Habían sido rescatadas de un campo dedicado a la cosecha de papa. Un tiempo después, fueron citadas por los abogados oficiales de los acusados a ampliar sus testimonios. Los dueños son investigados también por lavado de dinero. Se trata de Carlos Alberto Tassara, Jesús Miguel Agustín Leiva y Miguel Ángel Marrón.
“Con la sola finalidad de echar luz a semejante desaguisado, sólo cabe señalar que la producción de prueba por parte de la defensa configuró una extralimitación de sus facultades”, dijeron los camaristas subrogantes Jorge Ferro y José Triputti al confirmar la decisión de la jueza de primera instancia María Gabriela Marrón que había decretado nulidad de las declaraciones de 11 víctimas de trata.
El tribunal de alzada coincidió parcialmente con el fiscal Alejandro Cantaro y el fiscal ad hoc José Nebbia en que las personas rescatadas de la estancia “La Emilia” -ubicada a 140 kilómetros de Bahía Blanca- testimoniaron en la sede de Santiago del Estero de la Defensoría General de la Nación sin control judicial, sin aviso previo al Ministerio Público, ni asistencia psicológica.
“La nulidad salta a la vista en virtud del artículo 167, inciso 2 del código de forma. El artículo 239 hace recaer en el juez el deber de interrogar a los testigos, y el artículo 212 faculta al fiscal cuando tuviere delegada la investigación conforme el artículo 196 del mismo cuerpo legal”, consignaron los jueces Jorge Ferro y José Mario Tripputi.
Los trabajadores habían sido hallados durante un operativo realizado en marzo de 2015 en el establecimiento rural del Partido de Coronel Suárez. En esa oportunidad, detallaron ante los representantes del Ministerio Público cómo habían sido engañadas, trasladadas y explotadas laboralmente en el campo dedicado a la cosecha de papa y responsabilizaron al dueño. Dos de los acusados -socios y propietarios del predio- permanecieron prófugos durante cuatro meses, en tanto que el imputado a cargo del reclutamiento habría sido el cuadrillero.
Con posterioridad, las víctimas fueron citadas para declarar en Santiago del Estero -a donde habían sido trasladadas ya que eran oriundas de allí- ante la Defensoría. Según las actas, cambiaron el relato y los testimonios fueron contrarios a los que habían prestado durante el procedimiento. Entonces, la defensa presentó esas supuestas ampliaciones para intentar mejorar la situación procesal de los acusados.
Ante esto, la Fiscalía planteó la nulidad de esas declaraciones en un escrito firmado por el titular de la Procuraduría de Trata y Explotación de Personas (Protex), Marcelo Colombo, y el fiscal ad hoc de Bahía Blanca, José Nebbia.
Así las cosas, en agosto se amplió la imputación al dueño del campo por el delito de lavado de dinero ya que, a partir de la investigación, “se desprende palmariamente que el activo de esa sociedad proviene (al menos, en parte) de negocios ilícitos”.
En cuanto al patrimonio del primer acusado, se determinó que integra la sociedad ‘Agropecuaria C & V SRL’ desde, al menos, el año 2010, dedicada al cultivo de hortalizas de hoja y de otras hortalizas frescas, producción de semillas de cultivos agrícolas y cultivo de soja, inscripta en los impuestos a las ganancias de sociedades, ganancia mínima presunta, IVA, etc.
Los fiscales agregaron: “Lo cierto es que explotaba el establecimiento rural (y por tanto a los trabajadores) junto a su socio” con roles diferentes pero con el mismo beneficio sobre las ganancias.
El caso
La causa se inició a raíz de una denuncia anónima recibida en la delegación Tres Arroyos del Registro Nacional de Trabajadores y Empleadores Agrarios (Renatea) que sostenía que en el campo allanado existían personas que estaban siendo explotadas laboralmente. Como consecuencia, en marzo de 2015 se realizó un allanamiento en el predio dedicado a la cosecha de papa y fueron rescatadas las 11 víctimas.
A partir del relevamiento efectuado por el Renatea y la AFIP-Bahía Blanca, se identificó dueño del campo quien, mediante un intermediario y a través de falsas promesas laborales habría engañado y trasladado a las víctimas en situación de vulnerabilidad.
Los trabajadores vivían en casillas precarias que ellos mismos habían construido con chapas y nylon. No contaban con servicios sanitarios, ni condiciones mínimas de higiene. La comida era provista por el imputado y se les descontaba del salario, que nunca cobraron al igual que el costo del pasaje que utilizaron para trasladarse desde Santiago del Estado. Según su propio relato, las víctimas realizaban jornadas de, aproximadamente, diez horas y debían trabajar sin ningún elemento de protección para las manos, mediante una técnica que los dejaba exhaustos y doloridos.
La Fiscalía contó con la colaboración de la Protex y de la Dirección de Orientación, Acompañamiento y Protección a Víctimas de la Procuración General de la Nación (DOVIC). La noche del allanamiento, las víctimas recibieron asistencia psicológica y médica en el Hospital Penna.
Fuente: Fiscales. Fotos: NuevoDia Digital.