La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) presentó su informe anual 2021 sobre lugares de encierro, políticas de seguridad, niñez y salud mental de la provincia de Buenos Aires.

Se trata de un año marcado por la pandemia que evidenció aún más la crisis humanitaria del sistema penal luego de cuatro años de crecimiento sostenido de la población detenida. “La gestión del ministro de seguridad Sergio Berni consolidó las mismas políticas punitivistas de sus antecesores”, advierte.

La actual gestión de gobierno reconoció y asumió en los primeros meses la tarea de descomprimir un sistema penitenciario con elevados índices de sobrepoblación y hacinamiento. Una posición positiva que logró un leve descenso de la población en cárceles rompiendo la tendencia creciente de la última década.

Estas iniciativas no tuvieron su correlato en las decisiones del Poder Judicial ni en las políticas del Ministerio de Seguridad: a pesar del descenso de los delitos, aumentaron exponencialmente las aprehensiones y la violencia policial, y las comisarías tuvieron la sobrepoblación más alta de los últimos 15 años.

El reporte es el primero que se presenta luego de la designación formal de la CPM como Mecanismo Local de Prevención de la Tortura.

El informe en detalle

El gobierno de la alianza Cambiemos en la provincia de Buenos Aires profundizó la tendencia de los últimos 20 años: reformas regresivas, discursos punitivistas y crecimiento sostenido de la población detenida. El nuevo gobierno asumió transitando una profunda crisis provocada por la falta de alimentos y medicamentos en el sistema penitenciario y una huelga de 16.000 personas detenidas. Reconociendo la profunda crisis del sistema de encierro provincial y con el compromiso de transformarlo, convocó a una Mesa Interinstitucional de diálogo entre los tres poderes del Estado y organizaciones de derechos humanos, entre ellas la CPM. Esta iniciativa fue un importante mensaje político que se desactivó luego de iniciada la pandemia.

Los discursos e intenciones del Ministerio de Justicia, los avances importantes en salud mental y otros índices alentadores como la leve caída interanual de personas detenidas, y el descenso de jóvenes y mujeres en el encierro, no encontraron su correlato en el poder judicial que continuó reacio a los cambios, convirtiéndose en el sostén de esta política de sobre encarcelamiento. La excepción fue el fallo del Juez de Casación Víctor Violini, que rápidamente fue revocado por la Suprema Corte. Por su parte, la gestión del ministro de seguridad Sergio Berni, consolidó las mismas políticas punitivistas de sus antecesores.

En un contexto atravesado por la pandemia, la habilitación de los teléfonos celulares fue una valiosa iniciativa: ante la suspensión de las visitas, garantizó a las personas detenidas el acceso a su derecho a la comunicación y al vínculo familiar. También se constituyó en una herramienta para visibilizar y documentar casos de torturas, malos tratos y nula atención médica.

La angustia y desesperación de las personas detenidas demandó una mayor intervención de la CPM que lanzó el programa Punto Denuncia Torturas, junto a ocho organizaciones de familiares y ex detenidos/as de distintas localidades de la provincia de Buenos Aires. Esta iniciativa novedosa permitió fortalecer la capacidad de recepción de denuncias y la intervención frente a las violaciones a los derechos humanos en lugares de encierro.

De este modo, durante el 2020 los equipos de la CPM y del Punto Denuncia Torturas, realizaron 21.500 entrevistas a personas detenidas o sus referentes afectivos en las que se relevaron 34.500 hechos de tortura o malos tratos; casi la mitad de estas denuncias, más de 16.000, fueron por hechos de violencia o morosidad judicial. Esto confirma la sistematicidad de la tortura como forma de gobierno de la población encarcelada.

A partir de estas comunicaciones, se presentaron 16.200 escritos judiciales, entre ellas 3.200 habeas corpus individuales y 13.000 acciones urgentes. También se presentaron 120 acciones colectivas por hacinamiento, escasez de alimentos, falta de atención médica, falta de insumos de higiene, protestas, huelgas de hambre, represión, casos sospechosos o positivos de Covid-19.

Además, durante el 2020 la CPM continuó realizando inspecciones a cárceles, comisarías, alcaidías y centros de detención de jóvenes, la mayoría de carácter urgente frente a los conflictos que se presentaron.

Durante las protestas producidas los días 21 y 22 de abril en las unidades 10 de Melchor Romero y 23 de Florencio Varela y las ocurridas en nueve Unidades de toda la provincia el 31 de octubre y 1 de noviembre, los equipos de la CPM se constituyeron en todas ellas, realizando un seguimiento de las víctimas de la represión los días posteriores.

El informe sobre este último hecho habla de la magnitud de lo ocurrido: más de 1.500 personas padecieron represión extrema, torturas y traslados compulsivos. Sobre este universo, en 516 personas se constataron judicialmente un total de 634 lesiones. En 113 casos las lesiones fueron provocadas por postas de goma disparadas contra la cabeza, lo que está expresamente prohibido; 17 personas perdieron un ojo, una ambos ojos y otra parte de su oreja, lo que produjo discapacidades permanentes. Las represalias se vieron incluso en los incendios intencionales provocados por los agentes penitenciarios en los centros universitarios de las cárceles 48 de San Martín y 31 de Florencio Varela.

Antes de la represión, el Servicio Penitenciario Bonaerense ya había mostrado su accionar criminal provocando y fogoneando la protesta, incitando a los detenidos a subirse a los techos, sosteniendo las escaleras para que lo hagan o abriendo las puertas de los patios sin custodia.

También cabe recordar que durante esos hechos falleció Joel Román Carretero por una “lesión sufrida por la caída desde uno de los techos” en la UP 46 de San Martín. En la represión de abril en Florencio Varela, Federico Rey fue asesinado por penitenciarios que dispararon con bala de plomo, a pesar de estar prohibido su uso en el interior de las cárceles.

La reiteración de las recetas punitivistas en la cartera de seguridad

En las políticas de seguridad de la Provincia se intensificaron tres rasgos: retroceso en la conducción civil de las policías y unificación de las jefaturas, profundización del esquema de saturación policial como mecanismo de gestión territorial y agravamiento de la crisis humanitaria en las comisarías. A diferencia de otras áreas de la actual gestión, el Ministerio de Seguridad insistió en una receta que ya tiene 20 años y un fracaso reiterado: el punitivismo como única respuesta a los problemas de seguridad.

Como el mismo gobierno reconoció, los delitos se redujeron en promedio casi un 30 % por efecto del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio; sin embargo, crecieron exponencialmente las aprehensiones policiales: de 280.000 en 2019 se pasó a 410.088 en 2020, es decir 130.000 personas más. De estas 410.088 personas aprehendidas, apenas 37.607 (9,2 %) fueron privadas de su libertad por imputación de un delito y sólo 15.249 (3,7 %) ingresaron luego al Servicio Penitenciario Bonaerense porque se les dictó prisión preventiva o fueron condenadas.

Es decir, casi 9 de cada 10 personas fueron aprehendidas sin vinculación con la comisión de delitos. Esa hiperactividad y arbitrariedad de las fuerzas policiales en el despliegue territorial tuvo dos consecuencias directas: el aumento de la violencia policial y la saturación de las comisarías como lugares de detención.

Sobre el primero de los puntos, sólo la CPM registró durante el año 400 casos de violencia policial que involucran 577 hechos y 123 muertes por uso letal de la fuerza en territorio bonaerense. Si bien los 123 casos registrados en el 2020 marcan un descenso interanual, 21 menos que en 2019, es relevante incorporar al análisis la disminución de las denuncias de ilícitos; elemento que debe considerarse porque la mayoría de las muertes producidas por policías se generan en circunstancias en las que, supuestamente, son víctimas de robo.

Los casos de gatillo fácil, que terminaron en la muerte de Lucas Verón, Ulises Rial y Ezequiel Corbalán, son una muestra de prácticas estructurales que se reiteran. A estos se suma la desaparición y muerte de Facundo Astudillo Castro, donde innumerables indicios dan cuenta de la actuación policial, no investigada por la justicia federal.

Sobre las violaciones a los derechos humanos en comisarías, el incremento de personas detenidas en dependencias policiales alcanzó en noviembre el record de los últimos 15 años: 5.600 personas se alojaron en 1.221 plazas. El promedio anual fue de 4.849 personas, esto implicó una sobrepoblación del 295%, casi 80 puntos más que el año anterior.

En ese contexto crítico, 18 personas murieron en comisarías bonaerenses durante 2020; la misma cantidad que en 2018 aunque tres personas menos que en 2019.

Por otra parte, el Ministerio de Seguridad continuó incumpliendo con las órdenes judiciales de clausurar comisarías, incluso con una resolución del propio Tribunal de Casación provincial y también con lo dispuesto por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos que otorgó medidas cautelares sobre 21 dependencias.

A diciembre de 2020, se informaron 304 comisarías ocupadas, de las cuales 131 se encontraban inhabilitadas para alojar personas ya sea por inhabilitación ministerial o clausura judicial. Sin embargo, en esta condición alojaban al 36% del total de personas detenidas.

Finalmente, no sólo el Ministerio continuó incumpliendo órdenes de clausura, sino que también demostró su desdén con las instancias de diálogo y se ausentó sistemáticamente de las mesas de trabajo convocadas por el gobierno en el marco de las medidas cautelares en trámite ante la CIDH.

Algunos indicios alentadores que deben consolidarse

A nivel provincial el número de personas detenidas se mantuvo estable, pasando de 51.215 en enero de 2020 a 50.520 en enero de 2021, es decir una diferencia de 695 personas (-1%). Como puede observarse, no existió ninguna liberación masiva de personas. No obstante, la variación interanual fue negativa por primera vez en 13 años. Y como se dijo, luego de cuatro años en donde el crecimiento de las personas detenidas fue exponencial, a un promedio interanual del 9%.

Sin embargo, este leve descenso también debe analizarse considerando que la cantidad de delitos disminuyó en la provincia de Buenos Aires, conforme fuera anunciado conjuntamente por el procurador general de la Provincia Julio Conte Grand y el ministro de Seguridad Sergio Berni en septiembre de 2020. Es decir, si bien el delito disminuyó de manera considerable no hubo un correlato similar en la disminución de personas detenidas.

Con todo esto, la tasa de encarcelamiento cada 100.000 habitantes (mayores de 18 años) bajó de 415 a 399, equiparando el registro de 2018. Si bien 2020 interrumpió la tendencia ascendente iniciada en 2014, la tasa de encarcelamiento actual es 55% más alta que hace diez años.

La sobrepoblación del sistema carcelario descendió de 118% en 2019 a 106 % en 2020. Esto significa que todavía la mitad de los/as detenidos/as no tuvo espacio para dormir. Sin embargo, puesto en la serie histórica, 2020 rompió una tendencia ascendente iniciada en 2008 y exacerbada desde 2014.

Por otro lado, la pandemia evidenció la crisis sanitaria en el encierro y reforzó un reclamo ya histórico de la CPM: el pase de Salud Penitenciaria a la órbita del Ministerio de Salud para integrarse a las políticas sanitarias provinciales. Durante el 2020 murieron 178 personas en cárceles y alcaidías de la provincia de Buenos Aires; 30 más que el año anterior. Esto es un promedio de 15 muertes por mes o una cada dos días. De las 178 muertes, 29 fueron por Covid-19; 152 fueron por cuestiones de salud no asistidas, en su mayoría cuadros que de haberse tratado a tiempo las personas hubieran vivido o al menos extendido su sobrevida.

Las políticas de encierro durante el 2020 también muestran el descenso de la cantidad de mujeres, travestis, trans y jóvenes en prisión, datos alentadores porque hablamos de poblaciones particularmente vulnerables.

Al finalizar el año, había 2.028 mujeres privadas de su libertad en el SPB, esto es un 10,5% menos que el año anterior. Particularmente notorio fue el descenso de mujeres embarazadas o detenidas junto a sus hijos/as menores de 4 años: a diciembre de 2020, eran 33, un 57% respecto del año anterior.

Por su parte, la cantidad de personas trans y travestis detenidas se redujo un 19 % pasando de 101 en 2019 a 82 en 2020.

Con respecto al fuero de responsabilidad penal juvenil, la cantidad de jóvenes detenidos en dispositivos del Organismo Provincial de Niñez y Adolescencia (OPNyA) se redujo de de 676 en enero a 503 en diciembre del año pasado, un dato positivo que redujo el histórico problema de hacinamiento. Sin embargo, se denuncia en este informe la muerte de dos jóvenes por falta de políticas adecuadas de prevención de los suicidios. Uno de ellos había sido víctima de torturas el día anterior.

Hay otro dato poco alentador: sólo 245 de los 753 niños, niñas y jóvenes ingresados a dispositivos del OPNyA durante el 2020 tuvo algún contacto previo con el Sistema de Promoción y Protección de Derechos de niños, niñas y jóvenes. Es decir, el Estado llega tarde y con respuestas punitivas a trayectorias marcadas por la vulneración de derechos.

El otro dato preocupante que se sostiene en el tiempo tiene que ver con los jóvenes inimputables de 15 años o menos que ingresan al sistema de encierro; durante el 2020, fueron un 12% del total.

Por último, una mención especial merecen las políticas de salud mental que presentaron notables avances en la elaboración y presentación de los planes de readecuación de los manicomios públicos para cumplir con la ley de salud mental, y también en las acciones tendientes a fortalecer los dispositivos de externación. Como consecuencia, bajaron la cantidad de personas encerradas en manicomios públicos y la cantidad de fallecimientos en estos ámbitos. A 10 años de la sanción de la ley, esa deuda comienza a saldarse.

En esa línea, urge ahora consolidar la fiscalización y control de las comunidades terapéuticas; a diferencia del sector público, las muertes se incrementaron en las instituciones privadas. También es necesario intervenir las unidades carcelarias 34 y 45 que alojan a personas con padecimiento mental, lugares que no siguen una lógica tratamental sino securitaria sin cumplirse con la ley de salud mental.

La CPM presenta este informe, el Sistema de la crueldad XV, como una herramienta para la transformación profunda de la política criminal en la provincia que promueva y consolide el paradigma de los derechos humanos como garantía fundamental de la democracia.

El presidente del Tribunal Oral, Roberto Amábile, estableció las normas para la audiencia del 2 de agosto, en la cual se conocerá el veredicto contra cuatro ex integrantes de la Alianza Anticomunista Argentina. Uno de ellos participará virtualmente.

El encuentro comenzará a las 11 en el aula magna del Rectorado de la UNS de Colón 80, “con aforo reducido en virtud de los protocolos vigentes fijados por la propia Universidad, la Municipalidad de Bahía Blanca y la Corte Suprema”.

Deberán concurrir de forma presencial el fiscal, la defensa oficial, representantes de las querellas y los acusados Juan Carlos Curzio, Héctor Ángel Forcelli y Osvaldo Omar Pallero. El represor Raúl Roberto Aceituno seguirá la audiencia desde su domicilio porque “padece cáncer de colon en estadio IV”.

“En relación al ingreso de público a la sala, teniendo en cuenta lo limitado del espacio, se dará prioridad a familiares y víctimas del juicio, quienes deberán solicitarlo a la casilla de correo electrónico [email protected] aportando sus datos personales y de
contacto (celular) y, por esa misma vía, se les confirmará la autorización dependiendo del espacio disponible”. La fecha límite para hacerlo será el lunes 26 de julio.

La resolución destaca que “con el propósito de respetar el distanciamiento social como así también efectuar un seguimiento epidemiológico en caso de ser necesario, no podrán ingresar a la sala de audiencia aquellas personas que no cuenten con la autorización previa de este Tribunal”.

La audiencia será transmitida a través del canal de YouTube de la Dirección de Medio Audiovisuales de la Universidad Nacional del Sur.

Con mentiras y descalificaciones respondió el ministro de Seguridad, Sergio Berni, a la consulta sobre el estado de la causa por la desaparición forzada seguida de muerte de Facundo Castro. “Hablemos claro, la justicia determinó lo que pasó, después hay una contraparte que no quiere aceptarlo y recusa permanentemente”, afirmó el jefe de la Bonaerense.

“Tremendo mansplaining recibí”, dijo la periodista Catalina De Elía luego de la entrevista en el programa “Fuego amigo” en referencia a las intervenciones machistas del funcionario que la trató de mal informada y le intentó explicar el funcionamiento de la justicia.

Berni agregó que “quienes acusan son los fiscales, un juez determina si lo que acusan tiene coherencia y verosimilitud para avanzar en la investigación. La jueza ha dicho, en todas y cada una de las oportunidades que los fiscales pidieron ridiculeces, señores esto no existe”.

La Cámara Federal bahiense efectivamente rechazó las quejas contra la jueza Gabriela Marrón presentadas por la Fiscalía. Por eso, Horacio Azzolín, Iara Silvestre y Andrés Heim, esperan una definición por parte de la Cámara de Casación.

En cuanto a las medidas probatorias que Marrón rechazó sistemáticamente, la Alzada tuvo otra postura. En febrero habilitó el secuestro de celulares de varios policías y un nuevo allanamiento en Origone en base a indicios que la jueza no quiso ver: el hallazgo de un cabello que pertenecería a Facundo en el patrullero que el 30 de abril conducía Alberto González, en ese momento a cargo del puesto policial de Origone; el amuleto de Facundo encontrado en un viejo calabozo del mismo lugar y la declaración de una testigo de identidad reservada que dijo haber escuchado a funcionarios municipales comentar que en la comisaría de Origone se hallaron prendas de Facundo y que se ordenó que se las haga desaparecer.

“Todas las veces que se recursó (sic) a la Cámara e inclusive intentaron sacarla, la Cámara dijo que lo que está haciendo hasta acá es correctísimo. Y para la semana que viene le voy a traer un regalo”, dijo Berni. Según sus palabras, se trataría de “una información bastante interesante”. La periodista destacó la necesidad de “que la mamá de Facundo sepa qué pasó con su hijo” porque “la justicia todavía no lo dijo”.

Por otro lado, el ministro afirmó que “la justicia federal tomó la causa no de manera inmediata sino pasado un tiempo, la estaba llevando adelante la Policía de la provincia de Buenos Aires” y agregó que el día que aparataron a la fuerza a su cargo “lo estábamos buscando en el lugar donde se encontró el cuerpo”.

Cabe aclarar que la Bonaerense fue separada en el momento en que se evidenciaron las sospechas sobre algunos de sus integrantes y se comenzó a investigar los hechos como una posible desaparición forzada.

Previamente, la policía de Berni intentó sostener que Facundo había llegado a Bahía Blanca, que se lo había visto vendiendo bolsitas de residuos o que tenía vínculos con el narcotráfico. De hecho, recurrió a uno de los suyos: Jorge Agustín Galarza se presentó ante Fiscalía como un vecino de Cerri que había estado en contacto con el joven, quien le habría dicho que iba camino a Ing. White y luego a Devoto.

Por otra parte, fueron Mario Gabriel Sosa y Siomara Flores -dos de los policías sospechados- quienes llevaron a la testigo H a la Policía Federal y al fiscal Santiago Martínez. La mujer declaró que levantó a Facundo en la ruta y lo acercó hacia nuestra ciudad en un testimonio que se contradice en varios puntos con el del oficial González. 

Tampoco se privaron los hombres de Berni de intimidar y perseguir a amigos y familiares de Facundo para que se hicieran cargo de “algo” que justificara su desaparición como denunció, Marcelo González, ex cuñado del joven de Pedro Luro.

La Cámara de Apelación en lo Contencioso Administrativo de La Plata dictaminó que el Estado bonaerense lleve a cabo las medidas necesarias para vacunar a personas de riesgo que están privadas de su libertad. La medida solicitada por la Comisión Provincial por la Memoria había sido rechazada en primera instancia.

“El pedido de esta medida cautelar para vacunar a las personas de la provincia es limitada en función del plan de vacunación originario: mayores de 60, personas embarazadas, con alguna comorbilidad y mujeres con hijos menores en las unidades. Es un universo bastantea acotado”, dijo a FM De la Calle el defensor oficial Jorge Sayago.

Agregó que “la presentación de la CPM apunta a un número de 1500 personas dentro de una población de 50 mil. Son las personas con mayores riesgos”.

En sus fundamentos, la Cámara platense también advirtió la notoria distancia entre los alcances del plan de vacunación en los lugares de encierro. Remarcó que la vacuna contra la Covid-19 ya es de libre acceso para las personas que integran los grupos de riesgos, por lo cual, inocular a las personas detenidas alcanzadas por esta disposición de la autoridad sanitaria no implica una alteración o modificación del programa provincial de vacunación.

En en el ámbito local, Sayago destacó: “Tuvimos un caso hace un mes, sabemos que reciben los turnos y no son sacados (del penal), los jueces ordenan sin mucho convencimiento. Ha habido una denuncia donde se ha citado al Servicio Penitenciario y a Región Sanitaria. El Servicio Penitenciario dice que están esperando un servicio intramuros, Región Sanitaria dice que lo va a implementar y pasan los días y esto no aparece”.

“Las personas privadas de la libertad están en peores condiciones que quienes viven afuera. Esto es preocupante. El movimiento natural de una unidad que implica salidas transitorias, eso no ha existido, hay más internos de los que había en al situación previa. Que no los saquen para vacunar agrava en la situación sanitaria y, además, está la situación emocional porque alguien que le dan 2 o 3 turnos obviamente se enoja y eso no favorece la convivencia”.

El defensor oficial afirmó que “en las comisarías la situación es igual con las detenciones que son transitorias, hay un movimiento que hizo que haya comisarías donde estaban todos contagiados, por lo menos los internos, eso hace aun mayor el peligro”.

Durante los últimos días, la causa que investiga la desaparición y muerte de Facundo Astudillo Castro incorporó nuevas medidas de prueba que contradicen la hipótesis de una muerte por accidente en la ría de Bahía Blanca y obligan a profundizar la investigación sobre la participación de los agentes de la Policía bonaerense en el hecho.

A instancias del Ministerio Público Fiscal, la querella familiar y la Comisión Provincial por la Memoria (CPM), querella institucional en calidad de Mecanismo Local de Prevención de la Tortura, se realizó un nuevo reconocimiento al lugar donde fueron hallados los restos óseos. El fiscal Horacio Azzolin y la fiscala federal de La Pampa Iara Silvestre –designada en la causa en reemplazo de Ulpiano Martínez– estuvieron en el lugar y acompañaron el recorrido que realizaron las personas que encontraron los restos óseos y dieron aviso a las autoridades.

Durante ese reconocimiento, uno de los pescadores dio precisiones sobre las características de esa zona de la ría, que visita asiduamente desde hace más de 20 años: “Podés caminar hasta la vera del agua sin enterrarte, sólo te vas a embarrar”, describió. Y agregó que “tendrías que ingresar más de diez metros a la ría para que el agua te llegue a la altura de la rodilla”. Sobre el lugar específico en donde se encontró el cuerpo, el pescador reconoció también que, cuando la marea sube, sólo queda cubierto por unos pocos centímetros de agua.

Estos nuevos elementos en la causa significan, prácticamente, descartar la hipótesis de un accidente que pueda haber sufrido Facundo mientras caminaba por la zona de cangrejal. Hipótesis que sigue construyendo la jueza federal María Gabriela Marrón y cuya única prueba para justificarlo era un informe del Instituto Argentino de Oceonografía (IADO) que, sin ningún tipo de rigor científico, aventura hipótesis sobre un posible recorrido de Facundo para concluir que se trató de una muerte accidental. Un informe que fue rechazado y recusado por el Ministerio Público Fiscal y aún así incorporado por la jueza.

El testigo también recordó que, además de los restos óseos, habían encontrado a pocos metros una zapatilla y otras prendas de vestir. En su momento, les señaló esos elementos al fiscal federal Ulpiano Martínez –a cargo de la instrucción– y el subcomisario de la Policía Federal José Pérez que dirigieron el operativo el día del hallazgo del cuerpo. Sin embargo, los funcionarios incumpliendo con sus obligaciones, no secuestraron esas pruebas. Recién al día siguiente, cuando ya estaba en el lugar el Equipo Argentino de Antropología Forense, la mamá de Facundo, Cristina Castro, vio la zapatilla y se ordenó su secuestro para la causa.

Cabe recordar que, a partir de una presentación de la CPM, ya existe un expediente en la Procuración General de Nación por mal desempeño en las funciones del fiscal Ulpiano Martínez. Con esta declaración se ampliará esa denuncia, se solicitará a las autoridades del Ministerio de Seguridad de Nación la investigación sobre la actuación de Pérez y se presentará una denuncia penal para que se investigue la conducta de ambos funcionarios.

Por otra parte, recientemente se incorporó a la causa la pericia sobre los trozos de piedra de turmalina hallados en el puesto policial de Teniente Origone y en el baúl del móvil de la Policía Local de Bahía Blanca que según el registro de AVL, el 8 de mayo del año pasado estuvo varias horas en la zona del cangrejal donde semanas después se encontraron los restos óseos de Facundo. El informe pericial determinó que había coincidencias entre los dos trozos analizados, que por otro lado fueron encontrados a partir del señalamiento de uno de los perros rastreadores que intervinieron. Cabe recordar que al momento de la desaparición, Facundo llevaba en su cuello un colgante con una piedra de turmalina.

También se conocieron los primeros resultados de nuevas pericias a los teléfonos celulares incautados a los agentes de la Policía de la Provincia de Buenos Aires Xiomara Flores, Jana Curruhinca, Alberto González y Mario Sosa; los cuatro efectivos que tuvieron contacto con Facundo el día que fue visto con vida por última vez. Sobre el peritaje sobre estos teléfonos, el informe realizado por la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) destaca el particular contacto entre González, el policía que estaba cargo del destacamento de Teniente Origone y detuvo a Facundo en la ruta el 30 de abril, y sus superiores.

También resalta un comentario que hace sobre su declaración ante la Ayudantía Fiscal a cargo de García Dimas, donde tramitó en un principio la causa antes de pasar al fuero federal. “Después de eso es que me llamaron de Fiscalía y el Fiscal me dijo que con todos los datos que yo tenía, con la libreta, la foto y toda la historia, ‘usted con esto salvó a toda la policía de Villarino’. ‘Lo único que hubiera faltado’, me dijo, ‘era la patente del vehículo que sería la frutilla del postre, pero con esto ya está’”, escribió.

Como ocurrió en peritajes a teléfonos anteriores, hubo mucho material que no pudo recuperarse porque había sido eliminado por los policías, las aplicaciones desinstaladas o, incluso, dadas de baja las líneas telefónicas. Todavía restan los peritajes sobre los últimos teléfonos secuestrados en el allanamiento a la casa de Flores y Sosa.

“A pesar de los intentos por entorpecer la investigación, que las querellas venimos denunciando desde hace tiempo, tanto en la actuación del fiscal Ulpiano Martínez y la Jueza Marrón, aún se sigue produciendo pruebas valiosas y que no hacen más que ratificar la hiper intervención policial en torno a los hechos de esta causa, en la desaparición el 30 de abril y en las circunstancias en que se encontró el cuerpo de Facundo”, señalaron desde la CPM.

En se sentido, la Cámara de Casación debe aún resolver el pedido de recusación de la jueza Marrón realizado por los representantes del Ministerio Público Fiscal.

Fuente: Andar.

Fotos: Luciano Peretto y Cristina Castro.

La Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (DATIP) envió a la Fiscalía un informe sobre los datos obtenidos de los celulares de Mario Gabriel Sosa, Siomara Anyelén Flores, Jana Curuhinca y Alberto González. Habían sido entregados a Gendarmería el 19 de febrero.

En el marco de la causa por la desaparición forzada seguida de muerte de Facundo Astudillo Castro, la justicia aún busca dispositivos utilizados por los agentes involucrados. De hecho, otros tres aparatos fueron secuestrados por orden de la Cámara Federal, en un allanamiento a la vivienda que comparten Flores y Curuhinca en Pradere.

“El diablo en persona”

Según la pericia de la DATIP, del equipo Samsung SM-701M aportado por Sosa se extrajo una tarjeta SIM Claro con una agenda de 99 contactos entre los que se prestó particular atención al de Flores -“Amor”-, al del comisario Luis Alberto Godoy, jefe de turno de la Estación de Policía Comunal Villarino 1° y a otro identificado como “Berrios”.

Roberto Carlos Berrios fue uno de los primeros agentes señalados en el marco de la búsqueda de Facundo por sus antecedentes de hostigamiento contra les pibes del Semillero Cultural.

El subteniente fue trasladado el 8 de julio de 2020 desde la Estación Policial 2° de Mayor Buratovich -donde se desempeñaba desde octubre de 2011- a la Policía de Seguridad Departamental de Bahía Blanca y, una semana después, a la Comisaría 7° bahiense.

Consta en su legajo que está casado con Paola Fabiana Aguilera, oficial de la Unidad de la Policía de Prevención Local (UPPL) de Bahía Blanca, sede de la cual se secuestraron los libros de guardia y el Toyota Etios donde se encontraron restos de una piedra turmalina similar a la del collar de Facundo.

Cristina Castro declaró en septiembre que durante un rastrillaje vio llegar un patrullero desde Médanos, del cual bajaron el comisario Marcos Navarrete y Berrios. “Cuando lo vi le dije a Luciano (Peretto) ‘a mi flaco me lo mataron, me lo mataron acá. Esa persona que viene ahí es el diablo mismo en persona. Es el mismo oficial que ha hostigado y maltratado tantos años a los chicos del Semillero Cultural al que asistía Facundo acá en Pedro Luro’. Se reía y tuvo el descaro de ir a saludarme y darme la mano”.

Recordó que en Luro no tenían dónde denunciar a la Bonaerense “cuando llamaban las mamás que los peques estaban en la comisaría porque Berrios los cagaba a patadas, junto a otro oficial que había en Pedro Luro. Los golpeaba y les decía negros chorros, drogones. Se los subía arriba del patrullero y se los llevaba a la comisaría”. Castro mencionó que el subteniente “fue a la primera persona que apartaron y la llevaron a Bahía Blanca” y que, años atrás, había estado involucrado en otro “incidente feo” con Facundo. A su hijo le tocaron la rueda de atrás de la moto, cayó y lo trasladaron al hospital. La moto quedó intacta y fue levantada por la policía. Cuando la fueron a retirar del corralón “estaba destruida. Toda golpeada y rota por todos lados”.

Respecto al comisario de Médanos, Luis Alberto Godoy, cabe destacar que fue quien tomó testimonios relevantes durante la primera etapa de la causa junto al sargento Dmitrij Janovskis, quien el 8 de mayo de 2020 fue destinado a Origone con Alberto González. Los tres están sospechados de haber manipulado el libro de inspección y visita del Puesto de Vigilancia donde se encontraron el amuleto y otros objetos de Facundo.

¿Dónde están las fotos?

Jana Curuhinca entregó un celular Samsung SM-A605GN del cual no se pudo extraer información porque la pantalla no funcionaba y otro marca XIAOMI Redmi M2003J15SS en el cual, si bien presentó dificultades, se pudo constatar la existencia de imágenes fechadas a partir de agosto de 2020.

“No se encontró ninguna de las cuatro fotos originales que Jana Curuhinca le habría sacado a Facundo José Astudillo Castro el 30/04/2020. En consecuencia, las fotos originales de Facundo y de su DNI, presuntamente tomadas por Curuhinca (y los metadatos que indiquen fecha, hora y eventualmente lugar) aún no han sido halladas”, destacaron los peritos.

Una luz en el camino

Alberto González entregó un celular SAMSUNG SM-G532M con una tarjeta SIM Movistar. El análisis de su contenido permitió identificar otro número de abonado a partir de un testimonio recogido durante el operativo de secuestro de la libreta con anotaciones sobre Facundo y sobre la testigo H.

En otros chats, el policía de Origone coordina un encuentro en su casa del barrio Patagonia Norte con el editor de La Brújula, Germán Sasso, quien le realiza consultas referidas a la zona en la cual detuvo a Facundo. “Muchas gracias por todo lo que has hecho por nosotros. La verdad, fuiste una luz en el camino oscuro que tuvimos”, agradece el Bonaerense a quien “nos pone más inocente”.

Con Sosa coordinan para firmar la designación del abogado del Municipio de Villarino, Sebastián Martínez, como defensor de los cuatro sospechados y la asistencia de un psicólogo a cuenta del gobierno provincial que acerca Federico Montero, delegado del ministro Sergio Berni.

González le cuenta al responsable de La Brújula que había sido citado junto a todos los jefes de dependencia a Médanos donde “Navarrete nos empieza a cagar a pedos”. “Se la agarra conmigo, me dice que yo tenía que saber (…) que él había pasado por ahí, que yo lo tenía que haber visto. Un estúpido Navarrete porque te imaginás no me voy a poner en la ruta a ver quién pasa y quién no pasa”.

Según el policía, relacionó el día con la descripción de Facundo y llamó a su ayudante para que le acerque su libreta. “Yo más que nada para taparle la jeta a Navarrete y le dije ‘ves que me cagás a pedos a mí al pedo si yo tengo acá todo anotado, yo lo paré y tengo todo, es más yo le aviso a Reynoso por teléfono que el pibe iba para Bahía’. Y, claro, ahí se destapa toda la olla, te imaginás, Reynoso quedó como un estúpido (…)”.

A partir de allí, afirma González, lo mandan a declarar a la Ayudantía Fiscal a cargo de Dimas García. “Como que se sacaron un poco el peso ellos de encima, porque hasta ese momento no tenían nada, ninguno. O sea, al ser yo el último que lo para y aportar todos los datos que yo aporto, es como que zafan todos del cuello porque si no estaban todos hasta las manos, tanto Navarrete como Grilloni que era el jefe de Luro. Los cagaban a pedos de la departamental, había un quilombo bárbaro”.

“Después de eso es que me llamaron de Fiscalía y el Fiscal me dijo que con todos los datos que yo tenía, con la libreta, la foto y toda la historia, ‘usted con esto salvó a toda la policía de Villarino’. ‘Lo único que hubiera faltado’, me dijo, ‘era la patente del vehículo que sería la frutilla del postre, pero con esto ya está’”.

Esta última referencia llamó la atención de los peritos informáticos y sumó contradicciones a la coartada de González. En la fotocopia de la hoja de la libreta aportada a la justicia el 2 de julio de 2020 sí está anotada la patente del vehículo en el que la testigo H diría luego haber trasladado a Facundo. En la misma libreta puede leerse arriba del número de chapa “HR-V GRIS”. Sin embargo, el 22 de julio González le dice a Janovskis que él nunca afirmó que Facundo se había ido “en una Honda” sino que “siempre sostuve lo mismo (…) para mí era una Oroch”.

“¿De dónde la vamos a conocer?”

Finalmente, el 14 de julio, con la causa ya en manos de la justicia federal, González chatea con el comisario Reynoso, con quien mantuvo reiteradas comunicaciones el día de la detención y desaparición de Facundo.

En este caso se refieren a la “aparición” de la testigo H, la productora rural cuyo testimonio aportaron los sospechosos Sosa y Flores. La declaración la tomó la Policía Federal y la incorporó al expediente el fiscal Santiago Martínez sin notificar a la querella. La Federal, al igual que la Bonaerense, terminaría apartada de la investigación por reiteradas irregularidades. El fiscal, denunciado y autoexcluido por “violencia moral”.

González afirma que con la testigo “prácticamente, zafamos (…) porque la mina no nos conoce, no tiene ninguna clase de relación con nosotros”. Reynoso responde: “Los de Burato por ahí la conocen, si es que alguna vez la pararon, alguno la puede conocer de ahí, pero nada más. ¿Vos de dónde la vas a conocer? Sos de la otra punta, yo estoy de este lado ¿De dónde la vamos a conocer? Pero bueno, gracias a Dios apareció”.

“Está bueno que (la declaración) no la tomamos nosotros, para que después no digan que la salimos a buscar. Aparentemente llegó una información, se comunicó al Juzgado Federal y una comisión de la Policía Federal, mientras se hacían los rastrillajes”, dice González y se ubica “fuera de sospecha”.

El silencio del jefe

Entre la información obtenida en el celular XIAOMI Redmi M1908C3JG y la tarjeta SIM Claro entregada por Siomara Flores, los técnicos destacaron las referencias a la desinstalación de la aplicación WhatsApp, al intercambio de notas sobre la búsqueda de Facundo con sus hermanas y otros policías y a la preocupación por la salud mental de su hermana Jana.

Son reiterados los mensajes que intercambia con Sasso, a quien, por ejemplo, menciona que los policías que fueron a constatar el domicilio de Facundo luego de su primera detención por infringir el art. 205 habrían sido los oficiales Nadia Soledad Maraz y Marcelo Condori, nombres que no constan en el acta firmada por la oficial inspector Tamara Becerra.

Por otro lado, comenta que el policía que habría parado días antes de la desaparición de Facundo “a la productora rural por un tema de tránsito” fue “Marcelo González” y que desinstaló su WhatsApp el 9 de mayo de 2020 ante supuestas amenazas de dos “malandras” vinculados a robos en la zona.

En un grupo compartido con sus hermanas Jana y Y. comentan notas sobre la desaparición de Facundo al igual que lo hace con su pareja -“Mi hermosito”- Mario Gabriel Sosa.

Al comisario inspector Marcos Navarrete -padre de su hijo y jefe de la Policía de Seguridad Comunal de Villarino- le pregunta si recuerda cuándo había desinstalado su WhatsApp y le pide ayuda para que le saquen el arma a su hermana por la mala situación anímica que atraviesa. Lo mismo hace con el ahora ex jefe de la Estación de Policía Comunal de Villarino 2°, Fernando Gabriel Grilloni, a quien además le pregunta si su hermana podía entregar a la Policía Federal un celular roto que utilizaba “antes que pase esto del chico” para que recuperen los datos y “que sepan que no hicimos nada”. El jefe nunca le responde.

La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal confirmó la condena al secretario general de la UTA, Ricardo Pera, por las lesiones leves y amenazas proferidas a Sergio Massarella y Gustavo Mandará.  Los hechos ocurrieron en 2015, durante un cuarto intermedio de la Asamblea de Mayores Contribuyentes del Concejo Deliberante.

El fallo rechaza las quejas de la defensa, a cargo de Sebastián Martínez, las cuales apuntaron a la prescripción de la causa, el estado de salud del imputado y la valoración de los testimonios.

La resolución de la Sala II -compuesta por Guillermo Emir Rodríguez, Alfredo Hernán Mones Ruiz y Guillermo Federico Petersen- confirma la pena a un año y diez meses de prisión dictada por el juez en lo Correccional Nº 1, Gabriel Giuliani.

En mayo, el fiscal Juan Pablo Schmidt solicitó la elevación a juicio oral de otra causa que tiene al ex concejal del Frente Renovador como protagonista, en ese caso imputado por amenazar y provocar lesiones leves a su ex pareja. La defensa se opuso y ahora debe definir la jueza de Garantías Claudia Olivera.

En cuanto a la prescripción de los delitos ocurridos en el HCD, el fallo remite a la ley 25.188, la cual establece que “también se suspende en los casos de delitos cometidos en el ejercicio de la función pública, para todos los que hubieren participado, mientras cualquiera de ellos se encuentre desempeñando un cargo público”. En el caso de Pera, destitución y reposición en el cargo de por medio, terminó su mandato el día 10 de diciembre de 2017.

Respecto a la supuesta inimputabilidad del ex concejal al momento del juicio, la Cámara afirma que “la incomparecencia del procesado a la Asesoría Pericial denota una falta de colaboración para que se pueda llevar a cabo la pericia, y al no existir otras constancias probatorias que constaten la mentada incapacidad procesal, debe inferirse a ese momento la capacidad procesal de Pera para asistir e intervenir activamente en el debate”.

El tribunal destacó la fundamentación de la sentencia de Giuliani respecto al análisis de las pericias médicas y las declaraciones de las víctimas y de Pablo Rosenfelt, José Antonio Vidal y María Florencia De Caso Dupont. “No se puede poner en tela de juicio la credibilidad de tales testimonios por las circunstancias de compartir un mismo espacio político, aun dando por cierto que tengan una relación cercana a la amistad y/o dependencia”, aseguró Mones Ruiz.

En referencia a las amenazas recibidas por Massarella, el juez manifestó que “resulta grave objetivamente, ya que en el contexto histórico en que se produjo tuvo la entidad necesaria para atemorizar a la víctima; máxime si tenemos presente la conducta de Pera -que sin discusión previa, en forma intempestiva, profiere el giro lingüístico amenazante: ‘a vos te voy a matar, sos un hijo de puta, cagón'”.

“Le pregunté qué pasaba, quedamos más próximos. Me pegó un cabezazo en el ojo izquierdo y cuando me doy vuelta veo a Mandará y cuando me acerco veo que le estaba pateando. A Pera lo saca Morini. (…) A mí me intimidaron, sentí miedo por la forma, la virulencia con que me dijeron las cosas. Fue el primer día que sentí miedo ya que estaba ante una persona que era capaz de hacer cualquier cosa. Yo soy una persona tranquila, sí con debates o diferencias políticas. La situación alteró mi vida, tuve y tengo miedo, porque vi una persona capaz de cualquier cosa. Pedí que mis hijos tuvieran presencia policial en su casa. ‘Qué casualidad que a meses de ocurrido este hecho me prenden fuego una casa que tenía en Monte Hermoso'”, declaró Massarella en el juicio.

Por último, los camaristas reafirmaron los agravantes por la condición de funcionario público de Pera y por haber cometido los delitos en el Concejo Deliberante. El dirigente de la UTA no solo vulneró “la integridad física de las personas y la libertad”, también lesionó “la confianza pública, lo cual de alguna manera evidencia el efecto nocivo que provocan en la sociedad tales circunstancias, en relación a la legitimidad de las instituciones públicas, lo que implica, en el caso, un mayor grado de culpabilidad”.

Con motivo del décimo aniversario del inicio del primer juicio de lesa humanidad en Bahía Blanca -el cual condenó a 18 represores cuyos crímenes fueron enmarcados “en el genocidio sufrido en nuestro país durante la última dictadura cívico militar”- FM De la Calle comparte las siguientes reflexiones de sobrevivientes y militantes por los derechos humanos.

Adriana Metz, su madre Graciela Romero y su padre Raúl Eugenio fueron detenidos y continúan desaparecidos al igual que su hermano Raúl, nacido en cautiverio en La Escuelita y apropiado por los terroristas de Estado

Las Madres Marcela García y Celia Korsunsky junto a Adriana.

Junio del 2011 un rato antes de la primera audiencia me enteraba de que tenía que declarar. En la calle me crucé con Hugo Cañón y me dijo que Bahía empieza a ser algo más justa. Cuánta razón tenía. Fue la primera condena por la apropiación de un bebé, mi hermano, sin que él haya recuperado su identidad. Se pudo comprobar que nació y alguien se lo llevó. 44 años después, lo seguimos buscando. La justicia citó a un civil, Massot, y a un cura, Vara. No solo lo decían familiares, las Madres, las Abuelas, los Hijos, quedó demostrado en la justicia que fueron desaparecidos por razones políticas. Falta mucho pero se hizo bastante, vamos a seguir, no queda otra.

Marita Aure, integrante de la Comisión de Apoyo a los Juicios

El inicio de los juicios fue un momento muy especial cargado de grandes expectativas, de mucho trabajo previo en lo inmediato de los organismos de derechos humanos en pos de su consecución y con mucho acompañamiento de la sociedad en general.

Pasaron seis años del comienzo de los juicios a nivel nacional hasta que se logró su realización en la ciudad por las reticencias y trabas del Poder Judicial local que se rehusaba a ser parte del juzgamiento. Todos los integrantes del Tribunal Oral Federal han sido de otras jurisdicciones, con la excepción de un representante local en la actual conformación.

En estos diez años se han llevado a cabo varios juicios a Ejército, Armada y actualmente a la Triple A. Aún quedan otros por hacer. Mucho se ha caminado, develado, aportado a la verdad histórica. Se han logrado condenas ejemplares y otras que no lo han sido. Siempre se pidió Justicia por los crímenes cometidos durante el terrorismo de Estado. Siempre hemos dicho que la justicia tardía tiene poco de Justicia. Con los juicios estamos algo más cerca. De todos modos, ¡seguimos exigiendo su cumplimiento!

Walter Larrea, abogado querellante por la APDH y la Comisión de Desaparecidos de Río Negro y Carmen de Patagones

Hace diez años comenzó un proceso demorado por distintas normas que trabaron el proceso de verdad jurídica. El juicio estaba previsto para meses antes pero hubo que recusar a los magistrados porque en los días previos a la audiencia se conoció la noticia de que los jueces de l tribunal oral se habían reunido con los procesados a tomar café en un club de la ciudad. Eso demoró hasta el mes de junio.

Pasaron cientos de testimonios cruentos, la satisfacción de saber que se inició un camino que había llevado muchos años de impunidad, merced a las leyes de Obediencia Debida y Punto Final pero que finalmente la democracia argentina comenzaba a saldar una deuda con desaparecidos, familiares y con la sociedad toda.

Emociona cumplir 10 años y el deseo que la justicia avance en la culminación de todos los procesos porque el tiempo atenta contra la posibilidad de brindar justicia. El juicio tuvo una importancia trascendental, pero los procesos de memoria, verdad y justicia no deben anclarse únicamente en procesos judiciales, sino en políticas públicas de no repetición y memoria. Y para que sobrevivientes, familiares y la sociedad toda podamos tener la posibilidad de procesar aquel tiempo y postular que ni en la Argentina ni el mundo, el terror como práctica estatal, la dictadura como método de gobierno, la desaparición forzada, tortura y muerte no puede ser jamás una acción política.

Fortunato Mallimaci, sociólogo e investigador del CONICET. Estudió en la UNS hasta que su exilio en 1975

Me parece importantísimo hacer memoria, verdad y justicia y recordar muy fuerte al fiscal Hugo Cañón, que hizo de su vida un esfuerzo para que estos juicios lleguen a Bahía Blanca; a los organismos de derechos humanos que se movilizaban cuando pocas personas se movilizaban; y a la UNS, que prestó sus dependencias. A partir de ahí comenzó un proceso de condenar a los responsables del terrorismo, de la Triple A, los crímenes que se cometieron del 74 al 83. Hacer memoria, verdad y justicia ayuda para que ese Nunca Más siga presente en Bahía Blanca.

Por último, recordar a las víctimas que sufrieron el terrorismo de Estado en Bahía y que transformaron su sufrimiento en testimonio y permitieron condenar a los responsables. Gran homenaje a ellas y ellos porque nos permiten mirar lejos, tener esperanza y mostrar que ese sufrimiento se ha transformado en condena.

Ángeles Prádanos, hija de Juan Carlos, profesor universitario y técnico del INTA Ascasubi

Gracias por mantener viva la memoria a través de los juicios que se dictan en todo el país, les agradezco a todos los que participan y han participado, quienes están en la justicia, ex militantes, sobrevivientes, los medios y la sociedad que acompaña. No ha sido fácil que haya juicios, es algo que jamás me imaginé. Lamento que muchos ya por impunidad biológica no estén y tantos casos que les han dado domiciliaria. Es una enseñanza para la sociedad y las generaciones futuras, Argentina es un ejemplo. Espero que la justicia llegue a todas las víctimas.

Enrique Gandolfo, secretario general de la CTA

Destacar las emociones que recorrían las calles y el edifico de la UNS, en todas las personas que nos habíamos congregado para celebrar el inicio de aquellos juicios. Habían pasado 35 años de los reclamos por, en primer lugar, la aparición con vida y, luego, por el juicio y castigo a los culpables de los crímenes cometidos.

La cantidad de personas en aquella manifestación y acto estaba atravesado por esa idea de haber alcanzado algo por lo que tanto se había luchado. Y ahí estaban también las memorias presentes de tantos y tantas compañeras que habían dado la lucha desde el comienzo acompañando a los organismos de derechos humanos.

También, es parte de la verdad histórica, era necesario una decisión política que era anular las leyes de la impunidad. En esta ciudad, que en tantos lugares se habla del conservadurismo, también la lucha debería reflejarse, para llegar a ese día hubo un cúmulo de lucha obrera y popular presente. Recordé a Miguel Loyola y a Enrique Heinrich.

Fue el inicio de este proceso de juicios que hoy tiene otro eslabón en crímenes que se cometieron antes, como son los de la Triple A, para los que algunos tienen desmemoria y es necesario refrescar todos los días. Fueron 24 asesinatos entre el ’74 y ’75 y buena parte de las víctimas era militantes del movimiento social, obrero y estudiantil. Llama la atención que el presidente y vice del PJ se olviden que también en esa época se cometieron crímenes y que había responsables y que están identificados en el juicio.

Hay una continuidad en la lucha por la memoria y en no dejar en el olvido a estos crímenes que intentaron acallar las voces que no se resignaban a un presente de explotación, sometimiento y saqueo y llevaron adelante una lucha. Recordamos a los y las compañeras, no por las determinaciones que llevaron a su asesinatos sino por sus actos de vida en la militancia y de creer en los sueños que tenían.

Julia García, sobreviviente del terrorismo de Estado y hermana del “Negrito” Luis Jesús García, asesinado por la la Triple A

Recordar todas las luchas y esfuerzos que se pusieron para llegar a ese punto. Recordar todo lo que fue, habían pasado 35 años del golpe, la lucha del pueblo argentino fue incansable, comenzó con los familiares de las víctimas y la búsqueda de desaparecidos. Un camino que no solamente significó el dolor por las desapariciones, torturas y muertes sino una lucha en contra del propio Estado, de diferentes gobiernos.

Rescatar el Juicio a las Juntas, el informe de la CONADEP, pero no se debe olvidar la ley de Obediencia Debida y la de Punto Final, el indulto de Menem. En Bahía en particular, a pesar de estar vigente estas leyes, se pudo avanzar con los Juicios por la Verdad y tuvimos la suerte de que hubiera miembros del Poder Judicial comprometidos como Hugo Cañón y Abel Córdoba. Este juicio y todos los posteriores son una clara muestra de la organización, de la búsqueda de la verdad y de la información. No me quiero olvidar de ustedes por su presencia y compromiso en la difusión, la otra voz de lo que significó la complicidad de La Nueva Provincia en el genocidio.

Telma Alonso, ex consejera universitaria, militante por los derechos humanos e impulsora del juicio académico a Gloria Girotti

Nos parecía que no llegaba nunca la iniciación del primer juicio por delitos de lesa humanidad pero finalmente llegó. Cuando pienso, no sin una mezcla de alegría y de nostalgia, en ese día histórico me viene a la memoria el recuerdo de gente muy valiosa que nos acompañó, algunos ya no están, como el querido Hugo Cañón o Eduardo Hidalgo, otros siguen en su camino de lucha como Adolfo Pérez Esquivel, Nora Cortiñas, Marcela, la mamá del Negrito García, José Schulman, el colectivo H.I.J.O.S., los militantes de los distintos campos comprometidos con los derechos humanos. Este hecho fue la demostración más cabal de que es necesario apostar con mucha fuerza al proceso de verdad, memoria y justicia. Se lo debemos a los 30 mil compañeros que están siempre presentes con nosotros y a todas las víctimas de esta nefasta dictadura genocida.

Diez años transcurrieron desde la fría mañana del 28 de junio de 2011 en la cual comenzó el primer juicio por crímenes de lesa humanidad en Bahía Blanca. Era el primer tramo de la causa Ejército con 17 represores sentados en el banquillo y una multitud manifestándose frente al rectorado universitario y colmando el Aula Magna de Colón 80.

Quince meses después, llegaría el día de justicia para parte de las víctimas del terrorismo de Estado con condenas a cadena perpetua a 14 imputados, de 17 años y medio de prisión para dos de ellos y 18 para el restante. Sus crímenes fueron enmarcados “en el genocidio sufrido en nuestro país durante la última dictadura cívico militar”.

También se ordenó investigar la posible comisión de delitos por parte del diario La Nueva Provincia a partir de las publicaciones que sustentaban las versiones de enfrentamientos fraguados por el V Cuerpo de Ejército y la complicidad de integrantes de la Iglesia Católica y el Poder Judicial.

Pablo Fermento, fiscal auxiliar a cargo del debate oral de la causa Triple A, por aquel entonces estaba “en la trinchera”, había ingresado al equipo de la Fiscalía cuando Hugo Cañón entregó la posta a Abel Córdoba, y participó de los preparativos del juicio.

-¿Qué significó ese primer juicio?

Era avanzar sobre tierra virgen, no había nada reconocido, así que muchísima ansiedad. Estamos en una jurisdicción de alguna manera tardía en lo que era el desarrollo de los trámites respecto a otras ciudades, en La Plata ya había sentencia desde hacía varios años, en Neuquén también, en Bahía costó un poco más, se trataba de que por primera vez la justicia declarara la existencia de La Escuelita, de los centros clandestinos, de un plan criminal sistemático en la región, muchísimos desafíos. Hubo un prófugo antes de arrancar el juicio, además del antecedente de (Oscar “laucha”) Corres. Muchísimo trabajo, el equipo a full, muy movilizante, algo que te supera por todos lados, técnica, profesional y emocionalmente, fue un juicio fantástico.

-A diferencia del que hoy está en curso acumulaba años de aportes e investigaciones judiciales, de la Conadep, de los organismos de derechos humanos…

Exactamente, el primer juicio fue la consolidación de un trabajo de tres décadas, arrancando desde los habeas curpus que se metieron en la fecha en cuanto a registro documental, los primeros esfuerzos de familiares, de compañeros, de la comunidad en la búsqueda de verdad y justicia; los procesos en sede militar; la 11/86 que fue el Juicio a las Juntas versión Bahía Blanca ya con la presencia de Hugo (Cañón); posteriormente los Juicios por la Verdad; y todo ese bagaje fueron los pilares sobre los que se construyó aquella sentencia.

Hubo personas como Hugo, (Luis) Cotter, Mirta Mántaras, en ese momento la secretaria de Fiscalía era Haydée Hernández, Pirucha para los conocidos, que venía de hacer los Juicios por la Verdad, era una interacción generacional super interesante. Estaba Eduardo (Hidalgo), ya se había ido (Ernesto) Malicia. Abrió caminos, en Bahía fue el primero de los ocho que vamos, fue para nosotros los más jóvenes, parte de un proceso que se tenía que dar y se iba a dar, pero para la gente más grande era ver concretado algo que pensaron que tal vez nunca iba a pasar.

-¿Qué decían los testigos luego de declarar por primera vez ante un tribunal? ¿Cómo les impactaba?

Fue totalmente nuevo para todos. Mi mirada en ese momento también era la de alguien que recién iba acercándose a todo eso. Con el tiempo fui comprendiendo más un montón de situaciones, pero para mí también fue la primera vez que vi declaraciones de víctimas de estos delitos en juicio, yo no había seguido los Juicios por la Verdad, cuando empezamos a trabajar sí vi los videos pero verlos ahí por primera vez y escuchar a los chicos de la ENET, que ya no eran chicos pero que de alguna manera lo seguían siendo porque era como volver a su infancia, a su adolescencia, ellos ya habían declarado dos o tres veces, con esa carga y ese compromiso, era fuertísimo. Escucharlo a Eduardo a quien uno veía como representante de la APDH, un militante, contar su historia, te partía al medio. Y para ellos también era el compromiso de declarar en esas condiciones de estar todo por decirse, no porque en los otros juicios esté todo dicho pero, de alguna manera, ya hay reconocimientos sobre los que se continúa. Hay hechos que consideramos notorios y que se establecieron en ese juicio.

-Luego la sentencia no solamente implicó penas importantes para los represores que estaban en juicio sino que abría investigaciones sobre los sectores civiles. ¿Cuánto esperaban y cuánto se pudo trabajar a partir de ese fallo?

Fue el puntapié para investigar a los civiles. Antes del fallo ya habíamos realizado la imputación a los secretarios federales (Hugo Sierra y Gloria Girotti), se había solicitado el allanamiento de La Nueva Provincia sin imputación, que fue rechazado, pero lo que fue la investigación a los directivos de LNP salió de ahí en base a lo que se había exhibido entorno a los enfrentamientos fraguados, cómo se habían presentado en el diario cuando habían sido fusilamientos.

Siguió con investigaciones al juez (Francisco) Bentivegnia. Ya habíamos hecho la imputación a (Guillermo Federico) Madueño, el juez federal, que estuvo prófugo y falleció al poco tiempo de ser capturado y al capellán (Aldo) Vara. Y en 2015 iniciamos este juicio que está terminando a la Triple A bahiense.

-¿De aquella sentencia están confirmadas las condenas salvo en un caso?

Queda pendiente tratar por la Corte el recurso de Walter Tejada, los demás recursos fueron rechazados. Hace unos días nos corrió traslado el tribunal para la ejecución de las penas, deja de ser prisión preventiva y pasa a ser cumplimiento efectivo de condena.

-¿En aquella sentencia se comenzaba a realizar reparaciones simbólicas?

En Armada I, en 2015, se ordenó la publicación de la sentencia en LNP. En Bayón se solicitó la reparación civil, que no nos hicieron lugar, y en Sticker -que fue en 2013- se solicitó la anulación de un Consejo de Guerra, más allá de que no producía un efecto concreto, esos consejos fueron utilizados para blanquear los cautiverios en La Escuelita y la continuación de esos cautiverios en la cárcel nunca se habían anulado esas condenas y consideramos necesario repararlos simbólicamente.

Triple A: cerca de la sentencia

Juan Carlos Curzio, uno de los cuatro imputados en la causa Triple A.

Este martes la Fiscalía replicará el alegato de la defensa de los cuatro imputados por haber integrado la Triple A. “Vamos a contestar algunos planteos sobre el tratamiento de los hechos y la valoración de la prueba, después hubo planteos técnicos que tiene que ver con cuestionar la imprescriptibilidad de la acción, la incostitucionalidad de la asociación ilícita, del pedido de perpetua y otras que trataremos de desarrollar brevemente para no dilatar más el proceso”, explicó.

Agregó que en su alegato “la defensa en lo general trató de establecer un contexto diferente del que existió y planteamos nosotros, que este escenario previo a la dictadura ya formaba parte de la maquinaria del terrorismo. Y sobre el homicidio de Watu (Cilleruelo) intentó deslizar la duda razonable entorno a la intervención de Aceituno: acepta que fue Jorge Argibay quien disparó y la presencia de su hijo Pablo y sostiene que no habría sido Aceituno sino Sañudo el tercer ejecutor. Es uno de los puntos que vamos a tratar mañana”.

Luego tendrá la opción de replicar la querella a cargo de la dra. Mónica Fernández Avello y de hacer su dúpica la defensa oficial.

Cumplida dicha instancia, restarán las palabras finales de los acusados -Raúl Roberto Aceituno, Juan Carlos Curzio, Héctor Ángel Forcelli y Osvaldo Omar Pallero- y la lectura del veredicto del tribunal.

Tras cinco jornadas, terminó este mediodía el alegato de la defensa en la causa que juzga a ex miembros de la Triple A de Bahía Blanca. El 29 de junio desde las 9 se dará lugar a las réplicas de las partes.

La estrategia consistió en resumir los crímenes a “luchas sectoriales entre bandas dentro del peronismo y en algunos casos por fuera de él”, la negación del control de los hechos por parte del Estado y, por lo tanto, la descalificación de los mismos como delitos de lesa humanidad y genocidio.

La intervención, a cargo de Gustavo Rodríguez y Cintia Bonavento, culminó con el pedido de absolución para los cuatro imputados por haber integrado la asociación ilícita que cometió más de una veintena de crímenes de lesa humanidad.

La defensa pública pidió la inmediata libertad para Raúl Roberto Aceituno y que se mantenga la excarcelación de Juan Carlos Curzio, Osvaldo Omar Pallero y Héctor Ángel Forcelli.

En el caso de Aceituno, respecto a la acusación por el homicidio de David “Watu” Cilleruelo, requirió subsidiariamente se lo condene como “cómplice secundario” a la pena máxima de 3 años de prisión en orden al delito de amenazas calificadas por uso de armas y se tenga por purgada la pena con la prisión preventiva que cursa desde 2015.

La Cámara Federal de Bahía Blanca confirmó el rechazo in límine -sin entrar en el tratamiento del fondo de la cuestión- de la acción declarativa de inconstitucionalidad contra la ley 27.610, de “Acceso a la Interrupción Voluntaria del Embarazo” interpuesta por el partido NOS de la provincia de La Pampa.

El fallo destacó la falta de legitimación activa de la parte actora y la inexistencia de un caso concreto que permita propiciar la vía del control judicial.

Con el voto del camarista Roberto Daniel Amábile y la adhesión de su colega, Pablo Candisano Mera, el tribunal de alzada confirmó la resolución del Juzgado Federal de Santa Rosa.

En la resolución, la Cámara Federal no ingresó al fondo de la cuestión y rechazó la petición por cuestiones formales, dado que “no se encuentran acreditados los presupuestos necesarios para la procedencia de la acción intentada”.

La decisión se dictó en línea con el dictamen del fiscal general subrogante ante ese tribunal, Horacio Azzolin, y de la fiscala a cargo de la Unidad Fiscal Especializada en Violencia contra las Mujeres, Mariela Labozzetta, quienes habían solicitado al rechazo en una extensa presentación realizada el 14 de junio pasado, en la cual analizaron los aspectos formales del pedido e ingresaron en el fondo de la cuestión.

Antes de esta intervención de la Fiscalía General, la fiscala federal de Santa Rosa, Iara Silvestre, se había pronunciado en el mismo sentido en febrero pasado.

En su voto, el camarista Amábile señaló que “en concordancia con lo dictaminado por el Ministerio Público Fiscal, considiro deben tenerse especialmente en cuenta los lineamientos sentados por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el caso Halabi” respecto de los alcances de la figura de la acción colectiva.

Así, señaló, “se debe corroborar la presencia de los elementos significativos del caso colectivo, que son la existencia de un conflicto colectivo que amerite su canalización, la necesidad de su tramitación y resolución por medio de un único proceso; la concurrencia de un factor de agresión común, en la medida en que la vulneración que se invoca recaiga sobre bienes colectivos o sobre intereses individuales homogéneos; la representación adecuada por parte de quien acciona en defensa del bien colectivo, o del grupo, clase o categoría de sujetos damnificados y los efectos expansivos de la sentencia”.

El camarista explicó que, sobre la base de esos parámetros, “no surge la representación del interés colectivo que se invoca, no solo en razón de la discutida posibilidad de encuadrar a los partidos políticos como uno de los sujetos habilitados por el artículo 43 de la Constitución Nacional para promover este tipo de planteos, sino que además, por las características particulares que rodean al proceso de reconocimiento de personería en curso que se encuentra impulsando la Junta Promotora del Partido NOS”, que “a la fecha impide reconocerle más potestades que las que pudieren otorgarle voluntariamente los diez miembros que de momento la conforman” como parte actora, y “menos aún, la arrogada representación de un interés jurídico concreto, inmediato y sustancial para que la acción resulte procedente”.

Por otro lado, la Cámara señaló que tampoco se ha demostrado “la existencia de un caso concreto” y, por lo tanto, “no corresponde al Poder Judicial de la Nación hacer declaraciones generales o en abstracto sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de leyes que dicte el Congreso o de los decretos del Poder Ejecutivo Nacional, sino únicamente con relación a la aplicación de estas al hecho o caso contencioso producido”.

El magistrado que lideró el acuerdo señaló que “la mera invocación formal de la jerarquía constitucional del derecho a la vida que el accionante señala querer resguardar, resulta insuficiente para tener por demostrado un interés jurídico preciso que justifique su legitimación activa, así como también la presencia de un caso concreto que habilite la vía judicial excepcional de control de constitucionalidad de una disposición emanada de los otros dos poderes del Estado siguiendo los procedimientos constitucionales específicamente establecidos a tales fines”.

En ese sentido, citó una vez más la fiscalía para afirmar que el planteo sobre la constitucionalidad y aplicabilidad de la ley 27.610 “no puede ser analizado en abstracto, dado que ello implicaría la intromisión del Poder Judicial, a pedido de un partido político en formación que carece de representantes en el Congreso de la Nación, en una discusión que ya fue suficientemente efectuada y resuelta en el seno de los poderes democráticos”.

Fuente: fiscales.gob.ar

“Recién recibí la noticia que tanto esperé, una noticia que me llena el alma”, dijo a FM De la Calle, Rosalía Reyes, quien luego de 16 años de enfrentarse a los obstáculos judiciales, finalmente, fue absuelta por la Cámara de Casación Penal.

Se trata de un fallo de la Sala I del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires, integrada por los jueces Daniel Carral y Ricardo Maidana.

Rosalía parió una madrugada de 2005 a su quinto hijo en su casa de Argerich después de largas jornadas de trabajo en el frigorífico La Gleba. Se desmayó en el baño y cuando volvió en sí la criatura había fallecido. En febrero del 2020, el Tribunal Criminal N°3 la condenó por homicidio calificado a ocho años de prisión.

“Después de tanto tiempo quedé en liberad, estoy esperando que me saquen la pulsera electrónica. Estoy muy agradecida con las mujeres de pañuelo verde, agradecida con la abogada (Fabiana) Vannini. Me siento muy emocionada porque tanto tiempo esperé esta noticia, estoy más que feliz. No tengo palabras de agradecimiento”, agregó.

Entre los fundamentos de absolución, el juez Maidana afirmó que “nos enfrentamos a una causa en donde las condiciones personales y familiares, sociales y económicas de la imputada la ubican en un contexto de vulnerabilidad que debió ser evaluado para interpretar y juzgar los hechos, brindando un tratamiento diferenciado que supone incorporar perspectivas específicas de género”.

El año pasado, gracias a la insistencia de la Campaña por la Absolución y el camino judicial iniciado por su abogada defensora, le otorgaron la prisión domiciliaria. En pandemia pudo realizar los trámites para volver a Zárate donde estaba su pareja y su hija más pequeña.

Condenada por no ser “buena madre”

Casación señaló al Tribunal Criminal Nº3 -compuesto por Daniela Castaño, Eugenio Casas y Alfredo D´Empaire- que en primera instancia condenó a Rosalía que debió “introducir la perspectiva de género, considerando el contexto de vulnerabilidad personal, social y económica que rodeaban a la imputada”.

Agregó que “la sentencia impugnada (…) contiene abundantes referencias a modelos estereotípicos del rol maternal, que marcan un estándar ideal y abstracto sobre cómo debe actuar una ‘buena madre’, desentendiéndose de la contundente información reunida en torno a la falta de posibilidades reales de actuar conforme al modelo”.

“La capacidad de Reyes de comprender la criminalidad del accionar acusado se vio notablemente disminuida por la escasez de recursos personales y el contexto de vulnerabilidad, lo que en definitiva debió haber fundado un veredicto absolutorio”, sostuvo el tribunal superior.

Su resolución enfatizó que durante las instancias judiciales previas no fue considerado que “Rosalía no tenía acceso al servicio de salud, que no tuvo ningún control médico durante el embarazo, que en el momento del parto se encontraba sola y sin la asistencia de un adulto, que la vivienda donde residían se encontraba alejada de un centro urbano y sin línea telefónica, ello además de la apremiante situación económica que no le permitía afrontar la pérdida de una jornada de trabajo y el temor fundado a perder su puesto en caso de conocerse su embarazo. La circunstancia de haber experimentado cuatro partos anteriores no determina un conocimiento de ‘cuestiones básicas’ acerca de cómo desenvolverse en un parto”.

Por último, agregó que “la descontextualización de la situación de Rosalía” y el rol estereotípico de “buena madre” asumido por el Tribunal Criminal “creó exigencias ideales no alcanzables por Rosalía” quien “se encontró envuelta en un círculo de carencia (económica, educativa, afectiva, familiar) del cual resultaba incapaz de salir para cumplir el rol exigido por la norma”.

Meses atrás FM De la Calle dialogó en vivo por Instagram con Rosalía.

«Esa anoche llegué muy cansada, no quise cenar, me acosté a dormir, me desperté a las dos o tres de la mañana con un dolor muy fuerte en el vientre y cuando fui al baño hice una fuerza mínima y salió mi bebé. Me desmayé, caí al piso, no recuerdo cuánto tiempo pasó. Cuando tomé conocimiento estaba todo lleno de sangre. Llamé a mi hija Vanesa, corté el cordón como pude, cuando lo alzo al bebé ya estaba sin vida, frío. Me acosté con el bebé dándole calor en el pecho y me dormí. No lo pude ayudar, lo tomé en una bolsa y llamamos a la policía. Ahí fue cuando empezó mi pesadilla», relató.

El frigorífico La Gleba fue fundado en 1997 con aportes de la UNS y su Fundación. Años más tarde, cerró por apuestas comerciales fallidas y un manejo de fondos poco transparente que se pretendió excusar por el supuesto aporte educativo de la iniciativa.

«Sigo firme y fuerte por todas las mujeres. Sigo firme porque no me siento sola, porque me siento acompañada de las mujeres feministas. A cualquier mujer que esté pasando por una situación así le digo que ya no se sienta sola porque hay mucha ayuda, no estamos solas», dijo en aquella conversación.

La Cámara Federal denegó a Mega S.A. un recurso de casación y ratificó la anulación del convenio firmado por el fiscal Santiago Martínez y su apoderada en el marco de la causa por contaminación del estuario.

Ante las quejas de la Asociación de Pescadores Artesanales de la Ría y la Fiscalía General, el tribunal había descartado las propuestas de las empresas del polo petroquímico. Las mismas contaban con el aval de la jueza federal Gabriela Marrón.

Mega sostuvo que la Cámara había “equiparado un acuerdo programático sujeto a verificación de su cumplimento con una homologación anticipada que se computa como existente”.

Calificó la medida como “arbitraria” porque pretendería “introducir requisitos o condiciones que no estaban previstos en la resolución cautelar” y afirmó que la querella “intervino previo a la homologación del acuerdo por lo que se respetó la bilateralidad y la participación de las partes”.

Por último, aseguró que su plan cuenta con un “informe técnico”, que “garantiza la intervención de los organismos de contralor” y que “ningún órgano del Poder Judicial puede imponer la intervención de la UFIMA, sino que es una competencia del Ministerio Publico Fiscal”.

Los camaristas Pablo Candisano Mera y Roberto Amábile argumentaron que no existe una sentencia definitiva que habilite la queja ante el tribunal superior y, en relación a la alegada arbitrariedad, manifestaron que la apoderada de la empresa se limitó a plantear su “disconformidad con el análisis” de la Cámara.

Integrantes de la Asociación de Pescadores Artesanales de la Ria se reunieron con autoridades de la Unión Industrial, entidad a la cual están afiliadas las empresas investigadas por la contaminación del estuario.

Luego de once años de trámites judiciales y con las causas estancadas en el fuero federal y el contencioso administrativo, los trabajadores comenzaron una serie de cortes y manifestaciones para visibilizar la problemática.

Un grupo de pescadores y el abogado Lucas Beier fueron recibidos esta mañana por Marcela Guerra y Roberto Elissamburu, directora institucional y director Industrial de la UIBB, respectivamente.

“Les dijimos que traten de interactuar ya que la Unión Industrial tiene como principales asociados a empresas del polo o afines al polo. Necesitamos una solución urgente, desde los empresas de manera individual no nos reciben, no están dispuestos a escucharnos. Necesitamos una solución inmediata, para mañana, del daño que han generado a estas familias desde hace 11 años”, dijo Beier a FM De la Calle.

Semanas atrás, la Cámara Federal anuló los convenios firmados por el fiscal Santiago Martínez y apoderados de empresas del polo petroquímico, por no haber incluido en la discusión a los pescadores ni a la UFIMA, unidad de la Fiscalía especializada en medio ambiente.

Beier comentó que intentan “alguna negociación extrajudicial que derive en un acuerdo judicial. Pero en forma inmediata se necesitan una respuesta, están bastante firmes en su postura, van a seguir con los cortes”.

En cuanto al Consorcio de Gestión del Puerto, organismos que también está denunciado ante la justicia, el abogado destacó que “venimos con buen diálogo hace mucho tiempo, desde hace un año y medio, pero hasta ahora ninguna respuesta concreta”.

“Los pescadores llegaron a un momento de saturación, no quieren escuchar más que hay reuniones. Lamentablemente las causas judiciales están muy lentas y la expectativa es que se demore muchos años más. 2 pescadores fallecieron, algunos se están poniendo viejos y necesitan una respuesta ya”.

Esta semana la jueza Gabriela Marrón rechazó citar a indagatoria a empresarios y ex funcionarios. “No lo van a hacer, dicen que no hay pruebas suficientes y no dicen cuáles faltan. En el delito penal hay una acción típica: dice el que arroja sustancias nocivas, peligrosas para la salud. Ya está demostrado por una pericia que dice que los peces tiene 40 veces más que lo permitido por el Código Alimentario. Faltaría demostrar quién lo arroja: esta más que acreditado por los informes del Comité Técnico Ejecutivo que dice quién y qué sustancias. Hay dos informes en la causa con la nómina de todos los directores. No lo entiendo, le vengo diciendo que si cree que no están identificados que produzca la prueba que tenga que producir”.

“Cuando es una persona jurídica la responsable de arrojar sustancias, los responsables son los directores, lo dice la ley. Parece que acá la jueza quiere que yo pueda acreditar que Juan Pérez un día dio la orden de abrir la canilla. No lo pide la ley, no lo pide la jurisprudencia”, enfatizó Beier.

“Estamos perdiendo el estuario”

“El Consorcio nos atendió pero nos mintió, el Municipio nunca nos atendió, estamos viendo que nos atiendan para llegar a un acuerdo como la gente. Hasta que no haya una solución en concreto vamos a seguir con esta lucha. Van 11 años de tomada de pelo”, dijo Héctor Seijas frente a la sede de la UIBB al móvil de FM De la Calle.

Miguel Córdoba señaló que “la justicia siempre va por debajo de la mesa, siempre quedamos afuera de todas las conciliaciones. A nuestros abogados los atienden mientras nosotros hacemos medidas de fuerza”.

“En este juicio hace 11 años que estamos reclamando por una fuente laboral que teníamos, me pude hacer mi casa, vivía dignamente, le daba una buena vida a la familia. Después del 2008 que se cortó todo tuvimos que reinventarnos”, agregó Fabián Torres.

Córdoba recordó que “había 60 embarcaciones con 7 tripulantes, sumále las familias, los negocios que vivían de los pescadores. De esas 60 lanchas quedan 4 en el agua, el resto las compró el Consorcio. Los permisos de pesca tienen un solo dueño: el Consorcio compró todas las lanchas para desarraigar los pescadores, las compró cuando ya los dueños no sabían qué más hacer para tener esa lancha a flote. Todo eso lo perdimos gracias al Consorcio y las empresas”.

“Que la gente de Bahía tome conciencia de que la contaminación afecta a toda la ciudad, que miren a White, todo lo que viene para acá, estamos perdiendo el estuario. El puerto es lindo para tomar mates el domingo que es lo que le muestra el Consorcio… que metan la mano en el agua”.

El fiscal a cargo de la Fiscalía General de Bahía Blanca, Horacio Azzolin, y la titular de la Unidad Fiscal de Violencia contra las Mujeres (UFEM), Mariela Labozzetta, solicitaron que no se hiciera lugar al recurso de apelación interpuesto por el Partido “NOS” de la provincia de La Pampa contra la decisión del Juzgado Federal de Santa Rosa que había rechazado la demanda de inconstitucionalidad promovida por la organización política contra la Ley 27.610, de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).

“El planteo sobre la constitucionalidad y aplicabilidad de la ley no puede ser analizado en abstracto, puesto que no se puede utilizar al Poder Judicial para reeditar una discusión que ya fue suficientemente efectuada y zanjada en el seno de los poderes democráticos”, afirmaron.

El y la representante del MPF argumentaron que la demanda no ha demostrado la existencia de un caso individual ni colectivo y que los demandantes no tienen legitimidad, al tiempo que ingresaron en el fondo del asunto, para lo cual analizaron la normativa nacional e internacional.

El planteo de inconstitucionalidad realizado el 1° de febrero por los representantes del partido NOS de La Pampa había sido rechazado en marzo por el juez federal Juan Jose Baric, en concordancia con lo solicitado por la titular de la Fiscalía Federal de Santa Rosa, Iara Jésica Silvestre.

La fiscala había remarcado la constitucionalidad de la IVE, haciendo un recorrido sobre distintos pronunciamientos del derecho internacional sobre el tema, y cuestionó la procedencia de la demanda, ya que no había un caso concreto que les cause un perjuicio tal que amerite la utilización del último recurso posible respecto de una ley.

Ante la apelación interpuesta por el presidente de la organización política, Azzolin y Labozzeta expresaron su coincidencia con lo dictaminado en primera instancia por Silvestre y ampliaron los fundamentos sobre el fondo del asunto.

La falta de caso y de legitimación para accionar

Ante los argumentos de la parte demandante de que la ley de IVE lesiona un derecho de incidencia colectiva, el y la representante del MPF sostuvieron que la cuestión no puede ser abordada en el marco de una causa colectiva, ya que “un bien colectivo es aquél que pertenece a toda la comunidad, por lo que es indivisible y no admite exclusión alguna; en el caso de la ley 27.610, no se encuentran en juego los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, ni ningún otro de incidencia colectiva”.

En ese sentido, Azzolin y Labozzeta expresaron que, al no verificarse la existencia de un caso en el que se compruebe una lesión concreta a un derecho individual o colectivo, “el planteo sobre la constitucionalidad y aplicabilidad de la ley no puede entonces ser analizado en abstracto, puesto que no se puede utilizar al Poder Judicial para reeditar una discusión que ya fue suficientemente efectuada y zanjada en el seno de los poderes democráticos”.

Es decir, que para que haya competencia del Poder judicial, se requiere que la demanda “se funde en la existencia de una afectación concreta de un derecho constitucional, haya derechos lesionados o una amenaza seria de daño”.

Por otra parte, remarcaron la falta de legitimidad de quienes realizan el reclamo, ya que se trata de un partido político que no solo no ha sido hasta el momento constituido, sino que además las personas que lo integran “carecen de representación partidaria en el Congreso de la Nación para impugnar genéricamente los términos de una ley que regula con detalle el derecho de las mujeres y personas gestantes a interrumpir voluntariamente su embarazo”.

Añadieron que “es desmesurado pretender que diez personas que no representan a los ciudadanos de su provincia para debatir una ley nacional puedan hacerlo ahora en los tribunales”.

Marco general de derechos en juego

Azzolín y Labozzetta se expresaron sobre el fondo del asunto, haciendo referencia a los distintos instrumentos del derecho internacional en los que se inscribe el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo y al libre desarrollo de vida de las personas gestantes.

Al respecto sostuvieron que “de acuerdo con la Comisión (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), el derecho a la vida consagrado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) es compatible con normativas internas que despenalicen el aborto voluntario”.

Agregaron que estos órganos señalan que las elecciones y las decisiones en relación con la maternidad “forman parte esencial del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres” y, por consiguiente, que “la decisión de ser o no ser madre o padre pertenece a la esfera de las decisiones autónomas de los individuos respecto a su vida privada y familiar”.

El fiscal y la fiscala titular de la UFEM pusieron de relieve el caso “Artavia Murillo y otros vs. Costa Rica”, en donde, si bien no se abordó un caso de aborto sino de fecundación in vitro (FIV), se discutió el derecho a la vida. Recordaron que la Corte IDH puntualizó que todo ser humano debe poder “auto-determinarse y escoger libremente las opciones y circunstancias que le dan sentido a su existencia”, por lo que “juega un papel fundamental el principio de la autonomía de la persona”.

En este sentido, remarcaron que la Corte IDH ha entendido que la salud sexual y reproductiva “se relaciona, por una parte, con la autonomía y la libertad reproductiva, en cuanto al derecho a tomar decisiones autónomas sobre su plan de vida, su cuerpo y su salud sexual y reproductiva, libre de toda violencia, coacción y discriminación. Por el otro lado, se refiere al acceso tanto a servicios de salud reproductiva como a la información, la educación y los medios que les permitan ejercer su derecho a decidir de forma libre y responsable el número de hijos que desean tener y el intervalo de nacimientos”.

Azzolin y Labozzetta también citaron pronunciamientos de otros organismos internacionales:

  • Remarcaron lo sostenido por el Comité de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) respecto a la necesidad de “que se tomen medidas para impedir la coacción con respecto a la fecundidad y la reproducción, y para que las mujeres no se vean obligadas a buscar procedimientos médicos riesgosos, como abortos ilegales, por falta de servicios apropiados en materia de control de la natalidad”.
  • Añadieron que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 6.1 tampoco refiere desde cuándo debe entenderse que comienza la vida y que el Comité de Derechos Humanos, organismo encargado de vigilar el cumplimiento de este tratado, ha analizado la cuestión del aborto como un tema de derechos de las mujeres en las observaciones generales N°28 y N°36 y en los casos “K.L. vs. Perú” y “L.M.R. vs. Argentina”.
  • Pusieron de relieve que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconoce en su artículo 12 el derecho a la salud integral y que “esta obligación internacional se hace efectiva con la atención sanitaria a través de los funcionarios públicos del Estado”. Citaron al respecto la Observación General N°22 y recordaron que en su 46° período de sesiones (2011), el Comité indicó como uno de los principales motivos de preocupación en el Estado Argentino que los abortos no medicalizados seguían siendo una de las principales causas de mortalidad materna. El organismo, señalaron, recomendó adoptar las medidas necesarias para garantizar el acceso al aborto legal, a fin de reducir el número de muertes maternas evitables, y que se garantice el acceso a instalaciones, suministros y servicios de salud para reducir los riesgos previos y posteriores al aborto.
  • Destacaron que el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en su Observación General Nº 3/2016, puso de manifiesto que suele negarse a este colectivo “el acceso a la información y la comunicación, incluida una educación sexual integral, sobre la base de estereotipos nocivos que suponen que son asexuales y, por tanto, no necesitan esa información en igualdad de condiciones con las demás”.

Por otro lado, la fiscalía recordó el fallo “F.A.L.” de la Corte Suprema, donde el máximo tribunal se expidió sobre la constitucionalidad y convencionalidad de los abortos despenalizados desde 1921 en el Código Penal e interpretó que la referencia del inciso 23 del artículo 75 de la Constitución Nacional a un marco normativo de protección social al niño desde el embarazo “integra un supuesto concreto del mandato del constituyente para que se establezcan, en general, políticas públicas promotoras de derechos humanos” y que “de dicha norma no se deriva ninguna clase de deber u obligación constitucional de prohibir los abortos no punibles”. La Corte, recordaron Azzolín y Labozzetta, citó al respecto al jurista Carlos Nino, quien afirmó que “de la dignidad de las personas, reconocida en varias normas convencionales, se desprende el principio que las consagra como un fin en sí mismas y proscribe que sean tratadas unilateralmente”.

Por eso, indicaron el fiscal y la fiscala, “puede afirmarse que la pretensión de exigirle a una persona que lleve adelante un embarazo forzado es violatorio de su dignidad como persona”.

En el final, el fiscal y la fiscala señalaron que, en el debate de la ley 27.610, el cuerpo legislativo tuvo en cuenta y sopesó el conflicto entre los derechos e intereses en juego, en procura de otorgarles un adecuado equilibrio, como consecuencia de lo cual se dictó la ley.

“Por tal razón, cuando se controla la constitucionalidad de la ley, los tribunales deben hacer un estricto juicio de ponderación y proporcionalidad entre el interés por la protección de la vida intrauterina, y los derechos a la autonomía sexual y reproductiva, a la igualdad y a la vida libre de violencias, a la vida y a la integridad psicofísica de la persona gestante, en las particulares circunstancias de cada caso”, dictaminaron.

En tal sentido, sostuvieron que esta ley como otras legislaciones “estipulan diversos niveles de protección, de acuerdo con la evolución de la vida intrauterina”, y señalaron que “los legisladores argentinos entendieron que el valor de la vida intrauterina antes de la semana 14 de gestión no justifica imponer a las personas gestantes la carga extraordinaria de seguir adelante con un embarazo no deseado”, pues “esa carga implica relegar el ejercicio de su vida privada, su autonomía sexual y reproductiva, así como sus derechos a la igualdad y a la vida libre de violencia”, e incluso puede “poner en riesgo el derecho a la vida de las mujeres porque la experiencia evidencia que la prohibición del aborto induce a las personas gestantes a recurrir a abortos no seguros”.

La Cámara Federal ordenó el allamiento del domicilio de Jana Curuhinca y Siomara Flores, agentes de la Policía Bonaerense de Villarino investigadas por la desaparición seguida de muerte de Facundo Astudillo Castro.

La Gendarmería Nacional interviene en la vivienda de Juan A. Pradere en busca de los celulares que no fueron entregados oportunamente. En el lugar se encuentran Cristina Castro y su abogado Luciano Peretto y Sebastián Martínez, defensor de Flores y Curuhinca.

“Un procedimiento más que tardó muchísimo. Gracias a la Cámara Federal a lo cual la jueza Marrón no tuvo más que actuar. Tendría que haber sido hace mucho tiempo, los teléfonos supuestamente algunos se habían caído al inodoro, otros muy deteriorados”, dijo la madre de Facundo a FM De la Calle.

Jana Curuhinca.

Agregó que les sorprendió la presencia del abogado defensor de las policías: “Estando yo tan cerquita de este pueblo, son cinco kilómetros de Pradere a Pedro Luro, tardé media hora en llegar y él que es de Bahía Blanca ya estaba adentro con estas mujeres”.

En febrero, la Cámara habilitó medidas de prueba que previamente habían sido rechazadas por la jueza federal Gabriela Marrón, quien pretende cerrar la causa con la hipótesis de muerte accidental.

Ante la apelación de la querella y las Fiscalías, la Alzada ordenó un nuevo allanamiento al puesto policial de Teniente Origone y el secuestro de los celulares de los cuatro policías más comprometidos en el crimen.

La medida comprendía los teléfonos personales y oficiales que, durante el tiempo de la investigación, tuvieron o fueron asignados a los policías Alberto González, Mario Gabriel Sosa, Flores y Curuhinca.

Son los cuatro efectivos que, de acuerdo a las pruebas del expediente judicial, estuvieron en contacto con Facundo el día de la desaparición. Cabe recordar que el pedido de fiscales y querellantes incluía el secuestro de los celulares de más de 40 funcionarios policiales, entre ellos los superiores de los policías directamente involucrados en la investigación.

“Esperamos que surjan nuevas cosas, sabemos que el proceso es largo, que cada pericia lleva mucho tiempo en resolverse y obtener resultados. Pero esperamos poder empezar a pedir imputaciones y detenciones”, concluyó Cristina.

Un equipo de FM De la Calle informa desde el lugar.

Actualización 14:30. Terminó el allanamiento. Fueron secuestrados tres teléfonos celulares. Cerca de las 14 había arribado al luga, Mario Gabriel Sosa, otro de los policías investigados.

Una semana después del atentado a la sede de La Cámpora, la presidenta del bloque de Frente de Todos dijo a FM De la Calle que la teoría “del loquito suelto” no se sostiene y que pensaron el hecho desde la matriz represiva local. “En la AFI, en los juicios de la Triple A que estamos transitando en este momento, el aniversario de la asunción de Néstor Kirchner, esto es motivo de análisis político para adentro”.

“Hay bastante hermetismo en las investigaciones, aparecieron difundiendo videos de cámaras, se sabía que había 2 personas, un coche cercano, se supone que son 3 porque uno manejaba, el tipo de explosivo, el radio por el que habrían circulado. Lo peor que nos puede pasar es que quede la sensación de impunidad absoluta”, afirmó la concejala.

Ghigliani sostuvo que “es un claro hecho de violencia política, quiere amedrentar, silenciar y disciplinar. También lo ligamos a la violencia verbal que existe, estamos en un segundo año particular, donde todos estos discursos calan de manera distinta en las personas. Estás anunciando que tenés 17 millones de vacunas y generan una noticia falsa de 100 mil vacunas de Pfizer que no vinieron y hoy salió el titular del laboratorio a decir que esto no es así, así como con las vacunas con un montón de cosas”.

Por último, enfatizó: “No creo que mis oponentes sean todos lo mismo, hay un recorte muy sectorizado que alimenta este discurso”.

“Tengo entendido que reconoce la cuenta pero no el posteo, entiende que no puede explicar, no sabe cómo se produjo esa publicación en comentarios. Tengo entendido que sí reconoce que la cuenta era suya, más allá de la foto que encabezaba surge claramente que era Scavarda”, comentó a FM De la Calle el fiscal general Juan Pablo Fernández.

Ayer se inició un sumario administrativo a la titular de la UFI N°12, Leila Violeta Scavarda, por la publicación de un comentario reivindicatorio del genocida Jorge Rafael Videla desde un perfil de Facebook a nombre de Violeta Álvarez.

Por otra parte, el abogado Leandro Aparicio denunció el hecho ante la Procuración provincial y se investiga la posible comisión del delito de apología del delito o de un condenado.

“Desde mi opinión personal, si estamos hablando de una posible apología de un condenado por delito de lesa humanidad, que son competencia del fuero federal, también la denuncia corresponde sea investigada por la Justicia Federal porque la Nación se ve interesada por la materia sobre la cual se hace la apología”, dijo Fernández.

Agregó que “como la denuncia se hizo en el Ministerio Público provincial, si el fiscal y el juez comparten esta opinión, deberán declinar la actuación al fuero federal”.

Fernández señaló que la funcionaria se contactó telefónicamente con él y “negó su autoría en el hecho”.

“Es algo grave porque implica para un funcionario un acto indigno, implica la falta de compromiso con valores democráticos, con los derechos humanos, ensalzar la figura del dictador Videla. Por otro lado, además de una falta de compromiso por estos valores, ofende la sensibilidad del público, especialmente de aquellos que sufrieron en carne propia o por allegados hechos ocurridos por la dictadura militar”, enfatizó.

Destacó que un hecho de estas características “afecta la imagen del Ministerio Público Fiscal”. Sin embargo, sostuvo que las y los fiscales solo “pueden se removidos o sancionados a través de un jurado de enjuiciamiento, eventualmente la Corte podría proponer una licencia si entiende que afectará la función la permanencia en el cargo por la gravedad de los hechos”.

En relación a la investigación para determinar la autoría de dichos comentarios explicó que “correspondería librar oficios para que Facebook informe desde qué IP se subió ese posteo, la IP es la asignación de internet a través de una prestataria del servicio en función del cual se sube esto, si es de IP particular, desde un domicilio o desde un teléfono celular. En función de esto se puede determinar desde que tipo de aparato se hizo este posteo y si coincide con el servicio a disposición de la dra. Scavarda. Es más difícil determinar a ciencia cierta quién estaba detrás de ese aparato”.

Fernández apuntó que le “llamó la atención un hecho de este tipo atribuido a un agente fiscal. Yo no vi nunca que un agente fiscal suba una cosa de este tipo. Tanto me llamó la atención que cuando desde FM De la Calle nos enviaban el link por medio del cual ustedes toman conocimiento y consultaban mi opinión inmediatamente dispuse una investigación sumaria”.