Esta mañana comenzó el allanamiento al puesto policial de Teniente Origone en el marco de la investigación de la desaparición forzada seguida de muerte de Facundo Astudillo Castro. Un equipo de FM De la Calle informa desde el lugar.

La medida fue ordenada por la Cámara Federal al revocar parcialmente el fallo de la jueza María Gabriela Marrón referido a diversas medidas de prueba solicitas por la Fiscalía y la querella.

El operativo fue finalmente convocado ayer por el juez federal Walter da Silva, quien se encuentra interinamente a cargo del Juzgado Federal N° 2 ya que la titular goza de licencia.

Participan los fiscal Andrés Heim y Horacio Azzolin; la Gendarmería Nacional, Cristina Castro y su abogado Leandro Aparicio, la perita Virginia Creimer, Marcos Herrero con sus perros Yatel y Casay, la representante de la querella institucional de la Comisión Provincial por la Memoria, Margarita Jarque y dos testigos.

Cerca de las 14, peritos de Gendarmería retiran en cajas prendas de vestir y otros elementos probatorios.

Cristina Castro: “Estamos ansiosos de rescatar nuevas pruebas”

“Sabemos que ha pasado mucho tiempo pero estamos ansiosos de rescatar nuevas pruebas para ya por fin llevar tras las rejas a todos los asesinos de Facu”, dijo Cristina Castro a FM De la Calle.

“Es un calabozo viejo donde habían manchas, un colchón, donde no nos permitieron levantar muchas cosas. Todas las pericias que faltaban, hoy las vamos a hacer”, agregó.

Respecto de los policías involucrados en la desaparición del joven, Cristina sostuvo que “siguen yendo a trabajar todos los días, ninguno ha sido apartado ni siquiera suspendido hasta que se resuelva la causa”.

La Bonaerense nunca se aparta

Durante la mañana un móvil con efectivos de la Bonaerense se acercó al lugar con intenciones de presenciar el operativo.

Tomaron fotos de la orden de allanamiento y tuvieron que retirarse tras la intervención del abogado Aparicio. Pasado el mediodía continuaban mirando desde la vereda de enfrente.

Del fallo de la Cámara Federal

En Origone “se conjugan el hallazgo de un cabello que pertenecería a Facundo en el móvil que el 30/4/2020 era conducido por Alberto González (Toyota Hilux, número interno nro. 27.788, dominio PQH491); el amuleto ubicado en un montículo de basura en el sector trasero del destacamento, que según afirma la madre del joven, habría pertenecido a su hijo; sumado a que el último policía que tuvo contacto con él habría sido el nombrado González, quien en ese momento se encontraba a cargo de dicho Puesto de Vigilancia; y que según lo declarado por una testigo de identidad reservada (con posterioridad a la resolución de la jueza a quo) habría escuchado una conversación de funcionarios municipales de la zona indicando que en la comisaría de Origone se hallaron prendas de Facundo y que se ordenó que se las haga desaparecer, siendo una de esas prendas una gorra (de manera coincidente, una de las prendas encontradas en la mochila de Facundo, fue una gorra de Ford que él usaba, regalo de la testigo D.G., junto al resto de la ropa y los celulares)”.

“Por ello, se autoriza que se disponga un nuevo allanamiento e inspección sobre la totalidad de los ambientes y dependencias interiores, como así también, toda otra edificación y/o instalación del predio exterior que forme parte del establecimiento en el que se emplaza el Puesto de Vigilancia Policial de Teniente Origone, Villarino a efectos de que se proceda a la búsqueda y recolección de toda clase de rastros (biológicos o muestras de ADN, huellas, cabellos y fibras, incluidos aquellos correspondientes a fauna cadavérica, sedimentos, micro algas, entre otros); debiendo realizarse la búsqueda de sustancias hemáticas mediante el empleo del dispersado de luminol en la totalidad de los ambientes de las instalaciones antes referidas”.

Cristina Castro encabezó ayer una marcha con velas para recordar que Pedro Luro no olvida y exige verdad y justicia por su hijo Facundo. “Sabíamos que íbamos a pelear, no vamos a bajar los brazos nunca, hasta que todos los responsables estén tras las rejas”, dijo a FM De la Calle.

El viernes tres medidas judiciales reimpulsaron la investigación por la desaparición forzada seguida de muerte: la Cámara Federal ordenó nuevas medidas de prueba, los fiscales Andrés Heim y Horacio Azzolín recusaron a la jueza Gabriela Marrón y el fiscal Santiago Martínez pidió apartarse de la causa.

El abogado Luciano Peretto afirmó que “el año de la desaparición nos tiene que encontrar con los primeros imputados”. “Veníamos haciendo un trabajo de hormiga, sabíamos que no iba a cerrar la causa, teníamos dos grandes pilares, Heim y Azzolin, cada cosa que iba a apareciendo era un golpe al alma”, sostuvo Cristina.

Se refirió al nuevo allanamiento que deberá realizarse en la estación policial de Origone y a los obstáculos de la jueza y de efectivos de la Bonaerense para desviar la atención. “Esperamos que sigan apareciendo cosas y poder gritar un día que lo logramos”.

En ese sentido, mencionó que una testigo de identidad reservada “estuvo mucho tiempo buscándonos e intentando declarar. Lo que nos dice es muy fuerte: (el intendente Carlos) Bevilaqua mandó a limpiar esa comisaría sabiendo que estaba la gorra de mi hijo que después apareció en el cangrejal”.

En cuanto al secuestro de los teléfonos de los policías Mario Gabriel Sosa, Jana Curruhinca, Siomara Flores y Alberto González dijo que le llama la atención que solo exista una foto de Facundo de espaldas: “Se encargaron de borrar la foto de frente, tenemos la esperanza de que aparezca algo más porque es muchísimo lo que borraron”.

En cuanto a las intimidaciones que recibe desde el comienzo de la búsqueda de su hijo, Cristina relató que recientemente tuvo que ir a La Salada a ver una persona que necesitaba asesoramiento legal y concurrió con Peretto: “Ingresamos y al rato estábamos rodeados de policía, nos filmaban, se escondían, yo estaba comprando aros para mi nieta. A mi trabajo desde que denuncié en noviembre el apriete que me habían hecho no fueron nunca más. Cada intimidación la voy a denunciar”.

“Creemos en la responsabilidad personal tanto del Ministerio Público Fiscal como de la jurisdicción de Bahía Blanca por haber denegado las medida de prueba, no haberlas producido, cuando por el principio de degradación uno va perdiendo material a medida que avanza el tiempo”, comentó el abogado a FM De la Calle.

Dijo que “la información que tuvimos por fuera de los informes de las empresas de telefonía nos daban indicaciones de comunicaciones sugestivas de altos funcionarios policiales a muy bajos funcionarios el 30 de abril cuando desaparece Facu”.

De la recusación de los fiscales contra la jueza destacó que le reprochan “filtrar información y haber mandado a hacer posiblemente un informe por encargue del IADO. (El organismo) se excede en sus funciones y la jueza obliga a agregarlo”. El abogado dijo que el escrito muestra “una fuerte motivación de querer cerrar la causa porque Facundo se ahogó”.

Explicó: “Los fiscales encargan un informe al IADO sobre mareas entre el día de la desaparición y el día se encuentra el cuerpo. Llegan dos, uno absolutamente irregular, sin firmar, solamente un estudio de mareas del 30 de abril. Fue devuelto para corregir. A su vez, envía el IADO un informe firmado por el presidente, que nadie había pedido, en absoluto y  flagrante exceso a sus facultades, es un informe más criminalístico que de mareas. A grandes rasgos dice que Facundo se ahogó porque se desvió y la marea sube cuatro metros y quedó empantanado”.

“Esto no resiste análisis, no fue incorporado y se devolvió. A este informe hace mención la jueza que no debió enterarse porque era parte de la investigación de los fiscales y les intima a que lo agreguen. ¿Cómo se enteró la jueza? ¿Hubo alguna suerte de diálogo con el IADO? ¿Ese es el informe que ella utiliza para llevar al archivo por accidente de una manera desajustada de la causa que se investiga que es la desaparición seguida de muerte?”.

La Suprema Corte de Justicia revocó la condena contra el profesor Dante Patrignani por la supuesta afectación de la “buen honra y dignidad” del ex camarista Néstor Luis Montezanti.

El fallo (que puede leerse aquí) refiere al debate que la comunidad de la Universidad del Sur dio respecto a la posibilidad de que el abogado siguiera a cargo de materias del Departamento de Derecho a pesar de su complicidad con el terrorismo de Estado.

En ese marco se difundió la emblemática imagen que mostraba a Montezanti con gorra militar y la mención a su pasado como espía del Destacamento de Inteligencia 181. Cabe recordar que el ex docente está procesado por su participación en la Triple A bahiense.

Patrignani mostró su alegría este mediodía en diálogo con FM De la Calle y recordó que “esta es la última que quedaba de las cuatro demandas que me hizo”. Más allá de la devolución del dinero embargado por la justicia subrayó “el éxito político para que este tipo deje de festejar lo que hizo conmigo”.

La Sala I de la Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de Bahía Blanca había confirmado una condena en primera instancia y fijando el monto de la indemnización que fue apelada mediante el recurso extraordinario que hoy cierra la historia en favor de Patrignani.

“Con esto ganamos todas las causas que nos inició. Lo que queda es que la imagen que tenía hace cuatro o cinco años de tipo intocable que ganaba todos los juicios, que era imposible sacarlo de la universidad y de la justicia, se terminó de derrumbar. Más aun ahora que está imputado en la causa Triple A. Hay mucho para festejar”, afirmó.

Al momento de emitir su voto, el supremo Eduardo de Lázzari manifestó que “para afectar verdaderamente la dignidad de un hombre es preciso hacerlo (como decía Borges respecto de la injuria) de una manera memorable; el zafio uso de un panfleto con imágenes trucadas -me parece- hubiera caído prontamente en un justificado olvido, de no ser por este mismo juicio”.

Descartó, además, la violación del derecho a la intimidad: “La noticia que se divulga no refiere a la vida privada del actor sino a su paso por un organismo que, más allá de su naturaleza cuasi secreta, es (o fue) una repartición pública, donde Montezanti ha ejercido un empleo público, fue pagado con fondos públicos, etcétera; es decir, remite a aspectos de su vida que no son de su absoluta intimidad”.

Por otra parte, destacó como “fidedigno” y “relevante” el dato sobre la complicidad de Montezanti con la dictadura genocida, mediante su desempeño como PCI, “como para ser tenido en cuenta por aquellos que postulan a tal persona para un cargo, asisten a sus clases o pueden verse afectados por sus actos de gobierno”.

Por su parte, el juez Daniel Soria aseguró que Patrignani “se expresó públicamente en su condición de miembro de la Asamblea Universitaria de la UNS y en el alegado interés social de que la comunidad universitaria conociera la información así propalada”.

“Su divulgación (…) sin duda era de tono elevado, mas lo expuesto no era completamente inmotivado, ni portador de una finalidad claramente injuriante. Estuvo referida a extremos fácticos vinculados a aquel debate de interés general existente o promovido en el seno de esa comunidad universitaria, a propósito de la evaluación de las cualidades del actor para el desempeño de esas funciones”.

Soria agregó que “la manipulación de la imagen del actor plasmada en los aludidos ‘afiches’, con ser irritante lo cual resulta cierto no parece desbordar los límites de una razonable tolerancia en relación con la utilización de un recurso visual -satírico y mordaz como en el caso- tendiente a captar la atención por parte de sus destinatarios”.

Por “violencia moral”, el fiscal Santiago Ulpiano Martínez pidió dejar la investigación sobre la desaparición forzada seguida de muerte de Facundo Castro. El subrogante de la Fiscalía N°1 fue señalado desde el inicio de la causa como uno de los principales obstáculos para acceder a la verdad y al juzgamiento de los responsables.

Este viernes la Cámara Federal ordenó un nuevo allanamiento en el puesto policial de Teniente Origone y pidió que se secuestren teléfonos de los policías que tuvieron contacto con el joven de Pedro Luro. Además, los fiscales Andrés Heim y Horacio Azzolin solicitaron la recusación de la jueza por entender que pretende cerrar la causa bajo la hipótesis de muerte por accidente.

Martínez fue recusado dos veces por la querella y sostenido por la jueza federal Gabriela Marrón. Sin embargo, luego de una reunión en la cual Cristina Castro presentó sus quejas ante el procurador general de la Nación, fueron sumados a la causa Heim y Azzolin.

Ambos funcionarios se abocaron rápidamente a profundizar la pesquisa sobre la desaparición forzada mientras que Martínez siempre abonó la teoría del supuesto accidente.

“Ante la ausencia de un mecanismo que permita resolver disidencias o regule mayorías, se dificulta la labor en caso de no compartirse criterios –por más respetables, claro está, que estos sean- colocando a quien difiere en una difícil posición”, aseguró en su pedido de inhibición.

Martínez destaca la “pérdida de confianza” de la familia respecto a su accionar y al de parte del personal a su cargo. “Asimismo, he sido destinatario de una serie de manifestaciones injuriantes tanto dentro como fuera del proceso –mediáticamente-, donde se me ha descalificado profesional y personalmente”, se lamenta.

Como ejemplo del “manto de sospechas” sobre su accionar aludió a la declaración de la Testigo H: una mujer a quien se presentó como la última persona que vio con vida a Facundo. Su testimonio fue tomado sin presencia de la querella y, si bien se afirmó que había sido aportado por la Policía Federal, luego quedó en evidencia que la colocaron en ese lugar dos policías bonaerenses involucrados directamente en la causa.

“Las contingencias y circunstancias descriptas me han colocado en una posición que violenta mi espíritu, pudiendo eventualmente afectar a futuro la objetividad que me es requerida, posibilidad que hace aconsejable, por prudente, mi apartamiento que, interpreto, no entorpecerá o perjudicará de modo alguno la representación del Ministerio Público Fiscal”, finalizó.

La Cámara Federal de Bahía Blanca ordenó que se realice un nuevo allanamiento en el puesto policial de Teniente Origone y pidió que se secuestren todos los teléfonos personales y oficiales de los policías que tuvieron contacto con Facundo Astudillo Castro el día de su desaparición.

Las medidas de prueba, solicitadas por los fiscales de la causa, los abogados de Cristina Castro y la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) como querellante institucional, habían sido rechazadas en primera instancia por la jueza María Gabriela Marrón.

Los fiscales Andrés Heim y Horacio Azzolin solicitaron la recusación de la jueza por entender que sus decisiones impiden avanzar con la investigación y pretenden cerrar la causa bajo su única hipótesis: la muerte por accidente.

Las querellas, que ya habían solicitado su apartamiento, acompañan el pedido del Ministerio Público Fiscal.

Esta tarde lo jueces de la Cámara Federal de Bahía Blanca, Pablo Larriera y Leandro Picado, hicieron lugar al recurso de apelación presentado por el Ministerio Público Fiscal y revocaron parcialmente la decisión de la jueza María Gabriela Marrón, quien el pasado 15 de octubre había rechazado masivamente medidas de pruebas solicitadas por los fiscales y las querellas de la causa que investiga la desaparición forzada seguida de muerte de Facundo Astudillo Castro.

En ese momento, la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) querellante institucional en su carácter de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura y los abogados de Cristina Castro habían señalado en que la resolución de la jueza causaba un profundo perjuicio a la investigación y apuntaban a una única dirección: desestimar la hipótesis de la desaparición forzada, aun cuando siga siendo la más fuerte y probada de todas las hipótesis, y cerrar la causa.

La resolución de la Cámara de esta tarde permite subsanar en parte aquel grave error. Los jueces ordenaron que se realicen dos de las más importantes medidas de prueba que habían solicitado: un nuevo allanamiento del puesto policial de Teniente Origone y el secuestro de teléfonos personales y oficiales de los policías que tuvieron contacto con Facundo Astudillo Castro el día de su desaparición.

Sobre el primero de los puntos, el escrito de la Cámara detalla que el nuevo allanamiento e inspección se debe realizar sobre la totalidad de los ambientes y dependencias interiores, edificación y/o instalación del predio exterior que forme parte del Puesto de Vigilancia Policial de Teniente Origone, para la búsqueda y recolección de toda clase de rastros (biológicos o muestras de ADN, huellas, cabellos y fibras, incluidos aquellos correspondientes a fauna cadavérica, sedimentos, micro algas, entre otros); debiendo realizarse la búsqueda de sustancias hemáticas mediante el empleo del dispersado de luminol en la totalidad de los ambientes de las instalaciones.

En sus fundamentos, la Cámara sostuvo que ya existían en el expediente judicial pruebas que justifiquen este allanamiento: el hallazgo de un cabello que pertenecería a Facundo en el patrullero que el 30 de abril conducía Alberto González, en ese momento a cargo del puesto policial de Teniente Origone; el amuleto de Facundo encontrado en un viejo calabozos del destacamento y la declaración de una testigo de identidad reservada que dijo haber escuchado a funcionarios municipales comentar que en la comisaría de Origone se hallaron prendas de Facundo y que se ordenó que se las haga desaparecer.

A la luz de esta decisión, tanto la CPM como la querella familiar reclamaron que se autorice la pronta participación del perito Marcos Herrero para impedir que nuevas demoras impliquen la pérdida de evidencias que pudieran recabarse en el lugar.

Sobre el segundo de los puntos, la Cámara sólo autorizó el secuestro de los teléfonos personales y oficiales que, durante el tiempo de la investigación, tuvieron o fueron asignados a los policías Alberto González, Jana Curuhinca, Siomara Flores y Gabriel Sosa; los cuatro efectivos que, de acuerdo a las pruebas del expediente judicial, se puede confirmar que estuvieron en contacto con Facundo Astudillo Castro el día de la desaparición. Cabe recordar que el pedido de fiscales y querellantes incluía el secuestro de los celulares de más de 40 funcionarios policiales, entre ellos los superiores de los policías directamente involucrados en la investigación.

Asimismo, los jueces autorizaron a la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) a extraer, mediante software forense, la información que contengan los dispositivos que se secuestren y luego realice un análisis sistemático con las demás pruebas de la causa.

A la par de esta resolución de la Cámara, también se conoció el pedido de recusación de la jueza María Gabriela Marrón realizado por los fiscales Andrés Heim de la Procuvin y Horacio Azzolín de la Unidad Especializada en Ciberdelincuencia.

En la apelación presentada ante la Cámara, los integrantes del Ministerio Público Fiscal ya habían sostenido que las decisiones de la jueza implican una clara intromisión en las facultades que le competen a la fiscalía y que, en su conjunto, expresan una única idea: seguir como única hipótesis de la causa la muerte por accidente.

Con argumentos similares, la parcialidad manifiesta de la jueza Marrón y el poco interés por conceder medidas de prueba que investiguen la desaparición forzada seguida de muerte, la CPM y Cristina Castro ya habían pedido que la magistrada sea apartada de la causa. En ese momento, la Cámara rechazó el pedido de las querellas, que ahora acompañarán la presentación realizada por los fiscales Heim y Azzolín.

En el marco de la investigación por las causas de la desaparición y muerte de Facundo Astudillo Castro, los fiscales Horacio Azzolin y Andrés Heim recusaron a la jueza María Gabriela Marrón, titular del Juzgado Federal N° 2 de Bahía Blanca por considerar que había perdido la imparcialidad que debe tener como jueza del caso.

Los fiscales solicitaron, además, se declare la nulidad de la decisión de la jueza de ordenar de oficio una medida de prueba por considerarla una intromisión en las facultades privativas de los fiscales, con un fundamento aparente y a pesar de otras diligencias de prueba que se están realizando en un sentido similar.

En el marco de la instrucción delegada que tienen los fiscales se han dispuesto una serie de medidas de prueba que buscan despejar interrogantes relacionados con diversas circunstancias de la causa entre las que se encuentran las razones por las cuales el cuerpo de Facundo Astudillo Castro fue hallado en el estuario de Bahía Blanca.

Entre esas diligencias, el 23 de octubre pasado se ordenó realizar un estudio de mareas sobre el estuario durante el período comprendido entre el 30 de abril y el 12 de septiembre, con el objetivo de determinar, entre otras cosas, la altura que tuvo la marea en los lugares donde fue hallado el cuerpo de la víctima, en donde fue hallada su mochila y donde, según el GPS, reportó un móvil policial. El estudio se encomendó al el Instituto Argentino de Oceanografía (IADO-CONICET) y al Servicio de Hidrografía Naval (SHN).

El 2 de febrero de pasado el IADO-CONICET, el SHN y el Centro de Recursos Naturales Renovables de la Zona Semiárida – CERZOS (CONICET/UNS), acompañaron un informe titulado “Análisis de los niveles de inundación por marea en la zona interna del Canal Principal de Bahía Blanca”. Los fiscales consideraron que el estudio no se correspondía a la totalidad de los puntos del peritaje y que presentaba irregularidades formales, razón por la cual el 5 de febrero decidieron solicitar a los peritos que subsanen estas cuestiones y presenten un nuevo informe.

El mismo día en que se presentara el informe referido, en nombre del IADO se presentó también otro documento titulado “Análisis de la situación en el campo con relación al caso Coirón N° 46030/2020 – FBB 8640/2020”. A criterio de los fiscales el documento era inusual: un integrante de una de las instituciones que debían hacer el peritaje había decido presentar un informe en el que se reflejaba un estudio de campo realizado sin autorización de los investigadores ni control de las partes. El trabajo, además, sostenía hipótesis y arribaba a conclusiones que no se le habían solicitado sin contar con todos los elementos del caso.

Los fiscales resolvieron devolver el informe, recordándole al firmante que su actuación se debe ajustar a las directivas encomendadas expresamente. En ese mismo contexto, la jueza María Gabriela Marrón intimó a los fiscales a subir al sistema de gestión Lex100 el informe del IADO ordenado por esta parte, cosa que se hizo. Se excluyó, desde luego, el informe no ordenado y devuelto.

Sorpresivamente para los fiscales, el 10 de febrero la jueza Marrón dispuso ordenar al IADO un estudio de campo sobre el estuario de Bahía Blanca, argumentando que era complementario de la autopsia que ella había ordenado. Invocó como cita legal el instituto de las “medidas para mejor proveer” y consideró que eso no implicaba reasumir la instrucción del caso, cuya instrucción se encuentra delegada en el Ministerio Público Fiscal en función de lo previsto en el artículo 196 del Código Procesal Penal de la Nación.

Azzolin y Heim consideraron que esta última decisión era nula y así lo solicitaron. En su presentación indicaron que en el marco de la instrucción delegada le está vedado a los jueces adoptar medidas de oficio, ya que las mismas afectan la independencia del Ministerio Público, conforme el artículo 120 de la Constitución Nacional, y violan el debido proceso. Valoraron además que la fundamentación era aparente, ya que el instituto de “medidas para mejor proveer” está previsto para otro proceso (el civil y comercial), para otra etapa del proceso (el plenario) y para otros presupuestos (hechos contradictorios) y, por eso, inaplicable al proceso penal. Consideraron además equivocada la mención a que la decisión no implicaba reasumir la instrucción del sumario; por el contrario, entendieron que cuando un juez actúa de esa forma esta, en los hechos, tomando a su cargo la investigación del caso.

Además de nula, los fiscales consideraron que la decisión de la jueza de forzar la realización de ese estudio, que no había sido ordenada inmediatamente después de la devolución del informe, implicaba cristalizar su postura sobre el caso, que había insinuado previamente, y que se traduce en que Facundo Astudillo Castro falleció ahogado accidentalmente en el estuario de Bahía Blanca el cual habría pretendido cruzar a pie. Los fiscales indicaron que esto implica perder la imparcialidad debida a todos los jueces y por eso solicitaron su apartamiento.

Azzolin y Heim, titulares de la Unidad Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI) y de la Procuraduría de Violencia Institucional (PROCUVIN), respectivamente, firmantes del pedido de recusación, fueron designados el pasado 28 de agosto de 2020 -mediante la Resolución PGN 197/20– para intervenir en la investigación  en forma conjunta o alternada con el fiscal de la causa, Santiago Ulpiano Martínez.

(Por Adriana Meyer – Ojos Vendados) Tras un análisis minucioso de los elementos forenses de todo el expediente que ubican a Facundo en vida y luego de su desaparición, así como del hallazgo y posterior autopsia del cuerpo, la médica forense y criminóloga Virginia Creimer como perita de la familia Castro concluyó que esa investigación fue «ineficaz, ineficiente, tardía y defectuosa», y que por lo tanto quedan abiertos los interrogantes principales sobre lo sucedido. «Hay preguntas que desde el 30 de abril de 2020 se hacen Cristina Castro, el resto de su familia y buena parte de la sociedad, pero aún no han sido respondidas fehacientemente por el Estado: ¿Qué pasó con Facundo Astudillo Castro? ¿Cuándo murió? ¿Dónde murió? ¿Qué hechos y circunstancias ocasionaron su muerte violenta por asfixia por sumersión? ¿Qué hechos y circunstancias llevaron a que, con excepción de una de sus zapatillas, casi todas sus pertenencias aparecieran en diversos momentos y lugares, tan disímiles como un calabozo y un patrullero de Origone, un patrullero de Bahía Blanca y otra zona del cangrejal de Villarino Viejo?», se preguntó la perita Creimer.

Resulta que «de las 15 especies de diatomeas que aparecieron en la médula ósea de Facundo solo cinco coinciden con la toma de agua del lugar donde fue encontrado el cadáver». Por lo tanto, entre las medidas de prueba que el juzgado se niega a proveer, está el «análisis del agua de las dependencias policiales» por donde habría pasado el joven. La experta puso de manifiesto la insistencia del resto de los peritos que participaron en la autopsia para descartar lesiones en vida, y luego así aventurar que no hubo terceras personas en la escena del crimen. Pero la paradoja es que si no hubo lesiones vitales tampoco pudo haberse tratado de un «accidente».

El peritaje de Creimer indicó que la custodia del cuerpo y la ropa de Facundo no debió estar a cargo de una fuerza policial, y cuestionó la forma en que se realizó su levantamiento. Según ella, las conclusiones de la autopsia ignoraron el contexto descripto en la causa, como por ejemplo el hallazgo de una de las zapatillas del joven en perfecto estado al lado de sus restos esqueletizados, y de un cabello en uno de los patrulleros que coincide con el ADN de Facundo, entre otros varios elementos. Creimer arribó a diferentes conclusiones con los mismos datos, a saber: el informe de entomología sobre las especies encontradas sobre sus huesos «habilita a pensar en la posibilidad de que Castro no haya muerto en ese lugar y que sus restos hayan sido plantados».

El documento de casi 200 páginas servirá como punta de lanza en la nueva batalla judicial que emprenden Cristina Castro y sus abogados Luciano Peretto y Leandro Aparicio en los tribunales internacionales, luego de denunciar «sucesivas trabas» del juzgado a cargo de María Gabriela Marrón, recusada por la familia pero ratificada en la causa por la Cámara Federal de Bahía Blanca. Así, a nivel local podría consolidarse un estancamiento, más allá del esfuerzo de los fiscales especiales Andrés Heim y Horacio Azzolín y los propios letrados de Cristina que siguen sumando nuevos elementos para profundizar su hipótesis respecto al protagonismo de la Policía Bonaerense en la desaparición forzada del joven.

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Si bien la Cámara ordenó a la magistrada la realización de las medidas de prueba pendientes que piden los fiscales y la familia, nada se ha movido en su juzgado en tal dirección. Marrón y el fiscal Ulpiano Martínez fueron acusados por la querella particular y la que encabeza la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) de «contribuir al encubrimiento del hecho para beneficiar a los uniformados, con la estrategia de abonar la hipótesis de un presunto accidente en el que Facundo habría perdido la vida». 

El año pasado, en ocasión de la reunión donde surgieron las conclusiones de la autopsia, la perito de la familia firmó en disidencia. Virginia Creimer sostenía que debía ser un «ateneo» para debatir las conclusiones pero cuando llegó el informe final ya estaba redactado. En ese momento, le hizo saber de tal irregularidad a la jueza Marrón, pero ante la inacción de la magistrada, Creimer procedió revisar punto por punto el informe y a marcar sus acuerdos y disidencias, tal como quedó plasmado en el acta de ese día. El artículo 262 del Código Procesal Penal establece que «los peritos practicarán unidos el examen, deliberarán en reunión secreta, a la que sólo podrá asistir el juez, y si estuvieren de acuerdo redactarán su informe en común. En caso contrario, harán por separado sus respectivos dictámenes”. Este sitio junto a La Izquierda Diario accedieron ese dictamen de la experta y perita de parte de la familia, que ya forma parte del expediente.

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Creimer indicó: «Por el propio carácter de parte de esta perita, pero sobre todo por los resultados obtenidos tras un minucioso análisis de todas las evidencias científicas obrantes en la causa, se concluye que las respuestas a las preguntas precedentes deberían ser respondidas a partir de la producción de otras medidas de prueba, rastrillajes y peritajes que nos acerquen lo más ajustadamente a la verdad de los hechos. En ese marco, no hay más que considerar lo que ya expresó la querella a la que asisto, a través de dos pedidos de recusación al fiscal de la causa, una apelación por negativas de la jueza a producir medidas de prueba determinantes y un recurso de queja presentado ante la Cámara de Apelaciones de Bahía Blanca. En todas esas instancias la propia madre de Facundo Castro aseguró que la falta de respuestas a esas preguntas aún irresueltas se debe a una ineficaz, ineficiente, tardía y defectuosa investigación por parte del Estado y sus instituciones. Esa sentencia exime a esta perita de mayores argumentaciones. De lo que sí está respondido científica y pericialmente, lo que sigue es todo cuanto puedo informar:

* Dónde estuvo y qué hizo Facundo antes de su desaparición

Surge de las declaraciones testimoniales de Virginia María Gongora, Daniel Gayte y Juan Francisco Cardona que Facundo, luego cenar en la casa de su amigo Daniel Gayte y de permanecer allí la madrugada del día 30 de abril, aproximadamente a las 4 o 5 de la mañana salió hacia Bahía Blanca, adonde planeaba llegar caminando o haciendo dedo. Se dirigía a la casa de Daiana González, con quien había mantenido una relación de pareja mucho tiempo. Góngora, mamá de Daniel, confirma que el 29 de abril Facundo se encontraba en su casa, se quedó a cenar y al día siguiente, cuando ella se despertó, el joven ya no estaba. Cuando le consultó al hijo, éste le dijo que a las 4 am se había ido. Que su hijo le escribió a Facundo y éste no volvió a responder. En su declaración adjuntó capturas de pantalla de una conversación que tuvo con Daiana González el día 3 de junio de 2020, donde la joven le dice que Facundo debía haber ido a su casa el 29 de abril, pero nunca llegó.

Juan Francisco Cardona, también amigo de Facundo, confirmó que Facundo se encontraba viviendo en su casa y trabajando con él en su cervecería, Turmalina. Que el día 27 de abril le pidió a Facundo si podía irse, ya que no tenían espacio porque llegaba su hermana a la casa. El 30 de abril a las 20:21 pm Cardona recibe un mensaje de texto (SMS) desde el número de Facundo, que dice que se había quedado sin señal, sin batería y que después lo llamaba. Nunca lo llamó. El 1 de mayo Cardona envió un nuevo mensaje a Facundo, que no fue entregado.

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En la causa consta la declaración de Nancy Moncada, quien al tomar conocimiento de que se estaba buscando a Facundo se presentó espontáneamente en la dependencia comunal de la localidad de Hilario Ascasubi. La vecina de Mayor Buratovich dijo que en los últimos días del mes de abril, entre las 8:30 y 9, mientras se dirigía desde Ascasubi a Buratovich, sobre la Ruta 3, cerca del Puente Blanco, vio a un joven haciendo dedo. Ella le dijo que podía llevarlo hasta la entrada de Buratovich. Él subió y se pusieron a conversar, Facundo le dijo que tenía que ir a Bahía Blanca urgente, que se había quedado sin trabajo y que le quedaban 50 pesos en el bolsillo. Es posible inferir que Facundo fue dejado por Moncada en el ingreso a Buratovich, aproximadamente entre las 9 y 9:30 del jueves 30 de abril. Como corroboración científica de la presencia de Facundo allí se puede ver el informe de la empresa AMX CLARO donde surgen tres llamados salientes del celular de Facundo, a las 7:07, 9:05 y 9:06, que impactaron sobre la antena de Ascasubi.

A partir de la llegada a Buratovich, tal como consta en el expediente, Facundo tomó contacto con personal policial de la zona en distintas oportunidades y en el siguiente orden: primero con Jana Curuhuinca y Mario Sosa (fs. 70), luego con Siomara Flores y finalmente con Alberto González. A partir de las diversas declaraciones testimoniales se reconstruye que el 30 de abril de 2020 Facundo se encontraba caminando por la Ruta Nacional 3 en dirección Pedro Luro-Bahía Blanca cuando fue detenido, al menos, en dos oportunidades por agentes de la Policía de la provincia, uniformados y con móviles de la fuerza a su disposición. Los agentes Sosa y Curuhuinca detuvieron a Facundo mientras transitaban por la calle San José Obrero y la Ruta 3, km 779. Allí lo interceptaron en virtud del DNU 297/20, identificándolo como Facundo Astudillo. Al declarar el joven que no poseía permiso de circulación, le notificaron de la infracción al artículo 205 de Código Penal.

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Asimismo, consta el asentamiento de la prevención a Facundo en el libro de la comisaría de Buratovich. En el celular de Curuhuinca (fs. 1547) quedó registrado ese contacto, mediante una fotografía en la que Facundo aparece de espaldas junto a Mario Sosa y de frente al móvil 23.630 (de Buratovich) y dos imágenes (anverso y reverso) del DNI del joven. Mediante informe pericial se establecen las semejanzas entre Facundo y la persona de espaldas de la fotografía. A su vez, el informe de DATIP concluye, luego de realizar un análisis sobre la imagen, que Facundo en ese momento tenía la zapatilla izquierda puesta.

Sosa y Curuhuinca declararon que, luego de constatar el domicilio de Facundo, lo dejaron seguir camino a Bahía Blanca por la ruta. Cristina Castro declaró que a las 13:33 habló con Facundo, que él le dijo que estaba en Buratovich, que mantuvieron una discusión hasta que en un momento la madre del joven escuchó un golpe seco, como que se golpeó el celular de Facundo, y luego se cortó la comunicación. Esa llamada se encuentra científicamente probada mediante el informe de AMX CLARO.

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La Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia (UFECI) corrobora que del informe de AMX CLARO sobre el teléfono de Facundo se desprende que hasta el 29 de abril se produjeron comunicaciones a través de celdas de Pedro Luro; que el día 30 las primeras 3 comunicaciones se cursaron a través de una celda de Ascasubi. A las 10 surge que el efectivo de la policía bonaerense Delgado le dice al efectivo de la policía bonaerense Sosa “si se hace el pajero, bajalo”. Las siguientes 7 llamadas del celular de Facundo se hicieron a través de una celda ubicada en Buratovich, con un último registro de llamada saliente a las 13:33 hs. A partir de ese momento no se encuentran datos técnicos positivos sobre la ubicación de Facundo.

* Dónde estuvo Facundo después de su desaparición

En la búsqueda de Facundo se solicitó el 20 de julio el allanamiento, registro y secuestro de elementos policiales de la subestación Policía Comunal de Teniente Origone, y el secuestro de elementos que puedan pertenecer a Facundo. El Poder Judicial designó formalmente como perito de parte de la querella particular al adiestrador canino Marcos Herrero. En ese allanamiento se encontró el primer elemento perteneciente a Facundo en forma fehaciente: una bolsa con un paquete de cigarrillos y una esfera con forma de sandía con una vaquita de San Antonio dentro, la cual Cristina Castro reconoce como pertenencia de su hijo. Luego lo demostraría presentando amuletos iguales pertenecientes a los hermanos de Facundo (todos regalados por la abuela materna una década atrás). 

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De los sucesivos peritajes de móviles policiales, tres camionetas Toyota Hilux y un auto particular Chevrolet, dieron resultado positivo con el can Yatel; el mismo perro encontró en la comisaría de Origone la bolsa con los cigarrillos y el amuleto de Facundo; el can Duke marcó rastros en una casa color rosada; Yatel también marcó restos óseos y en el patrullero Toyota Etios de Bahía Blanca marcó con insistencia el asiento de atrás, tanto desde el interior como desde el baúl (…) Se recomendó efectuar un nuevo peritaje con desarmado de asientos del vehículo con el asesoramiento de licenciado en criminalística, experto en accidentología vial (peritaje mecánico) para el correcto desarmado de los elementos del móvil. En ese nuevo peritaje Yatel halló un trozo de mineral conocido como turmalina que es compatible con el colgante que Facundo usaba siempre y llevaba el día de su desaparición.

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* Qué pasó con el hallazgo del cadáver, el lugar donde apareció, su levantamiento e identificación y los peritajes posteriores

El 15 de agosto a las 17 la delegación Bahía Blanca de la Policía Federal (PFA) recibió un llamado de la Fiscalía Federal 1 de Bahía Blanca. El propio fiscal Santiago Ulpiano Martínez avisó que “un señor de nombre Maximiliano -quien sería pescador-, tendría información trascendente con relación a la búsqueda de Facundo». Por orden de Martínez, la PFA se dirigió al lugar marcado por Maximiliano y realizó una inspección en el canal “Cola de ballena”, donde se logra avistar sobre el suelo que, a simple vista, se trataría de un cuerpo humano en estado cadavérico.

Pocas horas después del hallazgo (entre las 21 y las 22) se hicieron presentes en la delegación Bahía Blanca de la PFA los ciudadanos Pablo Daniel Núñez Pablo y Damián Orlando Garcés (ninguno de nombre Maximiliano). Ambos afirmaron que esa tarde estaban pescando en Villarino Viejo cuando a la orilla de un canal, sobre una zona de barro húmedo y matorrales bajos, vieron un esqueleto enterrado en el barro. En fecha 16 de agosto se comienza un rastrillaje del lugar abierto siendo las 13:30, «con un perímetro SIMPLE de 100 m de largo x 30 mts de ancho». Interviene en el levantamiento del cuerpo el Equipo Argentino de Antropología Forense. «En este acto debe destacarse que no se observan los protocolos internacionales básicos de intervención pericial en los hallazgos de cuerpo, a través de un equipo interdisciplinario conformado por Fotógrafos, Planimétricos, Criminalistas, Rastros y Médicos Forenses. El análisis del lugar del hecho resulta de esta manera incompleto, circunstancia que se corrobora al encontrarse en forma posterior otros restos humanos correspondientes al mismo cadáver», afirmó Creimer.

A las 11:40 llega el EAAF, a las 12 comienza la inspección y a las 13:30 se produce el hallazgo de un cadáver humano incompleto. Estaban presentes la Policía Federal, la Prefectura y la Gendarmería. Se hizo presente Cristina Castro, acompañada por Virginia Góngora y los letrados de la querella en autos. Llama la atención que, atento el estado de esqueletización del cuerpo hallado, la zapatilla encontrada a pocos metros, que se correspondería con la que vestía Facundo al momento de su desaparición, se encuentre en total estado de indemnidad. También apareció un trozo de tela con elástico con tela camuflada de varios colores, trozos de telas de otros colores que corresponderían a vestimenta, una plantilla de zapatilla e incluso un trozo de cuarzo. Se efectuaron levantamientos fotográficos y métricos respecto de una huella dispuesta en el suelo y que corresponderían a un vehículo.

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En el marco de estas claras fallas en el análisis del lugar del hecho primigenio, se realiza el 21 de agosto un nuevo relevamiento del área donde se encontró el cuerpo hallándose nuevos restos óseos (un humero, una escápula, entre otros) y más restos de ropas. Sin tener en cuenta las directivas internacionales y nacionales de no involucrar a las fuerzas de seguridad en casos de lesiones, vejámenes y torturas (Protocolo de Estambul) y/o muerte en custodia o con participación de personal policial (Protocolo de Minnesota), se ordena a la Policía Federal Argentina la recolección de agua del lugar para posible cotejo posterior. Pero esta toma se realizó cinco días después del hallazgo y a 80 metros de donde estaba el esqueleto.

El 1 de septiembre se realiza un nuevo levantamiento de restos óseos en las cercanías del hallazgo primario, siendo descartados para la investigación. «A lo largo de toda la diligencia se mantuvo una interacción permanente con el doctor Luis Fondebrider, director ejecutivo del EAAF, quien manifestó que ‘la mandíbula es humana’, y que ‘esos huesos no le faltan al cuerpo que levantamos nosotros‘». Este hallazgo hizo sospechar a los abogados de la querella sobre la posibilidad de que el sitio fuera un cementerio clandestino utilizado por la policía local.

* Qué pasó en la autopsia realizada en la ex ESMA

Una vez reunido el equipo de profesionales propuesto por el Equipo Argentino de Antropología Forense en causa 8604/2020 caratulada: N.N. s/AVERIGUACIÓN DE DELITO, se procedió a la realización de los estudios con el objeto de determinar la identidad, la data, causal, y modo de la muerte. «Es de destacar que, si bien quien había sido encomendado a dirigir el procedimiento fue el EAAF, fue el doctor Cohen del Cuerpo Médico Forense (CMF) quien decidió el orden y la metodología de exposición de las conclusiones preliminares de cada equipo/profesional presente en la autopsia, cuando sólo era un perito más de los convocados, lo cual se encuentra corroborado por las filmaciones de la autopsia», indicó Creimer en sus conclusiones del peritaje de casi 200 fojas.

Creimer expresó que fue «llamativa la insistencia con la cual Cohen pretendía descartar las circunstancias violentas de la muerte de quien se presumía como Facundo Astudillo Castro. Esto es, tras cada exposición pericial, sin requerimiento de persona alguna, el perito hacía una ‘traducción’ de lo expresado remarcando la ausencia de lesiones vitales». La paradoja es que tal insistencia también se lleva puesta la hipótesis del «accidente», porque esa también es una muerte que deja en el cuerpo signos de lesiones vitales.

Para la médica forense y criminóloga, las conclusiones científicas aplicadas al análisis forense global del caso indican que:

– La última acción de Facundo comprobada en la causa fue la conversación telefónica con su madre a las 13:33 hs del 30/4/2020, lo que está certificado tanto por el testimonio de Cristina Castro como por el informe de AMX CLARO de las llamadas recibidas por Facundo, ubicando la celda de su celular en Mayor Buratovich. A partir de ese momento no se encuentran datos técnicos positivos sobre la ubicación de Facundo.

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– En la búsqueda de Facundo se allanó y registró parte de la subestación Policía Comunal de Teniente Origone, con la participación de Marcos Herrero y su perro Yatel, como perito de parte de la querella particular. Allí encontró un primer elemento perteneciente a Facundo en forma fehaciente: una bolsa con un paquete de cigarrillos y una esfera con forma de sandía con una vaquita de San Antonio dentro, la cual Cristina Castro reconoció indubitablemente como pertenencia de su hijo.

– Mientras que otros elementos pertenecientes a Facundo, incluyendo material genético (coincidencia con Cristina), también fueron hallados en otros rastrillajes y peritajes; tanto el hallazgo del cuerpo del joven como su mochila fueron protagonizados por eventuales pescadores que (supuestamente) pasaban de casualidad por los sitios indicados.

– Como consta en las actas de la PFA, el 15 de agosto tres pescadores (uno por un lado y dos por otro), aparentemente de forma espontánea, dieron aviso de la existencia de un cadáver en el canal “Cola de ballena” de Villarino Viejo. Inmediatamente la Policía Federal, cumpliendo órdenes de la Fiscalía Federal 1 de Bahía Blanca, se hace cargo del arribo al lugar y de la custodia de la escena hasta el día siguiente.

– El 16 de agosto el Equipo Argentino de Antropología Forense interviene en el levantamiento del cuerpo. A las 13:30 se comienza un rastrillaje del lugar abierto, con un perímetro simple de 100 metros de largo x 30 de ancho. En este acto debe destacarse que no se observan los protocolos básicos de intervención pericial en los hallazgos de cuerpo, a través de un equipo interdisciplinario conformado por Fotógrafos, Planimétricos, Criminalistas, Rastros y Médicos Forenses. El análisis del lugar del hecho resulta de esta manera incompleto, circunstancia que se corrobora al encontrarse en forma posterior otros restos humanos correspondientes al mismo cadáver.

Llama la atención que, atento el estado de esqueletización del cuerpo hallado, la zapatilla encontrada a pocos metros, que se correspondería con la que vestía Facundo al momento de su desaparición, se encuentre en total estado de indemnidad.

– El 25 de agosto se realizó la autopsia al cuerpo encontrado, en el Laboratorio del EAAF ubicado en la ex ESMA. Allí la doctora Marta Maldonado (odontóloga forense CMF) fue clara y contundente sobre la impregnación hemática de los dientes del maxilar inferior de la víctima de autos (Pink Teeth), estableciendo que se trataba de un fenómeno vital y violento, como lo había hecho en casos previos. Allí el doctor Jorge Pereyra (radiólogo forense CMF) estableció preliminarmente que no existían fracturas de tipo vital en huesos largos, lo que descartaría una caída accidental desde altura, una posibilidad ventilada en algunos medios a partir de las versiones filtradas desde la fiscalía de Martínez y el juzgado.

– Del examen de la médula ósea extraída de Facundo se obtuvieron muestras cuyo resultado fue el hallazgo de numerosas cubiertas celulares y fragmentos identificables de al menos 15 especies diferentes de diatomeas. En la muestra de agua, se identificaron 17 especies de diatomeas, de las cuales 5 estuvieron presentes en la muestra de médula ósea. «El hallazgo de diatomeas en la médula de un cuerpo establece que su muerte ha sido violenta, por asfixia por sumersión. Dicha aseveración confirma que Facundo murió por el ingreso de un medio líquido (como el agua) que poseía en suspensión microorganismos como las diatomeas identificadas en el análisis de referencia.

El hallazgo de diatomeas en la médula de un cuerpo establece que su muerte ha sido violenta, por asfixia por sumersión. De las 15 especies encontradas en la médula de Facundo, sólo 5 coincidían con las 17 obtenidas en el agua colectada por la Policía Federal cinco días después del hallazgo y en una zona alejada del sitio donde fue encontrado el cuerpo de Facundo. En tanto que se obtuvieron datos fehacientes sobre la presencia de objetos perteneciente a Facundo en las dependencias policiales donde fue apercibido, sería procedente analizar también el agua de las dependencias, a fin de determinar la existencia de diatomeas en las mismas. 

– Desde el punto de vista lesionológico, los Dres. Roberto Cohen (médico forense CMF) y Alejandro Rullán Corna (médico forense CMF), establecieron que no se encontraban en los restos encontrados desprovistos de partes blandas, lesiones de características vitales. 

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– El entomólogo deja en claro que mínimamente la muerte de Facundo se produjo 40 días antes de su intervención, pero no puede establecer ni el momento en el cual se produjo la muerte ni siquiera un plazo máximo estimativo. Resulta de gran interés remarcar que el mismo constata la presencia de especies que colonizan los cuerpos en avanzados estados de putrefacción o directamente cuando ya se encuentran esqueletizados. Por ello, no se puede descartar que la muerte de Facundo no se haya producido en este lugar y que su cuerpo haya sido plantado en el mismo. Del análisis realizado por el médico radiólogo se puede concluir que Facundo no posee en el cráneo ni en los huesos largos traumatismos compatibles con fracturas secundarias a jumping ni a defenestración (caídas de altura coincidentes con el supuesto accidente). Facundo estuvo desaparecido 107 días, desde el 30 de abril al 15 de agosto. Las pericias entomológicas concluyen que el cadáver tenía al momento de la autopsia un mínimo de 40 días de fallecido, pero no pudo establecer ningún máximo. Es decir que nadie ha podido determinar aún si Facundo murió el mismo 30 de abril, o algún día de mayo, o de junio o incluso algún día de la primera quincena de julio.

– Debe quedar en claro que, la presencia o ausencia del Pink Teeth no influye en el hecho de que la muerte de Facundo fuera mediante una muerte violenta por asfixia por sumersión. Sin perjuicio de ello, podría hablarnos de una compresión extrínseca del cuello que hubiera provocado la muerte de Facundo o su pérdida de conciencia. También podría hablarnos de una sumersión violenta que hubiera provocado la muerte de Facundo por este mecanismo, tal como la doctora Maldonado sostuvo en causas previas que, de no aclarar su posición, deberán ser revisadas. (Este cuestionamiento de la perita alude a que Maldonado dijo en la autopsia que el diente rosa era un fenómeno ocurrido en vida, pero en el informe final se desdijo).

– Del minucioso trabajo del equipo tafonómico surge que el cuerpo de Facundo fue atacado por carnívoros medianos o pequeños, presumiéndose el directo accionar del zorro que habita en la zona. También se infiere que el cuerpo ha sido rotado, ya que si bien fue encontrado en decúbito ventral (boca abajo), para recibir el accionar de esta fauna debió encontrarse en posición inversa, es decir en decúbito dorsal (boca arriba). Resulta de interés adicional tener en cuenta que la bibliografía utilizada es sobre una experiencia con coyotes, teniendo estos animales un porte mayor, equivalente a aproximadamente quince kilos más que los animales sindicados en este caso. Finalmente, el tiempo de exposición en el lugar a la totalidad de la fauna de la región se estima en un plazo de 28 días.

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Para la médica forense, los peritos del Cuerpo Médico Forense se expiden sobre la presencia de lesiones postmortem descartando la posibilidad del accionar de terceras personas sin tener un conocimiento cabal y contextualizado de todo lo actuado en autos (ni elementos científicos para llegar a esa conclusión), como lo establece el Protocolo de Minnesota, mecanismo a ser aplicado en casos de desaparición forzada de personas.

Asimismo, resulta de interés el hecho de que, ante el desconocimiento de los hechos acontecidos en autos (aparición de la mochila de Facundo con toda su ropa), los profesionales hayan considerado que las mismas podrían haber sido extraídas por la fauna autóctona, es decir, que las cosas de Facundo se las habrían «llevado» los animales que atacaron su cadáver. Vale recordar, como dato de contexto, que la mochila conteniendo la ropa, el teléfono celular y demás pertenencias de Facundo apareció el 12 de septiembre a unos 4 kilómetros de donde había aparecido el cadáver y que el informe de la autopsia se presentó el 1 de octubre, 19 días después de ese hallazgo.

En definitiva, Creimer en nombre de la familia plantea que lo esencial para el esclarecimiento del caso sigue siendo un misterio. Y su informe ratifica que las respuestas a esas incógnitas las tiene el Estado, como presunto desaparecedor de Facundo Astudillo Castro.

Un episodio sucedido en noviembre debería ser suficiente evidencia de que este nuevo caso de un desaparecido en democracia no tiene «dos campanas» sino víctimas y encubridores, que vienen amenazando a la familia y a los testigos desde el día cero. Sino de qué otro modo se explica el apriete que recibió Cristina Castro en noviembre por parte de un policía que le dijo: “Quedate tranquila que la jueza cierra la causa y después te la vas a tener que ver conmigo”. La misma amenaza viene pronunciando la madre de las hermanas policías implicadas en el caso. ¿Por qué será que están tan seguros del cierre del expediente?

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Fue el viernes 22 de enero, ante la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal, Sala I Departamento Judicial Bahía Blanca. Se trata de una presentación colectiva en favor de los quince jóvenes detenidos. Cuestionan la medida de prisión preventiva, apelando a la normativa vigente y a la doctrina en derecho y atendiendo a la situación de las cárceles de la Provincia de Buenos Aires, agravado por el actual contexto sanitario en contexto de pandemia.

En el escrito señalan lo desmedido de la prisión preventiva, y su empleo incorrecto por el juez de garantías Mercuri, entendiendo que “la prisión preventiva, como medida cautelar, sólo puede tener fines procesales. Su carácter procesal significa que la coerción se utiliza para garantizar la correcta averiguación de la verdad y la actuación de la ley penal. No se puede recurrir a la detención preventiva para obtener alguna de las finalidades propias de la pena”.

Enumeran fallos de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, planteando que la CIDH “ha consagrado, dentro del contexto general de los instrumentos internacionales vigentes, que la prisión preventiva es una medida cautelar, no punitiva, y que a su vez no debe constituir la regla general, como expresamente lo consagra el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (art.9°.3),pues de lo contrario se estaría privando de la libertad a personas cuya responsabilidad criminal no ha sido establecida, en violación del principio de inocencia”.

En este sentido afirman que “la prisión preventiva está limitada por los principios de legalidad, presunción de inocencia, necesidad y proporcionalidad. Constituye la medida más severa que se puede imponer al imputado, y por ello debe aplicarse excepcionalmente. La regla debe ser la libertad del procesado mientras se resuelve acerca de su responsabilidad pena”.

Además piden ser reconocidos como Amicus Curiae, esta figura jurídica  tiene por objeto enriquecer la deliberación en cuestiones institucionalmente relevantes, con argumentos fundados de carácter jurídico, técnico o científico, relativos a las cuestiones debatidas.

El contexto

Desde hace un mes, en la cárcel de Villa Floresta, continúan detenidos 15 jóvenes de Puán. Esta localidad de unos 5000 habitantes vive de la agricultura y la ganadería mayoritariamente y en general las juventudes no tienen posibilidades laborales ni de estudios. El fiscal Mauricio Del Cero se dedicó a investigar lo que caracterizaría como banda de narcotraficantes, igual que el ministro de Seguridad bonaerense, Sergio Berni, consultado por las detenciones ordenadas por el juez Guillermo Mercuri.

Según la agencia ANRed, ninguna de las personas detenidas tía antecedentes penales, algunas sólo eran cultivadoras de marihuana, recientemente reglamentado su cultivo con fines medicinales, todas ellas con el común denominador de ser jóvenes.

Cinco de las personas detenidas fueron liberadas, pero aún hay 15 jóvenes que continúan detenidas en condiciones deplorables de vida, como dormir en el piso sobre frazadas, con cucarachas, chinches, el estado calamitoso de higiene y salud en que se encuentran los presos en las cárceles no solo del Servicio Penitenciario Bonaerense, sino de todo el país.

Fuentes: CPM, ANRed

Foto: ANRed

Hasta el 4 de diciembre hubo 9 sentencias, con 51 condenas y 7 absoluciones, lo que implica una caída respecto de años anteriores y una tendencia a la baja. Se consolidó la prisión domiciliaria como modalidad de detención.

El 70% de las sentencias espera revisión. Las etapas recursivas tienen las mayores demoras. Las causas en instrucción, advierte, necesitan “la implementación de medidas y recursos urgentes que se orienten a permitir un avance y esclarecimiento”.

Los datos corresponden al Informe estadístico sobre el estado de las causas por delitos de lesa humanidad en Argentina que contiene el diagnóstico realizado por la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad.

Desde la reapertura de las causas fueron dictadas 250 sentencias desde 2006 en las que resultaron condenadas 1013 personas y absueltas 164.

El trabajo realizado por la oficina a cargo de la fiscal federal Ángeles Ramos sistematiza, procesa y analiza la información brindada por las fiscalías y unidades fiscales de todo el país que intervienen en este tipo de procesos.

Entre las principales conclusiones respecto del proceso de juzgamiento de estos crímenes durante 2020, la Procuraduría explica que “más allá de la situación excepcional de Aislamiento Preventivo, Social y Obligatorio (ASPO), persisten demoras en diferentes instancias del proceso, manteniéndose estable en la instrucción y agudizándose en las instancias recursivas contra las sentencias definitivas dictadas por los tribunales federales de todo el país”. Entre otros datos, indica que el promedio de tiempo que insume la confirmación de una sentencia con el fallo de la Corte Suprema es de 5 años y 2 meses desde que se formula en esa causa el requerimiento de elevación a juicio.

Asimismo, pone de relieve que “disminuyó el total de sentencias dictadas durante el 2020 respecto del año anterior [de 22 a 9], y el número de personas detenidas” (863 en la actualidad) y que “se consolidó el arresto domiciliario como la modalidad de encierro predominante”. El 74 % de las personas detenidas (unas 638) transita la detención en su domicilio, lo cual implica que las personas detenidas en cárceles y otros establecimientos suman 225.

De los 904 fallecidos y fallecidas en los 14 años de procesos, 692 murieron antes de obtener sentencia y 212 luego del dictado de su condena o absolución.

Las causas

En relación con las causas judiciales por crímenes de lesa humanidad, la Procuraduría puso de relieve:

  • Al 4 de diciembre de 2020 se registran un total de 623 causas en las que se han investigado crímenes contra la humanidad.
  • De las 250 sentencias dictadas desde 2006, 173 de ellas (un 70 %) posee alguna instancia recursiva pendiente ante la Cámara Federal de Casación o la Corte Suprema, lo cual significa que no se encuentran firmes. Al menos 101 recursos se encuentran a la espera de resolución en el máximo tribunal del país; involucran a 150 personas en 39 causas.
  • La caída en la cantidad de sentencias durante 2020 “podría analizarse por la situación excepcional en la cual se decretó el DNU 260/20 que estableció el ASPO, sin embargo aún si hubiesen tenido veredicto el total de causas con juicio y plenario en curso -en los casos de juicios que tramitan bajo la modalidad del viejo Código Procesal Penal (ley 2372)- que no iniciaron durante el 2020 (10), el descenso hubiese sido similar al año 2018”, cuando se dictaron 18 sentencias en todo el año, lo cual contrastó con las 27 de 2017.
  • Durante el ASPO, se suspendió el debate en 12 causas y se reanudó en 11.
  • Existen 373 causas en las que aún no se ha dictado sentencia: 18 están en etapa de debate; 75 están elevadas a juicio y sólo 2 de ellas tienen fecha de inicio para 2021. Ello implica que “además de disminuir la cantidad de causas con juicios iniciados durante 2020, la proyección estadística para 2021 permite sostener que la actividad se ha relentecido”, indica el informe.
  • El resto de las causas, unas 280, se encuentra en instrucción, “un número estable en todo el período” de 14 años entre 2006-2020: en 9 de ellas se dispuso la elevación a juicio y en 13 el MPF formuló requerimiento de elevación a juicio. Respecto de estos últimos números, son “los niveles más bajos registrados desde 2015”, señala.
  • En relación a las causas en instrucción, “el informe estadístico es demostrativo de que el volumen de causas que se encuentran en etapa de investigación por crímenes de lesa humanidad requiere de la implementación de medidas y recursos urgentes que se orienten a permitir un avance y esclarecimiento en el menor tiempo posible”, valora la Procuraduría.

Las personas

De acuerdo con el informe de la Procuraduría, desde 2006 a la actualidad 3448 personas fueron imputadas en causas por crímenes de lesa humanidad. En ese universo se encuentran incluidas las 1013 condenadas y las 164 absueltas.

Hasta el 4 de diciembre del año que culmina, obtuvieron sentencia 58 personas, de las cuales 51 fueron condenadas y 7 absueltas. De esta forma, se “consolida una tendencia descendente desde el 2017, año en el cual quienes resultaron sentenciados/as fueron 234. En 2019 las personas sentenciadas habían sido 95 y 108 en 2018”, precisa.

Mientras tanto, “continúa siendo alto el número de personas que aún no han obtenido sentencia”, dado que 628 se encuentran procesadas y 176 con falta de mérito. Otras 614 tienen pedido de convocatoria a prestar declaración indagatoria, mientras que 39 fueron indagadas y aguardan la resolución de su situación procesal.

Otras variables relevantes están expresadas en los siguientes guarismos:

  • Son 276 las personas condenadas con al menos una sentencia firme, y 24 las absueltas: 27% y 15% del total en cada caso, respectivamente.
  • A lo largo de este año fallecieron 36 personas investigadas por crímenes de lesa humanidad. En todo el país se registran 29 prófugos.
  • De los 904 fallecidos y fallecidas en los 14 años de procesos, 692 murieron antes de obtener sentencia y 212 luego del dictado de su condena o absolución.

Los plazos

De acuerdo con el estudio de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad, el promedio de tiempo entre el requerimiento de elevación a juicio de la fiscalía y el dictado de la clausura de la instrucción por parte del juez es de 5 meses. Desde la elevación a juicio hasta el veredicto, pasan 2 años y 4 meses en promedio. Y entre la sentencia del tribunal oral y el último fallo de la Corte Suprema pasan 3 años y 7 meses en promedio.

En torno a las demoras en la conclusión de los procesos, la Procuraduría regresa en el informe 2020 sobre el concepto de “espiral recursivo”, el cual desarrolló en su balance correspondiente a 2019. Ese concepto tiene que ver con la práctica que ordenó el sistema de reenvíos desde la Cámara Federal de Casación a los tribunales orales para que dicten una nueva sentencia sobre los puntos casados. Ello implica que la nueva sentencia de los TOF sea pasible de un nuevo recurso y consecuente revisión por el máximo tribunal penal, estirando el trámite del proceso.

Fuente: fiscales.gob.ar

En la Unidad Penal de Saavedra los internos conviven hacinados y prolifera la Covid 19. Así lo denunció uno de los detenidos, Gustavo, quien contrajo el virus y recién fue aislado cuatro días después de los primeros síntomas.

Tras una presentación de su abogado, el interno fue trasladado a un aula de la escuela del penal con otro interno. Sin embargo, comparten baño con otras catorce personas contagiadas.

Gustavo dijo a FM De la Calle que, a pesar de que no los hisoparon, se siente “bien” aunque tiene dolor de cabeza y náuseas.

“Tratan de taparlo pero la gente se va contagiando igual”, señaló.

En un pabellón con capacidad para sesenta personas hay 120. Muchos internos con prisión preventiva solicitaron la detención domiciliaria pero la Justicia rechazó los pedidos. Si bien para salir del pabellón tienen que utilizar barbijo, adentro se comparte el mate y escasean las medidas de higiene.

“Dentro de los pabellones hay gente de riesgo, diabética, no les dieron bolilla. Gente de más de setenta años, con discapacidad, hay una persona con bastón que camina muy dificultosamente”, agregó.

Señaló que luego de hablar con su abogado comenzaron a suministrarle la medicación requerida. “Acá hay cero derechos humanos, esto es culpa de la Justicia que tiene que descomprimir las cárceles. No les importa la vida del preso”, finalizó.

¿Para qué sirve el cuerpo de las mujeres? ¿Sólo para procrear y ser cuidadoras? ¿Para el goce sexual y visual de los hombres? ¿Para vender productos y fantasías? No y no. Con sus cuerpos mujeres, jóvenes y niñas pueden (y deben) jugar, correr, abrazar, entrenar, transpirar, relatar historias y aventuras.

Negar el derecho a abortos legales, seguros y gratuitos era persistir en el mandato que el cuerpo a la mujer no le pertenece. Era continuar ese concepto de que un cuerpo gestante es de la sociedad y el sistema capitalista que lo utilizan para reproducirse y multiplicar desigualdades e injusticias.

Y fue así como el mundo del deporte fue alejado durante décadas del alcance de mujeres y disidencias con deseos y habilidades para ser protagonistas tanto en el juego, entrenamientos y competencias, como en planos dirigenciales, arbitrales o en diversas profesiones en torno a ámbitos deportivos.

Camila Recalde es periodista deportiva y comunicadora feminista. Ella fue parte de la transmisión especial de FM De la Calle en la jornada histórica en la que se debatió y aprobó la ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo, el último 29 de diciembre en Plaza Rivadavia. Con ella conversamos sobre los derechos y desafíos que se amplían desde ahora.

“Debatir esta ley, es hacer explícito el derecho que tenemos para decidir sobre nuestros cuerpos. Que nuestras voces sean escuchadas y nuestros deseos respetados. En el deporte se hace muy notoria la falta de pluralidad de voces de género y disidencias. En Bahía Blanca somos solo dos las mujeres que hacemos periodismo deportivo en radio. Junto a Fabiola Natalio, durante mucho tiempo trabajamos y nos formamos para estar a la altura de cualquier tarea relacionada a esta profesión. Sabemos que hay muchas mujeres capaces de ser parte de coberturas y transmisiones deportivas y no son convocadas para estar frente a la cámara y a los micrófonos. Hay mucho potencial acá, pero permanece esa mirada patriarcal sobre qué podemos o no hacer”, explicó Recalde.

Por deporte… y deseo

Jugar, entrenar, competir y ser protagonista del deporte es un poder más construido desde los feminismos. Animarse a sentir en los cuerpos todas esas sensaciones que fueron negadas durante décadas era impostergable. Sin embargo, el periodismo deportivo avanza muy lento hacia una perspectiva de comunicación más democrática.

“Es muy difícil hablar de perspectiva de género en la comunicación cuando las mujeres y disidencias no estamos en los medios, cuando nuestras voces no son escuchadas para contar lo que nos pasa o sucede alrededor. Surgen varios problemas allí, sobre todo en el modelo de medios hegemónicos, que nos guste o no, es más masivos. En esos espacios sigue existiendo discriminación y violencias. Creo que con diálogo, capacitaciones y ejemplos de trabajo cotidiano podremos construir otra comunicación más inclusiva”, aseguró la periodista.

Y fue más allá: “Busqué relacionar aborto y deporte en noticias o crónicas publicadas y de eso no se habla. Hay algunas periodistas o deportistas que se proclaman a favor de ley IVE, pero enseguida salta la implicancia de hacer actividad física con los riesgos de abortar. Y ahí otra vez aparece la estigmatización y la desinformación”.

Nos fue censurado el deporte, como palabra y ejercicio. Y se nos había negado transitar las experiencias corporales que a su vez, nos enseñaban a tener conciencia de nuestros derechos para decidir cómo nos queremos ver y qué queremos para nosotres. Hoy la deconstrucción que muchas realidades reflejan está pariendo nuevas oportunidades, merecidas conquistas y necesarias transformaciones en tal sentido.

Camila, integrante además de la Red de Comunicadoras de Bahía Blanca, fue contundente: “Ojalá el periodismo deportivo pueda estar a la altura, y sus masculinidades (algunas lamentables cómplices de violencias que se perpetúan) tengan la voluntad y sabiduría para revisar sus privilegios y correrse del centro de la cancha. Tenemos derecho a jugar y a contarlo. Podemos discutir sobre fútbol o cualquier deporte, estamos capacitadas para ocupar cualquier rol profesional: relatar, comentar, entrevistar, y además pensamos estrategias deportivas como política de cuidado e inserción social y laboral”.

Camila Recalde y Fabiola Natalio. Foto: Ayelen Angerami.

Nos mueve el deseo amoroso que condena la clandestinidad y el individualismo. Queremos libertad y salud para todas las personas gestantes. Para que puedan gestar sueños, proyectos, dudas y revoluciones, además de embriones. Gestar la vida que deseen vivir. Con cicatrices y triunfos elegidos. Como derecho conquistado y destino merecido.

Y no podríamos expresarlo mejor que Tamara, militante de Las Martas Fútbol feminista888… “En el jugar hay una potencia hermosa y en el juego colectivo esa potencia se vuelve infinita. Si le agregamos jugar a algo donde se suponía que no debíamos estar nosotras, si le agregamos que nuestros cuerpos ocupen (desde el deseo y el placer) espacios pensados sólo para hombres, la combinación conlleva una irreverencia imparable. El fútbol jugado por mujeres es fútbol feminista y eso es revolucionario. (…) Que las canchas y la vida toda, sean nuestras”.

Que la comunicación y el periodismo… también.

888 Declaración publicada en el libro Feminismo para Jóvenas, editorial Chirimbote.

Será este jueves en un acto que encabezará el presidente Alberto Fernández en el Museo del Bicentenario de la Casa Rosada. La ley amplía los derechos de las mujeres y personas gestantes, garantiza su atención en el sistema de salud y pone fin a una legislación vigente desde 1921.

Entrará en vigencia nueve días después de su publicación en el Boletín Oficial.

La ceremonia, prevista para las 18.30, reunirá a referentes de los colectivos que reclamaron durante años la legalización y despenalización del aborto, legisladoras/es y funcionaries.

La Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE) fue convertida en ley por la cámara alta el 30 de diciembre pasado, con 39 votos favorables y 29 en contra.

En el acto, el jefe de Estado también promulgará la Ley Nacional de Atención y Cuidado Integral de la Salud durante el Embarazo y la Primera Infancia -conocida como el Plan de los 1.000 días- que recibió un apoyo unánime en el Senado.

Argentina contaba con una ley casi centenaria que exponía a las mujeres que acudían al aborto a una condena de cárcel y sólo permitía la interrupción de los embarazos en casos de violación o de peligro de vida para la persona gestante.

Ahora, las mujeres podrán un embarazo hasta la semana 14 sin temor a ser penalizadas y el sistema de salud pública deberá garantizar la cobertura de la intervención de manera gratuita.

En tanto, el plan de los 1000 días establece una nueva asignación por Cuidado de Salud Integral que consiste en el pago de una Asignación Universal por Hijo -una vez por año- para ayudar al cuidado de cada niño o niña menor de tres años.

La IVE tiene como eje central la consagración del “derecho de las mujeres y personas con otras identidades de género a decidir la interrupción del embarazo” en los servicios del sistema de salud “en un plazo máximo de diez (10) días corridos desde su requerimiento”.

Fuente: Télam.

A pocas horas de la sanción de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo en Argentina, el pasado 29 de diciembre, las noticias internacionales llegadas del otro lado del mundo anunciaban que Corea del Sur se sumaba a la lista de los países que legalizan el aborto hasta la semana catorce del embarazo.

Dos pequeños, pero importantes, pasos que parecen indicar que los países del Sur caminan en dirección a disminuir la gran brecha con los países de Norte en la garantía del derecho a decidir sobre los cuerpos. Sin embargo, aún falta mucho por avanzar.

Como muestran los mapas que circularon en las últimas semanas, mientras la mayoría de los países llamados ‘desarrollados’ contemplan hace años el derecho al aborto, el panorama no es tan favorable en las regiones ‘subdesarrolladas’ o dependientes. En América Latina y el Caribe, se calcula que más del 90% de las personas gestantes en edad fértil están prohibidas de realizar prácticas voluntarias de interrupción del embarazo y, según la CEPAL, se estima que las cifras de muertes por abortos clandestinos superan los cinco mil óbitos anuales. Entre los pocos países que ya garantizan este derecho en la región están Cuba (1965), Guyana (1995) y Uruguay (2013), y el Distrito Federal (2007) y el estado de Oaxaca (2019) en México.

Aunque, como sucedía en Argentina antes de la reciente sanción, existen diversidad de normativas algunas de las cuales permiten el aborto dentro de una serie de supuestos como violación, riesgo de la madre y/o malformación del feto, el problema de acceso a la salud y educación público, y la desinformación se amarra a las graves desigualdades de clase, género y raza que impide la garantía de estas mínimas excepciones en la región. Ese es el caso de Chile, Colombia y Brasil, donde la inestabilidad política y el fuerte peso de las derechas católicas son un nítido obstáculo al avance de la democracia. Entre los países más restrictivos, podemos mencionar El Salvador, Haití y Honduras, donde la prohibición del aborto bajo cualquier supuesto convive con altos índices de violencia sexual. 

Para Claudia Korol, comunicadora feminista, integrante del equipo de educación popular Pañuelos en Rebeldía, la sanción de la ley avanza en la conciencia antipatriarcal de la sociedad no sólo en Argentina, sino que estimula las luchas en el resto de Abya Yala – el continente americano- por el derechos a decir sobre nuestras vidas, modos de estar y de decidir con autonomía sobre nuestro cuerpo. La lucha por la interrupción voluntaria del embarazo evidencia el crecimiento del poder feminista y “da más fuerza para seguir organizándonos contra las violencias con las cuales pretenden reglamentarnos”; sin embargo, advierte Claudia, una ley no garantiza en sí mismo el derecho y hay que continuar organizadas para que se reglamente en las provincias.  “Esperamos que salgamos más organizadas y, a partir de eso, construir desde abajo, desde el pie, desde la raíz, más fuerza para seguir la lucha antipatriarcal, feminista, anticapitalista y anticolonial”, dijo Claudia Korol en conversación con FM de la Calle en la previa a la sanción de la ley.

Más de 60 referentes de organizaciones sociales y políticas, militantes de organismos de derechos humanos y sindicatos, familiares de víctimas de la violencia policial, docentes y estudiantes, participaron de un primer encuentro organizado por la Comisión por la Memoria (CPM) con el objetivo de informar sobre el estado de las causas que tramitan en los tribunales federales de Dolores, Lomas de Zamora, La Plata y Comodoro Py, en las que se que investigan las acciones de espionaje ilegal desplegadas entre 2016 y 2019 por el gobierno de Cambiemos.

Quienes participaron, entre ellas/os un representante de FM De la Calle, forman parte de las querellas o fueron víctimas principales del espionaje realizado en estos años.

Roberto Cipriano García, secretario de la CPM, inauguró el debate explicando que el objetivo principal del espacio era “compartir información para poder reflexionar sobre la trascendencia de la inteligencia ilegal y el espionaje político e ideológico en la Argentina, visibilizarlo y fundamentalmente dejar de naturalizarlo. La CPM tiene una expertiz sobre estos temas, ya que desde su fundación le fue conferida la custodia del archivo de inteligencia de la ex DIPPBA”.

La experiencia de la CPM en el trabajo de investigación y peritaje de documentos de lo que fuera la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA), la ubican como un actor clave para reflexionar en torno a las rupturas y continuidades de las prácticas de inteligencia ilegal en tiempos de dictadura y democracia, y proponer acciones concretas para definir políticas de Estado.

Por su parte, Sandra Raggio, directora general de la CPM, precisó que “la política debe comprometerse con la erradicación de la inteligencia ilegal, ya que no se trata de algo que haya quedado en la opacidad de los pliegues del estado represivo sino que, por el contrario, es una trama muy compleja que llega hasta nuestros días y constituye una de las vulnerabilidades de nuestra democracia”.

En el mismo sentido se expresó Víctor Mendibil, integrante de la CPM: “La democracia no ha resuelto muchas de las demandas que tiene nuestro pueblo y una de ellas son las acciones de espionaje ilegal que tienen el objetivo de perseguir, espiar y disciplinar al conjunto de la sociedad que resiste”.

Estas acciones de espionaje que investiga la justicia y cuyo blanco fueron centralmente personas que militan en organizaciones del campo popular, comenzaron a consumarse en decisiones políticas tomadas inmediatamente después de las elecciones presidenciales de 2015. A partir de ese momento volvieron las reservas sobre la identidad de los agentes de inteligencia y se repusieron los gastos reservados: el crecimiento del presupuesto de inteligencia entre 2016 y 2019 llegó a los 8 mil millones de pesos, de los cuales más del 90% fueron gastos reservados, imprescindibles parea el despliegue de acciones ilegales.

Luego, Federico Schmeigel, director del Programa contra la corrupción y la inteligencia ilegal de la CPM, expuso con detalle las características de esta red de espionaje que investiga la justicia en la que aparecen trabajando de manera articulada los referentes políticos de la AFI con ex comisarios de la policía bonaerense o agentes de la misma fuerza y el SPB. “Las bases creadas por el gobierno de Cambiemos en los puntos calientes del conurbano empezaron a funcionar de manera secreta entre 2016 y 2018. Aunque su objetivo formal era la investigación de delitos complejos como el narcotráfico, las investigaciones muestran que su motor real era el espionaje social y político”.

Por estos hechos, el juzgado federal de Dolores acaba de dictar el procesamiento de 11 ex funcionarios y agentes de la AFI acusados de formar parte de una red de inteligencia ilegal en el AMBA durante los años 2017 y 2018. La prueba acumulada en la causa y los hechos acreditados revelan la gravosa magnitud del sistema de vigilancia política implementado durante la gestión CAMBIEMOS, con rémoras de viejas prácticas autoritarias. Las tareas de inteligencia ilegal alcanzaron a centenares de militantes opositores y de diversas extracciones políticas. Asimismo, se produjeron infiltraciones en partidos políticos, cooperativas, organizaciones sociales y  gremios.

Durante más de dos horas participaron del debate referentes de estas organizaciones espiados y abogados querellantes en las diferentes causas. Gabriela Troiano, diputada nacional mandato cumplido por el Partido Socialista, agradeció a la CPM por el espacio y la iniciativa de llevar adelante las acciones necesarias, y manifestó: “Esto es algo que no podemos dejar pasar, somos responsable de hacer las cosas que hagan falta para vivir en una democracia, y para eso tenemos que hacer cumplir sus principios básicos: el espionaje ilegal no está dentro de estas premisas, pertenecen a una etapa oscura de nuestra historia”.

Por su parte, Guillermo Torremare, abogado y presidente de la APDH Nacional, habló también como querellante en una de las causas. Desde ese lugar explicó que “lo que resulta novedoso en este caso es la magnitud y la línea de responsabilidad política en los acciones de inteligencia que se advierte en la investigación judicial y que están diseñados para orquestar una represión hacia sectores opositores o enemigos”.

El juez Alejo Ramos Padilla llama la atención sobre el impacto que estas acciones de espionaje han tenido sobre la educación. Son numerosos los casos de trabajadores de la educación y estudiantes espiados y perseguidos. Muchos de ellos estuvieron hoy presentes en el encuentro y como contracara de estas acciones represivas reivindicaron su derechos a la organización y la protestas por los derechos.

En este sentido, Sergio Zaninelli de ADUNS señaló que “cualquier gobierno que espía a los sindicatos por lo hacen en defensa de sus representados, nos espía porque somos un peligro para quienes nos gobiernan”. En este punto también resultó conmovedor el testimonio de Clara, joven de Moreno que tenías 16 años y era estudiante secundaria cuando fue espiada en 2016 por sus actividades políticas. Clara participaba del programa Jóvenes y memoria de la CPM y militaba en la JP Cámpora de su localidad.

Quienes participaron del encuentro coincidieron en reforzar la línea de investigación iniciada por los juzgados de Dolores y lomas de Zamora y permanecer en alerta ante posibles acciones que pretendan derivar estas causas hacía los tribunales de Comodoro Py con el objetivo de frenarlas y garantizar impunidad para quienes diseñaron e implementaron este plan de espionaje ilegal.

También hicieron uso de la palabra la Secretaria Adjunta de SUTEBA Maria Laura Torres, el Secretario de DDHH de la  Asociación Judicial Bonaerense (AJB) Mariano Fernandez, y el Secretario de DDHH de la CTA Autónoma y ATE provincia, Emiliano Huevarillo. A ellos se sumaron representantes del CEPRODH y otras organizaciones presentes. Asimismo participaron la concejal platense Victoria Tolosa Paz y la consejera escolar de Mar del Plata, Eva Fernández.

Por otro lado, se remarcó la necesidad de hacer visible estos hechos ante la opinión pública y alertar a la sociedad, desde todas las organizaciones, sobre la gravedad que tienen para la vida institucional de la democracia. En este punto, desde la CPM se anunció la realización de un encuentro sobre democracia e inteligencia para el año próximo y la coordinación de una serie de acciones tendientes a generar mecanismos institucionales de control adecuados en el ámbito de la provincia de Buenos Aires.

Fuente: CPM.

Desde hoy queda operativa y en plena vigencia la Prestación Básica Universal y Obligatoria. Es para servicios de telefonía móvil, fija, internet y TV por cable.

Está destinada a personas que ya tienen un dispositivo móvil, un celular, pero que hasta ahora se manejaban con un Plan Prepago por falta de recursos. Esta modalidad de cargar cuando se cuenta con algo de dinero en el bolsillo tiene finalmente un costo mucho más caro.

La misma tiene como objetivo garantizar el derecho humano de acceso a las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC) por cualquiera de sus plataformas.

“La Prestación Básica Universal persigue el horizonte de la expansión de derechos establecidos por el Gobierno nacional como lineamiento general para asegurar que todos los argentinos y argentinas gocen de las mismas oportunidades”, indicó el Delegado Regional del Encom, Nicolás
Bartolozzi.

El Decreto de Necesidad y Urgencia 690/20 del Poder Ejecutivo Nacional, determina que la TELEFONIA CELULAR, TELEFONIA FIJA, INTERNET y la TELEVISION POR CABLE (TIC’s-Tecnologías de la Información y las Comunicaciones) son servicios públicos, esenciales, estratégicos y en competencia.

¿Cómo se concreta el Beneficio?

*Se debe completar esta declaración jurada, la cual se envía la misma a las Compañías de Telecomunicaciones.

*Las Empresas tienen la obligación de iniciar el trámite para el otorgamiento de la prestación, la disposición de Enacom es de cumplimiento obligatorio.

*No es necesario cambiar de Compañía, aplica para personas que ya tenían Servicio, o que lo pueden pedir desde cero.

¿Quiénes son los Beneficiarios de la Prestación Básica, Universal y
Obligatoria?

El Padrón de Beneficiarios está construido con anterioridad, es clara su individualización y alcanza los 10.000.000 de Argentinas y Argentinos.

Los Usuarios y Usuarias que podrán optar por adherirse a las Prestaciones Básicas, Universales y Obligatorias son los siguientes:

1) Beneficiarias y Beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH) y de la Asignación Universal por Embarazo. También están incluidos sus hijos e hijas entre los 16 y los 18 años, y los miembros de su Grupo Familiar (Padre, Madre, Cónyuge, Conviviente).

2) JUBILADOS y PENSIONADOS que perciban un Beneficio en Bruto menor o igual a 2 (dos) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles ($41.000). También están incluidos sus hijos e hijas entre 16 y 18 años.

3) Usuarias y Usuarios inscriptos en el REGIMEN DE MONOTRIBUTO SOCIAL. También están incluidos sus hijos e hijas entre 16 y 18 años.

4) Beneficiarias y Beneficiarios de PENSIONES NO CONTRIBUTIVAS que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a 2 (dos) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles. También están incluidos sus hijos e hijas entre 16 y 18 años.

5) Trabajadores y Trabajadoras en RELACIÓN DE DEPENDENCIA que perciban una Remuneración Bruta menor o igual a 2 (dos) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles. También están incluidos sus hijos e hijas entre 16 y 18 años.

6) Trabajadores y Trabajadoras inscriptas en el REGIMEN DE MONOTRIBUTO, en una Categoría cuyo ingreso mensual no supere los 2 (dos) Salarios Mínimos, Vitales y Móviles. También están incluidos sus hijos e hijas entre 16 y 18 años.

7) Usuarias y Usuarios que perciban SEGURO DE DESEMPLEO, y también sus hijos e hijas entre 16 y 18 años.

8) Trabajadores y Trabajadoras incluidas en el Régimen de PERSONAL DE CASAS PARTICULARES (Ley 26.844), y también sus hijos e hijas entre 16 y 18 años.

9) Beneficiarias y Beneficiarios de una BECA DEL PROGRAMA PROGRESAR. (Jóvenes entre 18 y 24 años, Estudiantes Argentinos de Nivel Primario, Secundario, Terciario o Universitario, o que estén realizando una Curso de Formación Profesional). Además, todos los Jóvenes pueden navegar por las Páginas Web Educ.ar y Edu.ar sin costo alguno, sin consumir Paquete de Datos.

10) Personas que se encuentren DESOCUPADAS, o que se desempeñen en la ECONOMIA INFORMAL, y también sus hijos e hijas entre 16 y 18 años.

11) Beneficiarias y Beneficiarios de PROGRAMAS SOCIALES, y también sus hijos e hijas entre 16 y 18 años.

12) Entidades de Bien Público tales como Asociaciones Civiles, Simples Asociaciones, Fundaciones, que no persiguen Fines de Lucro (Ley 27.218); Organizaciones Comunitarias con Reconocimiento Municipal; Clubes de Barrio y de Pueblo (Ley 27.098); Asociaciones de Bomberos Voluntarios (Ley 25.054).

(Por Analé Barrera – Tramas Boletín) El aborto es legal en Argentina.

Lo digo para adentro, lo digo en voz alta. Una y otra vez.

Se lo digo a mi hija de tres años ni bien se despierta, como se lo dije en una canción de cuna improvisada con la media sanción en 2018.  

Lo hicimos.

Ahora vos y tus amigas no van a tener que pasar por el dolor de clandestinidad.

Ellas escucharán los discursos en el Congreso y les resultarán increíbles, de otro mundo; como cuando nosotrxs escuchamos los planteos de quienes se oponían al voto femenino.

Las imagino fuertes y diversas, luchando por demandas nuevas. Rebeldes, libres, sonriendo.

El aborto es legal en la Argentina.

Detrás de esta conquista hay una larga historia de lucha en las calles y también dentro de las organizaciones, en los lugares de trabajo, de estudio y hasta en la mesa familiar. Están los encuentros, las campañas, las marchas, los pañuelos verdes, los brillos, los cantos… y también las peleas menos estridentes, del día a día. Las pibas que hacen una vaquita o buscan unx médicx que se juegue a recetar para acompañar a una amiga, las trabajadoras de la salud que peleaban porque se cumpliera con la ILE por causales (reconocidas en el Código Penal de 1921), las docentes que escucharon, las socorristas, las compañeras, las madres, tías, abuelas y hermanas que sostuvieron la mano.

Descripción: Archivo-Hasenberg-Quaretti-8-de-marzo-1984-5
Manifestación del 8 de marzo de 1984. Fuente: El Cohete a la Luna.

El aborto, ¿es “cosa de mujeres”?

Cuando esos diputados y senadores “viejos chotos” (no hablo en términos de edad, sino de una categoría política; pensemos si no las emocionantes palabras de Pino Solanas en 2018) nos dicen qué tenemos que hacer y cómo… nos empieza a subir la bronca. ¿Cómo se atreven a forzar a mujeres ¡a niñas! a llevar un embarazo? Ahí decimos, sin vueltas: no tenés útero, no opinesCallate de una vez, Raúl.

Sin embargo, la identificación de la demanda por el aborto legal como tema únicamente de quienes podemos gestar, supone un reduccionismo si queremos hablar de qué estructuras sostienen la organización de la sociedad y cómo hacemos para cambiarlas.

Al recorrer la historia de las luchas feministas, vemos que desde el movimiento obrero y partidos de izquierda, con vocación de representar intereses de la clase trabajadora… se ha reforzado el planteo del aborto, entre otras demandas, como una cuestión privada, como “tema femenino” y, como tal, posible de tirar para más adelante, cuando se pueda, cuando no genere inconvenientes hacia adentro, en las alianzas…

En este sentido, el aborto legal no es (sólo) “cosa de mujeres”. Y debe ser un eje programático de cualquier movimiento que se proponga la construcción de una sociedad más justa e igualitaria.

La noción fundamental de que las mujeres y personas con capacidad de gestar tenemos soberanía sobre nuestros cuerpos remite a la autonomía personal, claro, pero también es esencialmente una cuestión social.

En la demanda del aborto legal se juega algo más.

Los sectores fundamentalistas que hablan de la “ideología de género” acá y en el mundo así lo entienden: creen que el aborto legal es la punta de lanza para otras transformaciones que destruirán a la sociedad y blablablá.

Y acá bien vale decirles: ojalá que se destruya la sociedad desigual que pregonan, así como sus discursos de odio misógino, homolesbofóbico, transfóbico, racista, xenófobo, aporofóbico. (Disculpen si sueno un poco beligerante. Pero con estos sectores que ponen porotos en todos los casilleros de la opresión, no hay coreadelcentrismo posible).

El aborto legal es entonces, en principio, “cosa de mujeres” (y de las personas con capacidad de gestar). Pero tiene implicancias que van mucho más allá.

Recuerdo la primera marcha de Ni una menos. ¿Qué tiene que ver el aborto con los femicidios? se escuchaba por ahí , en la que creo que fue la marcha más grande en la que participé en Tandil, ciudad donde viví 12 años. ¿Que qué tiene que ver? Todo. Y también con la brecha salarial de género, con la precarización, con los pisos pegajosos y el techo de cristal. Tiene que ver con el miedo a caminar solas por la calle, el tener que juntar la mesa mientras los varones de la casa se rascan, el dejar proyectos propios por cuidar a lxs hermanxs menores, hijxs, enfermxs y ancianxs…

La legalización del aborto viene a, por lo menos, horadar el mito que asocia “lo femenino” y lo natural, lo intuitivo, lo maternal y que nos confina al ámbito de lo privado y de la reproducción; legitimando así la desigualdad y las violencias de género que sufrimos en los distintos ámbitos de la vida.

Esta conquista hace que las mujeres dejemos de ser ciudadanas de segunda. Porque en la base de la negación de nuestros derechos y de las violencias que vivimos, está la idea de que tenemos una calidad inferior; de que somos accesorias, definidas en relación a los varones. Otras.

Ahora podremos dejar de ser vistas como vasijas vacías y reclamar nuestra condición de personas. Tan básico y radical como eso.

Entonces… ¿Por qué decimos que la consigna (¡y la conquista!) del aborto legal nos lleva a otras?

Porque esta lucha ilumina el hecho de que si bien el mandato de la maternidad pesa sobre las mujeres en general, no todas lo vivimos de la misma manera. Asumir una mirada interseccional implica así saber que hay vivencias que nos unen como mujeres pero que no hay una esencia biológica o abstracta ahí: las decisiones sobre maternar o no se dan en situaciones concretas, cruzadas por opresiones de género así como de clase y raza.

Porque expone estereotipos de género y nos da herramientas para romperlos. En este proceso, el aborto legal es coherente y confluye, entre otras, con las demandas por generar condiciones para garantizar y proveer los cuidados implicados en la crianza y educación de les niñes… Para que no caigan mayoritariamente sobre nosotras y se distribuyan de forma equitativa entre mujeres y varones y, también, entre hogares, comunidad, Estado.

Porque la experiencia de lucha nos da perspectiva y organización para ir por más.

Levantemos la copa y el puño

Este nuevo derecho nos deja el invaluable aprendizaje de que luchar, sirve.

(Así lo demostraron también anoche lxs trabajadorxs de la huelga aceitera, que después de tres semanas le ganaron la pulseada a la angurria clasista de las agroexportadoras. Vaya nuestro saludo para ellxs).

Mañana brindemos y dejémonos arropar por esta alegría conquistada, que tanto necesitábamos. Que la noticia les dé más fuerzas a las compañeras que luchan en todos los países del mundo en los que el aborto aún es clandestino. Como nos gusta cantar a los gritos: ¡… se cuidan, se cuidan los machistas; América Latina va a ser toda feminista!

La cosa no termina acá: queremos una vida no sólo menos dolorosa, sino también más justa y feliz.

Nos mueve el deseo de cambiarlo todo. Y ahora… ¿quién nos para?

Con 38 votos a favor y 29 en contra el Senado convirtió en ley el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Hubo una abstención y cuatro ausencias. También se aprobó el Plan de los 1000 días para el acompañamiento a las maternidades deseadas.

La votación llegó a las 4:12, luego de doce horas de debate que fueron seguidas con vigilias frente al Congreso y en muchas ciudades del país. En Bahía Blanca el encuentro fue en Plaza Rivadavia desde donde FM De la Calle realizó una transmisión especial de la histórica sesión.

Con el correr de las horas se conocieron las posturas de las senadoras y los senadores que aun no las habían explicitado y fueron los que permitieron revertir el resultado negativo del debate del 2018 cuando el proyecto fue rechazado por 38 votos contra 31.

El Poder Ejecutivo se comprometió a realizar un veto parcial de dos artículos para sumar, entre otros, el voto del ex gobernador de Rio Negro, Alberto Weretilneck. El cambio implicará una mirada más restrictiva para la realización del aborto luego de la semana 14.

El camarista Pablo Candisano Mera ratificó a la jueza Gabriela Marrón al frente de la investigación por la desaparición y muerte de Facundo Astudillo Castro.

Para el magistrado las querellas encabezadas por Cristina Castro y la Comisión Provincial por la Memoria “no han logrado demostrar la existencia de elementos que abonen a la afectación de la garantía constitucional invocada”, es decir, el temor de parcialidad.

La causa continúa con apelaciones pendientes en la Cámara Federal bahiense y con la producción de medidas de prueba. Las querellas recurrirán nuevamente la resolución contra el apartamiento de Marrón y la denunciarán ante el Consejo de la Magistratura.

Defensa corporativa de la Bonaerense

Mediante sus abogados, Leandro Aparicio y Luciano Peretto, la madre del joven de Pedro Luro cuestionó a la jueza por denegarles medidas de prueba orientadas a dilucidar la responsabilidad de la Policía Bonaerense en los hechos.

Se le reprochó a la titular del Juzgado Federal N°2 hacer “una defensa corporativa” de la fuerza de seguridad y reclamaron revisar el comportamiento de los efectivos en el marco de las infracciones por violación al aislamiento obligatorio.

La querella denunció que la Bonaerense actuó de manera discrecional, sin control judicial y con criterio de selectividad -apuntando a personas humildes y migrantes– y abusando de la fuerza física.

De hecho, Facundo fue interceptado en Mayor Buratovich y en Teniente Origone y no hubo consulta a la propia jueza Marrón ni al fiscal Ulpiano Martínez -ambos de turno-, ni lo trasladaron a su domicilio.

Por otra parte, la querella planteó una queja por las sospechas de Marrón sobre la propia Cristina Castro, su orden de investigar al perito Marcos Herrero y la denuncia contra uno de los abogados de la familia.

Al rechazar su recusación, Marrón advirtió “una deformación del instituto utilizado para apartar al juez natural de la causa, tergiversando el alcance y contenido de reglas básicas del debido proceso, de los derechos de las víctimas, las garantías constitucionales, la validez probatoria, descontextualizando las circunstancias y los hechos de la causa”.

Candisano Mera afirmó que “el temor de parcialidad en el juzgador, aun cuando no esté incluida expresamente en el catálogo de motivos o causales de apartamiento de magistrados reglados en el art. 55 del CPPN, resulta una causal válida de recusación”.

“Sin embargo, los supuestos de recusación no deben constituir para las partes un instrumento para separar al juez interviniente del conocimiento de la causa”.

El camarista sostuvo que “la Corte Suprema ha sostenido la improcedencia de la recusación de los jueces fundada solamente en su intervención oportuna en un proceso, en el marco de sus propias funciones”.

“No compartir el criterio utilizado por quien decide, sólo habilita al presentante a deducir los recursos pertinentes pero carece de entidad como supuesto objetivo capaz de generar un ‘temor de parcialidad’ que justifique su recusación”.

Candisano Mera manifestó que “más allá del acierto o no de aquellas decisiones y de la terminología utilizada, en razón de tratarse de una resolución dictada en cumplimiento de una obligación constitucional, sobre los puntos sometidos a su consideración, habilitada y fundada, descalifica de plano la alegada parcialidad, por no verificarse sospechas objetivamente justificadas que permitan afirmar –fundadamente– que la magistrada no utiliza como criterio de juicio el previsto por la ley”.

Por último, aclaró que aún están pendiente de resolución las apelaciones a muchas de las medidas tomadas por la jueza Marrón.

Foto: LB24.