“Si se suman los porcentajes de personas ocupadas y desocupadas que buscan trabajo o están disponibles para ocuparlo se concluye que 19,8% de la población activa de Bahía Blanca-Cerri (BBC) tiene problemas de empleo. En el total urbano nacional el guarismo alcanza a 28,5%”.

Así lo indica el Boletín de Estadísticas Laborales, una iniciativa del proyecto de investigación “Problemática laboral del aglomerado Bahía Blanca-Cerri” financiado con fondos de la UNS y dirigido por el economista Gustavo Burachik, luego de la primera publicación oficial de datos del INDEC de la era Cambiemos.

El documento muestra que “la desocupación en el segundo trimestre del año fue más baja en el aglomerado Bahía Blanca-Cerri (BBC) que a nivel nacional” y que “la diferencia es explicada íntegramente por la menor oferta laboral (tasa de actividad) bahiense ya que la proporción de personas ocupadas es idéntica”.

“Esta menor presión se origina, casi con seguridad, en el desaliento laboral; la baja probabilidad de conseguir un puesto de trabajo (menor aún, de ocupaciones con cobertura de seguridad social, estabilidad, etc.) desincentiva la búsqueda laboral. Las personas sin ocupación, disponibles para el empleo pero que han desistido de una búsqueda activa son registradas como inactivas”, explica.

Además, el informe destaca que “más de 10% de los ocupados en BBC está buscando activamente cambiar de empleo. Se trata de una forma de desempleo (oculto en la ocupación) ya que los trabajadores que se encuentran en esta situación ejercen presión sobre una demanda laboral que, en el mejor de los casos, está estancada desde hace varios años. Casi la mitad de este conjunto corresponde a los llamados subocupados demandantes, es decir, personas con empleos a tiempo parcial que buscan una mayor ocupación horaria. A su modo, presionan también sobre la demanda laboral los subocupados que, si bien no están buscando activamente más horas de trabajo, están disponibles para aceptarlas”.

Los autores del relevamiento aclararon que el reinicio de la publicación de información laboral recabada por la Encuesta Permanente de Hogares para el segundo trimestre de 2016 “supone la aparición de un vacío de información de dos trimestres y que “el instituto, además, anunció la revisión de los datos publicados hasta el cuarto trimestre de 2015” y desaconsejó su utilización, “lo que equivale a reducir la credibilidad de cualquier comparación hacia atrás de la nueva información publicada”.

(Por ¿Quién te juna?*) En Argentina, respetar la identidad de género es una obligación establecida por el artículo 12 de la Ley 26.743, el cual está dedicado al trato digno de las personas. Establece que “deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial por niñas, niños y adolescentes que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad”, tanto en el ámbito público como el privado.

Si bien la lucha por los derechos ha avanzado a pasos agigantados desde la proclamada ley del matrimonio igualitario hace ya casi seis años, la pelea no termina; quedan muchísimas cosas por hacer.

Tal es el caso de la Ley de cupo laboral trans, que estipula que “el sector público debe ocupar, en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de su personal, a personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo”, incluyendo “el personal de planta permanente, temporaria, transitoria y/o personal contratado cualquiera sea la modalidad de contratación”. Además, se debe “establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en el empleo público”.

La promotora de esta ley, Diana Sacayán, era tucumana, lideraba la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays y Bisexuales (ILGA), y era dirigente del Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación (MAL), y en 2012 recibió el DNI con su identidad autopercibida. Trabajó en el programa de diversidad sexual del INADI y colaboró en el suplemento Soy de Página/12 y en la revista El Teje. También fue gestora de las leyes de Matrimonio Igualitario y de Identidad de Género.

“Diana era una luchadora por todos los derechos humanos, ella luchaba mucho por la diversidad, por las cuestiones de los derechos de las travestis, pero también por los derechos de los que menos tienen aquí en nuestro país”, nos cuenta Paula Lorenzo en comunicación telefónica. Paula forma parte de la comisión de familiares y compañerxs que piden justicia por Diana Sacayán y que reclaman “por su brutal travesticidio”.

“Estamos pidiendo justicia porque se asesinó a una referente social, y también para poner en claro cuál es la situación de las personas travestis en Argentina. Ella misma [Diana] denunció mucho el asesinato, cómo eran las vidas y cómo eran las muertes de las travestis. Para que cambie un poco la cosa, tenemos que luchar por justicia. Es un caso muy emblemático”.

Paula nos habló sobre las actividades que realiza la comisión: “Organizamos la primera marcha contra los travesticidios, justamente para decir y poner en primer lugar las vidas de las personas travestis. Porque si bien tenemos la ley de identidad, todavía sufren muchísimas discriminaciones en instituciones como los hospitales, las escuelas”. Y afirma que todavía falta un trabajo muy grande por hacer. En las escuelas aún no se habla de educación sexual. “Expulsan a las personas que tienen otra identidad de género”, comentó Lorenzo.

Por su parte, Nicole Pietrangelo, integrante de la Colectiva Feminista y de Watu Corriente Comunista, opina que hay limitaciones en la Ley de cupo laboral trans.


“Partir del 1% del cupo de la ley laboral trans –agrega Pietrangelo–, ya está marcando un límite más que importante. Me parece que más allá de lo que diga o no un papel, hay que partir de una realidad en la que estamos inmersxs, que tiene que ver con el estado real de la economía en este país y, concretamente, en los municipios. Para nadie es una novedad que Bahía Blanca es una de las ciudades con mayor desocupación; históricamente lo ha sido en los momentos más críticos; y por otra parte, a medida que avanza, a los sectores más marginados, más vulnerados, más puertas se les cierra”.

“A mí no me alcanza con una ley –afirma de manera contundente–. Que partan del reconocimiento de que nuestra expectativa de vida es de 35 años. La gran mayoría de las travestis tienen muy bajo nivel de escolaridad, y en muchísimos casos analfabetismo (o semianalfabetismo). Lo que no debería ser un destino, para muchas compañeras se ha convertido en un destino, que es la prostitución”. Esto, según Pietrangelo, se debe a que no les han brindado la oportunidad de capacitarse para tener otra salida laboral.

Nicole considera que no se toma en cuenta las diferentes realidades de las provincias, ciudades, o pueblos. Y que “no es la misma situación para una chica que recién está empezando, que para una que ya lleva muchísimos años, que para una que se ha prostituido (que son la gran mayoría), que para una que no. Esa supuesta integración de 1% en el cupo laboral de planta, esperando que sea permanente y no en negro, no deja de ser una pequeña medida. Es la falsa integración”.

“Te damos trabajo, pero no resolvemos las cuestiones de fondo, no resolvemos con perspectiva, no tenemos proyecto a largo plazo”, establece la integrante de la Colectiva Feminista. Finalmente, insiste que “como parte del pueblo, no alcanza con leyes, no alcanza con supuestas voluntades discursivas, y hasta que no tomemos las decisiones que nos competen en nuestras manos, podemos esperar pequeños parches, pero la bicicleta no se va a arreglar”.

*¿Quién te juna? se emite los miércoles a las 21 por FM De la Calle 87.9Mhz.

(Por Astor Vitali) Este jueves 25 de agosto el Teatro Municipal de Bahía Blanca recogerá los ecos de las generaciones que son ni más ni menos que el aire de los fuelles de esta ciudad portuaria.

Bandoneonistas, junto a diferentes instrumentistas invitados compartirán escenario con el dúo “Zambrana-Taborda” (Guitarra/Bandoneón) y los bandoneonistas Nicolás Malbos, Esteban Rivera, Nicolás Pereyra y Javier Mendigochea. El cierre está en dedos de la Orquesta Típica en Conserva. En voz, participarán Gerónimo Blint y Fiorella Guidi.

Hace poco más de una década, un grupo de jóvenes organizaron jornadas de formación acerca del bandoneón y a partir de allí nacieron una serie de instancias en el Conservatorio Provincial de Música de Bahía Blanca y en el Teatro Municipal. Ambas fueron iniciativa del músico y docente Julán Mansilla.

“En este concierto van a tocar varios alumnos míos. Eso demuestra que ha pasado una generación desde la época que nos juntábamos a estudiar con Néstor Marconi. Es un buen fruto que se está transmitiendo esta cultura a través del instrumento”, dijo a FM De la Calle. Además, dos de los primeros alumnos de la cátedra fundacional hoy están dando clase.

Bahía Blanca tiene una larga tradición de bandoneonistas, algunos de los cuales trascendieron la ciudad como Luis Bonnat lo hizo en la orquesta del Maestro Osvaldo Pugliese. “Es una ciudad llena de cultura relacionada a este instrumento. Felizmente, hay mucha gente interesada en colaborar”.

Es menester destacar que parte lo recaudado durante la jornada será destinado a un fondo cuyo destino fijado es la compra de más bandoneones para el taller que ofrece el Teatro Municipal. Hasta el momento “se han comprado 3 bandoneones”, informó Mansilla.

Entradas:

El día de la función General $100

– Anticipadas $80

– Anticipadas Estudiantes y Jubilados $70

che bandoneon

La diputada socialista Gabriela Troiano participó de la segunda jornada sobre campos electromagnéticos organizada por Salud Ambiental Bahía Blanca y dijo a FM De la Calle que “harían falta más antenas, con lo cual se necesitaría más inversión. (…) Se puede si tenés la intención de preservar la salud, ahora, si considerás a la salud de las personas como una variable económica más ahí está el problema”.

Troiano impulsa un proyecto de ley para regular la instalación de antenas de telefonía celular, presentado años atrás por el ex diputado santafecino Antonio Riestra (UP), que fue actualizado con “valores establecidos mundialmente”. La iniciativa se encuentra en la Comisión de Medio Ambiente mientras otra sobre la misma temática se debate en Telecomunicaciones.

“Evidentemente hay actores importantes, de peso económico, como son las compañías telefónicas que ya en el gobierno anterior se venían planteando, con las organizaciones Salud Ambiental como con Aletheia por la Vida estuvimos trabajando para tratar de plantear que se modifiquen las soluciones del Ministerio de Salud en cuanto a los límites de las potencias establecidas”, aseguró la legisladora.

Agregó que “eso es lo más importante del proyecto de ley, las potencias de las antenas que están establecidas, reguladas y aceptadas datan del año 88 y ya en 2011 la Organización Mundial de la Salud categorizó a las radiofrecuencias como probables cancerígenas. En virtud de eso muchos países del mundo, fundamentalmente los europeos pero también Chile, han bajado aproximadamente entre cien y mil veces la potencia”.

“El gobierno está impulsando la instalación en los edificios públicos pero el año pasado había una ley de (Mario) Oporto que logramos frenar, que planteaba declarar el lugar de las antenas un espacio de servidumbre pública, o sea, evidentemente se viene agitando, se engaña a la población planteando que uno no quiere que se instalen antenas, que no queremos el progreso, no es así, el tema es la potencia de las antenas”.

La diputada advirtió que el ministro de Telecomunicaciones Oscar Aguad pretende tranquilizar a la población con la colocación de un equipo en la base de la antena para medir las frecuencias. “Las ondas no se quedan quietas y no van en sentido vertical sino horizontal, si vos lo ponés en la base de la antena no es donde va a tener más frecuencia”.

“Si tenés una antena en un edificio -que es lo más común- en el edificio de enfrente a partir del quinto piso es donde vas a encontrar las mayores emisiones o problemas en la gente que se empieza a enfermar. En Francia por ejemplo, en la Biblioteca Nacional, detectaron que después de diez años de tener wifi la gente se había empezado a enfermar de cáncer, retiraron el wifi e hicieron un sistema de cableado para el trabajo”, finalizó.

El fiscal federal Antonio Castaño requirió la indagatoria de Juan Ignacio Suris en un causa por lavado de activos provenientes de narcotráfico y la facturación apócrifa. La medida se extiende a otras 15 personas que actuarían como testaferros.

Para Castaño, Suris (41) contaba con un grupo de personas que se movilizaban en vehículos costosos que eran suyos, ya que se comprobó que él mismo pagaba los seguros y hasta tení¬a la cédula azul con su nombre. Suris está preso desde 2014 en el penal de Saavedra en el marco de otra causa por la confección y comercialización de facturas apócrifas.

Además, deberá afrontar nuevamente un juicio oral en una causa por narcotráfico, luego de que la Cámara de Casación Penal revocara el fallo absolutorio por el cual en septiembre fue beneficiado junto a otros 10 acusados de integrar una banda dedicada a la venta de estupefacientes en Bahía Blanca y zonas cercanas.

El fiscal Castaño dijo a Télam que en la nueva causa “hay documentación más informes de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) y de la Unidad de Información Financiera (UIF) basados en las actividades que desarrollaba Suris, como así también la cantidad de dinero generada por las actividades ilícitas”.

“Por tal motivo, presentamos un pedido de imputación por lavado de activos y consecuentemente la declaración indagatoria del propio Suris, de su padre y de los que estaban involucrados en la causa de narcotráfico y de empresas que constituían juntamente por la venta de las facturas truchas”, expresó.

El fiscal explicó que “esto es a partir de las facturas apócrifas, como así también por la causa del narcotráfico”, que tiene como base escuchas telefónicas que durante el juicio oral fueron declaradas nulas, pero Casación las convalidó.

Castaño comentó que en la causa de lavado de activos -además de Suris- también pidió la indagatoria de su hermano, Guillermo Martín Suris (29), y de Ezequiel Ferarri Reynoso, quien integraba la supuesta banda narco.

Además se sospecha de la participación de los ya procesados en la causa de las facturas: su padre Eduardo Suris (70), Domingo Tomás Goenaga (44), Nicolás Ibarra Gutierrez (35), Flavio Carrano (42) y Juan Pipkin (26), quienes también fueron imputados.

“No sólo había autos en el tema lavado de activos, sino que figuran movimientos bancarios de Suris, todos relacionados a las cuentas de las sociedades que él había creado, entre los que habían montos de catorce y de siete millones de pesos”, comentó Castaño.

Según el fiscal, “eran cuentas de empresas que no tenían actividad”, al ejemplificar que algunas no tenían personal y en otros casos ni siquiera domicilios.

Sobre los inmuebles, Castaño indicó que “hay uno en la Capital Federal y otro en Bahía Blanca, que figuran a nombres de terceros”.

“Los vehículos figuraban a nombre de terceros que no podían justificar su ingreso, pero la tarjeta azul estaba a nombre de Suris como así también los seguros que los pagaba él”, expresó.

La causa por la confección de facturas apócrifas comenzó a partir de una investigación de la AFIP en 2011, que denunció la maniobra dos años después y es querellante en la causa.

Los pesquisas analizaron las cuentas bancarias de las sociedades apócrifas supuestamente administradas por Suris y, en algunas de ellas, se registró un mecanismo financiero sospechoso.

La maniobra consistía en que una suma de dinero ingresaba a la cuenta y en un plazo de 48 horas se retiraba el mismo monto en concepto de pago de cheques con el objetivo, siempre de acuerdo a la acusación, de simular pagos por operaciones que no existieron.

En ese marco, el propio Suris declaró ante los investigadores que en ningún caso se depositó dinero en efectivo, sino que él concurría al banco y solicitaba la emisión de un ticket para respaldar los depósitos y justificaba la salida del dinero mediante cheques.

(Por Francisco J. Cantamutto) El fallo de la Corte y sus repercusiones. La lucha contra el tarifazo y el ajuste continúa.

Tal como se refería en este espacio, el fallo de la Corte Suprema de Justicia sorprendió a todos, yendo más lejos de lo que se esperaba. Concretamente, se volvieron atrás los aumentos en las tarifas de gas, alegando vulneración de derechos básicos para una vida digna y criticando en lo procedimental la falta de audiencias públicas.

Sin embargo, el fallo aplica solo a las tarifas de gas -sin implicaciones directas sobre luz, agua y transporte- y para usuarios residenciales, dejando fuera a la mayor parte de los usuarios industriales y comerciales. Y lo que es más importante: no impide un aumento posterior a la audiencia pública, a la que el gobierno ya puso fecha: 16 de septiembre.

El gobierno de Cambiemos, continuando con su impostura democrática, ha intentado mostrarse aceptando el fallo, y sin demoras apurando el llamado a la audiencia pública que, antes del fallo, Aranguren había propuesto para octubre. Tal como se hizo con el transporte en la ciudad de Buenos Aires, se espera que el gobierno utilice este espacio a fines exclusivamente expositivos: repetir sus intenciones para luego validarlas en el Boletín Oficial.

Por ello, ha puesto la audiencia en un día y horario laboral, a realizarse solamente en una oportunidad en la referida ciudad, en un espacio con una capacidad limitada de 400 personas, que deben inscribirse personalmente con antelación. Todo esto atenta contra la participación en general, y en especial, para trabajadores/as y habitantes del interior del país. Pero más aún, no se ha ofrecido información que permita desarrollar un debate con argumentos durante la audiencia. En el propio llamado a audiencia, se excluye incluso del debate el aumento del precio en boca de pozo, sometiendo al público solo la proporción de su traslado a usuarios finales.

El propósito está claro: Cambiemos busca que sea apenas una ronda más de exposición sin argumentos ni respuestas. Tal como el propio ministro Aranguren realizó en ambas Cámaras del Congreso, dejando insatisfechas a todas las personas y organizaciones que esperábamos un dato o una respuesta. La negativa a auditar las empresas prestadoras, de manera de responder cuál ha sido su situación económica y financiera, si ésta se debió al esquema de precios, qué inversiones realizaron durante los pasados años -incluso con los subsidios recibidos a tal fin- y cuál sería el plan de inversiones para los meses y años por venir. Todas dudas que ponen en cuestión la gestión empresarial de los servicios públicos.

En cualquier caso, el fallo representa un escollo para el programa económico del gobierno, que tras más de 9 meses aún no puede fijar los precios que busca consolidar. Esto está causando no pocas fricciones entre el empresariado y al interior del propio gobierno, además de demorar cualquier decisión de inversión que el gobierno esperara recibir. Es por ello que se ha tenido que recostar en la toma sistemática de deuda, con la que piensa financiar un plan de obra pública, con la expectativa de mejorar el humor empresarial. Hasta el momento, han sido ganancias de inmediato plazo, sin capacidad de proyección a corto o mediana duración.

Al no ser vinculante la audiencia, el gobierno puede apostar a esta pantomima. Sin embargo, desde diferentes sectores se está apostando a hacer de ella un hecho político. Diferentes asociaciones de PyMEs (CGERA, APYME) y de defensa al consumidor están promoviendo una “catarata de presentaciones” judiciales, para presionar sobre este poder del Estado. Las Multisectoriales del país han insistido en que el limitado fallo es producto de la movilización y organización, y buscan consolidar esa vía de presión. Está prevista una Marcha Federal partiendo de 4 puntos del país el 31 de agosto, para confluir en una gran manifestación en Plaza de Mayo el 2 de septiembre. Ambas CTA se han puesto a la cabeza de esta marcha, y la Corriente Federal de la CGT ha confirmado su participación, en lo que podría ser un paso de convergencia en la disputa contra el ajuste.

Hasta el momento, la dispersión de la protesta ha sido una ventaja para el gobierno, que sigue firme en su propósito de elevar las tarifas, tal como fuera su promesa de campaña, reiterada ante potenciales inversores en el Foro de Davos a comienzos de año. La incapacidad de aplicar la suba y sostenerla vulnera la promesa de “clima de negocios” y “previsibilidad” hecha a estos socios, significando un retroceso en su programa. No sería el único efecto: al dificultarle reducir las transferencias a las empresas prestadoras, atenta contra el objetivo de reducción del déficit fiscal.

Los escollos para subir tarifas, la no reducción de las transferencias y el déficit se suman a la ya incumplida promesa de resolver la inflación -que se espera que cierre alrededor de 44% este 2016, cuando habían prometido un 25%. La intensidad de la suba de precios ya ha iniciado la presión por reapertura de paritarias, como es el caso del ámbito educativo público. Con el transcurso del tiempo (llevamos ya 8 meses y medio de gobierno de Cambiemos), la apelación a la herencia kirchnerista surte cada vez menos efecto, y por eso vemos al gobierno reposar cada vez más en mecanismos represivos para contener el descontento.

Las luchas contra el ajuste son aún dispersas, pero aún así están haciendo mella en la acción gubernamental, cada vez más carente de respuestas. El fallo de la Corte es apenas un episodio más en esta disputa que excede con mucho el valor de un servicio, para poner a discusión la orientación.

Ayer, un plenario de comisiones analizó la posible creación de un Instituto del Quemado en Bahía Blanca. Se trata del expediente 567/2016, debatido por los grupos de trabajo de Salud Pública y de Defensa del Consumidor y Usuarios de Servicios.

Asistieron al encuentro profesionales del Hospital Naval, el Hospital Penna y autoridades de la Secretaria de Salud quienes hicieron públicos una serie de informes acerca del tema.

Para el oficialismo el número de casos, las características y las estadísticas dadas hasta la actualidad evidencian la necesidad de contar con personal capacitado para atender los posibles casos ante la emergencia y no con un Centro o Instituto de alta complejidad. A esto se suma la posibilidad de contar con un avión sanitario.

Sin embargo, el concejal por Compromiso Bahía, Matías Italiano –autor de un proyecto al respecto-, dijo a FM De la Calle que “Bahía Blanca necesita un instituto del quemado o una sala que brinde atención para casos de mediana y alta complejidad. Bahía Blanca está colocada estratégicamente para que pueda exististir un instituto del quemado y así lo considera la Universidad de La Plata en un trabajo que realizó sobre la regionalización de los institutos del quemado en el país. Debería dar respuesta a todo lo que sería el sur”.

“Es simplista plantear que es inviable por una cuestión de que tenemos cuatro o cinco casos locales por año. Tiene que ver con la exposición diaria que tenemos todos los bahienses con el sector industrial. Estamos expuestos a que suceda un evento y tengamos que recurrir a una atención de mediana o alta complejidad y no la tengamos. Así fue reconocido por los médicos que se hicieron presentes en el plenario”, sostuvo.

“Desde que una persona es afectada o dañada por una quemadura pasan 72 hs hasta que se toma la decisión, se logra conseguir avión sanitario y se logra transferir al paciente. Y estamos hablando de que las primeras horas son prioritarias para salvarle la vida”.

Además, el edil destcó que “las empresas multinacionales del polo petroquímico pondrían fondos para un instituto” pero “necesitamos decisión política”.

Fotos: hcdbahìa

Con la organización de Vecinos Autoconvocados por la Salud de Trenque Lauquen se realizó los días 13 y 14 de agosto el 7º Encuentro de Pueblos Fumigados para analizar la problemática del uso masivo de agrotóxicos y transgénicos en el proceso de producción agrícola y hortícola.

“Trenque Lauquen no se reconoce como un pueblo fumigado por tanto ese es el motivo de nuestra lucha, lograr que la gente tome conciencia, que quienes están en este momento en la gestión municipal tomen conciencia que somos un pueblo fumigado con todas las consecuencias terribles y nefastas que eso acarrea y conocer también el estado de otros pueblos y ciudades”, dijo a FM De la Calle Laura Carabelli.

La reunión se produjo días después que el Senado bonaerense diera media sanción a un proyecto de ley que reduce las distancias de exclusión de las fumigaciones aéreas y terrestres y permite fumigar con agrotóxicos cancerígenos como GLIFOSATO y 2,4-D a pocos metros de las áreas pobladas.

“Es importante que toda la gente sepa porque se está haciendo de una manera para que se sancione sin difundirla y sin tener noción del alcance que tiene, qué es lo malo que tiene este proyecto si se transforma en ley. Es totalmente regresivo, va en contra de todos los avances que tenía la ley anterior y disminuye totalmente las distancias que eran de protección”, explicó Carabelli.

La iniciativa permitiría fumigar a diez metros de las escuelas rurales cuando “estamos luchando porque hoy se podría fumigar alrededor de esas escuelas a cien metros y es poquitísimo”. Además, desprotege los lentes de agua, reduce las distancias para fumigación aérea y permite el tránsito de mosquitos por zonas urbanas.

La asambleísta advirtió que tanto los organismos estatales como las cámaras empresariales del sector rural y del agronegocio pretenden establecer regulaciones “fitosanitarias y no venenos, no vienen desde la salud, la producción, el cuidado del ambiente”. Por ello pretenden exigir la realización de audiencias públicas, estudios de impacto ambiental y la declaración de la emergencia ambiental en la provincia de Buenos Aires.

“Se ha reforzado la idea de las buenas prácticas agrícolas y esto es una cosa que no existe, no hay posibilidad de manejar el clima, por lo tanto las derivas son inmanejables. Constantemente se está hablando de las derivas primarias y nadie tiene en cuenta las secundarias y terciarias que son las que se producen en la tardecita del día fumigado, hay un desconocimiento científico que está manejado y ocultado por una cuestión muy clara que son los intereses económicos en juego y este gobierno creemos que los va a profundizar de manera terrible y este proyecto de ley lo demuestra”.

Las asambleas ambientales reunidas en Trenque Lauquen decidieron impulsar una campaña contra la ley “para el cáncer y el agronegocio” y demandaron a la legislatura bonaerense que privilegie los derechos a la salud y la vida y subordine a los intereses del agronegocio rechazando esta iniciativa en forma total. Para adherir al reclamo puede firmarse este petitorio online.

Red agroecológica

Durante el encuentro se propuso la coordinación de una red de producción agroecológica para divulgar lo que se está haciendo y “para que la gente empiece a sentir que tiene que comer sano y que comer sano es posible. Hay todo un manejo importante de la información que la gente no sabe que compre lo que compre tiene lecitina de soja transgénica”.

Para Carabelli se trata de “contagiar esta necesidad de información a partir de tomar conciencia de qué comemos” y destacar en “qué lugares de la provincia están haciendo emprendimiento agroecológicos reales, en producción de quesos, trigo agroecológico, frutas sin uso de agrotóxicos y donde se respeta lo necesario para que sea un alimento sano. Difundámoslo, empecemos a saber conectarnos, viabilizar el transporte, que lleguen a Trenque Lauquen y entre nuestros propios vecinos que nos conocen, saben por qué estamos en esto y que somos serios, armemos una red que funcione ya y que sirva como campaña de difusión”.

(Por Astor Vitali) Uno de los siglos más vitales de la historia musical argentina se llama Horacio Salgán. Nació un 15 junio de 1916 y el viernes pasado decidió modular su vida, cambiar de modo: vivir en el canto del pueblo.

El piano fue su lengua desde los seis años, cuando se sentó a estudiar. El trabajo su medio y su arte también a temprana edad, musicalizando proyecciones cinematográficas. Otro mundo en el mismo país.

“Como pianista Salgán es irrepetible. En la consideración de todos los pianistas de la Argentina no hay alguien que haya podido interpretar el piano como Horacio Salgán. Después a eso hay que sumarle su capacidad como gran arreglador y compositor”, dijo a FM De la Calle el arreglador, compositor y pianista Lucio Passarelli.

“Se ha ido uno de los grandes ídolos –no sólo del tango- de la cultura nacional y se va en silencio. Porque los hacedores de la cultura en nuestro país no sé en qué están pensando… Hernán Lombardi, toda esa gente. Ver como vi ayer el féretro… a mí me corre el frío por el cuerpo cuando hablo de Salgán. ¿Qué tenemos los argentinos en la cabeza?”, dijo el Maestro en referencia a la poca importancia que los funcionarios políticos que deberían fijar políticas culturales asignaron a la figura de Salgán. Lo que podría hacerse extensivo tanto a su obra en vida como a la envergadura que no le dieron oficialmente a su figura tras la noticia de su muerte en una decisión política que habla de las prioridades del gobierno en materia cultura, cuyo ministerio no hizo mucho más que un retuiteo pidiendo aplausos. Ni siquiera hay (hasta el momento de la publicación de este artículo) una mención en la página de la cartera.

Sonido actual

“Tengo un LP de Salgán con la orquesta en los años 50. 51 y 52. Vos lo escuchás y parece que eso se escribió anteayer” y “siempre manteniendo los elementos que hacen al tango como género”, agregó Passarelli.

Por su parte, el pianista, director y arreglador Luis Cicive coincidió en que Salgán “fue un revolucionario en cuanto al que le dio al tango un acento distinto, matices. Dio vuelta todo. Salió de los moldes de la época. Sus arreglos son espectaculares. No sólo lo que hizo para su orquesta sino para otras”.

“Yo creo que Piazzolla reconoció también los aportes que hizo Salgán”. agregó.

“La obra de Salgán la seguí toda mi vida desde mis comienzos con el tango. Me atrapó esa manera de hacer tango que creó Salgán. Como pianista era un virtuoso”.

Además, el Maestro sugirió a los estudiantes de piano “escucharlo, escucharlo y escucharlo. Tener la suerte de conseguir los arreglos originales de el: ahí está todo”.

Susana Salgán, hija del gigante, escribió estas líneas horas después del vendaval que anotició su deceso:

“Mi padre se ha ido a juntarse con sus grandes amigos que deben estar armando una maravillosa Orquesta. Me lo imagino reuniéndose con Adolfo Abalos, Ubaldo De Lio, Mario Clavel, Enrique Villegas, Dante Amicarelli, Antonio Agri, Oscar Pareta y no quiero dejar a nadie a fuera. La lista es muy larga disculparán que no la continúe pero entienden a qué me refiero.  ¿Se imaginan “QUE ORQUESTA, QUE ARREGLOS”? Él seguirá inspirándonos así que no es un adiós es un ‘Hasta Luego’”.

Las únicas fórmulas para que Salgán haya sido Salgán la da el mismo Salgán: dedicación, amor, humildad y trabajo. Es una fórmula implícita en estas pocas suficientes palabras suyas que compartió su hija:

“Mi máxima ambición, y lo fue desde niño y también lo es hasta hoy, es aprender a tocar el piano, lo mejor posible. Y así sigo: porque me retiré de las actividades públicas, no de la música”. Horacio Salgán.

La justicia ordenó el desalojo del Jardín 945 y el remate del inmueble de Fabián González 1037 cedido en 1993 por un particular aunque nunca se completó el trámite de escrituración a nombre de la provincia. “Es revelador de la desidia de las autoridades educativas anteriores y actuales que se llegue a esta situación que lleva tantos años sin resolverse”, dijeron desde Suteba.

“Como ese terreno fue donado, el jardín no se construyó en ningún momento en una situación irregular, lo que no se hicieron son los pasos posteriores, hacer que el jardín pase a la Dirección General de Escuelas, entonces ahora las deudas de este doctor ejecutan el terreno que todavía está a nombre de Bauen”, comentó la presidenta del Consejo Escolar Susana Rodríguez a FM De la Calle.

La Causa judicial es impulsada por Cooperativa Mara de Crédito, Consumo y Vivienda contra Bauen Construcciones y la deuda es por las costas del abogado Horacio Gómez. “El problema llegó al Consejo otras veces pero como existía la ley de expropiación se frenaba. Ahora la ley caducó así que estamos tratando de que diputados y senadores provinciales desde cada lugar político empujen esto para que la ley salga nuevamente”.

“Estamos comunicándonos con la Asesoría Letrada de la Dirección Provincial de Propiedades y nos dijeron que el expediente está en Fiscalía de Estado y estamos solicitando se interponga una orden de tercero de mejor derecho para que el jardín pueda continuar en ese inmueble y esperar que nos dé tiempo para la sanción de una ley”, agregó Rodríguez.

Suteba Bahía Blanca expresó su preocupación ante esta situación y advirtieron que “un jardín de infantes debe ser preocupación de todos/as quienes trabajamos y de quienes defendemos la educación pública. Es revelador de la desidia de las autoridades educativas anteriores y actuales que se llegue a esta situación que lleva tantos años sin resolverse”.

“La celeridad que se demuestra para resolver las cuestiones que tienen que ver con el interés empresarial contrasta con la lentitud e inoperancia frente a un tema en que está en juego la educación de niños y niñas del jardín”, concluyeron.

 La CTA Autónoma y la CTA de los Trabajadores celebraron el fallo de la Corte contra el tarifazo como “fruto de la lucha que se viene llevando adelante contra los brutales aumentos en los servicios de gas y luz determinados por el gobierno de Mauricio Macri, permitiendo que la justicia escuche los reclamos y actúe en favor del pueblo”.

“Creemos pertinente seguir con más acciones para exigir que las audiencias públicas sean vinculantes y que resulten de manera favorable a todos los usuarios que alcanza esta medida, como así también, para que este freno en los tarifazos se extienda a las pymes, clubes, teatros, entre otros que, en este escenario, han quedado totalmente desamparados”, manifestaron.

Pablo Micheli y Hugo Yasky advirtieron que no están “dispuestos a acatar en silencio este atropello a los derechos del pueblo mientras el gobierno nacional favorece a grandes empresas y sectores concentrados de la economía”.

En ese marco, las centrales convocaron a realizar movilizaciones en todo el país para que el próximo 12 de septiembre, cuando el gobierno realice la audiencia, se sienta “una vez más el clamor del pueblo al calor de la lucha”.

El máximo tribunal, por unanimidad, resolvió que para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio, confirmó la sentencia apelada en cuanto declara la nulidad de las resoluciones cuestionadas y aclaró que la decisión se circunscribe al colectivo de usuarios y usuarias residenciales. Dichas tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento.

La Corte mantuvo la tarifa social y puso en conocimiento del Congreso la necesidad de dar cobertura al cargo de titular de la Defensoría del Pueblo de la Nación. Asimismo, sus integrantes recordaron a los tribunales el riguroso cumplimiento de la acordada sobre procesos colectivos.

El Centro de Estudios para la promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) promovió una acción de amparo colectivo contra el Ministerio de Energía y Minería de la Nación (MINEM) con el objeto de que se garantizara el derecho constitucional a la participación de los usuarios, y que en forma cautelar se suspendiese la aplicación del nuevo “cuadro tarifario” previsto por la Resolución MINEM 28/2016, hasta tanto se diera efectiva participación a la ciudadanía.

La clase afectada estaría conformada por “todo aquel usuario del servicio de gas, quien no contó con la posibilidad de que sus intereses sean representados con carácter previo al aumento tarifario”.

Con posterioridad, Carlos Mario Aloisi adhirió a la demanda. También la Asociación Consumidores Argentinos Asociación para la Defensa, Educación e Información de los Consumidores (Consumidores Argentinos) se presentó, cuestionando no solo la Resolución MINEM 28/2016, sino también la Resolución MINEM 31/2016. Asimismo, acudieron varias cámaras de comercio e industria, concejales, diputados, senadores e intendentes, cuya comparecencia se tuvo presente.

El juez de Primera Instancia dispuso dar publicidad a la iniciación del amparo colectivo en el Centro de Información Judicial y procedió a la inscripción del proceso en el Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Luego rechazó la acción interpuesta.

La Sala II de la Cámara Federal de La Plata dispuso, en primer lugar, acumular a la presente todas las acciones colectivas que correspondiesen, conforme a lo dispuesto en las Acordadas 32/2014 y 12/2016 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En cuanto al fondo de la cuestión planteada, declaró la nulidad de las resoluciones ministeriales cuestionadas y decidió retrotraer la situación tarifaria a la existente con anterioridad al dictado de las normas privadas de validez con efectos generales para todos los usuarios y para todo el país.

La Corte Suprema considera que el caso debe ser analizado porque está en juego la interpretación de la Constitución Nacional, y existe trascendencia institucional porque el conflicto ha generado una litigación de características excepcionales que compromete principios básicos del debido proceso constitucional en la tutela de los derechos de los usuarios y del Estado Nacional.

Audiencia pública previa a la decisión de aumento de tarifas:
La audiencia pública previa es un requisito esencial para la adopción de decisiones en materia de tarifas.
El fundamento es el artículo 42 de la Constitución que prevé la participación de los usuarios en los servicios públicos, la democracia republicana, el derecho a la información y la ley 24076 aplicable al caso.
La información, debate y decisión fundada son partes del proceso de la decisión que se adopta en el momento.
Por esta razón no es válido fundarse en una audiencia del año 2005 para una decisión que se adopta en el año 2016, ni una medida transitoria hasta tanto se celebre una audiencia.

Contenido de la Audiencia en relación a la tarifa
La audiencia siempre se debe hacer para el transporte y distribución de gas, porque son fijados monopólicamente (ley 24.076 y cc).
Es distinto el caso de Precio de ingreso al sistema de transporte del gas (Pist), porque hay una evolución en el tema:
La leyes 17.319 y 24.076, y sus reglamentaciones, establecieron que la producción y comercialización de gas es efectivamente una actividad económicamente desregulada y no fue calificada como servicio público
Desde el dictado de la Ley de Emergencia 25.561 en enero del año 2002, el precio del gas pasó de un contexto de libre negociación de las partes a uno de intervención estatal, mientras que su importación, la ampliación de las redes de transporte y distribución y las tarifas que remuneraban dichos servicios fueron financiados, fundamentalmente, con recursos provenientes de cargos tarifarios, programas especiales de crédito, aportes específicos de determinados sujetos del sector y subsidios del Estado Nacional. Específicamente a partir del Decreto 181/2004, el Poder Ejecutivo intervino en su fijación, dejando de lado al mercado.
En consecuencia, es razonable que, hasta el momento en que efectivamente el precio del gas en el PIST se determine sobre la base de la libre interacción de la oferta y la demanda, su análisis se efectúe conjuntamente con la revisión de tarifas para la cual es necesaria, como ya se dijo, la celebración de una audiencia pública.
Es decir: en la situación actual el Estado intervino fuertemente en la fijación del Pist y por lo tanto debe someterlo a una audiencia pública porque es una decisión que, claramente, escapa al mercado. A partir de la fijación según reglas de oferta y demanda, no será necesaria la audiencia, porque se aplica la ley 24078.
La propia conducta del Estado actúa como una condición suspensiva de la aplicación de la norma originaria.

Protección de l@s consumidor@s y usuari@s
En el artículo 42 de la Constitución se han reconocido las hondas desigualdades inmanentes al mercado y al consumo, dada la asimetría real en que se desenvuelve la persona que acude al mercado en pos de la satisfacción de sus necesidades humanas.
Por ello hay una protección enfocada en la calidad de bienes y servicios, preservación de la salud y seguridad; información adecuada y veraz; libertad de elección; y condiciones de trato equitativo y digno y también derechos de participación, como el derecho reconocido en cabeza de los usuarios, con particular referencia al control en materia de servicios públicos.

División de Poderes y Funciones
Poder Ejecutivo: La fijación de tarifas es una facultad del Poder Ejecutivo (Precedentes de la CS. Fallos 184:306, 322:3008 y “Establecimiento Liniers S.A.”, fallada el 11 de junio de 2013) y la implementación de la política energética
Poder Legislativo: le corresponde la determinación del marco regulatorio general de la materia y las facultades tributarias.
Poder Judicial: El Poder Judicial debe controlar si las tarifas se ajustan a la Constitución y la ley y su razonabilidad. No debe sustituir al legislador, ni definir la política política energética. No puede fijar porcentajes de tarifas, ni dictar sentencias con efectos generales sin determinar previamente una categoría de afectados que sea homogénea (precedente Halabi).
El Tribunal señala que se han dictado sentencias vinculadas con la magnitud del aumento tarifario, sin distinción de categorías de usuarios, tratando de manera igual a situaciones heterogéneas, apartándose de la jurisprudencia de la Corte, que debe ser respetada.

¿Por qué se limita la sentencia a los usuari@s residenciales?
La Cámara dictó una sentencia con efectos generales para todo tipo de usuarios y para todo el país. No se los citó previamente, y no se hacen distinciones según sean residenciales, comerciales, industriales, o según diferentes tipos de ingresos económicos, o regiones.
La Corte Suprema ha definido el proceso colectivo en diversos precedentes (“Halabi”) y ha dicho claramente que deben existir intereses individuales homogéneos.
Es decir, debe haber una causa común (en el caso la falta de audiencia), pero no hay homogeneidad.
Este es un elemento muy importante. Está en juego la libertad de las personas en cuanto a la disposición de su patrimonio.
En el caso, el único grupo homogéneo que reúne los elementos definidos en “Halabi” es el de los usuarios residenciales (conforme decreto 225/92 ─Anexo “B”, Subanexo II─, decreto 181/2004 y resolución ENARGAS 409/2008). Se trata de los ciudadanos a quienes les resulta difícil hacer una demanda por sí mismos y por eso se afecta el acceso a justicia y pueden ser representados en una sentencia colectiva.
Por esta razón, la sentencia de la Corte únicamente tiene efectos respecto de ese colectivo.
Las decisiones tomadas por el Poder Ejecutivo Nacional en el corriente año en relación a la tarifa social y a la protección de los sectores más vulnerables se mantienen.
La sentencia, en ningún caso puede arrojar como resultado sumas mayores a las que dichos actores hubiesen debido abonar por estricta aplicación del nuevo cuadro tarifario, considerando la mencionada tarifa social (conf. doctrina de Fallos: 336:607).

AMPLIACIÓN DE FUNDAMENTOS DEL DR MAQUEDA
La audiencia pública tiene raigambre constitucional. Es un derecho ciudadano reconocido en el artículo 42 de la Constitución Nacional que se sustenta en los principios de la democracia participativa y republicana.
Todos los usuarios y consumidores –sin distinción de categorías- deben formar parte de la audiencia pública, que debe realizarse en forma previa a la toma de decisiones en materia tarifaria.

Dicho mecanismo de participación ciudadana debe llevarse a cabo respecto de todos los tramos que componen la tarifa final del servicio público de gas: precio en boca de pozo, transporte y distribución.

En el día de la fecha, el Doctor Maqueda en su voto declaró la nulidad de las resoluciones 28/2016 y 31/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, que fijaron el nuevo esquema de precios del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte, y un nuevo cuadro tarifario del servicio. (Causa FLP 8399/2016).
La nulidad de las resoluciones 28/16 y 31/16 se fundó en que el Ministerio de Energía y Minería de la Nación no cumplió con la obligación de llevar a cabo audiencias públicas.

Sostuvo, en primer término, que el artículo 42 de la Constitución Nacional reconoce a la participación pública como un derecho que la ciudadanía puede ejercer directamente, sin perjuicio de que el Congreso establezca la forma en que este derecho debe llevarse a cabo en cada caso.

Afirmó que -específicamente en materia tarifaria- la participación de los usuarios de un servicio público no se satisface con la mera notificación de una tarifa ya establecida, porque la Constitución garantiza la participación ciudadana previa en instancias públicas de discusión y debate, y ese aporte debe ser ponderado por el Poder Ejecutivo cuando fija el precio del servicio.

Este derecho de participación reconocido a los usuarios en el caso del servicio de gas se estructuró en 1992 en su ley regulatoria mediante el mecanismo de audiencias públicas. Resaltó que para que este derecho no sea ilusorio, deben cumplirse las siguientes condiciones.

En primer término, todos los usuarios tienen derecho a recibir de parte del Estado información adecuada, veraz e imparcial en forma previa a la realización de las audiencias. La segunda condición está dada por la celebración de este espacio de deliberación entre todos los sectores interesados, con un ordenamiento apropiado que permita el intercambio responsable de ideas en igualdad de condiciones. Por último, este derecho debe ser valorado en el momento en el que el Poder Ejecutivo toma la decisión. De otro modo, todas las etapas anteriores constituirían puro ritualismo si la autoridad no considerara fundadamente, en oportunidad de tomar las resoluciones del caso, las situaciones y argumentaciones que se expusieron en la audiencia.

En este marco constitucional y legal, afirmó que el Poder Ejecutivo no podía sostener válidamente que no era exigible la realización de audiencia pública antes del dictado de las resoluciones impugnadas por tratarse la producción y comercialización de este recurso de una actividad desregulada, es decir, una actividad cuyo precio era fijado por el libre juego de la oferta y la demanda.

En efecto, explicó que este argumento no es valedero, porque a partir de 2004, el precio del gas pasó a ser fijado por el Estado del mismo modo en que fija las tarifas. Así, respecto de precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST, o precio a boca de pozo), estableció que mientras el Estado siga fijando el precio, corresponderá también llevar a cabo obligatoriamente las audiencias públicas.

Agregó que tampoco puede considerarse el argumento según el cual se trata de una tarifa transitoria, porque más allá de la permanencia temporal del régimen, lo cierto es que implica un aumento que puede llegar a quintuplicar la tarifa de gas que paga el usuario, y que en caso de que tal aumento no pueda ser afrontado, podría ser privado del servicio. En tales condiciones, resulta intrascendente que se trate o no de un régimen transitorio.

Seguidamente, reiteró que la potestad tarifaria de los servicios públicos es del Poder Ejecutivo y tiene por objeto asegurar su prestación en condiciones regulares y la protección del usuario.
Asimismo, también recordó que la interpretación de las normas, que incumbe a los jueces, no llega hasta la facultad de instituir la ley misma ni a suplir al Poder Ejecutivo en la decisión e implementación de la política energética. La misión más delicada de los jueces es la de saberse mantener dentro del ámbito de su jurisdicción.

Puso de manifiesto cómo había sido la política tarifaria en materia de gas en los últimos 14 años, para concluir que era necesario fijar criterios para una política tarifaria razonable respecto a servicios públicos esenciales.

A tal efecto recordó que las actividades o servicios esenciales para la sociedad, eran aquellos cuyas prestaciones se consideran vitales e indispensables para el conjunto de los ciudadanos, con el fin de asegurar su prestación.

Destacó que, según informó el Estado, la política energética implementada a partir del año 2002 tuvo como consecuencia la pérdida del autoabastecimiento, el aumento del gasto público, importaciones por parte del Estado Nacional, déficit de la balanza comercial, consumo de los “stocks” de recursos y capacidad disponibles, escasez del gas, deterioro de las infraestructuras de transporte y distribución y falta de inversiones en el desarrollo de sus redes.

Consideró que dicha situación imponía al Estado una especial prudencia y rigor a la hora de la determinación de las tarifas y de su transparencia.

Sostuvo que el Estado debe velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad de los servicios públicos, ponderando la realidad económico-social concreta de los afectados por la decisión tarifaria con especial atención a los sectores más vulnerables, y evitando, de esta forma, una verdadera conmoción social provocada por la exclusión de numerosos usuarios de dichos servicios esenciales como consecuencia de una tarifa que, por su elevado monto, pueda calificarse de “confiscatoria” de los ingresos de un grupo familiar.
Resolvió aplicar esta decisión a los usuarios residenciales de gas que constituyen un colectivo uniforme que cuestiona las resoluciones señaladas y que no podría demandar individualmente en razón de los costos que tal litigio implicaría para cada uno de ellos.

Respecto de la vigencia de la tarifa social para proteger a los sectores más vulnerables de la sociedad, el voto puso de manifiesto que la aplicación del más elemental sentido de justicia implica que la tarifa final que se aplique a esos sectores como consecuencia de este fallo nunca podría implicar el pago de una suma mayor a lo que hubiesen debido pagar por aplicación de la tarifa social correspondiente al cuadro tarifario discutido en la causa.

En conclusión, las decisiones adoptadas por el Poder Ejecutivo violentan el derecho a la participación de los usuarios, bajo la forma de audiencia pública previa, en el proceso de revisión de tarifas.

“El sistema es objeto de cuestionamientos por parte de los trabajadores y usuarios, y hay problemas que se deben resolver junto a los propios protagonistas. Los últimos acontecimientos de violencia en las guardias, nos alertan sobre la necesidad de enfocar y contribuir a mejorar el sistema”, dijeron efectores de la salud local.

Autoridades de clínicas privadas y asociaciones de profesionales agregaron que “no existe una fórmula mágica e infalible para evitar el error médico, los eventos adversos, la seguridad del paciente, la violencia física o verbal. Se hace necesario aplicar todos los esfuerzos en el sentido de crear condiciones y mecanismos capaces de contribuir de forma efectiva por lo menos, en la disminución de los malos resultados”.

“Creemos necesario instrumentar, políticas de enseñanza aprendizaje, para la comunidad y el personal de salud, intervenciones culturales, arquitectónicas y comunicacionales. Debemos incorporar los ataques al personal de salud como delito al Código Penal. Queda mucho trabajo por delante para todas nuestras instituciones. La violencia en hospitales debe ser considerada un delito”.

Del encuentro participaron representantes del Colegio Médico Distrito X, de la Asociación Médica de Bahía Blanca, de los hospitales Español, Italiano, Privado del Sur, Felipe Glasman y Matera y de las Asociaciones de Profesionales del Penna, del Municipal y del Italiano, del Servicio de Emergencia 911. Adhirió además la dirección del Hospital Penna.

Plan de seguridad

Este mediodía se realizará el lanzamiento Provincial del Plan de Seguridad Hospitalaria en el marco del cual se pondrá en funciones a agentes de la policía que custodiarán al Hospital Penna y su predio.

“Esta es la primera etapa, que continuará con la colocación de botones antipánico y cámaras de seguridad. La presentación la realizarán funcionarios provinciales: a cargo del Programa subcomisario Gastón Obregón, acompañado por el oficial subinspector Emiliano Ruiz y el capitán Fernando Baldellio”, informó la dirección.

Según se indicó, el plan fue “diseñado por la ministra Zulma Ortiz con el objeto de disminuir la violencia hospitalaria, prevenir delitos y proteger especialmente a los compañeros del hospital, los pacientes y los bienes del nosocomio”.

Ante el fracaso de las negociaciones para acordar con la cámara empresaria de la televisión por cable un aumento salarial acorde a lo solicitado, el SATSAID realiza un paro este jueves. Intentan “evitar, frente la escalada de aumentos de precios, la pérdida de poder adquisitivo y el empobrecimiento de los trabajadores de televisión de todo el país”.

Una medida similar acordada por las autoridades sindicales el 13 de julio había sido suspendida por la conciliación obligatoria dispuesta por el Ministerio de Trabajo que finalizó anoche.

Mientras tanto, se realizaron “numerosas y extendidas audiencias (…) sin obtener hasta aquí un resultado satisfactorio y suficiente al objetivo salarial planteado, producto de la irresponsable e insensible actitud del sector empresario que sin ninguna razón se mantiene intransigente en una posición especulativa que juega con la necesidad de los trabajadores y ante la obligación de esta organización sindical de defender la íntegramente el carácter alimentario del salario”.

El consejo directivo del SATSAID ratificó el pedido del 42% de aumento más una suma por única vez de $11.500 y convocó a las trabajadoras y los trabajadores de televisión de las empresas de circuitos cerrados de televisión, beneficiarios del Convenio Colectivo de Trabajo 223/75 a parar hasta las 24 de hoy con permanencia en los puestos de trabajo.

Foto: Alejandro Alonso.

(Por ¿Quién te juna?*) Sistema penitenciario es el término que se utiliza para las instituciones donde las personas que son condenadas por diferentes hechos delictivos cumplen las penas previstas, y donde el propósito es su futura reinserción social.

En la actualidad, los internos de diversos establecimientos deben enfrentar el sobrevivir bajo condiciones inhumanas, donde llegan al punto de, en muchos casos, tener que arriesgar su vida para poder solicitar las atenciones (psicológica, social, médica), que le deberían ser otorgadas por derecho.

Cabe destacar que el artículo 25 de la ley 25.875 ampara derechos humanos en las cárceles del Servicio Penitenciario Federal y en otros lugares de detención, donde se encuentran privados de la libertad hombres, mujeres, niñxs y adolescentes. Además, el artículo 18 de la Constitución Nacional los ampara, resguardando la sanidad y limpieza de los establecimientos, para la seguridad (y no el castigo) de los presos.

Alumnos que ayudan a otros alumnos

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A pesar de la situación actual y de muchas fallas por parte del Estado, en la unidad penitenciaria Nº 4 de la ciudad de Bahía Blanca, y en Nº 19 de la localidad de Saavedra, se implementa desde el año 2001, el programa Voluntario Universitario “EDUCAR para REINSERTAR”.

Esto se lleva a cabo por alumnos de la carrera de abogacía, que concurren a las instituciones con el fin de coordinar reuniones de estudio (además de brindar clases vía Skype), destinadas al apoyo de los internos inscriptos en el programa, y que en el futuro pueden continuar con la carrera en la U.N.S.

Los avances que lograron se vieron reflejados en la creación del primer centro de estudiantes, el dictado de clases mixtas, la construcción de una biblioteca, tres aulas, la sala de informática, y la Oficina Judicial coordinada y gestionada por los propios internos.

En la actualidad, el programa es coordinado por Nahuel Tejada y Lucas Fernández Leyes, luego de que, el ahora Secretario de la Fiscalía General, Santiago Garrido, creador del programa ‪Educar Para Reinsertar, les cediera el mando.

Al explicar los principales objetivos, Tejada destacó que el programa sirve como nexo entre los actuales estudiantes de la carrera de abogacía y quienes la cursan como internos de ambas correccionales. También resaltó que “el programa comunica a los dos tipos de alumnos [dentro del penal]. Los que cursan en el campus de Palihue, luego se trasladan con pedido de autorizaciones a la unidad Nº 4 para poder compartir esos conocimientos, actualizaciones de bibliografía, legislaciones actualizadas con quienes están privados de su libertad y tiene restricciones. Lo que se hace es llevarles lo que uno obtiene en el aula, en la universidad pública, y compartírselo a quienes no pueden concurrir a clases”.

Con respecto a los requisitos que deben cumplir para estudiar la carrera, afirmó: “son los mismos que tienen los estudiantes regulares de la universidad”.

Demostrando que se puede acabar con los tabúes, Garrido repasó el historial, destacando que la cárcel de Villa Floresta fue la primera de la provincia en implementar las clases mixtas: “Arrancamos como prueba piloto en la Universidad y luego se extendió rápidamente. Como se vio que no había problema, al año siguiente se aplicó a la primaria y a la secundaria. Esta cárcel y todas las demás de la provincia de Buenos Aires tienen todo mixto, porque salió una resolución interna del servicio penitenciario”.

En referencia a los resultados, sostiene que ha tenido éxito, ya que muchos presos decidieron inscribirse para obtener una salida a futuro. Uno de los ejemplos que se puede citar es Diego Escobar, quien está próximo a recibirse de abogado, y explicó que no cuentan con muchas oportunidades, por lo tanto, fue un refugio que llegó a él.

Afirmó: “Al principio, que fue la etapa del proceso en la que uno no sabe, estaba con un delito bastante complicado; tenía un pedido de 37 años en principio. Tenía una cuestión, la idea en la cabeza de que era un tiempo considerable, y ¿de qué manera paso este tiempo? ¿Qué me va a redituar a los fines de irme antes, o tener una calidad de vida distinta ahí adentro? Y ese fue el gran incentivo”.

Para explicar cuándo fue que se decidió a estudiar la carrera comenta: “Nunca soñé con estudiar abogacía, nunca estuvo en los planes. Se fue dando así, de casualidad. De una manera muy inconsciente fui llegando; situaciones que me llegaron o yo mismo me las impuse, de alguna manera, y me puse a estudiar”.

Resaltó que sobrevivir en el sistema, estando bajo libertad condicional, no es fácil, ya que está hecho de forma para que vuelvas a estar encerrado. Y considera que cuando se reciba va a poder cerrar el círculo, a poder empezar de cero. Esto debido a que supo sacar provecho de una situación adversa.

A pesar de que falta mucho por cambiar en el sistema penitenciario, este es un paso en la dirección correcta, para demostrar que las personas que son condenadas a estar en prisión, y que quieren salir adelante, pueden ver que cuentan con esa posibilidad.

*¿Quién te juna? se emite los miércoles a las 21 por FM De la Calle 87.9 Mhz.

La Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA) resolvió convocar a un paro nacional docente el próximo miércoles 24 de agosto y participar activamente de la Marcha Federal -entre el 31 y el 2 de septiembre- convocada por la CTA y otras organizaciones sindicales y sociales con huelgas, movilizaciones y jornada provincial de protesta.

El gremio realizará además una Jornada Nacional contra la Impunidad el 21 de septiembre por la continuidad de la Causa Fuentealba II y apuntará a fortalecer las luchas provinciales ante la negativa de los gobiernos a no reabrir las paritarias.

La CTERA reclama reapertura de la Paritaria Nacional, aumento salarial, cumplimiento de los Acuerdos Paritarios, continuidad de los Programas Nacionales Socioeducativos, un aumento del 10% del PBI para Educación y rechaza el Impuesto a las Ganancias y cualquier intento de modificación de la jubilación.

En tanto, el plenario de SUTEBA resolvió que de no haber respuesta por parte del gobierno provincial, se realizará, en el marco del Frente Gremial Docente Bonaerense, la profundización del plan de acción con 48 horas de paro.

Amenazas y repudios

docentes
La seccional local de SUTEBA difundió ayer un comunicado a la docencia y la opinión pública para informar que pasado el mediodía “llegó un mail a la dirección de correo electrónico de la seccional Quilmes con amenazas que decían que por la tarde iban a tirar gas tóxico en la seccional. El hecho se repitió en Berazategui y luego en Bahía Blanca, y según parece también en otras seccionales. Es muy grave que esto esté pasando, en un contexto en el que crece el hambre y la desocupación y el gobierno ratifica el ajuste y la represión, como ocurrió este fin de semana en La Plata y hoy día en Puente Pueyrredón, además de las amenazas a abogada de derechos humanos en Tucumán”.

“Es también un ataque a la organización sindical de los docentes, que estamos llevando adelante un plan de lucha. Repudiamos estas amenazas, hacemos responsables al gobierno por la integridad física de las y los compañeros amenazados, y exigimos inmediato esclarecimiento de los mismos. Nuestra entera solidaridad con las y los docentes y sus organizaciones sindicales, que han sido intimidadas por estas prácticas que nos retrotraen al accionar de las bandas paramilitares de los años 70”.

Desde ADUNS repudiaron “este tipo de actitudes arteras, cobardes y anónimas que no por casualidad aparecen en escena cuando está abierto un proceso de lucha y resistencia contra el ajuste que venimos soportando los habitantes de este país producido por el alza de los productos de la canasta familiar, los tarifazos, los despidos, la depreciación de nuestros salarios y la violencia institucional, simbólica o concreta, ejercida desde el Estado”.

La Corriente Comunista David “Watu” Cilleruelo se puso “a entera disposición de las compañeras y compañeros de Suteba, quiénes han sufrido acciones impropias en un sistema democrático y mucho más parecidas a épocas nefastas, recibiendo amenazas por luchar. El ajuste feroz viene de la mano de la represión, lamentablemente ya es un hecho. Estos intentos patoteriles cobardes, deben encontrar una única respuesta, redoblar nuestras luchas y continuar fortaleciendo las organizaciones y la unidad de las y los agredidos por estas políticas nefastas”.

“La Asociación de profesionales del HIG Penna repudia todo tipo de amenazas y acto de violencia y se solidariza con los compañeros docentes con quienes caminamos juntos desde hace 5 años en defensa de la salud y educación pública. la violencia en todas sus formas solo genera más violencia y demuestra la intolerancia y mediocridad de pensamiento de quien la ejerce”, manifestaron los médicos y las médicas del hospital provincial.

La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, consideró que corresponde confirmar el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata que, tras revocar la sentencia de primera instancia, había declarado la nulidad de las resoluciones 28/2016 y 31/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y ordenó que el marco tarifario correspondiente al servicio de gas se retrotrajera a las tarifas vigentes con anterioridad al dictado de esas medidas.

La Procuradora señaló que el tribunal platense había interpretado “adecuadamente el derecho federal vigente al concluir que el aumento tarifario no pudo ser válidamente implementado sin la realización previa de una audiencia pública dado que la Ley 24.076 de Gas Natural impone ese mecanismo como herramienta para garantizar el derecho constitucional de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores previsto en el artículo 42 de la Constitución Nacional”.

Las resoluciones cuestionadas habían sido dictadas el 28 y 29 de marzo de este año. De acuerdo con el dictamen, el nuevo esquema de financiamiento del servicio de gas “trajo aparejado un aumento tarifario muy significativo que deben afrontar los usuarios y consumidores para acceder al servicio de gas”, tal como lo refleja el informe del Estado Nacional presentado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En estas circunstancias, recordó que “si bien es cierto que el mérito o conveniencia de una política pública es una cuestión que excede el ámbito de una revisión judicial, no es menos cierto que tales políticas deben implementarse con acatamiento a los límites que resultan del marco regulatorio legal específico en la materia, y sin vulnerar los derechos y garantías constitucionales reconocidos a favor de los usuarios y consumidores. En tal sentido, una de las funciones del Poder Judicial es controlar que los restantes poderes del Estado no se extralimiten en el ejercicio de sus facultades y respeten el ordenamiento jurídico vigente”.

La realización de audiencias públicas

La Procuradora General puntualizó que la Ley 24.076 de Gas Natural dispone “expresamente la realización de una audiencia pública en forma previa a la adopción de ciertas decisiones en materia tarifaria” y agregó que el mismo mecanismo prevé el decreto 1738/92 —reglamentario del régimen de gas—. Además, destacó que “estas disposiciones que integran el régimen de gas natural, en el que se inscribe el requisito de audiencia pública previa, fijan también como objetivo la determinación de tarifas justas y razonables, a la vez que consagran los principios de accesibilidad, gradualidad, coherencia, progresividad y previsibilidad”.

Por otra parte, la titular del MPF recordó que “el artículo 42 de la Constitución Nacional, incorporado en la reforma de 1994, otorgó máxima jerarquía a los derechos de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores como así también a la protección de sus intereses económicos, que, en el ámbito del servicio de gas, están implementados por la ley 24.076 y sus disposiciones reglamentarias”.

Frente a esto, destacó la relevancia de la audiencia pública previa como “una instancia de participación ciudadana que favorece la democratización de las decisiones, la formación de consensos, la transparencia y la publicidad de los actos y los procedimientos”.

El dictamen también precisó que el nuevo cuadro tarifario es el resultado del incremento conjunto de los tres componentes de la tarifa de gas, esto es: el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), la tarifa de transporte, y la tarifa de distribución (art. 37, ley 24.076). También, puso de relieve que “la resolución 28/2016 no solo tuvo por objeto la fijación de nuevos precios de gas natural en PIST, sino que incluyó medidas para determinar bonificaciones por ahorro de energía, tarifas diferenciales por zona geográfica y la llamada tarifa social”.

En ese contexto, Gils Carbó resaltó que “resulta determinante apreciar que el precio del gas en PIST representa, en la actualidad, más del setenta por ciento (70%) de la tarifa de gas, tal como señala el Estado Nacional en su recurso extraordinario […] La incidencia de ese componente en la tarifa es particularmente importante en este caso en atención a la magnitud de la totalidad del aumento tarifario”.

“Tales aspectos demuestran que la postura del Estado Nacional —orientada a excluir del ámbito de la audiencia pública las cuestiones vinculadas al precio del gas en PIST— implica restringir sustancialmente la eficacia de la audiencia pública para garantizar los derechos constitucionales de información, consulta y participación de los usuarios pues, de ese modo, se recorta el debate sobre la accesibilidad, gradualidad, coherencia, progresividad y previsibilidad sobre el componente más determinante de la tarifa final en el marco de un aumento extraordinario”, concluyó.

Otros derechos fundamentales en juego

La Procuradora General consideró que la multiplicidad de amparos y acciones judiciales promovidas a lo largo de todo el país demostró que el aumento tarifario podría afectar el acceso de usuarios y consumidores al servicio básico de gas, lo cual “pone en juego derechos humanos y fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional y en los instrumentos internacionales”, tales como la protección del derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y para su familia, lo cual comprende alimentación y vivienda adecuada, así como la protección del derecho a trabajar, a comerciar y a ejercer toda industria lícita. En este sentido, agregó que “el acceso al servicio básico del gas es indispensable para la continuidad de la actividad económica de los comerciantes, las empresas —en especial, las pequeñas y medianas—, las fábricas recuperadas y las cooperativas, de las cuales depende en gran medida la conservación de las fuentes de trabajo”.

Por otra parte, el dictamen detalló que los aumentos en la tarifa de gas generaron una serie de acciones judiciales en todo el país, en el marco de las cuales los fiscales federales de Río Gallegos, Mar del Plata, Zapala, Ushuaia, Río Grande, Córdoba, Neuquén, Rawson y Caleta Olivia, entre otros, “se expidieron a favor de la procedencia de la suspensión cautelar del aumento tarifario solicitada por haberse omitido la realización de una audiencia pública previa”.

Normas de emergencia

La Procuradora también estimó que correspondía rechazar el planteo del Estado Nacional según el cual las normas cuestionadas fueron dictadas en el marco de las leyes de emergencia, sobre cuya base el Ejecutivo dispuso que la audiencia solo regía para la Revisión Integral de Tarifas y no para aumentos transitorios.

Tras el análisis de la normativa, consideró que “las resoluciones 28/2016 y 31/2016 impusieron a los usuarios y consumidores un aumento significativo que impacta, de manera inmediata e irreversible, en el acceso a un servicio básico y en la planificación de gastos familiares y costos empresariales. Desde el punto de vista de los usuarios, ello descarta el carácter transitorio que le atribuyó el Estado Nacional a las medidas cuestionadas”.

Gils Carbó citó el propio informe del Poder Ejecutivo presentado ante la Corte, en el cual se destaca que “el treinta y ocho por ciento (38%) de los usuarios se ve afectado por aumentos que superan el cuatrocientos por ciento (400%)”. Y agregó: “La incidencia del aumento es, incluso, más severa en el caso de los usuarios de las categorías SGP (pequeños consumos comerciales o industriales), dado que el cien por ciento (100%) debe afrontar aumentos que en promedio superan el quinientos por ciento (500%), e incluso en algunos casos alcanzan el mil quinientos por ciento (1.500%)”.

Por otra parte, respecto a la invocación de las normas de emergencia, la Procuradora General consideró que estas leyes “lejos de entender que la celebración de audiencia pública obstaculiza la renegociación, la concibieron como una herramienta útil” para proteger “el interés de los usuarios y la accesibilidad de los servicios”.

Fuente: fiscales.gob.ar

Organizaciones de Derechos Humanos manifestaron hoy su preocupación ante los retrasos por los inicios de los juicios de lesa humanidad en la ciudad bonaerense de Bahía Blanca. “Hace nueve meses finalizó el último juicio por crímenes de lesa humanidad que se realizó en nuestra ciudad.

Finalizó hace nueve meses y al cabo de más de un año de desarrollo para juzgar a una veintena de genocidas”, expresaron las organizaciones Red por el Derecho a la Identidad de Abuelas de Plaza de Mayo Filial Bahía Blanca, HIJOS y la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH).

Según indicaron en un comunicado, “extraoficialmente (los jueces) dejaron correr información sobre distintas fechas de inicio, hasta llegar a que en el mes de julio de este año iniciarían el próximo.

Sin embargo, a esta altura del mes de agosto, no tenemos fecha cierta ni formato de los juicios a realizarse”.

“Hemos planteado, así como lo hizo varias veces la Fiscalía de Lesa Humanidad, la unificación de causas por razones de economía procesal, ya que no se puede realizar un juicio de la manera que se vienen haciendo, o sea uno por año, sumado a la dificultad de que las audiencias son insuficientes”, indicaron a Télam.

En ese contexto, expresaron que “eso significa por un lado impunidad biológica para los imputados y un avance del burocratismo judicial”.

“Las prisiones domiciliarias son las nuevas modalidades de la impunidad, como lo son también la demora en los procesos y la menor intensidad judicial para investigar y juzgar. Porque, además, en reiterados casos se ha constatado que los inadecuados sistemas de control permiten a los represores de la dictadura circular tranquilamente por las calles”, agregaron.

En ese contexto los citados organismos expresaron que “esa impunidad les permitió gozar -jóvenes y sanos- de más de 20 años de libertad, y hoy se confronta con el fallecimiento de víctimas, familiares y testigos de todo orden, generando otras graves dificultades judiciales más, que no deben suceder a esta altura del inicio de políticas de Estado de Memoria, Verdad y Justicia.”

También expresaron que en todo el país “los genocidas han tenido un justo y debido proceso, y el trato dispensado por la justicia ha sido preferencial” al indicar que de los 2.436 represores imputados desde 2006 por crímenes aberrantes, 937 (38,5%) fueron excarcelados por los jueces mientras tramitan sus causas y sólo 1.056 (43,3%) se encuentran detenidos”.

“Pero de este total de detenidos, sólo 568 (54%) cumplen prisión efectiva, mientras que 462 (44%) gozan de arresto domiciliario. Es decir que sólo un 23 % del total de represores llevados ante la justicia -uno de cada 4- está efectivamente en prisión”, indicaron.

También y por último expresaron que los “juicios de lesa humanidad deben acelerarse y profundizarse. Es de estricta justicia”.

“Instamos a los jueces del TOF que juzga a genocidas en Bahía Blanca a que sigan el camino que nos honra como sociedad y que parecería están abandonando, de Memoria, Verdad y Justicia”, puntualizó el comunicado.