Las playas de Punta del Este fueron las elegidas para el “descanso” del propietario y director de LaNueva., Vicente Massot, imputado por la comisión de crímenes de lesa humanidad durante el terrorismo de Estado. Los jueces Jorge Ferro y Pablo Candisano Mera autorizaron su salida del país entre el 18 y el 27 de marzo. El empresario fue beneficiado recientemente por la confirmación de su falta de mérito por los mencionados integrantes de la Cámara de Apelaciones aunque continúa vinculado a la causa.

Massot está acusado de ser coautor de los homicidios de Enrique Heinrich y Miguel Ángel Loyola y de haber efectuado “aportes esenciales” en los secuestros, torturas y asesinatos de otras 35 personas a través de tareas de acción psicológica desde las páginas del diario La Nueva Provincia. En abril de 2014, al ser convocado a indagatoria la justicia prohibió su salida del país.

Es por eso que debió pedir autorización para esta escapadita a las costas uruguayas, que seguramente permanecerán más calmas que las calles argentinas por las cuales se movilizarán el próximo jueves miles de ciudadanxs para repudiar el golpe de Estado del 24 de marzo de 1976 y gritar su rechazo a la visita del presidente estadounidense Barack Obama.

El viaje de Massot, de quien se supo semanas atrás que también fue contacto de la DINA chilena, fue cuestionado por la Fiscalía aunque recibió el aval de la titular del Juzgado Federal Nº1, María Gabriela Marrón.

El fiscal Antonio Castaño apeló y destacó que “los peligros procesales surgen del estado del proceso, pues no se encuentra firme la resolución de esta Cámara Federal que confirmó la falta de mérito probatorio del encausado, que continúa siendo necesario asegurar el sometimiento del imputado al proceso, en donde se  investigan delitos de lesa humanidad constitutivos de genocidio; no se valoraron los  amplísimos recursos –tanto económicos como de otro tipo­ con los que cuenta el imputado Massot para concretar y tornar sostenible su permanencia fuera del territorio  nacional”.

Sin embargo, Ferro y Candisano Mera resolvieron el viernes rechazar el recurso y respaldar la decisión de la jueza. Para ello, retomaron la argumentación ya invocada para habilitar anteriores salidas del país del empresario y mencionaron que “la limitación impuesta a la libertad ambulatoria de que goza el imputado es -por su naturaleza cautelar– provisoria, no una conclusión inmutable, y que lo prohibido es salir del país sin permiso del magistrado a cuya disposición se encuentra”.

Integrantes de organizaciones ambientales de la ciudad participaron ayer en la Cámara de Diputados de un encuentro para debatir un proyecto de ley que logre “un equilibrio entre salud y comunicaciones” en la regulación de radiofrecuencias, “fijando límites de protección similares a las normativas más estrictas implementadas en distintos Estados” para mejorar “la calidad y objetividad de la información brindada a los usuarios sin perjudicar la eficacia o factibilidad de los servicios”.

Gladys Girotti, presidenta de Salud Ambiental en Acción y vocera del nutrido grupo de agrupaciones que participaron de la jornada consultiva, comentó a FM De la Calle que el encuentro surgió tras el “escandaloso proyecto 1941 que trataba de que las telecomunicaciones móviles fueran nombradas de interés público nacional y, de esta manera, podían poner antenas en las propiedades de todas las personas sin necesidad de pedir autorización”.

Las ONG´s y sindicatos, con el acompañamiento de lxs legisladorxs Gabriela Troiano, Carlos Rubín, Diana Conti y Carolina Gailalrd, revisaron y reimpulsaron una iniciativa que ya fue presentada en 2011, 2012 y 2014 por lxs diputadxs Verónica Benas y Antonio Riestra sin lograr su tratamiento. “Hicimos algunas modificaciones que creíamos necesarias pero los fundamentos son los mismos solo con mayor aval científico”, explicó Girotti.

Las jornadas consultivas contaron con la participación del dr. Ignacio Casas Parera, especialista en neurooncología, jefe del Departamento de Neurología del Instituto de Oncología “Ángel H. Roffo”, quien analizó la incidencia de tumores del sistema nervioso central; la dra. María Inés Sasiain, integrante del consejo directivo de CICOP, quien se refirió al costo que representaría al Estado un incremento eventual en el número de pacientes oncológicos. Por otra parte, el bioquímico Eduardo Legaspe explicó los efectos biológicos de las radiofrecuencias y el ingeniero Guillermo Defays discutió los aspectos técnicos involucrados en la normativa.

Girotti destacó que profesionales de la salud se involucren en el tema dado que muchas veces “reconocen a sus pacientes que la causa de su enfermedad pueda ser por las antenas pero al momento de tener que salir a investigar y hablar públicamente no quieren meterse en discusiones”.

El Concejo prorrogó plazos para que las empresas adecuen sus antenas

Durante la entrevista, la titular de Salud Ambiental en Acción se mostró sorprendida por la prórroga de los plazos para que las empresas ajusten su tecnología a la normativa local. “La ordenanza 17.130 pedía que en el plazo de noventa días las empresas presentaran la declaración jurada de todo lo que tenían instalado y a partir de ahí había 18 meses para adecuación de la tecnología que tenían instalada más lo que vayan a instalar para bajar los niveles de potencia”.

 “Nos sorprendió que el miércoles, sin que haya llegado con tiempo como para que los concejales pudieran analizar la situación, se pidiera un plazo de prórroga para la presentación de estas obligaciones que tenían las empresas y darles un plazo de 24 meses. Son cosas que no entendemos, en primer lugar, por qué ampliar rápidamente los plazos, que llegue a la mañana algo para votar al mediodía que los concejales no tienen tiempo para analizar y muchos ni siquiera saben lo que es una torre antena, la mayoría no intervino cuando se votó la ordenanza en 2013. En segundo lugar, ¿para qué quieren prórroga en una ordenanza que está suspendida? Recordemos que la Municipalidad, el gobierno anterior, no presentó apelación en su defensa cuando la judicializó por quinta vez Telecom, dejó que se vencieran los plazos cuando en las cuatro veces anteriores había sido respaldada por la justicia federal”, se preguntó Girotti.

Adhieren a la iniciativa presentada en el Congreso las ONG’s Aletheia por la Vida, Nuevo Ambiente, Consumidores Responsables, Red de Barrios Irradiados, Vecinos Subestación  Sobral Ezpeleta, Asamblea Rigolleau, CTA Autónoma Provincia de Buenos Aires, ATE Provincia de Buenos Aires, Vecinos Autoconvocados de Campo Quijano (Salta), Vecinos autoconvocados de Gral. Güemes (Salta), AVDA  Asociación Vecinal en Defensa del Ambiente Gral. Cerri (Bahía Blanca), Sociedad de Fomento y Cultura de Villa Amaducci (Bahía Blanca), Sociedad de Fomento Ing. Pedro Pico, Ayuda-Le “Ayuda al leucémico” (Bahía Blanca), Vecinos Autoconvocados de Gral. Roca, Foro de la Niñez Bahía Blanca, FUNAM, Asociación Vecinal Dr. Enrique Finochietto Ciudad Autónoma,  ONG Ambiente Comarca (Tornquist), UETTEL (Unión de empleados y técnicos  de las telecomunicaciones) y Salud Ambiental en Acción Bahía Blanca, con el valiosísimo apoyo del Servicio de Paz y Justicia que preside Adolfo Pérez Esquivel.

Los fiscales Miguel Palazzani y José Nebbia solicitaron la acumulación de cuatro causas en donde se investiga la responsabilidad de integrantes de las fuerzas armadas y de seguridad en crímenes de lesa humanidad cometidos en el ámbito del V Cuerpo del Ejército.

Los representantes del Ministerio Público Fiscal fundamentaron el pedido en aras de lograr mayor celeridad en las actuaciones y una valoración adecuada e integral del abundante material probatorio, y “en orden a la conexidad intrínseca existente entre los eventos que componen cada una de las causas mencionadas”.

Con 65 integrantes de las fuerzas armadas y de seguridad sentados en el banquillo -25 de ellos ya recibieron condenas- por delitos de lesa humanidad contra 233 víctimas, la acumulación de las cuatro causas implica el primer “mega-juicio” en Bahía Blanca. El Tribunal que llevará adelante el debate oral y público de las cuatro causas posee la misma integración.

Comunidad de actuación

Los fiscales solicitaron la acumulación en el marco de la causa “González Chipont, Julio Guillermo y otros s/privación ilegal de la libertad”, en la que a fines de diciembre de 2014 la Cámara Federal de Casación Penal había rechazado los recursos interpuestos por las defensas de los distintos imputados y que actualmente se encuentra elevada a juicio, idéntico estado procesal que los otros tres expedientes. A la hora de argumentar el pedido de unificación, Palazzani y Nebbia señalaron la “estrecha conexidad” de este expediente con las causas “Ayala”, “Araoz de Lamadrid” y “Araujo” en cuanto a una comprensión acabada del fenómeno criminal que constituye su objeto procesal.

En este sentido, indicaron que quedó debidamente acreditada la “comunidad de actuación” de las fuerzas de seguridad, tanto en lo que respecta a la actividad de inteligencia como en la fase operativa desplegada por las unidades de la Armada y el Ejército Argentino, y las fuerzas represivas que funcionaron bajo la órbita de una y otra. Como contraparte, la persecución política en la actividad delictiva se centró en todos los casos, sobre víctimas que compartían grupos y espacios de militancia y actividad social, circunstancia “determinante” de la calidad de blanco del ataque contra la población.

“Como primera característica a señalar, todos los hechos sucedieron en el mismo espacio y período, como parte del mismo plan criminal de exterminio, ejecutado por las fuerzas armadas –el Ejército y la Armada-, y de seguridad estatales, en coordinación con factores civiles y eclesiásticos”, destacaron. Los representantes del MPF expresaron además que la segmentación del proceso en diferentes juicios iría en detrimento de una adecuada valoración de la prueba, ya que se impediría que el fenómeno criminal en toda su dimensión y complejidad pueda ser abordado y examinado de manera global en un acto único, “en claro perjuicio de la fiel reconstrucción de la verdad histórica, y de la íntegra ponderación de las responsabilidades penales”.

Impunidad biológica

La presentación de los fiscales hace hincapié en que, por la complejidad propia del terrorismo de Estado, la metodología adoptada en todo el país ha sido aquella por la cual en la medida en que se encuentre completa la investigación respecto de determinados hechos y sus responsables, la instrucción sea clausurada y elevada en tramos. Uno de los riesgos que se busca evitar es la denominada “impunidad biológica”, que se configura cuando la muerte impide el juzgamiento de los imputados, “máxime considerando que en las causas ‘Araoz de Lamadrid’ y ‘Araujo’ la mayoría de los encartados superan los 70 años, llevan varios años detenidos, y de no hacerse lugar a la unificación, deberán esperar por más de dos años para ser juzgados”.

El escrito de Palazzani y Nebbia menciona la resolución PGN 13/08 de la Procuración y la Acordada 42/08 de la Corte Suprema de Justicia, en la que el máximo tribunal señaló la “legítima preocupación por la demora en la sustanciación de los demás procesos en curso”, y el “legítimo derecho a una respuesta por parte de las víctimas y deudas”. Por último, pone de manifiesto que en algunas jurisdicciones la acumulación de causas se dispuso en la etapa de debate oral, como es el caso de las causa conocida como “ESMA III –o ESMA unificada-; en Córdoba, con el expediente 136/2009 “Menéndez, Luciano Benjamín; el juicio de La Perla; o incluso lo que sucedió con la causa “Plan Cóndor”, donde hay dos expedientes que no se unificaron pero que se sustancian en el mismo debate. “Una modalidad diferente pero con el mismo fin”, concluyeron.

Fuente: fiscales.gob.ar

El senador provincial Andrés de Leo se refirió esta mañana a la denuncia del juez José Luis Ares respecto al “accionar dilatorio” del Organismo Provincial de Desarrollo Sostenible para controlar y sancionar a empresas contaminantes garantizando así la absolución de las mismas por la prescripción de las causas y aseguró que está trabajando en la reformulación de los plazos legales.

“He instruido al grupo de abogados que viene colaborando con nosotros en la tarea legislativa recabar toda la información para promover en el ámbito legislativo la modificación para que la prescripción se lleve por lo menos a un plazo de cinco años”, dijo a FM De la Calle el legislador de Cambiemos, quien se manifestó “en todo de acuerdo con Ares”.

En ese sentido, afirmó: “Me parece un despropósito que las contravenciones en materia ambiental sean tan breves, por varias razones. La primera porque es una mala señal hacia la sociedad que estas infracciones que a veces son de montos (altos) por la envergadura de las multas, puedan caerse cuando una multa menor por infracciones de tránsito tardan mucho tiempo en prescribir. En segundo lugar nos pone a resguardo de accionares negligentes o dolosas que pudieran haber existido en la administración pública”.

Respecto a las sumas que suelen aplicarse a las empresas contaminantes, Ares aseveró en su fallo que “generalmente resultan exiguas, cuando no insignificantes, en relación al poderío económico de las mismas”.

Al ser consultado al respecto, De Leo sostuvo que “quiero ser prudente, serio y responsable, no puedo caer en el facilismo de decir esto es poco o es mucho porque la verdad que no tengo los elementos para llegar a esa aseveración que ha hecho el juez, pero indudablemente de ser así, esto también sería materia de modificación. Lo que pasa es que en ese caso habría que ver si es por error de la legislación o por falta de criterio en la aplicación de los montos”.

La semana pasada se conoció la sentencia en la cual Ares absolvió del pago de 150 mil pesos a la empresa PBB Polisur por prescripción de una causa por haber emitido humos negros durante casi veinte minutos el 20 de abril de 2011 en la planta LHC I dedicada a la fabricación de polietileno en Ingeniero White. En su fallo el magistrado insistió en la necesidad de modificar las leyes en cuestión y denunció como “sospechoso el sistemático y burdo accionar dilatorio de los funcionarios del OPDS”.

Por ello, dio intervención al Ministerio Público Fiscal ante la posible comisión de delitos de acción pública, tales como abuso de autoridad, omisión o retardo de actos del oficio, violación de los deberes de funcionario público, entre otros, por parte de integrantes de dicho organismo ambiental provincial que en Bahía Blanca tiene sede en la mismísima Unión Industrial.

gay dowEste sábado se registró un episodio similar en Dow-PBB. Según la información oficial “el Comité Técnico Ejecutivo emitió un acta de infracción a la empresa PBB Polisur por la emisión de humo más allá de los valores legales permitidos. El incidente se produjo en la antorcha que funciona en la planta Cracker 1, tras un inconveniente en un instrumento de un compresor de hidrogenación”.

Al ser consultado sobre el cuestionamiento del magistrado, el titular del CTE César Pérez, opinó que “para estas causas un año puede ser poco tiempo para poder determinar o necesitamos que los entes que se encargan de aplicar las sanciones trabajen con celeridad en estos temas. Nosotros en un lapso de diez días elevamos el informe al OPDS. (…) Sabemos que hay trámites que tienen su demora porque necesitan alguna inspección u otro tratamiento, nosotros solamente ejecutamos la fiscalización de las empresas”.

Proyecto en el Concejo

El concejal Juan Manuel Martínez Eizaguirre solicitó mediante un proyecto de resolución a lxs legisladorxs provinciales que amplíen el plazo de prescripción previsto en el art. 33 del Decreto Ley 8031/73, a fin de evitar la prescripción sistemática de las causas contravencionales.

De igual modo, requirió a la gobernadora María Eugenia Vidal que intervenga para dar la mayor celeridad en la tramitación de las causas del OPDS.

“La demora en la tramitación de las causas por parte del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible suele provocar como resultado la prescripción de los procesos, quedando impunes los hechos que las originaron, con evidente perjuicio para el interés público toda vez que los infractores de las normas ambientales no reciben las sanciones previstas en el ordenamiento positivo, que entre otras funciones tiene una finalidad correctiva”, aseguró el edil.

Familiares y amigos de Ángel Almada, el joven encontrado herido debajo del puente que une Ing. White con Boulevard y fallecido días después, marcharán esta tarde en la localidad portuaria exigiendo el esclarecimiento del caso. Será a partir de las 18 desde la cancha del Club Comercial para pasar por la Delegación Municipal y llegar finalmente a la sede de la Comisaría Tercera.

“Todavía no sabemos nada, nadie nos llamó para informarnos qué está pasando, dicen que están investigando. No la Comisaría Tercera, ellos no nos llamaron hasta el viernes a las diez de la noche cuando salió nuestra nota en Canal 9 diciendo que nunca nos habían dado respuesta”, aseguró Viviana Almada, tía del adolescente, y agregó que “en ese puente donde a él lo tiraron hay dos cámaras pero no funcionan. Si funcionaran ya sabríamos quién tiró a Ángel”.

La mujer solicitó que quien “haya visto algo, lo que fuese, por más mínimo que sea, que nos lo digan, eso va a ayudar a la investigación porque por ahora no tenemos nada. A Ángel lo tiraron. La primera hipótesis que manejaba la Tercera es que él se quiso suicidar, imposible. Una persona que se quiere suicidar cuando está por caer al piso contrae el cuerpo, apoya las manos, eso uno lo hace por inercia y él no tenía ni un raspón. Le han pegado una trompada, le ha pasado algo y lo han tirado ya desvanecido”.

“Ángel a las diez de la noche (del sábado 5) va a comer a la casa de una amiga, once y media le dice al papá de la amiga Micaela que lo alcance hasta la casa de otra chica que son compañeros del Colegio Presidente Sarmiento donde estudiaba. Van a festejar que es el último día de vacaciones, están ahí un rato con los compañeros, escuchan música, toman cerveza como cualquier adolescente lo hace, están ahí y de repente Ángel se va a otra fiesta donde estaba mi hijo. Mi hijo lo ve espectacular, lo ve bárbaro, están ahí charlando y Angelito sale cuatro y media y llega a la casa de vuelta de Martina. Ella le dice que se vaya a la casa porque había tomado, porque se iba a descomponer. Ángel sale, Martina llama a mi hermana diciéndole que Ángel iba para la casa. Mi hermana espera y Ángel nunca llega”, relató Viviana.

Desde entonces “no sabemos más nada”. Su madre lo buscó durante toda la noche y a las ocho de la mañana se acercó a la sede policial whitense donde le informaron que Ángel estaba internado en el Hospital Municipal. “Fue lo único que le dijeron, cuando Ángel se cayó a las seis y media. No la fueron a buscar a la casa, si no va a la comisaría no sé si se enteraba ese día”.

El pibe de 17 años, “era un chico excelente, amaba su orquesta escuela, estaba en su mejor momento, él estudiaba, los compañeros del Colegio Sarmiento no entienden qué pasó porque era un nene muy querido, lo amaban todos, es el sobrino de todo White, la gente está mal, todos lloran y no pueden creer que haya pasado esto”, finalizó su tía.

Para aportar información comunicarse con la UFI Nº 3, al 2914705878 o al 4573033.

El juez correccional José Luis Ares absolvió del pago de 150 mil pesos a la empresa PBB Polisur por prescripción de una causa por haber emitido humos negros durante casi veinte minutos el 20 de abril de 2011 en la planta LHC I dedicada a la fabricación de polietileno en Ingeniero White. En su fallo el magistrado insistió en la necesidad de modificar las leyes en cuestión y denunció como “sospechoso el sistemático y burdo accionar dilatorio de los funcionarios del OPDS”.

Por ello, dio intervención al Ministerio Público Fiscal ante la posible comisión de delitos de acción pública, tales como abuso de autoridad, omisión o retardo de actos del oficio, violación de los deberes de funcionario público, entre otros, por parte de integrantes de dicho organismo ambiental provincial que en Bahía Blanca tiene sede en la mismísima Unión Industrial.

“Algo está fallando en la sistemática normativa y/o en su interpretación, en cuanto a la proporcionalidad y razonabilidad, cuando la acción contravencional por cruzar un semáforo en rojo o contaminar con la combustión de un automóvil, tiene un plazo de prescripción de cinco años y la acción por contaminar el ambiente a través de una planta industrial prescribe al año, dada una interpretación analógica (que no comparto), por existir un vacío legal”, escribió Ares.

El magistrado sostuvo que “existió una incomprensible e injustificable demora en la tramitación del proceso, en un largo y tortuoso camino hasta” sus manos: “la resolución sancionatoria, que como se dijo fuera dictada el 9/05/12, recién se notificó a la empresa imputada el 22/11/13, es decir un año y medio después. El recurso de apelación fue interpuesto el 2/12/13 y recién fue concedido el  9/12/14, es decir un año después. Y el ingreso a este juzgado, previo registro y sorteo por parte de la Cámara Penal departamental, se produjo un año después, el 9/12/15”.

Ares afirmó que “es esta cuestión de la calidad de vida de mis convecinos y los riesgos implicados en la actividad industrial en esta ciudad, que posee un enorme complejo petroquímico, la que genera preocupación por la cancelación de toda posibilidad de sancionar a las empresas que de algún modo contaminen el ambiente”.

“Es que sin perjuicio de que resulte difícil establecer el grado de motivación en la norma por parte de las empresas, y el efecto preventivo de la amenaza de sanciones pecuniarias, que generalmente resultan exiguas, cuando no insignificantes, en relación al poderío económico de las mismas, lo cierto es que con un plazo de prescripción de un año siempre la acción contravencional se va a extinguir sin poderse ejecutar las multas aplicadas, si es que se aplican, por cuanto las enormes, incomprensibles e injustificadas demoras en la tramitación de estos procesos por parte del OPDS, en casos que, en su mayoría no presentan complejidad y se resuelven con las actas y el descargo, hacen que muy probablemente lleguen a los juzgados correccionales ya operada la prescripción (como en el presente caso), o bien ello ocurra al recurrir la empresa a las instancias superiores (Cámara y Suprema Corte)”, falló.

La resolución firmada a principios de marzo fue enviada no solo a las autoridades de la Fiscalía General platense, a cargo de Héctor Ernesto Vogliolo, sino también a las autoridades políticas locales y provinciales en la figura del ministro de Gobierno bonaerense, Federico Salvai, el intendente Héctor Gay y el presidente del Concejo Deliberante, Nicolás Vitalini.

El fiscal Gustavo Zorzano imputó a tres ex funcionarios del gobierno de Gustavo Bevilacqua por su responsabilidad en la muerte de Daiana Herlein tras la caída de una rama sobre su cabeza en el Parque de Mayo.

Se trata de los ex directores de Parques Municipales Marcelo Caramelli y Oscar Abraham, acusados de homicidio culposo e incumplimiento de deberes de funcionario municipal y del ex titular de la Agencia Urbana, Marcelo Lenzi, a quien se le achaca el incumplimiento de sus deberes.

“Es un avance, esperamos que a partir de estas indagatorias, específicamente la que pueda aportar el señor Abraham, pueda llegar a decir en la justicia lo que ya ha dicho en el Concejo Deliberante acerca de las maniobras realizadas por (el ex secretario privado del intendente Martín) Laplace, enviado por Bevilacqua imagino, para que consiga un contacto en Buenos Aires y frene la causa”, dijo a FM De la Calle el abogado Leandro Aparicio.

El representante de la familia de la adolescente agregó que “estamos convencidos que no tiene la misma responsabilidad Abraham que Caramelli. Caramelli estuvo durante mucho tiempo en el parque, sabía todo lo que pasaba, en el parque lo que hacía era coimear, pedir plata para sacar árboles, no sacar los árboles que tendría que haber sacado, vender árboles nuevos a distintos hornos. Abraham estuvo solamente un mes y pico y creemos que él no tenía conocimiento de lo que estaba pasando, tuvo buena voluntad como para no solamente ponerse a disposición de la familia después del incidente sino decir las cosas que dijo”.

“También queremos probar cómo la municipalidad trató de encubrir cuando mandaron a sacar el árbol después de que cayó sobre la nena. Esa circunstancia también se la dijo la misma Lorena Zerneri el mismo día y el fiscal, a 25 cuadras de donde estaba él con un coche oficial a las 11 de la mañana un día hábil, no se tomó la molestia de ir a corroborar lo que le estaba diciendo la víctima sino que dijo ‘yo no puedo desconfiar de la gente que está haciendo su trabajo'”, comentó.

El abogado no descartó que en las próximas instancias la mamá y el papá d Daiana soliciten el cambio de la acusación que pesa sobre los ex funcionarios de homicidio culposo a homicidio doloso.

“Porque alguien no hizo lo que debía hacer murió alguien”

A dos años de la muerte de Daiana, el Concejo Deliberante aprobó por unanimidad en su última sesión un proyecto de ordenanza por el que se reserva el nombre de “Daiana Herlein” a un sector del Parque de Mayo de nuestra ciudad. La iniciativa del ex edil Manuel Mendoza no había reunido los votos con la composición anterior del cuerpo.

“Tiene que ser un reconocimiento para que especialmente quienes cumplimos la función pública aprendamos de lo que pasó con Daiana Herlein, y si va a tener algún efecto didáctico el Paseo Daiana Herlein va a ser que cuando pasemos por allí nos acordemos qué fue lo que pasó y cuánto tenemos que aprender de lo que pasó”, declaró el concejal Gustavo Mandará y destacó que por “esta tragedia, accidente, llámenlo cómo quieran” y “porque alguien no hizo lo que debía hacer, murió alguien”.

El presidente del bloque del FpV recordó también que las acciones del gobierno del ahora diputado nacional del Frente Renovador, Gustavo Bevilacqua, derivaron en una “larga serie de desaciertos que sometieron a la ciudad a un dolor político como me parce no hubo antecedentes”.

Así definió la CTA Bahía Blanca-Coronel Dorrego al fallo del juzgado en lo Correccional Nº3 de Bahía Blanca, a cargo de la Jueza Susana Gonzalez La Riva, en el marco del juicio oral contra 5 trabajadores que tomaron en 2012 el frigorífico Villa Olga.

“Se consumó un atropello contra el legítimo derecho a la protesta social de los trabajadores. En la sentencia se condena a uno” de ellos, “Hugo Cartagena y se absuelve a los otros cuatro acusados. Se le imputa al trabajador el delito de ‘usurpación’, al tiempo que se restituye la propiedad del frigorífico a la familia Siracusa”.

Para el abogado de dos de los trabajadores criminalizados, Claudio Lofvall, el juicio “nunca debió haber llegado al ámbito penal ya que se trata de un conflicto que debía dirimirse en la justicia laboral”.

A través de un documento, la CTA recordó que “en el 2012 la legislatura bonaerense votó una ley que lo declaraba de ‘utilidad pública sujeto a expropiación´. En aquel momento se hizo un acto en las puertas del frigorífico con la presencia de los diputados del FpV Sonia Larraburu y Marcelo Feliú y se hicieron promesas de reactivación. Las mismas nunca se efectivizaron ni tampoco se concretó la expropiación. Ahora bien, en todo esto, los trabajadores no tienen responsabilidad alguna. Llama la atención que nadie del sector político que impulsó la ley estuviera en el juzgado”.

Criminazliación de la proyesta

Para la CTA, “la sentencia sienta un precedente en tanto criminaliza la decisión de 187 trabajadores despedidos en el 2012 de defender sus puestos de trabajo ante el vaciamiento patronal”. Además, el texto expresa que “en un momento en que se producen despidos tanto en el ámbito estatal como el privado, la justicia produce un fallo por el cual inclina claramente la balanza a favor de las patronales”.

Para la fiscal Olga Herro, según se puede escuchar en el audio extraído de una entrevista otorgada a este medio, no había ningún conflicto laboral que justifique la toma y se mostró únicamente abocada a observar el delito de usurpación sin contemplar el contexto en el que se llevó adelante la medida de fuerza. En este sentido, la central sostuvo que “usurpación es apoderarse injustamente y de forma violenta de una propiedad o de un derecho que pertenece a otra persona. Los trabajadores no se apoderaron de nada ni utilizaron la violencia. Frente a una patronal que primero los explotaba obligándolos a asociarse a una cooperativa fraudulenta y luego los despedía y comenzaba a llevarse las máquinas de trabajo para vaciar la planta acordaron conjuntamente la defensa del trabajo”.
Enrique Gandolfo, referente de la CTA regional, dijo a FM De la Calle que “nosotros hablamos de una justicia direccionada en este caso desde la fiscalía y convalidad por la jueza en el sentido de que hay una justicia que se saca la venda, abre bien abiertos los ojos y decide con una mano premiar a los empresarios, le devuelve la propiedad que había sido declarada de utilidad pública y sujeta a expropiación y por otro lado castiga a los laburante”.

“La fiscal, cuando habla de los trabajadores, habla de esta gente. No es gente como ella”.

Reforzando lo antedicho, el dirigente que estuvo presente en los pasillos palaciegos contó que, mientras esperaban la lectura del fallo, “a dos metros de los trabajadores estaba la familia Siracusa (dueños de la firma). Pasa la fiscal: abrazos, besos con la familia, con la abogada. Un rato después la sentencia le da la razón a la patronal”.



Lo dijo a FM De la Calle el testigo directo de crímenes cometidos por la banda de la Triple A bahiense y querellante en la causa judicial, Alberto Rodríguez, tras conocer que el Poder Ejecutivo Nacional publicó el decreto 427/2016, firmado por el presidente Mauricio Macri y el ministro de Justicia, Germán Garavano, aceptando la renuncia del camarista Néstor Luis Montezanti.

“En segundo lugar, se declaró cobarde. Y en tercer lugar, el pueblo le pagará la jubilación de por vida, al haber el PEN aceptado la renuncia a alguien que va a ser condenado”, agregó. En este sentido, Rodríguez se preguntó: “¿Qué haría el Poder Ejecutivo ante algún morocho con gorrito dado vuelta si lo detienen por robo de gallinas y se arrepiente? ¿Lo liberaría? Creo que no. Por lo tanto, como siempre, la clase dominante exculpa a sus aliados y condena a los humildes. Nada nuevo bajo el sol”.

El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados de la Nación debía resolver este mediodía si removía o no al ahora ex juez acusado por mal desempeño de sus funciones. Montezanti había sido  suspendido en septiembre por el Plenario del Consejo por sus vínculos con la Triple A y su pasado como personal civil en el Destacamento de Inteligencia 181 durante el terrorismo de Estado.

Según manifestó Rodríguez “había elementos suficientes para que el fallo del jury fuera desfavorable para el ex camarista. Si presentó la renuncia una semana antes es porque un señor como Montezanti tiene las amistades necesarias para contarles los votos y avisar cómo le iba a ir. Él sabía que iba a ser condenado”.

Por su parte, el titular de la Liga Argentina de los Derechos del Hombre, José Schulman, organismo que había pedido al PEN que rechazara el pedido de renuncia, sostuvo que “lo más importante desde el punto de vista de la consecuencias es que pierde los fueros: pasa a ser un ciudadano común. Ahora el juzgado de instrucción de Bahía Blanca no tiene otra opción que llamarlo a declaración indagatoria” en el marco de la causa Triple A en la cual está imputado junto a cinco integrantes de la patota que se encuentran detenidos.

“El poder lo sigue defendiendo. Faltaban dos días para leer la sentencia. ¿Por qué razón se apura Macri a aceptar la renuncia?”, se preguntó el dirigente y recordó que el jury del Consejo de la Magistratura “se constituyó por dos denuncias: una es la de los trabajadores judiciales de Bahía Blanca que durante mucho tiempo han denunciado toda clase de maltratos, agravios, actos del machismo más brutal”.

“Y en segundo término, nosotros hemos apoyado desde siempre una antigua denuncia de Alberto Rodríguez, primero y de Dante Patrignani, luego, sobre la vinculación del doctor Montezanti con la Triple A”.

La imputación hacia el ex camarista como integrante de la Triple A “fue discutida hace muchos años en un juicio que el propio Montezanti abrió contra Rodríguez por supuestas injurias y agravios. Fue el primer momento en que se discutió la cuestión de la Triple A en Bahía Blanca. Fue una batalla realmente importante, donde pudimos confrontar dos maneras de entender la vida”.

A su vez, Schulman invitó a considerar la renuncia de Montezanti como “una victoria enorme, ética. En general las ratas huyen de los barcos cuando los barcos se hunden. Pobre Montezanti que es una rata pero que tuvo que huir de un barco que en realidad está en el momento más glorioso: ha recuperado el gobierno, el sobrino de Massot es presidente del bloque (del PRO), Macri habla de la teoría de los dos demonios con una impudicia… pero los procesos son contradictorios y nuestros más de 10 años de lucha fructificaron ahora”.

La Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca confirmó la falta de mérito del dueño de La Nueva Provincia, Vicente Massot, imputado por crímenes de lesa humanidad, y declaró abstracto el pedido de nulidad de lo actuado por el abogado Claudio Pontet, quien benefició al empresario en marzo de 2015.

Los fiscales Miguel Palazzani y José Nebbia habían cuestionado aquel fallo ante la Alzada local, cuyo ex presidente Néstor Luis Montezanti presentó ayer la renuncia al cargo -en el cual estaba suspendido- jaqueado por un jury que le reprocha su pasado como personal civil de inteligencia del Destacamento 181 y sus vínculos con la Triple A. Con la lectura del veredicto establecida para el próximo jueves, el Ministerio de Justicia deberá decidir si acepta o rechaza la dimisión. En la causa Massot se había involucrado para exonerar al juez Álvaro Coleffi.

Ayer, Pablo Candisano Mera y el camarista marplatense Jorge Ferro firmaron la sentencia y dijeron que, “por el momento”, no se encuentra acreditada la responsabilidad de Massot como coautor de los homicidios de Enrique Heinrich y Miguel Ángel Loyola y de haber efectuado “aportes esenciales” en los secuestros, torturas y asesinatos de otras 35 personas a través de tareas de acción psicológica desplegadas por su multimedio.

candisano

Pablo Candisano Mera.

En cuanto a la validez de la intervención de Pontet, Candisano Mera validó sus actos y afirmó que su designación no adolece de vicio alguno y, en ese sentido, el Consejo de la Magistratura solo se limitó a no ratificarla”. Ferro contrapuso que el letrado “no estaba en condiciones legales ni reglamentarias para acceder a tal cargo” aunque coincidió en que finalmente el pedido fiscal, con el juez fuera de la causa, “cae en abstracto”.

Los magistrados manifestaron que las operaciones psicológicas, según su lectura de las normativas militares, eran planificadas y desarrolladas por los uniformados y que “el control y fiscalización gubernamental de los medios de comunicación en la lucha contra la subversión también estaba consagrado reglamentariamente”.

“No es posible considerar como lo hacen los fiscales que toda esta responsabilidad recayera en una empresa privada, o en un civil, siendo más lógico y razonable, a la par de legal y reglamentario, que el Jefe de Operaciones de la Zona 5 se valga de aquellos elementos que le puedan resultar útiles en su planificación, resultando La Nueva Provincia ineludible en esta ciudad y alrededores, especialmente por su posición en el mercado local y su enfoque ideológico abiertamente expuesto”, dijo el autor del primer voto.

El veredicto compartió la “cuasi legalidad de la época” planteada por Pontet reconociendo los decretos del gobierno de Isabel Perón para “aniquilar la subversión”. “En ese marco de violencia política, dado fundamentalmente por el accionar, por un lado, de agrupaciones como Montoneros y el ERP y, por el otro, de grupos parapoliciales apañados por el Estado como la Triple A, el golpe militar no fue resistido por la sociedad, sino más bien aceptado, en algunos casos con resignación, en otros con entusiasmo, en especial en los medios de prensa”.

Como “para ciertos sectores de la sociedad”, entre ellos la empresa de la familia Massot, “la subversión armada era un peligro actual, real y palpable, por lo que la acción psicológica militar sobre ella, solo tendría que acentuar el miedo sin necesidad de convencer. Por ello es que no puede considerarse acreditado que el diario y/o sus directivos tuvieran un conocimiento previo y certero respecto de la realidad de la lucha contra la subversión”, entendió Candisano.

Al amparo de la “libertad de prensa”, agregó: “De allí también que la línea editorial, si bien no era muy diferente antes, alentara y proclamara la necesidad de aniquilar la subversión de la que legítimamente podían sentirse blanco, y dicho mensaje no era más que el oficial y, aún sin saberlo, hasta legal, según los cánones de legalidad de la época”.

La Fiscalía ubicó al actual director del diario dentro del “núcleo duro” de administración del multimedios, en una segunda línea compartida con su hermano Federico, subordinada a la madre de ambos, Diana Julio. Para ello destacan su carácter de dueño, de ser el encargado de representar internacionalmente a la empresa, de queintervino en forma directa y personal en los conflictos laborales haciendo labrar actas notariales, que tuvo reuniones con jerarcas de las fuerzas represoras y que cobraba sueldo como editorialista. Los jueces opinaron que nada de ello fue probado.

Por ejemplo, su rol de correo entre los genocidas Guillermo Suárez Mason y René Azpitarte, en medio de una interna militar, no significa “elemento cargoso alguno, pues dada la presencia prácticamente hegemónica del diario a nivel local y regional, resulta razonable que guardaran buenas  relaciones con las distintas autoridades asentadas en la ciudad, ya sean nacionales o  provinciales, civiles o militares”.

“La extensa y compleja imputación fiscal fue tratada en profundidad por el a quo y descartada por falta de elementos probatorios que la confirmen, pues no se ha acreditado que el imputado tuviera algún grado de participación en los hechos endilgados, teniendo en cuenta la edad, lugar de residencia  y su actividad al momento de los hechos”, culminó Candisano Mera.

ferro efemedelacalle

Jorge Ferro.

El marplatense Jorge Ferro, presidente del Tribunal Oral que ordenó investigar el rol de La Nueva Provincia tras condenar a 17 represores del V Cuerpo de Ejército, firmó que “hasta el momento no se han podido acreditar” los delitos imputados, “pues la sola circunstancia de publicar ciertas ideas más afines a  gobiernos dictatoriales o una línea editorial que muestra el perfil que sostiene el diario La Nueva provincia, no obstante que no se compartan tales ideales, por sí solo no dan la idea acabada de haber formado parte del plan criminal y formar una asociación ilícita a partir del Terrorismo de Estado”.

“Si bien he dicho en la causa N° 982 que le resulta arbitraria la consideración que los militares ‘utilizaron’ a La Nueva Provincia y admitieron una acción psicológica, imputar por ahora a todos los directores de diarios sería aplicar la lógica de libre convicción ya que, insisto, hasta el momento no  se valoró elemento alguno que lo acredite”, escribió.

En la misma línea, subrayó que “tampoco ha sido demostrado ni siquiera indiciariamente” que “el imputado asumió voluntaria y conscientemente su parte en el plan delictivo, realizando actividad de inteligencia, en las especialidades  de selección de blancos, construcción del enemigo, actividad psicológica de persuasión, compulsión y sugestión de la población, enmarcada incluso en los reglamentos militares, hasta el momento y con la indulgencia de las pruebas que exige este estado procesal”.

El espía chileno Arancibia Clavel dejó asentado en su archivo que su “amigo” Vicente Gonzalo Massot era parte de sus contactos en Buenos Aires. En un informe de 1974 -hallado recientemente por la Dirección de Comunicación de la PGN-, el agente revela que el empresario bahiense le pidió información para hacer una campaña en los medios “sobre la penetración soviética en América Latina”. Para la Fiscalía, los documentos fortalecen la acusación a Massot sobre instigación al genocidio.

El director del diario de Bahía Blanca La Nueva. (ex La Nueva Provincia) pidió en 1974 información al agente secreto de la Dirección Nacional de Inteligencia chilena (DINA), Enrique Arancibia Clavel, “para hacer una campaña” en sus medios “sobre la penetración soviética en América Latina”, según dejó plasmado el propio espía trasandino en su archivo, que es parte de la prueba del histórico juicio en el que se juzga la coordinación represiva de las dictaduras del Cono Sur, la Operación Cóndor. En los mensajes dirigidos a sus jefes, el agente indicó que lo unía “una antigua amistad” con Massot y que se reunía semanalmente con la redacción de la revista Cabildo, de Buenos Aires, donde el empresario justamente se desempeñaba como secretario de redacción.

Los fiscales de la Unidad de Derechos Humanos de Bahía Blanca, Miguel Palazzani y José Nebbia, presentarán la prueba documental en la causa que tiene al empresario periodístico con pedido de procesamiento por “instigación al genocidio”. La escandalosa falta de mérito que le dictó el juez subrogante Claudio Pontet -separado luego de la causa- está siendo analizada por estos días por la Cámara Federal de esa ciudad.

La Fiscalía bahiense accedió a la información de inteligencia gracias a la colaboración prestada por el fiscal general Pablo Oviña, de la Unidad de Asistencia para causas por Violaciones a los Derechos Humanos, que interviene en el juicio oral por la Operación Cóndor, donde ya pidió la condena de 17 de los 18 acusados que llegaron a la instancia final del debate.

El informe que menciona a Massot como contacto de la DINA en Buenos Aires fue hallado por personal especializado de la Dirección de Comunicación Insitucional de la Procuración General de la Nación entre cientos de cables e informes de diferentes embajadas en base a los cuales se publicó en el sitio www.fiscales.gob.ar la nota sobre los documentos que prueban la Operación Cóndor. A raíz del hallazgo, desde la Dirección de Comunicación Institucional se avisó a ambas dependencias del Ministerio Público.

El documento hallado fortalece la acusación de la fiscalía. Massot, que en 1974 tenía 25 años, se encuentra imputado, precisamente, de realizar operaciones psicológicas para las Fuerzas Armadas, como presentar públicamente los fusilamientos de las víctimas como “enfrentamientos”. Los fiscales señalaron que realizó -junto a otros miembros fallecidos del clan, como su madre, Diana Julio- “aportes esenciales”, que “consistieron en el ocultamiento deliberado de la verdad” en los secuestros, torturas y homicidios de 35 personas a través de tareas de acción psicológica desde las páginas del diario antes, durante y después de la última dictadura cívico-militar. También está acusado como coautor del homicidio, entre el 30 de junio y el 4 de julio de 1976, de los obreros gráficos del diario, Enrique Heinrich y Miguel Ángel Loyola, tras un conflicto sindical registrado el año anterior en la empresa.

Arancibia Clavel fue detenido en 1978 por el Departamento de Asuntos Extranjeros de la Policía Federal en medio del conflicto con Chile que casi termina en guerra por la disputa del Canal de Beagle. Tiempo después de la mediación Papal, fue liberado. En esa época el espía chileno era conocido por diferentes contactos de las Fuerzas Armadas argentinas, pues era enlace de la Operación Cóndor en nuestro país. En el juicio oral en curso se ventilaron pruebas sobre su participacion en el secuestro en 1977, en Buenos Aires, de Laura Elgueta y Sonia Díaz Ureta, junto a policías federales. El propio fiscal Ouviña señaló en su alegato la paradoja de dos países que, pese a considerarse potenciales enemigos, compartían como objetivo común la persecución -para la eliminación- de la resistencia a las dictaduras.

En la década del ’90, Arancibia Clavel regresó a vivir a la Argentina y fue detenido, juzgado y condenado por el asesinato del jefe del Ejército chileno del gobierno de Salvador Allende, Carlos Prats, y de su esposa, Sofía Cuthbert, perpetrado en Buenos Aires el 30 de septiembre de 1974 en el marco de una asociación ilícita. Ambos murieron por la detonación de un explosivo colocado en su vehículo. El caso judicial sentó jurisprudencia, pues la Corte Suprema señaló en agosto de 2004, un año antes de declarar inconstitucionales las leyes de Punto Final y Obediencia Debida, que el delito de asociación ilícita por el que había sido condenado Arancibia Clavel era imprescriptible, por integrar la categoría de crímenes de lesa humanidad. En 2011, el ex agente chileno apareció muerto, apuñalado en el pecho, en su departamento del centro de Buenos Aires, donde cumplía el arresto domiciliario por la condena.

“Gonzalo”

LH_Banner_2Según se desprende de los documentos hallados, Massot pretendía alertar desde los medios que controlaba sobre la compra de armas por parte del gobierno militar del peruano Juan Velasco Alvarado (1968-1975), que despertó preocupación en las dictaduras vecinas del continente porque su principal proveedora fue la Unión Soviética. Pinochet era además uno de los principales interesados, pues Perú era considerado en Chile entre las hipótesis más serias de conflicto bélico.

Con 30 años de edad en 1974, Arancibia Clavel enviaba semanalmente partes desde la Embajada en Buenos Aires a la DINA, la organización creada por la dictadura de Pinochet para perseguir a los opositores al régimen dentro y fuera de sus fronteras. En un informe fechado el 29 de octubre de 1974 en la Capital de nuestro país, a menos de un mes del atentado que culminó con la vida de Prats y su esposa, Arancibia incluyó un acápite sobre los “contactos establecidos” en Argentina y puntualmente señaló: “Gonzalo Massot, subdirector de la revista CABILDO (nacionalista de derecha y dueño del diario, televisión y radio de Bahía Blanca, me pidió material informativo sobre el armamentismo peruano para hacer una campaña en los medios que el controla sobre la penetración soviética en America Latina. También con Gonzalo me une una antigua amistad” (sic).

El encabezado del documento indica que se trata del “Memorándum 5” con destino a Luis Gutiérrez, en Santiago de Chile. Ese nombre, en realidad, no corresponde a ninguna persona, sino que era una clave de la DINA. En el juicio oral por la Operación Cóndor el documento fue identificado como 17A. Al final del documento el espía indica, pero no firma, su nombre de cobertura: Luis Felipe Alemparte.

En otro documento, nominado “Memorándum 9-A”, fechado el 3 de diciembre de 1974, Arancibia describe a la revista Cabildo, como lo hace con otras publicaciones, y pone de relieve que se reúne de forma “semanal” con su redacción: “CABILDO, revista mensual, nacionalista de derecha, antiperonista, normalmente tiene artículos sobre geopolítica en que atacan a Chile por problemas limítrofes, en el aspecto ideologico son defensores de la Junta. Mi relación con su equipo de redacción son muy buenAS y mantengo una reunión semanal con ellos. Envío el último número que corresponde a noviembre” (sic).

“Engranaje continental”

Los fiscales Miguel Palazzani y José Nebbia, que preparan la presentación de estos documentos, ponderaron que “siguen apareciendo evidencias que fortalecen una hipótesis que no ofrece ni ofrecía dudas sobre el rol de Vicente Massot, no sólo en el esquema de poder del grupo La Nueva Provincia, sino como un engranaje a nivel continental nada menos que con Arancibia Clavel, conocido agente de la DINA en Argentina”.

Palazzani y Nebbia agregaron que estos “documentos muestran que su participación personal en operaciones psicológicas con coordinación continental data de 1974 y que el contacto con la inteligencia de la dictadura chilena era semanal”.

“También, nos muestra la importancia de la preservación y el acceso a los archivos que construyen la memoria colectiva”, consideraron, al tiempo que pusieron de relieve el “gran trabajo del fiscal Ouviña y del equipo de comunicación de la Procuración General”, que permitió dar con esta información.

Fuente: fiscales.gob.ar

Lorena Zerneri, mamá de la adolescente fallecida tras la caída de una rama en el Parque de Mayo y denunciante en la causa que investiga a Marcelo Caramelli por coimas y extorsión, se mostró indignada por la obtención del arresto domiciliario mediante el pago de 45 mil pesos de fianza por parte del ex titular de Parques.

“Lo que más me indigna es la argumentación de la jueza -Marisa Promé- que obviamente habrá tenido una pericia o informe médico como para tomar esa decisión, pero no me parece que argumente que en estos casi tres meses, desde el 25 de noviembre, su salud haya ido deteriorando sin responsabilizar al penal. Directamente, su salud empeoró por una deficiencia en la alimentación y lo mandan a la casa”, dijo a FM De la Calle.

La madre de Daiana Herlein agregó: “¿El penal no está dando la asistencia de salud que tiene que dar a los presos? Bueno, entonces como esta persona que va a su casa que abran la puerta y que saquen a todos los que tienen diabetes o alguna enfermedad similar”.

Tanto el fiscal Gustavo Zorzano como el representante de Zerneri, Leandro Aparicio, trabajan por estas horas en la apelación del arresto domiciliario del ex funcionario de las intendencias del actual diputado nacional Gustavo Bevilaqcua y el ex ministro de la Producción sciolista Cristian Breitenstein. “Más allá del video -en el que se ve a Caramelli recibiendo una coima de un comerciante- había mucho más para investigar que tiene que ver con esta causa o que se puede desprender en otras”, manifestó Lorena.

Al ser consultada sobre la causa que investiga las responsabilidades penales por la muerte de su hija, Zerneri informó que “corren los plazos, ya son casi dos años, eso el fiscal lo tiene presente y me dijo que está trabajando también en las imputaciones de cada uno de los imputados, que no sé quiénes son, no me lo dijo. En el próximo mes o dos meses deberían estar saliendo. Mientras él necesite el tiempo para poder argumentar de mejor manera, más sólida, su trabajo, me parece perfecto”.

Por último, Lorena comentó lo conversado con el intendente Héctor Gay, a quién le preguntó sobre “el estado de los sumarios ya empezados y de los que aún no se empezaron” y acerca del rol del abogado y empleado comunal Sebastián Martínez: “Está defendiendo a un delincuente que en nombre de la Municipalidad estafó a un ciudadano”.

La nota completa:

Desde el lunes se realiza el juicio oral por el delito de usurpación del frigorífico. Ayer declararon los testigos de la Fiscalía, encabezada por la dra. Olga Herro, y hoy lo hicieron los de la defensa patrocinada por el dr. Claudio Lovfall. Cinco son los imputados en la causa: Hugo Cartajena, Enrique Orlando Garaggiola, Hugo Almada, Daniel Wenderlich y Pablo Cañiuqueo. Mañana serán los alegatos.

Entre las personas que prestaron testimonio este martes se encontraba el ex presidente del Concejo Deliberante, Carlos Alberto Moreno Salas, actualmente titular de la delegación bahiense del Ministerio de Trabajo. El ex edil afirmó que la cooperativa habría sufrido un “fraude laboral”, porque “los trabajadores no tenían acceso a la contabilidad de la cooperativa, ya que eran socios”, “ni cobertura social ni recibo de sueldo” y agregó que “era una relación de dependencia encubierta”.

Posteriormente se sometió a un careo con Silvio Siracusa, el dueño del frigorífico convocado por la Fiscalía. Discutieron los puntos de un acta acuerdo firmada en septiembre del 2011. El pacto entre el municipio y la cooperativa Fortín Cuatreros planteaba que Siracusa debía pagarle 500 pesos a cada trabajador y comprometerse a seguir faenando para reactivar el frigorífico. Además, hablaron sobre una supuesta cifra propuesta por el SENASA para poner en marcha la producción nuevamente. Según Moreno Salas, este acuerdo nunca se cumplió y la cifra del SENASA nunca fue aceptada, por eso debió intervenir la municipalidad otorgándo un subsidio.

Luego testificaron dos trabajadores. Jorge Mario Cabrera fue el primero, expuso que tuvo un juicio laboral contra la cooperativa porque su hijo falleció electrocutado en las inmediaciones de Villa Olga. “Me pagaban si yo no demandaba al frigorífico”, denunció.

En último lugar, declaró Perrone, quien mantiene un juicio laboral contra Fortín Cuatreros por haber tenido un accidente por el cual posteriormente fue despedido.

Mañana a partir de las 9:30, en Estomba 32, el Juzgado Correccional Nº 3, declararán los cinco acusados y comenzaran los alegatos.

Cobertura: Giuliana Crucianelli – FM De la Calle.

Con la ausencia del ex presidente de Bahía Transporte Sapem, Fabián Lliteras, y el silencio del gerente Adrián Saschgorodsky, se realizó el viernes la reunión plenaria convocada por la Comisión de Tránsito y Transporte del HCD para analizar la estafa concretada por la “utilización irregular” de tarjetas urbanas. Para el edil Pablo Rosenfelt, flamante representante de la oposición en la empresa, el encuentro dejó “más dudas que certezas” mientras que para el oficialista Fernando Compagnoni “fue una jornada muy positiva”.

El actual titular de la Sapem, Tomás Marisco, difundió un comunicado “atento la multiplicidad de versiones que desde ámbitos políticos y mediáticos ha trascendido, y con las limitaciones naturales en cuanto a revelación de detalles para no entorpecer la tarea judicial”. También acudieron a la cita Juan Carlos, Claudio y Cristian Curcio por EYCON y el abogado de la firma, Maximiliano Gorg.

“Creo que tuvimos menos certezas que dudas, arrancamos ya con el gerente de la Sapem que se autoexcluyó de dar respuestas aduciendo que no podía ventilar datos que tenían que ver con la justicia. Eso nos limitó porque teníamos un montón de preguntas que obviamente él como responsable tenía que haber contestado”, aseguró Rosenfelt a FM De la Calle.

El concejal interrogó a los empresarios whitenses sobre “si cuando las tarjetas estaban en blanco y salían sin crédito de la Sapem, no había controles que son elementales y que no había limitantes respecto a la carga, se podía cargar cifras siderales sin que nadie pusiera un tope. EYCON lo que dice es que ellos simplemente proporcionaban el sistema, son los dueños del software, y que no estaban en el tema del monitoreo ni del control que es una responsabilidad de la Sapem”.

“Creo que EYCON tiene muchísima responsabilidad respecto a los controles, cuando se les pregunta por qué hubo posibilidades de que estas 28 famosas tarjetas salieran con créditos exorbitantes, estamos hablando de 45 mil millones de pesos, ellos aducen que le ponen muchos dígitos a la tarjeta por el tema inflacionario”, explicó.

“Fue una jornada muy positiva y que nos permitió ampliar con la totalidad de los concejales, lo que ya había ocurrido en el despacho del intendente, Héctor Gay, en ocasión de haberse reunido con los diferentes presidentes de los bloques para ponerles en consideración todo lo que está sucediendo”, dijo el titular de la Comisión de Tránsito y Transporte, Fernando Compagnoni y aclaró que “lo que se buscó fue disipar dudas de la totalidad de los concejales, sin alterar el cauce de la causa penal”.

Por su parte, el secretario del intendente y actual presidente de Sapem Transporte, Tomás Marisco entregó a lxs concejalxs y a la prensa el siguiente comunicado.

Bahía Transporte SAPEM entiende necesario transmitir a la comunidad de Bahía Blanca información clara y objetiva acerca de los acontecimientos de público conocimiento que se encuentran en instancia investigativa por parte de la Fiscalía n° 10 a cargo del doctor Gustavo Zorzano. En tal sentido, atento la multiplicidad de versiones que desde ámbitos políticos y mediáticos ha trascendido, y con las limitaciones naturales en cuanto a revelación de detalles para no entorpecer la tarea judicial, informamos:

* Que con fecha 11 de enero del corriente esta empresa, representada por su gerente y con acuerdo previo del intendente municipal, formuló una denuncia penal ante la Fiscalía número 10 a cargo del Dr. Gustavo Zorzano; en forma conjunta con el representante de la firma EYCON S.A.

* Que en dicha denuncia se describe una situación por la cual terceros ajenos a la empresa habrían empleado fraudulentamente tarjetas Bahía Urbana destinadas al pago de viajes en el transporte público de pasajeros, las cuales contenían saldos extremadamente elevados, que no correspondían al adquirido por ningún usuario.

* Que la maniobra consistía básicamente en la aplicación de un mecanismo doloso para la conversión de aquellos saldos en dinero efectivo a través de la comercialización y distribución del mismo a usuarios finales, en forma de carga de crédito para viajar en colectivo.

* Que el crédito que detentaban aquellas tarjetas excede ampliamente el rango de valores que desde los sistemas de Bahía Transporte SAPEM puede asignarse a una tarjeta Bahía Urbana.

* Que si bien el monto de la estafa es de gran significatividad absoluta y resulta de imperativa prudencia aguardar la conclusión de la investigación penal para pronunciarse sobre su definitiva cuantificación, debemos reconocer que el fraude fue advertido por esta empresa co-denunciante como consecuencia del control y alertas internos al operar el sistema mencionado.

* Que tanto la cuantía relativa del monto de la estafa – en comparación con los volúmenes de la operación normal – , como la independencia económica de la unidad de negocios afectada, descartan totalmente de plano, una incidencia negativa con respecto al valor del pasaje de colectivo tomado según el último estudio de costos.

* Que la magnitud económica relativa de la maniobra, y por la forma meticulosa del accionar delictivo que consistía en bajar pequeños saldos por día, la tornan virtualmente indetectable e inmune a los controles y auditorías contables legales y de rutina. Por ello, y más allá del pesar por lo ocurrido, valoramos como un hecho especialmente positivo el haber advertido la situación internamente y previo a la concreción de un daño económico mayor.

* Que la tarea de esta sociedad no se agotará en el hallazgo y la denuncia del delito descripto, sino que se promoverán las acciones de reparación económica pertinentes.

* Que esta Sociedad también ha activado sus mecanismos internos requiriendo una auditoría técnica de la totalidad del proceso desde la recepción de las tarjetas hasta la venta de las mismas al público, con profesionales de la Universidad Nacional del Sur a los efectos de evaluar si pueden prevenirse este tipo de contingencias.

Aguardamos el completo esclarecimiento de los hechos oportunamente denunciados, respetando en todo momento, el trabajo investigativo de la justicia. Comunicaremos en relación a este tema sin demora, toda novedad relevante.

Desde abril de 2012 trabajadorxs de esa planta tomaron posesión de las instalaciones, ante el incumplimiento de un acuerdo de reinversión por parte de la empresa. Luego, según el abogado Claudio Lofvall, la propiedad fue determinada a favor de lxs manifestantes por “una ley de expropiación de la Cámara de Diputados que le otorgó propiedad del frigorífico a la Cooperativa Fortín Cuatreros”.

Como trasfondo del conflicto, “lo que se debate a partir del lunes es si la conducta de esos trabajadores constituye el delito de usurpación o se trata de una conducta que apuntaba a ejercer un derecho o a defender la fuente de trabajo o el derecho a manifestarse, a protestar”.

De esta forma, “es un conflicto netamente del derecho laboral. Es un reclamo sindical. El derecho penal es la última alternativa si el derecho administrativo, civil o laboral no lograron encontrar solución al conflicto. En el terreno laboral esto se hubiera resuelto hace rato”.

“La discusión se da ahora en terreno penal porque evidentemente en el derecho penal los poderosos sí tienen más chance de ganar. Seguramente en el derecho laboral el derecho a huelga amparado constitucionalmente hubiera tenido otra acogida”.

Para Lofvall, “cuando dos derechos se enfrentan prima el mayor jerarquía. En este caso y siempre, cuando un derecho que es más importante que el derecho de la propiedad se enfrenta con el derecho a la propiedad existe un remedio legal que es, justamente, una ley de expropiación por utilidad pública”.

“Eso no lo hace la justicia sino la Cámara de Diputados que dice: ‘mire por estas razones, para mantener las fuentes de trabajo y habiendo constituido una cooperativa, ahora expropiamos la propiedad y se la damos a la cooperativa conformada por los trabajadores’. Eso es lo que sucedió”.

“Ahora debatiremos, a partir del lunes, si estos trabajadores, que nunca de debieron haber necesitado un abogado penalista porque con un planteo laboral les hubiera alcanzado, van a hacer valer el derecho que por ley les corresponde (Ley 15505) o se va a aplicar el derecho penal para criminalizar la protesta y se los va a meter presos y se les va a sacar el frigorífico que por ley les corresponde”.

El contexto

El abogado de los trabajadores acusados de usurpación recordó que “en el año 2011 disminuyó la faena del frigorífico. En septiembre la firma decide cerrar y despedir a 187 trabajadores. Los obreros se plantan en la puerta. Se plantea el conflicto social. Entonces intervienen la política, la municipalidad, el Concejo Deliberante, legisladores, el Ministerio de Trabajo y finalmente se hace un acuerdo de paz social. En él se comprometían a poner en marcha el frigorífico, la municipalidad iba a ayudar, la provincia iba a poner una plata y mantener a las familias que estaban tomando las instalaciones manifestando de ese modo. El convenio no se cumplió. Sí la provincia y la municipalidad cumplieron pero el frigorífico no se puso en marcha sino que, por el contrario, empezó a haber un movimiento de camiones donde empezaban a sacar máquinas balanzas, todos los elementos de trabajo”.

En este contexto, “en abril de 2012 los trabajadores dijeron: no saquen nada más. Tomaron la planta. En realidad no entraron a las oficinas. Se quedaron en una galería y las oficinas del frigorífico estuvieron siempre cerradas hasta que salió esta ley de la Cámara de Diputados que le otorgó la propiedad”.

¿Qué es lo que dirimirá el juicio oral?

Hasta el día miércoles, “la discusión se circunscribe a ver si hubo usurpación en ese período en que ingresaron al hall (y no a las oficinas) en 2012 y el momento en que la ley les reconoce la propiedad”.

Sin embargo, Lofvall cree “que se está queriendo criminalizar la protesta social y mandar un mensaje a toda la sociedad: que las paritarias tienen techo y que ‘si protestan los hecho’ y si hacen lío los meten preso. Creo que es una revancha política”.

En este sentido, el abogado recalcó que “la fiscal dice por los medios que van a pedir la condena y la restitución del frigorífico. Realmente eso es lo que les interesa”.

En el ámbito político, también cuestionó que “antes de que este juicio suceda y de que haya una sentencia ya las nuevas autoridades municipales se sacan foto en el frigorífico anunciando que se va a abrir con nuevos inversores. No podría hacerse esto sin que haya una sentencia”.

Foto: Telam

La normativa anti-piquetes que legaliza la represión y criminalización de la protesta social, presentada la semana pasada por la ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, y aprobada por el Consejo de Seguridad Interior con el pomposo nombre de “Protocolo de actuación de las fuerzas de seguridad del Estado en manifestaciones públicas”, comenzó a recibir sus primeros rechazos y repudios por parte de organismos de derechos humanos y organizaciones gremiales.

El Centro de Estudios Legales y Sociales salió inmediatamente a cuestionar la iniciativa tildándola de “antidemocrática” y advirtiendo que “uno de los aspectos más graves de la resolución es que no prohíbe de manera explícita que los policías que intervienen en las manifestaciones utilicen armas de fuego, ni tampoco que usen balas de goma para dispersar. (…) El gobierno nacional, en lugar de regular la actuación de las fuerzas de seguridad y el uso de la fuerza, amplía sus facultades para reprimir y criminalizar. La ministra respondió que “el CELS no sabe leer, lee lo que le conviene y tiene una actitud beligerante y de obstrucción. (…) Desde que nosotros somos gobierno, ellos y los que pertenecen al gobierno anterior lo único que hacen es hacer cada día más cortes de rutas, más piquetes”.

Desde el organismo no tardaron en retrucar afirmando que “la protesta social y las manifestaciones públicas son parte de la vida democrática, son el megáfono de las demandas sociales. En nuestro país han sido inseparables de transformaciones sociales que ampliaron derechos. Frente a estas demandas, los gobiernos pueden priorizar la resolución política de los conflictos a través de mecanismos no represivos o pueden hacer prevalecer el orden público y la represión. Pueden dar el mensaje de que van a controlar la actuación policial o el de que van a dejar que actúen con sus propios criterios. Este es un debate político de fondo en el que están en juego derechos fundamentales”.

La Comisión Provincial por la Memoria rechazó la “criminalización de la protesta social” que propone el nuevo protocolo “en un escenario de conflictividad social” en el cual “la represión de la protesta termina con situaciones de violencias generalizadas, no aporta a la resolución de los conflictos, vulnera las garantías constitucionales y degrada el sistema republicano y democrático”.

“Amparándose en el derecho a transitar y mediante la utilización de términos ambiguos y laxos, la nueva legislación delimita de manera arbitraria el derecho fundamental de la ciudadanía a manifestarse y peticionar ante las autoridades y, al mismo tiempo, permite la discrecionalidad de las fuerzas de seguridad para intervenir en las manifestaciones públicas”.

Por otra parte, el organismo repudió “las limitaciones impuestas a la participación de los medios de comunicación, que siempre funcionaron como un reaseguro de la legalidad de las intervenciones de las fuerzas de seguridad. (…) Cualquier limitación al trabajo de los medios de comunicación resulta también inconstitucional en tanto vulnera la efectiva libertad de prensa. Además, con el pretexto de evaluar la actuación de las fuerzas de seguridad, se permite tomar registro fílmico y fotográfico de las manifestaciones. Sin embargo, existen innumerables antecedentes en donde este tipo de información pasa a engrosar los archivos de inteligencia”.

Para la Coordinadora contra la Represión Policial e Institucional el protocolo es “un dispositivo ideológico que tiende a restringir las libertades públicas, al tiempo que consolida el proceso creciente de exclusión social, y estigmatiza y moldea la opinión pública, allanando el camino para que gobiernen en contra de las clases subalternas. No se diferencia sustancialmente de otros intentos, como el del anterior gobierno, con el consenso de todos los partidos patronales, a partir del discurso presidencial de apertura de sesiones ordinarias en el Congreso el 1º de marzo de 2014”.

En cuanto a los registros audiovisuales que deberán realizar las propias fuerzas de seguridad para ser utilizadas en sede judicial, CORREPI sostiene que es “una clara reedición del Proyecto X del anterior gobierno”. “De este modo, y considerando que en otro punto se vincula la protesta con la infracción a varios delitos del Código Penal (art. 183, daño; art. 194, corte de calles, etc.), se habilita la filmación de reuniones previas, o la identificación de los organizadores, con la excusa legal de prevenir o evitar la comisión de esos delitos”.

“Criminalizar la protesta, devaluar el derecho a ejercerla, rebajando incluso su trascendencia al asimilarla al derecho al libre tránsito de las calles, importa propiciar un verdadero estado policíaco que la clase dominante necesita, porque se trata de enfrentar el peligro que para esa clase implica su ejercicio. Niveles inflacionarios devastadores del bolsillo de los trabajadores y del pueblo, techo a las paritarias, tarifazos, despidos masivos, impuesto al salario, cortes de luz, persecución política y social, represiones varias, son la contracara de las enormes ganancias transferidas a los más ricos en los últimos dos meses”, agrega el comunicado y convoca a la clase trabajadora a “tomar nota de esta amenaza concreta y disponerse a enfrentarla con redoblados esfuerzos organizativos para no dejar las calles”.

El secretario de Derechos Humanos de la CTA Autónoma y secretario general de la Federación Judicial Argentina, Hugo Blasco, opinó que el gobierno está interpelando el modelo democrático argentino: “Tenemos una larga tradición de más de 20 años, recordemos los piquetes del del ’94, ’95, de desocupados que inclusive significaron el asesinato de compañeros y compañeras. Hay una larga tradición respecto a la movilización popular, al corte de calle, al corte de rutas, cuando hay toda una instancia previa que no ha sido atendida por el Gobierno, por el Estado como trabajadores despedidos de un día para el otro, trabajadores que no cobran el salario hace 3, 4, 5 meses, poblaciones enteras que se ven afectadas en su calidad de vida por la contaminación ambiental y no tienen ninguna respuesta ni solución”.

“Ahora la respuesta del Estado es la represión porque en definitiva en esta democracia que no es tal, no es la que pretendemos los trabajadores, siempre se nos dice, desde los medios de comunicación fundamentalmente y de toda la catarata ideológica liberal que hay que garantizar los derechos de todos como la libre circulación ahora los otros derechos que son vulnerados y que son gravísimos, porque yo puedo tener una demora un día siendo automovilista, puedo tomar por otra calle que me signifique llegar más tarde a donde tengo que ir, ahora el que no tiene para comer, no tiene para comer, el que perdió el empleo, perdió el empleo y eso no lo resuelve caminando tres cuadras más o una hora por un embotellamiento de tránsito”.

Victorio Paulón, titular del área de Derechos Humanos de la CTA que conduce Hugo Yaski, dijo que el plan de Bullrich “es un enorme retroceso respecto a todo lo que se había construido en los últimos años no solamente en la sociedad civil, en el propio parlamento. El Acuerdo de Seguridad Democrática había establecido un claro protocolo en el que estaba prohibida la portación de armas a los agentes de seguridad, la obligación de la mediación y generar espacios de negociación que permitieran abordar los motivos del conflicto y todo esto de un plumazo es borrado por la ministra de Seguridad y volvemos al viejo esquema de un emplazamiento de pocos minutos para desalojar la calle, caso contrario la represión”.

“En términos históricos es un retroceso de una década, en términos prácticos esta es la antesala de que empecemos a contabilizar heridos, detenidos, procesados y por qué no también algún muerto como consecuencia de la represión. Esto es reiterativo. Kosteki y Santillán siguen presentes en la memoria colectiva, en las organizaciones sociales, en los sindicatos, en los organismos de derechos humanos, y lo que hace este protocolo es generar exactamente el mismo escenario que teníamos en aquel momento”.

La Asociación de Reporteros Gráficos se opuso al “corralito periodístico” y argumentó que “una cobertura periodística callejera no puede realizarse de ningún modo desde ‘una zona determinada’ por la policía, y que esta solo sirve para ocultar un accionar que se presupone así represivo cuando no ilegal”.

“No es necesario tampoco abundar en ejemplos donde la cobertura periodística justamente desnudó y ayudó a castigar ese accionar abusivo o ilegal de las fuerzas de seguridad. Fotos icónicas de la Matanza de Tlatelolco o de la universidad de California lo demuestran, y las fotos de nuestros colegas que cubrieron y denunciaron y facilitaron el castigo de los asesinatos de Kosteki y Santillán lo confirman”, afirmaron y responsabilizaron al gobierno nacional “por la integridad física de los trabajadores de prensa que cubren la protesta social” exigiendo que “se les permita cubrir los hechos con la libertad de movimiento y perspectiva que corresponde a una prensa libre y responsable”

En el mismo sentido, la Red de Carreras de Comunicación Social y Periodismo de Argentina (REDCOM) mostró “particular preocupación” por “la limitación del trabajo de periodistas, fotógrafos y otros trabajadores de la comunicación. La historia también nos ha dejado la lección de que muchos episodios de abuso policial y represión criminal han sido juzgados gracias a los registros fotográficos y audiovisuales realizados por comunicadores”.

“La prescripción de una ‘zona de ubicación determinada’ para los trabajadores de la comunicación implica un condicionamiento de la línea editorial de los medios y garantiza la impunidad para los agentes de seguridad que violen los derechos humanos de los manifestantes”.

Este lunes, en el marco de reanudación del juicio Escuelita IV en Neuquén, los organismos de derechos humanos de la región adherirán al proyecto de repudio al protocolo presentado en la legislatura provincial por el diputado del PTS-FIT, Raúl Godoy. Natalia Hormazabal, del CeProDH, expresó que el proyecto del gobierno “resulta ilegítimo e ilegal desde todo punto de vista, y que constituye un gravísimo avance en la criminalización de la protesta. Es escandaloso que se brinde poder ilimitado a las fuerzas de seguridad dejándoles la potestad de definir qué protestas permiten y cuáles no. Asimismo, el hecho de que bajo la argucia de la ‘flagrancia’, las fuerzas encargadas de la represión y el Ministerio de Seguridad puedan definir arbitrariamente quién comete delitos, juzgado ‘in situ’ sin intervención judicial, basándose en el artículo 194 del Código Penal impuesto por el general Onganía, constituye un real ataque a las más amplias libertades democráticas”.

“Amnistía Internacional considera de suma importancia que se desarrolle un debate serio informado y participativo en torno al derecho a manifestarse y expresarse. Es imperioso examinar el marco jurídico actual que impacta en el ejercicio de este derecho”, señaló la organización en una carta que su directora ejecutiva, Mariela Belski, le envió a la ministra Bullrich tras al anuncio del protocolo.

Finalmente, la Multisectorial La Plata-Berisso-Ensenada aseveró que “mientras el pueblo se encuentra abocado a preparar los actos de repudio al golpe de Estado genocida de 1976, reivindicando las 30.000 compañeras y compañeros detenidos – desaparecidos y la lucha antidictatorial, el gobierno de Mauricio Macri ha decidido reivindicar el accionar de esa dictadura genocida. Así, el nombramiento de funcionarios ligados a la dictadura militar, la reunión del secretario de DDHH Carlos Avruj con la ONG CEITYV, el negacionismo del ministro de Cultura porteño Darío Lopérfido y el proyecto elaborado en el Ministerio de Seguridad a cargo de Patricia Bullrich, es una muestra inequívoca que el gobierno nacional a poco de cumplirse los 40 años del golpe genocida, se coloca claramente junto a los represores que tiñeron de sangre la historia de nuestra tierra”.

“Presentamos nuestra preocupación por la grave situación de los derechos humanos en la provincia”, expresó Adolfo Pérez Esquivel, presidente de la Comisión Provincial por la Memoria (CPM) tras la reunión con la gobernadora María Eugenia Vidal. Como un organismo autónomo y público, y basado en su larga trayectoria, la CPM expuso la necesidad de promover políticas públicas en materia de protección y defensa de los derechos humanos y profundizar las políticas de memoria.

La Comisión Provincial por la Memoria y la gobernadora María Eugenia Vidal se reunieron esta tarde y acordaron continuar trabajando en una agenda que atienda las deudas pendientes en materia de derechos humanos en la provincia de Buenos Aires. “Juicios de lesa humanidad, desclasificación de archivos de la represión, situación carcelaria, policía bonaerense, policía judicial, políticas de niñez y salud mental”, enumeró Pérez Esquivel sobre los temas que exigen una intervención inmediata y políticas estructurales que se sostengan en el tiempo.

El encuentro se realizó en la sede de la Gobernación y contó también con la presencia del secretario de Derechos Humanos, Santiago Cantón. Junto al presidente de la CPM, estuvieron los integrantes del organismo Nora Cortiñas, Leopoldo Schiffrin, Víctor Mendibil, Elisa Carca, Mauricio Tenembaum, Roberto Cipriano García, Víctor De Gennaro, Ana Barletta, y la directora general de Áreas Sandra Raggio.

Durante la reunión, la CPM expuso el trabajo que viene realizando como organismo de monitoreo de los lugares de encierro y control de las políticas de seguridad y prácticas judiciales, como así también su labor en la gestión y preservación de archivos, investigación y educación. Al mismo tiempo, le llevó a la gobernadora Vidal un documento que contiene seis puntos centrales de la agenda de derechos humanos y las políticas de memoria en la Provincia: política de seguridad democrática, política penitenciaria, niñez y adolescencia, salud mental, justicia y políticas de verdad, justicia y memoria. El acuerdo fue seguir cada tema en articulación con el ministerio correspondiente.

“Centralmente, le transmitimos la gravedad y preocupación permanente por los hechos de torturas como una práctica sistemática en el Servicio Penitenciario Bonaerense (SPB), en los institutos de jóvenes, los neuropsiquiátricos y en el despliegue policial en el territorio. Para transformar esta situación extrema de violaciones a los derechos humanos, es necesario democratizar las fuerzas de seguridad y generar ámbitos para su control, entre otras medidas que requieren de una firme decisión política para transformarlas”, explicó el integrante de la CPM, Roberto Cipriano García.

“También planteamos el desacuerdo con la designación de Fernando Díaz al frente del SPB y nuestro rechazo a las declaraciones de emergencia en seguridad, tanto a nivel provincial como nacional”, agregó Cipriano García.
Asimismo, la Comisión planteó la necesidad de iniciar una verdadera lucha contra la corrupción policial y penitenciaria, y solicitó el cumplimiento del Protocolo Facultativo a la Convención contra la Tortura.

En el marco de esta reunión y atendiendo a los puntos conversados durante el encuentro, Pérez Esquivel precisó que “la Gobernadora nos encomendó que diseñemos tres propuestas concretas de nuestra agenda de trabajo para promover políticas públicas que puedan ser implementadas y evaluadas de acá a fin de año”. Al mismo tiempo, valoró el “compromiso de Vidal para acompañar los juicios por los delitos de lesa humanidad”.

Entre los temas tratados, Pérez Esquivel también destacó la posibilidad de firmar “un convenio para que los archivos de la Secretaría de Derechos Humanos sean digitalizados y preservados por la CPM”. Esta línea de trabajo ya había sido expresada durante la visita del Secretario Santiago Cantón a la CPM el martes pasado, así como también en la necesidad de seguir trabajando en la apertura de distintos archivos estatales vinculados con la dictadura.

En el documento presentado a la Gobernadora está expuesta también la preocupación por las políticas de niñez y adolescencia, el desfinanciamiento de todo el sistema de promoción y protección, la criminalización de la protesta social, la ley antiterrorista y un planteo de la creación de una comisión investigadora para saber qué pasó con Jorge Julio López.

La ministra de Seguridad de la Nación, Patricia Bullrich, presentó al Consejo de Seguridad Interior los alcances del “protocolo de actuación de las fuerzas de seguridad del Estado en manifestaciones públicas”. “No vamos a tolerar la extorsión”, advirtió la funcionaria tras su aprobación.

La iniciativa considera manifestaciones públicas a las “concentraciones pacíficas de personas, que se expresan con un fin o motivo en común, las que podrán ser programadas o espontáneas, y que se desarrolla por un período limitado de tiempo”.

En el caso de las programadas, las autoridades de seguridad jurisdiccionales deberán tomar “contacto con los líderes de la manifestación, a fin de que se encauce la misma en el marco del presente Protocolo y las leyes vigentes” y coordinar la protesta “de acuerdo a las características para establecer su recorrido, tiempo de duración y realización, dando aviso a la justicia”.

El protocolo establece que las fuerzas de seguridad “deben garantizar la libre circulación de personas y bienes –sea en calles, avenidas, autopistas, rutas nacionales, corredores de transporte público y de los principales accesos y avenidas centrales de los ejidos urbanos y rurales”, enumera como ejemplo aunque deja a “criterio” de los uniformados “la táctica a utilizar” sugiriéndoles “atención preferencial” hacia niñxs, adolescentes, mujeres embarazadas, adultxs mayores y personas con discapacidad.

El procedimiento propuesto por el macrismo comenzará con el aviso a las autoridades políticas por parte de las fuerzas de seguridad y el establecimiento de “un espacio de negociación para que cese el corte”, seguido por el aviso judicial.

Más allá del resultado de la “negociación”, se escucharán las “frases cortas y claras” del jefe del operativo de seguridad “a través de altoparlantes, megáfonos o a viva voz” ordenando a lxs manifestantes “desistir de cortar las vías de circulación de tránsito”, “retirarse” y “ubicarse en zona determinada para ejercer sus derechos constitucionales”. “El personal de las fuerzas de seguridad no deberá reaccionar ante provocaciones verbales o gestuales de algunos manifestantes”.

Si la protesta persiste, se habilitará la criminalización mediante el art. 194 del Código Penal que promete de tres meses a dos años de prisión a quien “sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicaciones, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas”.

 “Si los manifestantes no cumplieren con la orden recibida, se les solicitará que depongan el corte bajo apercibimiento de proceder conforme lo establecido para los casos de los delitos cometidos en flagrancia, según lo dispuesto en los Códigos de procedimiento Penal de cada jurisdicción, poniendo en conocimiento del Magistrado competente, y se procederá a intervenir y disolver la manifestación”, amenaza el protocolo.

 Tras el acuerdo o la represión, las autoridades políticas de la jurisdicción designarán personal para “establecer una instancia de negociación con el líder o representante del grupo de manifestantes, a los fines de canalizar sus reclamos a las áreas que correspondan”.

 Quienes “inciten a la violencia” o “porten elementos contundentes y/o armas de cualquier tipo, o utilicen fuego, combustibles, elementos explosivos o inflamables, agentes químicos, pirotecnia, o cualquier otro artículo que pudiere dañar la integridad de las personas”, bienes o “el medioambiente”, serán “identificados” y “aislados”.

Si existiesen daños durante la manifestación, se detendrá a sus autores y se accionará civilmente en su contra, así como la de “la entidad con personería jurídica o gremial a la que pertenezca, sus representantes legales o administradores de hecho y/o contra quien corresponda”.

A contramano de lo actuado en sus dos meses de gestión, durante los cuales hubo balas y golpes tanto para trabajadorxs despedidos como para niñxs murgueros, el gobierno sostiene que “el uso de la fuerza” y de “armas no letales” debe limitarse siempre al mínimo posible”, inspirados en los principios de “legalidad”, “oportunidad”, “último recurso frente a una resistencia o amenaza” y “gradualidad”. En tanto, la prensa será ubicada en una zona determinada “donde se garantice la protección de su integridad física y no interfiera con el procedimiento”. Ya de filmar y fotografiar a lxs militantes deberán encargarse los uniformados, que para eso tienen experiencia.