Los asambleístas Miguel Ángel González y Miguel Argentino Pérez, fueron sometidos hoy y hasta el viernes a la etapa de juicio oral por la muerte del motociclista Walter Maulucci en Arroyo Verde. La Asamblea Ciudadana Ambiental de Gualeguaychú, se movilizó hasta la Cámara Federal de Paraná, para protestar ante el comienzo del debate por el cual se acusa a los dos vecinos por “homicidio culposo”.

Norma González es una de las asambleístas que se acercó hasta Paraná y en diálogo con FM de la Calle recordó los hechos que derivaron en esta instancia judicial. “Una noche antes de la marcha que hacemos todos los años en el mes de abril como protesta por la pastera, venía un señor del Uruguay en moto. Le pidieron por favor que no siguiera porque había una niebla cerrada y que fuera despacio. El señor no hizo caso. Cuando llegó al puesto de Gendarmería los gendarmes también le pidieron que no siguiera. El señor tampoco hizo caso. Cuando llegó a la altura de Arroyo Verde los que tenían que correr un acoplado habían dejado una pequeña punta hacia el costado de la ruta. Este señor, como no veía nada, se lo llevó por encima y se mató”.

Respecto de los imputados, González explicó que “esa noche en Arroyo Verde había más o menos 200 personas, colegios que estaban acampando, policías, un puesto de gendarmería. Uno de los señores que está enjuiciado hacía un ratito que había llegado. El otro estaba durmiendo en la casilla. Fueron enjuiciados injustamente, simplemente por el hecho de estar ahí”.

Foto: noalaspapeleras.com.ar

La Fiscalía General requirió a la titular del Juzgado Federal Nº2, Gabriela Marrón, la “inmediata prohibición” del vertido en la Ría de Bahía Blanca de los efluentes sólidos, gaseosos o líquidos, consecuencia del proceso industrial que las empresas del polo petroquímico y ABSA vierten a través de ductos y canales construidos y utilizados a tal fin o arroyos de uso público.

La presentación está firmada por el fiscal Alejandro Cantaro quien dialogó con Mauro Llaneza durante el programa En Eso Estamos explicando los alcances judiciales. El funcionario dijo que “primero, entendemos que es un delito -vertido de residuos tóxicos peligrosos- que está sancionado por una ley con consecuencias penales. Lo segundo, efectivamente en este vertido, desde el inicio hasta hoy, es porque la OPDS (quien controla el vertido del Polo Petroquímico en la Ría) trabaja en función de una resolución de la autoridad del agua que indica algunas medidas que son posibles de verter y nosotros lo que le estamos diciendo a la jueza es que la medición de estos estándares no deberían hacerse con esta resolución de la autoridad del agua que está creada para medir vertidos que son arrojados en aguas abiertas y este estuario claramente no es de aguas abierta”.

A su vez, Cantaro expreso que “lo cierto es que si son residuos tóxicos no debería dictarse una prohibición ahora sino que debería estar prohibido ya. Pero como está este juego donde hasta cierto nivel es posible verter entonces nosotros estamos diciendo que no es racional manejarse con ese estándar y acompañamos además a la jueza estudios en la causa. No nos olvidemos que esta es una denuncia hecha por pescadores artesanales, que ellos lo indicaban y se ha comprobado que varias especies tiene en el hígado, y lo que es mucho más peligroso en la musculatura residuos de metales pesados, lo que afecta a la salud pública, obviamente”.

Ojo por ojo, causa por causa

s_100065_6877_Coleffi_1rPor otro lado, recordamos que la Cámara Federal de Bahía Blanca, con el voto de Néstor Luis Montezanti y Pablo Candisano Mera, resolvió la semana pasada despedir al ex secretario de Ejecuciones Fiscales del Juzgado Federal Nº 1 Álvaro Coleffi. Fue a partir de una investigación donde está sospechado de difundir escuchas de la causa Suris que investiga delitos vinculados al narcotráfico. El ex funcionario fue citado para prestar declaración este miércoles 13.

Organizaciones de derechos humanos (HIJOS, APDH, entre otras) se movilizaron el martes para denunciar esta iniciativa judicial como una represalia hacia Coleffi, quien como juez subrogante fue el único que avanzó en las investigaciones sobre los partícipes civiles del terrorismo de Estado como Vicente Massot, el cura Aldo Vara o el secretario judicial Hugo Sierra.

Durante la entrevista, el fiscal Alejandro Cantaro, explicó al respecto que “esa causa la lleva el Juzgado. La Fiscalía no tiene delegado ni ha ofrecido ninguna prueba. De lo que surge de la causa hay una conexión muy cercana, muy íntima entre Álavaro Coleffi y Germán Sasso. En la causa se han acreditado más de un centenar de comunicaciones telefónicas. En ese mismo tiempo, en ocasión de una visita de Elisa Carrió buscando información “Coleffi la recibió con la presencia de Sasso”.

La Fiscalía General requirió a la titular del Juzgado Federal Nº2, Gabriela Marrón, la “inmediata prohibición” del vertido en la Ría de Bahía Blanca de los efluentes sólidos, gaseosos o líquidos, consecuencia del proceso industrial que las empresas del polo petroquímico y ABSA vierten a través de ductos y canales construidos y utilizados a tal fin o arroyos de uso público.

La presentación lleva la firma del fiscal Alejandro Cantaro y agrega documentación a la Causa 135623/2011 “MENINATO, Rolando (PBB Polisur S.A.) y otros s/ inf. Ley 24051” originada años atrás por pescadores artesanales de la localidad portuaria ante la disminución de peces en el estuario.

“Teniendo en cuenta por un lado la magnitud de los daños que podrían suscitarse a la población de la ciudad de Bahía Blanca -en particular a los vecinos de Ingeniero White y a las personas que trabajan en el ámbito del puerto e industrias radicadas en la zona de influencia inmediata-; como por el otro, la incertidumbre sobre las reales posibilidades de contaminación del producto de la pesca en la zona de la ría y consecuente contaminación de quienes de ello se alimentan, corresponderá se ordene judicialmente que se prohíba los vertidos que se reprochan como de sustancias prohibidas”, dice el Ministerio Público.

Previo a dicha prohibición, la Fiscalía solicita además “la convocatoria a una audiencia con las empresas denunciadas y los expertos que la jueza crea menester convocar, el Ministerio Público Fiscal y los representantes legales y técnicos de los querellantes, a fin que se establezca un inmediato plan de saneamiento de los vertidos con el control técnico que la jueza decida, bajo apercibimiento de ordenarse la clausura que se deja solicitada en primer término”.

A su vez, el Ministerio Público pretende realizar una pericia sobre el impacto de “las diversas acciones antrópicas, sobre la contaminación con residuos peligrosos en la Ría de Bahía Blanca, a través de la Cátedra de Sistemas Alimentarios de la Facultad de Agronomía de la UBA y la correspondiente toma de muestras a través de la Policía Federal Argentina”. Como el costo del trámite no puede ser asumido por la Procuración, la Corte ni la querella propone se concilie con los representantes técnicos y jurídicos de las empresas imputadas “los puntos de pericia” y se exija “el importe en dinero requerido para la realización de la pericia”.

Entre la documentación que da cuenta de la contaminación en la ría se incluyen informes de la Agencia Ambiental municipal, el Comité Técnico Ejecutivo, el Instituto Argentino de Oceanografía, el Organismo para el Desarrollo Sostenible provincial, el Consorcio de Gestión del Puerto además del Estudio de Tecnología Alimentaria de Mar del Plata realizado a pedido de la Cámara Unión Pesquera y Comercial de Ingeniero White, Puerto Rosales y Bahía Unión en 2009 y los resultados de Análisis Fisicoquímicos de Producto producidos por el Instituto de Análisis FARES TAIE, a pedido de ROUCOMAR S.R.L. de Ingeniero White.

“Para satisfacer necesidades humanas (y en algunos casos meramente necesidades comerciales) no se puede poner en riesgo a la vida y la salud de los seres humanos, sus bienes, y el medio ambiente. Ante el conflicto de valores, debe darse prevalencia a los esenciales, esto es, a los que -precisamente- ampara prioritariamente la Constitución Nacional”, agrega la presentación.

En sus apartados refiere también al “principio precautorio” entendiendo que “la sola probabilidad de que un acontecimiento configure una situación dañosa, activa este principio, que tiene como objetivo garantizar un nivel elevado de protección de la salud pública y el medio ambiente.

De este modo, el principio precautorio se transforma en uno de los puntales de mayor importancia en lo que respecta y se relaciona a la materia ambiental. (…) Los elementos informados por las distintas dependencias del Poder Ejecutivo Nacional, Provincial y Municipal -ante la carencia de estudios que permitan determinar exhaustivamente las condiciones de seguridad operativas-, resultan por lo pronto insuficientes para alejar las enormes preocupaciones y presunciones sobre los peligros que genera el vertido de los residuos tóxicos del proceso industrial que en el Polo Petroquímico se producen”.

También menciona el principio de prevención, “con el que se busca anticipar e impedir todo aquello que pueda generar un perjuicio ambiental, más allá de que algunas acciones ocurren irreversiblemente y amén que esas consecuencias se ocasionan en actividades humanas” y termina diferenciándolo del anterior en tanto que con el precautorio “hacemos referencia a un riesgo futuro, la prevención se inserta en el llamado riesgo actual”.

El martes 12 la Fiscalía invitó a organizaciones ambientales con el objetivo de informar sobre la presentación. El Dr. Horacio Romano, de la Asamblea Ambiental del Sur AUKAN, participó y comentó luego detalles del encuentro en diálogo con Mauro Llaneza durante el programa En Eso Estamos de la FM De la Calle.

Lucas Beier es abogado. Representa a la Asociación de Pescadores Artesanales que comenzó una causa judicial hace varios años. De esos hechos denunciados surge la presentación que hace 48 horas publicó el Ministerio Público Fiscal solicitando que “se deje de cometer el delito de arrojar sustancias tóxicas produciendo un peligro a la salud humana con la alteración del medio ambiente”.

El profesional dijo que “no solamente pedimos que se las condene por el delito cometido sino que en el ínterin se tomen medidas a fin de que dejen de cometer este delito, es decir, a fin de que dejen de contaminar”.

Finalmente, el letrado insistió en el hecho de que “una autorización reglamentaria no libera de responsabilidad penal ni de la civil a quien está cometiendo el delito”, haciendo referencia a la resolución de la Autoridad del Agua 336/03. En este sentido, Beier afirmó que “todo lo que se arroja en la ría queda acá, ya que no hay una depuración como en mar abierto donde el agua se renueva, por lo que esta autorización no debería ser aplicable. Por eso también estamos denunciando a funcionarios públicos también”.