La cooperativa del Frigorífico INCOB realizó una conferencia para presentar un proyecto de ley de condonación de deudas originadas durante la gestión del presidente destituido Enrique Garaggiola que hoy ponen en jaque 76 fuentes laborales. Participaron integrantes de organizaciones gremiales, políticas, del Concejo Deliberante y el autor de la iniciativa Guillermo Kane Cáceres.

“Hay que dar una señal política de apoyo a los trabajadores de INCOB condonando estas deudas con ARBA, con AFIP, que la provincia adelante esa plata y sigan las causas judiciales contra Garaggiola como vaciador, contra los funcionarios cómplices y que respondan con su patrimonio”, dijo a FM De la Calle el diputado del FIT-PO.

“La situación es bastante mala, no estamos teniendo la producción que teníamos hace unos meses atrás, poca faena, esta semana hubo un día en que no producimos, eso lleva a que los compañeros vengamos, hagamos reparaciones en la fábrica, tratamos de que la empresa no decaiga y resistiendo lo más que se puede”, dijo Orlando Acosta. María del Carmen Dauphin agregó que en los próximos días viajarán a La Plata a explicar la situación de la empresa en la Legislatura para sumar los votos necesarios para aprobar el proyecto.

“Nos interesa defender los puestos de trabajo”, aseguró Kane Cáceres y denunció que el de INCOB no es un caso aislado de vaciamiento. “Fue una gestión fraudulenta donde uno de los representantes votados por los trabajadores, Garaggiola, en connivencia con funcionarios del Estado que siguen las cuentas y los manejos de la cooperativa tuvo maniobras donde desvió fondos”.

“Esto ha llegado el año pasado a una situación crítica, los propios trabajadores en asamblea han depuesto a las autoridades que estaban realizando estas maniobras y se han ido encontrando con montañas de deudas, por ejemplo 9 millones de pesos con AFIP, deudas con ARBA, con servicios. Están tratando de regularizarlas pero significan una hipoteca a la posibilidad de que la empresa continúe trabajando”, comentó.

INCOB CARTELEl diputado destacó que el problema no es que el frigorífico sea inviable sino la estafa a sus integrantes. “Uno puede pensar que INCOB es una realidad relativamente acotada pero el golpe del tarifazo, de la inflación, de la recesión industrial sobre cualquier cantidad de empresas está replanteando el problema de cómo actuar frente al vaciamiento de las patronales”.

La concejala de Integración Ciudadana Mercedes Insausti afirmó que, tras reunirse con representantes de INCOB, “de todos los bloques salió la iniciativa de hacer un proyecto de resolución apoyando esta ley que en el curso de la semana será elaborado, tratado y votado, estimamos el próximo jueves”.

“En realidad es el apoyo de los ciudadanos al proyecto. Bahía Blanca tiene varios legisladores provinciales, tanto diputados como senadores, también es para que la Municipalidad se encargue de gestionar que esta ley salga y desde el punto de vista de las competencias que tenemos en el Concejo Deliberante entendemos que probablemente existan deudas municipales, que podemos darles una mano, una condonación, un plan de pago, una quita, para proteger los puestos de trabajo”, dijo el edil del FpV Ezequiel Gimeno.

Kane Cáceres recordó que “la gobernadora arrancó su gestión vetando todas las expropiaciones que habían sido votadas por la Legislatura y que tenía sobre la mesa (…) como una señal contra estos procesos de recuperación y de defensa de tratar de rearmar algún negocio privado”.

“El modelo que levanta el macrismo es el de Cresta Roja. Lo que les interesa es si se puede achicar el personal y el salario al punto de que con un nuevo comprador se rearme un negocio a costa de las condiciones laborales. En Cresta Roja los trabajadores tuvieron una reducción de un tercio del salario, varios centenares de ellos no han vuelto a la producción, han perdido la relación laboral de estabilidad, no se los reconoce como trabajadores del plantel y están a la expectativa de si lo contratan o no”, concluyó.

La Comisión por la Memoria (CPM) celebra el histórico fallo del Tribunal Federal N 1 de Córdoba en la Megacausa La Perla y alerta sobre la necesidad imperiosa de avanzar en el proceso de justicia por los crímenes cometidos durante la última dictadura militar. Las más de 20 mil personas reunidas afuera de los tribunales muestran que la bandera de verdad, justicia y memoria representa a todo el pueblo argentino. Sin embargo, las denuncias por demoras en los juicios y desidia en el desempeño de los jueces crecen en diferentes puntos del país. Sumado a esto, el reciente otorgamiento de la prisión domiciliaria a Miguel Etchecolatz en La Plata completa un cuadro de preocupación.

La lucha de los organismos de derechos humanos, los familiares de las víctimas, los sobrevivientes ha sido larga, difícil y persistente. Pero finalmente tuvo sus frutos: la bandera de verdad, justicia y memoria representa para la mayoría de los argentinos un reaseguro de la democracia, un pilar fundamental, un emblema en la construcción de una sociedad más justa. El fallo reciente en la denominada Megacausa La Perla es histórico. Fueron 28 condenas a cadena perpetua que incluyen, entre otras, al ex jefe del Tercer Cuerpo del Ejército Luciano Benjamín Menéndez (quien por primera vez fue condenado por robo de bebés) y a Ernesto Barreiro, que recibió su primera condena por crímenes de lesa humanidad.

Afuera de los tribunales hubo alrededor de 20 mil personas acompañando la lectura de la sentencia. Un escenario que prueba ese sentir mayoritario de rechazo a la última dictadura y los crímenes cometidos por el terrorismo de estado, y que constituye un piso incuestionable de nuestra democracia. Muestras de lo mismo han sido también los repudios generalizados a los múltiples intentos por cuestionar la emblemática cifra de 30 mil desaparecidos o las movilizaciones por el otorgamiento de la prisión domiciliaria a Miguel Echecolatz en La Plata.

En este misma línea, la CPM celebra también el inicio del juicio conocido como Megacausa III en Santiago del Estero, que vuelve a poner en debate las responsabilidades en crímenes de lesa humanidad del ex jefe de la policía provincial, Antonio Musa Azar, entre otros, y que juzgará por primera vez el desempeño de dos magistrados durante la última dictadura militar. Desde la CPM, se han aportado a la causa documentos probatorios claves pertenecientes al archivo de la Dirección de Inteligencia de la policía de la provincia de Buenos Aires (DIPPBA).

Para no frenar este proceso no solamente es necesario que el Estado promueva políticas activas que permitan crear las condiciones para el avance de los juicios aún pendientes de ejecución, sino que la justicia también asuma este compromiso y vele por el efectivo cumplimiento de las condenas enviando a los responsables del genocidio a cumplir sus condenas en cárceles comunes.

Las decisiones conocidas en los últimos días que otorgaron el beneficio de la prisión domiciliaria al genocida Miguel Etchecolatz constituyen una afrenta al reclamo de verdad, justicia y memoria, pero además hieren en un profundo sentido las expectativas del conjunto de la sociedad argentina por sacar definitivamente del plano de la impunidad a los responsables de los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura.
En este mismo sentido, resulta imperioso que el Estado Nacional y la justicia atiendan los reclamos que en todas partes del país denuncian demoras y complicaciones en múltiples juicios. En la provincia de Buenos Aires algunos casos puntuales dan cuenta de esta situación. En La Plata se aplazó ya dos veces el inicio del juicio por los crímenes cometidos por la Concertación Nacional Universitaria (CNU) y en San Nicolás el juicio por el asesinato del obispo Ponce de León, que iba a empezar en abril, se pospuso tres veces. En los tribunales de San Martín suman 16 los juicios orales en lista de espera y todavía no hay fecha para el inicio de las audiencias en La Plata por la causa Pozo de Quilmes, elevada a juicio en junio de 2015.

En este contexto, la sentencia de ayer por la Megacausa La Perla es un impulso, un hito que señala el camino que todos esperamos: verdad, justicia y memoria. El Estado y la justicia no pueden eludir la responsabilidad histórica que les toca en este sentido.

Desalentar, desde cualquier perspectiva, este proceso, sería desconocer las expectativas de la sociedad que comprendió que los crímenes de lesa humanidad cometidos durante la última dictadura militar fueron en contra de todo el pueblo argentino y que, por lo tanto, su reparación efectiva y absoluta mediante la administración de justicia es condición fundamental para la construcción de una patria realmente democrática e igualitaria.

(Por Alfredo Grande) No tengo el disgusto de conocer a Héctor Aguer. Y habiendo tantos motivos para pasarla mal, no creo que lo incorpore en la lista. Héctor, el mítico héroe que defendió el honor de Troya, siendo vencido por el legendario Aquiles, no le cabe como nombre al inquisidor sexual. Pero me alegra que lo haya dicho. Porque Héctor se ubica en ese lugar donde nadie quiere estar. En lo fundante de la cultura represora.

Héctor ha producido, bien que le pese, el más formidable analizador para entender, incluso a honestos creyentes, que es el fundamento de la cultura represora: el exterminio del placer. Corporal sin duda, pero no solamente. Los anatemas sobre libros, la censura y represión de ideas, haber liderado todas las noches oscuras de la historia, indican que el placer mental, intelectual, espiritual, también debe ser castigado.

“En la cultura represora,

las sorpresas que te da la vida

son siempre indignantes”

(Aforismo implicado A. G.)

Héctor sabe, y quizá lo haya sufrido, pero con seguridad lo hace sufrir, que el placer puede generar dependencia, pero nunca sometimiento. Que el placer cuando genera dependencia, abre el camino a la autonomía y a la libertad.

El sometimiento por el contrario, avala el destino de todas las formas de la esclavitud. Héctor nos ahorra el tiempo perdido en el remanido “¿Qué habrá querido decir?”. Muy alejado de los laberintos semióticos de Carta Abierta, lo de Héctor es una carta, patética, pero carta al fin, que de tan abierta se le puede entrar por cualquier lado.

Héctor ha unido -no es el único, pero quizá como uno de los últimos jerarcas desnudos- la fornicación con la mortificación. Porque no puede ir lo uno sin lo otro. En una canallada cuasi sacramental, cuestiona la entrega de preservativos. Calcula el uso dado, y quizá, y hasta allá llega su sinceridad, imagine aquellos puertos en los cuales los preservativos amarran las cajas y los plásticos.

Si lo aterra que se coja (sic) 1 atléticamente, quizá prefiera que se coja (sic) 2 en forma profesional. Podría haber echado algún rayo y centella contra el delito de lesa sexualidad que es el abuso sexual de niñas y niños, la prostitución a escala industrial que algunos llaman “la trata”, y ya que no estamos, la pedofilia. Puedo acercarle info chequeada sobre el caso Pacheco Melo. Se lo pido a ENRED Mar del Plata, y en minutos le llega.

La fornicación la confunde con una fábrica de humanoides, despojados de deseo y de vergüenza. Vergüenza por desear. Incluso a la propia mujer, además de la del prójimo. Algo así como un fordismo sexual. Pero en su brutal necedad, les da a los hijos la misión imposible de reprimir la sexualidad de la madre y el padre. O sea: aunque pagues el peaje, la barrera del placer sigue baja.

La molestia del “petting” (sic) 3 es por hacerlo en lugares públicos. Héctor seguramente prefiere la cruel práctica de la pedofilia, siempre realizada en lugares privados. Bueno, clandestinos. Que no es lo mismo y que no es igual. La pacatería y cinismo de Héctor lo lleva a una cruzada anti concepción. La sabia naturaleza nada sabe de las burradas de Héctor. Y por suerte para todos, porque en otro diluvio universal ya no salvaría ni siquiera a dos por cada especie.

Además, por cosas menos graves que las que dijo Héctor, algunos filósofos fueron quemados vivos.

Horrorizado por la adopción de niños por parejas no heterosexuales, confunde amor con género. Quizá nada sepa de ambas cosas. El embarazo no deseado, o sea, el embarazo por mandato, el embarazo como castigo, el embarazo como freno al desenfreno y a la lujuria, el embarazo como marca del hierro candente de la monogamia, necesita método anticonceptivos totalmente inútiles.

Héctor, por favor. La naturaleza nada tiene que ver con los ciclos de fertilidad de una mujer. La mujer no es un mamífero. No es la hembra de una especie de primate superior. La mujer, como el varón, son cultura. A veces liberadora, a veces, y gracias a personas como vos, represora. Pero nada tiene que ver la naturaleza en esto. Ni en esto ni en el estro. El deseo sexual es independiente de la potencia reproductiva.

No creo que tu ignorancia sea tal. Me inclino a pensar en un mecanismo de pensamiento perverso, capturado por lo peor de dios y lo mejor del diablo, que busca todo tipo de cruel alquimia que despoje al humano de su capacidad de placer. No solamente fusionándola con la culpa, terrible constructo represor en el cual participaron todos los príncipes y patriarcas de todas las iglesias, sino exterminando de raíz el irresoluble problema que los gerentes del placer y la sexualidad no hay podido resolver

“A Dios rogando

y con el diablo fornicando”

(Aforismo implicado A. G.)

Y en la repugnancia de tus palabras, asocio con el anatema que colgué hace años sobre la testa de Won Wernich, capellán torturador: cerdo de dios. Te cabe como preservativo hecho a medida.

Preocúpate más por hambre de tus ovejas, ya que no hay buen pastor que se ocupe de encontrarlas y cuidarlas.

Gracias a compañeros como Ruben Dri, Gerardo Duré, Rafael Villegas, Carlitos Cajade, Eduardo Pimentel, y tantos otros y otras, entendí que otra religión no sólo es posible, sino que también es necesaria.

En el fundante de todas las libertades está la libertad sexual. Libertad para el placer. Libertad para todos los placeres. No hay peajes, ni corrales, ni murallas que frenen el deseo. La vida, esa que merece ser vivida, no la tuya Héctor, siempre se abrirá paso. Por eso te cuento lo que dije en una de las reuniones del Seminario de Formación Teológica: “la fe es otro de los nombres del deseo”.

Por favor, Héctor. Por tu incurable sexofobia, no invoques este aforismo implicado: será en vano.

Pero te dedico versos de Silvio Rodríguez, asumiendo que nada de él conocés y menos practicás.

ojalá se te acabe la mirada constante
la palabra precisa, la sonrisa perfecta
ojalá pase algo que te borre de pronto
una luz cegadora, un disparo de nieve
ojalá por lo menos que me lleve la muerte
para no verte tanto, para no verte siempre
en todos los segundos, en todas las visiones
ojalá que no pueda tocarte ni en canciones

(1) Textual obispo Héctor Aguer

(2) Textual obispo Héctor Aguer

(3) Textual obispo Héctor Aguer

Con 38 condenas, 28 de las cuales fueron a prisión perpetua, y cinco absoluciones concluyó hoy en Córdoba uno de los juicios más grandes de la historia judicial argentina, que abordó las responsabilidades en los crímenes perpetrados contra 711 víctimas por 43 -la cifra fue mayor, pero son los que llegaron al final del juicio- ex militares, policías y civiles de inteligencia en delitos del terrorismo de Estado antes y después del golpe del 24 de marzo de 1976, con epicentro en los centros clandestinos de detención “La Perla” y “Campo La Ribera”.

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal N°1 de Córdoba, en la voz de su presidente, Jaime Díaz Gravier, dio a conocer cerca del mediodía el veredicto de un extenso debate que llevó tres años y nueve meses de trabajo y que culminó al cabo de 353 audiencias.

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Secundado por sus colegas  Julián Falcucci y José Quiroga Uriburu, Díaz Gravier leyó los 97 puntos del resolutorio, que, además de las condenas a perpetua y las absoluciones, incluyó penas de entre dos años y medio y 21 años de prisión para diez de los acusados.  La lectura fue seguida por atención tanto dentro como fuera de la sala de audiencias, en el marco de una expectativa nacional: una multitud se congregó en las puertas de los tribunales federales de Córdoba para escuchar los pormenores de la sentencia, que fue seguida a través de Internet -entre otros lugares- en el auditorio del Espacio para la Memoria y los Derechos Humanos de la Ex ESMA, en Buenos Aires.

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El Tribunal, que dará a conocer los fundamentos de la decisión el 25 de octubre próximo, dispuso penas de prisión perpetua para el ex comandante del III Cuerpo del Ejército, Luciano Benjamín Menéndez -quien sumó hoy su decimocuarta condena por crímenes de lesa humanidad- y para los miembros del Estado Mayor de la IV Brigada de Infantería Aerotransportada, su jefe y segundo comandante -en distintos períodos-, Luis Santiago Martella; el jefe de Asuntos civiles (G-5), Jorge González Navarro; el jefe de Operaciones (G-3), Jorge Eduardo Gorleri; y el jefe de Inteligencia (G-2), Héctor Hugo Chilo.

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La misma pena fue aplicada a los ex jefes del Grupo de Operaciones Especiales del Destacamento de Inteligencia 141, Luis Gustavo Diedrichs y Héctor Pedro Vergés; el ex jefe de la Primera Sección Ejecución y jefe de interrogadores del Grupo de Operaciones Especiales, Guillermo Enrique Barreiro; para los ex integrantes de la Sección Actividades Especiales de Inteligencia, Carlos Enrique Villanueva y José Hugo Herrera; el ex sargento Juan Eusebio Vega; el ex miembro de la Primera Sección Ejecución, Oreste Valentín Padován; el sindicado jefe de los operativos de secuestro, Jorge Exequiel Acosta; el integrante de uno de los grupos operativos, Carlos Alberto Díaz; y los civiles de Inteligencia Emilio Morard, Ricardo Alberto Ramón Lardone, Arnoldo José López y Héctor Raúl Romero.

Los jueces también coincidieron con la Fiscalía en la aplicación de la pena de prisión perpetua para el ex subcomisario del Departamento de Informaciones policiales (D2) Yamil Jabour; el jefe de la Brigada Antisubversiva N°2, Carlos Alfredo Yanicelli; los ex policías del D2 Juan Eduardo Ramón Molina, Marcelo Luna, Eduardo Grandi, Alberto Luis Lucero, Calixto Luis Flores, Miguel Ángel Gómez, Herminio Jesús Antón y Mirta Graciela Antón.

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Los civiles de inteligencia, José Luis Yañez y Enrique Alfredo Maffei recibieron 20 y 21 años de prisión, respectivamente; el policía del D2, Antonio Reginaldo Castro, 8 años de prisión, y el cabo 1ero del Liceo Militar General Paz, Miguel Ángel Lemoine, 5 años de prisión, al igual que el militar Wenceslao Claro. En tanto, el ex policía del D2 Raúl Alejandro Contrera fue condenado a 8 años de prisión, mientras que su colega Rubén Osvaldo Broco recibió tres años de prisión e inmediatamente obtuvo la libertad por haber cumplido la pena. El ex militar Carlos Edgardo Monti, en tanto, fue condenado a dos años y medio de prisión.

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El ex jefe de la Sección Comando y Servicio o Logística del Destacamento de Inteligencia 141, José Andrés Tófalo, fue condenado a 14 años de prisión, mientras que el ex subjefe y luego jefe de la Policía provincial, Alberto Luis Choux, recibió 11 años de prisión. Para ambos la Fiscalía había requerido la pena de prisión perpetua.

Fueron finalmente absueltos los ex policías del D2 Juan Carlos Cerutti, Francisco José Melfi y Antonio Filiz, sobre quienes pesaba una acusación fiscal para que se los condenara a prisión perpetua; José Idelfonso Vélez, para quien los fiscales habían pedido 17 años de prisión; y el ex militar Ángel Osvaldo Corvalán, para quien se había reclamado una pena de tres años de prisión.

Fuente: fiscales.gob.ar

Imágenes de los colectivos: Mucho Palo Noticias – ECOS Córdoba – Zumba La Turba – Fotografía de Prensa – en la transmisión inclusiva de la Red Nacional de Medios Alternativos 

Antonio Castaño solicitó la indagatoria al empresario Lázaro Báez en el marco de una causa en la que está imputado por asociación ilícita fiscal y en la cual se confeccionaban facturas apocrifas para evadir impuestos. El pedido se extiende a su hijo Martín, ya procesado por lavado de dinero por el juez Sebastián Casanello.

Así lo consignaron a Télam fuentes judiciales, quienes precisaron que el fiscal también pidió la declaración indagatoria de los empresarios bahienses Mauro, Franco, Enzo y Silvio Ficcadenti; de Denis, Jorge y Franco Ferreyra; y de Rogelio Chanquía.

El ex titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, negó en la misma causa que el cierre de las oficinas locales del organismo tuviera que ver con una supuesta intención de bloquear la investigación por la emisión de facturas apócrifas.

Para el Ministerio Público Fiscal y por las maniobras realizadas, Austral Construcciones logró obtener ganancias por más de 20 millones de pesos, según consta en el expediente.

El requerimiento solicitado por Castaño y que fue dado a conocer hoy, fue efectuado en los últimos días ante la Justicia Federal de Bahía Blanca, que deberá definir los pasos a seguir. Recordemos que se encuentran vacantes los dos juzgados federales, con lo cual ambos son subrogados por la jueza federal de Viedma, Mirta Filippuzzi.

Fuentes judiciales señalaron que, “además de Lázaro y Martín Báez, quienes integraban Austral Construcciones, figuran los Ficcadenti, quienes tenían el Gupo Calvento, Penta y Terrafari, y los Ferreyra quienes estaban a cargo de la firma Constructora Patagónica, en tanto que Chanquía se desempeñaba como contador”.

Según la investigación, en muchos de los casos, las empresas locales Calvento y Penta eran proveedoras falsas de Constructora Patagónica, una empresa que luego le facturaba servicios falsos a Austral Construcciones.

En su dictamen, Castaño señaló a Bahía Blanca como “punto estratégico del entramado del grupo Báez, sin perjuicio de las relaciones con otras estructuras en el país y en el exterior”. “Este bloque fue pergeñado en nuestra región y, con la connivencia de funcionarios de la AFIP-DGI, se posibilitó la perpetración de ilícitos fiscales”, expresó el fiscal en su resolución.

Indicó que “se desprende de lo analizado hasta el momento que durante un tiempo prolongado, al menos desde el 2011, funcionó la presente asociación ilícita que principalmente se autoabastecía generando un riesgo potencial la maniobra reprochacha”.

“Estamos frente a un delito de peligro, que hace a que, si bien se encuentran cuantificando las deudas en cabeza de los obligados de autos, es relevante sostener que la organización favorece la generación de créditos fiscales falsos, utilizables no sólo por los integrantes de los grupos interrelacionados”, expresó en el escrito.

Por otro lado, el fiscal sostuvo que, “apoyándose en la estructura jurídica de Austral Construcciones SA, el Grupo Báez con formado por Lázaro y Martín Báez, secundados por sus apoyos técnicos, diseñaron un entramado societario con diferentes actores a los efectos de beneficiarse con dinero ilícito, en la mayoría proveniente de la obra pública, generando costos falsos, y atemperando deudas fiscales”.

Para eso, “se valieron de entre otras personas como los grupos constituidos por las familias Ficcadenti, Ferreyra, Pedraza, entre otros”.

Además, el fiscal remarcó que, de acuerdo con informes de la AFIP, “Calvento y Penta eran proveedores falsos de Constructora, quien luego le facturaba los servicios a Austral Construcciones Sociedad Anónima”.

“A partir de ser falsos los costos de Constructora Patagónica, como mínimo en lo atinente al grupo Penta y Calvento, se colige que le estaría sobrefacturando costos a Austral Construcciones SA para permitir la salida de dinero contable, además de evadir el IVA y las ganancias”.

En este marco, Castaño afirmó que, “gracias a la maniobra de esta asociación ilícita fiscal, al menos 20 millones del costo de Austral son falsos”.

Fuente: Télam.

La megacausa “La Perla – Campo La Ribera” llegará a su fin este jueves cuando el tribunal oral lea la sentencia sobre la responsabilidad de 43 acusados por crímenes de lesa humanidad padecidos por 711 víctimas en la jurisdicción del III Cuerpo del Ejército.

“El impacto en esta provincia fue enorme porque hay una Córdoba antes y después de La Perla. Creo que en este juicio vamos a tratar de enterrar a esa Córdoba conservadora, reaccionaria, que siempre fue en la historia, y tratar de poner algo de aquella Córdoba rebelde, revolucionaria, de la Reforma, del Cordobazo y de la lucha de los pueblos por su emancipación”, dijo ayer a FM De la Calle Emiliano Salguero de la agrupación H.I.J.O.S.

El debate comenzó el 4 de diciembre de 2012 y ventiló crímenes ocurridos entre 1975 y 1978. Inicialmente eran 57 los imputados pero catorce se beneficiaron con la impunidad biológica. Para Salguero, más allá de las intenciones del gobierno de cerrar los juicios, existe “voluntad política del pueblo” para ir por más Memoria, Verdad y Justicia.

-¿Con qué expectativa esperan la sentencia?

Casi cuatro años de audiencia de juicio oral, casi un año entero de audiencias si se hubiesen realizado todos los días, 365 audiencias. Lo cual implica que este juicio se ha trasformado en el juicio más largo de la historia jurídica de nuestro país. Con mucha expectativa pero también sabiendo que más allá de la intencionalidad de algunos sectores que siguen reivindicando al terrorismo de Estado, la sociedad argentina se niega a convivir con impunidad.

La Perla es el centro clandestino más grande del interior del país por el cual, según investigaciones que hemos realizado, pasaron más de 2500 personas, muchas de ellas, la gran mayoría, fueron desaparecidas y los cuerpos todavía no están identificados, no hemos encontrado los restos de los compañeros. Un juicio que además habla de lo más oscuro del terrorismo de Estado porque, a diferencia de otros lugares, acá en Córdoba la centralidad que tuvo la represión, La Perla fue el último destino de los compañeros secuestrados y torturados que fueron paseados por distintos centros clandestinos, cárceles y comisarías, todo el circuito represivo de la región del NOA, todo lo que era el área del III Cuerpo de Ejército, que son más de diez provincias, culminaba en La Perla, de la cual se sabía muy poco.

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Este juicio ha permitido ventilar, poder dar cuenta de un montón de situaciones que los familiares de las víctimas no conocían. Estamos hablando de un juicio que tiene 715 víctimas de las cuales 261 están desaparecidas, 48 de ellas asesinadas, o sea que tenemos los cuerpos, 8 identificadas, había una situación muy oscura y muy poco conocimiento de qué pasó con nuestros compañeros y además muestra a las claras cómo la represión no discriminó por ideología ni por condición social ni por edades porque en La Perla se concentró a todos los grupos sociales y culturales, desde grupos de testigos de Jehová hasta militantes revolucionarios, sindicalistas, militantes peronistas y radicales y dan cuenta de que la represión, el genocidio, más allá de las diferencias que tuvieran esos sectores en ese momento, no hizo diferencias cuando entendió que había que destruir el proyecto de trasformación de esa generación.

En este juicio se dio cuenta de la historia de vida de cada uno de estos compañeros y creo que lo más importante fue la posibilidad de que muchos sobrevivientes, que fueron demonizados como traidores por haber vivido después de la dictadura, por haber sobrevivido, porque fueron los que se “salvaron” y porque cuentan cosas dolorosas o también porque cuentan la experiencia de militancia. Esta sociedad nos escucha a nosotros los Hijos, a las Madres, a las Abuelas, pero les cuesta escuchar a los sobrevivientes.

Telam Córdoba 12/04/2014 En la audiencia 125 del mega juicio por delitos de lesa humanidad cometidos en La Perla y en el campo La Ribera, se incorporan 5 nuevas causas y 11 imputados nuevos 12/04/2014 foto Irma Montiel

En ese sentido este juicio no ha sido menor porque hoy la sociedad de Córdoba y creo de Argentina y el mundo van a estar presentes mirando y escuchando no solo la condena a los genocidas, que esperamos que sean a cadena perpetua común y efectiva, sino también el tema de la historia de los testimonios, de su importancia y de la historia de nuestro país, de las cosas que se quisieron ocultar. Porque este juicio también permitió ventilar la complicidad civil, por ejemplo de cómo Menéndez y sus secuaces se robaron la empresa Mackentor y secuestraron a sus empresarios. De la complicidad civil a través de los jueces que sabían lo que estaba pasando y no hicieron nada. De la Iglesia, acá teníamos al jefe de la Iglesia argentina que era Primatesta y tenía muchísimo contacto con estos campos de concentración que no es solo La Perla sino que en este juicio también está La Ribera que pertenece a la policía, hay imputados de otros centros clandestinos también. Da cuenta de toda una serie de historias y situaciones de impunidad con la que aún convivimos, que la pudimos escuchar, la pudimos ver, pudimos acercarnos un poquito más de verdad.

-Respecto de los compañeros y compañeras que continúan desaparecidos, en un momento el juicio también tuvo mucho impacto en la prensa a partir de la puesta en escena del Nabo Barreiro diciendo que aportaba datos sobre dónde habían sido escondidos, enterrados, pero a su vez el Equipo Argentino de Antropología Forense estaba trabajando allí. ¿Sirvió para algo lo que dijo Barreiro o fue una puesta en escena?

No, eso fue una opereta del Nabo Barreiro. Barreiro fue uno de los jefes de La Perla. Fue el jefe de torturadores, del grupo de tareas que estaba a cargo de la tortura. Además fue el responsable del levantamiento carapintada en el año 87, se lo cita a declarar, él se niega y promueven este levantamiento y termina siendo sacado del cuartel, cuando estaban acuartelados, en el baúl del auto de monseñor Primatesta.

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Y este mismo Nabo Barreiro es el que una vez que el EAAF había encontrado restos en hornos, porque entendemos que fueron depositados restos triturados de desaparecidos por segunda vez, o sea, habían sido depositados en un lugar y luego para hacer desparecer los rastros fueron depositados de nuevo en unos hornos viejos de cal, y el EAAF había encontrado el resto de cuatro compañeros que habían sido identificados y Barreiro dijo que iba a decir dónde había más hornos y fue toda una cuestión para estar en los medios. Lo que nos llamó mucho la atención fue cómo los medios masivos de comunicación se prendieron a esto pero no le dieron la misma importancia a los restos que habían sido encontrados en ese lugar antes. Él no aportó ningún tipo de datos de significación, no nos sirvió ni siquiera para la identificación de los restos de estos compañeros.

Atrás estaba la negociación de lo que se llama la reconciliación con el perdón, algo que entendemos que sectores que tienen que ver con el gobierno actual, el gobierno nacional, quieren promover. Esto de ley de reconciliación o un similar a la ley de amnistía como en Uruguay.

-Página/12 difundió una especie de medio de comunicación que se crearon los autodenominados presos políticos, los terroristas de Estado que están siendo investigados o enjuiciados, son tipos muy activos, ¿qué saben de ellos en la actualidad, en el contexto político que ha cambiado, con las domiciliarias y los riesgos que eso representa para la sociedad y para ustedes como familiares, como sobrevivientes?

Sabemos que estos grupos siempre se han movido. También en la época en que el gobierno nacional era comprometido con los juicios de lesa humanidad, con el gobierno de Cristina y de Néstor, ellos también han tenido este tipo de actuación. Igualmente el tema de las prisiones domiciliarias. Estamos hablando que una cosa es la voluntad del gobierno, que en este caso es un gobierno adverso a la posibilidad de profundizar la investigación sobre los delitos de lesa humanidad, sobre todo con el tema de los cómplices civiles. En Bahía Blanca tenemos a Massot, ustedes saben más que nosotros todo lo que ha pasado ahí. Pero también te puedo decir que hay un estado que es reticente o no, hablo del poder judicial, de las fuerzas armadas, de los distintos estamentos, que es reticente a las decisiones o políticas de un gobierno. En este caso creo que también hay una voluntad política del pueblo.

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Creo que más allá de quienes votaron a Macri o quienes no votaron a Macri, por lo menos en Córdoba que es la provincia que lamentablemente le dio el triunfo, una provincia que va a mostrar que tiene muy claro que quiere juicio y castigo a los genocidas y que no se prende a la discusión de la teoría de los dos demonios que quieren plantear estos grupos para facilitar la impunidad de los secuestradores, de los ladrones de niños, no se los juzga por sus ideas, se los juzga por sus acciones delictivas, porque utilizaron el Estado para realizarlas, por eso hablamos de terrorismo de Estado, y se los juzga con todas las condiciones que no se le dieron a ninguno de los desaparecidos.

Cuando hablamos de terrorismo de Estado creo que el pueblo de Córdoba va a mostrar que comparte esta idea que tenemos los organismos que tiene que ver con que nuevas generaciones se comprometen con la memoria, la verdad y la justicia y que tarde o temprano volveremos a la carga con el juicio y castigo en todo el país.

-¿Qué impacto tuvo en la provincia el desarrollo del juicio?

Yo te diría que el impacto en esta provincia fue enorme porque hay una Córdoba antes y después de La Perla. Creo que en este juicio vamos a tratar de enterrar a esa Córdoba conservadora, reaccionaria, que siempre fue en la historia, y tratar de poner algo de aquella Córdoba rebelde, revolucionaria, de la Reforma, del Cordobazo y de la lucha de los pueblos por su emancipación. Creo que Córdoba ha sido muy afectada por el terrorismo de Estado, fue una de las provincias junto a Tucumán más afectadas del interior, miles de obreros fueron llevados a las mazmorras de los campos de concentración, estudiantes. Córdoba era rebelde, era la Córdoba de Agustín Tosco, de Atilio López, la mayoría de los dirigentes revolucionarios se formaron acá y en ese sentido hay una Córdoba que va a sentir un cimbronazo con esta sentencia.

Mañana (por hoy) va a ser una contraCórdoba, va a estar todo el pueblo porque no sabés la cantidad de gente que a lo mejor no puede ir porque lamentablemente no conseguimos el asueto administrativo, o porque los chicos tienen que ir a clases, estamos hablando de un día laborable, pero han mostrado cartelitos diciendo “Yo quiero juicio y castigo”, “Yo voy a la sentencia”. Esto nos ha trascendido a nosotros como víctimas y a las organizaciones sociales que están organizando la espera de la lectura de la sentencia.

(Por ¿Quién te juna?*) En Argentina, respetar la identidad de género es una obligación establecida por el artículo 12 de la Ley 26.743, el cual está dedicado al trato digno de las personas. Establece que “deberá respetarse la identidad de género adoptada por las personas, en especial por niñas, niños y adolescentes que utilicen un nombre de pila distinto al consignado en su documento nacional de identidad”, tanto en el ámbito público como el privado.

Si bien la lucha por los derechos ha avanzado a pasos agigantados desde la proclamada ley del matrimonio igualitario hace ya casi seis años, la pelea no termina; quedan muchísimas cosas por hacer.

Tal es el caso de la Ley de cupo laboral trans, que estipula que “el sector público debe ocupar, en una proporción no inferior al 1% de la totalidad de su personal, a personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo”, incluyendo “el personal de planta permanente, temporaria, transitoria y/o personal contratado cualquiera sea la modalidad de contratación”. Además, se debe “establecer reservas de puestos de trabajo a ser exclusivamente ocupados por ellas, con el fin de promover la igualdad real de oportunidades en el empleo público”.

La promotora de esta ley, Diana Sacayán, era tucumana, lideraba la Asociación Internacional de Lesbianas, Gays y Bisexuales (ILGA), y era dirigente del Movimiento Antidiscriminatorio de Liberación (MAL), y en 2012 recibió el DNI con su identidad autopercibida. Trabajó en el programa de diversidad sexual del INADI y colaboró en el suplemento Soy de Página/12 y en la revista El Teje. También fue gestora de las leyes de Matrimonio Igualitario y de Identidad de Género.

“Diana era una luchadora por todos los derechos humanos, ella luchaba mucho por la diversidad, por las cuestiones de los derechos de las travestis, pero también por los derechos de los que menos tienen aquí en nuestro país”, nos cuenta Paula Lorenzo en comunicación telefónica. Paula forma parte de la comisión de familiares y compañerxs que piden justicia por Diana Sacayán y que reclaman “por su brutal travesticidio”.

“Estamos pidiendo justicia porque se asesinó a una referente social, y también para poner en claro cuál es la situación de las personas travestis en Argentina. Ella misma [Diana] denunció mucho el asesinato, cómo eran las vidas y cómo eran las muertes de las travestis. Para que cambie un poco la cosa, tenemos que luchar por justicia. Es un caso muy emblemático”.

Paula nos habló sobre las actividades que realiza la comisión: “Organizamos la primera marcha contra los travesticidios, justamente para decir y poner en primer lugar las vidas de las personas travestis. Porque si bien tenemos la ley de identidad, todavía sufren muchísimas discriminaciones en instituciones como los hospitales, las escuelas”. Y afirma que todavía falta un trabajo muy grande por hacer. En las escuelas aún no se habla de educación sexual. “Expulsan a las personas que tienen otra identidad de género”, comentó Lorenzo.

Por su parte, Nicole Pietrangelo, integrante de la Colectiva Feminista y de Watu Corriente Comunista, opina que hay limitaciones en la Ley de cupo laboral trans.


“Partir del 1% del cupo de la ley laboral trans –agrega Pietrangelo–, ya está marcando un límite más que importante. Me parece que más allá de lo que diga o no un papel, hay que partir de una realidad en la que estamos inmersxs, que tiene que ver con el estado real de la economía en este país y, concretamente, en los municipios. Para nadie es una novedad que Bahía Blanca es una de las ciudades con mayor desocupación; históricamente lo ha sido en los momentos más críticos; y por otra parte, a medida que avanza, a los sectores más marginados, más vulnerados, más puertas se les cierra”.

“A mí no me alcanza con una ley –afirma de manera contundente–. Que partan del reconocimiento de que nuestra expectativa de vida es de 35 años. La gran mayoría de las travestis tienen muy bajo nivel de escolaridad, y en muchísimos casos analfabetismo (o semianalfabetismo). Lo que no debería ser un destino, para muchas compañeras se ha convertido en un destino, que es la prostitución”. Esto, según Pietrangelo, se debe a que no les han brindado la oportunidad de capacitarse para tener otra salida laboral.

Nicole considera que no se toma en cuenta las diferentes realidades de las provincias, ciudades, o pueblos. Y que “no es la misma situación para una chica que recién está empezando, que para una que ya lleva muchísimos años, que para una que se ha prostituido (que son la gran mayoría), que para una que no. Esa supuesta integración de 1% en el cupo laboral de planta, esperando que sea permanente y no en negro, no deja de ser una pequeña medida. Es la falsa integración”.

“Te damos trabajo, pero no resolvemos las cuestiones de fondo, no resolvemos con perspectiva, no tenemos proyecto a largo plazo”, establece la integrante de la Colectiva Feminista. Finalmente, insiste que “como parte del pueblo, no alcanza con leyes, no alcanza con supuestas voluntades discursivas, y hasta que no tomemos las decisiones que nos competen en nuestras manos, podemos esperar pequeños parches, pero la bicicleta no se va a arreglar”.

*¿Quién te juna? se emite los miércoles a las 21 por FM De la Calle 87.9Mhz.

La diputada socialista Gabriela Troiano participó de la segunda jornada sobre campos electromagnéticos organizada por Salud Ambiental Bahía Blanca y dijo a FM De la Calle que “harían falta más antenas, con lo cual se necesitaría más inversión. (…) Se puede si tenés la intención de preservar la salud, ahora, si considerás a la salud de las personas como una variable económica más ahí está el problema”.

Troiano impulsa un proyecto de ley para regular la instalación de antenas de telefonía celular, presentado años atrás por el ex diputado santafecino Antonio Riestra (UP), que fue actualizado con “valores establecidos mundialmente”. La iniciativa se encuentra en la Comisión de Medio Ambiente mientras otra sobre la misma temática se debate en Telecomunicaciones.

“Evidentemente hay actores importantes, de peso económico, como son las compañías telefónicas que ya en el gobierno anterior se venían planteando, con las organizaciones Salud Ambiental como con Aletheia por la Vida estuvimos trabajando para tratar de plantear que se modifiquen las soluciones del Ministerio de Salud en cuanto a los límites de las potencias establecidas”, aseguró la legisladora.

Agregó que “eso es lo más importante del proyecto de ley, las potencias de las antenas que están establecidas, reguladas y aceptadas datan del año 88 y ya en 2011 la Organización Mundial de la Salud categorizó a las radiofrecuencias como probables cancerígenas. En virtud de eso muchos países del mundo, fundamentalmente los europeos pero también Chile, han bajado aproximadamente entre cien y mil veces la potencia”.

“El gobierno está impulsando la instalación en los edificios públicos pero el año pasado había una ley de (Mario) Oporto que logramos frenar, que planteaba declarar el lugar de las antenas un espacio de servidumbre pública, o sea, evidentemente se viene agitando, se engaña a la población planteando que uno no quiere que se instalen antenas, que no queremos el progreso, no es así, el tema es la potencia de las antenas”.

La diputada advirtió que el ministro de Telecomunicaciones Oscar Aguad pretende tranquilizar a la población con la colocación de un equipo en la base de la antena para medir las frecuencias. “Las ondas no se quedan quietas y no van en sentido vertical sino horizontal, si vos lo ponés en la base de la antena no es donde va a tener más frecuencia”.

“Si tenés una antena en un edificio -que es lo más común- en el edificio de enfrente a partir del quinto piso es donde vas a encontrar las mayores emisiones o problemas en la gente que se empieza a enfermar. En Francia por ejemplo, en la Biblioteca Nacional, detectaron que después de diez años de tener wifi la gente se había empezado a enfermar de cáncer, retiraron el wifi e hicieron un sistema de cableado para el trabajo”, finalizó.

El fiscal federal Antonio Castaño requirió la indagatoria de Juan Ignacio Suris en un causa por lavado de activos provenientes de narcotráfico y la facturación apócrifa. La medida se extiende a otras 15 personas que actuarían como testaferros.

Para Castaño, Suris (41) contaba con un grupo de personas que se movilizaban en vehículos costosos que eran suyos, ya que se comprobó que él mismo pagaba los seguros y hasta tení¬a la cédula azul con su nombre. Suris está preso desde 2014 en el penal de Saavedra en el marco de otra causa por la confección y comercialización de facturas apócrifas.

Además, deberá afrontar nuevamente un juicio oral en una causa por narcotráfico, luego de que la Cámara de Casación Penal revocara el fallo absolutorio por el cual en septiembre fue beneficiado junto a otros 10 acusados de integrar una banda dedicada a la venta de estupefacientes en Bahía Blanca y zonas cercanas.

El fiscal Castaño dijo a Télam que en la nueva causa “hay documentación más informes de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) y de la Unidad de Información Financiera (UIF) basados en las actividades que desarrollaba Suris, como así también la cantidad de dinero generada por las actividades ilícitas”.

“Por tal motivo, presentamos un pedido de imputación por lavado de activos y consecuentemente la declaración indagatoria del propio Suris, de su padre y de los que estaban involucrados en la causa de narcotráfico y de empresas que constituían juntamente por la venta de las facturas truchas”, expresó.

El fiscal explicó que “esto es a partir de las facturas apócrifas, como así también por la causa del narcotráfico”, que tiene como base escuchas telefónicas que durante el juicio oral fueron declaradas nulas, pero Casación las convalidó.

Castaño comentó que en la causa de lavado de activos -además de Suris- también pidió la indagatoria de su hermano, Guillermo Martín Suris (29), y de Ezequiel Ferarri Reynoso, quien integraba la supuesta banda narco.

Además se sospecha de la participación de los ya procesados en la causa de las facturas: su padre Eduardo Suris (70), Domingo Tomás Goenaga (44), Nicolás Ibarra Gutierrez (35), Flavio Carrano (42) y Juan Pipkin (26), quienes también fueron imputados.

“No sólo había autos en el tema lavado de activos, sino que figuran movimientos bancarios de Suris, todos relacionados a las cuentas de las sociedades que él había creado, entre los que habían montos de catorce y de siete millones de pesos”, comentó Castaño.

Según el fiscal, “eran cuentas de empresas que no tenían actividad”, al ejemplificar que algunas no tenían personal y en otros casos ni siquiera domicilios.

Sobre los inmuebles, Castaño indicó que “hay uno en la Capital Federal y otro en Bahía Blanca, que figuran a nombres de terceros”.

“Los vehículos figuraban a nombre de terceros que no podían justificar su ingreso, pero la tarjeta azul estaba a nombre de Suris como así también los seguros que los pagaba él”, expresó.

La causa por la confección de facturas apócrifas comenzó a partir de una investigación de la AFIP en 2011, que denunció la maniobra dos años después y es querellante en la causa.

Los pesquisas analizaron las cuentas bancarias de las sociedades apócrifas supuestamente administradas por Suris y, en algunas de ellas, se registró un mecanismo financiero sospechoso.

La maniobra consistía en que una suma de dinero ingresaba a la cuenta y en un plazo de 48 horas se retiraba el mismo monto en concepto de pago de cheques con el objetivo, siempre de acuerdo a la acusación, de simular pagos por operaciones que no existieron.

En ese marco, el propio Suris declaró ante los investigadores que en ningún caso se depositó dinero en efectivo, sino que él concurría al banco y solicitaba la emisión de un ticket para respaldar los depósitos y justificaba la salida del dinero mediante cheques.

(Por Francisco J. Cantamutto) El fallo de la Corte y sus repercusiones. La lucha contra el tarifazo y el ajuste continúa.

Tal como se refería en este espacio, el fallo de la Corte Suprema de Justicia sorprendió a todos, yendo más lejos de lo que se esperaba. Concretamente, se volvieron atrás los aumentos en las tarifas de gas, alegando vulneración de derechos básicos para una vida digna y criticando en lo procedimental la falta de audiencias públicas.

Sin embargo, el fallo aplica solo a las tarifas de gas -sin implicaciones directas sobre luz, agua y transporte- y para usuarios residenciales, dejando fuera a la mayor parte de los usuarios industriales y comerciales. Y lo que es más importante: no impide un aumento posterior a la audiencia pública, a la que el gobierno ya puso fecha: 16 de septiembre.

El gobierno de Cambiemos, continuando con su impostura democrática, ha intentado mostrarse aceptando el fallo, y sin demoras apurando el llamado a la audiencia pública que, antes del fallo, Aranguren había propuesto para octubre. Tal como se hizo con el transporte en la ciudad de Buenos Aires, se espera que el gobierno utilice este espacio a fines exclusivamente expositivos: repetir sus intenciones para luego validarlas en el Boletín Oficial.

Por ello, ha puesto la audiencia en un día y horario laboral, a realizarse solamente en una oportunidad en la referida ciudad, en un espacio con una capacidad limitada de 400 personas, que deben inscribirse personalmente con antelación. Todo esto atenta contra la participación en general, y en especial, para trabajadores/as y habitantes del interior del país. Pero más aún, no se ha ofrecido información que permita desarrollar un debate con argumentos durante la audiencia. En el propio llamado a audiencia, se excluye incluso del debate el aumento del precio en boca de pozo, sometiendo al público solo la proporción de su traslado a usuarios finales.

El propósito está claro: Cambiemos busca que sea apenas una ronda más de exposición sin argumentos ni respuestas. Tal como el propio ministro Aranguren realizó en ambas Cámaras del Congreso, dejando insatisfechas a todas las personas y organizaciones que esperábamos un dato o una respuesta. La negativa a auditar las empresas prestadoras, de manera de responder cuál ha sido su situación económica y financiera, si ésta se debió al esquema de precios, qué inversiones realizaron durante los pasados años -incluso con los subsidios recibidos a tal fin- y cuál sería el plan de inversiones para los meses y años por venir. Todas dudas que ponen en cuestión la gestión empresarial de los servicios públicos.

En cualquier caso, el fallo representa un escollo para el programa económico del gobierno, que tras más de 9 meses aún no puede fijar los precios que busca consolidar. Esto está causando no pocas fricciones entre el empresariado y al interior del propio gobierno, además de demorar cualquier decisión de inversión que el gobierno esperara recibir. Es por ello que se ha tenido que recostar en la toma sistemática de deuda, con la que piensa financiar un plan de obra pública, con la expectativa de mejorar el humor empresarial. Hasta el momento, han sido ganancias de inmediato plazo, sin capacidad de proyección a corto o mediana duración.

Al no ser vinculante la audiencia, el gobierno puede apostar a esta pantomima. Sin embargo, desde diferentes sectores se está apostando a hacer de ella un hecho político. Diferentes asociaciones de PyMEs (CGERA, APYME) y de defensa al consumidor están promoviendo una “catarata de presentaciones” judiciales, para presionar sobre este poder del Estado. Las Multisectoriales del país han insistido en que el limitado fallo es producto de la movilización y organización, y buscan consolidar esa vía de presión. Está prevista una Marcha Federal partiendo de 4 puntos del país el 31 de agosto, para confluir en una gran manifestación en Plaza de Mayo el 2 de septiembre. Ambas CTA se han puesto a la cabeza de esta marcha, y la Corriente Federal de la CGT ha confirmado su participación, en lo que podría ser un paso de convergencia en la disputa contra el ajuste.

Hasta el momento, la dispersión de la protesta ha sido una ventaja para el gobierno, que sigue firme en su propósito de elevar las tarifas, tal como fuera su promesa de campaña, reiterada ante potenciales inversores en el Foro de Davos a comienzos de año. La incapacidad de aplicar la suba y sostenerla vulnera la promesa de “clima de negocios” y “previsibilidad” hecha a estos socios, significando un retroceso en su programa. No sería el único efecto: al dificultarle reducir las transferencias a las empresas prestadoras, atenta contra el objetivo de reducción del déficit fiscal.

Los escollos para subir tarifas, la no reducción de las transferencias y el déficit se suman a la ya incumplida promesa de resolver la inflación -que se espera que cierre alrededor de 44% este 2016, cuando habían prometido un 25%. La intensidad de la suba de precios ya ha iniciado la presión por reapertura de paritarias, como es el caso del ámbito educativo público. Con el transcurso del tiempo (llevamos ya 8 meses y medio de gobierno de Cambiemos), la apelación a la herencia kirchnerista surte cada vez menos efecto, y por eso vemos al gobierno reposar cada vez más en mecanismos represivos para contener el descontento.

Las luchas contra el ajuste son aún dispersas, pero aún así están haciendo mella en la acción gubernamental, cada vez más carente de respuestas. El fallo de la Corte es apenas un episodio más en esta disputa que excede con mucho el valor de un servicio, para poner a discusión la orientación.

Con la organización de Vecinos Autoconvocados por la Salud de Trenque Lauquen se realizó los días 13 y 14 de agosto el 7º Encuentro de Pueblos Fumigados para analizar la problemática del uso masivo de agrotóxicos y transgénicos en el proceso de producción agrícola y hortícola.

“Trenque Lauquen no se reconoce como un pueblo fumigado por tanto ese es el motivo de nuestra lucha, lograr que la gente tome conciencia, que quienes están en este momento en la gestión municipal tomen conciencia que somos un pueblo fumigado con todas las consecuencias terribles y nefastas que eso acarrea y conocer también el estado de otros pueblos y ciudades”, dijo a FM De la Calle Laura Carabelli.

La reunión se produjo días después que el Senado bonaerense diera media sanción a un proyecto de ley que reduce las distancias de exclusión de las fumigaciones aéreas y terrestres y permite fumigar con agrotóxicos cancerígenos como GLIFOSATO y 2,4-D a pocos metros de las áreas pobladas.

“Es importante que toda la gente sepa porque se está haciendo de una manera para que se sancione sin difundirla y sin tener noción del alcance que tiene, qué es lo malo que tiene este proyecto si se transforma en ley. Es totalmente regresivo, va en contra de todos los avances que tenía la ley anterior y disminuye totalmente las distancias que eran de protección”, explicó Carabelli.

La iniciativa permitiría fumigar a diez metros de las escuelas rurales cuando “estamos luchando porque hoy se podría fumigar alrededor de esas escuelas a cien metros y es poquitísimo”. Además, desprotege los lentes de agua, reduce las distancias para fumigación aérea y permite el tránsito de mosquitos por zonas urbanas.

La asambleísta advirtió que tanto los organismos estatales como las cámaras empresariales del sector rural y del agronegocio pretenden establecer regulaciones “fitosanitarias y no venenos, no vienen desde la salud, la producción, el cuidado del ambiente”. Por ello pretenden exigir la realización de audiencias públicas, estudios de impacto ambiental y la declaración de la emergencia ambiental en la provincia de Buenos Aires.

“Se ha reforzado la idea de las buenas prácticas agrícolas y esto es una cosa que no existe, no hay posibilidad de manejar el clima, por lo tanto las derivas son inmanejables. Constantemente se está hablando de las derivas primarias y nadie tiene en cuenta las secundarias y terciarias que son las que se producen en la tardecita del día fumigado, hay un desconocimiento científico que está manejado y ocultado por una cuestión muy clara que son los intereses económicos en juego y este gobierno creemos que los va a profundizar de manera terrible y este proyecto de ley lo demuestra”.

Las asambleas ambientales reunidas en Trenque Lauquen decidieron impulsar una campaña contra la ley “para el cáncer y el agronegocio” y demandaron a la legislatura bonaerense que privilegie los derechos a la salud y la vida y subordine a los intereses del agronegocio rechazando esta iniciativa en forma total. Para adherir al reclamo puede firmarse este petitorio online.

Red agroecológica

Durante el encuentro se propuso la coordinación de una red de producción agroecológica para divulgar lo que se está haciendo y “para que la gente empiece a sentir que tiene que comer sano y que comer sano es posible. Hay todo un manejo importante de la información que la gente no sabe que compre lo que compre tiene lecitina de soja transgénica”.

Para Carabelli se trata de “contagiar esta necesidad de información a partir de tomar conciencia de qué comemos” y destacar en “qué lugares de la provincia están haciendo emprendimiento agroecológicos reales, en producción de quesos, trigo agroecológico, frutas sin uso de agrotóxicos y donde se respeta lo necesario para que sea un alimento sano. Difundámoslo, empecemos a saber conectarnos, viabilizar el transporte, que lleguen a Trenque Lauquen y entre nuestros propios vecinos que nos conocen, saben por qué estamos en esto y que somos serios, armemos una red que funcione ya y que sirva como campaña de difusión”.

 La CTA Autónoma y la CTA de los Trabajadores celebraron el fallo de la Corte contra el tarifazo como “fruto de la lucha que se viene llevando adelante contra los brutales aumentos en los servicios de gas y luz determinados por el gobierno de Mauricio Macri, permitiendo que la justicia escuche los reclamos y actúe en favor del pueblo”.

“Creemos pertinente seguir con más acciones para exigir que las audiencias públicas sean vinculantes y que resulten de manera favorable a todos los usuarios que alcanza esta medida, como así también, para que este freno en los tarifazos se extienda a las pymes, clubes, teatros, entre otros que, en este escenario, han quedado totalmente desamparados”, manifestaron.

Pablo Micheli y Hugo Yasky advirtieron que no están “dispuestos a acatar en silencio este atropello a los derechos del pueblo mientras el gobierno nacional favorece a grandes empresas y sectores concentrados de la economía”.

En ese marco, las centrales convocaron a realizar movilizaciones en todo el país para que el próximo 12 de septiembre, cuando el gobierno realice la audiencia, se sienta “una vez más el clamor del pueblo al calor de la lucha”.

El máximo tribunal, por unanimidad, resolvió que para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio, confirmó la sentencia apelada en cuanto declara la nulidad de las resoluciones cuestionadas y aclaró que la decisión se circunscribe al colectivo de usuarios y usuarias residenciales. Dichas tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento.

La Corte mantuvo la tarifa social y puso en conocimiento del Congreso la necesidad de dar cobertura al cargo de titular de la Defensoría del Pueblo de la Nación. Asimismo, sus integrantes recordaron a los tribunales el riguroso cumplimiento de la acordada sobre procesos colectivos.

El Centro de Estudios para la promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) promovió una acción de amparo colectivo contra el Ministerio de Energía y Minería de la Nación (MINEM) con el objeto de que se garantizara el derecho constitucional a la participación de los usuarios, y que en forma cautelar se suspendiese la aplicación del nuevo “cuadro tarifario” previsto por la Resolución MINEM 28/2016, hasta tanto se diera efectiva participación a la ciudadanía.

La clase afectada estaría conformada por “todo aquel usuario del servicio de gas, quien no contó con la posibilidad de que sus intereses sean representados con carácter previo al aumento tarifario”.

Con posterioridad, Carlos Mario Aloisi adhirió a la demanda. También la Asociación Consumidores Argentinos Asociación para la Defensa, Educación e Información de los Consumidores (Consumidores Argentinos) se presentó, cuestionando no solo la Resolución MINEM 28/2016, sino también la Resolución MINEM 31/2016. Asimismo, acudieron varias cámaras de comercio e industria, concejales, diputados, senadores e intendentes, cuya comparecencia se tuvo presente.

El juez de Primera Instancia dispuso dar publicidad a la iniciación del amparo colectivo en el Centro de Información Judicial y procedió a la inscripción del proceso en el Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Luego rechazó la acción interpuesta.

La Sala II de la Cámara Federal de La Plata dispuso, en primer lugar, acumular a la presente todas las acciones colectivas que correspondiesen, conforme a lo dispuesto en las Acordadas 32/2014 y 12/2016 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En cuanto al fondo de la cuestión planteada, declaró la nulidad de las resoluciones ministeriales cuestionadas y decidió retrotraer la situación tarifaria a la existente con anterioridad al dictado de las normas privadas de validez con efectos generales para todos los usuarios y para todo el país.

La Corte Suprema considera que el caso debe ser analizado porque está en juego la interpretación de la Constitución Nacional, y existe trascendencia institucional porque el conflicto ha generado una litigación de características excepcionales que compromete principios básicos del debido proceso constitucional en la tutela de los derechos de los usuarios y del Estado Nacional.

Audiencia pública previa a la decisión de aumento de tarifas:
La audiencia pública previa es un requisito esencial para la adopción de decisiones en materia de tarifas.
El fundamento es el artículo 42 de la Constitución que prevé la participación de los usuarios en los servicios públicos, la democracia republicana, el derecho a la información y la ley 24076 aplicable al caso.
La información, debate y decisión fundada son partes del proceso de la decisión que se adopta en el momento.
Por esta razón no es válido fundarse en una audiencia del año 2005 para una decisión que se adopta en el año 2016, ni una medida transitoria hasta tanto se celebre una audiencia.

Contenido de la Audiencia en relación a la tarifa
La audiencia siempre se debe hacer para el transporte y distribución de gas, porque son fijados monopólicamente (ley 24.076 y cc).
Es distinto el caso de Precio de ingreso al sistema de transporte del gas (Pist), porque hay una evolución en el tema:
La leyes 17.319 y 24.076, y sus reglamentaciones, establecieron que la producción y comercialización de gas es efectivamente una actividad económicamente desregulada y no fue calificada como servicio público
Desde el dictado de la Ley de Emergencia 25.561 en enero del año 2002, el precio del gas pasó de un contexto de libre negociación de las partes a uno de intervención estatal, mientras que su importación, la ampliación de las redes de transporte y distribución y las tarifas que remuneraban dichos servicios fueron financiados, fundamentalmente, con recursos provenientes de cargos tarifarios, programas especiales de crédito, aportes específicos de determinados sujetos del sector y subsidios del Estado Nacional. Específicamente a partir del Decreto 181/2004, el Poder Ejecutivo intervino en su fijación, dejando de lado al mercado.
En consecuencia, es razonable que, hasta el momento en que efectivamente el precio del gas en el PIST se determine sobre la base de la libre interacción de la oferta y la demanda, su análisis se efectúe conjuntamente con la revisión de tarifas para la cual es necesaria, como ya se dijo, la celebración de una audiencia pública.
Es decir: en la situación actual el Estado intervino fuertemente en la fijación del Pist y por lo tanto debe someterlo a una audiencia pública porque es una decisión que, claramente, escapa al mercado. A partir de la fijación según reglas de oferta y demanda, no será necesaria la audiencia, porque se aplica la ley 24078.
La propia conducta del Estado actúa como una condición suspensiva de la aplicación de la norma originaria.

Protección de l@s consumidor@s y usuari@s
En el artículo 42 de la Constitución se han reconocido las hondas desigualdades inmanentes al mercado y al consumo, dada la asimetría real en que se desenvuelve la persona que acude al mercado en pos de la satisfacción de sus necesidades humanas.
Por ello hay una protección enfocada en la calidad de bienes y servicios, preservación de la salud y seguridad; información adecuada y veraz; libertad de elección; y condiciones de trato equitativo y digno y también derechos de participación, como el derecho reconocido en cabeza de los usuarios, con particular referencia al control en materia de servicios públicos.

División de Poderes y Funciones
Poder Ejecutivo: La fijación de tarifas es una facultad del Poder Ejecutivo (Precedentes de la CS. Fallos 184:306, 322:3008 y “Establecimiento Liniers S.A.”, fallada el 11 de junio de 2013) y la implementación de la política energética
Poder Legislativo: le corresponde la determinación del marco regulatorio general de la materia y las facultades tributarias.
Poder Judicial: El Poder Judicial debe controlar si las tarifas se ajustan a la Constitución y la ley y su razonabilidad. No debe sustituir al legislador, ni definir la política política energética. No puede fijar porcentajes de tarifas, ni dictar sentencias con efectos generales sin determinar previamente una categoría de afectados que sea homogénea (precedente Halabi).
El Tribunal señala que se han dictado sentencias vinculadas con la magnitud del aumento tarifario, sin distinción de categorías de usuarios, tratando de manera igual a situaciones heterogéneas, apartándose de la jurisprudencia de la Corte, que debe ser respetada.

¿Por qué se limita la sentencia a los usuari@s residenciales?
La Cámara dictó una sentencia con efectos generales para todo tipo de usuarios y para todo el país. No se los citó previamente, y no se hacen distinciones según sean residenciales, comerciales, industriales, o según diferentes tipos de ingresos económicos, o regiones.
La Corte Suprema ha definido el proceso colectivo en diversos precedentes (“Halabi”) y ha dicho claramente que deben existir intereses individuales homogéneos.
Es decir, debe haber una causa común (en el caso la falta de audiencia), pero no hay homogeneidad.
Este es un elemento muy importante. Está en juego la libertad de las personas en cuanto a la disposición de su patrimonio.
En el caso, el único grupo homogéneo que reúne los elementos definidos en “Halabi” es el de los usuarios residenciales (conforme decreto 225/92 ─Anexo “B”, Subanexo II─, decreto 181/2004 y resolución ENARGAS 409/2008). Se trata de los ciudadanos a quienes les resulta difícil hacer una demanda por sí mismos y por eso se afecta el acceso a justicia y pueden ser representados en una sentencia colectiva.
Por esta razón, la sentencia de la Corte únicamente tiene efectos respecto de ese colectivo.
Las decisiones tomadas por el Poder Ejecutivo Nacional en el corriente año en relación a la tarifa social y a la protección de los sectores más vulnerables se mantienen.
La sentencia, en ningún caso puede arrojar como resultado sumas mayores a las que dichos actores hubiesen debido abonar por estricta aplicación del nuevo cuadro tarifario, considerando la mencionada tarifa social (conf. doctrina de Fallos: 336:607).

AMPLIACIÓN DE FUNDAMENTOS DEL DR MAQUEDA
La audiencia pública tiene raigambre constitucional. Es un derecho ciudadano reconocido en el artículo 42 de la Constitución Nacional que se sustenta en los principios de la democracia participativa y republicana.
Todos los usuarios y consumidores –sin distinción de categorías- deben formar parte de la audiencia pública, que debe realizarse en forma previa a la toma de decisiones en materia tarifaria.

Dicho mecanismo de participación ciudadana debe llevarse a cabo respecto de todos los tramos que componen la tarifa final del servicio público de gas: precio en boca de pozo, transporte y distribución.

En el día de la fecha, el Doctor Maqueda en su voto declaró la nulidad de las resoluciones 28/2016 y 31/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, que fijaron el nuevo esquema de precios del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte, y un nuevo cuadro tarifario del servicio. (Causa FLP 8399/2016).
La nulidad de las resoluciones 28/16 y 31/16 se fundó en que el Ministerio de Energía y Minería de la Nación no cumplió con la obligación de llevar a cabo audiencias públicas.

Sostuvo, en primer término, que el artículo 42 de la Constitución Nacional reconoce a la participación pública como un derecho que la ciudadanía puede ejercer directamente, sin perjuicio de que el Congreso establezca la forma en que este derecho debe llevarse a cabo en cada caso.

Afirmó que -específicamente en materia tarifaria- la participación de los usuarios de un servicio público no se satisface con la mera notificación de una tarifa ya establecida, porque la Constitución garantiza la participación ciudadana previa en instancias públicas de discusión y debate, y ese aporte debe ser ponderado por el Poder Ejecutivo cuando fija el precio del servicio.

Este derecho de participación reconocido a los usuarios en el caso del servicio de gas se estructuró en 1992 en su ley regulatoria mediante el mecanismo de audiencias públicas. Resaltó que para que este derecho no sea ilusorio, deben cumplirse las siguientes condiciones.

En primer término, todos los usuarios tienen derecho a recibir de parte del Estado información adecuada, veraz e imparcial en forma previa a la realización de las audiencias. La segunda condición está dada por la celebración de este espacio de deliberación entre todos los sectores interesados, con un ordenamiento apropiado que permita el intercambio responsable de ideas en igualdad de condiciones. Por último, este derecho debe ser valorado en el momento en el que el Poder Ejecutivo toma la decisión. De otro modo, todas las etapas anteriores constituirían puro ritualismo si la autoridad no considerara fundadamente, en oportunidad de tomar las resoluciones del caso, las situaciones y argumentaciones que se expusieron en la audiencia.

En este marco constitucional y legal, afirmó que el Poder Ejecutivo no podía sostener válidamente que no era exigible la realización de audiencia pública antes del dictado de las resoluciones impugnadas por tratarse la producción y comercialización de este recurso de una actividad desregulada, es decir, una actividad cuyo precio era fijado por el libre juego de la oferta y la demanda.

En efecto, explicó que este argumento no es valedero, porque a partir de 2004, el precio del gas pasó a ser fijado por el Estado del mismo modo en que fija las tarifas. Así, respecto de precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST, o precio a boca de pozo), estableció que mientras el Estado siga fijando el precio, corresponderá también llevar a cabo obligatoriamente las audiencias públicas.

Agregó que tampoco puede considerarse el argumento según el cual se trata de una tarifa transitoria, porque más allá de la permanencia temporal del régimen, lo cierto es que implica un aumento que puede llegar a quintuplicar la tarifa de gas que paga el usuario, y que en caso de que tal aumento no pueda ser afrontado, podría ser privado del servicio. En tales condiciones, resulta intrascendente que se trate o no de un régimen transitorio.

Seguidamente, reiteró que la potestad tarifaria de los servicios públicos es del Poder Ejecutivo y tiene por objeto asegurar su prestación en condiciones regulares y la protección del usuario.
Asimismo, también recordó que la interpretación de las normas, que incumbe a los jueces, no llega hasta la facultad de instituir la ley misma ni a suplir al Poder Ejecutivo en la decisión e implementación de la política energética. La misión más delicada de los jueces es la de saberse mantener dentro del ámbito de su jurisdicción.

Puso de manifiesto cómo había sido la política tarifaria en materia de gas en los últimos 14 años, para concluir que era necesario fijar criterios para una política tarifaria razonable respecto a servicios públicos esenciales.

A tal efecto recordó que las actividades o servicios esenciales para la sociedad, eran aquellos cuyas prestaciones se consideran vitales e indispensables para el conjunto de los ciudadanos, con el fin de asegurar su prestación.

Destacó que, según informó el Estado, la política energética implementada a partir del año 2002 tuvo como consecuencia la pérdida del autoabastecimiento, el aumento del gasto público, importaciones por parte del Estado Nacional, déficit de la balanza comercial, consumo de los “stocks” de recursos y capacidad disponibles, escasez del gas, deterioro de las infraestructuras de transporte y distribución y falta de inversiones en el desarrollo de sus redes.

Consideró que dicha situación imponía al Estado una especial prudencia y rigor a la hora de la determinación de las tarifas y de su transparencia.

Sostuvo que el Estado debe velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad de los servicios públicos, ponderando la realidad económico-social concreta de los afectados por la decisión tarifaria con especial atención a los sectores más vulnerables, y evitando, de esta forma, una verdadera conmoción social provocada por la exclusión de numerosos usuarios de dichos servicios esenciales como consecuencia de una tarifa que, por su elevado monto, pueda calificarse de “confiscatoria” de los ingresos de un grupo familiar.
Resolvió aplicar esta decisión a los usuarios residenciales de gas que constituyen un colectivo uniforme que cuestiona las resoluciones señaladas y que no podría demandar individualmente en razón de los costos que tal litigio implicaría para cada uno de ellos.

Respecto de la vigencia de la tarifa social para proteger a los sectores más vulnerables de la sociedad, el voto puso de manifiesto que la aplicación del más elemental sentido de justicia implica que la tarifa final que se aplique a esos sectores como consecuencia de este fallo nunca podría implicar el pago de una suma mayor a lo que hubiesen debido pagar por aplicación de la tarifa social correspondiente al cuadro tarifario discutido en la causa.

En conclusión, las decisiones adoptadas por el Poder Ejecutivo violentan el derecho a la participación de los usuarios, bajo la forma de audiencia pública previa, en el proceso de revisión de tarifas.

Ante el fracaso de las negociaciones para acordar con la cámara empresaria de la televisión por cable un aumento salarial acorde a lo solicitado, el SATSAID realiza un paro este jueves. Intentan “evitar, frente la escalada de aumentos de precios, la pérdida de poder adquisitivo y el empobrecimiento de los trabajadores de televisión de todo el país”.

Una medida similar acordada por las autoridades sindicales el 13 de julio había sido suspendida por la conciliación obligatoria dispuesta por el Ministerio de Trabajo que finalizó anoche.

Mientras tanto, se realizaron “numerosas y extendidas audiencias (…) sin obtener hasta aquí un resultado satisfactorio y suficiente al objetivo salarial planteado, producto de la irresponsable e insensible actitud del sector empresario que sin ninguna razón se mantiene intransigente en una posición especulativa que juega con la necesidad de los trabajadores y ante la obligación de esta organización sindical de defender la íntegramente el carácter alimentario del salario”.

El consejo directivo del SATSAID ratificó el pedido del 42% de aumento más una suma por única vez de $11.500 y convocó a las trabajadoras y los trabajadores de televisión de las empresas de circuitos cerrados de televisión, beneficiarios del Convenio Colectivo de Trabajo 223/75 a parar hasta las 24 de hoy con permanencia en los puestos de trabajo.

Foto: Alejandro Alonso.

(Por ¿Quién te juna?*) Sistema penitenciario es el término que se utiliza para las instituciones donde las personas que son condenadas por diferentes hechos delictivos cumplen las penas previstas, y donde el propósito es su futura reinserción social.

En la actualidad, los internos de diversos establecimientos deben enfrentar el sobrevivir bajo condiciones inhumanas, donde llegan al punto de, en muchos casos, tener que arriesgar su vida para poder solicitar las atenciones (psicológica, social, médica), que le deberían ser otorgadas por derecho.

Cabe destacar que el artículo 25 de la ley 25.875 ampara derechos humanos en las cárceles del Servicio Penitenciario Federal y en otros lugares de detención, donde se encuentran privados de la libertad hombres, mujeres, niñxs y adolescentes. Además, el artículo 18 de la Constitución Nacional los ampara, resguardando la sanidad y limpieza de los establecimientos, para la seguridad (y no el castigo) de los presos.

Alumnos que ayudan a otros alumnos

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A pesar de la situación actual y de muchas fallas por parte del Estado, en la unidad penitenciaria Nº 4 de la ciudad de Bahía Blanca, y en Nº 19 de la localidad de Saavedra, se implementa desde el año 2001, el programa Voluntario Universitario “EDUCAR para REINSERTAR”.

Esto se lleva a cabo por alumnos de la carrera de abogacía, que concurren a las instituciones con el fin de coordinar reuniones de estudio (además de brindar clases vía Skype), destinadas al apoyo de los internos inscriptos en el programa, y que en el futuro pueden continuar con la carrera en la U.N.S.

Los avances que lograron se vieron reflejados en la creación del primer centro de estudiantes, el dictado de clases mixtas, la construcción de una biblioteca, tres aulas, la sala de informática, y la Oficina Judicial coordinada y gestionada por los propios internos.

En la actualidad, el programa es coordinado por Nahuel Tejada y Lucas Fernández Leyes, luego de que, el ahora Secretario de la Fiscalía General, Santiago Garrido, creador del programa ‪Educar Para Reinsertar, les cediera el mando.

Al explicar los principales objetivos, Tejada destacó que el programa sirve como nexo entre los actuales estudiantes de la carrera de abogacía y quienes la cursan como internos de ambas correccionales. También resaltó que “el programa comunica a los dos tipos de alumnos [dentro del penal]. Los que cursan en el campus de Palihue, luego se trasladan con pedido de autorizaciones a la unidad Nº 4 para poder compartir esos conocimientos, actualizaciones de bibliografía, legislaciones actualizadas con quienes están privados de su libertad y tiene restricciones. Lo que se hace es llevarles lo que uno obtiene en el aula, en la universidad pública, y compartírselo a quienes no pueden concurrir a clases”.

Con respecto a los requisitos que deben cumplir para estudiar la carrera, afirmó: “son los mismos que tienen los estudiantes regulares de la universidad”.

Demostrando que se puede acabar con los tabúes, Garrido repasó el historial, destacando que la cárcel de Villa Floresta fue la primera de la provincia en implementar las clases mixtas: “Arrancamos como prueba piloto en la Universidad y luego se extendió rápidamente. Como se vio que no había problema, al año siguiente se aplicó a la primaria y a la secundaria. Esta cárcel y todas las demás de la provincia de Buenos Aires tienen todo mixto, porque salió una resolución interna del servicio penitenciario”.

En referencia a los resultados, sostiene que ha tenido éxito, ya que muchos presos decidieron inscribirse para obtener una salida a futuro. Uno de los ejemplos que se puede citar es Diego Escobar, quien está próximo a recibirse de abogado, y explicó que no cuentan con muchas oportunidades, por lo tanto, fue un refugio que llegó a él.

Afirmó: “Al principio, que fue la etapa del proceso en la que uno no sabe, estaba con un delito bastante complicado; tenía un pedido de 37 años en principio. Tenía una cuestión, la idea en la cabeza de que era un tiempo considerable, y ¿de qué manera paso este tiempo? ¿Qué me va a redituar a los fines de irme antes, o tener una calidad de vida distinta ahí adentro? Y ese fue el gran incentivo”.

Para explicar cuándo fue que se decidió a estudiar la carrera comenta: “Nunca soñé con estudiar abogacía, nunca estuvo en los planes. Se fue dando así, de casualidad. De una manera muy inconsciente fui llegando; situaciones que me llegaron o yo mismo me las impuse, de alguna manera, y me puse a estudiar”.

Resaltó que sobrevivir en el sistema, estando bajo libertad condicional, no es fácil, ya que está hecho de forma para que vuelvas a estar encerrado. Y considera que cuando se reciba va a poder cerrar el círculo, a poder empezar de cero. Esto debido a que supo sacar provecho de una situación adversa.

A pesar de que falta mucho por cambiar en el sistema penitenciario, este es un paso en la dirección correcta, para demostrar que las personas que son condenadas a estar en prisión, y que quieren salir adelante, pueden ver que cuentan con esa posibilidad.

*¿Quién te juna? se emite los miércoles a las 21 por FM De la Calle 87.9 Mhz.

La Confederación de Trabajadores de la Educación de la República Argentina (CTERA) resolvió convocar a un paro nacional docente el próximo miércoles 24 de agosto y participar activamente de la Marcha Federal -entre el 31 y el 2 de septiembre- convocada por la CTA y otras organizaciones sindicales y sociales con huelgas, movilizaciones y jornada provincial de protesta.

El gremio realizará además una Jornada Nacional contra la Impunidad el 21 de septiembre por la continuidad de la Causa Fuentealba II y apuntará a fortalecer las luchas provinciales ante la negativa de los gobiernos a no reabrir las paritarias.

La CTERA reclama reapertura de la Paritaria Nacional, aumento salarial, cumplimiento de los Acuerdos Paritarios, continuidad de los Programas Nacionales Socioeducativos, un aumento del 10% del PBI para Educación y rechaza el Impuesto a las Ganancias y cualquier intento de modificación de la jubilación.

En tanto, el plenario de SUTEBA resolvió que de no haber respuesta por parte del gobierno provincial, se realizará, en el marco del Frente Gremial Docente Bonaerense, la profundización del plan de acción con 48 horas de paro.

Amenazas y repudios

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La seccional local de SUTEBA difundió ayer un comunicado a la docencia y la opinión pública para informar que pasado el mediodía “llegó un mail a la dirección de correo electrónico de la seccional Quilmes con amenazas que decían que por la tarde iban a tirar gas tóxico en la seccional. El hecho se repitió en Berazategui y luego en Bahía Blanca, y según parece también en otras seccionales. Es muy grave que esto esté pasando, en un contexto en el que crece el hambre y la desocupación y el gobierno ratifica el ajuste y la represión, como ocurrió este fin de semana en La Plata y hoy día en Puente Pueyrredón, además de las amenazas a abogada de derechos humanos en Tucumán”.

“Es también un ataque a la organización sindical de los docentes, que estamos llevando adelante un plan de lucha. Repudiamos estas amenazas, hacemos responsables al gobierno por la integridad física de las y los compañeros amenazados, y exigimos inmediato esclarecimiento de los mismos. Nuestra entera solidaridad con las y los docentes y sus organizaciones sindicales, que han sido intimidadas por estas prácticas que nos retrotraen al accionar de las bandas paramilitares de los años 70”.

Desde ADUNS repudiaron “este tipo de actitudes arteras, cobardes y anónimas que no por casualidad aparecen en escena cuando está abierto un proceso de lucha y resistencia contra el ajuste que venimos soportando los habitantes de este país producido por el alza de los productos de la canasta familiar, los tarifazos, los despidos, la depreciación de nuestros salarios y la violencia institucional, simbólica o concreta, ejercida desde el Estado”.

La Corriente Comunista David “Watu” Cilleruelo se puso “a entera disposición de las compañeras y compañeros de Suteba, quiénes han sufrido acciones impropias en un sistema democrático y mucho más parecidas a épocas nefastas, recibiendo amenazas por luchar. El ajuste feroz viene de la mano de la represión, lamentablemente ya es un hecho. Estos intentos patoteriles cobardes, deben encontrar una única respuesta, redoblar nuestras luchas y continuar fortaleciendo las organizaciones y la unidad de las y los agredidos por estas políticas nefastas”.

“La Asociación de profesionales del HIG Penna repudia todo tipo de amenazas y acto de violencia y se solidariza con los compañeros docentes con quienes caminamos juntos desde hace 5 años en defensa de la salud y educación pública. la violencia en todas sus formas solo genera más violencia y demuestra la intolerancia y mediocridad de pensamiento de quien la ejerce”, manifestaron los médicos y las médicas del hospital provincial.

La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, consideró que corresponde confirmar el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata que, tras revocar la sentencia de primera instancia, había declarado la nulidad de las resoluciones 28/2016 y 31/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y ordenó que el marco tarifario correspondiente al servicio de gas se retrotrajera a las tarifas vigentes con anterioridad al dictado de esas medidas.

La Procuradora señaló que el tribunal platense había interpretado “adecuadamente el derecho federal vigente al concluir que el aumento tarifario no pudo ser válidamente implementado sin la realización previa de una audiencia pública dado que la Ley 24.076 de Gas Natural impone ese mecanismo como herramienta para garantizar el derecho constitucional de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores previsto en el artículo 42 de la Constitución Nacional”.

Las resoluciones cuestionadas habían sido dictadas el 28 y 29 de marzo de este año. De acuerdo con el dictamen, el nuevo esquema de financiamiento del servicio de gas “trajo aparejado un aumento tarifario muy significativo que deben afrontar los usuarios y consumidores para acceder al servicio de gas”, tal como lo refleja el informe del Estado Nacional presentado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En estas circunstancias, recordó que “si bien es cierto que el mérito o conveniencia de una política pública es una cuestión que excede el ámbito de una revisión judicial, no es menos cierto que tales políticas deben implementarse con acatamiento a los límites que resultan del marco regulatorio legal específico en la materia, y sin vulnerar los derechos y garantías constitucionales reconocidos a favor de los usuarios y consumidores. En tal sentido, una de las funciones del Poder Judicial es controlar que los restantes poderes del Estado no se extralimiten en el ejercicio de sus facultades y respeten el ordenamiento jurídico vigente”.

La realización de audiencias públicas

La Procuradora General puntualizó que la Ley 24.076 de Gas Natural dispone “expresamente la realización de una audiencia pública en forma previa a la adopción de ciertas decisiones en materia tarifaria” y agregó que el mismo mecanismo prevé el decreto 1738/92 —reglamentario del régimen de gas—. Además, destacó que “estas disposiciones que integran el régimen de gas natural, en el que se inscribe el requisito de audiencia pública previa, fijan también como objetivo la determinación de tarifas justas y razonables, a la vez que consagran los principios de accesibilidad, gradualidad, coherencia, progresividad y previsibilidad”.

Por otra parte, la titular del MPF recordó que “el artículo 42 de la Constitución Nacional, incorporado en la reforma de 1994, otorgó máxima jerarquía a los derechos de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores como así también a la protección de sus intereses económicos, que, en el ámbito del servicio de gas, están implementados por la ley 24.076 y sus disposiciones reglamentarias”.

Frente a esto, destacó la relevancia de la audiencia pública previa como “una instancia de participación ciudadana que favorece la democratización de las decisiones, la formación de consensos, la transparencia y la publicidad de los actos y los procedimientos”.

El dictamen también precisó que el nuevo cuadro tarifario es el resultado del incremento conjunto de los tres componentes de la tarifa de gas, esto es: el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), la tarifa de transporte, y la tarifa de distribución (art. 37, ley 24.076). También, puso de relieve que “la resolución 28/2016 no solo tuvo por objeto la fijación de nuevos precios de gas natural en PIST, sino que incluyó medidas para determinar bonificaciones por ahorro de energía, tarifas diferenciales por zona geográfica y la llamada tarifa social”.

En ese contexto, Gils Carbó resaltó que “resulta determinante apreciar que el precio del gas en PIST representa, en la actualidad, más del setenta por ciento (70%) de la tarifa de gas, tal como señala el Estado Nacional en su recurso extraordinario […] La incidencia de ese componente en la tarifa es particularmente importante en este caso en atención a la magnitud de la totalidad del aumento tarifario”.

“Tales aspectos demuestran que la postura del Estado Nacional —orientada a excluir del ámbito de la audiencia pública las cuestiones vinculadas al precio del gas en PIST— implica restringir sustancialmente la eficacia de la audiencia pública para garantizar los derechos constitucionales de información, consulta y participación de los usuarios pues, de ese modo, se recorta el debate sobre la accesibilidad, gradualidad, coherencia, progresividad y previsibilidad sobre el componente más determinante de la tarifa final en el marco de un aumento extraordinario”, concluyó.

Otros derechos fundamentales en juego

La Procuradora General consideró que la multiplicidad de amparos y acciones judiciales promovidas a lo largo de todo el país demostró que el aumento tarifario podría afectar el acceso de usuarios y consumidores al servicio básico de gas, lo cual “pone en juego derechos humanos y fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional y en los instrumentos internacionales”, tales como la protección del derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y para su familia, lo cual comprende alimentación y vivienda adecuada, así como la protección del derecho a trabajar, a comerciar y a ejercer toda industria lícita. En este sentido, agregó que “el acceso al servicio básico del gas es indispensable para la continuidad de la actividad económica de los comerciantes, las empresas —en especial, las pequeñas y medianas—, las fábricas recuperadas y las cooperativas, de las cuales depende en gran medida la conservación de las fuentes de trabajo”.

Por otra parte, el dictamen detalló que los aumentos en la tarifa de gas generaron una serie de acciones judiciales en todo el país, en el marco de las cuales los fiscales federales de Río Gallegos, Mar del Plata, Zapala, Ushuaia, Río Grande, Córdoba, Neuquén, Rawson y Caleta Olivia, entre otros, “se expidieron a favor de la procedencia de la suspensión cautelar del aumento tarifario solicitada por haberse omitido la realización de una audiencia pública previa”.

Normas de emergencia

La Procuradora también estimó que correspondía rechazar el planteo del Estado Nacional según el cual las normas cuestionadas fueron dictadas en el marco de las leyes de emergencia, sobre cuya base el Ejecutivo dispuso que la audiencia solo regía para la Revisión Integral de Tarifas y no para aumentos transitorios.

Tras el análisis de la normativa, consideró que “las resoluciones 28/2016 y 31/2016 impusieron a los usuarios y consumidores un aumento significativo que impacta, de manera inmediata e irreversible, en el acceso a un servicio básico y en la planificación de gastos familiares y costos empresariales. Desde el punto de vista de los usuarios, ello descarta el carácter transitorio que le atribuyó el Estado Nacional a las medidas cuestionadas”.

Gils Carbó citó el propio informe del Poder Ejecutivo presentado ante la Corte, en el cual se destaca que “el treinta y ocho por ciento (38%) de los usuarios se ve afectado por aumentos que superan el cuatrocientos por ciento (400%)”. Y agregó: “La incidencia del aumento es, incluso, más severa en el caso de los usuarios de las categorías SGP (pequeños consumos comerciales o industriales), dado que el cien por ciento (100%) debe afrontar aumentos que en promedio superan el quinientos por ciento (500%), e incluso en algunos casos alcanzan el mil quinientos por ciento (1.500%)”.

Por otra parte, respecto a la invocación de las normas de emergencia, la Procuradora General consideró que estas leyes “lejos de entender que la celebración de audiencia pública obstaculiza la renegociación, la concibieron como una herramienta útil” para proteger “el interés de los usuarios y la accesibilidad de los servicios”.

Fuente: fiscales.gob.ar

Un encuentro para avanzar en la aplicación de la ley de cupo laboral trans en el sector público se realizó el viernes en La Plata. La norma fue aprobada el 17 de septiembre de 2015 y reserva al menos el 1% de la planta estatal para “personas travestis, transexuales y transgénero que reúnan las condiciones de idoneidad para el cargo (…) con el fin de promover la igualdad real de oportunidades”.

Nicolás Huss, representante de la Mesa de Diversidad de la Asociación Civil Unidos por Argentina, aseguró a FM De la Calle que “estuvo muy bueno porque fue un panorama de cómo está la situación de la diversidad, sobre todo de las personas trans en todo el país, hubo representantes prácticamente de todas las provincias”.

La esperanza de vida del colectivo trans es de entre 35 y 40 años y los índices laborales señalan que “hasta el 90% trabaja en la situación irregular, sobre todo la situación de prostitución con lo que implica esto, por un lado tenemos los delitos de trata de personas y, por otro, de violencia institucional que son muy graves sobre todo en el norte”.

En Bahía Blanca el Concejo Deliberante aprobó por unanimidad una iniciativa de la ex edila Gisela Ghigliani en adhesión a la ley provincial aunque por el momento desde la Municipalidad solo existen “programas de becas”.

“Se busca que se implemente en la mayor cantidad de municipios posibles, ha sucedido por ejemplo en La Plata, en Mar del Plata, en Lanús, en municipios que lo primero que han hecho es crear como un área referida a las temáticas de género”, explicó el bahiense.

Huss agregó que “estaba esta cuestión de llamarla Diana Sacayán a la ley para darle un impulso militante y reivindicativo de los sectores que han luchado históricamente para que esta ley se haga efectiva, fue Karina Nazábal la diputada que la creó junto a otras organizaciones”. Sin embargo otras “como la Federación LGTB y ATTTA han pactado con los sectores del macrismo y lo paradójico es que no la querían a Diana Sacayán, estaban en las antípodas”.

Foto: La Nación.