertenece a la comunidad mapuche.

Florentino Nawel, integrante de la Confederación Mapuche de Neuquén, comentó a FM De la Calle que “hay una docena de imputados mapuches en el juzgado de Villa La Angostura. Hay una intención de parte de Ginóbili de llevar a juicio esta causa, nos parece una aberración que en vez de tener una actitud honesta, como dijo alguna vez que si veía que era territorio mapuche lo devolvía, ahora quiere iniciarnos un juicio”.

“Paicil y Antreao colaboraron con la Comisión de Límites y Fronteras porque necesitaban baqueanos para realizar el trabajo y en compensación y reconocimiento les otorgaron 625 hectáreas, que son parte del territorio que estas personas disputan. Están dentro del Lote 9 que fue entregado en 1902”, comentó Nawel.

“El martes se va a saber si el juez da pie para que el juicio se inicie. Esto va a ser un proceso, no es de un día para el otro. No sé qué pruebas tiene para decir que esas tierras son de él. Tenemos nuestras personas que han nacido y se han criado en este territorio y tienen el conocimiento ancestral sobre el territorio”, finalizó.

Se cumplen cuatro años del femicidio de Katherine Moscoso en Monte Hermoso. Su familia destacó que no hay avances en la investigación para encontrar a los culpables.

La prima de la joven, Wanda Banegas, comentó a FM De la Calle que “hubo cuatro fiscales en la causa en cuatro años. Nos sentimos como que nos tomaron el pelo y que esto no se sabe por cuestiones más grandes. Nos sentimos usados porque incluso llegamos a abrir las puertas de nuestras casas para que vinieran a investigar acá”.

“Hay uno que hizo bien las cosas que era Christian Long pero, lamentablemente, tuvo que salir de la causa y nos tocó (Mauricio) Del Cero y creo que fue todo peor porque todo lo que se investigó fue para atrás, no hizo nada, dejó la causa dormida en Fiscalía y hace un año atrás reclamábamos que se fuera del caso. Juntámos un montón de firmas, incluso fui a ver a Juan Pablo Fernández, me dio una reunión y con mi tío le presentamos la carpeta llena de firmas de un pueblo y la zona y este señor se fue del caso”.

“Nos tocó Viego que hace bastante que tiene el caso y no ha hecho nada. Yo no lo conozco. Mi tío fue y la impresión que le dejó es triste porque le quiere echar las culpas a un muerto”, dijo Banegas en referencia a Josué González, nieto de “Canini” González, el hombre linchado horas después del hallazgo del cuerpo de Katherine.

“Todo nos lleva a una sola fase de la investigación y a que nos mintieron y nos tomaron el pelo. Ese momento no podés pensar pero ahora nos damos cuenta. Nos hacían buscar en un lugar que no estaba, el cuerpo apareció a metros de mi casa, donde ya habíamos buscado: no estaba el cuerpo de Kathy ahí”, comentó.

Banegas afirmó que “en Monte Hermoso no vamos a recibir ayuda, acá se está tapando un crimen, acá está prohibido. Si me preguntás qué pasó con Katherine: la mató el poder. Le pasó lo mismo que a María Soledad Morales. Le pasó lo mismo. Después de esto no quedás bien, no volvés a ser el mismo. Tu vida, incluso caminar por Monte, no es lo mismo. Hay mucha gente que está en silencio porque tienen miedo”.

El presidente y gerente general de Camin Cargo fue condenado este lunes a tres años de prisión en suspenso por el homicidio culposo de Juan Cruz Manfredini. Sin embargo, Marcelo Camin continuará en libertad.

El fiscal Gustavo Zorzano y el abogado querellante Hugo Fernández coincidieron al solicitar para el imputado cinco años de cárcel y en caso que la pena fuese menor sea de cumplimiento efectivo.

“Estoy convencido que si hay algo a lo que no debemos sumarnos los jueces es a la deriva punitivista, a la criminología mediática, a la demagogia punitiva, tan extendidas como discurso único del autoritarismo penal y que replica en un amplio sector de la prensa y de los cuadros políticos”, afirmó en su fallo José Luis Ares.

Agregó que “por el contrario, debemos actuar como muros de contención a fin de que el poder punitivo no se desborde en forma irrazonable e inequitativa hacia posiciones de un derecho penal del enemigo y preservando la dignidad de la persona humana”.

El titular del Juzgado Correccional Nº1 rechazó la pena máxima de cinco años reclamada por los acusadores al entender que “no han brindado razones valederas para fundar su petición de que el imputado, quien no cuenta con antecedentes penales y a quien se le atribuye un delito imprudente, no doloso, deba efectivamente ingresar a la cárcel”.

“A nuestras cárceles, hacinadas y con carencias elementales que ha llevado a que Alemania no concediera una extradición solicitada por la República Argentina (…). Al punto que, sin contar el problema de presos en comisarías, a junio de 2018 la capacidad carcelaria en la provincia era de 28.810 plazas y la población era de 42.064 personas y el aumento anual de la población carcelaria promedia las cuatro mil personas”.

Ares destacó que “en casos excepcionales corresponderá, en delitos imprudentes, aplicar penas de prisión efectiva pero por lo ya expuesto, considero que no corresponde ello en el presente caso dado que no acogí varias de las circunstancias que el Ministerio Público Fiscal y los particulares damnificados indicaron como agravantes, sin que la muy lamentable muerte de un joven trabajador nos nuble la razón”.

Desde la CTA Bahía Blanca- Dorrego expresaron su apoyo a la familia de Juan Cruz Manfredini tras la condena a tres años de prisión al empresario Marcelo Camin.

El secretario general Enrique Gandolfo manifestó a FM De la Calle “nuestro respeto y saludo a la familia y también ratificar lo que ellos dijeron ayer, si no era con esa perseverancia no hubiese habido un juicio que pusiera en el banquillo de los acusados a Camin. Y al mismo tiempo valorizar que la familia ha sido consecuente con la denuncia de la precarización laboral”.

“El valor de la vida, suena terrible que tres años en suspenso y 50 mil pesos de multa sea la condena por una tragedia que a todas luces podía evitarse. En ese punto damos una vuelta más a la lectura entendiendo que el sistema judicial no hace justicia porque, con el código en la mano, el abaratar costos para aumentar ganancias no se considera un crimen. En realidad la sentencia castiga un exceso terrible que comete la empresa de poner un depósito de esta características en un complejo habitacional”.

Gandolfo señaló que “la tercerización implica reducir costos y aumentar ganancias y, por otro lado, evadir responsabilidades legales que no aparecieron ni aparecerán en el juicio. Mega, YPF y otras instaladas en el polo industrial de esta manera eluden las responsabilidades legales y no saben que contratar servicios para una tarea tan delicada supone que se cumplan con las normas de seguridad para estos casos”.

“Hay un sindicalismo que mira para otro lado y que, por lo tanto, tiene un grado responsabilidad. En Vaca Muerta es muy claro porque el sindicato firmó a la baja en cuanto a la reducción de derechos laborales y eso produjo la muerte de ocho trabajadores en un año”.

“Por terrible que parezca hay indiferencia de los organismos del Estado que deberían controlar estas cuestiones: Consorcio de Gestión del Puerto, Ministerio de Trabajo, la Municipalidad. Hay un sistema armado para facilitar esta búsqueda de ganancia, aun a costa de la vida de jóvenes trabajadores y trabajadoras”.

Marcelo Camin fue condenado a tres años de prisión en suspenso por la muerte del trabajador Juan Cruz Manfredini. El Juzgado Correccional N° 1 dictaminó, además, una inhabilitación por cinco años para Camin Cargo Control, multa de 50 mil pesos sumado y la realización de cursos de Seguridad e Higiene y trabajo comunitario.

Minutos antes de conocerse la sentencia, Paula Olavarría, hermana de Juan Cruz, comentó a FM De la Calle que “para nosotros vivir esto fue cotidiano durante nueve años. Todos los días hablamos de esto, lo tenemos presente. Lo justo sería que mi hermano estuviera acá. Aprendimos a vivir con eso. Cuando pasó lo de mi hermano no era madre, ahora me planteo cosas con mis hijos ¿qué hago? ¿los dejo ser? ¿los cuido?”.

“No sé si es una etapa que se va a terminar, creo que no. Siempre fuimos con la verdad, teníamos pruebas mientras ellos ‘suponían’ y el que tiene que estar para defenderse no está. Todo es por la plata, yo daría a cambio lo que no tengo por tenerlo un poco más a mi hermano”.

Paula comentó: “Conviví con Juan en plena adolescencia, no me quedó nada por vivir con él. Siempre que lo recuerdo es con una sonrisa, sí me duele obviamente. Él era buena gente, le gustaba hacer las cosas correctamente. Era muy comprometido con las cosas que hacía”.

Foto y video: @Apepe

La Cámara Federal de General Roca descartó la figura del “exceso en legítima defensa” y procesó con prisión preventiva al cabo primero del grupo Albatros, Francisco Javier Pintos, por el homicidio agravado del mapuche Rafael Nahuel en Villa Mascardi.

“El fallo es muy importante porque, además de lo que implica en términos prácticos el cambio de la tipificación de la pena a uno de los responsables del hecho, cuestiona el enemigo interno que plantea Bullrich cuando, gracias al poder mediático, instala la teoría del enfrentamiento, de la presencia de armas en la comunidad mapuche”, comentó a FM De la Calle Santiago Rey, director del portal En Estos Días y autor del libro “Silenciar la muerte”.

Explicó que “el cúmulo de pruebas permite observar que hubo una persecución, una casería, que hubo un muerto pero podría haber habido más, que los Albatros dispararon casi 130 veces con municiones de plomo. Este fallo dicta la preventiva y devuelve el expediente a instrucción para que se sigan acumulando pruebas”.

Pericias

“Hay una primera pericia balística que realizan prestigiosos peritos que con total certeza determina que el proyectil que mató a Rafael salió de un subfusil MP5, que es un arma de guerra, que corresponde a Javier Pintos. A ese resultado se llega comparando el proyectil que se extrajo del cuerpo de Rafa con la armas secuestradas luego del hecho”.

“El juez Villanueva pidió, en su momento, una nueva pericia y se la encargó a Gendarmería, a una fuerza de seguridad que depende del mismo Ministerio que emana órdenes sobre Prefectura, al mismo jefe que debiera controlar a su subordinado”.

“El objetivo de esa pericia es decir que no hay pruebas suficientes, sembrar incertidumbre sobre algo que había quedado claro. La Cámara dice que no se puede tener en cuenta esa pericia porque hay una relación de dependencia en la cadena de mando que hace que lleguemos al Ministerio de Seguridad, que es también el responsable o parte de esa estructura que está siendo investigada en el hecho. Descartada esa pericia se revalida la primera donde queda claro de dónde salió el disparo”.

Responsables directos

“Se dictó la falta de mérito sobre otros cuatro responsables, Cabia, Sosa, García y Obregón. La falta de mérito es que no hay elementos de prueba ni para sobreseerlos ni para procesarlos, remite nuevamente el expediente a instrucción para que se recabe la prueba y puedan resolver la situación procesal de los cuatro. Hay un quinto oficial principal de apellido Berra, que tenía la jefatura de ese operativo, sobre quien hay muchas críticas porque se excedió en los límites del territorio en donde tenía que buscar a quienes tenía que desalojar. Lo que quedó demostrado en el lugar donde se encontraron las vainas servidas es que hubo persecución y casería”.

Responsabilidades políticas

“No creo que haya cuestionamientos penales a responsables políticos. Hay un hecho que es claro: (Pablo) Noceti, mano derecha de Bullrich, en el 2017, un día antes de la desaparición de Santiago Maldonado, se reunió en Bariloche con integrantes del Poder Judicial y las fuerzas de seguridad y les dijo que la nueva consigna del Ministerio era la actuación ante casos de flagrancia, es decir, que las fuerzas de seguridad puedan actuar más allá de una orden judicial para hacerlo”.

“Según pudimos reconstruir, apeló a una figura tremenda, dijo ‘es como si yo veo que a mi madre la están violando, voy a actuar’. Comparando una protesta social con una violación. A partir de ahí, las fuerzas de seguridad actúan bajo el precepto de flagrancia. En ese contexto tal vez alguien pueda animarse a hacer un cuestionamiento de tipo penal vinculando ese mandato de Noceti”.

A seis meses de la Masacre de la Comisaría de Esteban Echeverría que causó diez muertos, la Comisión Provincial por la Memoria elaboró un informe que da cuenta de las condiciones del establecimiento y las responsabilidades del Estado provincial en el hecho.

Roberto Cipriano García, secretario de la CPM, comentó en FM De la Calle que pidieron “la recusación del fiscal, que de entrada la única hipótesis que asumió fue que los responsables eran los detenidos, que se habían prendido fuego ellos y que no había causa penal. No había ni responsabilidad de la policía ni de los responsables políticos”.

El 15 de noviembre de 2018 hubo un incendio en la zona de calabozos de la comisaría 3° de la localidad de Esteban Echeverría donde se hallaban detenidas 26 personas, diez de ellas fallecieron.

“La comisaría estaba clausurada por seis órdenes judiciales, seis tribunales habían dicho que no podía alejar personas. El día que ocurre había 26 personas y tenían lugar para 10, si hubiera estado habilitada. Hay 120 órdenes judiciales que son incumplidas por el Estado provincial que clausuran comisarías, hay una fractura y una ruptura del estado de derecho”, señaló García.

“En 2017 ocurrió la Masacre de Pergamino, donde murieron 17 personas en similares características, el Ministerio de Justicia informó que el 80% de las comisarías no tenían matafuegos, ni plan de contingencia, ni colchones ignífugos. Eso se informó antes y ni siquiera se tomó una medida para eso”.

Por último, el abogado comentó que “los familiares están destrozados, hay nulo acompañamiento estatal. En general son familias muy pobres, sin trabajo, sin vivienda, quien más hizo una contribución fue el Estado municipal pero sin tener contención. Algunos de los sobrevivientes están en cárceles comunes y algunos recuperaron la libertad. De los de la celda 1, que fue la que se incendió, quedaron dos con graves consecuencias físicas, quemaduras severas”.

Ayer se publicaron en el Boletín Oficial reformas a dos leyes sobre estupefacientes que modifican criterios de actuación y competencia de la justicia ante delitos vinculados al narcomenudeo.

Mariano Fusero, abogado e integrante de RESET Política de Drogas y Derechos Humanos, comentó a FM De la Calle las implicancias de las resoluciones y analizó la política del Ministerio de Seguridad para “la lucha contra el narcotráfico”.

“La base de esta ley es del 2005 y le permite a cada una de las provincias hacerse de la competencia de investigación de determinados delitos menores, de tenencia simple, para consumo personal, autocultivo, lo que es narcomenudeo. Esta ley llevó a malos resultados, la investigación del fuero federal, establecida antes de esta ley, es una investigación sistémica del fenómeno donde se establecen eslabones más pequeños de la cadena de mando”.

“Donde, eventualmente, se puede hacer investigaciones para llegar a grandes eslabones. Estamos hablando de tráfico a gran escala, lavado de activos. Esta modificación produce que se corte la investigación en el camino, entonces, determinada competencia le corresponde al fuero local y otra competencia le corresponde al fuero federal”.

El abogado argumentó que con esta ley “se produjeron resultados desastrosos en las provincias. Uno es el crecimiento constante de la penalización de las personas que consumen drogas con figuras menores como la tenencia para consumo, que a todo esto está declarada inconstitucional hace diez años en el fallo Arriola que dijo que la tenencia de cualquier sustancia hace a la privacidad y autodeterminación de las personas”.

“Esos fueros que se crean en determinados contextos con campañas de ley y orden crean la criminalización a consumidores. En provincia de Buenos Aires, luego de la adhesion a la ley, en pocos años se incremento un 200% la cantidad de personas que consumen sustancias. También disminuye la investigación dentro del fuero federal de causas graves de tráfico y lavado de activos”.

“Un fenómeno perverso que afecta a comunidades de consumidores y a las mujeres. En provincia de Buenos Aires en pocos años aumentó la tasa de prisionización de mujeres alrededor de un 35%. Estas medidas son bastantes improvisadas y circundantes de una campaña política detrás”.

Por otro lado, Fusero desmintió que el consumo de estupefacientes haya disminuido como muestran el gobierno: “Se dice que aumentó el precio de la cocaína, la ministra Bullrich lo da como algo positivo, en el sentido que si aumentó el precio significa que el combate de las drogas está causando que haya menos producto. Esto viene de Colombia, Perú. Asociemos esto al proceso inflacionario y devaluatorio y que la cocaína, por más que sea ilegal, es la mayor comoditie que tiene su precio establecido a nivel internacional”.

“Es lógico que cualquier producto por más ilegal que sea aumente su precio. Estos anuncios son para captar a aquellas personas o electores desinformados. No hay ningún indicio que indique que el comercio a gran escala haya descendido. El mismo gobierno reconoce que los indice de consumo crecen exponencialemente”, concluyó.

En 2017 el ginecólogo Leandro Rodríguez Lastra impidió que una joven de 19 años se realizara un aborto no punible por ser un embarazo producto de una violación. Actualmente, el médico enfrenta un juicio en Cipolletti por “incumplimiento de los deberes de funcionario público”.

Natalia Gherardi, integrante del Equipo Latinoamericano de Justicia y Género, dijo a FM De la Calle que “este juicio es una oportunidad para mostrar que no es lo mismo una cosa que la otra, que obstaculizar el ejercicio de derechos de las mujeres tiene que tener consecuencias”.

“Tenemos mucho interés porque está en juego la responsabilidad de un profesional que se ha dedicado activamente a violar derechos. Está en juego el derecho de las mujeres a que se respete su decisión en lo que la ley contempla desde hace cien años”, comentó la abogada.

“El Estado tiene la obligación de garantizar un aborto no punible. Esta joven fue con un aborto en curso, ni siquiera lo que se le pedía es que realice el aborto sino que permitiera su finalización. Lo que él hizo fue en contra de la voluntad de esta mujer, suministrarle medicación para interrumpir ese aborto y obligarla a que continúe con esa gestación”.

“Lo que hizo fue muy problemático porque está mostrando una manera de ejercer la medicina que es desatendiendo a los pacientes, suministrándole medicación sin su consentimiento informado, manteniendo a una mujer casi privada de la libertad dentro de un hospital público para que se lleve adelante al decisión del médico y no de la mujer”.

La especialista destacó que “va a ser muy importante que la justicia reafirme el derecho a la salud y a la integridad de las mujeres. La pena no es muy elevada, lo más importante es la accesoria de habilitación para ejercer ese cargo y revisar su matrícula profesional porque, más allá de la terrible vulneración de los derechos de esta mujer, lo que muestra es un total desinterés por los derechos de los pacientes y eso es muy preocupante. “, finalizó Gherardi.

La Cámara de Diputados aprobó el pedido de licencia de su presidente Manuel Mosca. El referente de Cambiemos fue denunciado por acoso sexual y si bien había solicitado también su desafuero, sus pares giraron el pedido a la Comisión de Asuntos Legales e Institucionales.

“Acompañamos la licencia porque no vamos a obligar a ningún diputado a que concurra si no puede hacerlo. Hay un trasfondo que es más complejo y es de carácter político.  Si hay un pedido de allanamiento o detención no hay un impedimento por los fueros a que curse un proceso judicial”, comentó el diputado Guillermo Kane del Frente de Izquierda.

El caso tomó notoriedad luego de que el propio diputado se presentara ante el fiscal Álvaro Garganta por ser víctima de una supuesta extorsión por una denuncia de acoso sexual. Luego de este hecho se supo que una militante del PRO de Necochea lo había denunciado ante la Oficina de Violencia Doméstica de la Corte por hechos de violencia ocurridos durante la campaña electoral del 2015.

“Habría entre tres, cuatro o posiblemente seis mujeres con denuncias, y solo una de ellas fue la que se dirigió a la Corte. Según trascendidos de los mismos compañeros de Mosca, algunas otras mujeres se han sentido amedrentadas. Está la posibilidad de que el poder político y los recursos que maneja como presidente de la Cámara, hayan actuado para que varias denunciantes decidan no hacerlo, por eso planteamos que la Cámara debía suspenderlo hasta que se aclaren las cosas”, señaló Kane.

Por último, el diputado señaló que “el otro problema que ha quedado expuesto es que la interna en el oficialismo está llegando a niveles muy graves, hay una interna sorda con Vidal y está en duda la candidatura de Macri. Es fácil deducir que los meses que han tenido la denuncia en sus manos, han tenido una carta que jugar contra un hombre Vidal”.