Antonio Castaño solicitó la indagatoria al empresario Lázaro Báez en el marco de una causa en la que está imputado por asociación ilícita fiscal y en la cual se confeccionaban facturas apocrifas para evadir impuestos. El pedido se extiende a su hijo Martín, ya procesado por lavado de dinero por el juez Sebastián Casanello.

Así lo consignaron a Télam fuentes judiciales, quienes precisaron que el fiscal también pidió la declaración indagatoria de los empresarios bahienses Mauro, Franco, Enzo y Silvio Ficcadenti; de Denis, Jorge y Franco Ferreyra; y de Rogelio Chanquía.

El ex titular de la AFIP, Ricardo Echegaray, negó en la misma causa que el cierre de las oficinas locales del organismo tuviera que ver con una supuesta intención de bloquear la investigación por la emisión de facturas apócrifas.

Para el Ministerio Público Fiscal y por las maniobras realizadas, Austral Construcciones logró obtener ganancias por más de 20 millones de pesos, según consta en el expediente.

El requerimiento solicitado por Castaño y que fue dado a conocer hoy, fue efectuado en los últimos días ante la Justicia Federal de Bahía Blanca, que deberá definir los pasos a seguir. Recordemos que se encuentran vacantes los dos juzgados federales, con lo cual ambos son subrogados por la jueza federal de Viedma, Mirta Filippuzzi.

Fuentes judiciales señalaron que, “además de Lázaro y Martín Báez, quienes integraban Austral Construcciones, figuran los Ficcadenti, quienes tenían el Gupo Calvento, Penta y Terrafari, y los Ferreyra quienes estaban a cargo de la firma Constructora Patagónica, en tanto que Chanquía se desempeñaba como contador”.

Según la investigación, en muchos de los casos, las empresas locales Calvento y Penta eran proveedoras falsas de Constructora Patagónica, una empresa que luego le facturaba servicios falsos a Austral Construcciones.

En su dictamen, Castaño señaló a Bahía Blanca como “punto estratégico del entramado del grupo Báez, sin perjuicio de las relaciones con otras estructuras en el país y en el exterior”. “Este bloque fue pergeñado en nuestra región y, con la connivencia de funcionarios de la AFIP-DGI, se posibilitó la perpetración de ilícitos fiscales”, expresó el fiscal en su resolución.

Indicó que “se desprende de lo analizado hasta el momento que durante un tiempo prolongado, al menos desde el 2011, funcionó la presente asociación ilícita que principalmente se autoabastecía generando un riesgo potencial la maniobra reprochacha”.

“Estamos frente a un delito de peligro, que hace a que, si bien se encuentran cuantificando las deudas en cabeza de los obligados de autos, es relevante sostener que la organización favorece la generación de créditos fiscales falsos, utilizables no sólo por los integrantes de los grupos interrelacionados”, expresó en el escrito.

Por otro lado, el fiscal sostuvo que, “apoyándose en la estructura jurídica de Austral Construcciones SA, el Grupo Báez con formado por Lázaro y Martín Báez, secundados por sus apoyos técnicos, diseñaron un entramado societario con diferentes actores a los efectos de beneficiarse con dinero ilícito, en la mayoría proveniente de la obra pública, generando costos falsos, y atemperando deudas fiscales”.

Para eso, “se valieron de entre otras personas como los grupos constituidos por las familias Ficcadenti, Ferreyra, Pedraza, entre otros”.

Además, el fiscal remarcó que, de acuerdo con informes de la AFIP, “Calvento y Penta eran proveedores falsos de Constructora, quien luego le facturaba los servicios a Austral Construcciones Sociedad Anónima”.

“A partir de ser falsos los costos de Constructora Patagónica, como mínimo en lo atinente al grupo Penta y Calvento, se colige que le estaría sobrefacturando costos a Austral Construcciones SA para permitir la salida de dinero contable, además de evadir el IVA y las ganancias”.

En este marco, Castaño afirmó que, “gracias a la maniobra de esta asociación ilícita fiscal, al menos 20 millones del costo de Austral son falsos”.

Fuente: Télam.

Se constituyó la comisión de seguimiento y evaluación de la Ordenanza 18.164, que establece la caducidad para la explotación y toda otra actividad que promueva el proxenetismo y la trata y explotación de personas. Para la directora de Integración y Fortalecimiento de Derechos Humanos, Letizia Tamborindeguy, fue un encuentro “para seguir trabajando sobre esta problemática que es terrible y todos sabemos que existe”. En septiembre habrá actividades de concientización.

“La ordenanza propone dos tipos de comisiones. El primero es una comisión de autoridad de aplicación que nos juntamos hace quince días, está conformada por distintos representantes de secretarías del municipio que son los encargados de ver si están habilitados o no los cabarets. Desde esa reunión misma surgió la reunión de ayer que fue la primera de Comisión de Seguimiento y Evaluación de la ordenanza, de la cual no participaron solamente personas del municipio sino referentes y representantes de otras instituciones”, explicó la funcionaria a FM De la Calle.

Tamborindeguy recordó que “la ordenanza decía que cuando se cerraba un cabaret tenía un plazo determinado para presentar una propuesta alternativa. La realidad es que se pasó ese plazo, no han presentado ningún tipo de propuestas y hoy por hoy no hay ningún local habilitado”. “Formalmente está todo cerrado”, afirmó y destacó que “todos sabemos que ha crecido bastante lo que tiene que ver con los privados, pero eso ya atañe a otro campo”.

Ante los operativos judiciales en locales donde son explotadas mujeres víctimas de trata “el municipio no interviene directamente pero sí se trabaja con el equipo de rescate a partir del número 145, se los convoca -están en La Plata- e interviene. Sí hemos trabajado en la contención”.

La normativa establece que la comisión de seguimiento “estará integrada por un representante del ejecutivo municipal, uno del Concejo Deliberante, organizaciones de la sociedad civil vinculadas directamente a esta problemática, el Consejo del Menor y la Familia, el Poder Judicial Federal y un referente de la unidad fiscal de Delitos Sexuales del Departamento Judicial Bahía Blanca”.

Participaron del primer encuentro Franco Di Santi de Bahía Contra la Trata; el director de Fiscalización, José Luis Montanaro; el fiscal Mauricio del Cero; María Gracia Acevedo, de la Fiscalía General oficina Violencia de Género; Silvina Pascuaré en representación de Fiscalía Federal; Soledad Monárdez, subsecretaria de Promoción y Protección de Derechos; Delia Martínez Urquiza de Pastoral Migratoria; Virginia Linares del Frente Julieta Lanteri; María Inés Re, en representación de la Secretaría de Salud y la concejala Miriam Lantosca y su par Matías Lera.

La megacausa “La Perla – Campo La Ribera” llegará a su fin este jueves cuando el tribunal oral lea la sentencia sobre la responsabilidad de 43 acusados por crímenes de lesa humanidad padecidos por 711 víctimas en la jurisdicción del III Cuerpo del Ejército.

“El impacto en esta provincia fue enorme porque hay una Córdoba antes y después de La Perla. Creo que en este juicio vamos a tratar de enterrar a esa Córdoba conservadora, reaccionaria, que siempre fue en la historia, y tratar de poner algo de aquella Córdoba rebelde, revolucionaria, de la Reforma, del Cordobazo y de la lucha de los pueblos por su emancipación”, dijo ayer a FM De la Calle Emiliano Salguero de la agrupación H.I.J.O.S.

El debate comenzó el 4 de diciembre de 2012 y ventiló crímenes ocurridos entre 1975 y 1978. Inicialmente eran 57 los imputados pero catorce se beneficiaron con la impunidad biológica. Para Salguero, más allá de las intenciones del gobierno de cerrar los juicios, existe “voluntad política del pueblo” para ir por más Memoria, Verdad y Justicia.

-¿Con qué expectativa esperan la sentencia?

Casi cuatro años de audiencia de juicio oral, casi un año entero de audiencias si se hubiesen realizado todos los días, 365 audiencias. Lo cual implica que este juicio se ha trasformado en el juicio más largo de la historia jurídica de nuestro país. Con mucha expectativa pero también sabiendo que más allá de la intencionalidad de algunos sectores que siguen reivindicando al terrorismo de Estado, la sociedad argentina se niega a convivir con impunidad.

La Perla es el centro clandestino más grande del interior del país por el cual, según investigaciones que hemos realizado, pasaron más de 2500 personas, muchas de ellas, la gran mayoría, fueron desaparecidas y los cuerpos todavía no están identificados, no hemos encontrado los restos de los compañeros. Un juicio que además habla de lo más oscuro del terrorismo de Estado porque, a diferencia de otros lugares, acá en Córdoba la centralidad que tuvo la represión, La Perla fue el último destino de los compañeros secuestrados y torturados que fueron paseados por distintos centros clandestinos, cárceles y comisarías, todo el circuito represivo de la región del NOA, todo lo que era el área del III Cuerpo de Ejército, que son más de diez provincias, culminaba en La Perla, de la cual se sabía muy poco.

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Este juicio ha permitido ventilar, poder dar cuenta de un montón de situaciones que los familiares de las víctimas no conocían. Estamos hablando de un juicio que tiene 715 víctimas de las cuales 261 están desaparecidas, 48 de ellas asesinadas, o sea que tenemos los cuerpos, 8 identificadas, había una situación muy oscura y muy poco conocimiento de qué pasó con nuestros compañeros y además muestra a las claras cómo la represión no discriminó por ideología ni por condición social ni por edades porque en La Perla se concentró a todos los grupos sociales y culturales, desde grupos de testigos de Jehová hasta militantes revolucionarios, sindicalistas, militantes peronistas y radicales y dan cuenta de que la represión, el genocidio, más allá de las diferencias que tuvieran esos sectores en ese momento, no hizo diferencias cuando entendió que había que destruir el proyecto de trasformación de esa generación.

En este juicio se dio cuenta de la historia de vida de cada uno de estos compañeros y creo que lo más importante fue la posibilidad de que muchos sobrevivientes, que fueron demonizados como traidores por haber vivido después de la dictadura, por haber sobrevivido, porque fueron los que se “salvaron” y porque cuentan cosas dolorosas o también porque cuentan la experiencia de militancia. Esta sociedad nos escucha a nosotros los Hijos, a las Madres, a las Abuelas, pero les cuesta escuchar a los sobrevivientes.

Telam Córdoba 12/04/2014 En la audiencia 125 del mega juicio por delitos de lesa humanidad cometidos en La Perla y en el campo La Ribera, se incorporan 5 nuevas causas y 11 imputados nuevos 12/04/2014 foto Irma Montiel

En ese sentido este juicio no ha sido menor porque hoy la sociedad de Córdoba y creo de Argentina y el mundo van a estar presentes mirando y escuchando no solo la condena a los genocidas, que esperamos que sean a cadena perpetua común y efectiva, sino también el tema de la historia de los testimonios, de su importancia y de la historia de nuestro país, de las cosas que se quisieron ocultar. Porque este juicio también permitió ventilar la complicidad civil, por ejemplo de cómo Menéndez y sus secuaces se robaron la empresa Mackentor y secuestraron a sus empresarios. De la complicidad civil a través de los jueces que sabían lo que estaba pasando y no hicieron nada. De la Iglesia, acá teníamos al jefe de la Iglesia argentina que era Primatesta y tenía muchísimo contacto con estos campos de concentración que no es solo La Perla sino que en este juicio también está La Ribera que pertenece a la policía, hay imputados de otros centros clandestinos también. Da cuenta de toda una serie de historias y situaciones de impunidad con la que aún convivimos, que la pudimos escuchar, la pudimos ver, pudimos acercarnos un poquito más de verdad.

-Respecto de los compañeros y compañeras que continúan desaparecidos, en un momento el juicio también tuvo mucho impacto en la prensa a partir de la puesta en escena del Nabo Barreiro diciendo que aportaba datos sobre dónde habían sido escondidos, enterrados, pero a su vez el Equipo Argentino de Antropología Forense estaba trabajando allí. ¿Sirvió para algo lo que dijo Barreiro o fue una puesta en escena?

No, eso fue una opereta del Nabo Barreiro. Barreiro fue uno de los jefes de La Perla. Fue el jefe de torturadores, del grupo de tareas que estaba a cargo de la tortura. Además fue el responsable del levantamiento carapintada en el año 87, se lo cita a declarar, él se niega y promueven este levantamiento y termina siendo sacado del cuartel, cuando estaban acuartelados, en el baúl del auto de monseñor Primatesta.

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Y este mismo Nabo Barreiro es el que una vez que el EAAF había encontrado restos en hornos, porque entendemos que fueron depositados restos triturados de desaparecidos por segunda vez, o sea, habían sido depositados en un lugar y luego para hacer desparecer los rastros fueron depositados de nuevo en unos hornos viejos de cal, y el EAAF había encontrado el resto de cuatro compañeros que habían sido identificados y Barreiro dijo que iba a decir dónde había más hornos y fue toda una cuestión para estar en los medios. Lo que nos llamó mucho la atención fue cómo los medios masivos de comunicación se prendieron a esto pero no le dieron la misma importancia a los restos que habían sido encontrados en ese lugar antes. Él no aportó ningún tipo de datos de significación, no nos sirvió ni siquiera para la identificación de los restos de estos compañeros.

Atrás estaba la negociación de lo que se llama la reconciliación con el perdón, algo que entendemos que sectores que tienen que ver con el gobierno actual, el gobierno nacional, quieren promover. Esto de ley de reconciliación o un similar a la ley de amnistía como en Uruguay.

-Página/12 difundió una especie de medio de comunicación que se crearon los autodenominados presos políticos, los terroristas de Estado que están siendo investigados o enjuiciados, son tipos muy activos, ¿qué saben de ellos en la actualidad, en el contexto político que ha cambiado, con las domiciliarias y los riesgos que eso representa para la sociedad y para ustedes como familiares, como sobrevivientes?

Sabemos que estos grupos siempre se han movido. También en la época en que el gobierno nacional era comprometido con los juicios de lesa humanidad, con el gobierno de Cristina y de Néstor, ellos también han tenido este tipo de actuación. Igualmente el tema de las prisiones domiciliarias. Estamos hablando que una cosa es la voluntad del gobierno, que en este caso es un gobierno adverso a la posibilidad de profundizar la investigación sobre los delitos de lesa humanidad, sobre todo con el tema de los cómplices civiles. En Bahía Blanca tenemos a Massot, ustedes saben más que nosotros todo lo que ha pasado ahí. Pero también te puedo decir que hay un estado que es reticente o no, hablo del poder judicial, de las fuerzas armadas, de los distintos estamentos, que es reticente a las decisiones o políticas de un gobierno. En este caso creo que también hay una voluntad política del pueblo.

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Creo que más allá de quienes votaron a Macri o quienes no votaron a Macri, por lo menos en Córdoba que es la provincia que lamentablemente le dio el triunfo, una provincia que va a mostrar que tiene muy claro que quiere juicio y castigo a los genocidas y que no se prende a la discusión de la teoría de los dos demonios que quieren plantear estos grupos para facilitar la impunidad de los secuestradores, de los ladrones de niños, no se los juzga por sus ideas, se los juzga por sus acciones delictivas, porque utilizaron el Estado para realizarlas, por eso hablamos de terrorismo de Estado, y se los juzga con todas las condiciones que no se le dieron a ninguno de los desaparecidos.

Cuando hablamos de terrorismo de Estado creo que el pueblo de Córdoba va a mostrar que comparte esta idea que tenemos los organismos que tiene que ver con que nuevas generaciones se comprometen con la memoria, la verdad y la justicia y que tarde o temprano volveremos a la carga con el juicio y castigo en todo el país.

-¿Qué impacto tuvo en la provincia el desarrollo del juicio?

Yo te diría que el impacto en esta provincia fue enorme porque hay una Córdoba antes y después de La Perla. Creo que en este juicio vamos a tratar de enterrar a esa Córdoba conservadora, reaccionaria, que siempre fue en la historia, y tratar de poner algo de aquella Córdoba rebelde, revolucionaria, de la Reforma, del Cordobazo y de la lucha de los pueblos por su emancipación. Creo que Córdoba ha sido muy afectada por el terrorismo de Estado, fue una de las provincias junto a Tucumán más afectadas del interior, miles de obreros fueron llevados a las mazmorras de los campos de concentración, estudiantes. Córdoba era rebelde, era la Córdoba de Agustín Tosco, de Atilio López, la mayoría de los dirigentes revolucionarios se formaron acá y en ese sentido hay una Córdoba que va a sentir un cimbronazo con esta sentencia.

Mañana (por hoy) va a ser una contraCórdoba, va a estar todo el pueblo porque no sabés la cantidad de gente que a lo mejor no puede ir porque lamentablemente no conseguimos el asueto administrativo, o porque los chicos tienen que ir a clases, estamos hablando de un día laborable, pero han mostrado cartelitos diciendo “Yo quiero juicio y castigo”, “Yo voy a la sentencia”. Esto nos ha trascendido a nosotros como víctimas y a las organizaciones sociales que están organizando la espera de la lectura de la sentencia.

La diputada socialista Gabriela Troiano participó de la segunda jornada sobre campos electromagnéticos organizada por Salud Ambiental Bahía Blanca y dijo a FM De la Calle que “harían falta más antenas, con lo cual se necesitaría más inversión. (…) Se puede si tenés la intención de preservar la salud, ahora, si considerás a la salud de las personas como una variable económica más ahí está el problema”.

Troiano impulsa un proyecto de ley para regular la instalación de antenas de telefonía celular, presentado años atrás por el ex diputado santafecino Antonio Riestra (UP), que fue actualizado con “valores establecidos mundialmente”. La iniciativa se encuentra en la Comisión de Medio Ambiente mientras otra sobre la misma temática se debate en Telecomunicaciones.

“Evidentemente hay actores importantes, de peso económico, como son las compañías telefónicas que ya en el gobierno anterior se venían planteando, con las organizaciones Salud Ambiental como con Aletheia por la Vida estuvimos trabajando para tratar de plantear que se modifiquen las soluciones del Ministerio de Salud en cuanto a los límites de las potencias establecidas”, aseguró la legisladora.

Agregó que “eso es lo más importante del proyecto de ley, las potencias de las antenas que están establecidas, reguladas y aceptadas datan del año 88 y ya en 2011 la Organización Mundial de la Salud categorizó a las radiofrecuencias como probables cancerígenas. En virtud de eso muchos países del mundo, fundamentalmente los europeos pero también Chile, han bajado aproximadamente entre cien y mil veces la potencia”.

“El gobierno está impulsando la instalación en los edificios públicos pero el año pasado había una ley de (Mario) Oporto que logramos frenar, que planteaba declarar el lugar de las antenas un espacio de servidumbre pública, o sea, evidentemente se viene agitando, se engaña a la población planteando que uno no quiere que se instalen antenas, que no queremos el progreso, no es así, el tema es la potencia de las antenas”.

La diputada advirtió que el ministro de Telecomunicaciones Oscar Aguad pretende tranquilizar a la población con la colocación de un equipo en la base de la antena para medir las frecuencias. “Las ondas no se quedan quietas y no van en sentido vertical sino horizontal, si vos lo ponés en la base de la antena no es donde va a tener más frecuencia”.

“Si tenés una antena en un edificio -que es lo más común- en el edificio de enfrente a partir del quinto piso es donde vas a encontrar las mayores emisiones o problemas en la gente que se empieza a enfermar. En Francia por ejemplo, en la Biblioteca Nacional, detectaron que después de diez años de tener wifi la gente se había empezado a enfermar de cáncer, retiraron el wifi e hicieron un sistema de cableado para el trabajo”, finalizó.

El fiscal federal Antonio Castaño requirió la indagatoria de Juan Ignacio Suris en un causa por lavado de activos provenientes de narcotráfico y la facturación apócrifa. La medida se extiende a otras 15 personas que actuarían como testaferros.

Para Castaño, Suris (41) contaba con un grupo de personas que se movilizaban en vehículos costosos que eran suyos, ya que se comprobó que él mismo pagaba los seguros y hasta tení¬a la cédula azul con su nombre. Suris está preso desde 2014 en el penal de Saavedra en el marco de otra causa por la confección y comercialización de facturas apócrifas.

Además, deberá afrontar nuevamente un juicio oral en una causa por narcotráfico, luego de que la Cámara de Casación Penal revocara el fallo absolutorio por el cual en septiembre fue beneficiado junto a otros 10 acusados de integrar una banda dedicada a la venta de estupefacientes en Bahía Blanca y zonas cercanas.

El fiscal Castaño dijo a Télam que en la nueva causa “hay documentación más informes de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC) y de la Unidad de Información Financiera (UIF) basados en las actividades que desarrollaba Suris, como así también la cantidad de dinero generada por las actividades ilícitas”.

“Por tal motivo, presentamos un pedido de imputación por lavado de activos y consecuentemente la declaración indagatoria del propio Suris, de su padre y de los que estaban involucrados en la causa de narcotráfico y de empresas que constituían juntamente por la venta de las facturas truchas”, expresó.

El fiscal explicó que “esto es a partir de las facturas apócrifas, como así también por la causa del narcotráfico”, que tiene como base escuchas telefónicas que durante el juicio oral fueron declaradas nulas, pero Casación las convalidó.

Castaño comentó que en la causa de lavado de activos -además de Suris- también pidió la indagatoria de su hermano, Guillermo Martín Suris (29), y de Ezequiel Ferarri Reynoso, quien integraba la supuesta banda narco.

Además se sospecha de la participación de los ya procesados en la causa de las facturas: su padre Eduardo Suris (70), Domingo Tomás Goenaga (44), Nicolás Ibarra Gutierrez (35), Flavio Carrano (42) y Juan Pipkin (26), quienes también fueron imputados.

“No sólo había autos en el tema lavado de activos, sino que figuran movimientos bancarios de Suris, todos relacionados a las cuentas de las sociedades que él había creado, entre los que habían montos de catorce y de siete millones de pesos”, comentó Castaño.

Según el fiscal, “eran cuentas de empresas que no tenían actividad”, al ejemplificar que algunas no tenían personal y en otros casos ni siquiera domicilios.

Sobre los inmuebles, Castaño indicó que “hay uno en la Capital Federal y otro en Bahía Blanca, que figuran a nombres de terceros”.

“Los vehículos figuraban a nombre de terceros que no podían justificar su ingreso, pero la tarjeta azul estaba a nombre de Suris como así también los seguros que los pagaba él”, expresó.

La causa por la confección de facturas apócrifas comenzó a partir de una investigación de la AFIP en 2011, que denunció la maniobra dos años después y es querellante en la causa.

Los pesquisas analizaron las cuentas bancarias de las sociedades apócrifas supuestamente administradas por Suris y, en algunas de ellas, se registró un mecanismo financiero sospechoso.

La maniobra consistía en que una suma de dinero ingresaba a la cuenta y en un plazo de 48 horas se retiraba el mismo monto en concepto de pago de cheques con el objetivo, siempre de acuerdo a la acusación, de simular pagos por operaciones que no existieron.

En ese marco, el propio Suris declaró ante los investigadores que en ningún caso se depositó dinero en efectivo, sino que él concurría al banco y solicitaba la emisión de un ticket para respaldar los depósitos y justificaba la salida del dinero mediante cheques.

La justicia ordenó el desalojo del Jardín 945 y el remate del inmueble de Fabián González 1037 cedido en 1993 por un particular aunque nunca se completó el trámite de escrituración a nombre de la provincia. “Es revelador de la desidia de las autoridades educativas anteriores y actuales que se llegue a esta situación que lleva tantos años sin resolverse”, dijeron desde Suteba.

“Como ese terreno fue donado, el jardín no se construyó en ningún momento en una situación irregular, lo que no se hicieron son los pasos posteriores, hacer que el jardín pase a la Dirección General de Escuelas, entonces ahora las deudas de este doctor ejecutan el terreno que todavía está a nombre de Bauen”, comentó la presidenta del Consejo Escolar Susana Rodríguez a FM De la Calle.

La Causa judicial es impulsada por Cooperativa Mara de Crédito, Consumo y Vivienda contra Bauen Construcciones y la deuda es por las costas del abogado Horacio Gómez. “El problema llegó al Consejo otras veces pero como existía la ley de expropiación se frenaba. Ahora la ley caducó así que estamos tratando de que diputados y senadores provinciales desde cada lugar político empujen esto para que la ley salga nuevamente”.

“Estamos comunicándonos con la Asesoría Letrada de la Dirección Provincial de Propiedades y nos dijeron que el expediente está en Fiscalía de Estado y estamos solicitando se interponga una orden de tercero de mejor derecho para que el jardín pueda continuar en ese inmueble y esperar que nos dé tiempo para la sanción de una ley”, agregó Rodríguez.

Suteba Bahía Blanca expresó su preocupación ante esta situación y advirtieron que “un jardín de infantes debe ser preocupación de todos/as quienes trabajamos y de quienes defendemos la educación pública. Es revelador de la desidia de las autoridades educativas anteriores y actuales que se llegue a esta situación que lleva tantos años sin resolverse”.

“La celeridad que se demuestra para resolver las cuestiones que tienen que ver con el interés empresarial contrasta con la lentitud e inoperancia frente a un tema en que está en juego la educación de niños y niñas del jardín”, concluyeron.

 La CTA Autónoma y la CTA de los Trabajadores celebraron el fallo de la Corte contra el tarifazo como “fruto de la lucha que se viene llevando adelante contra los brutales aumentos en los servicios de gas y luz determinados por el gobierno de Mauricio Macri, permitiendo que la justicia escuche los reclamos y actúe en favor del pueblo”.

“Creemos pertinente seguir con más acciones para exigir que las audiencias públicas sean vinculantes y que resulten de manera favorable a todos los usuarios que alcanza esta medida, como así también, para que este freno en los tarifazos se extienda a las pymes, clubes, teatros, entre otros que, en este escenario, han quedado totalmente desamparados”, manifestaron.

Pablo Micheli y Hugo Yasky advirtieron que no están “dispuestos a acatar en silencio este atropello a los derechos del pueblo mientras el gobierno nacional favorece a grandes empresas y sectores concentrados de la economía”.

En ese marco, las centrales convocaron a realizar movilizaciones en todo el país para que el próximo 12 de septiembre, cuando el gobierno realice la audiencia, se sienta “una vez más el clamor del pueblo al calor de la lucha”.

El máximo tribunal, por unanimidad, resolvió que para la fijación de tarifas de gas, la audiencia pública previa es de cumplimiento obligatorio, confirmó la sentencia apelada en cuanto declara la nulidad de las resoluciones cuestionadas y aclaró que la decisión se circunscribe al colectivo de usuarios y usuarias residenciales. Dichas tarifas deben retrotraerse a los valores vigentes previos al aumento.

La Corte mantuvo la tarifa social y puso en conocimiento del Congreso la necesidad de dar cobertura al cargo de titular de la Defensoría del Pueblo de la Nación. Asimismo, sus integrantes recordaron a los tribunales el riguroso cumplimiento de la acordada sobre procesos colectivos.

El Centro de Estudios para la promoción de la Igualdad y la Solidaridad (CEPIS) promovió una acción de amparo colectivo contra el Ministerio de Energía y Minería de la Nación (MINEM) con el objeto de que se garantizara el derecho constitucional a la participación de los usuarios, y que en forma cautelar se suspendiese la aplicación del nuevo “cuadro tarifario” previsto por la Resolución MINEM 28/2016, hasta tanto se diera efectiva participación a la ciudadanía.

La clase afectada estaría conformada por “todo aquel usuario del servicio de gas, quien no contó con la posibilidad de que sus intereses sean representados con carácter previo al aumento tarifario”.

Con posterioridad, Carlos Mario Aloisi adhirió a la demanda. También la Asociación Consumidores Argentinos Asociación para la Defensa, Educación e Información de los Consumidores (Consumidores Argentinos) se presentó, cuestionando no solo la Resolución MINEM 28/2016, sino también la Resolución MINEM 31/2016. Asimismo, acudieron varias cámaras de comercio e industria, concejales, diputados, senadores e intendentes, cuya comparecencia se tuvo presente.

El juez de Primera Instancia dispuso dar publicidad a la iniciación del amparo colectivo en el Centro de Información Judicial y procedió a la inscripción del proceso en el Registro Público de Procesos Colectivos de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. Luego rechazó la acción interpuesta.

La Sala II de la Cámara Federal de La Plata dispuso, en primer lugar, acumular a la presente todas las acciones colectivas que correspondiesen, conforme a lo dispuesto en las Acordadas 32/2014 y 12/2016 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. En cuanto al fondo de la cuestión planteada, declaró la nulidad de las resoluciones ministeriales cuestionadas y decidió retrotraer la situación tarifaria a la existente con anterioridad al dictado de las normas privadas de validez con efectos generales para todos los usuarios y para todo el país.

La Corte Suprema considera que el caso debe ser analizado porque está en juego la interpretación de la Constitución Nacional, y existe trascendencia institucional porque el conflicto ha generado una litigación de características excepcionales que compromete principios básicos del debido proceso constitucional en la tutela de los derechos de los usuarios y del Estado Nacional.

Audiencia pública previa a la decisión de aumento de tarifas:
La audiencia pública previa es un requisito esencial para la adopción de decisiones en materia de tarifas.
El fundamento es el artículo 42 de la Constitución que prevé la participación de los usuarios en los servicios públicos, la democracia republicana, el derecho a la información y la ley 24076 aplicable al caso.
La información, debate y decisión fundada son partes del proceso de la decisión que se adopta en el momento.
Por esta razón no es válido fundarse en una audiencia del año 2005 para una decisión que se adopta en el año 2016, ni una medida transitoria hasta tanto se celebre una audiencia.

Contenido de la Audiencia en relación a la tarifa
La audiencia siempre se debe hacer para el transporte y distribución de gas, porque son fijados monopólicamente (ley 24.076 y cc).
Es distinto el caso de Precio de ingreso al sistema de transporte del gas (Pist), porque hay una evolución en el tema:
La leyes 17.319 y 24.076, y sus reglamentaciones, establecieron que la producción y comercialización de gas es efectivamente una actividad económicamente desregulada y no fue calificada como servicio público
Desde el dictado de la Ley de Emergencia 25.561 en enero del año 2002, el precio del gas pasó de un contexto de libre negociación de las partes a uno de intervención estatal, mientras que su importación, la ampliación de las redes de transporte y distribución y las tarifas que remuneraban dichos servicios fueron financiados, fundamentalmente, con recursos provenientes de cargos tarifarios, programas especiales de crédito, aportes específicos de determinados sujetos del sector y subsidios del Estado Nacional. Específicamente a partir del Decreto 181/2004, el Poder Ejecutivo intervino en su fijación, dejando de lado al mercado.
En consecuencia, es razonable que, hasta el momento en que efectivamente el precio del gas en el PIST se determine sobre la base de la libre interacción de la oferta y la demanda, su análisis se efectúe conjuntamente con la revisión de tarifas para la cual es necesaria, como ya se dijo, la celebración de una audiencia pública.
Es decir: en la situación actual el Estado intervino fuertemente en la fijación del Pist y por lo tanto debe someterlo a una audiencia pública porque es una decisión que, claramente, escapa al mercado. A partir de la fijación según reglas de oferta y demanda, no será necesaria la audiencia, porque se aplica la ley 24078.
La propia conducta del Estado actúa como una condición suspensiva de la aplicación de la norma originaria.

Protección de l@s consumidor@s y usuari@s
En el artículo 42 de la Constitución se han reconocido las hondas desigualdades inmanentes al mercado y al consumo, dada la asimetría real en que se desenvuelve la persona que acude al mercado en pos de la satisfacción de sus necesidades humanas.
Por ello hay una protección enfocada en la calidad de bienes y servicios, preservación de la salud y seguridad; información adecuada y veraz; libertad de elección; y condiciones de trato equitativo y digno y también derechos de participación, como el derecho reconocido en cabeza de los usuarios, con particular referencia al control en materia de servicios públicos.

División de Poderes y Funciones
Poder Ejecutivo: La fijación de tarifas es una facultad del Poder Ejecutivo (Precedentes de la CS. Fallos 184:306, 322:3008 y “Establecimiento Liniers S.A.”, fallada el 11 de junio de 2013) y la implementación de la política energética
Poder Legislativo: le corresponde la determinación del marco regulatorio general de la materia y las facultades tributarias.
Poder Judicial: El Poder Judicial debe controlar si las tarifas se ajustan a la Constitución y la ley y su razonabilidad. No debe sustituir al legislador, ni definir la política política energética. No puede fijar porcentajes de tarifas, ni dictar sentencias con efectos generales sin determinar previamente una categoría de afectados que sea homogénea (precedente Halabi).
El Tribunal señala que se han dictado sentencias vinculadas con la magnitud del aumento tarifario, sin distinción de categorías de usuarios, tratando de manera igual a situaciones heterogéneas, apartándose de la jurisprudencia de la Corte, que debe ser respetada.

¿Por qué se limita la sentencia a los usuari@s residenciales?
La Cámara dictó una sentencia con efectos generales para todo tipo de usuarios y para todo el país. No se los citó previamente, y no se hacen distinciones según sean residenciales, comerciales, industriales, o según diferentes tipos de ingresos económicos, o regiones.
La Corte Suprema ha definido el proceso colectivo en diversos precedentes (“Halabi”) y ha dicho claramente que deben existir intereses individuales homogéneos.
Es decir, debe haber una causa común (en el caso la falta de audiencia), pero no hay homogeneidad.
Este es un elemento muy importante. Está en juego la libertad de las personas en cuanto a la disposición de su patrimonio.
En el caso, el único grupo homogéneo que reúne los elementos definidos en “Halabi” es el de los usuarios residenciales (conforme decreto 225/92 ─Anexo “B”, Subanexo II─, decreto 181/2004 y resolución ENARGAS 409/2008). Se trata de los ciudadanos a quienes les resulta difícil hacer una demanda por sí mismos y por eso se afecta el acceso a justicia y pueden ser representados en una sentencia colectiva.
Por esta razón, la sentencia de la Corte únicamente tiene efectos respecto de ese colectivo.
Las decisiones tomadas por el Poder Ejecutivo Nacional en el corriente año en relación a la tarifa social y a la protección de los sectores más vulnerables se mantienen.
La sentencia, en ningún caso puede arrojar como resultado sumas mayores a las que dichos actores hubiesen debido abonar por estricta aplicación del nuevo cuadro tarifario, considerando la mencionada tarifa social (conf. doctrina de Fallos: 336:607).

AMPLIACIÓN DE FUNDAMENTOS DEL DR MAQUEDA
La audiencia pública tiene raigambre constitucional. Es un derecho ciudadano reconocido en el artículo 42 de la Constitución Nacional que se sustenta en los principios de la democracia participativa y republicana.
Todos los usuarios y consumidores –sin distinción de categorías- deben formar parte de la audiencia pública, que debe realizarse en forma previa a la toma de decisiones en materia tarifaria.

Dicho mecanismo de participación ciudadana debe llevarse a cabo respecto de todos los tramos que componen la tarifa final del servicio público de gas: precio en boca de pozo, transporte y distribución.

En el día de la fecha, el Doctor Maqueda en su voto declaró la nulidad de las resoluciones 28/2016 y 31/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación, que fijaron el nuevo esquema de precios del gas natural en el punto de ingreso al sistema de transporte, y un nuevo cuadro tarifario del servicio. (Causa FLP 8399/2016).
La nulidad de las resoluciones 28/16 y 31/16 se fundó en que el Ministerio de Energía y Minería de la Nación no cumplió con la obligación de llevar a cabo audiencias públicas.

Sostuvo, en primer término, que el artículo 42 de la Constitución Nacional reconoce a la participación pública como un derecho que la ciudadanía puede ejercer directamente, sin perjuicio de que el Congreso establezca la forma en que este derecho debe llevarse a cabo en cada caso.

Afirmó que -específicamente en materia tarifaria- la participación de los usuarios de un servicio público no se satisface con la mera notificación de una tarifa ya establecida, porque la Constitución garantiza la participación ciudadana previa en instancias públicas de discusión y debate, y ese aporte debe ser ponderado por el Poder Ejecutivo cuando fija el precio del servicio.

Este derecho de participación reconocido a los usuarios en el caso del servicio de gas se estructuró en 1992 en su ley regulatoria mediante el mecanismo de audiencias públicas. Resaltó que para que este derecho no sea ilusorio, deben cumplirse las siguientes condiciones.

En primer término, todos los usuarios tienen derecho a recibir de parte del Estado información adecuada, veraz e imparcial en forma previa a la realización de las audiencias. La segunda condición está dada por la celebración de este espacio de deliberación entre todos los sectores interesados, con un ordenamiento apropiado que permita el intercambio responsable de ideas en igualdad de condiciones. Por último, este derecho debe ser valorado en el momento en el que el Poder Ejecutivo toma la decisión. De otro modo, todas las etapas anteriores constituirían puro ritualismo si la autoridad no considerara fundadamente, en oportunidad de tomar las resoluciones del caso, las situaciones y argumentaciones que se expusieron en la audiencia.

En este marco constitucional y legal, afirmó que el Poder Ejecutivo no podía sostener válidamente que no era exigible la realización de audiencia pública antes del dictado de las resoluciones impugnadas por tratarse la producción y comercialización de este recurso de una actividad desregulada, es decir, una actividad cuyo precio era fijado por el libre juego de la oferta y la demanda.

En efecto, explicó que este argumento no es valedero, porque a partir de 2004, el precio del gas pasó a ser fijado por el Estado del mismo modo en que fija las tarifas. Así, respecto de precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST, o precio a boca de pozo), estableció que mientras el Estado siga fijando el precio, corresponderá también llevar a cabo obligatoriamente las audiencias públicas.

Agregó que tampoco puede considerarse el argumento según el cual se trata de una tarifa transitoria, porque más allá de la permanencia temporal del régimen, lo cierto es que implica un aumento que puede llegar a quintuplicar la tarifa de gas que paga el usuario, y que en caso de que tal aumento no pueda ser afrontado, podría ser privado del servicio. En tales condiciones, resulta intrascendente que se trate o no de un régimen transitorio.

Seguidamente, reiteró que la potestad tarifaria de los servicios públicos es del Poder Ejecutivo y tiene por objeto asegurar su prestación en condiciones regulares y la protección del usuario.
Asimismo, también recordó que la interpretación de las normas, que incumbe a los jueces, no llega hasta la facultad de instituir la ley misma ni a suplir al Poder Ejecutivo en la decisión e implementación de la política energética. La misión más delicada de los jueces es la de saberse mantener dentro del ámbito de su jurisdicción.

Puso de manifiesto cómo había sido la política tarifaria en materia de gas en los últimos 14 años, para concluir que era necesario fijar criterios para una política tarifaria razonable respecto a servicios públicos esenciales.

A tal efecto recordó que las actividades o servicios esenciales para la sociedad, eran aquellos cuyas prestaciones se consideran vitales e indispensables para el conjunto de los ciudadanos, con el fin de asegurar su prestación.

Destacó que, según informó el Estado, la política energética implementada a partir del año 2002 tuvo como consecuencia la pérdida del autoabastecimiento, el aumento del gasto público, importaciones por parte del Estado Nacional, déficit de la balanza comercial, consumo de los “stocks” de recursos y capacidad disponibles, escasez del gas, deterioro de las infraestructuras de transporte y distribución y falta de inversiones en el desarrollo de sus redes.

Consideró que dicha situación imponía al Estado una especial prudencia y rigor a la hora de la determinación de las tarifas y de su transparencia.

Sostuvo que el Estado debe velar por la continuidad, universalidad y accesibilidad de los servicios públicos, ponderando la realidad económico-social concreta de los afectados por la decisión tarifaria con especial atención a los sectores más vulnerables, y evitando, de esta forma, una verdadera conmoción social provocada por la exclusión de numerosos usuarios de dichos servicios esenciales como consecuencia de una tarifa que, por su elevado monto, pueda calificarse de “confiscatoria” de los ingresos de un grupo familiar.
Resolvió aplicar esta decisión a los usuarios residenciales de gas que constituyen un colectivo uniforme que cuestiona las resoluciones señaladas y que no podría demandar individualmente en razón de los costos que tal litigio implicaría para cada uno de ellos.

Respecto de la vigencia de la tarifa social para proteger a los sectores más vulnerables de la sociedad, el voto puso de manifiesto que la aplicación del más elemental sentido de justicia implica que la tarifa final que se aplique a esos sectores como consecuencia de este fallo nunca podría implicar el pago de una suma mayor a lo que hubiesen debido pagar por aplicación de la tarifa social correspondiente al cuadro tarifario discutido en la causa.

En conclusión, las decisiones adoptadas por el Poder Ejecutivo violentan el derecho a la participación de los usuarios, bajo la forma de audiencia pública previa, en el proceso de revisión de tarifas.

(Por ¿Quién te juna?*) Sistema penitenciario es el término que se utiliza para las instituciones donde las personas que son condenadas por diferentes hechos delictivos cumplen las penas previstas, y donde el propósito es su futura reinserción social.

En la actualidad, los internos de diversos establecimientos deben enfrentar el sobrevivir bajo condiciones inhumanas, donde llegan al punto de, en muchos casos, tener que arriesgar su vida para poder solicitar las atenciones (psicológica, social, médica), que le deberían ser otorgadas por derecho.

Cabe destacar que el artículo 25 de la ley 25.875 ampara derechos humanos en las cárceles del Servicio Penitenciario Federal y en otros lugares de detención, donde se encuentran privados de la libertad hombres, mujeres, niñxs y adolescentes. Además, el artículo 18 de la Constitución Nacional los ampara, resguardando la sanidad y limpieza de los establecimientos, para la seguridad (y no el castigo) de los presos.

Alumnos que ayudan a otros alumnos

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A pesar de la situación actual y de muchas fallas por parte del Estado, en la unidad penitenciaria Nº 4 de la ciudad de Bahía Blanca, y en Nº 19 de la localidad de Saavedra, se implementa desde el año 2001, el programa Voluntario Universitario “EDUCAR para REINSERTAR”.

Esto se lleva a cabo por alumnos de la carrera de abogacía, que concurren a las instituciones con el fin de coordinar reuniones de estudio (además de brindar clases vía Skype), destinadas al apoyo de los internos inscriptos en el programa, y que en el futuro pueden continuar con la carrera en la U.N.S.

Los avances que lograron se vieron reflejados en la creación del primer centro de estudiantes, el dictado de clases mixtas, la construcción de una biblioteca, tres aulas, la sala de informática, y la Oficina Judicial coordinada y gestionada por los propios internos.

En la actualidad, el programa es coordinado por Nahuel Tejada y Lucas Fernández Leyes, luego de que, el ahora Secretario de la Fiscalía General, Santiago Garrido, creador del programa ‪Educar Para Reinsertar, les cediera el mando.

Al explicar los principales objetivos, Tejada destacó que el programa sirve como nexo entre los actuales estudiantes de la carrera de abogacía y quienes la cursan como internos de ambas correccionales. También resaltó que “el programa comunica a los dos tipos de alumnos [dentro del penal]. Los que cursan en el campus de Palihue, luego se trasladan con pedido de autorizaciones a la unidad Nº 4 para poder compartir esos conocimientos, actualizaciones de bibliografía, legislaciones actualizadas con quienes están privados de su libertad y tiene restricciones. Lo que se hace es llevarles lo que uno obtiene en el aula, en la universidad pública, y compartírselo a quienes no pueden concurrir a clases”.

Con respecto a los requisitos que deben cumplir para estudiar la carrera, afirmó: “son los mismos que tienen los estudiantes regulares de la universidad”.

Demostrando que se puede acabar con los tabúes, Garrido repasó el historial, destacando que la cárcel de Villa Floresta fue la primera de la provincia en implementar las clases mixtas: “Arrancamos como prueba piloto en la Universidad y luego se extendió rápidamente. Como se vio que no había problema, al año siguiente se aplicó a la primaria y a la secundaria. Esta cárcel y todas las demás de la provincia de Buenos Aires tienen todo mixto, porque salió una resolución interna del servicio penitenciario”.

En referencia a los resultados, sostiene que ha tenido éxito, ya que muchos presos decidieron inscribirse para obtener una salida a futuro. Uno de los ejemplos que se puede citar es Diego Escobar, quien está próximo a recibirse de abogado, y explicó que no cuentan con muchas oportunidades, por lo tanto, fue un refugio que llegó a él.

Afirmó: “Al principio, que fue la etapa del proceso en la que uno no sabe, estaba con un delito bastante complicado; tenía un pedido de 37 años en principio. Tenía una cuestión, la idea en la cabeza de que era un tiempo considerable, y ¿de qué manera paso este tiempo? ¿Qué me va a redituar a los fines de irme antes, o tener una calidad de vida distinta ahí adentro? Y ese fue el gran incentivo”.

Para explicar cuándo fue que se decidió a estudiar la carrera comenta: “Nunca soñé con estudiar abogacía, nunca estuvo en los planes. Se fue dando así, de casualidad. De una manera muy inconsciente fui llegando; situaciones que me llegaron o yo mismo me las impuse, de alguna manera, y me puse a estudiar”.

Resaltó que sobrevivir en el sistema, estando bajo libertad condicional, no es fácil, ya que está hecho de forma para que vuelvas a estar encerrado. Y considera que cuando se reciba va a poder cerrar el círculo, a poder empezar de cero. Esto debido a que supo sacar provecho de una situación adversa.

A pesar de que falta mucho por cambiar en el sistema penitenciario, este es un paso en la dirección correcta, para demostrar que las personas que son condenadas a estar en prisión, y que quieren salir adelante, pueden ver que cuentan con esa posibilidad.

*¿Quién te juna? se emite los miércoles a las 21 por FM De la Calle 87.9 Mhz.

La Procuradora General de la Nación, Alejandra Gils Carbó, consideró que corresponde confirmar el fallo de la Sala II de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata que, tras revocar la sentencia de primera instancia, había declarado la nulidad de las resoluciones 28/2016 y 31/2016 del Ministerio de Energía y Minería de la Nación y ordenó que el marco tarifario correspondiente al servicio de gas se retrotrajera a las tarifas vigentes con anterioridad al dictado de esas medidas.

La Procuradora señaló que el tribunal platense había interpretado “adecuadamente el derecho federal vigente al concluir que el aumento tarifario no pudo ser válidamente implementado sin la realización previa de una audiencia pública dado que la Ley 24.076 de Gas Natural impone ese mecanismo como herramienta para garantizar el derecho constitucional de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores previsto en el artículo 42 de la Constitución Nacional”.

Las resoluciones cuestionadas habían sido dictadas el 28 y 29 de marzo de este año. De acuerdo con el dictamen, el nuevo esquema de financiamiento del servicio de gas “trajo aparejado un aumento tarifario muy significativo que deben afrontar los usuarios y consumidores para acceder al servicio de gas”, tal como lo refleja el informe del Estado Nacional presentado ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

En estas circunstancias, recordó que “si bien es cierto que el mérito o conveniencia de una política pública es una cuestión que excede el ámbito de una revisión judicial, no es menos cierto que tales políticas deben implementarse con acatamiento a los límites que resultan del marco regulatorio legal específico en la materia, y sin vulnerar los derechos y garantías constitucionales reconocidos a favor de los usuarios y consumidores. En tal sentido, una de las funciones del Poder Judicial es controlar que los restantes poderes del Estado no se extralimiten en el ejercicio de sus facultades y respeten el ordenamiento jurídico vigente”.

La realización de audiencias públicas

La Procuradora General puntualizó que la Ley 24.076 de Gas Natural dispone “expresamente la realización de una audiencia pública en forma previa a la adopción de ciertas decisiones en materia tarifaria” y agregó que el mismo mecanismo prevé el decreto 1738/92 —reglamentario del régimen de gas—. Además, destacó que “estas disposiciones que integran el régimen de gas natural, en el que se inscribe el requisito de audiencia pública previa, fijan también como objetivo la determinación de tarifas justas y razonables, a la vez que consagran los principios de accesibilidad, gradualidad, coherencia, progresividad y previsibilidad”.

Por otra parte, la titular del MPF recordó que “el artículo 42 de la Constitución Nacional, incorporado en la reforma de 1994, otorgó máxima jerarquía a los derechos de información, consulta y participación de los usuarios y consumidores como así también a la protección de sus intereses económicos, que, en el ámbito del servicio de gas, están implementados por la ley 24.076 y sus disposiciones reglamentarias”.

Frente a esto, destacó la relevancia de la audiencia pública previa como “una instancia de participación ciudadana que favorece la democratización de las decisiones, la formación de consensos, la transparencia y la publicidad de los actos y los procedimientos”.

El dictamen también precisó que el nuevo cuadro tarifario es el resultado del incremento conjunto de los tres componentes de la tarifa de gas, esto es: el precio del gas en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), la tarifa de transporte, y la tarifa de distribución (art. 37, ley 24.076). También, puso de relieve que “la resolución 28/2016 no solo tuvo por objeto la fijación de nuevos precios de gas natural en PIST, sino que incluyó medidas para determinar bonificaciones por ahorro de energía, tarifas diferenciales por zona geográfica y la llamada tarifa social”.

En ese contexto, Gils Carbó resaltó que “resulta determinante apreciar que el precio del gas en PIST representa, en la actualidad, más del setenta por ciento (70%) de la tarifa de gas, tal como señala el Estado Nacional en su recurso extraordinario […] La incidencia de ese componente en la tarifa es particularmente importante en este caso en atención a la magnitud de la totalidad del aumento tarifario”.

“Tales aspectos demuestran que la postura del Estado Nacional —orientada a excluir del ámbito de la audiencia pública las cuestiones vinculadas al precio del gas en PIST— implica restringir sustancialmente la eficacia de la audiencia pública para garantizar los derechos constitucionales de información, consulta y participación de los usuarios pues, de ese modo, se recorta el debate sobre la accesibilidad, gradualidad, coherencia, progresividad y previsibilidad sobre el componente más determinante de la tarifa final en el marco de un aumento extraordinario”, concluyó.

Otros derechos fundamentales en juego

La Procuradora General consideró que la multiplicidad de amparos y acciones judiciales promovidas a lo largo de todo el país demostró que el aumento tarifario podría afectar el acceso de usuarios y consumidores al servicio básico de gas, lo cual “pone en juego derechos humanos y fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional y en los instrumentos internacionales”, tales como la protección del derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y para su familia, lo cual comprende alimentación y vivienda adecuada, así como la protección del derecho a trabajar, a comerciar y a ejercer toda industria lícita. En este sentido, agregó que “el acceso al servicio básico del gas es indispensable para la continuidad de la actividad económica de los comerciantes, las empresas —en especial, las pequeñas y medianas—, las fábricas recuperadas y las cooperativas, de las cuales depende en gran medida la conservación de las fuentes de trabajo”.

Por otra parte, el dictamen detalló que los aumentos en la tarifa de gas generaron una serie de acciones judiciales en todo el país, en el marco de las cuales los fiscales federales de Río Gallegos, Mar del Plata, Zapala, Ushuaia, Río Grande, Córdoba, Neuquén, Rawson y Caleta Olivia, entre otros, “se expidieron a favor de la procedencia de la suspensión cautelar del aumento tarifario solicitada por haberse omitido la realización de una audiencia pública previa”.

Normas de emergencia

La Procuradora también estimó que correspondía rechazar el planteo del Estado Nacional según el cual las normas cuestionadas fueron dictadas en el marco de las leyes de emergencia, sobre cuya base el Ejecutivo dispuso que la audiencia solo regía para la Revisión Integral de Tarifas y no para aumentos transitorios.

Tras el análisis de la normativa, consideró que “las resoluciones 28/2016 y 31/2016 impusieron a los usuarios y consumidores un aumento significativo que impacta, de manera inmediata e irreversible, en el acceso a un servicio básico y en la planificación de gastos familiares y costos empresariales. Desde el punto de vista de los usuarios, ello descarta el carácter transitorio que le atribuyó el Estado Nacional a las medidas cuestionadas”.

Gils Carbó citó el propio informe del Poder Ejecutivo presentado ante la Corte, en el cual se destaca que “el treinta y ocho por ciento (38%) de los usuarios se ve afectado por aumentos que superan el cuatrocientos por ciento (400%)”. Y agregó: “La incidencia del aumento es, incluso, más severa en el caso de los usuarios de las categorías SGP (pequeños consumos comerciales o industriales), dado que el cien por ciento (100%) debe afrontar aumentos que en promedio superan el quinientos por ciento (500%), e incluso en algunos casos alcanzan el mil quinientos por ciento (1.500%)”.

Por otra parte, respecto a la invocación de las normas de emergencia, la Procuradora General consideró que estas leyes “lejos de entender que la celebración de audiencia pública obstaculiza la renegociación, la concibieron como una herramienta útil” para proteger “el interés de los usuarios y la accesibilidad de los servicios”.

Fuente: fiscales.gob.ar

El titular del área de Justicia y Seguridad Democrática de la Comisión por la Memoria, Rodrigo Pomares, confirmó la denuncia penal contra el policía bonaerense Carlos Teodoro Tajanisevic y Natalia García y Carlos Terán de la Policía Local por vejaciones, apremios ilegales e incumplimiento de los deberes de funcionario público por la violencia ejercida la semana pasada contra dos jóvenes en Villa Rosas. “Sorprendentemente” nadie la había presentado.

Previamente, una queja del organismo de derechos humanos ante Asuntos Internos del Ministerio de Seguridad “para alertar sobre lo que era evidente y había tomado estado público” motivó la desafectación de l@s uniformad@s por haber “violado todo tipo de normativa, protocolo” y haber actuado “de manera completamente violenta y desproporcionada”.

“Solicitamos a la Fiscalía General que nos informen algo que para nosotros a esa altura era evidente que es el inicio de actuaciones de oficio para indagar sobre los posibles delitos que se habían cometido en el marco de ese procedimiento, cosa que sorprendentemente no había ocurrido. Más allá de la denuncia que haga o no un particular se trata de casos de delitos de acción pública, cualquier fiscal o ciudadano puede alertar sobre un posible delito e intervenir. Eso no ocurrió”, explicó Pomares a Enredados*.

Sobre la Policía Local, el abogado recordó que “surgieron en el marco de una emergencia en materia de seguridad creada de una manera muy poco estudiada, con un marco normativo muy débil, se crearon por decreto, con poca claridad respecto a sus atribuciones, con escasa o nula capacitación”.

A esto se suma el cruce con “la Bonaerense histórica” y la “academia informal en la calle”. “Si bien era importante la formación académica de un policía, que debiera ser más exhaustiva, tener otros contenidos, también hay una formación que se da en cualquier profesión, que es la que se da en el ejercicio concreto. Parece que mucho se pone a jugar en la práctica, en este caso parecía claramente que el policía de años les estaba diciendo a los más chicos ‘esto hay que manejarlo así'”.

Pomares destacó además el mensaje sobre el trato entre personas adultas y jóvenes: “Parecía como una cuestión casi natural que un adulto se tiene que comportar de esa manera con los jóvenes y lo que uno espera de un adulto, que aparte es funcionario policial, es otra actitud, que trate de contemporizar la situación, evitar que se generen más situaciones de conflicto, buscar alternativas en caso de que efectivamente hubiera una falta o delito”.

Todo esto ante “un vacío muy grande” generado por la falta de creación de organismos de Promoción y Protección de Derechos de niñas, niños y adolescentes por parte de la provincia y los municipios.

13627064_10207431929458052_581699682700496802_nEl bonarense Tanasijevic milita en las redes sociales que “el único delincuente que no vuelve a delinquir es el delincuente muerto” y que por eso hay que “pisarlos como cucarachas” o “matarlos en nombre de los derechos humanos de los humanos derechos: juez que deja en libertad estas lacras, no queda otra que fusilarlo nada de juri”. Además “agradece” al genocida Jorge Rafael Videla, condenado por crímenes de lesa humanidad, por la “por la defensa de la patria y la libertad”.

Consultado al respecto, el director de Seguridad Democrática de la CPM dijo que “existe un marco de libertad en el que todos podemos expresar nuestras ideologías y opiniones pero la apología del delito, de la discriminación, es en sí mismo un delito”. Sin censura previa, se puede manifestar “cualquier cosa” y luego “hay que hacerse cargo de las consecuencias”.

“Un policía que tiene un marco normativo que le impide realizar determinadas conductas, no es propicio que salga a expresar en un foro público expresiones que van en las antípodas de lo que tiene que cumplir. Quienes integran los organismos de control de esos funcionarios debieran intervenir y evaluar que si hay policías que en foros públicos realizan apología del gatillo fácil, de la discriminación racial, son xenófobos, homófobos o todo tipo de fobias hacia determinados sectores sociales, por supuesto que deberían tener intervenciones que tengan alguna consecuencia”, concluyó.

*Enredados se emite los sábados de 10 a 13 por Continental Bahía Blanca.

(Por Mauro Llaneza) ¿Cuántas de las personas que te cruzás en la calle, en un bar o en el colectivo estarían dispuestas a entregar a otras a un aparato genocida? Es una pregunta que suele hacerse el destacado periodista y cronista de hechos delincuenciales Ricardo Ragendorfer.

El autor de La Bonaerense y La secta del gatillo, entre otros libros, presentó en diálogo con el programa En eso Estamos de FM De la Calle su trabajo más reciente: Los doblados.

Se trata de una investigación sobre las infiltraciones del Batallón 601 en la guerrilla argentina, sobre el origen de la Operación Cóndor y su primer acto en el país, pero sobre todo, como dice Ragendorfer, de un libro que “capta el amenazante jadeo de una época en la cual se puso a punto un sistema político basado en el exterminio”.

Los doblados aborda la figura de la traición durante la década del setenta, más allá de la originalidad del tema, ¿qué te atrajo para volcarte a la investigación con esa idea como disparador?

Por empezar me interesaba mucho explorar la estructura del Batallón 601 que también, al igual que la traición, fue uno de los organismos de inteligencia menos explorado por la profusa bibliografía sobre la última dictadura. En ese sentido diría que el puntapié inicial de este laburo y lo que además me atrajo de la figura de la traición, de la figura de la infiltración y de las operaciones de inteligencia sobre las organizaciones guerrilleras de aquella época fue una serie de entrevistas que mantuve con el mayor Carlos Antonio Españadero hace más o menos una década, que tenían por objeto en ese momento una nota que estaba haciendo para la revista Caras y Caretas.

Este tipo era un sujeto bastante singular, ahora está bajo arresto y condenado a perpetua por delitos de lesa humanidad. Este hombre, repito, era muy interesante a los efectos de investigar el Batallón 601 ya que pese a su módica jerarquía, tenía grado de mayor, era una especie de cerebro gris de ese organismo, una especie de estratega y el analista que evaluaba los informes que llegaban a su mesa de trabajo y de algún modo recomendaba o incidía en los próximos pasos represivos de ese organismo. Además, el tipo tenía a su cargo una red de infiltrados que él mismo había reclutado y entrenado para filtrar las organizaciones armadas.

Luciana Granovsky / Télam

-Españadero no es el único represor que aparece como fuente de la investigación, está Dalla Tea, está Harguindeguy, entre otros. ¿Cómo se entrevista a un represor?

Por empezar no era la primera vez, desde luego, que entrevistaba a este tipo de personajes. Es realmente difícil y yo medio que lo escribo en la introducción. Cuando encuentro a Españadero digo: era extraño estar con él, era como la frase de Walsh al revés, hay un fusilador que vive.

Efectivamente, este también es uno de los pocos libros que ha entrevistado a tantos represores. A mí me interesa el siguiente aspecto de estos individuos, cada uno de ellos es una muestra cabal de lo que Hannah Arendt llamaba la banalidad del mal. O sea, no son en el estricto sentido de la palabra bestias con garras sino lo terrible, lo aterrador, es que son personas normales que después de torturar vuelven a su casa como de cualquier trabajo y acarician la cabeza de sus hijos, son personas que de algún modo tienen puestos gerenciales en sistemas políticos basados en el exterminio. Suena terrible pero es así.

Y siendo así, a veces pienso, imagino cuando camino por la calle o estoy en un bar y miro a la gente, ¿cuánta gente que en este momento comparte conmigo un espacio físico en la calle, en el bar o en un colectivo estaría dispuesta a hacer cosas semejantes?

Desde luego, en el aspecto técnico, el método al menos que yo utilizo para llevar adelante una entrevista con estos sujetos no es hacer precisamente preguntas incisivas ni discutir con ellos, pienso que ese es una craso error, hay que dejarlos hablar para que se muestren como son, fundamentalmente por lo que dicen se nota lo que son y no hay que discutir porque es como discutir de astronomía con alguien que cree que la luna es un pedazo de queso gruyere.

-Arrancás el libro con el relato y la reconstrucción de lo que fue el ataque de Montoneros al Regimiento 29 de Infantería de Formosa y concluís que el Ejército estaba al tanto y sin embargo lo dejó suceder y terminás planteando que el 24 de marzo del 76 fue solo una mudanza, que el poder ya no estaba entonces en la Casa Rosada, ¿por qué?

Sí, es una de las hipótesis del libro. Hay algunos autores que a mi parecer con demasiada liviandad sostienen que el ataque al cuartel, al Regimiento 29 de Formosa, fue lo que decidió a los militares a dar el golpe de Estado. A mí me parece una visión tipo Billiken esa. En realidad, pude constatar a lo largo de esta investigación, los famosos decretos de aniquilamiento que lanzan lo que  los militares llamaron “la lucha antisubversiva”, que se firman dos días después de lo de Formosa, ya estaban preparados desde antes y tenían definido firmarlos y ponerlos en práctica una vez que la guerrilla cometa un hecho de envergadura. Ese hecho de envergadura fue el asalto al Regimiento de Formosa.

A partir de ese momento y de la firma de los decretos de aniquilamiento -que establecían que se extendía a todo el territorio nacional las atribuciones represivas que los militares ya tenían en Tucumán durante el Operativo Independencia-, yo pienso que en ese momento comenzó la dictadura, puesto que en ese momento el control operacional del país pasó a manos de los militares y eso significaba nada más ni nada menos que el poder había pasado de la Casa Rosada al Edificio Libertador. Por eso digo que, en resumidas cuentas, lo del 24 de marzo fue apenas una mudanza.

buscado_riveiro-En cuanto a la reconstrucción del funcionamiento del Batallón 601 aparece la conformación del Plan Cóndor y hay dos nombres centrales de la primera acción que relatás que nos suenan muy familiares porque aparecieron vinculados a dos pesos pesados de la participación o colaboración civil con el terrorismo de estado en nuestra región. Me refiero a Balita Riveiro, que fue jefe del Destacamento de Inteligencia 181 y el “aval moral” del ex juez Néstor Montezanti al ingresar como personal civil de ese organismo, y por otro lado, Arancibia Clavel, “amigo” -según sus propias palabras- del director del diario La Nueva Provincia, Vicente Massot, con quien se juntaba regularmente para intercambiar información. ¿Cuáles fueron los roles de Riveiro y Arancibia en la historia que abordás?

El coronel Riveiro, alias Balita, era en la época de los hechos el subjefe del Batallón 601 y, además, fue una pieza clave de la conformación del Plan Cóndor puesto que él ya había participado en algunas operaciones del exterior en alianza con los servicios de inteligencia de Paraguay y de Chile. Fundamentalmente me estoy refiriendo al secuestro y desaparición de un hermano de Santucho y de Fuentes Alarcón que era un militante del Movimiento Izquierdista Revolucionario de Chile en Paraguay que después fueron trasladados a Chile. Por otra parte fue, como lo relato en el libro a lo largo de un capítulo, el factótum de la primera acción del Plan Cóndor en Argentina que fue el secuestro del militante del MIR chileno Jean Claudet Fernández.

Lo que pasa es que después hubo un cortocircuito entre el Batallón y el gobierno chileno -que de algún modo capitaneaba el Plan Cóndor, lo gerenciaba-, al ser elegido como organismo representante de esa alianza de las dictaduras latinoamericanas la SIDE en la persona del general Otto Paladino, siendo desplazado o apartado o dejado de lado Riveiro.

Argentina-jumboPor otro lado, Arancibia Clavel, el agente chileno era el enlace entre el Batallón 601 y la Dirección Nacional de Inteligencia de Chile, la famosa DINA. Era el espía oficial de chile en Argentina y eso por cierto lo llevó a la desgracia puesto que en 1978 cuando surge el Canal de Beagle, el conflicto territorial con Chile, se lo llevan puesto por una obviedad, ser el espía oficial de Chile en Argentina. Estuvo preso algunos años hasta que, en 1980 creo, fue excarcelado pero años después sería encarcelado nuevamente y condenado por el asesinato del general chileno Prats y su esposa en Buenos Aires, estaban exilados puesto que él había sido funcionario del gobierno de Salvador Allende y Arancibia Clavel fue sindicado como uno de los autores de ese atentado. Arancibia Clavel por un caprichoso cómputo del dos por uno fue liberado en 2007, 2008, y unos años después fue asesinado en su domicilio por un taxi boy.

-Hay una pregunta que tengo autocensurada para no hacer spoiler. Realmente sorprende en el libro y me gustaría que quien lo lea tenga esa misma oportunidad, que es el cierre de la historia de Claudet Fernández que tiene que ver con Riveiro y deja muchas preguntas sobre el funcionamiento de los filtros. Comentá lo que quieras y te agrego la pregunta sobre qué pasa con Riveiro después de esa escena.

Bueno, acá vamos a usar los fueros de una novela policial y no vamos a contar el final de esta historia, pero podemos adelantar que se trata de “una historia de amor” y dada la calaña de sus protagonistas una espantosa y horrorosa historia de amor. Una historia de amor que demuestra que a veces el amor puede poner a los lectores la piel de gallina.

Al ser localizado por una periodista francesa como por un abogado que investigaba después de mucho tiempo la desaparición de Claudet Fernández, el tipo desapareció con su mujer, la protagonista de esta historia. Desaparecieron de la casa que ocupaban en Acassuso y no se volvió a saber nunca más de él. En Francia, en tanto, había sido condenado en ausencia justamente por el asesinato de Claudet Fernández y otros, cometidos en el marco del Plan Cóndor y hay versiones de que se encuentra refugiado en algún lugar de Chile donde tendría ciertas amistades.

-La segunda parte del libro entra en detalles de la previa y el desarrollo del ataque a Monte Chingolo por parte del ERP y aparece la figura de otro de los protagonistas de la historia como es el Oso Ranier. ¿Cómo era la selección de doblados por parte del Batallón 601? ¿Cómo construían filtros como el Oso por ejemplo?

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Vamos a explicarle al público que el Oso era un soplón del Batallón 601 infiltrado en el ERP y fue tal vez el filtro cuya labor fue la más letal en su rubro de trabajo si así se le puede decir. Lo que llama la atención cuando es desenmascarado es que el Oso no era un avezado agente de inteligencia, tampoco era un cuadro militar, tampoco un cuadro político. O sea, era un lumpen, un tipo absolutamente lumpen, de una capacidad absolutamente limitada y de un intelecto dotado de un retraso madurativo. No obstante, el tipo había sido, no entrenado, sino amaestrado para ver y oír, para ver y oír sin que interpretara demasiado las cosas que veía y oía, él solo las tenía que contar para que quienes recibieran esas descripciones pudiesen armar una construcción de inteligencia, un análisis al respecto.

Pasa que el Oso tampoco tenía dentro del ERP una posición relevante. Ni siquiera formaba parte del Partido Revolucionario de los Trabajadores que era el brazo político del Ejército Revolucionario del Pueblo, al cual ingresaban los militantes más calificados. No era el caso del Oso. El Oso era chofer de logística, iba de un lado para el otro, conocía gente, conocía domicilios, ese aspecto favoreció desde luego su laburo.

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En la selección del Personal Civil de Inteligencia del Batallón 601 había de todo como bien lo demuestra el caso de Gerardo Martínez (NdR: actual secretario general de la UOCRA). Hace algunos años encontré un par de fiscales -que ejercen su trabajo de fiscal en la actualidad- que figuraban.

Te voy a contar una anécdota. Había un tal Rebollo que, vos sabes que cuando entrabas al Batallón 601 tenías que llenar un formulario, te hacían diversas preguntas, una de ellas era qué idiomas maneja, qué idiomas habla. Entonces, contesta: inglés, con diccionario.

Para que veas que el reclutamiento no era muy riguroso.

-Sin duda. Pero han causado un daño tremendo como lo muestra el caso del Oso con el desastre de Monte Chingolo.

Exactamente. Hay que decir al respecto que si bien el Oso con lo de Monte Chingolo fue un factor determinante en el ocaso del ERP, ese ocaso, el de las organizaciones armadas en Argentina, tuvo que ver en rigor con circunstancias mucho más complejas que la existencia del Oso o de tipos como el Oso, aunque fueron importantes.

En un aspecto global de lo que hace al libro, el nudo de los filtros, el nudo de los doblados, como se les llamaba a los infiltrados, me permitió captar otra cosa más global, además de la estructura del Batallón 601, además de la profundización del tema del Plan Cóndor, que es captar el amenazante jadeo de una época en la cual se puso a punto un sistema político basado en el exterminio.

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(Por Comisión Provincial por la Memoria) La última dictadura cívico militar ha sido la experiencia histórica más dolorosa que ha vivido nuestro país. Lo fue no sólo por las víctimas que produjo y su enorme sufrimiento sino porque fue el mismo estado, en manos del gobierno militar, el que planificó y movilizó todos sus recursos para exterminar a una parte de la sociedad en una supuesta defensa de la Nación. Los genocidas no sólo perpetraron los crímenes sino que tuvieron la perversión y el cinismo de pretender hacerlo en nombre de todos.

Los 30000 desaparecidos dan cuenta de esa magnitud. Cifra construida en medio del horror, donde la denuncia parecía imposible, donde imperaba el terror. Cifra construida sobre la negación sistemática a la existencia de los desaparecidos en términos materiales y también simbólicos. No fue una guerra, ni sucia ni limpia, fue un plan sistemático de exterminio. Fue un genocidio. Fue terrorismo de estado. Cuyos objetivos centrales fueron avasallar derechos y libertades, agigantar la brecha social entre ricos y pobres, transferir riquezas a los poderes más concentrados de la economía en desmedro de los trabajadores, aumentar la explotación, subordinar los intereses de la patria a los intereses de las potencias hegemónicas. Fue pérdida de soberanía nacional y popular. La Guerra de Malvinas es otro caro ejemplo. La dictadura fue el gobierno de las minorías privilegiadas sobre las grandes mayorías, y lo hizo intentando garantizar su impunidad.

El gran desafío de la democracia que hemos venido construyendo desde 1983 ha sido revertir esas políticas. Porque no hay democracia si gobiernan las minorías poderosas. La memoria de los hechos aberrantes ocurridos ha sido una de las herramientas de trabajo en esta ardua tarea. Ello implicó un minucioso y largo camino de reconstrucción de lo sucedido para hacer justicia y castigar a los genocidas y también reparar parte del daño como han sido las identificaciones de los cuerpos de los desaparecidos y la búsqueda de los nietos apropiados.

Todo esto que decimos ha sido dicho infinidad de veces. Ha sido corroborado en la justicia y en la investigación académica. Y también en los archivos producidos por el propio estado terrorista, como el de la Dirección de Inteligencia de la policía bonaerense que gestiona la Comisión Provincial por la Memoria. Donde hay un minucioso registro de la preparación del exterminio, de su ejecución y de sus consecuencias en la democracia que vino después.

La insistencia se debe a las declaraciones del actual presidente de nuestro país, Mauricio Macri, que son un gran retroceso en este largo proceso de construcción democrática. Macri niega, banaliza y falsea la historia. Y lo hace usando términos propios de los genocidas, como “guerra sucia”, ese eufemismo que designaba el plan de exterminio. Así como negaban los militares, Macri “no tiene ni idea”, pero tiene obligación de tenerla, es parte inexcusable de sus deberes como presidente de la república.

Macri llama “desquiciada” a una Madre de Plaza de Mayo, a las que la dictadura llamo “locas” para negar su voz y su verdad. Nuevamente: No fue una “guerra sucia”: fue una dictadura genocida.

Tenemos idea: los desaparecidos son 30000 Las Madres de Plaza de Mayo no son “locas” o “desquiciadas”, son luchadoras por la democracia y los derechos humanos. No sólo queremos la Verdad, queremos Justicia y eso significa cárcel efectiva para todos los genocidas.

Lo dijo a FM De la Calle el titular de la Federación Agraria local Joaquín Fortunati. El viernes pasado un productor de la zona de Darregueira fue expulsado de su campo por no poder afrontar el pago de las deudas con la banca oficial. “No nos da la cabeza para soñar” con lo que se mostró en la Exposición de la Sociedad Rural, agregó.

La Federación Agraria Argentina denunció el agravamiento de la situación de pequeños y medianos productores, con tamberos, porcicultores y economías regionales padeciendo los problemas más urgentes y advirtió que de no obtener respuestas realizará movilizaciones en las economías regionales. A fin de mes presentarán en el Congreso propuestas de políticas públicas diferenciadas.

En cuanto a los precios de sus producciones, Fortunati afirmó que, por ejemplo, “el kilo de cerdo vivo a un productor de nuestra zona se le está pagando entre 13 y 14 pesos y el litro de leche a 3 pesos, seguimos siendo los convidados de piedra”. “En algunas regiones la leche es un artículo de lujo porque la política argentina ha beneficiado el monopolio de las grandes empresas y ha hecho desaparecer a las pequeñas fábricas lácteas y a los pequeños tamberos”. En el caso del trigo, se paga al productor entre 2,70 y 3 pesos mientras que “el kilo de pan en el mejor de los casos está a 25”.

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“Se prometió un cambio, lo estamos esperando pero hay muchos que nos estamos cayendo del mapa y son los chacareros más chicos, a los que más cuesta llegar y los que quedaron endeudados con la banca oficial, con el Banco Nación que hoy pese a que se habían acordado prórrogas, hay algunos trámites judiciales en los juzgados federales 1 y 2 de Bahía Blanca donde se están ordenando desalojos para el posterior remate de esos campos”.

Fortunati identificó una política de Estado que -más allá de presidentes y dictadores- desde fines de la década del 70 apuntó a “correr del mapa al pequeño productor agropecuario argumentando el eficientismo dentro del sector agropecuario, es decir, producir más y mejor con menos gente, con una base tecnológica, con una base de concentración de los recursos, tanto tierra como agua”.

“Esto hace que empiecen a languidecer pueblos, yo soy oriundo de uno del sudoeste bonaerense, pasamos a tener pueblos geriátricos donde vemos que las grandes empresas y las financieras como Banco Nación y Banco Provincia hacen propaganda engañosa y que los pequeños productores caigan en trampas como son los créditos que terminan expulsándolos de sus tierras que en algunos casos están trabajando hace setenta u ochenta años cada familia”, dijo.

La Sociedad Rural celebró su 130 años con grandes campeones. El presidente Macri participó de los festejos  "del campo".

La Sociedad Rural celebró su 130 años con grandes campeones. El presidente Macri participó de los festejos “del campo”.

El dirigente explicó que “estarían bajo el amparo de la ley 14.144 que hace que los que están endeudados con el Banco Nación tengan oportunidad de pagar su deuda por intermedio del fideicomiso Provincia de Buenos Aires pero la provincia no ha firmado lo correspondiente ni ha hecho el trámite necesario para el traspaso de esa deuda del Banco Nación al fideicomiso”.

La Federación Agraria mostró su preocupación por el impacto del Decreto 820 que promueve la extranjerización de la tierra y la consecuente expulsión de más familias chacareras. Fortunati comentó al respecto que el productor desalojado días atrás en Darregueira, “tiene enfrente una empresa de capitales si no me equivoco italianos que podría ser una de las interesadas en comprar una de sus 190 hectáreas”.

“El problema ese existe desde siempre, en Bahía Blanca por ejemplo cuando era intendente el señor Cristian Breitenstein se gestionó para regalarle las tierras a la empresa Dreyfus, que ahora fue inaugurada la terminal y vino el presidente y la gobernadora, y se la sacaron a la familia Moreno que era de capitales nacionales que históricamente había trabajado en Bahía Blanca”.

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Finalmente, Fortunati opinó que el proyecto de Ley de Semillas, que presentará en los próximos días el gobierno con letra de Monsanto, pretende “cobrarnos por vivir”. “Si un productor agropecuario que compra una semilla va a tener que pagar in eternum regalías a la empresa porque fabricó algo con genética es como decirle que usted compra un auto de la marca que elija y le va a tener que estar pagando toda la vida a la empresa que lo fabricó porque fabricó tecnología”.

“Es un despropósito, una vez que compre eso es mío, el derecho de propiedad quedaría en manos del productor que compró la semilla, pasa que es muy fácil para la empresa argumentar que como tiene un registro genético tienen derecho a regalías. Es más fácil cobrarle a un montón de chacareros que negociar con una empresa internacional”, destacó.

Mariana Torres, una de las 65 personas despedidas de Supermercado Burgos, dijo a FM De la Calle que la Municipalidad es acreedora de la empresa desde 2013 y que junto al sindicato “hicieron la vista gorda” para permitir su vaciamiento. “Fue paulatino, cuando lo empezamos a denunciar ya era vertiginoso, todos los días se vendían maquinarias (…) son maniobras fraudulentas que hacen para cerrar, dejar a trabajadores en la calle y abrirse otros negocios. Eso es lo que no queremos que quede impune”.

La ahora ex empleada comentó que este martes “nos presentamos en nuestro horario normal y estaban todas las sucursales cerradas. Es algo que preveíamos, hace dos semanas que no compraban mercadería. (…) Al menos queríamos que el sindicato nos garantizara cobrar los dos meses que nos debían y después accionar judicialmente por la indemnización pero nos quedaron debiendo todo”. Los aguinaldos también.

La Asociación de Empleados de Comercio “se dedicó a justificar a Burgos, que era un empresario quebrado, que realmente estaba en crisis, algo que también tratamos de desmentir haciendo un escrache a una de las distribuidoras que abrió la familia, denunciando que durante estos últimos años habían adquirido tres legajos de taxi. No era una crisis sino que hubo desvío de capital a otros rubros más rentable para ellos. En esta pelea el sindicato no nos acompañó”.

Tras los 65 despidos, 40 aceptaron conformar una cooperativa de trabajo “para no quedar en la calle”. “La semana que viene o la otra entraría en funcionamiento, no se sabe si van a ser los tres locales o dos, hay distintas versiones. Los locales tendríamos que alquilarlos, Burgos lo que haría es prestar góndolas, heladeras, para que las trabajemos. Teniendo en cuenta que eso está en concurso de acreedores, que si mañana viene alguno y los quiere rematar tendríamos que devolverlos”.

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Torres informó que “la Cooperativa Obrera nos va a proveer mercadería, no se sabe si toda o solamente la marca Primer Precio que es la que manejan. Nosotros iríamos pagando a consignación, a medida que vayamos vendiendo. Es complejo porque hay una baja del consumo a nivel general en todos los comercios y estaríamos compitiendo con la Cooperativa que nos va a vender los productos y también con los mayoristas”.

“Hay compañeros ilusionados y ojalá que sea una salida viable y no una forma del sindicato de patear la pelota para más adelante y que esto no estalle ahora. El municipio también está entre los acreedores de Burgos, conocían la situación de la empresa desde mucho antes, son acreedores desde 2013 en que entró en concurso preventivo, todos hicieron la vista gorda para que se llegara a esta situación. El vaciamiento fue paulatino, cuando lo empezamos a denunciar ya era vertiginoso, todos los días se vendían maquinarias”.

Los empresarios también vendieron una sucursal de Charlone que figuraba “a nombre de un familiar”, un generador, una cámara frigorífica valuada en 150 mil pesos aproximadamente y un auto del apoderado Martín Burgos aunque “para pagarle al síndico y no a los empleados”.

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Burgos y Javier Leiva, uno de los “encargados generales” del super son los flamantes titulares de la distribuidora de bebidas y gaseosas de Panamá 1773. “Él nos dice que es un proyecto pero estuvimos yendo y ya tiene un funcionamiento, hay movida de camiones de cajones de cerveza que están afuera, inclusive usaban los mismos camiones de la empresa para ese negocio aparte”, dijo Torres.

Efectivos de las policías Bonaerense y Local protagonizaron un hecho de violencia institucional contra adolescentes en Bahía Blanca. Esta vez fue en Villa Rosas luego de frenar a dos pibes que circulaban en una moto sin documentación. “La moto es mía, yo la pagué”, dijo uno de ellos. “Mostráme los documentos pendejo de mierda”, retrucó el bonaerense habilitando a los pitufos a bajarlo a las patadas.

Una joven intentó hacer entrar en razones al efectivo y este le gritó: “Habla bien las pelotas pendeja, a mí qué mierda me importa que seas mujer, cerrá el orto. ¿No tiene papeles? Se secuestra”. Todo fue registrado por Jonathan Vélez, quien viralizó las imágenes en las redes sociales. “Vos dejá de filmar, sacále el celular”, siguió el veterano fuera de sí.

“Tengo que contarles que hoy en la esquina de la Escuela 23 la policía local paró dos chicos, que fueron a dejar a sus hermanitas, los pibes no tenían los papeles de la motito 50 y empezaron a agredir a los menores, yo tomo el celu y empiezo a filmar”, relató en Facebook el presidente de la Sociedad de Fomento de Spurr.

Agregó que “en ese momento llega una patrulla y se baja del móvil un tipo totalmente sacado y empezó a los golpes con todos, éramos más de 20 personas mirando, un atropello total, un abuso de autoridad descomunal, se me vino encima, me pegó, me rompió el celular, nos pegaron, el tipo amenazó, se burló. La piba de unos 16 años fue golpeada hasta que le agarró una convulsión, llamé a la ambulancia y cuando vino la policía la desvió para otro lado. Abuso total”.

Miembros de la guardia urbana municipal siguieron el episodio sin intervenir.

En septiembre, integrantes de las mismas fuerzas policiales, ante supuestas denuncias vecinales, levantaron un puesto de información sobre marihuana, detuvieron violentamente a dos integrantes de la Cofradía Cannabica y a otro pibe que cuestionó el accionar policial.

Los hechos ocurrieron en la Plaza Rivadavia frente al Palacio Municipal, una tarde primaveral con muchxs bahienses en la calle y también fueron registrados en video por varios celulares. El primer gran papelón de la flamante fuerza local incluyó tres detenciones abusivas y sin delito que reprochar a quienes las padecieron, una desproporcionada participación de uniformadxs, una alta dosis de prejuicios y otras violencias e irregularidades en la Comisaría Primera y los calabozos de Fiscalía.

El juez de Ejecución Penal Claudio Brun ordenó al Servicio Penitenciario otorgar dietas especiales a casi sesenta internos de la cárcel de Villa Floresta que están bajo tratamiento médico. Según informó el magistrado a FM De la Calle, también “se abrieron causas por separado para ver si esta problemática agrava el cumplimiento de la pena y si tendrían que terminar cumpliéndola en prisión domiciliaria”.

Las autoridades manifestaron que la situación se da por falta presupuesto que se registra hace varios años y existen inconvenientes en el cobro por parte de proveedores aunque “no se puede trasladar esta problemática a la falta de insumos, de comida, esta solución debe ser inmediata”.

El juez destacó que “esto es responsabilidad del Estado provincial, cuando una persona delinque el Poder Judicial si lo encuentra culpable de esa circunstancia, la manda a cumplir una pena y dentro de esa pena el Poder Ejecutivo tienen la facultad, el objetivo mismo de la pena, que es la resocialización. Dentro de ese marco y del tratamiento que le tiene que dar está lo más básico que es la alimentación”.

“La Unidad 4 no es un ejemplo a seguir respecto a un lugar de tratamiento para poder resocializar a una persona a la que se la encontró culpable y la obligación del juez ejecutivo es reinsertarlo nuevamente a la sociedad. Tiene las problemáticas que tiene toda unidad carcelaria de la provincia de Buenos Aires. Es un problema general que el Poder Ejecutivo está tratando de solucionar con diferentes alternativas y programas.

“Son unidades carcelarias que están al tope poblacional, eso dificulta todo tipo de tratamiento, el problema urgente que estamos tratando, exigiendo desde el Poder Judicial, es el faltante de comida de algunos rubros. Hay algunos que nunca han tenido problemas como carne, fideos, arroz, aceite, pero en otros sí, verduras, frutas, leche, yogurt, manteca hace bastantes años que no ha tenido ningún tipo de ingreso”, comentó el juez.

De los 520 condenados a disposición del Juzgado a cargo de Brun poco más del tres por ciento cumple su pena en sus casas. El resto lo hace en Villa Floresta o unidades cercanas a sus familias: Batán, Sierra Chica u Olmos. Entre la población carcelaria prevalecen los jóvenes de entre 20 y 30 años y entre las causas que los llevaron allí los delitos contra la propiedad.

La prisión domiciliaria puede ser solicitada por “mayores de setenta años, las mujeres embarazadas o que tienen menores de cinco años o personas que tienen problemas de salud en forma terminal, que no puedan estar dentro de un lugar de encierro, y por medio de un control del médico correspondiente -que es la pericia que estamos solicitando en este momento- termina evaluando que no es el lugar idóneo”.

La Comisión Provincial por la Memoria (CPM) expresó su preocupación ante las reiteradas resoluciones judiciales que otorgan prisión domiciliaria a criminales de lesa humanidad. En la mayoría de los casos se alega la elevada edad y/o razones de salud.

Cabe destacar que ambas condiciones se deben a que la justicia ha tardado en llegar. Esto se explica en la impunidad que lograron con levantamientos contra la democracia en asonadas militares y por la claudicación de gobiernos que desconocieron los caminos más certeros de consolidación de las libertades y los derechos humanos. También en la demora judicial en llevar adelante estos procesos.

Esa impunidad les permitió gozar -jóvenes y sanos- de más de 20 años de libertad. Tuvieron ese caro privilegio que debe avergonzarnos como sociedad pues circularon como cualquiera de nosotros, cobraron sus sueldos y pensiones de retiro pagados por el erario público, disfrutaron de vacaciones y de sus familias sin ninguna restricción. Lo hicieron como ninguna de sus víctimas pudo hacerlo ni aun las que sobrevivieron, pues la impunidad de los perpetradores constituyó otra forma de revictimización y de actualización permanente del daño a los damnificados. Sus crímenes han sido contra la humanidad. La gran mayoría de ellos no ha llegado a cumplir en prisión más de 10 años, muchos menos de los que gozaron ampliamente de su libertad.

Han tenido un justo y debido proceso, y el trato dispensado por la justicia ha sido preferencial: de los 2.436 represores imputados desde 2006 por crímenes aberrantes, 937 (38,5%) fueron excarcelados por los jueces mientras tramitan sus causas y sólo 1.056 (43,3%) se encuentran detenidos. Pero de este total de detenidos, sólo 568 (54%) cumplen prisión efectiva, mientras que 462 (44%) gozan de arresto domiciliario. Es decir que sólo un 23 % del total de represores llevados ante la justicia -uno de cada 4- está efectivamente en prisión. Pero además estas detenciones se cumplen en mejores condiciones de detención y trato que las que actualmente recaen sobre el resto de los detenidos.

Como organismo de control y monitoreo de lugares de encierro la CPM corroboró que la gran mayoría de las personas que están dentro del sistema penal no acceden al debido proceso ni a condiciones dignas de detención, lo cual es inadmisible. Esto desmiente rotundamente las posiciones que sostienen que los genocidas no cuentan con todas la garantías propias del Estado de derecho y que sobre ellos pesa el mayor castigo.

Las prisiones domiciliarias son las nuevas modalidades de la impunidad, como lo son también la demora en los procesos y la menor intensidad judicial para investigar y juzgar. Porque, además, en reiterados casos se ha constatado que los inadecuados sistemas de control permiten a los represores circular tranquilamente por las calles y realizar distintas actividades o paseos.

La prisión domiciliaria dispuesta para Miguel Etchecolatz por el Tribunal Oral Federal Nº 1 de La Plata, condenado en 4 oportunidades por crímenes de lesa humanidad, es una muestra del deterioro del proceso de justicia. Es imprescindible sumar a todo esto las circunstancias de la segunda desaparición de Jorge Julio López, en cuya trama aún impune Etchecolatz aparece como un elemento clave a investigar.

El organismos destacó que los genocidas deben terminar sus días en la cárcel y los juicios por delitos de lesa humanidad deben acelerarse y profundizarse. “Es de estricta justicia. Instamos a los jueces y fiscales a que sigan el camino que nos honra como sociedad: verdad, justicia y memoria”.