La Cámara Federal denegó a Mega S.A. un recurso de casación y ratificó la anulación del convenio firmado por el fiscal Santiago Martínez y su apoderada en el marco de la causa por contaminación del estuario.

Ante las quejas de la Asociación de Pescadores Artesanales de la Ría y la Fiscalía General, el tribunal había descartado las propuestas de las empresas del polo petroquímico. Las mismas contaban con el aval de la jueza federal Gabriela Marrón.

Mega sostuvo que la Cámara había “equiparado un acuerdo programático sujeto a verificación de su cumplimento con una homologación anticipada que se computa como existente”.

Calificó la medida como “arbitraria” porque pretendería “introducir requisitos o condiciones que no estaban previstos en la resolución cautelar” y afirmó que la querella “intervino previo a la homologación del acuerdo por lo que se respetó la bilateralidad y la participación de las partes”.

Por último, aseguró que su plan cuenta con un “informe técnico”, que “garantiza la intervención de los organismos de contralor” y que “ningún órgano del Poder Judicial puede imponer la intervención de la UFIMA, sino que es una competencia del Ministerio Publico Fiscal”.

Los camaristas Pablo Candisano Mera y Roberto Amábile argumentaron que no existe una sentencia definitiva que habilite la queja ante el tribunal superior y, en relación a la alegada arbitrariedad, manifestaron que la apoderada de la empresa se limitó a plantear su “disconformidad con el análisis” de la Cámara.

Integrantes de la Asociación de Pescadores Artesanales de la Ria se reunieron con autoridades de la Unión Industrial, entidad a la cual están afiliadas las empresas investigadas por la contaminación del estuario.

Luego de once años de trámites judiciales y con las causas estancadas en el fuero federal y el contencioso administrativo, los trabajadores comenzaron una serie de cortes y manifestaciones para visibilizar la problemática.

Un grupo de pescadores y el abogado Lucas Beier fueron recibidos esta mañana por Marcela Guerra y Roberto Elissamburu, directora institucional y director Industrial de la UIBB, respectivamente.

“Les dijimos que traten de interactuar ya que la Unión Industrial tiene como principales asociados a empresas del polo o afines al polo. Necesitamos una solución urgente, desde los empresas de manera individual no nos reciben, no están dispuestos a escucharnos. Necesitamos una solución inmediata, para mañana, del daño que han generado a estas familias desde hace 11 años”, dijo Beier a FM De la Calle.

Semanas atrás, la Cámara Federal anuló los convenios firmados por el fiscal Santiago Martínez y apoderados de empresas del polo petroquímico, por no haber incluido en la discusión a los pescadores ni a la UFIMA, unidad de la Fiscalía especializada en medio ambiente.

Beier comentó que intentan “alguna negociación extrajudicial que derive en un acuerdo judicial. Pero en forma inmediata se necesitan una respuesta, están bastante firmes en su postura, van a seguir con los cortes”.

En cuanto al Consorcio de Gestión del Puerto, organismos que también está denunciado ante la justicia, el abogado destacó que “venimos con buen diálogo hace mucho tiempo, desde hace un año y medio, pero hasta ahora ninguna respuesta concreta”.

“Los pescadores llegaron a un momento de saturación, no quieren escuchar más que hay reuniones. Lamentablemente las causas judiciales están muy lentas y la expectativa es que se demore muchos años más. 2 pescadores fallecieron, algunos se están poniendo viejos y necesitan una respuesta ya”.

Esta semana la jueza Gabriela Marrón rechazó citar a indagatoria a empresarios y ex funcionarios. “No lo van a hacer, dicen que no hay pruebas suficientes y no dicen cuáles faltan. En el delito penal hay una acción típica: dice el que arroja sustancias nocivas, peligrosas para la salud. Ya está demostrado por una pericia que dice que los peces tiene 40 veces más que lo permitido por el Código Alimentario. Faltaría demostrar quién lo arroja: esta más que acreditado por los informes del Comité Técnico Ejecutivo que dice quién y qué sustancias. Hay dos informes en la causa con la nómina de todos los directores. No lo entiendo, le vengo diciendo que si cree que no están identificados que produzca la prueba que tenga que producir”.

“Cuando es una persona jurídica la responsable de arrojar sustancias, los responsables son los directores, lo dice la ley. Parece que acá la jueza quiere que yo pueda acreditar que Juan Pérez un día dio la orden de abrir la canilla. No lo pide la ley, no lo pide la jurisprudencia”, enfatizó Beier.

“Estamos perdiendo el estuario”

“El Consorcio nos atendió pero nos mintió, el Municipio nunca nos atendió, estamos viendo que nos atiendan para llegar a un acuerdo como la gente. Hasta que no haya una solución en concreto vamos a seguir con esta lucha. Van 11 años de tomada de pelo”, dijo Héctor Seijas frente a la sede de la UIBB al móvil de FM De la Calle.

Miguel Córdoba señaló que “la justicia siempre va por debajo de la mesa, siempre quedamos afuera de todas las conciliaciones. A nuestros abogados los atienden mientras nosotros hacemos medidas de fuerza”.

“En este juicio hace 11 años que estamos reclamando por una fuente laboral que teníamos, me pude hacer mi casa, vivía dignamente, le daba una buena vida a la familia. Después del 2008 que se cortó todo tuvimos que reinventarnos”, agregó Fabián Torres.

Córdoba recordó que “había 60 embarcaciones con 7 tripulantes, sumále las familias, los negocios que vivían de los pescadores. De esas 60 lanchas quedan 4 en el agua, el resto las compró el Consorcio. Los permisos de pesca tienen un solo dueño: el Consorcio compró todas las lanchas para desarraigar los pescadores, las compró cuando ya los dueños no sabían qué más hacer para tener esa lancha a flote. Todo eso lo perdimos gracias al Consorcio y las empresas”.

“Que la gente de Bahía tome conciencia de que la contaminación afecta a toda la ciudad, que miren a White, todo lo que viene para acá, estamos perdiendo el estuario. El puerto es lindo para tomar mates el domingo que es lo que le muestra el Consorcio… que metan la mano en el agua”.

El fiscal a cargo de la Fiscalía General de Bahía Blanca, Horacio Azzolin, y la titular de la Unidad Fiscal de Violencia contra las Mujeres (UFEM), Mariela Labozzetta, solicitaron que no se hiciera lugar al recurso de apelación interpuesto por el Partido “NOS” de la provincia de La Pampa contra la decisión del Juzgado Federal de Santa Rosa que había rechazado la demanda de inconstitucionalidad promovida por la organización política contra la Ley 27.610, de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE).

“El planteo sobre la constitucionalidad y aplicabilidad de la ley no puede ser analizado en abstracto, puesto que no se puede utilizar al Poder Judicial para reeditar una discusión que ya fue suficientemente efectuada y zanjada en el seno de los poderes democráticos”, afirmaron.

El y la representante del MPF argumentaron que la demanda no ha demostrado la existencia de un caso individual ni colectivo y que los demandantes no tienen legitimidad, al tiempo que ingresaron en el fondo del asunto, para lo cual analizaron la normativa nacional e internacional.

El planteo de inconstitucionalidad realizado el 1° de febrero por los representantes del partido NOS de La Pampa había sido rechazado en marzo por el juez federal Juan Jose Baric, en concordancia con lo solicitado por la titular de la Fiscalía Federal de Santa Rosa, Iara Jésica Silvestre.

La fiscala había remarcado la constitucionalidad de la IVE, haciendo un recorrido sobre distintos pronunciamientos del derecho internacional sobre el tema, y cuestionó la procedencia de la demanda, ya que no había un caso concreto que les cause un perjuicio tal que amerite la utilización del último recurso posible respecto de una ley.

Ante la apelación interpuesta por el presidente de la organización política, Azzolin y Labozzeta expresaron su coincidencia con lo dictaminado en primera instancia por Silvestre y ampliaron los fundamentos sobre el fondo del asunto.

La falta de caso y de legitimación para accionar

Ante los argumentos de la parte demandante de que la ley de IVE lesiona un derecho de incidencia colectiva, el y la representante del MPF sostuvieron que la cuestión no puede ser abordada en el marco de una causa colectiva, ya que “un bien colectivo es aquél que pertenece a toda la comunidad, por lo que es indivisible y no admite exclusión alguna; en el caso de la ley 27.610, no se encuentran en juego los derechos que protegen al ambiente, a la competencia, al usuario y al consumidor, ni ningún otro de incidencia colectiva”.

En ese sentido, Azzolin y Labozzeta expresaron que, al no verificarse la existencia de un caso en el que se compruebe una lesión concreta a un derecho individual o colectivo, “el planteo sobre la constitucionalidad y aplicabilidad de la ley no puede entonces ser analizado en abstracto, puesto que no se puede utilizar al Poder Judicial para reeditar una discusión que ya fue suficientemente efectuada y zanjada en el seno de los poderes democráticos”.

Es decir, que para que haya competencia del Poder judicial, se requiere que la demanda “se funde en la existencia de una afectación concreta de un derecho constitucional, haya derechos lesionados o una amenaza seria de daño”.

Por otra parte, remarcaron la falta de legitimidad de quienes realizan el reclamo, ya que se trata de un partido político que no solo no ha sido hasta el momento constituido, sino que además las personas que lo integran “carecen de representación partidaria en el Congreso de la Nación para impugnar genéricamente los términos de una ley que regula con detalle el derecho de las mujeres y personas gestantes a interrumpir voluntariamente su embarazo”.

Añadieron que “es desmesurado pretender que diez personas que no representan a los ciudadanos de su provincia para debatir una ley nacional puedan hacerlo ahora en los tribunales”.

Marco general de derechos en juego

Azzolín y Labozzetta se expresaron sobre el fondo del asunto, haciendo referencia a los distintos instrumentos del derecho internacional en los que se inscribe el derecho a la interrupción voluntaria del embarazo y al libre desarrollo de vida de las personas gestantes.

Al respecto sostuvieron que “de acuerdo con la Comisión (CIDH) y la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CorteIDH), el derecho a la vida consagrado en la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH) es compatible con normativas internas que despenalicen el aborto voluntario”.

Agregaron que estos órganos señalan que las elecciones y las decisiones en relación con la maternidad “forman parte esencial del libre desarrollo de la personalidad de las mujeres” y, por consiguiente, que “la decisión de ser o no ser madre o padre pertenece a la esfera de las decisiones autónomas de los individuos respecto a su vida privada y familiar”.

El fiscal y la fiscala titular de la UFEM pusieron de relieve el caso “Artavia Murillo y otros vs. Costa Rica”, en donde, si bien no se abordó un caso de aborto sino de fecundación in vitro (FIV), se discutió el derecho a la vida. Recordaron que la Corte IDH puntualizó que todo ser humano debe poder “auto-determinarse y escoger libremente las opciones y circunstancias que le dan sentido a su existencia”, por lo que “juega un papel fundamental el principio de la autonomía de la persona”.

En este sentido, remarcaron que la Corte IDH ha entendido que la salud sexual y reproductiva “se relaciona, por una parte, con la autonomía y la libertad reproductiva, en cuanto al derecho a tomar decisiones autónomas sobre su plan de vida, su cuerpo y su salud sexual y reproductiva, libre de toda violencia, coacción y discriminación. Por el otro lado, se refiere al acceso tanto a servicios de salud reproductiva como a la información, la educación y los medios que les permitan ejercer su derecho a decidir de forma libre y responsable el número de hijos que desean tener y el intervalo de nacimientos”.

Azzolin y Labozzetta también citaron pronunciamientos de otros organismos internacionales:

  • Remarcaron lo sostenido por el Comité de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW) respecto a la necesidad de “que se tomen medidas para impedir la coacción con respecto a la fecundidad y la reproducción, y para que las mujeres no se vean obligadas a buscar procedimientos médicos riesgosos, como abortos ilegales, por falta de servicios apropiados en materia de control de la natalidad”.
  • Añadieron que el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos en su artículo 6.1 tampoco refiere desde cuándo debe entenderse que comienza la vida y que el Comité de Derechos Humanos, organismo encargado de vigilar el cumplimiento de este tratado, ha analizado la cuestión del aborto como un tema de derechos de las mujeres en las observaciones generales N°28 y N°36 y en los casos “K.L. vs. Perú” y “L.M.R. vs. Argentina”.
  • Pusieron de relieve que el Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales reconoce en su artículo 12 el derecho a la salud integral y que “esta obligación internacional se hace efectiva con la atención sanitaria a través de los funcionarios públicos del Estado”. Citaron al respecto la Observación General N°22 y recordaron que en su 46° período de sesiones (2011), el Comité indicó como uno de los principales motivos de preocupación en el Estado Argentino que los abortos no medicalizados seguían siendo una de las principales causas de mortalidad materna. El organismo, señalaron, recomendó adoptar las medidas necesarias para garantizar el acceso al aborto legal, a fin de reducir el número de muertes maternas evitables, y que se garantice el acceso a instalaciones, suministros y servicios de salud para reducir los riesgos previos y posteriores al aborto.
  • Destacaron que el Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, en su Observación General Nº 3/2016, puso de manifiesto que suele negarse a este colectivo “el acceso a la información y la comunicación, incluida una educación sexual integral, sobre la base de estereotipos nocivos que suponen que son asexuales y, por tanto, no necesitan esa información en igualdad de condiciones con las demás”.

Por otro lado, la fiscalía recordó el fallo “F.A.L.” de la Corte Suprema, donde el máximo tribunal se expidió sobre la constitucionalidad y convencionalidad de los abortos despenalizados desde 1921 en el Código Penal e interpretó que la referencia del inciso 23 del artículo 75 de la Constitución Nacional a un marco normativo de protección social al niño desde el embarazo “integra un supuesto concreto del mandato del constituyente para que se establezcan, en general, políticas públicas promotoras de derechos humanos” y que “de dicha norma no se deriva ninguna clase de deber u obligación constitucional de prohibir los abortos no punibles”. La Corte, recordaron Azzolín y Labozzetta, citó al respecto al jurista Carlos Nino, quien afirmó que “de la dignidad de las personas, reconocida en varias normas convencionales, se desprende el principio que las consagra como un fin en sí mismas y proscribe que sean tratadas unilateralmente”.

Por eso, indicaron el fiscal y la fiscala, “puede afirmarse que la pretensión de exigirle a una persona que lleve adelante un embarazo forzado es violatorio de su dignidad como persona”.

En el final, el fiscal y la fiscala señalaron que, en el debate de la ley 27.610, el cuerpo legislativo tuvo en cuenta y sopesó el conflicto entre los derechos e intereses en juego, en procura de otorgarles un adecuado equilibrio, como consecuencia de lo cual se dictó la ley.

“Por tal razón, cuando se controla la constitucionalidad de la ley, los tribunales deben hacer un estricto juicio de ponderación y proporcionalidad entre el interés por la protección de la vida intrauterina, y los derechos a la autonomía sexual y reproductiva, a la igualdad y a la vida libre de violencias, a la vida y a la integridad psicofísica de la persona gestante, en las particulares circunstancias de cada caso”, dictaminaron.

En tal sentido, sostuvieron que esta ley como otras legislaciones “estipulan diversos niveles de protección, de acuerdo con la evolución de la vida intrauterina”, y señalaron que “los legisladores argentinos entendieron que el valor de la vida intrauterina antes de la semana 14 de gestión no justifica imponer a las personas gestantes la carga extraordinaria de seguir adelante con un embarazo no deseado”, pues “esa carga implica relegar el ejercicio de su vida privada, su autonomía sexual y reproductiva, así como sus derechos a la igualdad y a la vida libre de violencia”, e incluso puede “poner en riesgo el derecho a la vida de las mujeres porque la experiencia evidencia que la prohibición del aborto induce a las personas gestantes a recurrir a abortos no seguros”.

La Cámara Federal ordenó el allamiento del domicilio de Jana Curuhinca y Siomara Flores, agentes de la Policía Bonaerense de Villarino investigadas por la desaparición seguida de muerte de Facundo Astudillo Castro.

La Gendarmería Nacional interviene en la vivienda de Juan A. Pradere en busca de los celulares que no fueron entregados oportunamente. En el lugar se encuentran Cristina Castro y su abogado Luciano Peretto y Sebastián Martínez, defensor de Flores y Curuhinca.

“Un procedimiento más que tardó muchísimo. Gracias a la Cámara Federal a lo cual la jueza Marrón no tuvo más que actuar. Tendría que haber sido hace mucho tiempo, los teléfonos supuestamente algunos se habían caído al inodoro, otros muy deteriorados”, dijo la madre de Facundo a FM De la Calle.

Jana Curuhinca.

Agregó que les sorprendió la presencia del abogado defensor de las policías: “Estando yo tan cerquita de este pueblo, son cinco kilómetros de Pradere a Pedro Luro, tardé media hora en llegar y él que es de Bahía Blanca ya estaba adentro con estas mujeres”.

En febrero, la Cámara habilitó medidas de prueba que previamente habían sido rechazadas por la jueza federal Gabriela Marrón, quien pretende cerrar la causa con la hipótesis de muerte accidental.

Ante la apelación de la querella y las Fiscalías, la Alzada ordenó un nuevo allanamiento al puesto policial de Teniente Origone y el secuestro de los celulares de los cuatro policías más comprometidos en el crimen.

La medida comprendía los teléfonos personales y oficiales que, durante el tiempo de la investigación, tuvieron o fueron asignados a los policías Alberto González, Mario Gabriel Sosa, Flores y Curuhinca.

Son los cuatro efectivos que, de acuerdo a las pruebas del expediente judicial, estuvieron en contacto con Facundo el día de la desaparición. Cabe recordar que el pedido de fiscales y querellantes incluía el secuestro de los celulares de más de 40 funcionarios policiales, entre ellos los superiores de los policías directamente involucrados en la investigación.

“Esperamos que surjan nuevas cosas, sabemos que el proceso es largo, que cada pericia lleva mucho tiempo en resolverse y obtener resultados. Pero esperamos poder empezar a pedir imputaciones y detenciones”, concluyó Cristina.

Un equipo de FM De la Calle informa desde el lugar.

Actualización 14:30. Terminó el allanamiento. Fueron secuestrados tres teléfonos celulares. Cerca de las 14 había arribado al luga, Mario Gabriel Sosa, otro de los policías investigados.

Una semana después del atentado a la sede de La Cámpora, la presidenta del bloque de Frente de Todos dijo a FM De la Calle que la teoría “del loquito suelto” no se sostiene y que pensaron el hecho desde la matriz represiva local. “En la AFI, en los juicios de la Triple A que estamos transitando en este momento, el aniversario de la asunción de Néstor Kirchner, esto es motivo de análisis político para adentro”.

“Hay bastante hermetismo en las investigaciones, aparecieron difundiendo videos de cámaras, se sabía que había 2 personas, un coche cercano, se supone que son 3 porque uno manejaba, el tipo de explosivo, el radio por el que habrían circulado. Lo peor que nos puede pasar es que quede la sensación de impunidad absoluta”, afirmó la concejala.

Ghigliani sostuvo que “es un claro hecho de violencia política, quiere amedrentar, silenciar y disciplinar. También lo ligamos a la violencia verbal que existe, estamos en un segundo año particular, donde todos estos discursos calan de manera distinta en las personas. Estás anunciando que tenés 17 millones de vacunas y generan una noticia falsa de 100 mil vacunas de Pfizer que no vinieron y hoy salió el titular del laboratorio a decir que esto no es así, así como con las vacunas con un montón de cosas”.

Por último, enfatizó: “No creo que mis oponentes sean todos lo mismo, hay un recorte muy sectorizado que alimenta este discurso”.

“Tengo entendido que reconoce la cuenta pero no el posteo, entiende que no puede explicar, no sabe cómo se produjo esa publicación en comentarios. Tengo entendido que sí reconoce que la cuenta era suya, más allá de la foto que encabezaba surge claramente que era Scavarda”, comentó a FM De la Calle el fiscal general Juan Pablo Fernández.

Ayer se inició un sumario administrativo a la titular de la UFI N°12, Leila Violeta Scavarda, por la publicación de un comentario reivindicatorio del genocida Jorge Rafael Videla desde un perfil de Facebook a nombre de Violeta Álvarez.

Por otra parte, el abogado Leandro Aparicio denunció el hecho ante la Procuración provincial y se investiga la posible comisión del delito de apología del delito o de un condenado.

“Desde mi opinión personal, si estamos hablando de una posible apología de un condenado por delito de lesa humanidad, que son competencia del fuero federal, también la denuncia corresponde sea investigada por la Justicia Federal porque la Nación se ve interesada por la materia sobre la cual se hace la apología”, dijo Fernández.

Agregó que “como la denuncia se hizo en el Ministerio Público provincial, si el fiscal y el juez comparten esta opinión, deberán declinar la actuación al fuero federal”.

Fernández señaló que la funcionaria se contactó telefónicamente con él y “negó su autoría en el hecho”.

“Es algo grave porque implica para un funcionario un acto indigno, implica la falta de compromiso con valores democráticos, con los derechos humanos, ensalzar la figura del dictador Videla. Por otro lado, además de una falta de compromiso por estos valores, ofende la sensibilidad del público, especialmente de aquellos que sufrieron en carne propia o por allegados hechos ocurridos por la dictadura militar”, enfatizó.

Destacó que un hecho de estas características “afecta la imagen del Ministerio Público Fiscal”. Sin embargo, sostuvo que las y los fiscales solo “pueden se removidos o sancionados a través de un jurado de enjuiciamiento, eventualmente la Corte podría proponer una licencia si entiende que afectará la función la permanencia en el cargo por la gravedad de los hechos”.

En relación a la investigación para determinar la autoría de dichos comentarios explicó que “correspondería librar oficios para que Facebook informe desde qué IP se subió ese posteo, la IP es la asignación de internet a través de una prestataria del servicio en función del cual se sube esto, si es de IP particular, desde un domicilio o desde un teléfono celular. En función de esto se puede determinar desde que tipo de aparato se hizo este posteo y si coincide con el servicio a disposición de la dra. Scavarda. Es más difícil determinar a ciencia cierta quién estaba detrás de ese aparato”.

Fernández apuntó que le “llamó la atención un hecho de este tipo atribuido a un agente fiscal. Yo no vi nunca que un agente fiscal suba una cosa de este tipo. Tanto me llamó la atención que cuando desde FM De la Calle nos enviaban el link por medio del cual ustedes toman conocimiento y consultaban mi opinión inmediatamente dispuse una investigación sumaria”.

Son dos causas que la Unidad Fiscal bahiense calificó como emblemáticas. En una de ellas están acusados el médico Luis Fortunato Adalberti y el enfermero Adalberto Osvaldo Bonini por la comisión de delitos de lesa humanidad en perjuicio de 141 víctimas.

Los acusados realizaron la atención médica y sanitaria de las personas recluidas en el centro clandestino de detención y tortura (CCDT) “La Escuelita”. Será la primera oportunidad en que se juzgue, en esta jurisdicción, la participación de profesionales de la salud por su actuación en campos de exterminio.

En la restante causa se acusa a doce oficiales y suboficiales de la misma fuerza por abuso deshonesto en perjuicio de una víctima, cometidos durante su cautiverio en el CCDT que funcionó en el Batallón de Comunicaciones 181. También será la primera vez que en Bahía Blanca se juzguen delitos sexuales en causas de lesa humanidad.

Además de Fermento, intervienen en la causa el fiscal general Miguel Palazzani y el fiscal subrogante José Nebbia.

Los funcionarios destacaron la importancia de que los hechos sean analizados desde una perspectiva de género, para lo cual solicitaron la citación de distintas testigos expertas en la materia.

Por otra parte, dictaminaron a favor de la concentración de la totalidad de los procesos por crímenes contra la humanidad radicados ante el mismo tribunal en un único debate, pedido que fundó en la coincidencia parcial de los objetos y sujetos procesales, la complejidad del fenómeno delictivo, la correlación entre los aportes criminales, las relaciones orgánicas dentro del aparato delictivo y la sistematicidad en la modalidad de comisión de los crímenes.

Además, consideraron que tal criterio es el que mejor se adecua a la pronta realización de los intereses fundamentales en estos procesos: por un lado, la declaración de las responsabilidades penales acreditadas en juicio y aplicación de sanciones adecuadas y, por otro, la importancia para víctimas y familiares de que los hechos lesivos se ventilen en un debate oral y público en el que puedan ejercer el derecho a ser oídas y obtener una reparación a través de un pronunciamiento por parte de las autoridades jurisdiccionales del Estado Argentino, sin perjuicio del interés de la sociedad argentina en la realización de estos debates.

De hacerse lugar a la acumulación, el proceso se encamina a la realización de un mega juicio –el más grande de los celebrados en esa jurisdicción– donde de juzgarán 42 imputados por los hechos que damnificaron a 175 víctimas.

A su vez, para lograr una mayor celeridad del debate, la Unidad Fiscal solicitó la adopción de medidas tales como la fijación de la mayor cantidad de audiencias por semana, con la mayor duración posible y la menor cantidad de interrupciones, siguiendo las Pautas para la actuación de los y las fiscales en la investigación de crímenes de lesa humanidad de la Procuraduría de Crímenes contra la Humanidad.

Fuente: fiscales.gob.ar

Leandro Aparicio denunció penalmente a la fiscal Leila Violeta Scavarda por reivindicar al dictador Jorge Rafael Videla, condenado a prisión perpetua por crímenes de lesa humanidad. Desde la Fiscalía General se informó a FM De la Calle que se iniciaron actuaciones sumariales de oficio.

“El domingo a la tarde opinó en el muro de otra persona que había hecho una publicación de una tapa de la revista Gente. Había algunas personas comentando que se vivía mejor en la época de la dictadura. Con un perfil donde no tiene su nombre, publicó que había 6% de pobreza, cero motochorros, cero droga, que a ella cuando iba a estudiar nunca la bajaron con la escopeta del colectivo, le pedían el DNI y seguía”, dijo Aparicio.

Para el abogado, la funcionaria podría haber cometido “los delitos tipificados en el Art. 231 del Código Penal que reprime con prisión de un mes a un año al que hiciere públicamente y por cualquier medio la apología de un delito o de un condenado por delito”.

Scavarda está a cargo de la investigación del hostigamiento y las amenazas sufridas por testigos de la causa por la desaparición forzada seguida de muerte de Facundo Astudillo Castro.

Aparicio relató que cuando le comentaron la publicación buscó en facebook amigos en común “con Scavarda, alias Violeta Álvarez”. Así se comunicó con una conocida que le confirmó que la del perfil era la fiscal.

“Si el perro o alguien le agarró la computadora el domingo a la tarde y se puso a escribir es una cuestión que se tendrá que dilucidar, quien tiene una cuenta es responsable de las publicaciones que realiza”, afirmó.

El abogado explicó que “una cosa es un facebook trucho y otra es donde no ponés tu nombre. Un facebook trucho es que yo haga un facebook con tu foto y publique como si fuera vos. Una persona que sabe todo el mundo que es Pepe por más que no diga Pepe, es algo que no tiene nombre real pero podemos tener certeza de que ese facebook tiene amigos en común que me confirmaron que es Scavarda”.

“La estoy llamando como testigo a la (defensora oficial) Fabiana Vannini, que interviene en la publicación con una postura contraria de lo que sostiene Scavarda, que compartimos vos yo y todos los demás hablando en contra de ese período tan nefasto de la historia”.

“Celebro la sinceridad ideológica porque cuántos hay que piensan así y no lo dicen. Escucho al señor Susbielles que dice ahora que La Nueva es otra cosa porque está Elías. Dice con respecto al atentado (en La Cámpora) ‘confiamos en la justicia’. ¿En quién? ¿En el fiscal el que recayó? Ese fiscal (por Santiago Martínez) fue denunciado por H.I.J.O.S., por el CELS, por Abuelas de Plaza de Mayo. ¿Ese fiscal va a investigar?”, enfatizó.

Por último, insistió en que “no es Scavarda la única que piensa así, la fiscal tal vez un domingo a la tarde le agarró un ataque de sinceridad y lo dijo. Lamentablemente mucha gente piensa como estos. No les importa nada, lo dicen, porque no van a tener sanción. ¿Cuánto tiempo se van a tomar para decidir esto en la Procuración? No creo que al procurador le afecte ni se horrorice, me parece que ideológicamente anda por ahí. Hay que seguir, uno no puede tolerar todo esto”.

Habían reclamado su remoción en el caso Esnaola

En julio pasado más de veinte organizaciones de mujeres, feministas, gremiales y políticas expresaron su «preocupación en relación a los intentos de cerrar la causa sobre la desaparición de Andrea Esnaola, trabajadora de la educación de Pehuen Co, quien salió de la escuela en horario laboral el 15 de julio de 2015 y nunca más se supo de ella».

«Pedimos que la fiscala Leila Scavarda sea removida del caso, ya que demuestra su ineficiencia en la búsqueda de respuestas (pasaron 5 años, ya no cabe hablar de probabilidades) y su falta de perspectiva de género para poder llegar a saber que pasó con Andrea», afirmaron

Scavarda difundió en aquel momento los resultados de la autopsia psicológica de Esnaola. Entre las conclusiones destacaba que “no surgen datos positivos de las distintas pesquisas llevadas a cabo por el personal a cargo de la investigación que sustenten la hipótesis de una desaparición con fines criminales”.

Por otro lado, apuntó que “Esnaola reunía una serie de condiciones de vulnerabilidad psíquica, tanto personales como sociales (trastorno de personalidad, enfermedad psiquiátrica, aislamiento social), por lo cual no contaba con los recursos necesarios para afrontar un conflicto percibido por ella como altamente estresante. En consecuencia la hipótesis de un suicidio impulsivo como fuga o escape es la que reúne mayor cantidad de elementos objetivables (declaraciones e información médica), volviéndose así de mayor probabilidad”.

“Las restantes hipótesis (entre ellas la del homicidio) carecen de elementos de peso al presente, es decir, con la información recabada por la investigación de las autoridades competentes”, manifestó.

La senadora provincial por el Frente de Todos y militante de La Cámpora, Ayelén Durán, dialogó con FM De la Calle acerca del atentado ocurrido durante la madrugada del martes en el local partidario de Berutti y Donado. Destacó que si la justicia no esclarece lo sucedido se corre el riesgo de su repetición: “Tienen que encontrar a los culpables”.

“No hay porqué a tanta violencia política. Seguimos adelante, trataron de amedrentarnos y no lo vamos a permitir, tenemos la fuerza militante, la construcción política colectiva, nos reconstruiremos desde el amor y siempre en términos democráticos”, dijo la legisladora.

Comentó que “no es fácil que te llamen compañeros avisando que habían puesto un explosivo de manera intencional en el lugar en el que transcurre tu militancia. Primero (sentís) tristeza, después nos reconforta tenernos como compañeros, al final termina la noche y no se puede creer. Después de la pericia que se dijo que se explotó de manera remota, uno toma dimensión de quién pudo haber planeado eso con tanto odio”.

Durán agregó que quien ejecutó el atentado “no es alguien que buscó cómo hacer una bomba en Youtube sino que es alguien que conocía y sabía la magnitud del daño. Nos preocupan vecinos y vecinas que sufrieron las consecuencias del ataque, hasta el séptimo piso sufrieron roturas de vidrios, los comercios. Eso en términos materiales, después profundizás en términos institucionales y desconcierta esta violencia política”.

“Lo vemos contra la democracia, la persona que hizo el panfleto, la explosión, es una persona que no entiende la convivencia en términos democráticos. El panfleto iba a la justicia, contra gremialistas, políticos, periodistas, contra los derechos que adquirimos las mujeres, niñas y niños. Es un ataque a la democracia más allá de que el perjudicado es nuestro espacio político”, enfatizó.

En relación a la causa judicial dijo que “si queda impune estamos dando pie a que sucedan otros hechos, creo que la justicia tiene que encontrar a los culpables”.

La senadora provincial junto a otros referentes del Frente de Todos bahiense mantuvieron en las últimas horas un encuentro con la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner. “Nos dio su apoyo, estuvimos dialogando sobre lo que pasó y quería estar acompañándonos. Entiende la magnitud del hecho. De todo el arco político hemos tenido contacto, del Ministerio de Seguridad, de Producción. Desde el arco político opositor también”.

“Presentamos desde la Legislatura de la provincia un repudio en conjunto con las dos fuerzas que convivimos en la Cámara”.

Por último, aseguró que “en este tiempo la seguridad va a ser primordial pero también las ganas de militar, entendemos que es nuestra vocación de vida, no solamente cumplir roles institucionales, antes que legisladora soy militante. Hay que recomponer lo material y seguirle dando vida a nuestra casa militante”.

La investigación del atentado al local de La Cámpora quedará a cargo de la justicia federal.

Según se informó desde la fiscalía provincial, desde el despacho de la jueza Gabriela Marrón se presentó ante el Juzgado de Garantías a cargo de la Marisa Promé un oficio en el que se solicita que se inhiba de seguir interviniendo en el caso.

Al contestar el pedido, el fiscal Marcelo Romero Jardín -titular de la UFIJ N° 8– no se opuso entendiendo que los delitos son de competencia federal y detalló que tomó intervención ante el rechazo telefónico por parte de la Fiscalía Federal y para evitar demoras que pusieran en riesgo le eficacia de la investigación.

De esa manera se impartieron las primeras directivas para que el personal policial pudiera realizar las tareas investigativas.

Además detalla el Fiscal que la conducta investigada podría encuadrarse en lo normado en los artículos 55, 186 inciso 1°, 189 bis primer párrafo y 213 bis del Código Penal, estos dos últimos de competencia federal por estar contemplados en el artículo 33 del Código de Procedimiento Penal de la Nación.

La Fiscalía General ante la Cámara Federal de Apelaciones de Bahía Blanca abrió una investigación preliminar para investigar la explosión que se produjo esta mañana en el frente del local partidario del Frente de Todos de Berutti y Donado.

El informe preliminar de los peritos que intervinieron en el caso concluyó que se utilizó “un artefacto explosivo no reglamentario con el poder suficiente para producir lesiones y daños a terceros”.

“Se desprende que los elementos en cuestión en su conjunto y debido al confinamiento de una cierta cantidad, no precisada, de un deflagrante (posblemente pólvora), arrojan como consecuencia la detonación del envase por exceso de presión, siendo este metálico (posiblemente aluminio). Deduciendo que su sistema de iniciación sería eléctrico por los componentes hallados, no pudiendo determinar si es remoto inalámbrico o con temporizador (reloj)”, sostuvieron.

La Fiscalía General consideró los hechos como de inusitada gravedad y que, en principio, su investigación corresponde al fuero federal.

El fiscal Horacio Azzolin solicitó a la población que cualquier dato que permita determinar el origen de la explosión y esclarecer los hechos ocurridos debe dirigirse a la dirección de correo electrónico correspondiente a la Fiscalía General ante la Cámara Federal, [email protected]

Más temprano, desde la justicia provincial se comunicó que la UFIJ N° 8, a cargo de Marcelo Romero Jardín, se tomaron las medidas inmediatas para recolectar los indicios necesarios en busca de determinar lo sucedido.

La Fiscalía provincial tomó intervención después de que la policía se comunicara con la Fiscalía Federal en turno, quien alegó no ser competente.

Así es que desde la UFIJ N° 8 se brindaron las primeras directivas para recolectar elementos de prueba.

En el lugar se encontraba trabajando la Dirección de Explosivos por lo que se solicitó un informe detallado de su intervención, además se pidió un relevamiento de las cámaras privadas y municipales del sector y declaraciones testimoniales de todos aquellos que hayan tomado conocimiento de alguna circunstancia relevante para la investigación.

Una vez colectada toda esa información se analizarán los pasos a seguir en el marco de la causa.

Se investigan los delitos tipificados en los artículos 186 inciso 1, 189 bis inciso 1 y 213 bis del Código Penal, los que se refieren a estrago doloso por explosión, tenencia de bombas y materiales explosivos y organizaciones que tienen por objeto imponer ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor.

Se cumple el sexto aniversario del femicidio de Katherine Moscoso en Monte Hermoso. Días atrás, el Ministerio Público Fiscal anunció el pase de la causa al Departamento Judicial de Azul, luego de que varios fiscales se excusaran de participar en la investigación. Aún no hay ningún imputado por el crimen de la joven.

“Son dos causas, la 1 y la 2. La 1 es la que está desde hace 6 años, la que no tiene movimiento desde hace un año y medio, el último fue la recusación de (Jorge) Viego que no se llegó a formalizar por el Covid. Me denuncia a mí y se va de la causa”, dijo a FM De la Calle el abogado de la familia Moscoso, Leandro Aparicio.

“En esa causa, la última medida de prueba que hay, después que lo pedimos hace 4 años, le hicieron un oficio a Facebook y Facebook no dice el contenido del mensaje sino las últimas 3 personas con las que chateó: con su tía, con su mejor amiga y con un patovica del boliche de Dichiara, no con el del boliche al que ella fue a bailar si no con otro”.

Aparicio comentó que desde la justicia “no hicieron nada, ni fiscales ni el procurador. La causa con toda la información está hoy en Tandil, que depende la Fiscalía de Azul, llamamos a la Fiscalía y nos dijeron que están viéndola”.

Por otro lado, mencionó que “la causa 2 en la cual denunciamos el encubrimiento, le agregamos la foto del patovica, le agregamos la foto del comisario Maldonado y Zamora apretando a los bomberos para que borren la foto de un lugar a una cuadra donde fue plantado el cuerpo. Zamora está apartado por el abuso de 3 mujeres, Maldonado está jubilado”.

El fiscal de Azul llamó a declarar a algunos testigos. “Está citando a las personas con policía de la provincia cuando está denunciada. Nos oponemos a que vayan 300 kilómetros por sus propios medios. Llegó la pandemia y se paró. Empezamos a pedir explicaciones, nos dijeron que la causa se había pedido desde Bahía. Ahora están citando de nuevo a los mismos testigos”.

Agregó que en “esa causa no estamos constituidos como particular damnificado, nos presentamos en Azul y la jueza dijo esto tiene que ir a Bahía y en Bahía se excusaron los 5 camaristas penales. No le aceptaron la excusación (Gustavo) Barbieri y (Guillermo) Soumoulou y volvió a la sala de ellos para que nos digan que somos particular damnificado y ahí podríamos presentarnos en la causa 2”.

El abogado explicó que el plan es concurrir con el tío de Katherine, Ezequiel Moscoso, “sentarnos con los fiscales de Azul para preguntarles por dónde va la investigación. Estamos insistiendo que la Comisión Provincial de la Memoria nos acompañe a plantear reclamos internacionales. Después de 6 años con una complicidad advertible en el expediente, le mandamos mail a todas las comisiones de mujeres, género, diversidad, discapacidad, nadie nos contestó, el Estado está interpelado y estamos en condiciones de decir que acá en Argentina en este caso se han violado todos los derechos”.

“Lo más importante que tenemos es con quien se comunica Kathy a las 5:30 de la mañana y es un patovica. No lo llamaron a declarar, me denunciaron a mí. Eso lo va a tener que explicar el dr. Viego, por qué no realizó medidas de prueba sobre esa persona luego de que se la pedimos expresamente”.

Por otro lado, cuentan con “el testimonio de 3 policías, que fueron a investigar y dicen que Cordi les dijo “vos no te movés de acá y si algún comisario te llama me avisas primero”. Otro que dice que Pérez, el comisario que permitió que mataran a Canini, le dijo “vos pelado te movés del patio y te meto 8 días de suspensión”, ese inspector dice que a otros policías les avisaron: ‘ese es tu coche, sacálo porque se va a pudrir todo'”, en referencia a los incendios ocurridos una vez conocida la aparición del cuerpo de la joven.

“A Canini lo linchan porque la policía no lo protegió, este Pérez le dice a la gente, según declararon 4 personas, “ahí lo tenés, agárralo que se te escapa”. Hay 3 policías que dicen ‘a mí me apretaron para que no investigue’. Eso se lo dicen al fiscal Long y se lo comunican al fiscal Fernández. Siguen avanzando e imputan a Daiana, una amiga de Kathy, una chica discapacitada. Eso no resiste ningún análisis”.

También señaló que a “los inspectores del centro del monitoreo, que podrían haber visto lo que pasaba por las cámaras, los amenazaron personalmente en un Bora a las 8 de la noche, antes de los incendios y del linchamiento, y después los llaman a través de un handy y los amenazan”.

Po último, enfatizó que “tenemos también las contradicciones de los patovicas y del dueño del boliche Arenas, Martín Fernández. También está el papel de los policías, que siguieron órdenes, bajó Aníbal Fernández, vino el ministro Casal. Este encubrimiento fue posible por el poder político que tiene Dichiara. No me cabe duda que fue una inteligencia de ese quilombo que sirvió para tapar el crimen de Katherine Moscoso”.

Ante el fracaso de la mediación con las empresas que contaminan el estuario bahiense, la Asociación de Pescadores Artesanales de la Ría reclama avanzar con el juicio y citar a indagatoria a gerentes y funcionarios.

“Ya no hay más nada que hacer, ya está la prueba en el expediente. Eso es beneficioso para todas las partes, tanto para el denunciante porque ven que no va a prescribir la acción penal y, por otra parte, garantiza el derecho de defensa de los eventuales contaminadores. (…) Luego se puede llegar a un acuerdo: dejar de contaminar y reparar”, dijo a FM De la Calle el abogado Luis Arellano.

La semana pasada la Cámara Federal revocó una serie de acuerdos individuales entre el fiscal Santiago Martínez y apoderados de las firmas investigadas y reprochó la demora de más de una década que lleva el trámite de la causa. Horas después, Martínez planteó a la jueza Gabriela Marrón que quedó “claramente en crisis” su continuidad en el caso.

Para el representante de los pescadores artesanales, con las resoluciones de la Cámara Federal “se abre una nueva instancia para ver si de una vez por todas podemos, todas las partes involucradas, sentarnos en una mesa común a discutir este tema y no jugar a las escondidas”.

“El motivo fundamental por el que habíamos apelado –los acuerdos con las empresas- era porque se habían hecho a espaldas de la parte querellante. Es el primer argumento que tiene en cuenta la Cámara. Después hay otros, la falta de un adecuado control técnico, el no citar a los peritos, decir que intervino la UFIMA, la oficina fiscal especializada en temas ambientales, que se dice que fue consultada y no es cierto”, detalló.

¿Falta un análisis técnico serio respecto a lo que propone cada una de las empresas?

El estuario no es un ambiente sencillo y los aportes contaminantes tampoco lo son, entran aportes cloacales e industriales. No se puede resolver atomísticamente con cada uno de ellos como si fueran una isla y no tuviera nada que ver con los demás. Hay que hacer un estudio de cómo cada actividad de las empresas contribuye a un mejoramiento global. No se puede hacer individualmente.

¿Para la Asociación de Pescadores cuál el camino que debería seguirse a partir de estas resoluciones de la Cámara?

Establecer una línea de base, que ya está bastante bien establecida por la pericia de la FAUBA y la Policía Federal Argentina, y lo que hay que hacer para revertir este proceso es evitar estas emisiones, bajar la carga contaminante o eliminarla como establece la Ley de Pesca, dice que está prohibido arrojar sustancias nocivas a las aguas, no hay ningún guarismo, es cero, no se pude arrojar sustancias nocivas al estuario. Eso hay que revertirlo.

Va a tener que ser un proceso, que va a llevar varios años hasta que podamos lograr que los aportes de residuos al estuario sean inocuos para la biología marina. Eso es un proceso que requiere aporte de técnicos de primer nivel, han sido dejados de lado acá el organismo ambiental de la provincia, el organismo del agua, el Comité Técnico que tiene gestión en Bahía. Tenemos que volver todos en un trabajo muy complejo, en una misma mesa, con un soporte técnico científico adecuado para establecer un plan que involucre a cada cosa y saber cómo interactúan.

¿De aquella mesa ordenada por la Cámara Federal a estos acuerdos anulados no hubo nada en medio?

Lo que pasó fue que el fiscal, con muy buena voluntad, intentó juntar a las partes varias veces después de esta medida cautelar. Luego sobrevino a la pandemia, tuvimos varios zoom donde comparecimos la Fiscalía y la querella, las empresas estaban invitadas a participar y no vinieron ni a uno. Salieron corriendo a la noche, hicieron un documento de 4 o 5 carillas diciendo cómo iban a arreglar ellos el estuario y lo presentaron para evitar que la causa siga avanzando, el camino es el llamado a indagatoria y, por otra parte, es mi visión, frenar la causa civil que los va a condenar a reparar. Es otro punto que no tienen en cuenta las homologaciones que están siendo revocadas. No se tiene en cuenta la reparación.

Aparte de tener la voluntad de no seguir cometiendo el delito hay que reparar los efectos. Pueden tener su mejor buena voluntad de dejar de verter sustancias nocivas al agua, han dicho durante 30 años que no vierten pero ahora vienen a decir vamos a mejorarlos, ¿en qué quedamos?

Por otra parte, un punto que muchas veces está en tela de juicio, dicen la Cámara y los abogados piden una reparación de perjuicios suponiendo que pedimos plata para los pescadores o para alguien. Lo que hay que conformar en realidad es un fondo de reparación ambiental que tiene que ser destinado a beneficios comunitarios, a un fideicomiso, a la Municipalidad. Esa es la reparación que se exige.

Sí existe en la causa civil en la que los pescadores piden que se los indemnicen por la merma de la pesca, están en todo su derecho, no es ningún pecado al reclamar la indemnización de un daño.

Otro punto que destaca la Cámara es el que da cuenta de la demora de la causa de más de 10 años incluso de la demora de la cautelar. ¿Qué significa la última parte que dice que “es dable señalar que la ejecución de la medida cautelar no suspende el proceso principal por lo que sin perjuicio de los eventuales acuerdos que se suscriban nada impide el impulso de la acción penal pública frente a la hipótesis delictiva”? ¿Tiene relación con la falta de respuesta de las empresas a las convocatorias a buscar soluciones?

No, porque eso sería parte del acuerdo. Lo que está diciendo la resolución es que los  juicios penales tienen como destino obtener sentencia condenatoria o absolutoria. Nosotros queremos una sentencia condenatoria, que se condene a los responsables a una sanción penal. Ahí tiene que apuntar este juicio.

En estos dos años que estamos dando vueltas con este acuerdo, hemos presentados distintos escritos al juzgado penal diciendo “señora jueza la causa no está suspendida y el siguiente paso por la prueba que se ha recolectado es citar a indagatoria a los responsables”. Ya no hay más nada que hacer, ya está la prueba en el expediente. Eso es beneficioso para todas las partes, tanto para el denunciante porque ven que no va a prescribir la acción penal y, por otra parte, garantiza el derecho de defensa de los eventuales contaminadores. A partir de la indagatoria se dispara el derecho de los eventuales delincuentes de defenderse. Las empresas no han podido acceder al expediente hasta ahora y no va a ocurrir hasta que los citen a indagatoria. Es una garantía constitucional. Luego se puede llegar a un acuerdo: dejar de contaminar y reparar.

Respecto a la prescripción, ¿cómo están los tiempos?

Mal, estos trámites no implican una suspensión del curso de la prescripción. No tengo el cómputo, el plazo va a depender de cuál sea el delito que definitivamente se les impute. La causa lleva más de 10 años.

¿Es habitual que la Cámara se exprese de esta manera?

No, para nada. La Cámara se expresa con idioma correcto pero es un severo tirón de orejas esta resolución.

La noche del jueves 7 de mayo efectivos del Comando Patrulla Rural de Villarino golpearon a dos adolescentes de 14 años que circulaban por Hilario Ascasubi. Se trata de un chico y una chica a quienes agredieron y apuntaron con armas mientras iban a bordo de una camioneta.

El hecho sucedió a pocos kilómetros de Pedro Luro con integrantes de la misma fuerza policial que está señalada como responsable de la desaparición forzada seguida de muerte de Facundo Astudillo Castro.

“Si ellos lo agarran, me lo golpean y hoy tendríamos otro caso como Facundo. Lo estaría lamentando. Doy gracias a dios que se escaparon”, relató a FM De la Calle, Juan Carlos, padre del joven.

El 7 de mayo “el chico mío sale en la camioneta, se me escapa con una chica a 200 metros del pueblo. Aparece una patrulla rural, se le pone de frente sin luces. Cuando llegan prenden la sirena. Se baja un oficial y una chica del otro lado y empiezan a golpearles los vidrios con un arma. Los chicos ven eso y disparan, que doy gracias a dios que no se quedaron ahí”, relató Juan Carlos.

El hombre identificó a los oficiales como Luciano Martínez y Cecilia Choque de Mayor Buratovich.

Afirmó que su hijo y la chica “rajan y se meten al pueblo, a 4 cuadras del pueblo le cruzan el patrullero, le fuerzan la puerta, le pegan en los tobillos y le daban contra el portón de la camioneta. A la nena la bajan, le apuntan con el arma y la ponen contra el patrullero. Ahí vino la gente del pueblo porque lo estaban golpeando. Le doy gracias a dios que la gente lo salvó, porque si no lo hubiesen salvado hoy lo estaría lamentando”, agregó.

Juan Carlos relató que los vecinos le avisaron lo que estaba ocurriendo. “Fui hasta la comisaría, me tuvieron hasta las 3 de la mañana. Estábamos la nena, el nene mío, mi señora y yo. Me llevaron la camioneta al corralón, la multa era mía pero no tenían porqué golpear a los chicos. En el momento en el que estaba firmando, este Martínez me agredía de atrás como para que yo le haga algo, él y la chica”.

“A esta gente no pueden darle armas. No sé cómo los tienen, sé que siguen trabajando, todo normal”.

El titular del Juzgado de Garantías N°2, Esteban Usabiaga, hizo lugar a un pedido de habeas corpus interpuesto por la Comisión Provincial por la Memoria para evitar que continúen las amenazas. El abogado de Cristina Castro, Luciano Peretto, representa a la familia del joven agredido.

“Quiero que a estos dos los saquen de Villarino. Pero los van a sacar de acá y los van a mandar a hacer cagadas a otro lado. Ese chico hace 2 años que está de policía y ya está haciendo macana”, enfatizó Juan Carlos.

Cuando el hombre les dijo “están golpeando a un chico de 14 años”, la respuesta fue :”Nosotros sabemos cómo golpear y dónde golpear”.

La Cámara Federal continuó con la anulación de convenios firmados entre el fiscal Santiago Martínez y apoderados de empresas del polo petroquímico. Habían sido homologados por la jueza Gabriela Marrón en la causa que investiga la contaminación de la ría. Involucran a Dow (PBB Polisur), Oiltanking y Mega.

Tal como ocurrió con Profertil, se los revocó, entre otros motivos, por no haber incluido en la discusión a la Asociación de Pescadores Artesanales de la Ría y a la UFIMA, unidad de la Fiscalía especializada en medio ambiente. Resta resolver la apelación referida a Unipar (Indupa).

La Cámara afirmó en todas las resoluciones que los convenios no cumplen con los estándares que fijó en junio de 2019 cuando ordenó “lograr la minimización del daño ambiental a través de un mecanismo alternativo que promueva la participación de los distintos actores involucrados, tanto de las empresas que realizan sus actividades comerciales e industriales en la zona, como así también de los querellantes, de los organismos con funciones de control (municipales y provinciales), de gestión y de profesionales técnicos en la materia”.

El objetivo es “la concreción de un plan sustentable para la Ría de Bahía Blanca en pos de dar cumplimiento con la manda impuesta por el art. 41 de la Constitución Nacional que consagra el derecho a un ambiente sano y equilibrado y establece que las actividades productivas no deben comprometer la atención de las necesidades de las generaciones futuras”.

Los fallos referidos a Dow (PBB Polisur) y Mega S.A. fueron firmados por Roberto Amábile y Pablo Candisano Mera y, en el caso de Oiltanking y Profertil, por este último y Silvia Fariña.

Destacaron que si bien la jueza Marrón designó al IADO para controlar la ejecución de las supuestas mejoras “no se advierte que efectivamente se le haya puesto en conocimiento” de la medida.

¿Qué proponen las empresas?

Dow apunta a la reutilización de agua de efluente en riego y la renovación de intercambiadores de agua por unos de mayor capacidad y mejores materiales para disminuir el efluente y el consumo.

Por otro lado, pretende modificar los patrones de consumo de energías sustituyendo las actuales por renovables, realizar acciones para la sostenibilidad consistentes en promover y facilitar la transición hacia una economía circular donde los residuos se incorporen a nuevos productos y servicios.

Compañía Mega S.A. ofrece reducir a cero –“en condiciones normales”– el vertido de los efluentes líquidos tratados que la empresa actualmente descarga a las aguas del estuario desde su Planta Fraccionadora y reutilizarlos para el riego de espacios verdes dentro de su predio “con la consecuente reducción en el consumo de agua potable que actualmente es utilizada para riego”.

Oiltanking Ebytem S.A. plantea incorporar “un nuevo tanque para realizar separación primaria en un recipiente cerrado con los correspondientes sistemas para control y manejo operativo así como de control de incendio”. Así, afirma, reduciría “hidrocarburos en el efluente final y el riesgo de eventual ignición de vapores combustibles en el espacio abierto, como asimismo, el control de las demandas químicas y bioquímicas de oxígeno; y un ambiente de trabajo más seguro para las personas y autoridades que se acercan a la terminal”.

Profertil, por su parte, pretende mejorar la calidad del efluente; mantener parámetros de vuelcos más rigurosos a los exigidos por la normativa medioambiental vigente, optimizar la utilización de recursos hídricos y un «compromiso de alto impacto condicionados al proyecto de ampliación + UREA».

La Cámara Federal revocó el convenio firmado por el fiscal Santiago Martínez y un apoderado de Profertil en el marco de la causa por contaminación del estuario.

El acuerdo había sido homologado por la jueza Gabriela Marrón a pesar de no haber participado a la querella, a la Fiscalía General ni a organismos técnicos y de control. Se espera que las presentaciones de otras empresas -como Dow, Mega y Oiltanking- corran la misma suerte.

La camarista Silvia Fariña y su par, Pablo Candisano Mera, destacaron la demora de más de una década que acumula la investigación y el “estancamiento” del diseño del plan de inversiones que exigieron en 2019. Por otro lado, advirtieron que “sin perjuicio de los eventuales acuerdos que se suscriban, nada impide el impulso de la acción penal pública frente a la hipótesis delictiva”.

La fábrica de fertilizantes había propuesto mejorar la calidad del efluente; mantener parámetros de vuelcos más rigurosos a los exigidos por la normativa medioambiental vigente, optimizar la utilización de recursos hídricos y un «compromiso de alto impacto condicionados al proyecto de ampliación + UREA».

La Asociación de Pescadores Artesanales de la Ría denunció que «se ha dado a Profertil un trato privilegiado, discriminatorio del resto, casi secreto, otorgándole audiencias privadas sin noticia de nadie y en abierta contradicción con la letra y el espíritu de lo ordenado por la Cámara Federal». Ahora, el tribunal resolvió que la negociación del fiscal Martínez con Profertil “no cumple con los estándares oportunamente fijados”.

El fallo sostiene que “aun cuando se trate de un compromiso individual, un plan superador tendiente a cumplir con el objetivo de recomponer el daño colectivo ambiental provocado en la zona, debió contar previamente con un mínimo respaldo de información actualizada brindada por los profesionales  técnicos y/o peritos que tuvieron intervención en autos, así como la efectiva participación de los organismos que tienen funciones específicas de contralor, tales como el Comité Técnico Ejecutivo (dependiente de la Municipalidad de Bahía Blanca), la Autoridad del Agua o el Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible, que den cuenta de la factibilidad de las propuestas homologadas”.

En ese sentido, Fariña y Candisano Mera recordaron que la Unidad Fiscal de Investigaciones de Delitos contra el Medio Ambiente (UFIMA) ya intervino en la causa y podría elaborar un dictamen fundado. “Pese a lo afirmado por la jueza de grado, no se observa del presente legajo la oportuna intervención de dicha unidad especializada en torno a la viabilidad del convenio en particular”.

“La complejidad de los asuntos que se abordan en el marco de la causa hace necesario contar con saberes técnicos especializados previos a la toma de una decisión de tal calibre. Sin esos recursos no es posible realizar un seguimiento y análisis  adecuado  sobre  la  ejecución  del  caso,  máxime  cuando  se  excluye  de  la concreción del mismo a la unidad especializada en la problemática”.

La Cámara concluyó que “teniendo en consideración la pluralidad de intereses de las personas  involucradas en la causa, el diálogo y la oportuna participación de los mismos debe ser garantizada a fin de dar previsibilidad y un adecuado control periódico a las propuestas que se formulen. Es necesario establecer pautas claras acerca del ejercicio para regular, fiscalizar y sancionar las conductas potencialmente dañosas, donde los organismos con funciones de control no pueden ser obviados”.

La Cámara en lo Contencioso Administrativo de Mar del Plata ratificó el amparo colectivo presentado por representantes vecinales de nuestra ciudad ante la falta de provisión de agua por parte de ABSA. Sin embargo, no hizo lugar a la suspensión del cobro que había determinado la jueza bahiense.

La medida había sido otorgada en primera instancia por la titular del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº2, María Selva Fortunato y apelada por la prestadora del servicio.

Según detalló a FM De la Calle Sandra Vulich, abogada patrocinante de vecinos y vecinas, la Cámara alegó que “la existencia de la problemática en cuanto al agua en Bahía es estructural y viene de larga data. Consideran que no fue un hecho excepcional de este verano y decidieron rechazar esa apelación”.

“No fue así para el caso de la facturación, se va a seguir lo dispuesto por la resolución 167 de ADA (Autoridad del Agua), se van a descontar los días que -a criterio de ellos, que lo desconocemos- los bahienses estuvieron sin agua y se reflejará en las facturas de mayo y junio”.

“El plan de contingencia es muy pobre, ellos pusieron a disposición, además de la pagina, un correo, un whatsapp para que se solicite el camión o bidones. En ese sentido, está buena esta resolución porque ahora van a tener que cumplir. Dispuso esta medida cautelar que en las 4 horas posteriores al reclamo ellos tienen que cumplir”, explicó Vulich.

En caso de incumplimiento, señaló que “pueden apelar a mis datos que vienen con la factura de ABSA, con mi correo electrónico, y yo me encargo. O directamente hacer el reclamo en la página, es importante que quede el reclamo porque es la prueba de que se hizo y se incumplió”.

En relación a las obras anunciadas recientemente por el gobernador, mencionó que “lo que plantean a corto plazo son obras de 5 años. Primero que nos definan qué es corto, mediano y largo plazo. Son obras que tienen proyectos, evaluaciones”.

“Hay ciertas cuestiones como la reparación de la red de agua local, que es la que tiene pérdida. Casi el 45% del agua que llega del dique se pierde en la red por roturas y por falta de mantenimiento. Esa es una obra a corto plazo que podría mejorar la situación, hay que empezar por ahí. Eso no está previsto”, dijo la letrada.

Respecto a los descuentos, comentó que son sumas “irrisorias”. “Son de 35 pesos, 50 pesos. No sé cuál es el criterio”, insistió.

Por último, consultada por el funcionamiento de la Mesa del Agua, enfatizó: “Me echaron en las dos reuniones, tuve una acalorada discusión con el presidente del Concejo Deliberante. De un día para el otro resolvieron no reunirse más. Es una falta de respeto a los vecinos. Ellos alegan que es porque todavía no está en plan de obras presentado formalmente”.

El fiscal Juan Pablo Schmidt solicitó la elevación a juicio oral de la causa que tiene al secretario general de la UTA, Ricardo Pera, imputado por amenazar y provocar lesiones leves a su ex pareja.

Lo confirmó a FM De la Calle Fernanda Petersen, abogada de la denunciante, Laura Trespando. Luego de frustrar en varias ocasiones las audiencias indagatorias, finalmente el ex concejal prefirió mantenerse en silencio.

Destacó que “tenemos que empezar a validar los dichos de la víctima porque no todas cuentan con la cantidad de pruebas” que existen en esta causa.

En el expediente en cuestión, “el fiscal contextualiza con los hechos que se denuncian y considera que están dadas las condiciones para elevarlo a juicio. El defensor de Pera se opone y estamos esperando la resolución jueza de Garantías, Claudia Olivera”, dijo la letrada.

Los hechos que se le imputan a Pera son lesiones agravadas por el vínculo y en el marco de violencia de género y amenazas coactivas. “Para acreditar esto hay informes médicos, hay fotos, un informe psicológico que da cuenta el impacto que tuvo en la víctima. Por las amenazas, más allá de testimonios, la víctima presentó su celular y los peritos concluyeron que no se había modificado nada y que surgían los textos tal cuales los había relatado al momento de hacer la denuncia”.

“Eso es fundamental para poder acreditar que la situación de lesiones y amenazas se dieron y en este marco de una relación previa, por eso se da el tratamiento dentro del marco de violencia de género”.

“La pena es mayor a 3 años, lo que buscamos es que sea condenado para validar los dichos de la víctima y demostrar que, más allá de su cargo (secretario general de la UTA), es posible llevar a cabo una causa de estas características y que la justicia le de una respuesta”, afirmó Petersen.

Agregó que “la fiscalía ha agotado todas las medidas de prueba, no solamente desde el denunciado y la víctima, sino que también los testimonios del imputado han sido escuchados. Esto acredita que los hechos que se relatan sucedieron con esta modalidad”.

La abogada resaltó que el relato de la víctima y de testigos dan cuenta de “esta situación poder real que era ejercida por esta persona sobre cualquiera que tomara posicionamiento. La víctima deja claro el padecimiento y el miedo real y no solamente lo que le pueda pasar a ella sino a su entorno familiar y cercano que es quien la sostienen en esta denuncia”.

Pera fue condenado a un año y diez meses de prisión por la agresión a dos concejales durante una sesión del deliberativo local. “Esta persona ha tenido actitudes de violencia en situaciones públicas donde no solo había gente sino medios. Si esto lo trasladamos a una situación de asimetría en una relación de pareja, laboral, donde él ejerce el poder por sus contactos políticos y su representación gremial, queda acreditado que los dichos de la víctima son reales. Creo que en muchas causas tenemos que empezar a validar los dichos de la víctima porque no todas cuentan con la cantidad de pruebas que en esta situación tenían”.

Trespando y su hija trabajaban en Bahía Transporte Sapem de donde fueron despedidas «sin causa» tras la separación de la pareja. El entonces presidente de la empresa, Tomás Marisco, el gerente Federico Harfield y el propio intendente Héctor Gay estaban al tanto de la situación y, sin embargo, acataron las órdenes de Pera.

“Al momento que se realiza la denuncia se divide la investigación en delito de lesiones y amenaza coactiva y la situación específica en el ámbito laboral. Las personas que prestaron declaración en esta causa son allegadas, en la otra causa no hemos llegado a la instancia probatoria, pero la realidad es que más allá de lo que suceda a futuro (Trespando) no ha tenido el acompañamiento de las instituciones como SAPEM o el mismo Municipio. La víctima tomó todos los recaudos para que los estamentos públicos estuvieran al tanto de esta situación”.

“En este caso juegan otras cosas que tienen que ver con el poder que detenta esta persona, su cargo gremial, la influencia que tienen en los estamentos públicos”, dijo en referencia al titular de la Unión Tranviarios Automotor.

Señaló que “si ella no hubiera tenido el acompañamiento de su familia, de militantes, otra hubiera sido la situación. Las redes que se han tejido en esta causa y el acompañamiento de organizaciones hacen que ella este posicionada en otro lugar, pero ante cualquier movimiento en la causa se reaviven esta situación”.