(Por Analé Barrera – Tramas Boletín) El aborto es legal en Argentina.

Lo digo para adentro, lo digo en voz alta. Una y otra vez.

Se lo digo a mi hija de tres años ni bien se despierta, como se lo dije en una canción de cuna improvisada con la media sanción en 2018.  

Lo hicimos.

Ahora vos y tus amigas no van a tener que pasar por el dolor de clandestinidad.

Ellas escucharán los discursos en el Congreso y les resultarán increíbles, de otro mundo; como cuando nosotrxs escuchamos los planteos de quienes se oponían al voto femenino.

Las imagino fuertes y diversas, luchando por demandas nuevas. Rebeldes, libres, sonriendo.

El aborto es legal en la Argentina.

Detrás de esta conquista hay una larga historia de lucha en las calles y también dentro de las organizaciones, en los lugares de trabajo, de estudio y hasta en la mesa familiar. Están los encuentros, las campañas, las marchas, los pañuelos verdes, los brillos, los cantos… y también las peleas menos estridentes, del día a día. Las pibas que hacen una vaquita o buscan unx médicx que se juegue a recetar para acompañar a una amiga, las trabajadoras de la salud que peleaban porque se cumpliera con la ILE por causales (reconocidas en el Código Penal de 1921), las docentes que escucharon, las socorristas, las compañeras, las madres, tías, abuelas y hermanas que sostuvieron la mano.

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Manifestación del 8 de marzo de 1984. Fuente: El Cohete a la Luna.

El aborto, ¿es “cosa de mujeres”?

Cuando esos diputados y senadores “viejos chotos” (no hablo en términos de edad, sino de una categoría política; pensemos si no las emocionantes palabras de Pino Solanas en 2018) nos dicen qué tenemos que hacer y cómo… nos empieza a subir la bronca. ¿Cómo se atreven a forzar a mujeres ¡a niñas! a llevar un embarazo? Ahí decimos, sin vueltas: no tenés útero, no opinesCallate de una vez, Raúl.

Sin embargo, la identificación de la demanda por el aborto legal como tema únicamente de quienes podemos gestar, supone un reduccionismo si queremos hablar de qué estructuras sostienen la organización de la sociedad y cómo hacemos para cambiarlas.

Al recorrer la historia de las luchas feministas, vemos que desde el movimiento obrero y partidos de izquierda, con vocación de representar intereses de la clase trabajadora… se ha reforzado el planteo del aborto, entre otras demandas, como una cuestión privada, como “tema femenino” y, como tal, posible de tirar para más adelante, cuando se pueda, cuando no genere inconvenientes hacia adentro, en las alianzas…

En este sentido, el aborto legal no es (sólo) “cosa de mujeres”. Y debe ser un eje programático de cualquier movimiento que se proponga la construcción de una sociedad más justa e igualitaria.

La noción fundamental de que las mujeres y personas con capacidad de gestar tenemos soberanía sobre nuestros cuerpos remite a la autonomía personal, claro, pero también es esencialmente una cuestión social.

En la demanda del aborto legal se juega algo más.

Los sectores fundamentalistas que hablan de la “ideología de género” acá y en el mundo así lo entienden: creen que el aborto legal es la punta de lanza para otras transformaciones que destruirán a la sociedad y blablablá.

Y acá bien vale decirles: ojalá que se destruya la sociedad desigual que pregonan, así como sus discursos de odio misógino, homolesbofóbico, transfóbico, racista, xenófobo, aporofóbico. (Disculpen si sueno un poco beligerante. Pero con estos sectores que ponen porotos en todos los casilleros de la opresión, no hay coreadelcentrismo posible).

El aborto legal es entonces, en principio, “cosa de mujeres” (y de las personas con capacidad de gestar). Pero tiene implicancias que van mucho más allá.

Recuerdo la primera marcha de Ni una menos. ¿Qué tiene que ver el aborto con los femicidios? se escuchaba por ahí , en la que creo que fue la marcha más grande en la que participé en Tandil, ciudad donde viví 12 años. ¿Que qué tiene que ver? Todo. Y también con la brecha salarial de género, con la precarización, con los pisos pegajosos y el techo de cristal. Tiene que ver con el miedo a caminar solas por la calle, el tener que juntar la mesa mientras los varones de la casa se rascan, el dejar proyectos propios por cuidar a lxs hermanxs menores, hijxs, enfermxs y ancianxs…

La legalización del aborto viene a, por lo menos, horadar el mito que asocia “lo femenino” y lo natural, lo intuitivo, lo maternal y que nos confina al ámbito de lo privado y de la reproducción; legitimando así la desigualdad y las violencias de género que sufrimos en los distintos ámbitos de la vida.

Esta conquista hace que las mujeres dejemos de ser ciudadanas de segunda. Porque en la base de la negación de nuestros derechos y de las violencias que vivimos, está la idea de que tenemos una calidad inferior; de que somos accesorias, definidas en relación a los varones. Otras.

Ahora podremos dejar de ser vistas como vasijas vacías y reclamar nuestra condición de personas. Tan básico y radical como eso.

Entonces… ¿Por qué decimos que la consigna (¡y la conquista!) del aborto legal nos lleva a otras?

Porque esta lucha ilumina el hecho de que si bien el mandato de la maternidad pesa sobre las mujeres en general, no todas lo vivimos de la misma manera. Asumir una mirada interseccional implica así saber que hay vivencias que nos unen como mujeres pero que no hay una esencia biológica o abstracta ahí: las decisiones sobre maternar o no se dan en situaciones concretas, cruzadas por opresiones de género así como de clase y raza.

Porque expone estereotipos de género y nos da herramientas para romperlos. En este proceso, el aborto legal es coherente y confluye, entre otras, con las demandas por generar condiciones para garantizar y proveer los cuidados implicados en la crianza y educación de les niñes… Para que no caigan mayoritariamente sobre nosotras y se distribuyan de forma equitativa entre mujeres y varones y, también, entre hogares, comunidad, Estado.

Porque la experiencia de lucha nos da perspectiva y organización para ir por más.

Levantemos la copa y el puño

Este nuevo derecho nos deja el invaluable aprendizaje de que luchar, sirve.

(Así lo demostraron también anoche lxs trabajadorxs de la huelga aceitera, que después de tres semanas le ganaron la pulseada a la angurria clasista de las agroexportadoras. Vaya nuestro saludo para ellxs).

Mañana brindemos y dejémonos arropar por esta alegría conquistada, que tanto necesitábamos. Que la noticia les dé más fuerzas a las compañeras que luchan en todos los países del mundo en los que el aborto aún es clandestino. Como nos gusta cantar a los gritos: ¡… se cuidan, se cuidan los machistas; América Latina va a ser toda feminista!

La cosa no termina acá: queremos una vida no sólo menos dolorosa, sino también más justa y feliz.

Nos mueve el deseo de cambiarlo todo. Y ahora… ¿quién nos para?

Con 38 votos a favor y 29 en contra el Senado convirtió en ley el proyecto de Interrupción Voluntaria del Embarazo. Hubo una abstención y cuatro ausencias. También se aprobó el Plan de los 1000 días para el acompañamiento a las maternidades deseadas.

La votación llegó a las 4:12, luego de doce horas de debate que fueron seguidas con vigilias frente al Congreso y en muchas ciudades del país. En Bahía Blanca el encuentro fue en Plaza Rivadavia desde donde FM De la Calle realizó una transmisión especial de la histórica sesión.

Con el correr de las horas se conocieron las posturas de las senadoras y los senadores que aun no las habían explicitado y fueron los que permitieron revertir el resultado negativo del debate del 2018 cuando el proyecto fue rechazado por 38 votos contra 31.

El Poder Ejecutivo se comprometió a realizar un veto parcial de dos artículos para sumar, entre otros, el voto del ex gobernador de Rio Negro, Alberto Weretilneck. El cambio implicará una mirada más restrictiva para la realización del aborto luego de la semana 14.

El camarista Pablo Candisano Mera ratificó a la jueza Gabriela Marrón al frente de la investigación por la desaparición y muerte de Facundo Astudillo Castro.

Para el magistrado las querellas encabezadas por Cristina Castro y la Comisión Provincial por la Memoria “no han logrado demostrar la existencia de elementos que abonen a la afectación de la garantía constitucional invocada”, es decir, el temor de parcialidad.

La causa continúa con apelaciones pendientes en la Cámara Federal bahiense y con la producción de medidas de prueba. Las querellas recurrirán nuevamente la resolución contra el apartamiento de Marrón y la denunciarán ante el Consejo de la Magistratura.

Defensa corporativa de la Bonaerense

Mediante sus abogados, Leandro Aparicio y Luciano Peretto, la madre del joven de Pedro Luro cuestionó a la jueza por denegarles medidas de prueba orientadas a dilucidar la responsabilidad de la Policía Bonaerense en los hechos.

Se le reprochó a la titular del Juzgado Federal N°2 hacer “una defensa corporativa” de la fuerza de seguridad y reclamaron revisar el comportamiento de los efectivos en el marco de las infracciones por violación al aislamiento obligatorio.

La querella denunció que la Bonaerense actuó de manera discrecional, sin control judicial y con criterio de selectividad -apuntando a personas humildes y migrantes– y abusando de la fuerza física.

De hecho, Facundo fue interceptado en Mayor Buratovich y en Teniente Origone y no hubo consulta a la propia jueza Marrón ni al fiscal Ulpiano Martínez -ambos de turno-, ni lo trasladaron a su domicilio.

Por otra parte, la querella planteó una queja por las sospechas de Marrón sobre la propia Cristina Castro, su orden de investigar al perito Marcos Herrero y la denuncia contra uno de los abogados de la familia.

Al rechazar su recusación, Marrón advirtió “una deformación del instituto utilizado para apartar al juez natural de la causa, tergiversando el alcance y contenido de reglas básicas del debido proceso, de los derechos de las víctimas, las garantías constitucionales, la validez probatoria, descontextualizando las circunstancias y los hechos de la causa”.

Candisano Mera afirmó que “el temor de parcialidad en el juzgador, aun cuando no esté incluida expresamente en el catálogo de motivos o causales de apartamiento de magistrados reglados en el art. 55 del CPPN, resulta una causal válida de recusación”.

“Sin embargo, los supuestos de recusación no deben constituir para las partes un instrumento para separar al juez interviniente del conocimiento de la causa”.

El camarista sostuvo que “la Corte Suprema ha sostenido la improcedencia de la recusación de los jueces fundada solamente en su intervención oportuna en un proceso, en el marco de sus propias funciones”.

“No compartir el criterio utilizado por quien decide, sólo habilita al presentante a deducir los recursos pertinentes pero carece de entidad como supuesto objetivo capaz de generar un ‘temor de parcialidad’ que justifique su recusación”.

Candisano Mera manifestó que “más allá del acierto o no de aquellas decisiones y de la terminología utilizada, en razón de tratarse de una resolución dictada en cumplimiento de una obligación constitucional, sobre los puntos sometidos a su consideración, habilitada y fundada, descalifica de plano la alegada parcialidad, por no verificarse sospechas objetivamente justificadas que permitan afirmar –fundadamente– que la magistrada no utiliza como criterio de juicio el previsto por la ley”.

Por último, aclaró que aún están pendiente de resolución las apelaciones a muchas de las medidas tomadas por la jueza Marrón.

Foto: LB24.

La directora del Programa Justicia por Delitos de Lesa Humanidad, Claudia Bellingeri, declaró, en carácter de testigo de concepto, en el marco del juicio que lleva adelante el TOF de Bahía Blanca contra los responsables de los crímenes cometidos por el grupo parapolicial Triple A entre 1975 y los primeros meses de 1976.

Como organismo designado por la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata para la preservación, administración y gestión del archivo de la DIPPBA, la CPM realizó para esta causa un aporte documental de 164 registros, entre fichas, legajos e informes que individualizan a los integrantes del grupo de tareas civil, el seguimiento a muchas de sus víctimas y las conexiones con la Universidad Nacional del Sur y el diputado Rodolfo Ponce, entre otros aspectos que se ventilan en este juicio.

Las audiencias continuarán los días 3, 4 y 5 de febrero.

La exposición de Bellingeri fue acompañada de una serie de diapositivas en las que se mostraban extractos de documentos oficiales de la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPPBA) con datos de las víctimas de la Triple A en Bahía Blanca, la participación del por entonces interventor de la Universidad Nacional del Sur (UNS), Remus Tetu, en la coordinación del grupo de tareas sobre los claustros estudiantil y de no docentes, y el rol del diputado nacional Rodolfo Ponce -secretario general de la CGT local- en la conducción del grupo civil, además de la inserción funcional de la DIPPBA dentro del esquema y zonifación del terrorismo de estado.

El testimonio se extendió por más de tres horas y contempló la explicación y contextualización de 164 documentos aportados por la CPM en tres informes distintos que fueron presentados durante los últimos años desde el inicio de la investigación penal.

En primer lugar, la testigo de concepto detalló los principios de integralidad, cadena de custodia y autenticidad de los documentos, a partir del extenso trabajo de desclasificación, organización y digitalización del archivo DIPPBA. En ese marco, también se proyectó en plena audiencia el video titulado “La Inteligencia también fue Terrorismo de Estado”.

En cuanto a la Comunidad Informativa -categoría que designa la articulación, coordinación y colaboración de todas las agencias de inteligencia del país para la ejecución del plan de exterminio-, describió sus organigramas, funcionamiento orgánico, y su expresión local en Bahía Blanca.

De las reuniones de la Comunidad Informativa bahiense, por ejemplo, Bellingeri destacó documentos que prueban que Tetu participó activamente aportando nombres de trabajadores no docentes y estudiantes identificados como subversivos o de izquierda peronista o marxista, además de haber creado en la Universidad el Departamento de Seguridad desde el cual directamente se contrató a integrantes de la Triple A.

Asimismo, con respecto a Ponce los documentos expresan que varios de los integrantes de la Triple A de Bahía Blanca eran considerados como “guardaespaldas” o personal de seguridad del diputado Ponce, provenientes de gremios como el de la Junta Nacional de Granos, URGARA, y otros.

Entre las acciones encomendadas a este grupo de tareas civil se destacan la detección, seguimiento y, en algunos casos, el asesinato de “posibles elementos de izquierda” que intervinieran en los espacios gremial, fabril o universitario.

Cabe destacar que en los documentos de DIPPBA aportados a esta causa aparecen no sólo los nombres y roles de los cuatro que están siendo juzgados -Raúl Roberto Aceituno, Juan Carlos Curzio, Héctor Ángel Forcelli y Osvaldo Omar Pallero- sino también los de otros integrantes de la Triple A que no llegaron a juicio, como en los casos de Argibay padre e hijo, Sañudo, Chizú, Dodero y otros.

Respecto al nombre de la organización parapolicial, Bellingeri explicó que en ningún documento aparece explicitado como Triple A sino que se los menciona como “grupo civil”, “peronismo histórico”, “peronismo ortodoxo” o “juventud sindical peronista”.

Entre las víctimas que aparecen registradas en los documentos DIPPBA se destaca el caso de David Watu Cilleruelo, estudiante universitario asesinado por el grupo de tareas y cuyo nombre había sido aportado por el rector Tetu en una de las reuniones de la comunidad informativa de Bahía Blanca.

Tras el crimen del joven, y ante las protestas y movilizaciones de la comunidad universitaria, Tetu detalló “el estado rebelde y subversivo en los claustros, provocado por dichos activistas, cuyos antecedentes se adjuntan”.

Bellingeri también puntualizó en la documentación sobre otras dos víctimas -Luis Jesús García y a Rodolfo Gini- aunque aclaró que existe material documental sobre muchas de las víctimas que se contemplan en esta causa.

Fuente: ANDAR.

El juez federal Walter López Da Silva dispuso y concretó la semana pasada la detención de cuatro ex militares en cumplimiento de la resolución de la Cámara Federal por la cual se hizo lugar al recurso interpuesto por la Unidad Fiscal de Lesa Humanidad para que se les imponga la prisión preventiva.

Las capturas de los cuatro imputados tienen como antecedente la resolución dictada por el tribunal de alzada el 3 de diciembre, por la cual se confirmó su procesamiento por el delito de abuso deshonesto contra una víctima que permaneció cautiva en la compañía Combate My. Keller del Batallón de Comunicaciones 181 y se ordenó que fueran detenidos.

Los militares detenidos son el ex jefe de sección, Enrique Stel; el ex oficial de Estado Mayor, ex ayudante del jefe de la Unidad y ex jefe de Sección, Raúl Esteban Andrés; el ex jefe del Grupo Artillería, Vicente Alfredo Flores; y el ex jefe de grupo, Eduardo Carlos Videla.

Los cuatro imputados revistaron durante 1976 en aquel destino. La compañía tuvo una destacada participación en la ejecución de los operativos de secuestros y constituyó el principal grupo de tareas con el cual contaba el batallón.

El juez López Da Silva solicitó cupo al Servicio Penitenciario Federal para alojar a los cuatro ex militares, aunque decidió que a raíz de la pandemia de COVID-19 cumplan la medida cautelar en sus domicilios.

Esa resolución fue recurrida por la Unidad Fiscal. No es la primera vez que estos imputados son detenidos pero se encontraban en libertad porque habían sido excarcelados en otros expedientes.

En el recurso ante la Cámara Federal, la Unidad de Asistencia para causas por violaciones a los Derechos Humanos de Bahía Blanca, a cargo del fiscal general Miguel Palazzani, sostuvo que la decisión apelada se apartaba de la jurisprudencia de la Corte Suprema en la materia. También señaló que no se habían analizado los peligros procesales que provoca la omisión del dictado de la medida cautelar.

Los cuatro militares detenidos a raíz de la decisión de la Cámara Federal fueron imputados de varios hechos de violencia sexual, pero ese tribunal consideró que había prueba suficiente para uno de los hechos, calificado como abuso deshonesto, que tuvo como víctima a una mujer. Respecto de los demás hechos, dictó el sobreseimiento. La Unidad Fiscal informó que se encuentra en preparación el recurso de casación para revertir esa decisión. Para la representación del MPF el análisis desde una perspectiva de género en los procesos de lesa humanidad resulta determinante a la hora de demostrar el carácter sistemático de este tipo de conductas.

Con la confirmación del procesamiento de los doce imputados, el proceso se encamina hacia el primer juicio -el juez López Da Silva ya corrió traslado a la fiscalía para que solicita la elevación del caso a debate oral y público- en el que se juzgará a miembros del Ejército Argentino por delitos sexuales ocurridos en centros clandestinos bajo su jurisdicción. En 2015 el Tribunal Oral Federal de Bahía Blanca encontró responsables por este tipo de delitos a varios integrantes de la Armada Argentina.

Fuente: fiscales.gob.ar

Representantes de organizaciones que fueron espiadas ilegalmente por la base local de la AFI durante el gobierno de Mauricio Macri se manifestaron esta mañana para repudiar la persecución.

Nuestro compañero, Astor Vitali, dijo que “quien ha sido un elemento central en la conducción de Cambiemos en la provincia, el intendente Héctor Gay, tiene que decir si sabía, si fue parte y dar toda la información y una respuesta a la comunidad. No es a quienes estamos aquí a quienes han perseguido sino a referentes del pueblo de Bahía Blanca”, afirmó.

Destacó que, a diferencia de lo realizado en otras jurisdicciones, la AFI en nuestra ciudad incluyó el seguimiento a un medio de comunicación -como FM De la Calle– y a organismos oficiales como la Universidad Nacional del Sur.

“En los 90 la radio también había padecido espionaje ilegal desde la DIPPBA, similitudes entre el menemismo y el macrismo”, recordó.

Mencionó que muchas de las personas señaladas en el informe son “compañeros y compañeras con los cuales nos hemos encontrado en la calle, en nuestro caso a través de radios abiertas, durante el macrismo y con algunos nos seguimos encontrando ante situaciones que consideramos injustas”.

Vitali saludó en nombre de FM De la Calle “a las personas y organizaciones a las cuales este informe nos liga, al compañero Gabriel Cena que estuvo al frente de la radio durante muchos años y a la radio de la Universidad Nacional del Sur”.

“Se señala que de la radio participan todos los movimientos de izquierda, de pueblos originarios, populares y alguna que otra cosa más. Claramente eso es una radio comunitaria, un espacio del que participan y que abrimos a las organizaciones sociales, políticas, gremiales, culturales que consideren que la comunicación es un derecho. Para eso estamos y renovamos nuestro compromiso en ese sentido”.

“La inteligencia debería estar abocada a problemas más graves. A la trata, al narcotráfico. El mismo año que nos estaban investigando salía el cargamento de Bobinas Blancas y cuanto no sabremos que habrá salido. Ni que hablar de los crímenes financieros, se investiga a la militancia política, social y cultural mientas se saquean recursos a través de mecanismos, algunos legales otros ilegales, que vacían los recursos de la población”.

Foto: Raúl Gallardo.

Entre la documentación secuestrada en la base de Bahía Blanca de la Agencia Federal de Inteligencia en el marco de la investigación sobre el espionaje ilegal se encontró el archivo titulado “informe_organizaciones.docx”.

Para el juez federal Alejo Ramos Padilla “resultó ser un insumo que finalmente dio lugar a otro caratulado informe_abril2017.docx, en el cual se retoma la información contenida en el anterior y se agregan otros datos”.

Allí se menciona el listado completo de las organizaciones sobre las cuales recayó el seguimiento ilícito del gobierno de Mauricio Macri en nuestra ciudad hasta abril de 2017.

–Hijos e hijas por la Identidad y la Justicia contra el Olvido y el Silencio (HIJOS).
–Subsecretaría de Derechos Humanos de la Universidad Nacional del Sur.
–Sindicato Unificado de Trabajadores de la Educación de Buenos Aires (SUTEBA Bahía Blanca).
–Centro de Educadores Bahienses en la Federación de Educadores Bonaerenses (CEB–FEB).
–Asociación de Docentes de la Universidad Nacional del Sur (ADUNS).
–Sindicato Argentino de Docentes Particulares (SADOP Bahía Blanca).
–Sindicato de Trabajadores Municipales de Bahía Blanca (STM).
–Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA).
–Sindicato de Trabajadores de la Industria de la Construcción y afines (SITRAIC).
–Asociación de Trabajadores del Estado (ATE).
–Asociación Judicial Bonaerense (AJB).
–Sindicato de Choferes de Camiones (SICHOCA).
–Federación de Trabajadores del Complejo Industrial Oleaginoso, Desmotadores de Algodón y Afines de la República Argentina (F.T.C.I.O.D y A.R.A.).
–Sindicato Unidos de Portuarios Argentinos (SUPA).
–Sindicato de Obreros Marítimos Unidos (SOMU).
–Confederación de Trabajadores de la Economía Popular (CTEP).
–Partido Obrero (PO).
–Partido de los Trabajadores Socialistas (PTS).
–Frente Popular.
–Patria Grande.
–Partido Comunista.
–WATU – Corriente Comunista.
–Frente del Colectivo Pueblo en Lucha.
–Grupo 83.
–FM De la calle.
–Unidad Socialista Para la Victoria (USPV).
–Federación Juvenil del Partido Comunista.
–Tesis XI.
–Cardumen.
–Puño y Letra – Estudiantes para la Liberación.
–Franja Morada.
–La Caldera – Unión de Juventudes por el Socialismo.
–Frente Único de Estudiantes en Lucha (FUEL).
–Centro de Estudiantes del Conservatorio de Música de Bahía Blanca.
–Unión de Estudiantes Secundarios (UES).
–Pan y Rosas.
–Plenario de Trabajadoras (PDT).
–Corriente Clasista y Combativa (CCC).
–Partido Comunista Revolucionario (PCR).
–Partido del Trabajo y del Pueblo (PTP).
–Movimiento Evita.
–Unidos y Organizados.
–La Cámpora.

El juez Alejo Ramos Padilla confirmó que la sede bahiense de la AFI realizó espionaje ilegal “con un objetivo netamente político” durante el gobierno de Mauricio Macri. La base local, creada a principios de la década del 70, estaba a cargo de Jorge Sebastián Novais.

“Es dable destacar que la producción de información no se limitó, como en otras bases relevadas, a las organizaciones políticas, sindicales, sociales y estudiantiles, sino que en este caso se relevaron incluso medios de comunicación, como la radio ‘FM de la calle’, y organismos públicos como la Subsecretaría de Derechos Humanos de la Universidad Nacional del Sur”, subrayó el magistrado.

El fallo incluye un informe de abril de 2017 con el seguimiento a 43 organizaciones: “Las características del documento se condicen con las de un mapa político de la ciudad de Bahía Blanca. Las referencias a la afinidad ideológica de personas y organizaciones, su carácter de opositoras al gobierno, la reseña de las actividades políticas más relevantes en las que participaron y las imágenes de sus referentes no permiten otra interpretación”.

El “Proyecto AMBA” consistió en la instalación de seis bases de  inteligencia en el conurbano -Ezeiza, San Martín, Haedo (Morón), Pilar, La Matanza y Quilmes- desde mediados de 2016, a las que se sumaron las delegaciones históricas con asiento en La Plata, Mar del Plata y Bahía Blanca, que pasaron a depender de la Dirección de Reunión Provincia de Buenos Aires y conformaron la estructura de inteligencia de la AFI en la provincia durante 2017.

Oficialmente debían “investigar delitos federales complejos como el narcotráfico o la trata de personas” aunque se probó que “se dedicaron a realizar, de manera prácticamente exclusiva, espionaje político a agrupaciones partidarias, sociales, sindicales y comunitarias que se observaban contrarias a los intereses políticos de la gestión gubernamental de turno”.

Para ello se reclutó a 70 personas que se sumaron a los 20 agentes que revistaban en La Plata, Bahía Blanca y Mar del Plata. La delegación local estaba a cargo de Jorge Sebastián Novais, quien ingresó a la AFI en 1995 y se jubiló en junio de 2017, ocasión en la cual fue contratado nuevamente.

“A pesar de sus esfuerzos por mostrarse lejano –geográfica y funcionalmente– a las labores de las restantes bases de inteligencia provinciales, lo cierto es que aquella división interna de la base bahiense pasó a depender directamente, desde abril de 2017, de la Dirección de Reunión Provincia de Buenos Aires, la que tenía ámbito de competencia en toda la provincia y no sólo sobre el conurbano bonaerense”, dijo el juez.

La resolución advierte que una mirada comparativa a los acervos documentales de la Dirección de Inteligencia de la Policía Bonaerense (DIPPBA) y de la AFI “permite identificar el modo en que la Agencia Federal de Inteligencia, a través de las bases que nos ocupan, vino a reinstaurar institucionalmente una serie de prácticas ilegales”.

El Proyecto AMBA “dio lugar o cobertura a una intensa red de inteligencia ilegal que se había iniciado unos meses antes y logró un conocimiento bastante acabado de todas las actividades de tipo de actividad política, en las que se incluyen las acciones de protesta, las articulaciones políticas de cada zona, los referentes, los movimientos de los intendentes, las estructuras locales de los partidos políticos y de cada agrupación de base, gremial, entre otras”.

Docentes en la mira

Durante la campaña electoral de 2017, la cual llevaría al ministro de Educación Esteban Bullrich al Senado, el espionaje puso el foco sobre los sindicatos docentes y sus organizaciones de base. Entre muchos otros: ADUNS, Suteba, CEB-FEB y Sadop. Este es solo un ejemplo de la persecución a objetivos específicos dentro de la planificación ilegal.

Además del fichaje de algunes referentes de los gremios bahienses se encontró en los archivos una publicación de la Confederación de Educadores Argentinos titulado “Formación y entrenamiento sindical para dirigentes, delegados y afiliados del sector docente”.

“No se advierte cuál era la hipótesis de afrenta a la seguridad interior, la defensa nacional o qué investigación sobre delitos complejos pudo motivar a que la Agencia Federal de Inteligencia tuviera en su poder un manual de formación sindical para el sector docente”, manifestó Ramos Padilla.

Por otra parte, el juez subrayó que “la delegación Bahía Blanca tenía en su poder una base de datos de todas las personas que participaban de la vida política institucional de la Universidad Nacional del Sur, con sus números de documento y legajo universitario”.

Falta de mérito para el jefe local

Ramos Padilla dictó la falta de mérito con prohibición de salir del país y una caución de diez millones de pesos para Novais.

En su declaración, el imputado manifestó que su jurisdicción era muy grande y no tenía recursos humanos ni tecnológicos para hacer su tarea. Respecto a sus superiores afirmó que “no nos daban ni cinco de bolilla”. El juez destacó que el espía se refirió a la Dirección de Reunión Provincia de Buenos Aires como “Dirección AMBA” o directamente “AMBA” y a la base que tenía a cargo como “base AMBA” y que insistió que “fuera del área del conurbano bonaerense poco podía aportar”.

Además de la distancia que intentó establecer con la actividad ilícita de la AFI en el conurbano, el jefe local declaró: “Realmente es prácticamente imposible que haya hecho algún tipo de inteligencia porque en Bahía Blanca tanto 2015, 2017, 2019 con amplia mayoría el partido que estaba en ese momento –perdón, el gobierno que estaba en ese momento– ganó ampliamente, entonces realmente no tengo ninguna, nada que decir con respecto a eso”.

Para el magistrado, de esta manera, Novais “asume que la inteligencia de tipo política sólo se realiza frente a un panorama electoral adverso”.

“La información hallada vinculada a la Base AMBA, si bien en su mayoría es anterior a la asunción de Novais, da cuenta de un amplio registro ilegal de inteligencia y que es compatible con la misión que les fue asignada formalmente y por resolución escrita, a todos quienes integraran la estructura de inteligencia dependiente de la Dirección de Reunión Provincia de Buenos Aires, Novais incluido”, agregó.

La Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Bahía Blanca solicitó la ampliación de la indagatoria de Vicente Gonzalo Massot, la revocación de la falta de mérito y el dictado de su procesamiento por los crímenes contra la humanidad en los que habría tomado parte el diario La Nueva Provincia en la ciudad de Bahía Blanca y la región.

En el mismo escrito, dictaminó que se rechace el pedido de sobreseimiento formulado por el defensor del acusado, y pidió la producción de nuevas medidas de investigación. Las presentaciones  se produjeron luego de que la Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazara, el 30 de julio de este año, un recurso contra la falta de mérito dictada en 2015 en primera instancia, que había sido confirmada en 2016 tanto por la Cámara Federal de Apelaciones bahiense como la Cámara Federal de Casación Penal.

Relación de Vicente Massot con Arancibia Clavel

El pedido fue fundado en el análisis de un conjunto de pruebas que no se encontraban disponibles al dictarse la resolución de falta de mérito, entre la que se destacaron los archivos secretos que fueron secuestrados al agente chileno Enrique Lautaro Arancibia Clavel, condenado por los crímenes contra la humanidad cometidos en el país contra opositores políticos al régimen de Augusto Pinochet, cuyo grupo de tareas -según el Informe Rettig- tenía “el objetivo de conocer, controlar, detener y aún eliminar a opositores chilenos asilados o que vivían en el exterior y realizaban allí actividades estimadas peligrosas para el gobierno militar”.

Se trata de reportes que el agente remitía periódicamente a la Dirección de Inteligencia chilena, sobre el progreso de las operaciones desarrolladas en territorio argentino. En uno de estos documentos (memorando N° 5, del 29 de octubre de 1974), Arancibia Clavel informa cómo uno de los “contactos establecidos” en el país, el de “Gonzalo Massot, subdirector de la revista CABILDO (nacionalista de derecha y dueño del diario, televisión y radio de Bahía Blanca, [quien] me pidió material informativo sobre el armamentismo peruano para hacer una campaña en los medios que él controla sobre la penetración soviética en América Latina. También con Gonzalo me une una antigua amistad”.

El pedido de Massot luego se vio reflejado en artículos sobre la penetración marxista en Perú, publicados tanto en el diario La Nueva Provincia como en la revista El Fortín en los días posteriores al memorando.

Otro de los reportes (número 9-A, del 3 de diciembre de 1974), vuelve a hacer referencia a la revista Cabildo, informando: “Mi relación con su equipo de redacción son muy buenas y mantengo una reunión semanal con ellos”.

A partir de la documentación recabada, la presentación de la fiscalía concluyó sobre el conocimiento que Vicente Massot disponía sobre aspectos que se mantenían en los más estrictos niveles de clandestinidad, tales como la verdadera identidad del agente chileno y la naturaleza de la actividad de espionaje que realizaba: “el propio pedido de información en el marco de una campaña de propaganda anticomunista, determina que el trato y la amistad de MASSOT no era con el ‘banquero’ Luis Felipe ALEMPARTE [identidad de cobertura], sino con el agente de información clandestina Enrique Lautaro ARANCIBIA CLAVEL”, indicó la representación del MPF.

El pedido de procesamiento también se detuvo en el idéntico propósito que tenía el intercambio de información entre Massot y Arancibia Clavel, consistente en la producción de operaciones psicológicas antisubversivas. En el caso del chileno, se trató –entre otras– de la “Operación Colombo”, montada para presentar al público la desaparición de 119 chilenos como sus muertes atribuidas a peleas internas de los movimientos de izquierda en Argentina.

Según los fiscales, en el caso de Massot, el destino de la información para operaciones psicológicas no sólo fue graficada con el memorando comentado, sino también a través de otros artículos publicados en las revistas Cabildo y su sucesora El Fortín, cuyo contenido reproduce párrafos literales de los informes especiales que Arancibia Clavel giraba a la DINA. El caso más llamativo es del Memorandum 34-C, del 17 de abril de 1975, que contiene un informe especial titulado “IGLESIA CATÓLICA APOSTÓLICA ORTODOXA AMERICANA”, cuyo texto fue literalmente transcripto un día más tarde en la revista El Fortín.

La fiscalía solicitó que esta prueba sea valorada de manera conglobada con las relaciones demostradas entre Massot y el comandante del 1er. Cuerpo Guillermo Suárez Mason y el general Acdel Vilas, tratadas en anteriores presentaciones en la causa judicial.

Persecución de religiosos progresistas

Otros de los nuevos elementos probatorios analizados en la presentación se trata del diario del obispo Victorio Bonamín y la revista Nro 18 del Servicio de Documentación e Información Popular Latinoamericano (SEDIPLA) de junio de 1975, relacionados con el asesinato del sacerdote salesiano y vicerrector del Instituto Superior Juan XIII Carlos Dorñak en la ciudad de Bahía Blanca.

Dorñak fue ultimado en la residencia de los padres salesianos el 21 de marzo de 1975, misma madrugada en que fueron secuestrados María Isabel Mendivil y Fernando Antonio Alduvino, en un raid delictivo que incluyó el intento de secuestro de Carlos Entraigas y la hermana Norma Gorriarán y la colocación de una bomba en el domicilio de Jorge Riganti. Los cadáveres de Mendivil y Alduvino fueron hallados acribillados junto a caminos vecinales. Los hechos forman parte del juicio a la Triple A de Bahía Blanca, que se encuentra en curso en la actualidad.

El clima de asesinatos, amenazas y atentados motivó al padre Juan Cantini, autoridad de la congregación salesiana, a solicitar ayuda al provicario castrense Victorio Bonamín, quien dejó registro de la reunión en su diario personal: “Según el registro en los diarios de Bonamín, la respuesta emitida fue la siguiente: “Lo aconsejé: 1) tratar con la Marina de P. Belgrano; 2) Idem Sub Jefe Policía Bs. As.; 3) Reconciliarse con ‘La Nueva Provincia’”.

La crítica situación que atravesaba la comunidad cristiana de Bahía Blanca fue descripta en un informe especial de SEDIPLA publicado en junio de 1975, en el que se transcribe una carta dirigida “POR TODOS LOS PARROCOS Y DIRECTORES DE COLEGIOS CATOLICOS DE BAHIA BLANCA” al presidente de la Confederación Episcopal Argentina solicitando que se garantice su seguridad. En el mismo número, se reseña la respuesta a los religiosos emitida por el diario La Nueva Provincia, en su editorial del 25 de mayo de 1975, titulada “Colegios Católicos y Autoridades. No se Puede Sembrar Violencia Y Esperar el Fruto de la paz…”.

El dictamen fiscal reproduce distintos pasajes del artículo periodístico, en el que la familia Massot advierte que “…muchos de los que hoy se lamentan están recogiendo lo que sembraron” y que “Se dejó que ocurrieran cosas que no fueron denunciadas –y si, auspiciadas– como ignorando que ‘quien siembra vientos recoge tempestades’”.

Apuntando a los religiosos, el diario predicaba que “ciertos núcleos religiosos –que hoy firman junto a santos sacerdotes– sembraron la semilla de una violencia que, mientras no los tocó, prefirieron ignorar, cuando no labrar… Los lamentos de los culpables no atenúan esta realidad”. Luego cerraba su discurso con “un llamado a los padres de los alumnos… Son los padres los que deben mantener una estricta vigilancia… Se acabó el tiempo de los arrepentimientos tardíos, más aun si están en juego el futuro y la salud moral de los hijos”.

La prueba reseñada llevó a los fiscales a preguntarse: “¿de qué manera puede interpretarse el mensaje de condena, justificación de los ataques cometidos y a cometer (trasladando la culpa a las víctimas) y llamando a la población a participar activamente del señalamiento de los blancos, como una adhesión que se limitaba a un supuesto costado legítimo de la denominada lucha contra la subversión (como tuvo para sí el auto de mérito sobre MASSOT), pero que nada tenía que ver con la actividad criminal cometida en ese marco?”.

Y relacionando el editorial con los consejos de Bonamín, explican los representantes del MPF en el escrito: “Reconciliarse con La Nueva Provincia no significaba otra cosa que atenerse al (auto) disciplinamiento que exigía el diario en el editorial comentado, puesto que de otro modo la violencia (las tempestades) continuaría. No sólo ello: el hecho de que la reconciliación tuviera que ser específicamente con la familia MASSOT, indica que no alcanzaba con aquel auto-disciplinamiento, sino se obtenía la aprobación (perdón) por parte de aquellos empresarios. Para que la situación de persecución cesara, el acto de perdón no debía provenir de ninguna autoridad política, militar y/o de seguridad, sino de la familia MASSOT”.

El que siembre vientos…

Otra de las constancias probatorias valoradas fue el testimonio prestado por Eduardo Alfredo Tindiglia en el juicio a la Triple A, en el que relató la entrevista que mantuvo con el sacerdote fallecido José Del Col, testigo presencial del ataque a la residencia salesiana de la que resultó el asesinato de Dorñak. Según Tindiglia, Del Col le habló de una carta que los salesianos recibieron por aquellos días, firmada por el grupo de los 30, en la que utilizaban la misma frase elegida por los Massot: “el que siembra vientos, cosecha tempestades”.

Según la presentación, aquel episodio fue también relatado en el mismo número de SEDIPLA, en el que se hace referencia a “una carta que recibieron una semana después de la muerte del P. Dorñak, el arzobispo de Bahía Blanca y el Inspector Salesiano Juan Cantini, anónimamente firmada por ‘30 católicos’”. En la nota, los firmantes reclamaban “una buena limpieza en el Juan XXIII” y anunciaban “la hora… de entrar en acción”.

Tocar el pianito

También analiza el pedido de la fiscalía la declaración de Higinio Calamita en el mismo juicio. El testigo relató que en el transcurso del año 1974 concurrió al diario de los Massot para publicar una solicitada convocando a un congreso político. Dijo que le pidieron que ingresara por un lugar, dentro de la empresa, diferente a aquel en el que se recibían tales publicaciones, en donde dos policías de uniforme le tomaron las huellas digitales (“me hace tocar el pianito”).

Para su sorpresa, tanto el episodio como el contenido de la solicitada fueron asentados en las planillas de antecedentes que sobre el testigo administraba la Dirección de Inteligencia de la Policía de la Provincia de Buenos Aires (DIPBA), en donde se deja registro de que “la solicitada no fue publicada y el importe de la misma se le restituyó al Dr. Raúl José Reyes”, tal como reseña el escrito de la fiscalía.

Los fiscales relacionan el hecho con un dato que ya fue señalado en el anterior pedido de procesamiento: por aquel entonces, la persona elegida por la familia Massot como jefe de seguridad era el subcomsario Héctor Ramos, 2do. Jefe de la delegación SIPPBA, quien –según un documento de inteligencia de la Prefectura citado en la presentación– se encontraba investigando un proceso de infiltración subversiva dentro de la empresa.

Los obreros gráficos asesinados

El dictamen explica que aquél se trata del mismo archivo de inteligencia en el que se señalaba a los obreros gráficos de la firma Enrique Heinrich y Miguel Ángel Loyola encabezando la lista del personal a ser “raleado”, y en el que se dejaba constancia del “proceso de sabotaje, ampliamente documentado por la empresa día a día por actas notariales que obran en su poder y denuncias tanto públicas, como a los comandos militares y navales de la zona. En ellas se podrán encontrar, llegado el momento, elementos de juicio con respecto a altos funcionarios gubernamentales y sindicales en extremo comprometedores”.

Ambos obreros fueron secuestrados de sus domicilios. Sus cadáveres fueron hallados el 4 de julio de 1976 en el paraje conocido como la Cueva de los Leones. Por tales hechos también se encuentra imputado Vicente Massot, quien interviene en varias de las actas notariales –agregadas a la causa– a las que se refiere el informe de inteligencia.

Los fiscales solicitaron que también sea revocada la falta de mérito por la participación del acusado en ambos homicidios: “la línea de continuidad detalladamente descripta por esta fiscalía en la presentación de hjs. 1123/1448 –que va desde la activa militancia gremial de ambas víctimas exclusivamente dentro de la empresa, las reiteradas denuncias –amenazas mediante– emitidas por el medio (a través de editoriales, notas al Ministerio de Trabajo, denuncias de sabotaje ante autoridades militares con entrega de constancias notariales) sobre la existencia de un caso de infiltración subversiva (‘soviet […] de nuestra propia casa’ decía en sus páginas el diario), las intimidaciones y los atentados contra empleados activistas, y el pedido personal realizado por la directora del medio al Comandante de la Zona 5 para que se encargue de ambos obreros luego asesinados bajo la advertencia de que sino habría que hacerlo ‘por izquierda’– no puede analizarse al margen de la serie de constancias traídas a cuenta, en las que los MASSOT aparecen: estableciendo contactos con un agente de inteligencia condenado por crímenes contra la humanidad, y concertando y coordinando con el mismo operaciones psicológicas ‘antisubversivas’; participando de amenazas contra grupos religiosos vinculados al tercermundismo, y justificando asesinatos, atentados e intentos de secuestro, bajo la consigna de transferencia de culpa a tales sectores y aquellos que no los controlaran; cobijando a agentes de inteligencia de jerarquía de la policía provincial dentro de la empresa, para desbaratar la infiltración interna (nuevamente, el soviet en su casa) y ejercer inteligencia sobre el público”.

Discurso de exterminio

Para la fiscalía, la prueba del propósito de exhortación y justificación del exterminio está dada por el discurso diario e incalificable que sostenía el medio periodístico: “existen doscientos treinta y siete ediciones diferentes en las que, en las páginas del diario, se aborda la ‘lucha contra la subversión’, de las cuales en ciento setenta y siete ediciones le agregaron (textualmente) a la ‘subversión’ los siguientes verbos: eliminar, aniquilar, combatir, luchar, matar, atacar, extirpar, limpiar, erradicar y estado de guerra.

De dicho acervo documental, destacaron los siguientes pasajes:  “[…] llegó el día en que las Fuerzas Armadas […] asumieron el control de la Nación y comenzaron a realizar, sin tolerancias ni indiferencias, la tarea que se imponía sin más demoras: rescatar al país del caos –en todos sus órdenes-, y aniquilar a la subversión”; “o se derrota a la subversión marxista y a todos sus aliados hasta su aniquilamiento o ésta persistirá en su intento de tomar el poder”; “el paulatino aniquilamiento de las hordas insurrectas”; “aniquilamiento del enemigo solapado”, “¿Aniquilada la subversión […] arribaremos, naturalmente, a la tierra de paz? ¡No! […] recién se habrá cerrado el primer capítulo […] habrá que […] defenderse de todos los males que casi la llevan [a la Nación] a su quiebra definitiva […]”; “[…] es preciso ganarles la guerra. Y ésta debe librarse en todos los campos donde se presente, sin descanso, ininterrumpidamente, hasta tener certeza de que han sido aniquilados”; “[…] tomar medidas revolucionarias y –séanos permitido decirlo– totalitarias en el campo donde la subversión ha calado hondo […]”; “¡Qué ironía el que, en esta nueva guerra no convencional, los comunistas demuestren ser más capaces que las sociedades abiertas en sus esfuerzos por incorporar a sus filas a un máximo de fuerzas que los secunden!”; “soslayar las medias tintas y empeñarse en un esfuerzo patriótico y mancomunado para extirpar el flagelo subversivo”; “aniquilar la subversión en todos los ámbitos”; o “exterminar a la guerrilla”; “La subversión es una hidra de siete cabezas. Apenas se ha cercenado una de ellas; restan, pues, seis más”; “El período ‘normalizador’, si bien despejó las malezas del camino en cierta medida, no logró completar su cometido en la proporción aconsejada por las circunstancias”; “Cuando el campo esté limpio de malezas”; “Más que hablar de la guerra, hay que hacer la guerra”.

Fuente: fiscales.gob

La Cámara de Diputados aprobó esta mañana con 131 votos el proyecto de interrupción voluntaria del embarazo. Hubo 117 votos en contra y 6 abstenciones.

Fue tras un extenso debate que se prolongó durante más de 20 horas, mientras manifestantes ‘verdes’ y ‘celestes’ siguieron las alternativas de la sesión durante toda la noche en las inmediaciones del Congreso y, en nuestra ciudad, en Plaza Rivadavia.

La iniciativa fue girada al Senado, que deberá debatir si transforma o no en ley el proyecto.

En los últimos 25 años, más de 50 países, entre ellos Estados Unidos, Canadá, Australia, China, Sudáfrica, Uruguay modificaron su legislación  reconociendo que el acceso al aborto sin riesgos es fundamental para la protección de la vida y la salud de las mujeres.

El ex legislador pampeano Eduardo Tindiglia declaró en el Juicio Triple A que tramita el tribunal oral bahiense contra cuatro integrantes de la banda paraestatal que infundió el terror en la ciudad durante los años previos al golpe de estado de 1976. Se refirió al secuestro y fusilamiento de Carlos “Pelado” Davit, entre otros hechos que investigó.

Manifestó que el ex diputado nacional y secretario general de la CGT, Rodolfo Ponce, “estaba en la cúspide de una estructura piramidal, miraba todo desde arriba y desde ahí podía disponer de la vida y la muerte de las personas. Por eso, entre los años ’74 y ’75, hay no menos de sesenta hechos de violencia que los vinculan directamente a él y a la Juventud Sindical Peronista”.

Durante la audiencia del jueves 3 de diciembre también se presentó Héctor Benvenutti quien destacó que “los paredones de Bahía Blanca decían la Triple A son La Nueva Provincia, Ponce y la Marina”.

Los imputados son Héctor Forcelli, Raúl Aceituno, Juan Carlos Curzio y Osvaldo Pallero. El debate continuará el 17 de diciembre desde las 9.

Eduardo Tindiglia vino a Bahía Blanca a estudiar en el Juan XXIII en 1986. Dos años después se instaló en la pensión de Yrigoyen 228: recaló, sin saberlo, en la misma habitación donde había vivido una de las víctimas de la Triple A. Se trataba de Carlos “Pelado” Davit, ambos eran originarios de Guatraché y primos segundos.

“Me sorprendí y después entendí que la invisibilización a la que estaban expuestas las víctimas tenía que ver con la campaña de prejuicio y estigmatización de la época, el algo habrán hecho”. En aquel entonces asumió un compromiso con la memoria de Davit que comenzó a cumplir 16 años después, en el marco del 30° aniversario del crimen.

Intentó entrevistar a don Sixto Banegas, el administrador de la pensión, pero para esa época ya no recordaba. Recurrió entonces a los organismos de derechos humanos bahienses y pudo contactar a ex compañeros/as de Carlos. El objetivo era recopilar información para un homenaje y para reclamar la reapertura de la causa judicial que finalmente se logró en 2005.

Visitó asiduamente la hemeroteca de la Biblioteca Rivadavia en busca de hechos violentos relacionados con Rodolfo Ponce, Remus Tetu y la Triple A.

Tindiglia dijo que, hasta 1975, Ponce era un actor relevante “más en lo gremial que en lo político. Un hombre que construyó poder de forma llamativa porque era secretario general de Urgara, un gremio pequeño”.

Afirmó que “si hay que buscar el origen de los represores o las patotas de Ponce, busquémoslos en los portuarios, en el transporte, en los granos y a las víctimas en la Uocra, los gráficos, la prensa, los universitarios”.  

Ante la pasividad de la UOM de Albertano Quiroga y la Asociación Empleados de Comercio de Ezequiel Crisol, “Ponce aprovecha la situación, establece un acercamiento político ideológico absoluto con Rucci y eso le significa el padrinazgo para la conducción de la CGT y de las 62 Organizaciones Peronistas”.

El testigo advirtió que Ponce “disponía de la información de la forma en que quisiera, no solo hacia el interior de los gremios sino los legajos de los trabajadores, los datos familiares, los domicilios, acceso a las listas que se habían presentado a las elecciones. Así podía acceder a algún posicionamiento ideológico de los dirigentes que le podían haber disputado las conducciones”.

“Estaba en la cúspide de una estructura piramidal, miraba todo desde arriba y desde ahí podía disponer de la vida y la muerte de las personas. Por eso, entre los años ’74 y ’75, hay no menos de sesenta hechos de violencia que los vinculan directamente a Ponce y a la Juventud Sindical Peronista”.

Tindiglia sostuvo que la misma estrategia de control y manejo de la información se aplicó en la universidad con la intervención de Remus Tetu. Mencionó que en los archivos de la DIPBA encontró volantes que acusaban por el crimen de Davit a Tetu, a Ponce y a Reynoso.

“Es interesante porque Tetu en octubre del 75 no es más rector, (…) asume Julio Reynoso que venía de ser interventor en la Universidad de La Plata y era parte del CNU. Trae la mayoría de su equipo de afuera, varios de la CNU. Conserva a los integrantes de los grupos de seguridad y los refuerza, claramente es una continuidad de lo de Tetu hasta el 24 de marzo”, destacó.

El testigo compartió una detallada línea de tiempo de lo ocurrido días previos y la noche del secuestro y asesinato de Carlos Davit y mencionó datos recabados sobre otras víctimas de la causa como el dirigente del Sindicato de Vialidad, Alberto Noé Bayarsky; los obreros de la construcción Orlando Walker y Hugo Ardiles; el estudiante Fernando Alduvino; y el sacerdote Carlos Dorñak.

Respecto al salesiano, recordó una entrevista que realizó a José Del Coll, quien asumió como rector del Juan XXIII tras el crimen. Por entonces se distribuían volantes con la inscripción “el que siembra vientos cosecha tempestades” con la firma del Grupo de los 30. “Él interpretaba que era el grupo de las 30 personalidades destacadas de Bahía Blanca, vinculadas al sector de la iglesia de la ortodoxia, cercanas al obispo Mayer, a La Nueva Provincia y, en lo educativo, a Remus Tetu”.

¿No serás zurdito?

Foto: La Máquina Cultural.

El profesor de Historia y entrenador de fútbol, Héctor Benvenutti, en 1973 estudiaba en el Departamento de Humanidades de la UNS y jugaba al fútbol semiprofesional en Sansinena junto al imputado Osvaldo Pallero.

“En el ambiente se hacía mención a personas que eran parte de lo que vulgarmente se denominaba ‘la patota’ y los más grandes nos decían: de esos tipos tienen que cuidarse porque son pesados”, afirmó. “Los estudiantes y los jóvenes en general salíamos de noche y veíamos a algunas de estas personas. Recuerdo haber ido a cabarets o lugares nocturnos y ver gente armada que no había que ni pasarles cerca”.

Benvenutti recordó que “estaba en el playón de la UNS cuando mataron a David (Cilleruelo). Oímos los disparos, nos fuimos con mucho temor y a partir de allí se suspendieron las clases. Cuando retomamos vimos a los guardaespaldas de Tetu armados en la UNS”.

Mencionó que en una oportunidad jugaban al fútbol en una cancha frente al Departamento de Humanidades cuando la pelota cayó en el terreno de Automotores. “Un compañero fue a buscarla y dijo ahí están Remus Tetu y sus matones mirando el partido. Sentimos temor, fue después del asesinato de Cilleruelo, que además jugaba en uno de los equipos internos del Club Universitario”.

En 1976 Benvenutti pasó a jugar en el Club Comercial. “En los asados había gente vinculada al sindicato del puerto, gente de Ponce que nos decía: ‘Eh, universitario ¿no serás zurdito? Cuidate’.

Por otro lado, manifestó que “todos hemos visto a Tetu entrar a conversar con el interventor de la dictadura, había una continuidad entre la Tripe A y los grupos de tareas de la Marina y el Ejército”. Al rumano lo conoció además como profesor de sociología: “Era un fascista formado, no era un chanta”.

El testigo agregó que Forchelli trabajaba en las escuelas medias y “el comentario de colegas profesoras era que integraba la patota”; Curzio “era conocido por el speedway, el comentario era que era chofer de los vehículos de la patota”; y de Aceituno se decía “que estaba al lado de los Argibay”.

¿Cómo sigue el juicio?

El viernes 4 declaró Gregorio Díaz Dionis, ex secretario general de ATUNS y presidente del Equipo Nizkor, en los próximos días publicaremos la reseña de sus dichos. La próxima audiencia será el 17 de diciembre desde las 9.

A propuesta de la Fiscalía queda por escuchar a la perito de la Comisión Provincial por la Memoria, Claudia Berlingeri, a Néstor Busso y a Raquel Barabaschi. Luego será el turno de los testigos ofrecidos por la defensa. Para febrero se prevé una inspección ocular al ala de Ingeniería del edificio de Alem 1253 de la UNS donde fue asesinado David “Watu” Cilleruelo.

El Ministerio de Seguridad solicita información “que conduzca directamente al arresto” de tres genocidas prófugos en la causa que investiga crímenes de lesa humanidad cometidos desde el V Cuerpo de Ejército.

Se trata de Miguel Ángel García Moreno, Carlos Alberto Arroyo y Roberto Carlos Brunello. Ofrecen 500 mil pesos de recompensa por cada uno de ellos.

El Gobierno relanzó el Programa “Buscar” -interrumpido por la gestión de Mauricio Macri- el cual permitió desde su creación en 2008 la captura de alrededor de 30 represores y el hallazgo del nieto recuperado N° 128.

Miguel Ángel García Moreno (LE N°4.420.438) nació el 25 de mayo de 1943. A mediados de 1976 fue destinado al Departamento III Operaciones del V Cuerpo. Su legajo consigna que en marzo del ’77 fue condecorado por “haber continuado en combate luego de ser alcanzado por la onda expansiva de una granada lanzada desde una vivienda” en un operativo.

Fue diputado nacional, legislador porteño y director del Registro Nacional de las Personas durante el gobierno de Eduardo Duhalde. Está prófugo desde la reapertura de las causas, cuando el Juzgado N°1 estaba a cargo de Alcindo Alvarez Canale.

Carlos Alberto Arroyo (DNI N°10.554.063) nació el 3 de enero de 1953. Fue detenido el 29 de junio de 2009 tras emitir su voto en las elecciones. Se escapó en 2013 a días de comenzar el juicio oral del segundo tramo de la Causa Ejército.

El juez subrogante Santiago Ulpiano Martínez, la Cámara Federal y el Tribunal Oral lo mantenían excarcelado a pesar de la oposición de la Fiscalía.

Se le imputa su participación en los homicidios de Daniel Hidalgo y Olga Silvia Souto Castillo quienes fueron ejecutados en un departamento de Fitz Roy 137 el 14 de noviembre de 1976. Por su participación en dicho crimen de lesa humanidad fue condecorado con medalla de oro “Al heróico valor en combate” y con un “Diploma de honor” firmado por Jorge Rafael Videla.

Por último, Roberto Carlos Brunello (DNI Nº7.699.908) nació el 23 de marzo de 1949, su último domicilio es en “Las Brisas Country Club” de Pilar. Es buscado desde noviembre de 2013.

Se le imputan secuestros, torturas, violencia sexual y homicidio contra decenas de víctimas. Integró la Compañía Combate “My Keller” del Batallón de Comunicaciones 181, la cual estaba orientada específicamente a la concreción de los secuestros, el sometimiento a cautiverio y la aplicación de torturas que se cometían en dependencias del V Cuerpo.

La causa por la que se lo busca centra su investigación en integrantes del Ejército, agentes de las policías Federal y de la provincia de Buenos Aires y del Servicio Penitenciario Bonaerense por delitos cometidos contra 174 víctimas.

Quién tenga información sobre el paradero de los genocidas debe escribir a [email protected]

Un testigo declaró en el juicio a ex integrantes de la Triple A que el hotel de Brown al 600 podría haber sido un lugar de reunión de la patota comandada por el diputado nacional Rodolfo Ponce y el rector de la UNS, Remus Tetu.

Se trata de Luis Sellán, quien vivió hasta 1977 en la casa aledaña al Hotel Canciller. Afirmó que en los años previos al golpe de Estado se veían movimientos sospechosos de hombres armados. “Siempre me quedó la duda. Yo creo que fue una especie de centro de operaciones de las Tres A”.

En diálogo con FM De la Calle, Sellán recordó que el hotel de los hermanos Liberman solía tener pasajeros de la zona que visitaban ocasionalmente la ciudad. Así fue hasta 1974 o 1975.

“Un día no estuvieron más y fue ocupado por un grupo de hombres. La particularidad es que se instaló una guardia permanente frente al hotel, un auto durante las 24 horas con armas largas tipo itacas, fusiles, todo a la vista. Entraban y salían del hotel”, dijo.

El testigo contó que “eso duró bastante tiempo, al principio tuvimos un poco de miedo, yo fui seguido cuando salía en mi auto en dos oportunidades. Siempre me quedó la idea de que ese hotel fue alquilado o cedido a este grupo y funcionaba como un cuartel de operaciones”.

“Después de las diez u once de la noche se empezaban a escuchar golpes fuertes, como si alguien se golpeara contra la pared, nunca recuerdo haber escuchado gritos. Los golpes eran casi todos los días, era no solo misterioso sino preocupante”.

Comentó que “algunos días el auto que estaba de guardia se juntaba con otros que venían a esa hora, había un grupo de cinco o seis personas que salían con bolsos, se subían a los autos y se iban. Era probable que a la mañana siguiente nos enteráramos de alguna persona encontrada en el boliche Landa o en La Vitícola”.

Destacó que los vehículos “eran siempre los mismos”: un Fiat 1600 azul, un Dodge Polara verde y de vez en cuando un Falcon. También solía verse un patrullero de la Policía Bonaerense que aún tiene una de sus sedes a la vuelta, sobre calle Pueyrredón.

Sellán ofreció su testimonio a la Fiscalía luego de escuchar la declaración de Benjamín Stochetti. “Yo pertenecía al coro universitario pero tenía dos hermanos que cantaban en el del Juan XXIII con el cura Dorñak. Había una relación de amistad, él y los otros curas que vivían en la casa del Juan habían sido compañeros de Seminario de dos de mis hermanos. Además, muchos de los integrantes del coro también eran del coro universitario. Me enteraba por los amigos las cosas que iban pasando por las facultades”.

Por último, el hombre recordó que alrededor de las cuatro de la madrugada del 21 de marzo de 1975, tras el asesinato de Dorñak, fue con uno de sus hermanos hasta la sede salesiana. “Estaba cortada la calle por la policía, no pude más que acercarme hasta ahí como otra gente y nada más”.

Héctor Forcelli, Raúl Aceituno, Juan Carlos Curzio y Osvaldo Pallero son los imputados en el juicio que continuará los días 3 y 4 de diciembre desde las 9 de la mañana con transmisión por Youtube en Audiovisuales UNS.

La dictadura de Agustín Lanusse puso la piedra fundacional, la de Jorge Rafael Videla declaró de interés nacional la finalización de la obra y la de Roberto Viola la inauguró.

La Petroquímica de Bahía Blanca era “un horizonte de los sectores más concentrados del capital” que tenían en La Nueva Provincia al vocero de “un mañana industrial”, dijo a FM De la Calle la historiadora Belén Zapata.

Luego de su declaración en el juicio a cuatro ex miembros de la Triple A, se refirió al fuerte disciplinamiento que padecieron los obreros y a una figura central de las persecuciones, amenazas y homicidios cometidos en nuestra ciudad: Rodolfo “Fito” Ponce.

El Caudillo N°73

¿Qué nos podés contar de la trayectoria de Rodolfo Ponce, de quien sabemos fue diputado nacional, secretario general de la CGT y jefe de la Triple A local?

Es importante precisar su trayectoria política, enmarcarlo en una línea dentro del peronismo en la época -más ortodoxo, más de derecha-, en su rol como legislador, él va a ocupar una banca además de su cargo dentro de la CGT en Bahía a partir del año ’73.

Marco esta doble espacialidad de su tarea política: está en Buenos Aires pero también en Bahía, va y viene constantemente, tiene esa doble agenda que tenía que ver con el proceso de “depuración ideológica dentro del peronismo” que comenzó a fines de 1973. Esto parte del propio Perón y del movimiento cundo se empiezan a exacerbar esas líneas internas, con más evidencia a partir del asesinato de Rucci.

Rucci fue un sindicalista y un político importante en la trayectoria de Ponce porque le permitió esa proyección por fuera de Bahía. Cuando lo asesinan a Rucci, Ponce hace una exposición vehemente sobre lo que representaba para él ese hecho. Cuando dentro del movimiento se empieza a desplazar a los sectores de la izquierda del peronismo Ponce es el gran promotor de esa depuración desde una agenda política específica a nivel nacional que él baja a Bahía Blanca.

(En el juicio) conté lo que fue la importancia del proyecto de conformación de una universidad sindical que luego deviene en lo que dice Ponce que le dice Perón que hay que hacer, que es recuperar para el movimiento obrero las UTN.

-Varios de los testimonios del juicio reflejan la toma de la UTN bahiense en agosto de 1974, ¿de qué se trataba ese proyecto que descarta Perón?

Ponce presenta el proyecto -que elaboró con Rucci- para la conformación de una universidad sindical sobre junio o julio del 73.  Ponce dice en una nota que cuando fueron con Rucci a ver a Perón para pedirle la venia, Perón les habría dicho para qué quieren otra universidad sindical si ya tenemos la universidad tecnológica, hay que recuperarlas. La denominación es lo que fue históricamente el producto de las universidades obreras de los años 50.

La perspectiva de Ponce era la idea de una universidad sindical que conforme cuadros políticos y que las UTN queden para la formación técnica. Ante el planteo de Perón sucede todo lo otro, hay un viraje, se desestima pero, a partir de ese momento, se puede ver que Ponce y la propia CGT hablan de recuperar las universidades tecnológicas de aquellos sectores vinculados al marxismo, a la izquierda.

En ese proyecto de la universidad sindical de Ponce, la idea era la conformación de un cuerpo colegiado de sindicatos que la gobierne bajo la presidencia del referente nacional de la CGT y que la sede esté en Bahía Blanca.

El tema constantemente es volver a fortalecer el papel y el rol de la CGT a nivel nacional y local. La CGT era él, eran las 62 Organizaciones, era el peronismo ortodoxo. Esto iba a empezar a desplazar no solo a sectores de la política estudiantil sino, en términos más amplios, a aquellos que habían crecido desde la primavera camporista.

 -Otro de los temas que trabajó desde la Cámara de Diputados fue la Ley de Asociaciones Profesionales la cual habilitó, por ejemplo, la intervención a la UOCRA. Varias de las víctimas del juicio son obreros de la construcción, ¿por qué? ¿Cuál era el contexto del sector?

Con la “depuración” hay que pensar la Ley de Asociaciones Profesionales y su modificación. Ponce fue un gran artífice. En el Diario de Sesiones uno lee la voz de Ponce, quien presidía la Comisión de Trabajo y se pone al hombro esta modificación que significó una discusión muy fuerte entre los sectores del peronismo.

En términos nacionales, la Juventud Trabajadora Peronista estuvo muy en contra y fue sumamente crítica con este proyecto que provenía de los sectores ortodoxos. Básicamente porque la modificación robustecía el poder de las centrales, de las cúpulas gremiales. De hecho, el cargo de Ponce se extiende de dos a cuatro años. La ley le da el marco normativo a la intervención, dice que las centrales pueden intervenir asociaciones profesionales de un grado menor.

Es muy claro, como lo menciona el propio representante de la UOCRA a nivel nacional, Rogelio Papagno. La intervención de la UOCRA de Bahía es una de las primeras que se hace en el marco de la ley. Tuvo que ver con un disciplinamiento temprano en estos sectores.

Se está ante la presencia de uno de los gremios más movilizados, no solo en términos políticos -es un gremio ligado a la organización de un frente de masas dentro de la Tendencia Revolucionaria-, sino también hay que pensar en la cantidad de obreros de la construcción ocupados. La ciudad estaba creciendo en términos de vivienda civil, se estaban construyendo los grandes barrios de monobloc y fue el momento de la construcción industrial más emblemática, se estaba construyendo la petroquímica.

Era un horizonte de los sectores más concentrados del capital en la ciudad y de los sectores militares de los gobiernos de facto. Era un proyecto que venía de finales de los 60, pone la piedra fundacional Lanusse, Videla señala lo importante que la obra se termine y se inaugura con Viola. 

Tenemos en el medio a La Nueva Provincia editando estos procesos en la línea de lo que entiende es el desarrollo productivo para generar “un mañana industrial”. Lo que aparecía en las notas era este temor orientado hacia el hecho de que esos trabajadores que tienen en sus manos la construcción de esa obra emblemática puedan llegar a ser influidos y organizados por sectores del sindicalismo más combativos o de las organizaciones políticas de la época. El temor que “la subversión” contamine a estos que tienen que terminar de construir la petroquímica.

 -Y eso lo logran, ¿no?

Exactamente, en los testimonios para mi tesis hay algo que estaba muy presente: esto se construyó casi a punta de bayoneta, con un  nivel de disciplinamiento muy importante. Pensemos que era lo considerado “subversivo”. Era que venga un pibe de 18 años como el Negrito García y panfletee la obra, que es llevar la palabra política a un territorio de trabajo, llevar la potencialidad de la organización, de luchar por reivindicaciones concretas que a los sectores patronales no les es muy conveniente.

-La Nueva Provincia hacía su propio juego en el señalamiento de los sectores indeseados, pero también expresaba intereses de otros. ¿Se puede identificar a los actores locales?

He seguido la agenda de los años 60 y 70 de la Corporación del Comercio y la Industria, un poco en esta línea, convergen bastante los sectores empresarios de la ciudad que tenía que ver con ese desarrollo industrial que había que consolidar.

Luego cada sector tenía su línea particular pero en este punto, en la construcción de la petroquímica y en pensar cuáles van a ser los capitales que van a jugar en la conformación del directorio de la empresa, hay una discusión emblemática que se construye desde dentro del Concejo Deliberante que tenían que ver con si iba a ser pública o de capitales mixtos. La Nueva Provincia con varios editoriales durante el ’73, ’74, el discurso era centralmente privatista, por estas nociones de que el capital público es bobo, ocioso, poco eficiente. Ahí se dieron discusiones con el sector del peronismo de izquierda en la figura de dos concejales que discutieron esto, que fueron Gerardo Carcedo y Marta Bustos, esa discusión es muy encendida, se estaba debatiendo, estaban pujando esos intereses. Finalmente la pulseada, si una la mira con perspectiva, vemos quien la gana.

-Los nombres que mencionas son de concejales que fueron víctimas de años de persecución y cautiverio en el caso de Bustos y de desaparición forzada en dictadura en el de Carcedo.

Eso es tremendo, cuando uno lee las fuentes, tiene la posibilidad de ver y leer las actas del Concejo y ve la voz de Carcedo en el año ’73 o ’74. Hay un momento que dice si a mí me pasara algo… había conciencia de que esa palabra política disidente o combativa dentro del Concejo Deliberante podía ser peligrosa para sus propias vidas.

-Por último, en tu declaración mencionaste la idea del proceso de conformación de la Triple A, no como algo determinado o estático.

Cuando pensamos en la paraestatalidad es muy distinto de lo que podemos imaginar cuando se intenta reconstruir, por ejemplo, las acciones del Ejército donde tenemos una línea de mando definida, eso nos da una estructura y organicidad que tenemos que ver cuándo empieza a aparecer en este grupo que tiene una dinámica, no se da espontáneamente. Hay que rastrear qué sucede en el año 74. Hitos concretos como la toma, lo que se ve con posterioridad al asesinato del Negrito.

Y es fundamental lo que empieza a suceder a principios del 75, concretamente con la llegada de Remus Tetu a la UNS, cómo se contrata  esta gente y eso le da organicidad. Les da armas, les da la posibilidad de manejarse por la ciudad con tranquilidad y teniendo zonas liberadas, les da sueldos. La UNS le pagaba sueldos por ser personal de vigilancia y seguridad, en clave de “la lucha antisubversiva”. Hay que ver el efecto de estos contratos en la escalada de violencia, de marzo a fines del ’75 es escalofriante el número de víctimas que encontramos día a día con estos casos de personas que aparecen tiradas en las afueras de la ciudad.

Esto es una reconstrucción histórica. Son interpretaciones que una hace a la luz de las fuentes y lo cierto es que reconstruir estas cuestiones para pensar el accionar de un grupo delictivo siempre imbricado entre la pata legal y la ilegal, “legal” por los recursos estatales, todo esto deja pocos rastros en términos documentales. Uno tiene que empezar a sacar agua de las piedras, por eso marcaba la importancia de que contemos con las resoluciones de la UNS en donde se muestra esta cosa orgánica.

Foto Belén Zapata: Jorge Cedrón.

“Como decimos las Garcías, venimos cuatro generaciones acá, mi madre, nosotras, mis hijas y mis nietos pidiendo justicia”, dijo Julia García a fines de octubre ante el tribunal oral que juzga a cuatro ex integrantes de la Triple A.

La hermana de Luis Jesús declaró después que su madre Marcela Egues, quien se preguntó por qué hubo tanto complicidad con el crimen de su hijo. “Tenía 18 años y lo masacraron, lo torturaron y lo tiraron en la ruta. Es una vergüenza lo que hicieron. Fue un gran militante, se organizaba para que todos tuvieran su buen sueldo y lo que necesitaban para trabajar”.

Julia destacó que el gran ausente en el juicio es el Poder Judicial. “Los jueces Hugo Cavallaro y José Montone son los que actuaron en la investigación del asesinato de mi hermano y le garantizaron la impunidad a los miembros de la Triple A. Sin su complicidad no estaríamos sentados acá, después de 46 años”.

Las audiencias continúan jueves y viernes desde las 9. Declararán la historiadora Belén Zapata, la directora del Archivo Provincial de la Memoria, Claudia Bellingeri, el presidente del Equipo Nizkor, Gregorio Díaz Dionis, y el ex legislador pampeano Eduardo Tindiglia.

Marcela recordó que el Negrito estudió hasta que comenzó a trabajar en la construcción de un barrio en Ing. White para la empresa Interamericana. Rápidamente “vio la necesidad de organizarse con los compañeros porque no tenían botines, guantes, iban como podían. Hacían asambleas y paraban la obra”. Con su moto repartía la prensa del partido y volanteaba “con mucha alegría”. Su militancia le valió varias amenazas y despidos.  

La familia García luchaba también contra el “abandono” del barrio. Organizaban reuniones de vecines de Noroeste y Villa Nocito porque “correspondía que viviera mejor la gente”.

La noche del secuestro del Negrito, Marcela había hecho empanadas. “Llegó de la militancia en el barrio con dolor de panza, le hice unas al horno.  Nos acostamos y, alrededor de las tres y algo, lo vinieron a buscar. Pensé que lo iban a tomar detenido”.

Afuera había dos autos y varios hombres armados. Dos de ellos entraron. “¿Qué pensaban que iban a encontrar en mi casa?”, se preguntó Egues. “No pasa nada mamá, enseguida vuelvo”, dijo Luis.

“Nunca pensé que iban a hacer la masacre que hicieron con mi hijo, lo torturaron bárbaramente, tenía todo el cuerpo con manchas negras de la tortura, tenía 18 años. Ojalá esos miserables se mueran de viejos, que sus nietos los recuerden como los asesinos que son”.

Tras el secuestro, familiares y compañeros salieron a buscarlo. En las comisarías decían “algo habrá hecho” en un clima amenazante. Al amanecer, Marcela y Oscar “Pinky” Bertollini -quien luego sería desaparecido- fueron a tomar un café a la Galería Plaza donde se encontraron con cuatro de los matones armados.

Respecto al funeral del Negrito, Marcela recordó: “La prensa dice que 30 mil personas acompañaron a mi hijo. La CGT mandó coronas y las rompimos en la calle. Quedé totalmente muda, no pude despedir a mi hijo, lo hizo Pinky”.

Identificó a Chacho Pérez como uno de los asesinos, un hombre que solía participar en las reuniones de la CGT y que previamente había amenazado al joven.

Tras el homicidio, las intimidaciones continuaron sobre la familia García, cada hecho era denunciado en tribunales. “La última vez que me amenazaron decidí irme al norte con lo puesto”. El exilio interno las llevó a Buenos Aires y a Salta, donde fue secuestrada Julia. “Estuve condenada a no volver a mi barrio por muchísimos años”, afirmó Marcela.

“Estábamos convencidos que teníamos derecho”

“Vengo a contarles de una Julia que tenía 18 años y acá está sentada una Julia que tiene 66”, dijo la mayor de las Garcías ante el tribunal, ratificando “el compromiso de seguir luchando por la verdad y la justicia hasta la muerte”.

Al Negrito no lo puede recordar “fuera de la política”, desde la adolescencia compartieron la militancia en la Federación Juvenil Comunista. Son una familia inquieta, de obreros con necesidades, “convencidos que teníamos derecho”.

“Buscábamos respuesta a las desigualdades, a las carencias que sufríamos y encontramos la política como herramienta. Para mí la Fede, el socialismo, fue ese gran amor de nuestra vida. No puedo olvidar la felicidad con que trabajábamos, con la que recorríamos el barrio, hablando de la prensa con los vecinos. No puedo olvidar la sonrisa de Raúl Metz -que está desaparecido-, la de su hermano Néstor. Tratábamos de convencer al otro de que era posible otro país, que teníamos derecho a otra vida”.

Por eso el Negrito fue perseguido desde la secundaria. Los servicios de la Bonaerense archivaron “una redacción que se titulaba ‘El buque de Granaderos, una cárcel flotante”. Julia todavía se pregunta quién informó eso desde la escuela.

“Al tiempo, por diferencias sobre la coyuntura, Luis se incorporó al FAS y comenzó a militar en el PRT en la Corriente Clasista y Combativa que era el espacio de los trabajadores por fuera del peronismo”. Ella trabajaba en un puesto de flores frente al cementerio, el Negrito se incorporó a la Interamericana y se transformó en la voz de sus compañeros. 

Julia afirmó que la Triple A “era una organización criminal en la que (el diputado y secretario de la CGT, Rodolfo) Ponce sería el responsable de la zona pero que respondía a una política nacional”.

El Consejo Nacional del Partido Justicialista declaró la guerra contra el marxismo por los medios que sean necesarios. “La batalla que Perón impulsa es contra aquello que cuestione al sistema y hace alianza con la burocracia sindical. Necesitaban recuperar y disciplinar a los gremios”.

“Acá aparece Ponce impulsando en el Congreso la Ley de Asociaciones Profesionales. Se arma la disputa en Bahía Blanca con Roberto Bustos que había sido elegido por paliza en el 73 y le intervienen el sindicato. Esta represión tenía que ver con la lucha de la clase trabajadora”, detalló.

Pensó en su hermano y las empresas que cuestionaba: “Son todas multinacionales, la Interamericana, la Petroquímica, Techint, tenían fuerte vinculación con la burocracia sindical, su tarea era limpiar. Los primeros afectados fueron los propios peronistas”.

Según consta en los legajos de la Dipba, en 1974 los operativos “antisubversivos” tenían como blanco “exclusivos” espacios y militantes de organizaciones marxistas. Ella y su hermana de 16 años fueron detenidas. En la Fede sabía que eran “las reglas del juego” pero “nadie pensó que a mi hermano iban a secuestrarlo y matarlo de la forma en que lo mataron”.

La madrugada del 22 de septiembre de 1974 un grupo de civiles entró impunemente a la casa de Jujuy y Entre Ríos. “Nos arrinconan contra la pared y van directamente a la pieza de mi hermano. Estaba en la cama tranquilo, como entregado, lo llevan a la rastra con un calzoncillo y una camisa”.

Por una ventana Julia vio la GTX verde que solía estar en la puerta de la CGT. El cuerpo del Negrito apareció “destrozado” horas después.

Recordó la presencia de organizaciones, estudiantes, obreros y vecinos en el funeral de su hermano, largas horas de dolor y bronca cuidando al cajón y a la familia. Y los servicios registrando todo. “Tengo la certeza de que ese velorio marcó el destino de muchos compañeros, muchos están desaparecidos”.

Julia pudo identificar a Miguel Ángel Chisu y a Chacho Pérez en una rueda de reconocimiento. “Tiene que estar muy segura, puede tener una pena muy grande si acusa injustamente”, la apretó el juez Cavallaro. Al salir de la comisaría las amenazas vinieron de un auto en el cual estaba uno de los acusados.

Julia fue detenida y torturada en Salta y pasó más de dos mil días secuestrada. “Perdimos la casa, la felicidad de vivir ese momento, perdimos un hermano. (…) Tenemos el alma atravesada por todas las muertes que tuvimos que sufrir, las desapariciones, las encarcelaciones”.

“Mi hermano vive en este juicio, en cada uno de sus compañeros -en Bahía Blanca la gente lo recuerda-, en quienes están en la calle pidiendo por mejoras salariales, por un techo. En las luchas de los 30 mil desaparecidos y todos los asesinados por la Triple A. Mataron a mi hermano pero no la necesidad de justicia y la ilusión de un país justo”, afirmó.

Eugenio Navarrete era vecino de la familia García y militaba con el Negrito en el PRT. “Era un hermano para mí, un compañero muy querible. Tenía algo que en la sociología marxista se llama la conciencia posible y un potencial extraordinario. Un joven que estudiaba, honesto, lo quería mucho”.

En 1973 el testigo realizó el servicio militar en la Compañía de Telecomunicaciones 181 del V Cuerpo de Ejército que ya configuraba “el Estado asesino”. Recordó la capellanía de Aldo Vara y Dante Vega en tiempos del obispo Jorge Mayer.

Mencionó que los curas “ejercían una acción realmente intimidante apelando a demonios y al pecado”, hablaban “groseramente” de sexo para luego entrar “en un terreno donde mostraban el verdadero carácter de este ejercicio pastoral: nos preguntaban si éramos hinchas de River o de Boca y llegábamos a si éramos o no peronistas o de alguna línea política que andaba con los locos zurdos”.

En aquella época se creó la “compañía operacional”, dedicada a la “lucha antisubversiva”: “Se crea un clima de temor, se plantea un orden enteramente represivo, antisindical, se arman con fales, lanzacohetes, enfermeros, camilleros, balas trazadoras para disparo nocturno, cómo arrestar una persona en la calle, cómo hacer un allanamiento, un discurso macartista, persecutorio e intimidante”.

Consultado por la actuación de grupos paraestatales se remitió al caso del obrero Marzolini, ocurrido en febrero del 74. “Se afirmó de parte de prominentes políticos que había sido asesinado por la Triple A”. El crimen fue en contexto de la intervención de la UOCRA por parte de Rogelio Papagno y tras una huelga en la obra de la Escuela Técnica de White por el despido de dos trabajadores.

Marzolini “era gente de Bustos”, un comisario dijo que tenían orden de no investigar. El referente de Papagno en Bahía Blanca era Pedro Juárez. Lo acompañaba la Juventud Sindical Peronista cuyos miembros “actuaban a cara descubierta con armas largas en la entrada de la petroquímica”.

“Casi todos recibimos amenazas”, dijo Navarrete. En la pared de la sede gremial, su cara, la del Negrito García y la de Roberto Inostroza ilustraban un cartel que decía “muerte a los zurdos”.

De los imputados, el testigo mencionó a Juan Carlos Curzio y a Osvaldo Pallero. El primero era el deportista admirado por la juventud, aunque su madre “lloraba amargada por la transgresión permanente que hacía con su grupo de matones”. El segundo era “un vago” que vivía en las colonias ferroviarias del Maldonado.

Navarrete fue detenido el 17 de septiembre del 74 en la casa de Jorge Nicanor Fernández de Villa Nocito. “Estaba Roberto Inostroza y las mellizas de Jorge”.

Pasaron la noche en una comisaría y al día siguiente los encerraron en la UP4. Le abrieron una causa por asociación ilícita y por una supuesta participación en el copamiento de un puesto de Prefectura. Lo representó el abogado Carlos Massolo: “Estábamos declarando cuando pasa el cortejo fúnebre del Negrito”.

“En Villa Floresta el que me despide es Massolo que ya estaba preso junto a otros abogados. Me dijo: seguramente estás en alguna lista a disposición del PEN pero si te dan cinco minutos desaparecé porque esto está muy jodido”. Al otro día lo detuvieron nuevamente.

Declaró que varios de los presos comunes estaban vinculados a la JSP y a la Triple A. “Contaban historias muy terribles, (…) eran gente sin ingresos, salvo que tuvieran algún choreo exitoso”. Según contaban los suboficiales del Servicio Penitenciario, fue el diputado Ponce el que les organizó la fiesta de fin de año en un pabellón liberado.

Navarrete fue trasladado a Sierra Chica, Rawson, Caseros y La Plata. En 1982 salió con libertad vigilada.

El presidente Alberto Fernández envió esta tarde el proyecto de “regulación del acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto”.

“He enviado al Congreso de la Nación para su tratamiento, dos proyectos de ley para que todas las mujeres accedan al derecho a la salud integral. El primero de ellos legaliza la interrupción voluntaria del embarazo y garantiza que el sistema de salud permita su realización en condiciones sanitarias que aseguren su salud y su vida”, afirmó el jefe de Estado.

Referencia: Regulación del Acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto

ARTÍCULO 1º.- OBJETO: La presente ley tiene por objeto regular el acceso a la interrupción voluntaria del embarazo y a la atención postaborto, en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado argentino en
materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y de personas con otras identidades de género con capacidad de gestar y a fin de contribuir a la reducción de la morbilidad y mortalidad prevenible.

ARTÍCULO 2º.- DERECHOS: Las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a:

a. Decidir la interrupción del embarazo de conformidad con lo establecido en la presente ley;
b. Requerir y acceder a la atención de la interrupción del embarazo en los servicios del sistema de salud, de conformidad con lo establecido en la presente ley;
c. Requerir y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud, sin perjuicio de que la decisión de abortar hubiera sido contraria a los casos legalmente habilitados de conformidad con la presente ley;
d. Prevenir los embarazos no intencionales mediante el acceso a información, educación sexual integral y a métodos anticonceptivos eficaces.

ARTÍCULO 3º.- MARCO NORMATIVO CONSTITUCIONAL: Las disposiciones de la presente ley se enmarcan en el artículo 75 inciso 22 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, los Tratados de Derechos Humanos ratificados por la REPÚBLICA ARGENTINA, en especial la Declaración Universal de Derechos Humanos, la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW por sus siglas en inglés) y su Protocolo Facultativo, el Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, la Convención Interamericana Para Prevenir, Sancionar y Erradicar La Violencia Contra La Mujer “Convención De Belem Do Para”, la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la Convención sobre los Derechos de Niño y la Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, en virtud de la protección que otorgan a los derechos sexuales y reproductivos, a la dignidad, a la vida, a la autonomía, a la salud, a la educación, a la integridad, a la diversidad corporal, a la identidad de género, a la diversidad étnico-cultural, a la privacidad, a la libertad de creencias y pensamientos, a la información, a gozar de los beneficios de los avances científicos, a la igualdad real de oportunidades, a la no discriminación y a una vida libre de violencias.

ARTÍCULO 4º.- INTERRUPCIÓN VOLUNTARIA DEL EMBARAZO: Las mujeres y otras personas con identidades de género con capacidad de gestar tienen derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo hasta la semana CATORCE (14) inclusive, del proceso gestacional.

Fuera del plazo dispuesto en el párrafo anterior, la persona gestante tiene derecho a decidir y acceder a la interrupción de su embarazo solo en las siguientes situaciones:

a. Si el embarazo fuere resultado de una violación, con el requerimiento y la declaración jurada pertinente de la persona gestante, ante el personal de salud interviniente.

En los casos de niñas menores de TRECE (13) años de edad, la declaración jurada no será requerida.

b. Si estuviere en peligro la vida o la salud integral de la persona gestante.

ARTÍCULO 5º.- DERECHOS EN LA ATENCIÓN DE LA SALUD: Toda persona gestante tiene derecho a acceder a la interrupción de su embarazo en los servicios del sistema de salud o con su asistencia, en un plazo máximo de DIEZ (10) días corridos desde su requerimiento y en las condiciones que se establecen en la presente ley, y en las Leyes Nros. 26.485, 26.529 y concordantes.

El personal de salud debe garantizar las siguientes condiciones mínimas y derechos en la atención del aborto y postaborto:

a) Trato digno. El personal de salud debe observar un trato digno, respetando las convicciones personales y morales de la paciente, para erradicar prácticas que perpetúan el ejercicio de violencia contra las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar.

b) Privacidad. Toda actividad médico-asistencial tendiente a obtener y transmitir información y documentación clínica de la paciente debe garantizar la construcción y preservación de un ambiente de confianza entre el personal de salud y las personas que solicitan la atención, y observar el estricto respeto por su intimidad, dignidad humana y autonomía de la voluntad, así como el debido resguardo de la confidencialidad; solo se compartirá información o se incluirá a su familia o a su acompañante con su expresa autorización, conforme las previsiones del artículo 8º de la presente ley.

Asimismo, deberá protegerse a la paciente de injerencias ilegítimas por parte de terceros.

c) Confidencialidad. El personal de salud debe crear las condiciones para el resguardo de la confidencialidad y el secreto médico durante todo el proceso de atención y también con posterioridad. Debe informar durante la
consulta que la confidencialidad está garantizada y resulta alcanzada por el secreto médico.

La paciente tiene derecho a que toda persona que participe en la elaboración o manejo de la documentación clínica, o bien tenga acceso al contenido de la misma, deba respetar el derecho a la confidencialidad, salvo expresa autorización escrita de la propia paciente.

d) Autonomía de la voluntad. El personal de salud debe respetar las decisiones de las pacientes respecto al ejercicio de sus derechos reproductivos, las alternativas de tratamiento y su futura salud sexual y reproductiva.

Las decisiones de la paciente no deben ser sometidas a juicios derivados de consideraciones personales, religiosas o axiológicas por parte del personal de salud, debiendo prevalecer su libre y autónoma voluntad.

e) Acceso a la Información. El personal de salud debe mantener una escucha activa y respetuosa de las pacientes para expresar libremente sus necesidades y preferencias. La paciente tiene derecho a recibir la información sobre su salud; el derecho a la información incluye el de no recibir información inadecuada en relación con la solicitada.

Se debe suministrar información sobre los distintos métodos de interrupción del embarazo, los alcances y consecuencias de la práctica. Dicha información debe ser actualizada, comprensible, veraz y brindada en lenguaje y con formatos accesibles.

El personal de salud y las autoridades públicas tienen la obligación de suministrar la información disponible sobre los derechos protegidos por la presente ley de forma dinámica y a lo largo de todo el proceso de
atención, incluso si no hay una solicitud explícita.

f) Calidad. El personal de salud debe respetar y garantizar el tratamiento del aborto conforme los alcances y la definición de la Organización Mundial de la Salud. La atención será brindada siguiendo los estándares de calidad, accesibilidad, competencia técnica, rango de opciones disponibles e información científica actualizada.

ARTÍCULO 6º.- INFORMACIÓN Y TRATAMIENTO DEL ABORTO Y DE LA SALUD SEXUAL Y
REPRODUCTIVA: Realizada la solicitud de interrupción voluntaria del embarazo de conformidad con el artículo 4º, el establecimiento de salud pondrá a disposición de las personas gestantes que así lo requieran, en el marco del Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable, Ley N° 25.673, lo siguiente:

a. Información sobre el procedimiento que se llevará a cabo y los cuidados posteriores necesarios, siguiendo los criterios del artículo anterior.

b. Atención integral de su salud a lo largo de todo el proceso.

c. Acompañamiento en el cuidado de la salud e información adecuada y accesible a las necesidades de cada persona, científica, actualizada sobre los distintos métodos anticonceptivos disponibles, así como la provisión de los métodos anticonceptivos previstos en el Programa Médico Obligatorio (PMO) y en la Ley N° 25.673 o la normativa que en el futuro la reemplace.

Estos servicios no son obligatorios para la paciente ni condición para la realización de la práctica.

ARTÍCULO 7º.- CONSENTIMIENTO INFORMADO: Previo a la realización de la interrupción voluntaria del embarazo se requiere el consentimiento informado de la persona gestante expresado por escrito, de conformidad con lo previsto en la Ley N° 26.529 y concordantes y en el artículo 59 del CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN. Nadie puede ser sustituido en el ejercicio personal de este derecho.

ARTÍCULO 8º.- PERSONAS MENORES DE EDAD: En el marco de lo establecido en la Convención sobre los Derechos del Niño, la Ley N° 26.061, el artículo 7º del Anexo I del Decreto N° 415/06, el artículo 26 del CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN y la Resolución N° 65/15 del MINISTERIO DE SALUD de la Nación, la solicitud de la interrupción voluntaria del embarazo deberá ser efectuada:

a) En los casos de personas menores de TRECE (13) años de edad, mediante su consentimiento informado con la asistencia de al menos uno/a de sus progenitores/as o representante legal. En ausencia o falta de ellos/as, se solicitará la asistencia de las personas indicadas en el artículo 4° del Anexo I del Decreto reglamentario N°1282/03 de la Ley N° 25.673, en el artículo 7° del Anexo I del Decreto reglamentario N°415/06 de la Ley N°
26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes y en el artículo 59 del Código Civil y Comercial de la Nación. No se deberá requerir autorización judicial alguna.

b) En los casos de adolescentes de entre TRECE (13) y DIECISÉIS (16) años de edad, se presume que cuentan con aptitud y madurez suficiente para decidir la práctica y prestar el debido consentimiento, a menos que deba
utilizarse un procedimiento que implique un riesgo grave para su salud o su vida. En dichos casos será necesario, además de su consentimiento, el asentimiento de al menos uno/a de sus representantes legales o, a
falta de ellos/as, se solicitará la asistencia de las personas indicadas en el artículo 4° del Anexo I del Decreto reglamentario N° 1282/03 de la Ley N° 25.673, en el artículo 7° del Anexo I del Decreto reglamentario N°
415/06 de la Ley N° 26.061 y en la Resolución N° 65/15 del Ministerio de Salud de la Nación.

Las personas mayores de DIECISÉIS (16) años de edad tienen plena capacidad por sí para prestar su consentimiento, a fin de ejercer los derechos que otorga la presente ley.

ARTÍCULO 9º.- PERSONAS CON CAPACIDAD RESTRINGIDA: Si se tratare de una persona con capacidad restringida por sentencia judicial y la restricción no tuviere relación con el ejercicio de los derechos que otorga la
presente ley, podrá prestar su consentimiento informado sin ningún impedimento ni necesidad de autorización previa alguna y, si lo deseare, con la asistencia del sistema de apoyo previsto en el artículo 43 del CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.

Las personas que actúan como sistema de apoyo no representan ni sustituyen a la persona con discapacidad en el ejercicio de sus derechos y, por tanto, es necesario que el diseño del sistema de apoyo incorpore salvaguardas adecuadas para que no existan abusos y las decisiones sean tomadas por la titular del derecho.

Si la sentencia judicial de restricción a la capacidad impide prestar el consentimiento para el ejercicio de los derechos previstos en la presente ley, o la persona ha sido declarada incapaz judicialmente, deberá prestar su consentimiento con la asistencia de su representante legal o, a falta o ausencia de este o esta, la de una persona allegada, en los términos del artículo 59 del CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN.

ARTÍCULO 10.- OBJECIÓN DE CONCIENCIA: El o la profesional de salud que deba intervenir de manera directa en la interrupción del embarazo tiene derecho a ejercer la objeción de conciencia. A los fines del ejercicio
de la misma, deberá:

a. Mantener su decisión en todos los ámbitos, público y privado, en que ejerza su profesión.

b. Derivar de buena fe a la paciente para que sea atendida por otro u otra profesional en forma temporánea y oportuna, sin dilaciones.

c. Adoptar todas las medidas necesarias para garantizar el acceso a la práctica.

d. Cumplir con el resto de sus deberes profesionales y obligaciones jurídicas.

El personal de salud no podrá negarse a la realización de la interrupción del embarazo en caso de que la vida o salud de la persona gestante esté en peligro y requiera atención inmediata e impostergable.

No se podrá alegar objeción de conciencia para negarse a prestar atención sanitaria postaborto.

El incumplimiento de los requisitos para ejercer el derecho de objeción de conciencia dará lugar a las sanciones disciplinarias, administrativas, penales y civiles, según corresponda.

ARTÍCULO 11.- COBERTURA Y CALIDAD DE LAS PRESTACIONES: El sector público de la salud, las obras sociales enmarcadas en la Ley N° 23.660 y en la Ley N° 23.661, el INSTITUTO NACIONAL DE SERVICIOS SOCIALES PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS creado por la Ley N° 19.032, las entidades y agentes de salud comprendidas en la Ley N° 26.682 de marco regulatorio de medicina prepaga, las entidades que brinden atención dentro de la reglamentación del Decreto N° 1993/11, las obras sociales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad, las obras sociales del PODER LEGISLATIVO y JUDICIAL y las comprendidas en la Ley N° 24.741 de Obras Sociales Universitarias y todos aquellos agentes y organizaciones que brinden servicios médicoasistenciales a las personas afiliadas o beneficiarias, independientemente de la figura jurídica que posean, deben incorporar la cobertura integral y gratuita de la interrupción voluntaria del embarazo prevista en la presente ley en
todas las formas que la Organización Mundial de la Salud recomienda. Estas prestaciones quedan incluidas en el Programa Nacional de Garantía de Calidad de la Atención Médica y en el PMO con cobertura total, junto con las prestaciones de diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.

ARTÍCULO 12.- EDUCACIÓN SEXUAL INTEGRAL Y SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA: El Estado Nacional, las Provincias, la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES y los Municipios tienen la responsabilidad de implementar la Ley N° 26.150 de Educación Sexual Integral, estableciendo políticas activas para la promoción y el fortalecimiento de la salud sexual y reproductiva de toda la población.

Estas políticas deberán estar enmarcadas en los objetivos y alcances establecidos en las Leyes Nros. 23.798, 25.673, 26.061, 26.075, 26.130, 26.150, 26.206, 26.485, 26.743 y 27.499, además de las leyes ya citadas en la presente ley. Deberán, además, capacitar sobre perspectiva de género y diversidad sexual a los y las docentes y a los y las profesionales y demás trabajadores y trabajadoras de la salud, a fin de brindar atención, contención y seguimiento adecuados a quienes soliciten realizar una interrupción voluntaria del embarazo en los términos de la
presente ley, así como a los funcionarios públicos y las funcionarias públicas que actúen en dichos procesos.

ARTÍCULO 13.- MODIFICACIÓN DEL CÓDIGO PENAL: Sustitúyese el artículo 85 del CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN, por el siguiente:

“ARTÍCULO 85. – El o la que causare un aborto será reprimido:

1º) Con prisión de TRES (3) a DIEZ (10) años, si obrare sin consentimiento de la persona gestante. Esta pena podrá elevarse hasta QUINCE (15) años si el hecho fuere seguido de la muerte de la persona gestante.

2º) Con prisión de TRES (3) meses a UN (1) año, si obrare con consentimiento de la persona gestante, luego de la semana CATORCE (14) de gestación y siempre que no mediaren los supuestos previstos en el artículo
86.”

ARTÍCULO 14.- INCORPORACIÓN DEL ARTÍCULO 85 BIS DEL CÓDIGO PENAL: Incorpórase como artículo 85 bis del CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN, el siguiente:

“ARTÍCULO 85 bis. Será reprimido o reprimida con prisión de TRES (3) meses a UN (1) año e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena, el funcionario público o la funcionaria pública o la autoridad del establecimiento de salud, profesional, efector o personal de salud que dilatare injustificadamente, obstaculizare o se negare, en contravención de la normativa vigente, a practicar un aborto en los casos legalmente autorizados.”

ARTÍCULO 15.- SUSTITUCIÓN DEL ARTÍCULO 86 DEL CÓDIGO PENAL: Sustitúyese el artículo 86 del CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN, por el siguiente:

“ARTÍCULO 86.- No es delito el aborto realizado con consentimiento de la persona gestante hasta la semana CATORCE (14) inclusive del proceso gestacional.

Fuera del plazo establecido en el párrafo anterior, no será punible el aborto practicado con el consentimiento de la persona gestante:

1º) Si el embarazo fuere producto de una violación. En este caso, se debe garantizar la práctica con el requerimiento y la declaración jurada de la persona gestante ante el o la profesional o personal de salud interviniente.

En los casos de niñas menores de TRECE (13) años de edad, la declaración jurada no será requerida.

2º) Si estuviera en riesgo la vida o la salud integral de la persona gestante.”

ARTÍCULO 16.- SUSTITUCIÓN DEL ARTÍCULO 87 DEL CÓDIGO PENAL: Sustitúyese el artículo 87 del CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN, por el siguiente:

“ARTÍCULO 87.- Será reprimido o reprimida con prisión de SEIS (6) meses a TRES (3) años, el o la que con violencia causare un aborto sin haber tenido el propósito de causarlo, si el estado del embarazo de la persona
gestante fuere notorio o le constare.”

ARTÍCULO 17.- SUSTITUCIÓN DEL ARTÍCULO 88 DEL CÓDIGO PENAL: Sustitúyese el artículo 88 del CÓDIGO PENAL DE LA NACIÓN, por el siguiente:

“ARTÍCULO 88.- Será reprimida con prisión de TRES (3) meses a UN (1) año, la persona gestante que, luego de la semana CATORCE (14) de gestación y siempre que no mediaren los supuestos previstos en el artículo 86,
causare su propio aborto o consintiera que otro se lo causare. Podrá eximirse la pena cuando las circunstancias hicieren excusable la conducta.
La tentativa de la persona gestante no es punible.”

ARTÍCULO 18.- CAPACITACIÓN: El personal de salud deberá capacitarse en los contenidos de esta ley y de la normativa complementaria y reglamentaria. A tal fin, el MINISTERIO DE SALUD de la Nación y los Ministerios Provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES implementarán los
correspondientes programas de capacitación.

ARTÍCULO 19.- AUTORIDAD DE APLICACIÓN: La autoridad de aplicación de la presente ley será establecida por el PODER EJECUTIVO NACIONAL.

ARTÍCULO 20.- ORDEN PÚBLICO: Las disposiciones de la presente ley son de orden público y de aplicación obligatoria en todo el territorio de la REPÚBLICA ARGENTINA.

ARTÍCULO 21.- Comuníquese al PODER EJECUTIVO NACIONAL.

La familia de Santiago Maldonado entregó a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y al estado argentino un informe realizado por un grupo interdisciplinario de expertas y expertos independientes de Chile, México y Colombia.

Las y los profesionales habían sido convocados en agosto para “despejar dudas” y “frente al intento del estado argentino dejar la desaparición forzada y muerte de Santiago en la impunidad” al cumplirse tres años de los hechos.

“Pedimos que el estado argentino tome en cuenta este informe para que se inicie una verdadera investigación de la causa de Santiago. Necesitamos saber la verdad, esa verdad que nos fue negada desde el 1° de agosto de 2017”, afirmó la familia en su web.

Compartimos las conclusiones del documento que puede leerse completo aquí:

De los elementos analizados por el GIEEI emergen serias y legítimas dudas acerca de la investigación. No hubo actuación investigativa que reuniera todas las características de independencia, imparcialidad, exhaustividad y efectividad en las que se incluyeran todas las hipótesis incluidas la desaparición forzada, tal como lo indican los estándares internacionales.

La desaparición forzada debía ser la primera posibilidad a considerar y no se procedió así. Por el contrario, en una actitud que riñe con el principio de imparcialidad, las autoridades desecharon esa primera hipótesis lo que desde el principio impidió desarrollar una debida diligencia y sembró desconfianza en la familia de las víctimas, en la comunidad involucrada y en amplios sectores de la sociedad.

Desde la ocurrencia de los hechos que fueron denunciados el mismo día como una posible desaparición forzada, las autoridades argentinas debieron aplicar los lineamientos establecidos en el Protocolo de Minnesota a fin de que se garantizara una investigación independiente, imparcial, exhaustiva y efectivo conforme a la debida diligencia.

Tales características no se observan en las diligencias examinadas por el GIEEI.

Los hechos ocurrieron en un contexto de conflicto socio territorial histórico caracterizado por la negación de derechos a pueblos indígenas en Argentina. En este caso el Pu Lof Cushamen del pueblo mapuche, reivindica la restitución de las tierras de ocupación tradicional de las cuales fueron desposeídos por privados con la anuencia del Estado argentino.

En ese marco se evidencia una preocupante vulneración de derechos fundamentales entre los que se encuentran el derecho a la igualdad y la no discriminación por motivos de raza, color, etnicidad, así como el derecho a la vida, a la integridad física, y a la privacidad.

Se comprobó la presencia solidaria del señor Santiago Maldonado el 1 de agosto de 2017 en el lugar de los hechos como activista de los derechos de la comunidad reclamante. En esa condición, el señor Maldonado era defensor de los derechos humanos en favor de la comunidad del Pu Lof Cushamen del pueblo mapuche.

El análisis de este contexto es relevante en la integralidad de la investigación. No se observa que estos aspectos se hubieran tenido en cuenta.

Conforme a los estándares internacionales además la debida diligencia en la investigación era necesario garantizar el manejo comunicativo imparcial relacionado con ella. Estos aspectos no emergen en el análisis que el GIEEI hizo de la situación.

Se advierte la ausencia de legislación adecuada para prevenir, reconocer, registrar, investigar, sancionar y reparar las desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales posteriores a 1983.

Así mismo, se evidencia la ausencia de legislación para el trámite idóneo de los conflictos territoriales indígenas y protocolos específicos relacionados con protección y garantía de derechos a defensoras y defensores. Estas ausencias tocan directamente con situaciones estrechamente relacionadas con los hechos que se investigan y que de existir tales instrumentos contribuirían a una adecuada respuesta institucional.

La información revisada del expediente no permite establecer hipótesis razonables que expliquen por qué a pesar de las labores de rastrillaje realizadas en el río Chubut y sus áreas circundantes, el cuerpo fue hallado río arriba 77 días después de la desaparición.

Esta situación genera un manto de duda sobre las demás acciones realizadas en el proceso de investigación, especialmente sobre las conclusiones reportadas por la Junta de Peritos en relación con el análisis postmortem del cuerpo.

La ausencia de información sobre lesiones en el cadáver no puede interpretarse como una inexistencia de hechos de violencia alrededor de la muerte. El hallazgo e identificación del Sr. Maldonado y el establecimiento de su causa de muerte sólo da cuenta parcial de lo acaecido con la víctima.

El análisis de medios y de redes en torno al caso de Santigo Maldonado, evidencia un interés e injerencia por diluir responsabilidades y explicaciones de los acontecimientos vinculados a la desaparición forzada y posterior hallazgo de su cuerpo sin vida.

En ese sentido a través de la estigmatización y desvalorización de la labor de acompañamiento que desarrollaba el señor Maldonado, se buscó diluir la hipótesis de intervención del Estado en su desaparición. El manejo de los datos, así como de la temporalidad, de los testimonios, buscó siempre fortalecer “el accidente” como explicación última de los acontecimientos.

La construcción narrativa dominante del caso de Santiago Maldonado, se orientó a contrarrestar la defensa de los Derechos Humanos y las reivindicaciones de los pueblos originarios. Aún a tres años de lo sucedido, la insistencia en la desacreditación de Santiago y su familia y de la comunidad a la que apoyaba, permiten afirmar que en el caso y su configuración mediática y digital, se da un escenario de disputa narrativa sobre los acontecimientos. La realidad y su trascendencia e implicaciones no pueden dejarse a merced del discurso oficial ni de las estrategias y operaciones de propaganda mediática.

La Cámara Federal de Bahía Blanca aceptó el recurso de queja presentado por los fiscales Andrés Heim y Horacio Azzolín –acompañado por las querellas particular e institucional– y ordenó a la jueza María Gabriela Marrón revisar su decisión de denegar medidas de pruebas solicitadas por el Ministerio Público Fiscal y las querellas.

Los camaristas sostuvieron que la decisión de la jueza podría acarrear un daño irreparable en la instrucción porque afectaría el avance de la línea de trabajo que investiga la desaparición forzada seguida de muerte de Facundo Astudillo Castro, principal hipótesis de la parte acusadora.

El allanamiento del puesto de vigilancia de Teniente Origone y el secuestro de unos 50 teléfonos celulares relacionados con los policías vinculados a la causa, entre las medidas de prueba en debate.

El pasado 15 de octubre, la titular del Juzgado Federal Nº 2 rechazó masivamente medidas de pruebas solicitadas por los fiscales de la Procuvin y de la Unidad Especializada en Ciberdelincuencia, la querella particular y la Comisión Provincial por la Memoria (CPM).

La decisión fue cuestionada por la parte acusadora y casi diez días después, el 26 de octubre, la jueza declaró inadmisible el recurso de apelación. En ambos casos, Marrón desestimó los planteos del Ministerio Público Fiscal y las querellas, quienes advirtieron que el rechazo de las diligencias solicitadas ponía en serio riesgo el avance de la investigación de lo que, hasta el día de hoy, siguen considerando la hipótesis más robusta de la causa: la desaparición forzada seguida de muerte de Facundo Astudillo Castro.

Ante el rechazo de la apelación, los fiscales Heim y Azzolín presentaron un recurso de queja que fue aceptado por la Cámara Federal de Bahía Blanca. Con el voto de los dos magistrados, el fallo declaró que la apelación estuvo mal denegada y, por lo tanto, obliga a la jueza Marrón a volver a considerar lo pedido por fiscalía y querellas.

Al momento de rechazar la apelación, Gabriela Marrón había argumentado que, si bien las partes pueden proponer diligencias investigativas, el juez tiene la potestad de practicar sólo las que considere pertinentes y que su resolución es irrecurrible. Sin embargo, los dos jueces de Cámara le recordaron que la potestad de dirigir el proceso no es un principio irrestricto y cede cuando se ven afectado intereses superiores.

“La magistrada podrá compartir o no los pedidos que formulen las partes, pero en modo alguno puede definir e indicar qué hipótesis y qué elementos de la misma deben seguir y considerar los acusadores”, habían sostenido los fiscales en el recurso de queja.

Para los jueces Pablo Candisaro Mera y Pablo Larriera, la denegatoria de las medidas de prueba solicitadas podría afectar el avance de una de las vías de investigación que, por imperio de ley, se encuentra a cargo del Ministerio Público Fiscal. Y podría traducirse en un perjuicio de imposible reparación ulterior.

Entre las medidas de prueba que están en debate, se encuentra el pedido de allanamiento del puesto de vigilancia de Teniente Origone, donde ya se encontró un amuleto que pertenecía a Facundo Astudillo Castro, y el secuestro de unos 50 teléfonos celulares de policías vinculados con los agentes que tuvieron contacto con Facundo el día de su desaparición.

Sobre el puesto policial en Origone, cabe recordar que la jueza Marrón ya rechazó tres veces el allanamiento. A pesar de los reiterados pedidos de la querella para que se preserve el lugar, tampoco dispuso ninguna medida cautelar que ordene la inalterabilidad del edificio y sus adyacencias.

Tal como vienen sosteniendo los fiscales y las querellas, la demora de estas diligencias atenta contra la posibilidad de encontrar elementos de pruebas valiosos para la investigación. La misma situación ocurre con los teléfonos celulares; esto último, incluso, ya fue corroborado en la causa: los informes realizados por DATIP sobre los celulares secuestrados a las y los policías que tuvieron contacto con Facundo el 30 de abril dan sobrada cuenta de los intentos por eliminar información del día de la desaparición y los días posteriores.

El fallo de la Cámara abre una nueva posibilidad para que la desaparición forzada seguida de muerte de Facundo Astudillo Castro se siga investigando. Coincida o no la jueza con la hipótesis de la parte acusadora.

Fuente: Andar.